UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1571-1580
CAPITULO X-XIII
Eduardo Pedro García Rodríguez
1572 mayo 3.
ARRENDAMIENTO
DE UNA CASA EN EL INGENIO DE LA VILLA.
Agüimes. “Juan González, v.º de la villa,
arrienda a Diego Hernández, est. en la villa, una casa baja en el Ingenio
de la villa que linda con otra suya, donde a vivido Pedro Gómez, zapatero, por
un año que corre desde 20 del presente mes, por precio de 12 rls. cada mes,
pagaderos todos juntos al final del arren- damiento. Es condición
que durante todo el tiempo
que quisiere, el otor- gante podrá tener en la casa dos votas de mosto.
Ts.: Cristóbal Hernández, [roto] Talavera, vs. de la villa.- A ruego y
por testigo, Cristóbal Hernández.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique
Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
El Cabildo de Tenerife acordó
protestar el nombramiento de Francisco Valcárcel como capitán general por los
inconvenientes y daños que de él se esperaba.
La "capitanía" de Tenerife (pues no está claro en el título
la denominación expresa de capitán general, que disfrutó por corto espacio de
tiempo el regidor Francisco de Valcárcel, no sin la oposición y el descontento
del Concejo y Reigimiento de la isla, cesó en su ejercicio efectivo en 1573, al
imponérsele por la fuerza el nuevo gobernador, capitán don Juan Álvarez de
Fonseca, tras un ruidoso altercado que derivó en litigio ante el Consejo de
guerra y que éste resolvió a favor del segundo.
De esta manera volvieron a quedar
vinculados en la colonia en una misma persona el mando civil y militar de cada
una de las islas mayores, y aunque la
Corona siguió titulando a los beneficiarios del mismo como
gobernadores y justicias mayores de Tenerife y Gran Canaria o teniente de
gobernador de La Palma,
éstos al asumir el mando militar se titularon también en las tres islas como
capitanes generales. Infinidad de documentos, todos ellos originales, prueban
la realidad de este aserto. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)
1572 Junio 21.
Unos corsario franceses capturaron en el
puerto de "Cuevas Blancas", en las proximidades de Agüimes
(identificable con Arinaga), el navío o barca del maestre Juan Gallego, fletado
por el inquisidor español Pedro Ortiz de Funes para el rescate de renegados
(huidos) en Berbería-episodio que ya nos
es conocido, cuando se hallaba fondeado en dicho puerto de regreso de la
segunda expedición a San Bartolomé. Era dicho puerto de Cuevas Blancas, según
reza un documento de la época, "muy peligroso de ladrones y piratas",
motivo por el que Funes, temeroso de algún desaguisado, envió urgentes avisos,
por medio del tamborilero Antonio Martínez, al maestre Gallego para que pusiese
la embarcación, o por lo menos su cargamento, a buen recaudo. No quiso éste
hacer caso a las admoniciones de peligro, y el 21 de junio de 1572 tres navíos
franceses se apoderaron de la barca, que además de la acostumbrada carga
conducía dos versos, varios arcabuces y porción de lanzas y rodelas.
Los piratas visitaron pocos días
más tarde La Gomera,
donde fueron capturados en una de las entradas siete marineros franceses, al
mismo tiempo que corrían rumores en Gran Canaria de haber sido rescatada la
barca con su armamento. El inquisidor Ortiz de Funes dispuso entonces que su
criado Juan Pérez se trasladase a San Sebastián para tomar posesión de la
misma; más cuando éste desembarcó en la isla ya los gomeros habían devuelto la
libertad a los cautivos y no había el menor rastro de la embarcación. .
Dos años más tarde, en 1574, y en
circunstancias oscuras, los corsarios franceses se apoderaron frente a las
costas de Lanzarote de una embarcación pesquera isleña, acudiendo al puerto de
Arrecife para su rescate, que fue autorizado por el alcalde Francisco de Ribas,
no sin la oposición del clérigo y comisario del Santo Oficio Luís de
Bethencourt. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)
1572 junio 22.
EL
OBISPADO DE CANARIAS VENDE AGUA DE LA ACEQUIA REAL DE AGUATONA Y TIERRAS EN LAS LEONAS.
