UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1571-1580
CAPITULO X-XXII
Eduardo Pedro García Rodríguez
1573 Oubre Octubre 16., viernes. San Juan de Güímar. FoI. 91 vo.
Arguenta de Franquis Luzardo,
viuda de Pedro de Alarcón, moradora en San Juan de Güímar, dice que de este
heredamiento le pertenece la mitad de las tierras, aguas, molinos, cañaverales,
casas de aposento y otras cosas, según parece por la partición que se hizo
entre ella y los herederos de Pedro de Alarcón por Cristóbal Joven y Martín de
Alarcón Beltrán, que está ante Juan del Castillo, esc. púb. de esta isla.
Además le pertenece de cuatro partes una, de Hernando de Alarcón, su hijo, la
cual le arrendó por tiempo de nueve años según consta por la escritura que de
ello le otorgó ante el presente escribano.
Porque a ella le conviene proveer
de dinero, trigo, centeno, cebada, ropas de paño y de lienzo, aceite, pescado y
otras cosas para esta presente zafra de este año de 1573 y la de 1574, y porque
ella se halla en necesidad, le interesa que la Justicia otorgue licencia
y abra información de su necesidad para que ella pueda contratar con Pedro de
Soria, almojarife de esta isla, a la persona y personas que le pareciere en
esta isla, a buen cristiano y temeroso de Dios que con celo de caridad le
provea de la que ella tiene necesidad.
Por la presente da poder a Pedro
de Soria especialmente para que por ella y como arrendadora que es de la parte
de Hernando de Alarcón, pueda parecer ante la Justicia y presente el
pedimento necesario para que sea proveído la declarado y pueda hacer todas las
escrituras y declaraciones de la que le fuere entregado y que se dé licencia a
Arguenta y que las personas que se la dieren sean preferidos y anteriores y
mejores en derecho y pagados primero que otros.- Hecha en las casas y aposento
de Arguenta de Franquis.- Tgos. Rodrigo de Valdés, Martín de Alarcón Beltrán y
Francisco de Alarcón, vecs. y estantes. Firma: Arguenta de Franquis. Derechos,
real y medio. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1573 Octubre 17., sábado. San Juan de Güímar. Fol: 93 ro.
Arguenta de Franquis Luzardo,
viuda de Pedro de Alarcón, moradora en el valle e ingenio de Güímar, por esta
carta da poder especial a Hernando de Alarcón, su hijo, presente, para que por
ella y en su nombre pueda tomar y tome hasta en cantidad de 1,500 doblas de a 500 mrs, de moneda de Canaria, de
la persona o personas que a él le pareciere, así en dineros como en trigo,
cebada, centeno, ropa y otras cosas que monten lo susodicho y donde y lo que a
él pareciere por los precios y mrs; por los que se conviniere y concertare y hacer en ello las obligaciones
y escrituras que se requieran y le fueran pedidas y demandadas.
También para que de lo que
recibiere, hasta en cantidad de las 1,500 doblas, puede dar carta de pago y de
finiquito y puede pedir a la
Justicia de esta isla en nombre de la otorgante que se le
conceda licencia para que las personas que le dieron las dichas 1.500
doblas o parte de ellas, se les
de facultad para que primeramente y antes que otros acreedores sean preferidos
y pagados, por cuanto ella las recibió
para la fabricación de los azúcares que se han de coger este presente año de
1573 y parte del de 1574. Para que a las personas que le dieren las 1.500
doblas, él le puede hipotecar todos los azúcares escumas, mataspanes, remiel,
bupampa y todos los otros generos y especies de azucar que procedieren esta
presente zafra y las demás venideras hasta ser contentos y pagados.- Hecha en
el valle de Güímar, estando en las casas de la morada de la otorgante.- Tgos.
Rodriga de Valdés, Martín de Alarcón Beltrán y
Diego de la Peña,
vecs. y estantes.- Firma: Arguenta de Franquis.
