UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1551-1560
CAPITULO IX-LXX
Eduardo Pedro García Rodríguez
1568 Marzo.
El guanche Don Francisco González Natural (o González
Criador) contrajo matrimonio con Doña María Rodríguez, hija de don Rodrigo
Hernández “natural” es decir, guanche.
Este guanche tinerfeño era
natural de Agache. Tuvo varios hijos, de los que conocemos los siguientes: doña
María Rodríguez, esposa de don Francisco González "Natural", de los
que nos ocupamos en el texto; don Sebastián Rodríguez, que casó con doña
Catalina Alonso, hija de don Antón González y de doña Juana Hernández, don Juan
Hernández, vecino de Arico, que contrajo tres matrimonios, el primero con doña
Teresa Delgado, hija de don Juan Delgado y de doña Catalina Delgado, el segundo
con doña María Rodríguez, hija de .don Andrés Rodríguez y de doña Leonor
Alonso, y el tercero con doña María de Morales (o Vemel), hija de don Simón de
Morales y de doña Margarita Hernández, vecinos de Taganana y
"naturales"; don Luís Rodríguez; y don Francisco Hernández. Francisco
González, criador natural, morador en el pueblo de N. Sra. de Candelaria, hijo de Alonso González, difunto. Dice que
Matheos de Aday y Damiana Hernández, su mujer vs., presentes, le han vendido
una casa terrera cubierta de teja, con su corral, en el pueblo de
N. Sra. de Candelaria, por 42 doblas de a 500 mrs. de moneda
de canaria, según carta de venta. Aunque en la carta de venta se dieron por
pagados, la verdad le resta 17 doblas de a 500 mrs. cada una de moneda de
canaria, las cuales las pagará a plazo contenido en esta escritura. Por la
presente se obliga a pagar a Matheos y a su mujer las 17 doblas en agosto de
1574, en esta isla en dineros de contado. [foI.235].
1568 marzo 31.
VENTA
DE TIERRAS DE SEQUERO DE “PAN
SEMBRAR” EN LA VEGA CASTAÑA
LINDANTES CON EL BARRANQUILLO DE LAS CUEVAS DE LA PAJA (¿) Y CON EL BARRANQUILLO QUE VIENE DE LA ATALAYA. Agüimes. “Hernando Alonso y María de Salazar, su mujer, vs. de
esta isla en la villa de Agüimes, venden
a Alonso Ortiz, v.º de la misma villa, unas tierras de sequero de pan
sembrar que tienen en la Vega Castaña, término de esta villa, que lindan por la parte de
arriba por la cabezada con tierras de Andrés Hernández y Juan Grande, y por la
banda de abajo con el Barranquillo de las Cuevas de la
Paja de la dicha Vega Castaña, y por un
lado tierras de Bartolomé
de Tovilleja y por el otro lado
el barranquillo que viene de La Atalaya que linda con
tierras del Lomo de Juan de Ávila, vendida buena y sana, derecha y sana, sin embargo ni contradicción ni condición alguna, y libre de todo tributo, censo u otro
cualquier empeño y enajenación, por pre- cio de 60 dbs. pagadas en
cincuenta cabras de dos años arriba a
precio cada una de 12 rls. y medio.
TS.: Jorge Pérez,
Cristóbal Cardero, Melchor
Hernández y Diego Gutiérrez, vs. de esta villa.- Hernando Alonso.- A ruego
y por testigo, Jorge Pérez.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe
Enrique Martín Santiago. Génesis y
desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
1568 Abril 9.
Pocos años después de la invasión
y conquista de la Palma,
trató su Cabildo de fortificar la ciudad cuyas obras de defensa corrieron a su
cargo, así como su conservación, el artillarlas y proveerlas de pólvora, etc.
contando siempre para ello con la ayuda del vecindario y el apoyo que pudiera
prestarle la Corona,
haciendo también los nombramientos de Alcaides de las fortalezas por facultades
que para ello le había prestado el Rey
Felipe II por R.C. dada en Madrid en 9 de Abril de 1568, de la que se
dió cuenta al Cabildo en sesión celebrada el 19 de Julio de dicho año,
acordándose en cumplimiento de la misma, el elegir para dicho cargo a persona
dotada de las cualidades que se requerían conforme a derecho y leyes del Reino
de Castilla, la que debía ser nombrada en sesión celebrada por el Cabildo antes
del día de Santiago, prestando el mismo día el elegido, pleito homenaje en
forma debida, haciéndole luego bajo inventario, entrega de la artillería,
municiones y demás pertrechos de la fortaleza, asimismo se acordaron las
siguientes reglas para dicha elección:
1ª. Que la elección se haga de
dos en dos años.