Agüimes. “Juan López, clérigo
presbítero, cura de la iglesia de San Sebastián de la villa, en virtud del
poder que tiene del obispo de Canarias
(hay traslado del original otorgado en La Laguna en 3 de
noviembre de 1571), y en nombre de su
iglesia, da a tributo y censo
perpetuo a Lucas Alemán y María de
Salas, su mujer, vs. de la villa, una suerte de agua de la acequia real de
Aguatona, que son dos días con dos noches, y la mitad de las tierras que se
dicen Las Leonas, que lindan por un lado con tierras de Juan Dávila, la cabeza
con la acequia alta que
pasa [roto] fans., por el otro
lado con tierra
de Juliana García, mujer de
Cristóbal Cordero, difunto, que son la otra mitad de dichas tierras de Las
Leonas, y por la parte de abajo con el valle de los herederos del Br. Juan
Fullana, fiscal del Santo Ofcio de la Inquisición. Estos
bienes son parte de los bienes raíces y suerte y media
de agua de la acequia real de
Aguatona que Cordero, v.º que fue de la
villa, en su testamento dejó para ciertas memorias por su alma en la iglesia de San Sebastián, y
que en con- secuencia se pregonó,
saliendo Alemán como mayor ponedor
a los que en esta escritura se venden a tributo. Éste es de 12 dbs. y ?
y 4 rls., y corre desde
1 de mayo de 1572.
Ts.: Jorge Pérez, Juan López el Mozo, Alonso Casado, vs. de la villa.-
Juan López, clérigo.- A ruego y por testigo, Jorge Pérez.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique Martín Santiago. Génesis y desarrollo de
Ingenio durante el siglo XVI)
1572 Julio 10.
El colono y gobernador
colonial Pedro Cerón, como presintiendo
su próximo fin y en la obsesión de perpetuar su nombre, linaje y hacienda,
fundó en 10 de julio de 1572, en unión de su esposa, Sofía de Santa Gadea, el
famoso mayorazgo de Arucas, en cabeza de su sobrino Martín Cerón, de seis años
de edad, "que tenemos en nuestro
poder-reza el documento - regalándole
y doctrinandole". Quedaban vinculados en el mismo todos los cuantiosos
bienes del capitán general de Gran Canaria.
Don Pedro Cerón, de manera
pacífica y tranquila, pues frisaba por esa fecha en los cincuenta y nueve años
de su edad y ya estaba curado de ambiciones y glorias. Sin embargo, su
autoridad debió coexistir, por lo menos nominalmente, con la de los
gobernadores capitanes, pues con posterioridad al nombramiento del capitán Juan
Alonso de Benavides como gobernador de Gran Canaria lo vemos figurar en algunos
documentos titulándose capitán general de la isla. Este cargo meramente
honorífico debió extinguirse con su muerte, acaecida en fecha ignorada, aunque
no lejana al momento que narramos.
Por otra parte, los Reyes seguían
acordándose de Pedro Cerón para honrarle con importantes comisiones; tal fue la
que recibió en 1574 para tomar a varios magnates el juramento de fidelidad
debido al príncipe don Fernando, que prestaron ante él los condes de La Gomera y Lanzarote y el
obispo de Canarias, el. 7 de marzo de dicho año.
1572 agosto 5.
RECONOCIMIENTO
DE DEUDA POR VENTA DE RESES VACUNAS CON HIPOTECA DE UN ASIENTO DE CASA EN EL INGENIO DE LA VILLA. Ingenio de
Agüimes. “Francisco Álvarez y Florencia de
Morales, su mujer, vs. de
la villa, deben dar y pagar a
Baltasar Ximenes, v.º de la villa en Temisas, 20 dbs. Y 15 rls. (14 nuevos y 1
viejo) por razón de veinte reses vacunas que les vendió. A la seguridad de la paga hipoteca: un asiento de casa en el Ingenio de la villa, que linda
por una parte con el camino que sale del Ingenio para la Vega [roto] y casas y solar
de Francisco Yanes, y por las espaldas con la casa de Domingos Pérez Sordo; y una yunta de bueyes mansos de
arada.
