martes, 13 de octubre de 2015

EFEMERIDES CANARIAS






UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1571-1580

CAPITULO X-V



Eduardo Pedro García Rodríguez

 Viene de la entrega anterior


En contacto con los agentes del Rey Sol, la subida al trono de Felipe V, hizo de Juan Claros personajes. Recuperado el palacio y la aduana de Sanlúcar, embargados indebidamente, ocupó lugar destacado en palacio, permitiéndole el real favor, aparentar posibles, que estaba lejos de tener. Confusa su memoria histórica, pues del pasado de la estirpe, sólo sabía lo que contó su padre y escribieron los cronistas,  desordenado el archivo, habiendo viajado de Sanlúcar a Valladolid, de aquí a Huelva y  otra vez a Sanlúcar, el duque conocía las glorias de los ancestros y el calvario de su progenitor, sin tener la menor idea  de que alguna vez, la casa tuvo propiedades en las Canarias.

Unificada la jurisdicción de las islas, no sabemos en que momento, bajo una Gran Canaria, que tuvo el centro administrativo en las Atlánticas, entre 1628 y 1708 fue trasladado el archivo de la antigua capital, San Cristóbal, al centro político administrativo de La Laguna, entonces sin apellido. Se encontraba en esta ubicación, cuando Francisco de Molina Azoca y Quesada, Coronel del Regimiento de los Realejos, donde tenía casa y hacienda,  residente en La Laguna y aficionado a la historia, como pariente del cronista, husmeando en los papeles, a nivel de carpetilla, por no leer letra antigua,  se informó del “gran repartimiento de tierras y aguas”, que Alonso Hernández de Lugo adjudicó al 3º titular del ducado,   que pasó manos del bisnieto, Alonso de Guzmán, a las de su administrador, Juan de Gordejuela, en  el curso de pleito inconcluso, descubriendo, además, tributo de 1.000 @ de azúcar, sobre ingenios y cañaverales en Dante, un par de ingenios en la Orotava y bienes en Gran Canaria.

No habiendo encontrado huella de enajenación, embargo o escritura de venta del heradamiento, indagó en los Realejos, confirmando que  nunca se oyó que los duques hubiesen vendido heredad, “ni se haya dicho jamás”, ni “cree que conste”. Concluyendo que la mala fe Gordejuela, administrador infiel por definición, “suspendió” el uso y disfrute de la propiedad, despojando a sus legítimos propietarios, al amparo del descuido “de tan grandes señores, que por la distancia y corto importe que aquellas posesiones tenían, como tan al principio de la conquista, lo mandaron al olvido”.

Examinada la cuestión como letrado, concluyó que los bienes, estuviesen o no vinculados, eran recuperables, por haber mediado malicia en la apropiación, a mayor abundamiento, por parte de administrador, con evidente abuso de confianza. No pudiendo desembocar las usurpación en usucapión, aún parando los bienes en manos de heredero lejano, o de tercero de buena fe, Francisco Molina concluyó, como lo haría el duque en su momento, que al proceder de donación de la corona, los bienes estarían vinculados, lo cual facilitaría la recuperación, No sospecharon que lectura somera del contenido de los documentos, pondría en evidencia que no había en la isla lugar, en el que pudiese encajar el predio.
  
Aspirando a convertirse en apoderado del duque en las islas, Molina tomó por prueba consistente elucubraciones de cronistas. En carta dirigida al duque en 1708, le comunicaba su condición de propietario en la isla, citando textos del tinerfeño Juan Núñez de la Peña,  autor de historia la isla, publicada en Madrid, en 1676, y de la “más moderna” del coronel Francisco de Molina Quesada. Con apoyo de emigración de los topónimos, que figuraban en la documentación, desde Venezuela a la isla,  identificó la heredad de los Guzmanes, con  posesión del convento de San Juan Bautista, de la orden de S. Agustín, en el  Distrito de la Vanda de Abona, conocida por el nombre vulgar de Las Vegas, situada entre los términos de Granadilla, Villaflor y Adeje,  que limitaba con el mar, por la Rada.