2ª. Que el Alcaide nombrado sea
persona principal y que se nombrase en Cabildo para que éste lo apruebe, sin
que el nombrado pudiera ser de dicho oficio sin que antes sea presentado en
Cabildo y haga pleito-homenaje.
3ª. Que el nombrado, si al
Cabildo le pareciere que no lo hacía bien, teniendo el cuidado debido para que
las fortalezas estén bien guardadas, sería renovado sin otra prueba.
4ª. Que el nombrado estaba
obligado a recibir en forma, la artillería y todo lo demás que se le entregase.
5ª. Que los 60 ducados de salario
le serían librados y pagados por tercios de año.
Como queda dicho se siguió por el
Cabildo atendiendo a este ramo de fortificaciones hasta que para evitar las
muchas competencias que se suscitaban en cuanto a la inversión de los fondos
destinados a tales obras en el archipiélago, dispuso S.M. Don Carlos la formación de un Reglamento por el que
tenía que regirse la
Junta General y particulares que al efecto debían formarse en
Tenerife y demás Islas. Este Reglamento se fechó en San Lorenzo del Escorial en
9 de Noviembre de 1786.
En el preámbulo del citado
Reglamento se disponía el establecimiento en Tenerife de una Junta de Obras y
Fortificaciones, compuesta del Comandante General de la Provincia como
Presidente, del Veedor de la
Real Hacienda, de los Comandantes de Artillería e Ingenieros
y de dos Regidores nombrados por el Ayuntamiento, sirviendo de Secretario el
que lo fuese de la
Comandancia General.
En las demás islas, tanto
realengas como de señorío, se formarían igualmente juntas compuestas de!
Gobernador Militar o Comandante de las Armas, del Corregidor Alcalde Mayor ó
persona que ejerciera la jurisdicción civil, y de un Regidor nombrado por el
Ayuntamiento, sirviendo de Secretario el Escribano del Cabildo. (En: José María
Pinto y de la Rosa.
1996)
1568 Abril 17. No contenta
la metrópoli con los esquilmos que la secta católica extraía de la colonia de
Canarias, y deseando someter aún más a los canarios, criollos y colonos
establecidos en la misma, decide
potenciar el criminal Tribuna de la Inquisición, para ello eligieron como
representante y máxima autoridad en la colonia al Licenciado Funez, un ser
supuestamente humano, en el cual se reflejaba las más tradicionales y
acrisoladas virtudes de los españoles, era este individuo, fanático, altivo,
cruel, codicioso, desprovisto de escrúpulos, servil con los poderosos y tirano
con los débiles. Según recoge Agustín Millares en bien documentada Historia
de la Inquisición
en Canarias: “A pesar de los brillantes resultados que Tribaldos, Jiménez y
Padilla habían obtenido sucesivamente, en el desempeño de su difícil y laboriosa
tarea, no estaba contento el Consejo Supremo de la Santa y general Inquisición.
El Tribunal, que como subalterno
funcionaba en la colonia de Canaria, no
reunía á su juicio las condiciones de vitalidad necesarias, ni se hallaba
organizado en la forma conveniente, para llenar la alta y civilizadora misión,
cuyos humanitarios fines, se habían
dedicado exclusivamente el Santo Oficio.
Una punible condescendencia,
respecto de ciertas clases sociales poca vigilancia en las visitas, negligente
actividad en la sustanciación de los procesos escaso respeto á los
representantes de una institución tan augusta, desgraciada elección en los reos
con- condenados a perder sus bienes, tales eran las faltas más graves, que
pesaban sobre los eclesiásticos que habían tenido la honra de ocupar aquel
empleo, en los sesenta años que contaba de existencia.