Ts.: Francisco Yanes, alcalde
real, Amador Espino, Rodrigo Álvarez de León y Alonso Hernández, vs. de la villa.- A ruego y por testigo,
Francisco Zamora de León.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe
Enrique Martín Santiago. Génesis y
desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
1572 Agosto 11.
{126) A. I.: Indiferente general,
leg. 1.094. Certificación del escribano Gaspar Leitón referente a las andanzas,
persecución, captura., proceso y sentencia de Bartolomeu Bayón. Dice Mi:
"... el capitan Antonio Vello Tinoco teniendo noticia que en las partes de
Guinea andava un corsario por su nombre Bartolome Bayon con dos naos ynglesas
robando y escalando los navios de los vezinos de estas yslas mando ansi en esta
isla como en las demas tener grandes
vigías para que el dicho corsario viniendo a ellas el fuese avizado, por
ynformcion quel dicho cosario contratara en la yslas de Canaria con un Juan
Lopez de Caravallo e otros de le venir a dar esclavos en estas yslas para
lleuarlos a Yndias de Castilla, y en dos dias de mayo de este presente año
parecieron a la mar de frente de esta ciudad de la ribera grande dos naos una
grande y otra pequeña e pareciendo e el dicho capitan que podría ser el dicho
cosario bartolomé Bayon con grande priesa e cuidado consulto con los vezinos prencipales
de la governacion de la tierra de hazer con cinco navios dos redondos e tres
caravelas la qual armada se hizo presto y echo fuera del puerto en espacio de
veinte e quatro oras con mucha artilleria y municiones e mantenimientos en la
qual y va por capitan mayor Martin de gequera hombre de los principales de esta
ysla en una nao por nombre 'Santiago"
de Goncalo Sanches que aqui vino a tener diziendo que venia a comprar esclavos
para llevar a las Yndias e consto a el dicho capitan que traia trato y conpañia
con el dicho Bayon para le tomar los esclavos que el le diece y se yr con el
para Yndias en la qual armada fueron como, dosientas y cinquenta personas antes
mas que menos los mas dellos vecinos de esta ysla los quales todos se
ofrecieron con sus personas e armas e mantenimientos e a yr en la dicha armada
sin premio nenguno.
En la dicha armada fue Niculas de
Peralta vecino de Canaria que aqui vino por maestre de la dicha nao "Santiago" la qual armada
anduvo por estas yslas en busca de las dichas naos sin las poder hallar y se
torno a recoger a el puerto de esta cibdad.
.. ..y en este tiempo vino nueva
del dicho capitan en coro el dicho Bartolome Baoyon hera preso en Ginea y
estava en poder de un Garcia Alvarez vecino desta ysla, el qual lo traia para ella
el qual lo truxo preso a buen recaudo y lo entrego en esta ciudad a el dicho
capitan el qual le hiso las preguntas que convenian a bien de justicia entre
1as quales el dicho Barto lome Bayon dixo e confeso estar en la Gran Canaria en
Melenara con sus dos naos ynglezas e alli se llamava Antonio Martinez e que por
que le prendieron un hombre suyo lo embargaron cierta hasienda el fue a tierra
e prendio tres hombres de los prencipales de la tierra los tuviera en su nao
hasta que le soltaron su hombre y dalle su hazienda a el qual cosario el dicha
capitan luego despacho esecucion para en el se haser justicia la qual secución
y la execucion que se hizo es la siguiente."