No queriendo incurrir en ridículo, Juan Claros encargó informe suplementario a José Antonio Hoces Sarmiento, cronista madrileño. Tratando de “príncipe” al 3º duque, dijo saber que el heredamiento, concedido por Alonso de Lugo, era de tal importancia que  Juan de  Gordejuela, tras habérselo apropiado, se hizo acreedor a respeto merecido, por haberse convertido en uno de los hombres más ricos de la isla.

Proporcional la influencia a la riqueza, sin que afecten al  buen nombre los medios, por los que se obtiene, lavó la oscuridad de su origen, consiguiendo, el patronato del convento de agustinos de  San Juan Bautista. Al no tener descendencia, queriendo entrar en la historia como miembro de estirpe respetable,  ordenó en su testamento, dictado en 1622, fundación de cenobio de agustinas descalzas, al que legó todos sus bienes, nombrando patronos a dos sobrinos, que tenía en Vizcaya. Siendo los frailes de San Juan, quienes administraban y aprovechaban la propiedad, en tanto no se concluyese la fundación, ésta no tenía visos de materializarse.

Solicitada información a la contaduría de Sanlúcar, leídas las carpetillas, los archiveros confesaron que al ser las escrituras “antiguas y de malas letras, será menester tiempo para entenderlas y trasladarlas”. De no haber interferido la ignorancia, hubiesen descubierto entre los papeles, traídos de Huelva en 1707, escritura de venta del heredamiento de Abona, que aún se conserva, en el legajo 4.278. 

A su alcance copia disponible de las Ilustraciones de la Casa de Niebla, obra de Pedro Barrantes Maldonado, que se hizo por encargo del 6º duque, para lavar pasado familiar, incorrecto en lo religioso, étnico y político, copiaron aplicadamente cuantos párrafos se referían a las islas de Canarias, incluido el señorío que ostentó el 2º Conde de Niebla.
Ignorando la orografía de Tenerife, en  informe de 4 de abril de 1708, los oficiales mencionaron los ríos Abona y de los Abades,  sin extrañeza, pero Francisco de Molina Azoca, detectó la anomalía, pues se abstuvo de mencionarlo,  refiriéndose a “las aguas” del “heredamiento y Reino de Abona” y  “de su distrito”; las “fuentes y aguas”;  las “tierras, aguas, fuentes, prados, valles, pinares, ingenios de azúcar”, que tampoco había en la isla, “molinos, casas, viñas y tributos”.

El  28 de junio de 1708,  estante en la Península, escribió al duque desde su “posada”. Halagándole sin pudor, aventuró lo imposible: “con grande estimación mantienen las Islas de Canaria la memoria de la Exma. Casa de VE, a quien debieron el feliz estado de su conquista”. Sabiendo a los grandes temerosos de la opinión, aún teniéndola amordazada, Molina dio por supuesto que los canarios se felicitarían, de que el duque fuese propietario en la tierra, porque habría de “resultar mucho bien para la isla”, resaltando la circunstancia   de que estuviesen agregadas a  la heredad de Abona heredad, ubicada en un sequeral, “las aguas de su distrito”.

Poniendo el acento en la nulidad de la posesión de la caballería, que dio el gobernador Juan Núñez a Gordejuela, estando en el puerto de Santa Cruz, “al tiempo de embarcarse para España”, ratificó que de haber estado sobre el terreno, no hubiese  consentido llevar la linde, a “reconocer las tierras, por la parte de la Rada”. La inclusión del cercado y “moradas” de Juan Alonso, el proyecto de estanque para recoger  “las aguas”, en alto del término de Granadilla, no sorprendieron a Molina. Coincidentes “Sejo Alto y el Risco” con el paisaje, le dejó tan perplejo concesión de aguas limitación, que hizo alusión a la cortedad de los acuíferos. Estando “aguas y fuentes” alejadas “más de una legua, de las tierras de la Rada de Abona, no le parecía que el riego pudiese alcanzar “dicho paraje”, aún habiendo sido adjudicadas al duque, “todas las fuentes y aguas” del distrito.

