miércoles, 14 de octubre de 2015

EFEMERIDES CANARIAS







UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1571-1580

CAPITULO X-VI



Eduardo Pedro García Rodríguez

 Viene de la entrega anterior

La tercera, dirigida a Juan Núñez de la Peña, ministro del Sto. Oficio, cronista de los reinos de Castilla y León, único racional residente en Tenerife, con conocimientos de paleografía, tenía por fin contratar sus servicios. Presentando al 3º duque como “uno de los principales conquistadores de las islas”, Juan Claros le encargó búsqueda exhaustiva en los archivos, públicos y privados, de cuantos documentos pudiesen favorecer a su parte. Portador de las misivas Molina Azoca, habría de entregarlas en mano, procurando entrevistarse con los destinatarios.

El apoderado escribió a 14 de diciembre. Comunicada su llegada a La Laguna, “a 25 del pasado”, dio cuenta de sus actividades. Pese al “agobio” que le produjo la pérdida de una hermana, que le acompañó desde Sevilla, había repartido las cartas. En buena disposición el Gobernador, el Obispo se disculpó. Enterado de la cuestión, pero sin instrucciones de superior, respondió que las aguardaba, así como documentos procedentes de Roma, referentes a la fundación de agustinas descalzas, que dejó ordenada Juan de Gordejuela, en Realejo de Abajo.

Habiendo visitado e interrogado a los frailes de San Juan Bautista,  le dijeron que  no estando terminado el monasterio, destinado a las monjas, la comunidad se había dirigido a la Cámara de Castilla, pidiendo que  se cumpliese la disposición testamentaria. Suponiendo que los religiosos usufructuaban la propiedad sin derecho, Molina sospechó que deseaban posponer la fundación, proponiéndose ayudarles, por ser conveniente impedir, por todos los medios, que fuese entregada a las religiosas.

Cabeza de la provincia San Juan y sede del archivo, consiguió que le dejasen husmear. Encontrado el testamento de Gordejuela, consiguió copia de la cláusula testamentaria, por la que creaba la fundación, legándole la deuda que tenía, contra el duque de Medina Sidonia.  Vio el pleito de Felipe Jácome, “sobre las tierras de Las Vegas”, la merced de caballería y molino, que le hizo el 7º duque, el poder que dio el 3º duque a Gonzalo Muñoz, administrador de la casa en Tenerife y la “iguala” firmada en Garachico,  con Mateo Viña, origen del censo de 1.000 @ de azúcar, sobre cañaverales en Dante..

Estrechadas las relaciones con “los religiosos de San Agustín, de la provincia de estas islas, que son los que procuran más tener las disposiciones”, descubrió entre sus papeles escritura, que justificaba plenamente “el derecho de VE”,  probando la usurpación de Gordejuela. Solicitada copia al  Obispo, prometió facilitarla, de no "interceptar" Roma,  que le había prohibido la “exhibición” de documentos, referentes a la fundación de Realejo de Abajo. Siendo los documentos primordiales, en opinión del apoderado, pidió al duque que a través de las altas instancias, intercediese con el Vaticano, para que se ordenase atender su demanda.

Estudiados con aplicación los documentos, que le entregaron en Madrid, en especial la posesión de Cabrera, en 1555, dijo saberse tan bien las lindes del heredamiento, que “puesto en la tierra”, podría seguirlos con “toda claridad”. Fue entonces cuando se decidió a entregar la carta,  al cronista Juan Núñez de la Peña. Tomando a su cargo la investigación, con promesa de aplicarse, aconsejó a Francisco de Molina se retuviese en cuanto a poner la demanda, hasta confirmar la propiedad con instrumentos fidedignos, no partiendo “tan a la ligera, que a pocos pasos, se quedase en la carrera”, pues “hacía memoria haber visto de paso, de estar estos bienes ha muchos años enajenados”.

La duda no estorbó para que emocionado con el encargo, mandase al  duque fragmento de probanza, inserto en ejecutoría de hidalguía familiar, en la que testigo de Ronda, declaraba que lo era Rodrigo Núñez de la Peña, habiéndolo comprobado en Sanlúcar, estando en su compañía  y de otros vecinos de Tenerife. Aguardaban  embarque, cuando el duque convocó a Rodrigo Núñez y acompañantes. Equivocándose, pues llamó al de turno Juan Claros, nombre del heredero de Juan Alonso, cuenta que el “abuelo” del Medina Sidonia litigante, los recibió “con gran regalo”, abrazando a Rodrigo, “e mando dar silla e le dijo que comiese con él”.