A cortar de raíz tamaños males,
se dirigió desde luego todo el poder y ciencia del Inquisidor general, D. Diego
de Espinosa, auxiliado en tan meritoria empresa por sus graves compañeros, tan
celosos como él de conservar intacta la pureza de nuestra Santa fé católica, y
de aumentar su propagación y engrandecimiento.
Con este objeto decidieron, en primer lugar, erigir en
Canaria un Tribunal jnde-pendiente, que solo tuviese que dar cuenta de sus
actos al Consejo Supremo, dotándole de todo el personal necesario, para obrar
con actividad y energía, y prescribiéndole se hiciera obedecer y respetar de
las Autoridades constituidas en la
Isla, que, como celosas de sus fueros, y de su jurisdicción,
y con deseos de emanciparse de la superior vigilancia y tutela, que sobre ellas
debía ejercer siempre la
Inquisición, provocaban continuos y censurables conflictos.
Después de meditarlo bien, recayó
la elección en el Licenciado D. Diego Ortiz de Funez, respetable eclesiástico,
que había sido Fiscal del Tribunal de Toledo, y que había dado repetidas
pruebas de su celo por la
Religión, de un vigor saludable, y de una energía
extraordinaria. Poseía, además, ciertas dotes de organización y mando, necesarias
en un país, donde era preciso reformarlo todo, y crear hábitos y costumbres,
cuya eficacia había acreditado la experiencia en otros Tribunales.
A pesar de la confianza que este
nombramiento, inspiraba al Inquisidor general, se formuló una instrucción para
recordarle el pormenor de sus obligaciones, en la que se le prescribía: que dos
veces en cada ano hiciera leer las ordenanzas á sus oficiales y dependientes,
para que no alegasen ignorancia; que los edictos y sentencias se dieran en su
nombre, como Inquisidor de las Islas de Canaria; que llegado á Las Palmas,
comunicase al Gobernador y á la
Audiencia las Reales cédulas que llevaba, para que se le
respetase y considerara, como por su oficio merecía; y que lo mismo hiciera con
los Cabildos de la Iglesia
y Ciudad, y Justicias ordinarias: que diese lectura con toda solemnidad al
edicto de la fe, haciendo que prestasen el juramento de obediencia todas las
Autoridades en la Catedral,
con arreglo á la instrucción; que recorriese luego todas las parroquias, y
publicase en ellas el mismo edicto, pero no el de gracia, que aquí se
negaba: que se llevasen libros de autos, de sentencias, de nombramientos de
emplea-dos, y de cartas, para que de todo haya razón; y finalmente, que
hiciera constar de una manera auténtica, quienes eran los Comisionados, en las
demás Islas, para que, habiendo culpa en alguno de ellos, puedan ser
castigados.
Deseando Funez llegar con toda
autoridad a las Islas, obtuvo del Rey la
gracia especial de que expidiese varias reales cédulas, anunciando su
nombramiento, dirigidas al Obispo, Deán y Cabildo, Gobernador de Canaria., y
Municipios de cada una de las siete Islas, de cuyas cédulas trasladaremos
literalmente el contenido de la primera, para que se juzgue la importancia del cargo, que venia a
desempeñar aquel nuevo Inquisidor en el Archipiélago.
