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sábado, 10 de mayo de 2014

ALONSO FERNANDEZ DE LUGO VERSUS VALERIANO WEYLER NICOLAU



(El esqueleto de Alonso Fernández de Lugo)



Eduardo Pedro García Rodríguez

CAPITULO I


   El colonialismo español en el Archipiélago Canario ha sido, y es, especialista en crear y sostener mitos en torno a determinados personajes que tuvieron notoriedad en la invasión y sometimiento de nuestra Matria con el propósito de crear sentimientos de gratitud de los sometidos hacia los invasores,  poniendo en práctica inteligentemente mecanismos desenraizadores tendentes a confundir a los sojuzgados inculcando en ellos desde la más tierna infancia sentimientos de simpatía y agradecimiento hacia sus verdugos, tarea en la que han sido eficazmente secundados desde los inicios de la invasión y ocupación de nuestra nación, por ciertos sectores de los notables autóctonos más preocupados en preservar su status social que su libertad y la de los suyos,  posteriormente, toda una Pléyade de criollos dependientes –de uno y otro bando-, dignos herederos ideológicos de sus antecesores han venido colaborando con el sistema opresor para mantener -en frase del ilustre escritor canario Víctor Ramírez,- ígnorantada a la sociedad canaria, no dudando para ello en tergiversar, falsear e incluso prostituir la historia colonial.

   El sistema de conquista, sea cual sea, siempre conlleva violencia sobre los conquistados,
el terror es matizado por distintos tipos de coberturas ideológicas: en los siglos XV y XVI fueron los  de “salvar almas humanas” ”progreso y civilización”, consignas metidas a sangre y fuego en Canarias, en el resto del continente africano y en América.

   Algunas veces los imperios de turno realizan alianzas transitorias y vergonzantes con parte o partes de los pueblos conquistados - generalmente las élites dominantes de cada lugar, que tratan de mantener privilegios aún en el desastre - para establecer cabezas de puente que luego serán modificadas según las circunstancias (recordar la variante relación de los “bandos de paces”, aliados con los invasores para asesinar a su propio pueblo.) O las desnaturalizadas alianzas sostenidas actualmente por la burguesía criolla canaria garante de la continuidad colonial de nuestra nación a cambio de determinadas prebendas y migajas económicas que les tolera la metrópoli como premio a su fidelidad.

   El colonialismo “democrático”  crea nuevos líderes, nuevas formas de liderazgo. Se falsea la realidad, y, de esta forma  la conducta, la propaganda se hace más subliminal, eliminando de los programas comunes de primaria y secundaria el conocimiento básico de la Historia de Canarias, el sembrado de inquietudes, o la apertura a comprensiones globales. La educación es controlada y premiando la sumisión a los intereses coloniales.

   A los niños y jóvenes se les induce a creer que su Historia como pueblo tampoco vale nada, que sus ancestros fueron esclavizados, torturados, y asesinados, para nada, puesto que los herederos ideológicos de los causantes no sólo están impunes, sino que dirigen directa, o solapadamente, la sociedad en la que viven, y hacen gala de su impunidad. Y esto es necesario también para el colonialismo, por su efecto disuasorio: lo que pasó, puede volver a pasar…

    Son múltiples los ejemplos documentados que nos brinda la historia de personajes que en su día fueron simples criminales de lesa humanidad, tales como el pirata normando Jean de Bethencourt y  su socio Gadifer de la Salle, los Herrera, o los desalmados Juan Rejón y Pedro de Vera, el obispo Juan de Frías o el Deán Juan Bermúdez, la envenenadora señora de orca y cuchillo  Beatriz de Bobadilla, Alonso Fernández de Lugo y un largo etcétera que por razones de espacio dejamos para otra oportunidad.

   Pasando el tiempo los herederos ideológicos de estos nefastos personajes en un intento  por eliminar el estigma dejado por sus antecesores en el cuerpo social que representan o en el que se desenvuelven, no dudan como he dicho en falsear la historia para “maquillar” a los mismos, en el caso de la isla Chinech (Tenerife) uno de estos personajes fue el siniestro invasor y depredador gallego-andaluz, mercenario al servicio de los nefastos reyes católicos Alonso Fernández de Lugo.

   La figura de este aventurero traficante de esclavos y masacrador de pueblos jamás despertó simpatías ni siquiera entre sus correligionarios invasores y colonos. Por el contrario, fue odiado y temido por sus contemporáneos debido sus acciones caprichosas, arbitrarias e incluso criminales. Una vez fallecido  el 20 de mayo de 1525 se desvaneció su memoria, no sólo como consecuencia del desprecio y odio que le profesaba la sociedad colonial de aquel momento sino que además porque no quedó descendencia directa en la isla ya que su última mujer Juana de Messieres y la hija que ésta tuvo con Alonso Fernández de Lugo, Luisa, retornaron a la metrópoli. De los hijos habidos de su primer matrimonio con Catalina Xuárez Gallinato el que le sobrevivió Pedro de Lugo, murió en América en la invasión y conquista de Santa Marta, de su segunda mujer y alma gemela Beatriz de Bobadilla no tuvo descendencia. De posibles hijos fruto de sus violaciones a niñas y mujeres guanches no tenemos noticias documentadas.