No debía estar muy seguro Juan Claros, de la cuestión de Abona, pues pidió nuevo informe a Juan Antonio Hoces de Sarmiento, cronista residente en Madrid. Terminado a 12 de febrero de 1711, se redujo a ofrecer nuevo refrito de las crónicas de Juan Núñez de la Peña y del Coronel Francisco de Molina Quesada, sobradamente conocidas.

Trabajando sobre un mapa, Molina Azoca creyó encontrar el  heredamiento en el pago  de la Banda, distrito de Abona, identificándolo definitivamente con la propiedad de los agustinos, situada “en lo mejor de la isla”, según le dijeron. Informándose por la voz de un pópulo, que debía tener por comidilla a la moda, el pleito iniciado por un duque, conocido de oídas, escribió que en la isla era “público” el recuerdo de un  Gordejuela, que careciendo de bienes se hizo rico, al ampararse de los que tenía en administración, propios de un duque de Medina Sidonia. De haber repasado las probanzas de 1577,  el apoderado se hubiese enterado de que sus coetáneos prestaban a Gordejuela capital, por su casa, superior a los 10.000 ducados.

Continuando la relación con los agustinos,  a 10 de marzo de 1711, Molina detectó nuevo legajo, de documentos primordiales, cuya copia le negaron de plano, por haber prohibido el Obispo sacarla, muy explícitamente. Flagrante el cambio de los frailes, no le permitieron ver la ejecución judicial de Gordejuela, que según rumores se conservaba en el archivo del convento, facilitándole en cambio, sin oponer inconveniente,  la revocación de los poderes que le otorgó el 7º duque, para administrar la heredad del “Reino de Abona”, con otras bienes que “tenía” el Guzmán, “en esta isla” y otras Canarias.

Pudo leer Molina la ejecutoria, en que a petición de Juan de Vega, el gobernador ordenó la prisión de Gordejuela, el cual probó su mala intención, pues “anduvo escondido y huido”, para no encontrarse con el alguacil y pruebas del desenfado, con que usurpó el heredamiento, tomando posesión de todas las aguas, pretextando la gracia de herido de molino y de la necesaria, para regar la caballería. Achacó la facilidad con que corrió las lindes, se abstuvo de pagar la diezma, a que estaba obligado, y el que  conservase la heredad hasta el fin de sus días, al “descuido de la opulencia de la gran casa de VE, junto con lo remoto de la distancia”, considerando Molina colmo de  desfachatez,  frase incluida en el testamento: “confiesa tener tierras en la Vanda y reino de Abona, la gran casa de VE”.

Pasando al terreno de lo práctico, Molina expuso que el heredamiento, “según me han informado, tendrá  de longitud  1 ½ legua, y de latitud más de tres”. Situado “a la parte que llaman el sur”,  tenía por “arriba la cumbre y montaña, y por abajo la mar, con dos barrancos a los lados”. Restablecidas las lindes, según “constan de las posesiones” de 1555 y siguientes, por ser “permanentes”, en opinión de Molina no había posibilidad de error, apuntado que de lograr sacar y conducir las aguas, de “las fuentes y ríos que tiene en su término”,  “no se duda  fuera el heredamiento el mejor de las Bandas y aún de la isla”, de haber agua suficiente para regar tamaña extensión, lo que el apoderado puso en duda.

Esta fue la primera vez, que utilizó el vocablo “ríos”, ineludible por ser mencionados, reiteradamente, en los documentos.  Como tinerfeño, debía saber que el distrito de Abona, donde los agustinos tenían la heredad de Las Vegas, era un sequeral. En cuanto al topónimo “Abades”, hasta la fecha no hay constancia de fuese importado, a la Tenerife oriental. Intuyendo que incluirlos en probanzas y escritos, habría de complicar la identificación del predio, en  lugar de facilitarla, se abstuvo de usarlos.