«Al Obispo de Canaria.-El
Rey.-Reverendo in Cristo, padre, Obispo de Canaria, del nuestro Consejo, sabed;
que el Licenciado D. Diego de Espinosa. Presidente del nuestro Consejo real que
por autoridad apostólica ejerce el Oficio de Inquisidor general, contra la
herética pravedad y apostasía en nuestros Reinos y Señoríos, entendiendo ser
así conveniente al servicio de Dios y Nuestro, y ensalzamiento de nuestra Fé
católica, ha proveído por inquisidor apostólico en esas Islas de Canaria, al
venerable Licenciado Ortiz de Fúnez, el cual va a visitarlas, y a ejercer en
ellas el Santo Oficio de In quisición, con los oficiales y ministros
necesarios, y porque importa mucho que el Santo Oficio de la Inquisición y sus
ministros sean favorecidos os ruego y
encargo deis al dicho Inquisidor, todo el favor é ayuda que os pidiere, para
ejercer en esa vuestra Diócesis libremente el dicho Santo Oficio, y proveer que
de todos sea honrado y acatado él y sus oficiales y ministros y se les haga
todo buen tratamiento, porque ansí conviene al servicio de Dios y Nuestro:
Fecha en Madrid a diez dias del mes de Octubre de 1567 años.-Yo el Rey. Por
mandado de S. M.-Pedro del Hoyo. »
Pertrechado con estas armas, con la elasticidad de su
jurisdicción, y con la protección preferente del monarca, Funez se resolvió á
dejar la corte en la primavera de 1568, y honrar con su presencia las humildes
rocas, antes afortunadas, llevando con
su persona la unidad de fé, la tranquilidad de conciencia, y la seguridad de
perpetuar con más eficacia que el Océano, el cordón sanitario que, a favor de
sus pesquisas y registros, iba a rodear las inteligencias para salvarlas de
todo error.
Era entonces Fiscal del Santo
Oficio en la colonia el canónigo D. Juan de Cervantes, hombre de ciencia y
virtud, que después pasó a Méjico con el Maestrescuela D. Pedro de Moya y
Contreras a fundar allí el Santo Tribunal, siendo ésta su mejor recomendación
para que la posteridad no olvide jamás su nombre; y desempeñaba el cargo de
notario de secretos, empleo importantísimo y de suma confianza, otro canónigo
que lo era Juan de Vega, varón docto y de muchas letras; porque es de advertir,
que los Inquisidores, con un tacto que prueba su habilidad en todo lo. que se
refería el aumento de su respetabilidad é influencia, proclamaban que sus
dependientes y oficiales fueran elegidos entre aquellas corporaciones, que
pudieran disputarle ó controlar el ejercicio de su poder absoluto,
Ignoramos si por la buena opinión
de los electos, ó por alguna otra razón oculta, se reservó el nuevo Inquisidor
confirmar á su tiempo, revocar, o proveer de nuevo tales. cargos, de acuerdo
con las instrucciones secretas que llevaba, solo sabemos, que no le acompañaban
á Canaria sino sus criados y servidores, que componían, lo que entonces se
llamaba la familia, apéndice indispensable a
todo eclesiástico de alto rango, que viajaba a desempeñar elevados
cargos, y que constituía una guardia de honor, dispuesta, en casos arduos, a
defender con las armas en la mano, las prerrogativas, órdenes ó caprichos de
sus amos.
Raros eran los buques españoles,
que cruzaban el archipiélago en el último tercio del siglo XVI. Pero los
piratas argelinos, los corsarios flamencos, y los atrevidos armadores ingleses
y franceses, recorrían en todas direcciones el Atlántico, acechando las ricas
presas que venían de América, y saqueando, entretanto, cuando no tenían mejor
ocupación, las pequeñas naves que traficaban de una á otra Isla, ó que se
aventuraban hasta las costas del Mediterráneo ó del mar cantábrico.
Frecuente era ver familias
enteras y autoridades respetables, prisioneros de esos audaces bandidos,
arrastrar una vida miserable en las inhospitalarias costas de Berbería, ó ser
canjeados por crecidos rescates, que arruinaban a sus deudos; sin que fuera
caso extraño perder la cabeza, ahorcada de una entena, ó cortada por un hacha,
especialmente si vestían aquellos el traje eclesiástico, odiado de moros y
protestantes, a causa de los rigores de la Inquisición.
No es de extrañar, pues, que D.
Diego Ortiz de Funez al atravesar los mares, estuviese poseído de un terror
supersticioso, tanto más serio, cuanto más importante era el cargo de que venia
investido. ¡Qué magnífica presa para los enemigos de la religión! ¡Con qué
placer hubieran ensayado en su cuerpo, los tormentos con que pensaba
descoyuntar y quemar á los herejes!
Pero, sin duda, destinado como
estaba a más altas empresas, escapó ileso de aquellos peligros, y llegó á
Canaria el 17 de Abril de 1568, sábado santo, desembarcando en el Puerto de las
Isletas, desde cuya playa, (desierta entonces) se fue á la fortaleza ó torreón
que allí se levanta, donde estuvo hospedado y obsequiado por el Alcaide D.