"Sentencia. Vistos estos
autos mostrarse el reo Bartolome Bayon siendo portugues natural e basallo e
criado del rey nuestro señor se yr en el reino de Ynglaterra con los corsarios
e luteranos enemigos armando con ellos e trayendolos contra el estado reynos y
sefiorios del dicho señor descubriendo y enseñando la navegación de la mar de
los reinos yslas y puertos y partes de su comercio robando los navios de sus
tratos matando e hiriendo sus basallos pasando a Yndias aliende a otros limites
a mostrar e descubrir a los dichos cosarios yslas e Yndias de Castilla a donde fue preso y traido a tierras
de España, de a donde huyo e passo
otra vez a Ynglaterra a armar conlos dichos cosarios y luteranos contra el
estado y servicio del señor su rey y señor viniendo el año pasado a las partes
e rios de Guinea a donde robo e prendio y hirio muchos hombres quemo y escalo
muchos navios con mucho escandalo e ozadia dio ayuda a un rei contra otro de
amistad e comercio de los portugueses habiendo siempre semejantes robos y
ensultus dando con sus naos y lanchas casa a todos los navios en todo tiempo:
que las dichas partes anduvo hasta ser preso en las ysletas por el rei de la
tierra donde fue resgatado e traido a esta ciudad lo qual visto con los de mas
autos y en todo lo sobre dicho el dicho reo cometer delito de crimen legis
magestatis alevantandose y cometiendo traycion contra el real estado y servicio
del nuestro señor conforme a dispusicion del derecho en este caso condeno a el
dicho reo que sea arrastrado por los lugares publicos de esta ciudad con pregon
de sus culpas y que muera muerte natural e ahorcado y e dequartisado e todos
sus bienes e hacienda confiscada para la corona real del reino puesto que hijos
y herederos tenga. Antonio Vello Tinoco. (En: A. Rumeu de Armas, 1991, notas a
pié de paginas)
1572 septiembre 28.
EL OBISPADO DE CANARIAS VENDE
AGUA DE LA ACEQUIA REAL
DE LA VEGA DE
AGUATONA.
Agüimes. “Juan López,
clérigo, como mayordomo de la iglesia de
San Sebastián de la villa, en virtud del
poder que tiene del obispo de Canarias, otorgado en La Laguna en 3 de noviembre de
1571, da a censo y tributo perpetuo de 6 dbs. anuales, a Juan Martín Castellano,
v.º de la villa, media suerte de agua, que es un día con su noche, de suerte y
media de agua de la acequia real de la
Vega de Aguatona que con otros bienes dejó en su testamento
Cristóbal Cordero, v.º de la villa, para
ciertas memorias por su alma en la
iglesia de San Sebastián, y que se
remataron al efecto, saliendo Martín
como mayor ponedor a esta media suerte de agua.
Ts.: Francisco
Espino, Bartolomé Peloz, Marcos
Hernández, vs. de la villa.- Juan López, clérigo.- A ruego y por testigo, Francisco Espino.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique
Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
1572 octubre 5.
PROMESA
DE DOTE: TIERRAS, UNA CASA EN EL INGENIO DE LA VILLA, UN
PARRAL EN EL HEREDAMIENTO DEL
INGENIO Y OTROS. Agüimes.
“Juan Martín Castellano y Ana Hernández, su
mujer, vs. de la villa, estando concertado
el matrimonio entre
Juan González, hijo
de Juan González y Beatriz López, difuntos, vs. de la villa, y Ana Ximenes, su hija,
doncella, le prometen en dote: una suerte de tierra cercada de pan sembrar,
que hubieron de Juan
de Ávila, que linda
por una parte
con tierras de Bartolomé Tovilleja y corral de Francisco
Díaz Bollullos, y por otra parte con parral de los otorgantes; una casa en el
Ingenio de la villa, que linda por una parte
con casa de Manuel Rodríguez,
yerno de los otorgantes, y por
otra parte con casa y solar de Gaspar Afonso; cinco fans. de tierras de
sequero en Los Pinos, arriba de Temisas,
de las que el otorgante tiene
montuosas en compañía de los
herederos de Luis Martín; un parral en
el heredamiento del Ingenio, sin agua, para que González lo goce por un año;
una cama de ropa blanca y los vestidos de la novia. Baltasar Ximenes, Francisco
Espino y Juan Bordón, vs. de la villa, tíos de la novia, le mandan seis fans. de
tierra de sequero [roto]. Las
arras son 50 dbs.
Ts.: Cristóbal López,
Sebastián Berganciano, Manuel Rodríguez,
por- tugués, vs. de la villa.- Juan Martín.- Baltasar Ximenes.-
Francisco Espino [por sí y por no saber la otorgante ni Juan González). “ (Rafael Sánchez Valerón
y Felipe Enrique Martín Santiago.
Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
1572 octubre 11.
