Si yo no entiendo mal [Y me gustaría que si lo hago alguien me lo aclarara], la Investigación Judicial
que realiza el Tribunal presidido por la Juez Serbini , no
trata de esclarecer los hechos en sí mismos [La muerte de unos opositores políticos], sino las circunstancias en que se produjeron los
hechos. Es decir, es innegable que si un manifestante muere por disparos de la
policía o en los calabozos de cualquier comisaría, por ejemplo, resulta
incuestionable que los hechos han sucedido, por lo que se ha de determinar “el
cómo y el porqué”, y en su caso, si alguien ha incurrido en algún delito, condenar.
Por ello, siendo evidente que en la última etapa del franquismo se produjeron
una serie de muertes violentas de opositores, sabiendo las causas físicas de
los óbitos, se trata de determinar las circunstancias reales de los mismos y si
hubo intención y premeditación, y en caso de haberla saber quien dio las
instrucciones u órdenes o si fueron hechos aislados... ¿Me siguen?
Hasta los peores criminales en masa de
El principal escollo con que se topa
Es en este contexto, donde entra [Nuevamente] en escena el que fuera Secretario General del MPAIAC, Antonio Cubillo Ferreira. Como todos sabemos, ya en pleno “régimen democrático”, bajo el gobierno de Adolfo Suárez, el Estado español encarga la eliminación física del Líder independentista canario a varios sicarios, con el resultado que todos sabemos. También conocemos la sentencia condenatoria, emitida por un Tribunal español, legalmente constituido al amparo de su propio Ordenamiento Jurídico, contra el propio Estado español por “Terrorismo de Estado”, por el intento de asesinato frustrado de Antonio Cubillo Ferreira.
Esto quiere decir, que “hay un Precedente de actuación criminal de Terrorismo de Estado por parte del Estado Español, lo mismo que en el caso de Segundo Marey, quien no tuvo tanta suerte”, que si así actuaba “en supuesta Democracia”, como no se las gastaría en dictadura; Quiere decir que hay “Jurisprudencia”, lo cual quiere decir también Pruebas indiscutibles e innegables de que el Estado español ha actuado ya alguna vez tal como denuncian los familiares de las víctimas, y que no se trataría ya de la extralimitación de nadie sino de un modus operandi, de algo consustancial o habitual dentro del propio Estado, independientemente del régimen político que lo gobierne, creando grupos como los GAL o el Batallón Vasco español, o con elementos individuales pero “viejos conocidos de los aparatos de seguridad interior”.
Y al igual que en otros casos, se confirma la desproporción de las actuaciones por parte de los aparatos ¿de seguridad? del Estado español y su responsabilidad, cosa que se pone de manifiesto en la misma sentencia Sentencia de
“... la demanda, es una apreciación sin consistencia y atentatoria del principio de presunción de inocencia; pues nunca ha existido condena judicial contra la organización MPIAC por actividades terroristas o atentatorias contra la vida de las personas...”
Por todo esto, yo tengo la esperanza de que se haga Justicia de verdad en este caso que todavía no se ha podido juzgar y que pone de manifiesto que en el actual Estado español, siguen predominando los mismos intereses y personajes que dominaron el anterior régimen franquista, pues caso contrario, todo sería colaboración con
Desde
la Vieja Fortaleza
Rukaden Ait Anaga.18 Marzo 2015
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