Alonso de Aguilar, los tres días de Pascua de Resurrección, sin acceder á los
ruegos de las muchas personas, que desde Las Palmas fueron á ofrecerle sus
casas y servicios.
En su deseo de mostrar
independencia en el ejercicio de su poderoso ministerio, manifestó empeño desde
luego, en vivir en casa separada, y con las comodidades necesarias para
establecer las oficinas y prisiones del Santo oficio; pero, no era empresa
fácil hallar una casa con tales condiciones,. en una población de tan escaso
vecindario, como lo era en aquel tiempo la capital del archipiélago; así fue
que, conocida esta imposibilidad" tuvo al fin que aceptar el ofrecimiento
que le hizo el Cabildo eclesiástico, la Audiencia y el Gobernador, de que ocupara el
Palacio episcopal, vacío entonces por ausencia del Sr. Obispo, y que reunía
todas las circunstancias de capacidad y aislamiento apetecibles para la
instalación del Tribunal y sus cárceles.
Por último, el miércoles 21 de
Abril al mediodía; salió de la fortaleza el nuevo In-quisidor acompañado de una
vistosa cabalgata, compuesta de
Dignidades, Canónigos y Racioneros, Oidores, Gobernador de la Isla, Regidores y personas
principales, y un in-menso gentío que á pié le seguía, y cruzando los arenales
que separan el Puerto de la
Ciudad, entró en Las Palmas, como
triunfador romano, y vino a hospedarse al dicho
Palacio, que con anticipación se
le había preparado.
No se crea que aquel día, como
destinado á tan espléndida recepción, fuera perdido para Fúnez; hombre de
actividad incansable, y ambicioso de cumplir con su religiosa misión, sin
dormirse sobre sus laureles, llamó aquella misma tarde al Licenciado Cervantes,
y al notario Juan de Vega, y les hizo exhibir sus títulos, que ratificó en el
acto, examinando luego á su presencia los libros que le presentó el notario
firmados por su antecesor Padilla, respecto de los cuales se reservó proveer lo
conveniente, á fin de uniformar la práctica seguida por dicho Tribunal.
El viérnes 23, los mismos
Cervantes Vega, como fiscal y secretario del Santo Oficio, notificaron en
sesión pública y solemne al Ayuntamiento y Gobernador de la Isla el contenido de la Real Provisión, que
confería á Fúnez el cargo de Inquisidor apostólico, notificación que se repitió
el 26, respecto de la
Audiencia, y el 30 al Cabildo eclesiástico, contestando
todos, que la obedecían y cumplirían, según que por su S. M. le les mandaba
El primero de Mayo se anunció por
las calles y plazas la lectura del edicto de auto de fé,
que habia de tener lugar al
siguiente día en la
Catedral.
Véase como describe ambas
ceremonias el secretario Juan de Vega, en la relación manuscrita que se
conserva de estos actos: “Y en primero de Mayo del dicho año día de San Felipe
y Santiago por la tarde fué pregonado por toda la Cibdad, con voz de
pregonero y a tambores, y mucha gente de á caballo, oficiales y familiares del
Santo Oficio y gente de á pié, que los iban acompañando, que mandaba el Sr.
Inquisidor, sopena de excomunión y otras penas pecuniarias, que todos los
fieles cristianos otro día Domingo luego siguiente, que era dos del dicho mes
de Mayo, fuesen á misa mayor a la Iglesia Catedral, para oír el sermón de la Fé y los edictos del Santo
Oficio, que se ha-bian de publicar, y juramento que se había de tomar á todos
los fieles cristianos, de obedecer y favorecer al Santo Oficio y otros autos.»
