lunes, 5 de octubre de 2015

El Tribunal de la Inquisición de Canarias durante el reinado de Carlos III





Aranda Mendías, Manuel, El Tribunal de la Inquisición de Canarias durante el reinado de Carlos III (Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, 2000), 414 págs. 

 En los primeros años de Felipe V, la Santa Inquisición siguió la tradición del s. XVII, período en el que estaba considerada como una forma de control de la sociedad. Esta misma valoración tuvo con Fernando VI y Carlos III, agudizándose la crisis a comienzos del s. XVIII.
El primer capítulo, de lo que en su momento fue la tesis doctoral de Aranda Mendíaz, Vicedecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Las Palmas, está dedicado a la organización institucional. En Canarias el acceso al Santo Oficio podía tener lugar por la transmisión del cargo, la misma compra, la concesión real o incluso por pertenecer a un grupo con influencias económicas (p. 27). Los oficiales tenían establecidas seis horas de trabajo, salvo que fuera festivo, lo que paralizaba enormemente la labor de este Tribunal. En 1644 el Tribunal de Canarias estaba conformado por tres inquisidores y dos secretarios del secreto. Estos secretarios debían registrar por escrito todos los procedimientos procesales y todo tipo de expedientes, al igual que su correspondencia. Otros cargos menores a partir del s. XVII eran los alcaides, nuncios o porteros, que sustituirían al antiguo personal civil. Entre los oficiales estaban los alguaciles que tenían como función principal la captura de los reos. Por otro lado, existían miembros colaboradores sin salario como los comisarios, entre cuyas funciones estaban investigar en las localidades que se encontraban alejadas de la sede del Tribunal, dar audiencia a los testigos, así como registrar sus declaraciones. Los comisarios interrogaban a una docena de testigos ancianos del lugar, cristianos viejos y que gozasen de una buena situación económica. Presente estaba también el familiar, que denunciaba a aquellos que hacían actos contra la fe, así como capturar a los reos con la ayuda del alguacil. Estaban presentes, por otro lado, los calificadores y consultores, que debían tener el título que les habilitaba como tales, y colaboraban de forma directa con los inquisidores. Para la pertenencia a esta institución era requisito imprescindible demostrar, por otro lado, la limpieza de sangre del candidato.
La hacienda del Tribunal inquisitorial es el tema del segundo capítulo. Para la pertenencia al mismo se exigía capacidad económica holgada de sus oficiales, si bien con el tiempo existiría un menor control en este requisito. Felipe V adoptó las medidas para sanear su economía y para ello se redujo el personal del Santo Oficio. Paralelamente asistimos a su pérdida de poder social y político. De otro lado, se adoptaron las medidas necesarias para limitar sus gastos. En el reinado de Fernando VI se acentuó la crisis y se instó a la Suprema a que llevase mejor su contabilidad. La mayoría de los ingresos se debían a la confiscación de bienes de los reos, así como a las penas, penitencias, los juros, los censos, las canonjías, las capellanías propias, los alquileres de las casas, la explotación de la agricultura y el agua, la depositaría de pretendientes, etc. Entre los acreedores de la Suprema estaban, en este orden de prelación: el obispo y el cabildo catedral; la Real Hacienda; el conde del Sacro Imperio; la manda pía que fue fundada por Luis de Betancourt. Las finanzas estaban encargadas a la junta de hacienda, y entre los gastos más importantes se encontraban los sueldos de sus miembros (pp. 142 y ss.).
El tercero de los capítulos está dedicado a la actuación del Santo Oficio en materias referentes a la herejía (protestantes y judíos), contra los prisioneros de guerra por atentar contra el catolicismo o los delitos contra la moral sexual. En el primer tercio del s. XVIII los procesos contra judíos casi desaparecieron. Se consideraba la bigamia como un delito contra la moral para defender, de este modo, el matrimonio cristiano, siendo competencia de los jueces seculares y bastante frecuente entre los colonos. También la poligamia tenía la calificación de crimen por la Inquisición. Por otro lado, la hechicería y la brujería, al igual que las proposiciones y blasfemias entraban dentro de sus competencias. Para erradicar la comisión de esos delitos se adoptó, junto a otras medidas, la censura inquisitorial.
Las relaciones y los conflictos de competencias de la inquisición con la misma Iglesia o con las instituciones políticas de la Monarquía son los temas abordados en el cuarto de los capítulos. La Suprema tenía la pretensión de extender sus prerrogativas a todos sus colaboradores, incluidos los familiares y criados. Para evitar conflictos hubo de hacerse la Concordia de Castilla de 1553, que siguió manteniendo, sin embargo, los privilegios de los oficiales, si bien modificaba el de los familiares. De todos modos, los conflictos con la Corona se mantuvieron hasta su misma supresión, agravándose en el reinado de Carlos III. Aranda Mendíaz estudia los conflictos surgidos entre el Santo Oficio y los Ayuntamientos de Canarias, la Real Audiencia y los militares de las islas, e incluso las relaciones con otras autoridades eclesiásticas, así como otras instancias insulares. No faltaron enfrentamientos con los mismos oficiales (pp. 283-312).
El último de los capítulos está dedicado a la vida cotidiana de este Tribunal canario (pp. 313 y ss.): la asistencia a actos públicos, ceremonias, celebraciones religiosas solemnes, los testamentos de los oficiales, etc. La Suprema no tuvo buen reconocimiento popular en Canarias ni en el resto de España en cuanto que, al no responder ante ningún otro poder, había abusado antaño de las prerrogativas otorgadas y en especial sus oficiales. Se les prohibía a los miembros de esta institución formar parte de cualquier negocio. En la mayoría de las ocasiones los castigados eran herejes, extranjeros o desviacionistas, pero también serían penados los que por uno u otro motivo contradijeran los derechos de la institución o de uno de sus miembros. Algunos de los conflictos se debieron a las aguas, otros al derecho de propiedad por los daños causados por perros a las cabezas del ganado y en determinada ocasión por injuriar al comisario Miguel Guadarrama. También se denunció al vicario por hacer tratos con comerciantes isleños.
Este estudio sobre la Suprema de las Canarias en el reinado de Carlos III viene a sumarse a los intentos de los últimos años por suplir la falta de un análisis completo sobre esta institución, a la que con elegancia y fino sentido histórico ha contribuido Manuel Aranda Mendíaz, iniciado en esta tarea por el mentor máximo de los temas inquisitoriales en España, el catedrático de Historia del Derecho y de las Instituciones, académico de Jurisprudencia y Legislación y de la Historia José Antonio Escudero López.
Guillermo Hierrezuelo Conde
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Revista de estudios histórico-jurídicos

versión impresa ISSN 0716-5455

Rev. estud. hist.-juríd.  n.22 Valparaíso  2000

http://dx.doi.org/10.4067/S0716-54552000002200025 

Aranda Mendías, Manuel, El Tribunal de la Inquisición de Canarias durante el reinado de Carlos III (Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, 2000), 414 págs.

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