Derechos, real y medio y saca tres cuartillos. (Miguel A. Gómez Gómez,
2000)
1573 Octubre, 17., sábado. Valle de Güímar. Fol. 95 ro
Pedro Báez, morador en Arafo,
declara que ha sido curador de Juan Martín, presente, hijo de Juan Martín,
difunto y de su mujer; María Báez, vecina de Arafo, hermana del otorgante, la
cual dicha curaduría pasó ante Juan de Castillo, esc. púb. puede haber 11 años,
y él ha usado de la administración de los bienes del dicho Juan Martín hasta
hoy Juan Martín al presente estás casado con Francisca Vizcaina, hija de
Francisco Rodríguez y de Luisa Delgada, vecinos de La Orotava, por lo cual está
emancipado y han hecho y fenecido cuentas entre ellos de todo el tiempo que el
otorgante ha tenido en
cargo del dicho oficio de curador
y de lo que han rentado los bienes del dicho Juan Martín hasta el día de hoy,
de resto el otorgante le queda debiendo 60 doblas que de principal le debe
Rodrigo Hernández, canario, morador en Güímar, junto con otros consortes, y la
escritura de tributo que sobre ello se otorgó, que fue tributo redimible, pasa
ante Juan del Castillo. esc. púb. y ahora al presente se paga conforme a la
nueva pragmática y demás de esto lo que el otorgante le debe y Juan Martín le
alcanza, va declarado en otra escritura de finiquito que Juan Martín le da y
otorga este día ante el presente escribano.
Por la presente da poder especial
en causa propia irrevocable al dicho Juan Martín, presente, para cobrar de
Rodrigo Hernández y consortes, el dicho tributo. Todo lo que de hoy en adelante
corriere del dicho tributo el dicho Juan Martín le puede redimir conforme a una
cláusula del dicho tributo, por cuanto el otorgante confiesa y declara que las
60 doblas son de Juan Martín y lo que corriere de aquí adelante y puede dar
cartas de pago de lo que recibiere. Le cede y traspasa todos los derechos que
él tiene contra el dicho Rodrigo Hernández y consortes y el dicho Juan Martín
acepta lo contenido en la carta.- Tgos. Simón Hernández, Sebastián González y
Antonio Díaz, vecs. y estantes. Firman: Juan Martín -Por no saber, Bastián
González. Derechos, real y medio. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1573 Octubre 17., sábado. Valle de Güímar. Fol. 97 ro
Pero Báez, morador en Arafo, dice
que debe a Sebastián González, purgador, morador en Arafo, presente, 222 reales
nuevos por cuatro varas de paño frisado a 28 reales nuevos la vara y por diez
botijas de miel de abejas a ducado la botija, que montan los dichos 222 reales,
apagar en esta isla por el día de San Juan de junio de 1574.- Hecha en el valle
de Güímar.- Tgos. Simón Hernández,
Antonio Díaz, zapatero y Juan Martín, moradores en Arafo. Firma: por no
saber escribir el otorgante, Juan Martín. Derechos, un real. (Miguel A. Gómez
Gómez, 2000)
1573 Octubre 17., sábado -Valle de Güímar. Fol. 98 vo.
Juan Marrín, morador en el pueblo
del Orotava, hijo de Juan Martín, difunto, vecino que fue de Arafo y de María
Báez, su mujer, dice que Pero Báez, su tío, ha sido curador de sus bienes puede
haber 11 años y durante este tiempo ha regido y administrado sus bienes, y
porque Juan Martín es desposado por palabra de presente con Francisca Vizcaina,
hija de Francisco Rodríguez y de Luisa Delgada, su mujer, vecinos del lugar del
Orotava y es emancipado.
Del tiempo que ha sido curador y
de lo que han rentado sus bienes hasta el día de hoy han hecho y fenecido
cuenta buena, liquida, leal y verdadera sin fraude ni dolo alguno y Juan Martín
ha alcanzado a su tío, fuera de lo que le pertenece de patrimonio, en 160
doblas de a 500 mrs. cada una de moneda de Canaria, las cuales Pero Báez le ha
dado y pagado, las 60 en un tributo de principal que paga Rodrigo Hernández, canario,
vecino del valle de. Güímar y consortes, y hoy ante el presente escribano le ha
dado poder en causa propia para que Juan Martín las pueda cobrar del dicho
Rodrigo Hernández y consortes, de las 100 restantes le ha dado y pagado 6
doblas en un poder de Melchor Páez, alcalde en el término de Candelaria, con el
cual se contenta de las dichas 6 doblas, y las otras 94 restantes las ha de
recibido de su tío realmente y con efecto y le da por libre y quito de las
dichas 160 doblas. Juan Martín declara que tiene 25 años.- Hecha en el valle y
heredamiento de Güímar.- Tgos. Simón Hernández, Antonio Díaz, zapatero y Alonso
Rodtíguez, vecs. y estantes. Firma: Juan Martín. Derechos, un real. (Miguel A.