“Y otro día siguiente, dos de
Mayo, domingo por la mañana, vinieron casa del Sr. Inquisidor todo el Cabildo
de la dicha Iglesia Catedral, Dignidades, Canónigos y Ra-cioneros, y otras
personas de la dicha Iglesia, y el Gobernador y ministros de la Justicia, y Regidores desta
Isla, y otros caballeros y personas principales desta Cibdad de Canaria, y
mucha gente del pueblo, á llevar á el dicho Sr. Inquisidor á la dicha Catedral,
y lo llevaron, yendo el Cabildo y personas del eclesiástico á la mano derecha,
todos puestos por órden y antigüedades, y a la mano izquierda el Gobernador y
Regidores y personas é vecinos de la
Cibdad, todos puestos por su orden y antigüedades yendo todos
muy concertados; y así fueron con el dicho Inquisidor hasta la Capilla mayor de la dicha
Santa Iglesia, donde se dice la misa mayor, y allí estaba el Regente y Jueces
de apelación; y el Regente y Oidores se levantaron, cuando llegaron, y hizo
venia á dicho Sr. Inquisidor, el que se setó en el banco inmediato a las gradas
del altar mayor, al lado del Evangelio, é inmediato a el Regente y Jueces de apelación, é inmediato
a ellos se sentó el notario Fiscal y alguacil mayor del Santo Oficio, y al lado
de la Epístola
se sentaron por su orden, el Gobernador, Regidores y Caballeros principales; y
así dijo el. sermón el Arcediano de Canaria; y al tiempo del ofertorio se leyó
el edicto por un Sr. Racionero, y acabado el sermón, se leyó un mandamiento del
dicho Sr. Inquisidor en alta voz, en que se mandaba á todas las justicias y
personas de la Cibdad,
de cualquier calidad que fuesen, hiciesen un juramento, que allí se hizo
"por el dicho notario, poniéndoles penas y censuras á las personas que no
hiciesen dicho juramento; y acabado de leer el dicho mandamiento, se sacó sobre
las gradas del altar mayor el estandarte del Santo Oficio, y en otra mano una
Cruz, el que tenia el Licenciado Cervantes, Fiscal, y un sacerdote un libro
misal abierto, y entonces, yo el Notario Juan de Vega, tomé un libro donde está
escrito en forma dicho juramento, y me puse delante del altar mayor, y estando
todos en pié, el Regente y Jueces de apelación; y el Gobernador y Regidores y
Caballeros, y personas que allí estaban en dicha capilla mayor, fueles tomado
juramento en alta voz, con las palabras del dicho juramento, que estaban escrito
en dicho libro del Santo Oficio; donde consta la forma de hacerlo, las
Justicias y Regidores y demás personas de la Cibdad, y acabado de leer, el dicho Regente y las
demás personas juraron, y el dicho Fiscal Licenciado Cervantes, me pidió que lo
hiciese constar por testimonio, y así lo hice, leyéndolo en alta voz en el
púlpito, donde se volvió á leer el edicto, jurando entonces todo el pueblo, que
se hallaba dentro de dicha Iglesia Catedral.»
Instalado ya el Tribunal con
todos los requisitos exigidos en las instrucciones del Consejo Supremo, se
dedicó Funez con incansable ardor á activar las causas pendientes, y á inquirir
nuevos reos, haciendo sentir el peso de su autoridad de una á otra extremidad
del Archipiélago.
Entre las órdenes que traía, era
una la de elegir veinte familiares, y no más en la Ciudad de Las Palmas, y los
que fueren necesarios en las demás Islas, ciudades, villas, lugares y puertos
de mar del distrito, todos los cuales, dice la Real Provisión
expedida en Madrid á 10 de octubre de 1567, “sean personas quietas y pacificas, y en quien
concurran las calidades que se requieren.”
A la organización de esta
milicia, reclutada entre la vieja nobleza criolla del país, y que había de ser
el más firme apoyo de su autoridad, dedicó también sus primeras vigilias,
obteniendo al poco tiempo un vistoso y respetable escuadrón, baluarte de la fé,
y fortaleza inexpugnable de su jurisdicción privilegiarla.
Conseguido este primer triunfo,
se dedicó en seguida ú preparar un auto de fé, que eclipsara el recuerdo de los
anteriores, y que contribuyera poderosamente á poner de manifiesto su celo,
capacidad y energía, para mayor gloria de Dios, y enaltecimiento de nuestra
santa religión.” (Agustín Millares Torres; 1981)
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