Por lo que pudiera suceder, el proyecto de apoderado confesó no estar seguro de que los bienes, propios del convento de San Juan, supuestamente legados por Gordejuela, al de agustinas en proyecto, tuviesen “conexión con los que el Sr. Duque tenía, por aquellos parajes”. En la misma carta, prometió recuperar el censo de 1.000 @ de azúcar en Dante, con los cañaverales e ingenios de la Orotava..

Incurriendo en debilidad habitual, Molina Azoca tomó por artículo de fe, lo plasmado en letras de molde. Repitiendo el error de Molina Quesada, declaró a Gordejuela vizcaíno,  enviado por el 7º duque a  Tenerife, “una de las islas de Canaria”, para administrar sus bienes, oportunidad que aprovechó para hacerse reo, acreedor a persecución por la justicia,  al manipular la contabilidad, con el fin de adjudicarse, en propiedad, las pertenencias del administrado. Legadas a fundación en Los Realejos, aún en proyecto,  la hizo dueña de las “viñas de primera suerte, aguas y el valle de las Vegas”, que detentaban los frailes de San Juan Bautista. A la espera de que el cenobio de monjas recoletas, se hiciese realidad,  procuraban, a la comunidad, renta anual de 3.000 pesos de plata, sumando 6.000 la producida por el conjunto de bienes, que se suponía  legó  Gordejuela a la orden.

Encandilado el duque a vista de las cifras, quiso asegurarse la recuperación, procurándose juez favorable, con ayuda de Felipe V. Agradeciendo los buenos servicios prestados por el duque, antes de que fuese rey, a 18 de octubre de 1708 firmó real cédula, en el Buen Retiro, nombrando al gobernador de Canarias juez privativo, para conocer en cuantos pleitos y procesos, tocasen a los bienes que el duque tuviese en las islas, especialmente en Tenerife, usurpados a los anteriores titulares de las casa, fuesen vinculados o libres, encomendándole la tarea de encontrarlos y embargarlos, para restituirlos al legítimo propietario, con los frutos estimados, percibidos indebidamente, durante la ocupación,  todo "en el plazo más breve, que permitiese la justicia".

Requeridos los servicios de Molina Azoca por el duque, a 14 de noviembre estaba en Madrid, recibiendo el poder, otorgado a su persona y la de su hijo, el Teniente Coronel Fernando de Molina Machado, que supliría en las ausencias. Ambos podrían realizar las gestiones que considerasen oportunas, para recuperar los bienes del poderdante, nombrando letrados e iniciando pleitos, antes el juez privativo u otra autoridad, hasta recuperar las heredades perdidas, en Abona,  Orotava y Dante.

En párrafo tan altisonante como falso, el duque atribuye la gloria de la conquista a su ancestro, pese a quedar circunscrita su contribución, a un apoyo financiero a distancia. Mencionadas las “tierras y aguas en la Isla de Tenerife y Reino de Abona”, omitidos los ríos, Molina Azoca fue autorizado a tomar posesión de  todas las “tierras, aguas, fuentes, prados, valles, pinares, ingenios de azúcar, molinos, casas, viñas y tributos”, que pudiesen pertenecer al duque, en las Islas Canarias, “señaladamente en Tenerife”.

Continuando la tradición de la casa, al poder acompañaron instrucciones. Los apoderados harían "registrar" los libros del Cabildo de San Cristóbal de la Laguna, que contuviesen referencia al repartimiento de Alonso Fernández de Lugo, sacando copia autorizada de cuanto tocase al que recibió el duque,  en el Reino de Abona, “que está asentado en ellos”, expresando la linde “con toda claridad”. Completarían la investigación en los protocolos de las escribanías y archivos privados, que conservasen documentación del tiempo de la conquista, sacando testimonio de cuanto se refiriese a la casa:  “respecto que en el reino de Abona, de la dicha isla de Tenerife, es donde se hizo el repartimiento a mi casa”, prestarían atención especial a lo que tocase a la comarca.