Gómez Gómez, 2000)
1573 Octubre 30., viernes, San Juan de Güímar. Fol. 100 ro.
Arguenta de Franquis, viuda!
moradora en el valle y heredamiento de Güimar y Luís Horosco de Santa Cruz,
dicen que por cuanto entre ellos dos hicieron cierta escritura y fenecimiento
de cuenta por el mes de junio próximo pasado del presente año de 1573 ante Juan
del Castillo, esc. púb., por la cual Arguenta quedó debiendo a Luís, su yerno,
del resto de la dote que le prometió cuando casó con doña Leonor, hija de
Arguenta, como de otras cuentas, que entre los dos han montado 730 y tantos mil
mrs., la mitad de los cuales ha de pagar por el mes de junio de 1574 y la otra
mitad por el mes de junio del año siguiente de 1575.
Acordaron que Luís Horosco tomase
en cuenta de los dichos 730 y tantos mil mrs. que ella le ha de pagar, la parte
de agua y tierras que a ella le cupo en el Mocanal y agua de Badajoz, con lo a
ello anexo y dependiente, por el precio que dijesen dos personas, una nombrada
por parte de Luís Horosco y la otra, por parte de Arguenta. En caso de
discordia se nombrase un tercero y lo que así dijesen las dichas personas y
tercero que valían, tanto menos sea ella obligada a pagarle de los dichos 730
mil y tantos mrs. y el dicho Luís seda obligado a lo tomar en el dicho precio y
desfalcarlo de la dicha deuda, como todo lo susodicho más largamente parece por
la escritura a que se refiere y porque ahora ambos son convenidos a precio y
valor que vale la dicha agua y tierras que ala dicha Arguenta pertenecen en el
Mocanal y Badajoz, y no hay necesidad de los terceros que se habían de nombrar
para dicho aprecio y se han concertado por cuanto a Arguenta le pertenece la
mitad de las dichas tierras y aguas de Badajoz conforme ala partición división que hicieron Cristóbal Joven y
Martín de Alarcon Beltrani que pasa ante Juan del Castillo, esc. pub. Lindan
las dichas tierras y agua de Arguenta, por la parte de arriba con el risco del
agua de Badajoz y por un lado el lomo y la ladera de Agache, y por abajo la
mar, y por el otro lado el barranco de Guaza derecho a la cueva donde vivía
Marrero, que es en el dicho Mocanal. El valor de las dichas tierras y aguas es
de 500 doblas de 500 mrs. de moneda de Canaria, las cuales Arguenta da a Luís
Horosco libres de censo, tributo ni hipoteca alguna. Luís acepta y ambos dan
por ninguna la escritura que otorgaron"ante Juan del Castillo, en cuanto
al nombramiento de las personas y tercero que habrán de apreciar las dichas
tierras y aguas por cuanto son convenidos en precio de las 500 doblas, dejando
la escritura en lo demás en su fuerza y vigor.- Hecha en las casas de la morada
de Arguenta de Franquis.- Tgos. el padre Diego Núñez, clérigo presbítero,
Martín de Alarcón Beltrán y Pedro González, herrero, vecs. y estantes. Firman:
Arguenta de Franquis -Luís Horosco de Santa Cruz. Derechos, dos reales, se
dieron dos copias, ochenta y cuatro mrs. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1573 Noviembre 2., lunes. San Juan de Güímar. Fol. 102 vo.
Francisco de Alarcón, morador en
el valle de Güímar, vende a Guillén Peraza de Ayala, presente, vecino de la
ciudad de Sevilla, morador en la villa de Robayna, a 4 leguas de la ciudad de
Sevilla, en la encomienda del señor San Juan de Rodas, una sierva y esclava
suya llamada Francisca de unos treinta y ocho años de buenas costumbres y sana
de sus miembros, excepto que tiene en la pierna derecha una llaga y se cura de
ello, la cual tiene buena vista de sus ojos y se toma por no huidora. La
esclava la vende por sana de todos sus miembros y sin enfermedad encubierta y
descubierta. El precio es de 90 doblas de a 500 mrs. de moneda de Canaria, y se
la vende libre y horra de derechos de almojarifazgo y otros algunos si los hay,
las cuales 90 doblas declara haber recibido.- Tgos. Martín de Alarcón Beltrán,
Angel Escoto de Valdés y Mateos Hernández, vecs. y estantes. Firma: Francisco
de Alarcón. Derechos, real y medio. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1573 Noviembre 8., domingo.
San Juan de Güímar. Fol. 105 ro
Alvaro Díaz, residente en
Tenerife, en el valle y heredamiento de Güímar, hijo de Francisco Díaz y de su
mujer, Menda Álvarez, difunta y su padre vive en la isla de la Madera, en Portugal, en el
término de la Caleta,
hacienda y heredamiento del Farrobo.
