jueves, 12 de marzo de 2015

JOSE MARTINON HERNANDEZ

1843 enero 27.

Falleció en Santa Cruz de Tenerife, su ciudad natal,  a los sesenta y ocho años de edad, rodeado de su familia y de numerosos amigos, don José Martinón Hernández.

El doctor don José Hilario Martinón Hernández

Bachiller en Derecho Civil por la Universidad de Sevilla recibió el grado en 28 de mayo de 1804. Licenciado y doctor en Sagrados Cánones por la de Osuna en 11 y 21 de mayo de 1806, respectivamente. Catedrático de Sagrados Cánones de la Literaria de San Fernando de La Laguna. Recibido como letrado por la Real Audiencia de Canarias el 20 de octubre de 1812. Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de San Cristóbal de La Laguna. Provisor, vicario y gobernador eclesiástico interino de la diócesis nivariense, sede vacante, desde el 10 de octubre de 1820, cargo que le fue confirmado en propiedad el 23 de marzo de 1822 y que ejerció hasta el 25 de septiembre de 1824, fecha en que fue destituido por haber publicado la Carta Pastoral de 16 de septiembre de 1822 en la que reconocía la Constitución. Juez de la Santa Cruzada. Examinador sinodal. Socio Honorario de la Academia de las Bellas Letras de Sevilla.

Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de la Real Audiencia de Canarias, presentó la prescriptiva información de limpieza de sangre el 27 de octubre de 1812 [1]. Fueron nombrados comisionados para esta información los licenciados don Francisco Penichet Carreras y don Marcial Delgado. Entre los testigos que depusieron en el interrogotario figura don Graciliano Afonso, canónigo doctoral, quien preguntado, respondió:

A la primera, que conoce al doctor don José Hilario Martinón y sus padres, naturales y vecinos del puerto de Santa Cruz.

A la segunda, que por oidas sabe que sus abuelos por parte de padre y madre lo fueron los mismos que resultan del árbol y del interrogotario.

A la tercera, que por conocimiento del pretendiente, sus padres, y por oídas de sus abuelos, sabe que todos son limpios de mala raza, sin nota de clase alguna, y asegura que es una familia blanca y decente de aquella Isla, pues de lo contrario no se le ocultaría al declarante, ni el pretendiente obtenido el alto ministerio del sacerdocio.

A la cuarta, que por la misma razón sabe que ni el pretendiente, ni sus padres ni abuelos, hayan tenido ni ejercido ahora ni en tiempo alguno, oficio ni ministerio vil y mecánico y menos decente que pueda oponerse a la profesión de abogado y responde.

A la quinta, que todo cuanto deja dicho lo sabe y le consta por público y notorio, pública voz y fama, común opinión en todos sin cosa en contrario, así lo dijo y firmó. Licenciado don Graciliano Afonso. Licenciado Carreras. Licenciado Delgado.

Nació en Santa Cruz de Tenerife el día 11 y fue bautizado el 13 de enero de 1775 inmediato en la parroquia de Nuestra Señora de la Concepción. Fueron sus padres, don José Francisco Martinón, nacido el día 23 y bautizado el 24 de diciembre de 1746 en la referida parroquia, y doña Paula Hernández Delgado,también  natural del citado puerto y bautizada en su iglesia matriz el 18 de junio de 1756 [2]. Abuelos paternos, don Honorato Pedro Martinón [3] y doña Teresa Bayle [4], originarios, el primero de Le Cassette, y la segunda de la villa de Le Monestier de Briançon, ambas localidades a una distancia entre sí de un cuarto de legua y situadas en el antiguo Delfinado, en la actualidad pertenecientes al departamento de Hautes-Alpes, Francia, donde casaron el día 4 de julio de 1736. Maternos, Hilario Bernardo Hernández Machado, condestable del castillo de San Cristóbal, y su mujer, María Antonia Delgado Perdomo, naturales de La Laguna.

En un artículo inserto en El Ramillete de Canarias, en1866 [5], publicado sin firma, pero al parecer debido a la pluma de don José Desirée Dugour, o a la de su hijo don Alfonso Dugour y Ruz, fueron recogidos los siguientes datos biográficos del doctor Martinón:

Este célebre canonista nació en esta ciudad el 11 de enero de 1775. Dedicándole sus padres a la carrera eclesiástica, estudió desde luego latinidad y después pasó a Sevilla en donde se distinguió en exámenes. Ingresó después en la Universidad de Osuna en donde adquirió fama no solo por sus vastos conocimientos teológicos, sino también en jurisprudencia eclesiástica y civil.