JUAN
DE AVILA ARRIENDA AGUA EN LA ACEQUIA REAL DE LA VEGA DE AGUATONA. Agüimes.
“Juan de Ávila, v.º de la villa, arrienda a Cristóbal Díaz de la Garza, en nombre del Dr. Lercaro, una suerte de agua en la
acequia real de la Vega
de Aguatona, que es dos días y dos noches de agua conforme a su repartimien-
to, que ha de gozar por sus dulas en cada mes, por tiempo de seis años que corren desde hoy día de la
fecha, entendiendo que ha de gozar el agua desde 1 de
noviembre de 1572,
y por precio de
9 dbs. anuales, con
las cuales Lercaro se ha de dar por pagado de todos los tributos corridos que el otor- gante le debe
y paga de 100 dbs. de
principal que Cristóbal
Cordero le vendió sobre los
bienes del otorgante, y de lo demás se ha de hacer pagado de los tributos que corrieren
hasta fin del arrendamiento.
Ts.: Juan López
el Mozo, [roto] Talavera, vs.
de la villa, y Juan de
Sosa, camellero de Cristóbal [roto], est. en la isla.- Cristóbal Díaz de
la Garza.- Juan
de Ávila.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe
Enrique Martín Santiago. Génesis y
desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
1572 octubre 12.
ARRENDAMIENTO
DE UN PARRAL BAJO EL INGENIO DE LA VILLA.Agüimes. “Francisco
Díaz, v.º de la villa, como tutor y
curador de la persona y bienes de Lucía López, su sobrina, hija y heredera de Juan González y de [roto] López, vende a Francisco Álvarez,
v.º de la villa, un parral bajo del Ingenio de la villa que era de los
difuntos, que linda por arriba con
parral de Juan Martín y por abajo con parral del otorgante. Este parral anduvo
en pregón y el mayor ponedor fue
Álvarez. Lo arrienda por tiempo de dos años, corridos dos esquilmos, que
cuentas desde el día del remate (14 de septiembre de este año), por precio de 6 dbs. cada año,
pagaderas por marzo de cada uno.
Ts.: Gaspar Afonso, Francisco Santana
y Pedro Talavera, vs. de la
villa.- Francisco Díaz.- A ruego y por testigo, Gaspar Afonso.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique Martín Santiago. Génesis y desarrollo de
Ingenio durante el siglo XVI)
1572 octubre 21.
GASPAR Y BALTASAR FULLANA
ARRIENDAN AGUA EN LA ACE-
QUIA REAL DE AGUATONA.
Ingenio de
Agüimes. “Gaspar y Baltasar Fullana, vs.
de la villa, arriendan a Gaspar Afonso,
v.º de la isla, media suerte de agua, que es un día y una noche de agua, en la
ace- quia real de Aguatona del heredamiento de la villa, que les pertenece como herederos del Br. Juan Fullana y Bárbola Grimón, sus padres, difuntos, por tiempo de una
año que se cuenta desde 1 de noviembre de este año, por precio de 4 dbs. que ya les
ha pagado en contado.
Ts.: Juan de Mireles, [roto] Miguel y Jacomar de Herrera,
vs. y ests. en la villa.- Gaspar Fullana.- Baltasar Fullana.- Gaspar
Afonso.” (Rafael Sánchez Valerón y
Felipe Enrique Martín Santiago. Génesis
y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
1572 Noviembre 8.
140.-Sepan quantos esta carta
vleren como yo Juan Gonzales y Malgarida
Alvares, su muger, yo M. A. con licencia, placer y expreso consentimiento que
pido y demando a J. G., mi marido, etc., por tanto nos J. G. e M. A., su muger,
por virtud de la dicha licencia, etc. otorgamos e conocemos por esta presente
carta que vendemos agora e para siempre jamás a vos Gonzalo Hernández, vo de
esta isla, yerno de Diego Pérez, vo de ella, para vos e para vuestros herederos
e sucesores presentes e por venir un pedazo de las casas de mi morada que yo
tengo en esta ciudad en un solar que tomé a tributo a Pedro Pablo de Párraga,
que lo que así os vendo es desde el chaplón de la puerta principal de mi casa,
que está frontero del arroyo del agua que va por las espaldas de mi casa y
corrales de ella, quedando la dicha puerta a nuestra parte, y del dicho chaplón
postrero hacia Hernán Pérez e hasta lindar con él, se entiende ser la parte de
la dicha casa que así os vendemos y por nivel del dicho chaplón siguiendo hacia
el dicho arroyo de la dicha agua de corral 53 pies hasta adonde
alcanzare, medidos por nivel del chaplón y que de anchura tenga el corral
quanto la casa y que la pared que se hiziere para dividir el corral y cercarlo
cada uno sobre sí ha de ser sin perjuicio de la puerta de la casa de nos, J. G.