Declara que se ha emancipado y no
está debajo de la patria potestad de su padre. Dice que por fallecimiento de su
madre heredó como uno de los seis herederos que de ella quedaron, cierta parte
de tierras y viñas que es donde dicen el Farrobo. La dicha hacienda está por
dividir y linda con tierras y viñas de Francisco Álvarez, su tío, hermano de su
madre, con tierras de los herederos de Gonzalo Hernández de Andrada
y con tierras y viñas de los
herederos de Finealo Afonso Magro, los cuales dichos bienes, que heredó de su
madre, los tiene aceptado con beneficio de inventario y la parte que a él
pertenece está apreciada en 8.000 reales de moneda de Portugal.
Por la presente vende a su
hermano, Manuel Díaz, morador en el valle de Güímar, la parte de tierras y
viñas que él heredó por fallecimiento de su madre en la isla de la Madera, por precio de 8.000
reales de la moneda de Portugal que declara haber recibido.
Alvaro, declara tener más de 22
años y menos de 25.- Tgos. Rodrigo de Valdés, Angel Escoto, hijo de Rodrigo de
Valdés y Diego de la Peña,
vecs. y estantes. Firma: Por no saber el otorgante, Rodrigo de Valdés.
Derechos, dos reales. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1573 Noviembre 20., viernes. Güímar. Fol. 109 ro
Por la presente, Luís Horosco de
Santa Cruz, vende a su hermana doña Esperanza Cervellón de Santa Cruz, mujer
que fue de Diego de Mendoza, los bienes raíces y casas de reses y ganados que
se contienen y declaran y por los precios contenidos en cada una
de las partidas siguientes:
Un hato de ganado que está en
Tijuya, en la Palma
con su casas, granero y tanque, todo lo cual él lo compró de Juan Leal y de
Francisca Camacho, su mujer, vecinos de la Palma, y la escritura de venta se le otorgaron en
24 de febrero de 1561. Aunque por ella
parece que le fue vendido para él
y para sus hermanos, hijos y herederos del Ldo. Juan de Santa Cruz y de doña
Juana Luisa de Cervellón, sus padres, difuntos, después en la partición de
bienes que él y sus hermanos hicieron y que está presentada ante Bartolomé
Morel, esc. púb. de la Palma,
a Luís Horosco le dieron y adjudicaron por sus bienes lo que en esta partida se
contiene, 1o cual le vende a su hermana por el precio de 15 .000 mrs. de moneda de Canaria, que es el
precio en que se da aprecio y fue dado por la partición de todos los bienes que
en esta partida están declarados.
Asimismo le vende otro cercado de
tierras que está en el término de Tijuya, en la Palma, junto al cercado que
fue de Hernán Pérez, que tendrá trece
fanegas de tierra poco más o menos y que Luís compró de Juan Leal y éste le
vendió por otra escritura que de ello otorgó
ante Luís Méndez, esc. púb., por precio de 42.000 mrs., en la cual dicha
cantidad lo vende a su hermana, 128 cabras que él tiene en la Palma de la marca y seña que
ha tenido en costumbre de hacer por doce reales nuevos cada una que montan
73.728 mrs. de moneda de Canaria, tres reses cabrunas que sirven de padres para
las dichas cabras aprecio de 20 reales nuevos cada uno, que montan 2.880 mrs. de la moneda de Canaria,
otra res cabruna macho, castrado, que sirve de guía de las dichas cabras por 16
reales que valen 768mrs. de dicha moneda, noventa y tres cabras cada una a
cinco reales que montan 22.320 mrs. de la dicha moneda, ciento nueve ovejas que
en la Palma
tiene marcada de la dicha marca y señal por precio cada una de doce reales, que
todas montan
80.784 mrs. de la moneda de
Canaria, tres carneros que sirven de padres para las ovejas, cada uno a 20
reales que montan 2.880 mrs. de la moneda de Canaria, seis borregos que está en
la Caldera de
la Palma, cada
uno a ocho reales que montan 2.304 mrs. de la dicha moneda, treinta y cinco
borregos cada uno a precio de seis reales y medio que montan 10.020 mrs. de la
dicha moneda, otras siete borregas vernisas a cuatro reales y medio, que montan
1.512 mrs. de dicha moneda, doce cabezas de puercos todos en 6.000 mrs. de la
moneda de Canaria, 20 colmenas castradas, donde se entienden que han de estar
las abejas de ellas vivas y bien acondicionadas, en 5.280 mrs. de la moneda de
Canaria.
Declara haber recibido el monto
de todo que son 200.000 mrs. en una letra y cédula de cambio que Benito Cortés
de Estupiñan, cuñado de ellos, vecino de la Palma, le dio y libró sobre Pedro del Castillo,
para la ciudad de Cádiz, que se pague a quien por las dichas cédulas parece y
el resto se las pagaron en dineros en contado, y se da por contento quedando
que la cédula dada por Benito Cortés de Estupiñan le ha de ser pagada.-
Otorgada en Güímar, en las casas y aposentos de Luís Horosco de Santa Cruz.;.