Cuando se estableció la Universidad de San Fernando de La Laguna, fue nombrado catedrático para la enseñanza de Sagrados Cánones.

Hallándose en Sevilla tuvo tratos de amistad con nuestro célebre compatriota Ruiz Padrón que después fue nombrado Diputado a Cortes, y aún tomó parte con este en ciertas disensiones relativas a la abolición del Tribunal de la Inquisición, que se publicaron bajo un nombre supuesto.

En 1822, era Provisor, Vicario general Capitular y Gobernador del Obispado de Tenerife, sede vacante.

Al proclamarse por Decreto de las Cortes del Reino de 13 de julio de dicho año, la necesidad de que el Clero apoyara la Constitución de la Monarquía, el señor Martinón publicó una carta pastoral en 16 de septiembre de 1822, que fue impresa en la Ciudad de La Laguna por don Juan Díaz Machado, en la que exhorta vigorosamente a los fieles a sostener este sistema político. Reseña de una manera clara y concisa, con gran acopio de razones, todos los artículos de aquella Ley fundamental que se rozaban con la religión, como son: la supresión del Tribunal del Santo Oficio, la extinción de los monasterios, etc.

En 1823 publicó otra pastoral relativa al restablecimiento del Gobierno monárquico y en 1824 dio otra al público para que se guardara obediencia al Rey Fernando vii.

El señor Martinón aunque de ideas avanzadas, no podía echar en olvido el cumplimiento de su deber, como cabeza del Clero en esta Diócesis, y ante todo, siendo hombre de orden, tenía por principio que la obediencia a los poderes constituidos era el primer deber; por eso obraba en sus escritos según las circunstancias políticas lo requerían.

El señor Martinón, una de las glorias literarias y eclesiásticas de nuestra extinguida Universidad, se mostró siempre digno del augusto carácter y del alto puesto que regentara, durante una época difícil y fecunda en graves compromisos. Entregado siempre al estudio y a la defensa de sus clientes como abogado, no aspiró nunca después a otra jerarquía a la que pudo haberle llamado su aptitud y el desempeño de sus funciones eclesiásticas. Al contrario, pasó el resto de su vida conforme con su modesta dignidad capitular.

En fin, después de una gloriosa carrera en la Enseñanza, en la Cátedra de San Pedro y en el foro, falleció en Santa Cruz de Tenerife, su ciudad natal, el 27 de enero de 1843 a los sesenta y ocho años de edad, rodeado de su familia y de numerosos amigos.

Había testado don José Hilario en La Laguna, ante el escribano Domingo Quintero y Párraga, en 1833 [6].

Relación de los Títulos, Méritos, Grados y Ejercicios Literarios 
del Doctor Don José Hilario Martinón y Hernández. 
Presbítero, Catedrático de Sagrados Cánones en la Universidad de Can Cristóbal de La Laguna en la Isla de Tenerife.

Por testimoniales expedidas en siete de mayo del año de mil ochocientos veinte y seis por el reverendo obispo de Tenerife, consta que el expresado don José Hilario Martinón es hijo legítimo, natural de la villa de Santa Cruz de Santiago, en aquella diócesis, de edad de cincuenta y un años.

Que es presbítero desde el año de mil setecientos noventa y nueve, con licencias absolutas de celebrar, predicar y confesar a personas de ambos sexos, absolver de los casos reservados a aquel señor Obispo, habilitar incestuosos al uso del matrimonio, aplicar la indulgencia plenaria a los moribundos, y bendecir toda especie de paramentos destinados al altar y sacrificio.

Que fue colegial pensionista en el seminario conciliar del obispado de Canarias, antes de su desmembración, en el que cumplió todas las obligaciones que se le encargaron, y manifestó buena conducta, así moral como literaria, en cuyo seminario estudió cuatro cursos de Filosofía, a saber, Lógica, Metafísica, Física y Ética, cumpliendo con todas las obligaciones de un buen estudiante.

Que cursó en dicho seminario cuatro años completos de Teología: en el primero Lugares teológicos, en el segundo Dogma, y en tercero y cuarto Teología Moral. Asistió a las clases con particular celo y aprovechamiento, y en los actos de conclusiones defendió varias, y replicó en otras, en observancia del método y constituciones aprobadas por S. M. para el citado seminario, y sacó la nota de sobresaliente en los exámenes generales que sufrió al fin de cada curso por los examinadores nombrados por el Ilustrísimo señor Obispo diocesano, cuyos estudios incorporó en la Real Universidad de Sevilla.