Enterado de que los duques “antepasados”, proyectaron crear población “en aquel paraje”, pero ignorando que nunca se hizo, dando por sentado que el poderoso nunca deja de hacer lo que se propone,  presto existencia a poblado imaginado. Comentado y extendido el rumor, prueba  la fuerza de la imaginación y la inconsistencia de la memoria histórica, en   la súbita aparición de prestigiosos descendientes, de tributarios y pobladores de la heredad de Abona,  “a quienes la ambición de Gordejuela, con tiranía, expulsó de allí, quizá con el ánimo para su ocultación de que no fueran, sus instrumentos, testigos de que eran de la Gran Casa de SE las propiedades y aprovecharse él de todo”. Debidamente convencidos, asumido de buena fe, el papel de víctimas, anuncia Molina: “pero hoy claman estos pobres descendientes, que han mantenido unos a otros estas memorias, de que si fuere necesario, se harán exuberantes probanzas”.

El sistema de alterar el pasado, incluso inmediato, cuando no el presente, ocultando realidades o lanzando bulos, a menudo políticos e interesados, que a fuerza de ser repetidos, confunden incluso al que vivió la situación o el hecho, es práctica habitual en nuestra sociedad, pero no de introducción moderna, pues se viene aplicando desde la antigüedad. Crédula la sociedad educada en el idealismo, no hay experiencia práctica de formación en el materialismo filosófico, que nos permita suponer, como resultado.  una mayor resistencia de la racionalidad, a dejarse arrastrar por el engaño, en ocasiones de la propia imaginación

Enterado de que la propiedad había sido localizada físicamente, el gobernador consideró llegado el momento de embargarla, para restituirla al legítimo propietario. Asumiendo  el rol de juez privativo,  nombró asesor y escribano para la causa. Enterado Molina Azoca, no queriendo que los acontecimientos le cogiesen desprevenido, reclamó al duque asistencia de letrado, proponiendo a Manuel de Armendáriz, “el primero en su profesión de estas islas y el de mi mayor confianza”, que lo era del gobernador y el obispo, adjuntando solicitud de  provisión de fondos, proporcional  a la reputación  del leguleyo.

A 20 de marzo de 1711,  Marco Guillamas de Vera, escribano de la isla, dio fe de haberse  iniciado el proceso, formando autos ante el gobernador de las Canarias, sobre el derecho del Duque de Medina Sidonia a diferentes propiedades, usurpadas a sus pasados en la Isla, en especial heredad, situada en  el Reino de Abona. Al día siguiente, 21 de marzo, el gobernador  mariscal de campo, Fernando Chacón de Medina Salazar, capitán general y presidente de la Audiencia de las islas, agradeció al duque la confianza que depositó en su persona, manifiesta en la designación que hizo el rey, nombrándole juez especial, para la causa. Muy a la española, prometió  favorecer al Guzmán,  acelerando el proceso, "en lo que no sea confundir a la justicia”.

El Obispo aguardó al 22 de marzo, para responder a la misiva de Juan Claros, entregada por Molina en mano. Consciente de ser  pieza clave en el proceso, le comunicó nombramiento de vicario, designado para registrar en los archivos de la orden de S. Agustín,  cuanto tocase a la fundación ordenada por Gordejuela, por ser su intención pronunciarse con conocimiento de causa, "a la luz del derecho".

Sensacionalista el pleito, confusas las noticias y cerrada la sociedad isleña, las leyendas se multiplicaron. Papel sin fecha llegó a manos del duque, contando que “sujeto”, procedente de la Isla de Tenerife:, “ha echado la especie de que en atención a la gran parte, que tuvo en la conquista de aquellas islas, la casa del Duque mi señor”, Alonso de Lugo le “señaló heredamiento” en las Bandas de Abona. Habiendo dado el Guzmán poder para tomar posesión, a un Juan Sanz de Grijalva, era “opinión común y tradición” en la comarca, que siendo el mandato y voluntad del duque, hacer “alguna aplicación de estos repartimientos, para la fundación de un convento de religiosos o religiosas de San Agustín”,  Grijalva se apropió de la mayor y mejor parte de la tierra, legándola a sus descendiente, los cuales se sucedieron, disfrutándola “hasta el presente”. Autorizaba el autor del escrito al duque, para servirse de la información, como mejor le pareciese, siendo probablemente la utilidad del hallazgo, alejar la atención, de la heredad de los frailes.