Tgos. Rodrigo de Valdés, Angel Escoto, hijo de Rodrigo de Valdés y Alonso
Pérez, vecs. y estantes. Firma:
Luís Horosco de Santa Cruz. Derechos, dos reales. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1573 Diciembre 18., viernes. Güímar. Fol. 111 vo.
Inés de Betancor, viuda, mujer
que fue de Diego de la Peña,
vecino de Lanzarote, residente al presente en el valle de Güímar, dice que
puede haber un año o más que para ajuiciar dio poder a Esteban Ruíz, procurador
de causas, ante Francisco de Mesa, esc. púb. Por la presente revoca el poder
para que desde hoy no use del mismo.- Otorgada en el valle de Güímar, en las
casas de Francisco de Alarcón.- Tgos. Pedro de las Nieves, Alonso Rodríguez de
Güímar y Francisco Báez, vecs. y estantes. Firma: Por no saber, Alonso
Rodríguez. Derechos, un real. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1573 Diciembre18., viernes.
Güímar. Fol. 112 ro.
Inés de Betancor, viuda de Diego
de la Peña, residente
en el valle y heredamiento de Güímar, por la presente da poder general, libre,
completo, lleno y bastante a Francisco Riquel, procurador de causas, vecino,
ausente, para resolver los pleitos que tiene y espera tener ante los regentes y
oidores que residen en Gran Canaria.- Otorgada en el valle y heredamiento de
Güímar.- Tgos. Alonso Rodríguez, Pedro de las Nieves y Francisco Báez, vecs. y
estantes. Firma: Por no saber, Alonso Rodríguez. Derechos, un real. (Miguel A.
Gómez Gómez, 2000)
1573 Diciembre 22., martes. Güímar. Fol. 113 vo.
Miguel Hernández, natural de
Tenerife y su mujer, Isabel González, moradores en pueblo de Ntra. Sra. de
Candelaria, ella con licencia de su marido, por esta carta dicen que venden a
Antonio Rodríguez, presente, morador en Sta. María de Candelaria, un pedazo de
tierra que tiene dos fanegas en sembradura de puño, limpia de cardones y monte,
que la siembra desde hace tres o cuatro años el dicho Antonio Rodríguez. La
tierra es debajo de Chicora en el término de Candelaria, lindante con tierras
de Juan González, vecino de esta isla y con los herederos de Juana Pérez,
difunta, mujer que fue de Pedro González, hermana del dicho Miguel Hernández,
por otra parte con tierras de los vendedores y por otro lado Con un lomo de
aguas vertientes y una hoya de los dichos vendedores, por manera que el lomo
está por medio y por la parte de arriba y abajo Con tierras de los vendedores.
Se lo venden libre de censo y tributo, ni hipoteca alguna, por precio de 30
doblas de oro de a 500 mrs. de moneda de Canaria, que declaran haber recibido.
Otorgada en el valle y heredamiento de Güímar.- Tgos. Afonso Rodríguez de
Güímar, Pedro González, acequiero y Antonio González, carpintero, vecs. y
estantes. Firma: Por no saber, Alonso Rodríguez. Derechos, dos reales. (Miguel
A. Gómez Gómez, 2000)
1573 noviembre 29.
VENTA DE UNA CASA TERRERA EN EL PUEBLO DEL INGENIO EN
EL CAMINO QUE SALE DE LAS CASAS DE BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA Y LINDANTE POR LA ESPALDA CON EL CERCADO
DE LOS HEREDEROS DEL BACHILLER FULLANA.
Ingenio de Agüimes.
“Juan Álvarez otorga carta de deudo a favor de
Artetiles por los 71 rls., obligándose a pagarlos por el día de San Juan de
1574. El mismo día, Juan Hernández vende a Artetiles, en precio de 6 dbs., la
mitad de una casa terrera, con el solar que le pertenece, que le toca de la
parte de la herencia de su padre, siendo
la otra mitad la que toca a su hermano; la casa está en el pueblo del Ingenio,
y linda por la parte de arriba con otra casa que también fue de su padre, que cupo a la parte de la
madre del otorgante y ésta la vendió a
Artetiles, por las espaldas el
cercado de los herederos
del Br. Fullana, por delante el
camino que sale de las casas de Bartolomé de Tovilleja, y por la parte de abajo
con solar de Sancho Martín y Francisco Martín.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique
Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
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