Que hizo oposición a una de las cátedras del referido seminario, para la que leyó por espacio de media hora con puntos de veinte y cuatro sobre la materia y conclusión que le dió la suerte, y fue «Que los príncipes seculares y la Iglesia pueden imponer penas a sus súbditos, que obligue en el fuero de la conciencia» respondió a los argumentos que le pusieron sus coopositores, de media hora cada uno, a quienes replicó en iguales términos, cuiyos ejercicios le fueron aprobados por el señor Obispo diocesano, con los consultores nombrados del Cabildo de aquella Iglesia.

Que en quince de octubre de de mil ochocientos se le confirió el empleo de Vice-Rector del mencionado seminario, que desempeñó por espacio de once meses; y atendiendo a sus buenas prendas, suficiencia y virtud, se le confirió por el mismo señor obispo el servicio del medio beneficio curado de la ayuda de parroquia de nuestra Señora del Pilar de dicha villa de Santa Cruz, con comisión para establecer, ordenar y poner en uso la citada ayuda de parroquia, segun el plan aprobado por S. M.

Que en la universidad de Sevilla estudió el Derecho Civil Romano, y en veinte y ocho de mayo de mil ochocientos cuatro recibió el grado de bachiller en esta facultad a claustro pleno, cuyos ejercicios le fueron aprobados por el mismo claustro nemine discrepante.

Que siguió su carrera, y estudió el Derecho Canónico, Derecho Real, Recopilación y Partidas, según el plan de estudios aprobado por S. M.

Que en mayo de mil ochocientos seis fue recibido por uno de los individuos de la Real Academia de bellas letras de la ciudad de Sevilla, en clase de honorario, habiendo practicado antes los ejercicios de estatuto.

Que en once y veinte y uno de mayo de mil ochocientos seis, recibió en la universidad de Osuna los grados de bachiller, licenciado y doctor en Sagrados Cánones, habiendo ejercitado todos los ejercicios literarios, que le fueron aprobados por el claustro nemine discrepante.

Que en catorce de mayo de mil ochocientos siete fue nombrado examinador sinodal del obispado de Canarias.

Que en mayo de mil ochocientos nueve se le confirió por el Ilustrísimo señor obispo diocesano el título de vicario, juez eclesiástico de ausencias y enfermedades de la referida villa de Santa Cruz y su partido, y en agosto del mismo año obtuvo dicho empleo en propiedad por muerte del doctor don Antonio Isidro Toledo, siendo de advertir que los vicarios en las islas Canarias conocen, sentencian y ejecutan sus sentencias en todo lo civil, menos en las cuatro causas mayores, en las que solo tienen lo preventivo, destino que desempeñó con celo, exactitud y pureza hasta octubre de mil ochocientos veinte, que fue trasladado de Santa Cruz a aquella ciudad de San Cristóbal para desempeñar la cátedra de Cánones y el provisorato.

Que habiéndose presentado a examen en el colegio de abogados, y posteriormente en el Real acuerdo de la Audiencia de aquellas islas, fueron aprobados sus actos nemine discrepante, y en su consecuencia en mil ochocientos doce fue recibido por abogado de la citada Audiencia, e incorporado en el colegio el mismo año.

Que en enero de mil ochocientos diez y siete incorporó sus grados en Derecho civil y Canónico en la Real Universidad de San Fernando de aquella ciudad de San Cristóbal de La Laguna:

Que en la epidemia que afligió a la villa de Santas Cruz el año de mil ochocientos diez socorrió a los hospitales y enfermos necesitados con un donativo de cuatrocientos pesos corrientes, haciendo además frecuentes desembolsos en favor de estos desgraciados.
Que en agosto de mil ochocientos diez y ocho fue comisionado por el Cabildo catedral de aquella diócesis en sede vacante, y antes de la desmembración del obispado, para que en su represcntacion asistiera a la junta del repartimiento y estadística de la villa y partido de Santa Cruz, según lo prevenido en el número cuarto de la Real Orden de treinta de noviembre de mil ochocientos diez y siete, y posteriormente por oficio de diez y ocho de enero de mil ochocientos diez y nueve, se le comisionó igualmente por el antedicho Cabildo para que en su representación asistiera a la junta de provincia para la exacción de la contribución general establecida en dicha villa de Santa Cruz, cuyas graves comisiones aceptó y desempeñó con exactitud en obsequio de S. M.