Había dictado el gobernador auto de embargo del heredamiento de la Vanda de Abona y ejecución, dando por hecho que era el usurpado por Gordejuela, cuando el proceso se interrumpió, quedando en  “suspenso”, sin que mediase razón o disculpa, que  lo justificase. Inquieta debía tener la conciencia Molina Azoca, pues hasta el 12 de enero de 1712, no se atrevió a comunicarlo al duque.

Aprovechando que Juan Claros se reintegró a la corte, con el séquito del rey, se disculpó de silencio prolongado. Y se justificó, culpabilizando a los pasados: “habiendo la grandeza de los señores duques mis señores, predecesores de VE, olvidándolas más de siglo de años”, que tenían propiedad en isla canaria, el proceso hubo de detenerse, en tanto se encontraban escrituras originales, referentes al “heredamiento de la Vanda, que llaman de Abona, con sus fuentes y ríos de agua”, eje de las posesiones, con otros documentos, que en Tenerife no aparecían por ninguna parte.

Sin detenerse en la contradicción, que oponía la prueba documental, a la realidad orográfica, insistió en que la propiedad, repartida por Alonso de Lugo al duque Juan, estaba en el Distrito de Abona, entre Granadilla, Villaflor y Adexe, principio del  Reino de Dante, que terminaba en Garachico, ocupando el Valle de las Vegas, casi en su totalidad: “corre lo más útil de la parte del sur de esta isla y que comprende cantidad de tierras”, adoleciendo del defecto irremediable, de no haber ríos que la surcasen. Cuando mucho corrían breves arroyos, en las inmediaciones de raros manantiales, sin caudal para asegurar riego. Mucho menos el ambicioso, proyectado para la propiedad ,surcada por el Abona y  el Abades.

Adujo el apoderado que incidencias menores, no pormenorizadas por no aburrir al duque,  explicaban decisión, que en nada  afectaba a los derechos de la casa, al predio señalado,  tan “firmes” como lo eran dos años atrás, demostrando el supuesto que “aún los interesados, que la han disfrutado y detentan [la heredad],  por disposición de los primitivos usurpadores, van desengañados”, habiéndole propuesto los agustinos de San Juan componenda, a su entender conveniente para el duque.

Estando milagrosamente terminado y acondicionado el edificio, destinado a las agustinas descalzas,  para recibir a las  fundadoras, la provincia ofrecía al Guzmán el patronato. De aceptarlo, podría tomar posesión de la propiedad, sin contradicción, con derecho a controlarla, administrarla e impedir su desmembramiento, como patrono, adquiriendo derecho de reversión, para sí y sus descendientes, caso de abandonar la comunidad el convento, no teniendo la solución más aspecto negativo, que el de disfrutar de las rentas,  la comunidad religiosa.

Inusual la oferta, pues habiendo nombrado Gordejuela patronos a dos sobrinos y sus descendientes,  no podían ser despojados del derecho y honor, ni aún por la iglesia, ni por supuesto obligados a compartirlo, debían estar muy desligados de la herencia moral y  la Tenerife que nos ocupa, para que los frailes de San Juan Bautista, se atreviesen a disponer, con  tamaña libertad. Pero al quedar circunscritas las relaciones del cenobio, con el presunto patrono y fundador, a los datos conservados en archivo, importado de otro San Juan y diferente Realejo, no era de esperar reclamación. 

No estaba Molina en situación de admitir, y aún menos confesar, que la solución del patronato era la única posible, para salvar al duque  ridículo solemne. Pero tampoco el poder temporal ni el espiritual, en disposición de remover la desaparición de la Canarias americanas y el traslado de topónimos y muchas cosas más, a las atlánticas. De ahí el apoyó que recibió, gracias a la súbita  terminación de un convento, cuya erección fue ordenada en 1622,. Oportuna en todo caso la terminación del edificio en 1712, como lo fue la oferta del patronato,  Molina  hizo hincapié, no teniendo mejor solución, para asegurar final feliz a una aventura, en la que llevó la iniciativa.

Continúa en la entrega siguiente

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