   “Es frecuente leer en algunos de  los textos que tratan en torno a temas relacionados con la invasión y conquista del Archipiélago Canario por parte de las hordas de mercenarios portugueses, normandos y castellanos, la descripción de dicha invasiones como una obra inspirada en los más altos sentimientos de caridad y altruismo.

   Especialmente cuando estos textos emanan o son sustentados por organismos coloniales como las Universidades, Cabildos, Ayuntamientos y Gobierno supuestamente canarios.

   Generalmente estos textos pretenden inculcar en el lector la imagen de unos “nobles caballeros” revestidos de rutilantes armaduras portando las consabidas cruz en una mano y la espada en la otra, lo cual no es más que la repetición del mismo símbolo, pues ambas tienen la misma forma y han perseguido el mismo fin.

   Estos textos ciertamente edulcorados, emanan un sutil perfume embriagador que imperceptiblemente va conduciendo al lector a un estado anímico mediante el cual asume de manera inconsciente que el hecho colonial supuso el aporte desinteresado de unos supuestos civilizadores por unos seres tocados por un halo divino, “héroes soñadores” cuya entrega y sacrificio hizo posible que nuestro pueblo -según ellos- anclado en la “edad de piedra” diera el salto a la “civilizada” Europa.” (García Rodríguez E.2008)

   La bibliografía oficial y oficialista especialmente desde hace tres décadas viene empeñada en presentarnos a este tétrico personaje como un dechado de virtudes cristianas, excelente estadista, de notable entendimiento, moralmente bueno etc., y cuando se pretende justificar sus atrocidades simplemente se nos dice que, “fue un hombre de su tiempo” o “los signos de los tiempos” así de simple y estos apologistas del colonialismo piensan que han creado cátedra, en todo caso, por esa regla deberíamos justificar los horrores de la Inquisición, el holocausto judío. Y más modernamente las invasiones de Vietnam, de Irak etc. Etc.

   La falsificación de la historia pretende hoy lavar los crímenes cometidos por los invasores europeos con el argumento que si bien hubo “excesos”, la conquista logró la modernización del país. Pero como apunta Ibn Jaldún a propósito de las diversas formas de la falsificación histórica: “los charlatanes tienen en las artes del conocimiento un campo extenso: las praderas de la ignorancia están siempre dispuestas.” No sólo el camino hacia la realidad está plagado de obstáculos puestos por la falsificación sino que el mismo camino es indiscernible. No existe opinión crítica, puesto que no existe espacio público ni medios donde se pueda formar y manifestarse, y en esas condiciones, todo da igual. Los voceros del colonialismo pueden afirmar, decir o escribir lo que quieran, y volver a hacerlo cuando gusten, por ejemplo, a la hora de los aniversarios.

   Como los hechos se vuelven rápidamente obsoletos ante la avalancha de informaciones, la falsificación que sirve al poder los pone al día, reinventándolos si es preciso, de acuerdo con el método totalitario.

   La táctica de resistencia, el rechazo de las mentiras históricas por parte de los invadidos, cualquiera esta sea, es considerada inmediatamente como sedición, subversión, o terrorismo por parte de los invasores, destruyendo a aquellos que consideren ser peligrosos por su capacidad de liderazgo en la Resistencia o, que simplemente, pudieran explicarles a sus conmatriotas la realidad de lo sucedido.
   La aspiración a unificarlo todo desde un punto de vista colonial, a someter todo movimiento social a una voluntad central, es el fundamento de todo poder, y es indiferente que se trate de la persona de un monarca absoluto, de la unidad nacional de una representación popular elegida constitucionalmente o de las pretensiones centralistas de un partido que ha inscrito en sus banderas la conquista del poder (p.e. el Partido Popular o Partido Socialista Obrero Español.)  El principio de la reglamentación de toda actividad social según determinada norma, inaccesible a cualquier modificación, es la condición previa inevitable de toda voluntad de poder. De ahí nace el impulso hacia los símbolos exteriores que ponen ante los ojos la unidad palpable de la expresión del poder, en cuya grandeza mística puede echar raíces la muda reverencia del súbdito.
   Eso lo ha reconocido muy bien De Maestre (Chambéry, 1753-Turín, 1821)  cuando dijo: “Sin Papa no hay soberanía; sin soberanía no hay unidad; sin unidad no hay autoridad; sin autoridad no hay creencia.”
   Retomemos la figura de Alonso Fernández de Lugo, al que los primeros documentos se refiere simplemente como Alonso de Lugo, añadiendo posteriormente el apellido Fernández (de Fernando) quizás como reconocimiento a su valedor en al corte castellana el rey Fernando de Aragón. Para seguir las arbitrariedades que este personaje cometió contra los naturales de Chinech y con sus correligionarios colonos, vamos a seguir al investigador español residente en Tenerife Eduardo Azanar Vallejo, quien en un excelente trabajo aunque no exento de ciertos toques de “maquillaje”, extracta una serie de documentos relativos a la colonización del Archipiélago Canario, (1476-1525) especialmente de la denominada “conquista realenga” es decir, de la invasión y ocupación de las islas Tamarant (Gran Canaria) Benahuare (La Palma) y Chinech (Tenerife), existentes en el Registro General del Sello, del Archivo de Simancas, España. Algunos de estos documentos han sido reproducidos y publicados en su totalidad por Agustín Millares, Dominik J. Wölfel y Antonio Rumeu de Armas.