Que en seis de junio de mil ochocientos veinte le nombró el Cabildo catedral de aquella nueva diócesis de Tenerife abogado consultor y director de los negocios que se ofreciesen, especialmente en los primeros años de la instalación de aquella iglesia catedral; encargos que ha desempeñado a satisfacción, triunfando siempre de los ataques que en diversas épocas se han promovido contra aquel nuevo establecimiento, habiendo cedido la renta de dos años, que importó ochocientos pesos corrientes, a favor de los gastos hechos para la instalación de la nueva catedral, por lo cual el Cabildo le dió las debidas gracias.

Que persuadidos los doctores don Pedro José Bencomo, deán de aquella Iglesia , y el marqués de Villa-nueva del Prado, especiales comisionados por S. M. para el establecimiento de la universidad de San Fernando de aquella ciudad, de su literatura y conducta moral, religiosa y política, y teniendo además en consideración su amor y fidelidad al Rey nuestro Señor, le nombraron catedrático de Derecho Canónico; y con este motivo pasó desde Santa Cruz de Santiago, su patria, a aquella ciudad de la Laguna, y en su consecuencia ha enseñado en dicha universidad tres cursos completos, uno de las Instituciones del Derecho Canónico, otro de la historia del Derecho Real, y el tercero de Derecho Real de España, regentando además la cátedra de Cánones desde diez y ocho de septiembre de mil ochocientos veinte y tres, hasta cuatro de diciembre del mismo año, en que se dió punto a las enseñanzas de orden de dichos señores comisionados, resultando que en las enseñanzas referidas en las diversas épocas que las ha desempeñado, ha correspondido a la confianza que de él se ha hecho, haciéndose digno del aprecio de sus compañeros, de sus discípulos, y del público, por su notoria literatura, prudencia y trato dulce.

Que habiéndose abierto de nuevo la dicha Universidad de orden de S, M. el mes de octubre de mil ochocientos veinte y cinco, fue llamado el doctor Martinón por el actual prelado, y los expresados comisionados regios, atendidas las circunstancias que le recomiendan, para desempeñar la cátedra de sagrados Cánones, como efectivamente la desempeña en la actualidad con la mayor aceptación.

Que asimismo fue nombrado por el claustro de la expresada universidad de San Fernando individuo del tribunal de censura y corrección, con sujeción al artículo doscientos setenta y siete del título treinta del plan de estudios de catorce de octubre de mil ochocientos veinte y cuatro, como también indiciduo de su Junta de Hacienda.

Que por las mismas consideraciones fue nombrado provisor, vicario general, y gobernador interino de aquella diócesis de Tenerife en la última sede vacante, cuyo nombramiento obtuvo en diez de octubre de mil ochocientos veinte del doctor don Pedro José Bencomo, que lo era en propiedad, con acuerdo y aprobación del Cabildo Catedral, y habiendo renunciado dicho empleo el expresado deán don Pedro José Bencomo, a causa de sus notorias enfermedades, le eligieron y nombraron en propiedad en veinte y tres de marzo de mil ochocientos veinte y dos en la forma canónica, sin más reservas que las que son de ley, cuyo empleo desempeñó desde diez de octubre de mil ochocientos veinte, hasta veinte y cinco de septiembre de de mil ochocientos veinte y cuatro con exactitud, acierto, desinterés y rectitud, amado de los eclesiásticos sus súbditos, y demás fieles, a quienes inspiró siempre del modo que le fue posible, según las circunstancias, la paz y la caridad, manteniendo y fomentando el amor y fidelidad al Rey nuestro Señor, y contribuyendo de una manera eficaz al orden, y a evitar la anarquía en aquella diócesis.

Que no consta que en ninguna de las épocas del gobierno revolucionario perteneciese, ni asistiese a las juntas llamadas patrióticas, antes por el contrario las miró con desagrado.

Que nunca ha pertenecido a sociedades secretas, como lo prueba el hecho notorio de no haberlo jamás marcado la opinión pública como individuo de semejantes asociaciones, contra las cuales ha declamado, y especialmente en la enseñanza de su cátedra, según se halla informado aquel Prelado.


Que en ningún tiempo ha contribuído directa ni indirectamennte a las rebeliones ni trastornos ocurridos en 

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