Identificada la propiedad, averiguada su extensión y “las partes” que la integraban, el apoderado pediría la posesión, procediendo a concienzudo apeo y deslinde, dejándola debidamente amojonada, a partir de la posesión tomada por Cabrera, en 1555. Omitiendo a los primeros administradores, Juan Claros mencionó a Juan de Gordejuela  y Juan de Vega. Acusando al primero de haberse apropiado de toda la tierra, corriendo las lindes de la caballería, que recibió por merced del bisabuelo, a partir de la banda de tierra que se hizo adjudicar,  prolongada hasta el mar, en las inmediaciones de la Rada,  irregularidad a la que sumó la de haber recibido la posesión, de gobernador ausente. Y abstenerse de pagar la diezma.

Continuando la tarea, los Molina habrían de encontrar la hacienda, que tuvieron sus pasados, “en la isla de la Orotava”, con 2 ingenios;  tierras de secano y cañaverales en  Garachico, comarca de Dante, que se suponía producían las 1.000 @ de azúcar de censo,  que  empapeladas y encajadas, se habían de poner “a la lengua del agua”, en la Caleta de Genoveses y  los ingenios de la Orotava.

No estando dispuesto Juan Claros a consumir rentas estrechas, en aventura de final problemático, autorizó a  Molina y al hijo a fijarse el salario o compensación, que considerasen justa,  advirtiendo que habrían de cobrar de lo que produjesen las heredades, cuando se recuperasen, cuya administración les sería confiada, con promesa de agradecimiento crematístico, proporcional al valor material de la presa. Entregado el poder a 10 de diciembre, acompañaron documentos procedentes del archivo, destacando la posesión - patrón, de 1555, en la que se mencionan, repetidamente, los ríos paralelos Abona y Abades.

Suficiente una visita al distrito, para comprender que nunca hubo ríos en Abona, la explicación de que tanto los apoderados como los jueces, la omitiesen, la dio el cronista Juan Ruiz de la Peña. Se abstenían de acercarse a Granadilla de Abona, por ahorrar la incomodidad y gasto de “viaje de 10 leguas”, que había desde La Laguna.

En junio de1709 hubo junta en Madrid, con asistencia de Molina Azoca. Habiendo declarado los letrados, incuestionable el derecho del duque, a los bienes de Canarias, acordaron no perder tiempo, acudiendo al juez cuanto antes.   “Trabajoso” el pleito, se habría de documentar sólidamente,  aportando el duque cuantas pruebas  tuviese en el archivo, por complicar la cuestión la  intervención de "obra pía". Confesaron  que “erigidos” los bienes “en espirituales”, de no ser el “premio” de “mucho valor”, hubiesen aconsejado abandonar.

Aquel año el duque parece despegarse de la cuestión canaria, siendo la duquesa quien  escribía al administrador, interesándose por la marcha del “negocio”. Juan Claros reaparece el 15 de febrero de 1710, dictando cartas. Dirigida la primera al gobernador,  tras aludir a la provisión de Felipe V,  le informó: “estará enterado de los intereses que tiene perdidos mi casa en esas islas, por los repartimientos que se hicieron al Duque D. Juan, mi predecesor”. Presentando a Molina Azoca como su apoderado, pidió al “juez privativo” que le “favoreciese”, acelerando en lo posible los trámites, para que unos bienes, posiblemente vinculados, fuesen reintegrados a la casa. En la segunda, destinada al Obispo de Canarias, tras  cumplimentar el trámite de presentar a Molina, el duque solicitó su  patrocinio, pues al haber parado en la Iglesia, lo usurpado a su casa, la intervención del prelado era ineludible.

Continúa en la entrega siguiente

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