   Algunas de las actividades esclavistas de Alonso Fernández de Lugo

   Es imposible negar el trato y las crueldades a las que fueron sometidos los guanches, muchos de ellos, principalmente hombres vendidos como esclavos en los mercados de Valencia, Barcelona y Sevilla, donde su última aspiración de libertad no era otra que la muerte.

   En aplicación de las capitulaciones reales, ello suponía que el invasor conquistador pasaba a ser el dueño absoluto, tanto de las personas y ganados capturados, lo que le permitía disponer libremente de los humanos y de las bestias.

   Su agresiva actuación desmesurada codicia le hace acreedor de enormes gastos, a los que tiene que hacer frente vendiendo el ingenio de Agaete, venta que realizó en 28 de febrero de 1496; la misma ha sido confirmada por los Reyes Católicos. A su vez realiza la venta de guanches en calidad de esclavos, método que ya habían practicado en la isla Tamarant (Gran Canaria) y Benahuare (La Palma) y práctica habitual entre los invasores conquistadores.

   En el sometimiento de los guanches Fernández de Lugo no tiene  escrúpulos, y no repara a la hora de esclavizar la condición de los distintos bandos, es decir, aliados o sometidos, ello le da igual, nefasto posicionamiento que da lugar a infinidad de reclamaciones e incluso la corona que participaba de este comercio reservándose el quinto se ve en la obligación de intervenir, mandando a Sánchez de Valenzuela, que era gobernador de Gran Canaria, con la orden de liberar a todos los isleños de paces sometidos por el Lugo a la más dura esclavitud.

   Aún hoy en pleno siglo XXI y a pesar de la abundante documentación que atestigua las practicas esclavista desarrolladas por los castellanos durante la invasión de las islas, y especialmente por el jefe de los esclavista Alonso de Lugo, existen mentes obtusas que se empeñan en negar dicha práctica, para ellos vamos a reproducir algunos testimonios documentados,  ha pesar de que somos consientes de que  ningún españolista viejo aprende historia:

   Denuncias formuladas en la corte castellana-aragonesa por causa de la criminal conducta del gobernador colonial Alonso Fernández de Lugo, según documentos del Registro del Sello publicados por el profesor Rumeu de Armas.

   “El trato dispensado por Alonso de Lugo a los indígenas merece la repulsa general. Esta desatentada conducta tenía a la fuerza que provocar una corriente de opinión favorable a los mismos, cuyo eco se dejó sentir inmediatamente en la corte, promoviendo las consiguientes medidas correctoras.

   Las víctimas “legales” del conquistador fueron los guanches de los bandos de guerra, reducidos masivamente a esclavitud y desterrados a la metrópoli para su venta en los mercados públicos. Varios miles de indígenas nativos de Tegueste, Tacoronte, Taoro, Icod y Daute tuvieron esta triste suerte. Las víctimas arbitrarias fueron múltiples guanches de los bandos de paces, capturados como represalia por supuesta deslealtad o infidencia. Esta medida afectó en mayor escala a los indígenas de Anaga, Abona y Adeje, y en número mucho más reducido a los de Güímar.

   Resulta admirable contemplar el esfuerzo titánico que desplegaron los aborígenes para recuperar la libertad, integrándose al amado terruño y no menos encomiable las ayudas y valimientos que encontraron -oficiales y privados- para el logro de tan nobles propósitos.