y M. A., su muger, véndida buena, sana, justa, con sus entradas y salidas, usos
y costumbres e servidumbre quantas el día de hoy han e deben e les pertenecen
de hecho
y de derecho, por precio e contía
de 40 doblas de oro que por compra de ellas vos distéis e pagastéis realmente e
con efeto en dineros de contado de valor cada uno de 500 mrs. de la moneda
corriente en esta isla, de que somos contentos y entregados a nuestra voluntad,
etc. y más me habéis de dar e pagar dobla y media de tributo en cada un año,
pagados en cada un año por el mes de agosto de cada un año y será la primera
paga por el mes de agosto de 1573 , y así en cada un año por el mes de agosto,
con condición que cada y cuando y en qualquier tiempo me diéredes e pagáredes
211/2 doblas en una paga
juntas que el tributo sea
redimido y desde luego nos desestimos e apartamos de la propiedad e posesión e
señorío que nos pertenece al dicho pedazo de solar de suso deslindando e
declarado, e todo lo renunciamos e cedemos e traspasamos en vos ea vos el dicho
comprador con la carga del tributo e vos damos poder cumplido para que por
vuestra propia autoridad o con licencia e autoridad de lajusticia podáis ir,
entrar e tomar e aprehender e ganar la tenencia e posesión del dicho pedazo de
solar para que con el cargo de tributo e censo sea vuestro e de vuestros
herederos, etc. Hecha la carta en San Cristóbal 28-XI-1572. Testigos: Gaspar
Freyle, Diego Pérez, Alexo del Castillo, vos de esta isla, e porque J. G. y M.
A. dixeron que no sabían escribir a su ruego firmó Alexo del Castillo. Alexo
del Castillo. Pasó ante mí Juan del Castillo, esc. públ. E yo Juan del
Castillo, escribano público del número de esta isla de T. por su Magestad, la
fiz escribir y presente fui, por ende fiz aquí este mío signo a tal en
testimonio de verdad. Juan del Castillo, escribano público. Derechos un real.
Juan del Castillo. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1572 noviembre 15.
EL CAÑAVERERO DE LOS
CAÑAVERALES DEL LOMO DE LA TIERRA DE LA BAGACERA Y DE LOS
CERCADOS DE AGUATONA RECLAMA GASTOS.Agüimes. “[roto] Álvarez, v.º de la
villa, declara que siendo
cañaverero de los cañav- erales
donde se dice el lomo de la tierra de la
bagacera del Br. Juan Fullana y del Dr.
Lercaro, y de otro
en los cercados de
Aguatona de Hernando Alonso y del Dr. Lercaro, de compañía
de los susodichos, que
están por moler y plantar la
zafra venidera, gastó 32 dbs. en cavar, escardar y curarlos; estos cañaverales
los traspasó en su
padre Rodrigo Álvarez para
que los curase, con condición de que le pagase las 32 db., y su padre le
otorgó un albalá firmado de su
nombre. Por tanto, ha por bien que Pedro
Hernández Chávez, v.º de la ciudad de Telde, de estas 32 dbs. sea pagado de
4.882 mrs. que el padre del otorgante debe de principal de un contrato y costas por que le tenía
ya ejecutado; y el resto
a las 32
dbs. serán para
el otorgante. Ts.: Cristóbal del [roto] Ximenes, vs. y ests. [roto].- A ruego y por
testigo, Cristóbal Díaz de Agu[roto].
“
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe
Enrique Martín Santiago. Génesis y
desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
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