   Una vez finalizada la conquista, los atentados contra la libertad de los guanches de las paces fueron reiterados. Véanse como ejemplo las denuncias que formula contra su censurable actuación Francisco de Albornoz, “para guardar su ánima y conciencia” de los remordimientos que le embargaban: “Se le acuerda al tiempo que se ganó la isla, él fue conquistador, y después de ganada, el gobernador hizo llamar y traer ante sí algunos clérigos, estando en el reino de Taoro, hasta cien almas de guanches de esta isla, los cuales eran del reino de Tegueste, y estaban subidos en un risco de la sierra diciendo que querían ser cristianos. Venidos ante el gobernador y los clérigos, los bautizaron y tornaron cristianos, y, después de bautizados, los hicieron embarcar forzosamente y los llevaron a vender, y algunos de ellos vendieron en la isla. Esto parece al testigo contra razón, porque decían que querían ser cristianos y vivir en su tierra, y no les fue hecha justicia.”

   Como los guanches de Tegueste, refugiados en el reino de Taoro, pero pertenecían a los bandos de guerra, jurídicamente podían ser reducidos a esclavitud, de acuerdo con las prácticas de la época, que no reconocían al bautismo en general virtudes liberatorias si era recibido en estado de servidumbre. Lo que se censura es el procedimiento: la trampa y el engaño utilizados para la captura, máxime invocando una finalidad espiritual.

   En cambio, lo que no tiene perdón fue la fechoría cometida con los guanches de Abona, Adeje y Anaga, por la triple circunstancia de pertenecer a los bandos de las paces, la ocultación perpetrada al obispo de Rubicón-Canaria de las perversas intenciones de captura a traición, y, lo que es aún más grave, la artera y sacrílega maniobra de utilizar un siniestro sicario disfrazado de prelado para sucios fines de lucro a costa de indefensos seres humanos

   En 1497 había estado en Tenerife, en visita pastoral -como acabamos de referir-, el obispo de Rubicón-Canaria don Diego de Muros, circunstancia que aprovechó para impartir personalmente el bautismo a infinito número de guanches. Pues bien, véase ahora lo que nos revelan dos testigos de cargo.

   El primero, Alonso de las Hijas, confiesa que… “los canarios de Abona e Adexe... heran de paces, e avían servido a Sus Altezas al tiempo de la, conquista... contra los otros canarios que heran en deservicio de Sus Alteza;  e el obispo asimismo los mandó veenir diziendo que se viniesen a tornar Cristianos, y ellos vinieron a la Iglesia seguramente, en que senan mas de  doscientas ánimas, y el obispo los tornó christianos; y a la ora después de ser christianos, el dicho adelantado [Alonso de Lugo] los mandó encerrar en una casa, donde los cautivó e los vendió, los quales davan vozes e reclamaban diziendo que heran christianos servidores de Sus Altezas, que cómo hera aquello que los vendían, e los llevaron a Valencia e a Barcelona e a otras partes...”

   Más repugnante es la declaración de Francisco de Albornoz. Este destacado mílite atestigua: “Después no se ha guardado justicia; especialmente otra vez, al dicho tiempo, el adelantado [Alonso de Lugo] hizo traer ante sí a los guanches del reino de Anaga, unas doscientas ánimas entre hombres y mujeres, los cuales eran de paces, y en la conquista ayudaron a conquistar a los otros en favor de Sus Altezas. No se acuerda si los tornaron cristianos o no, pero vio cómo los cautivaron y enviaron a vender. Y asimismo en dicho tiempo, el adelantado hizo parecer ante sí hasta doscientos guanches del reino de Adeje y de las paces, que asimismo ayudaron a conquistar los otros. En esta manera y con tal engaño que- como estaban escarmentados de lo pasado, pusieron en un corral, cercado de piedra, un hombre (que se dice Sepúlveda) y cubriéronlo de ropa y dijeron que el adelantado les llamaba para que viniesen a tornar cristianos, que estaba allí el obispo, y al momento que los tuvieron dentro en el corral, los cautivaron y los repartieron y embarcaron por cautivos.

   Hoy sabemos, por las denuncias que luego se formularon, que el número de los cautivos de los reinos de las paces pasaron de mil, de 1os cuales permanecían en Tenerife, en 1498, unos trescientos. Otro importante grupo de guanches horros los tenía ocultos, en sus posesiones de Sanlúcar de Barrameda, don Juan Alfonso de Guzmán, duque de Medina Sidonia; era parte del precio de la colaboración prestada en la conquista de la isla.

   Las quejas contra la censurable conducta del conquistador se dejan sentir en la corte en las postrimerías de 1497. Portavoz de los oprimidos será el mensajero Rodrigo de Betanzos, quien aboga con tesón en defensa de los guanches de las paces, víctimas de inicuas vejaciones.” (A. Rumeu de Armas, 1975: 403-481)

   El tercer Duque de Medinasidonia colaboró  con Alonso de Lugo en la invasión de Chinech (Tenerife) a cambio de esclavos y tierras usurpadas a los guanches.
   Según Luisa Isabel  Álvarez de Toledo y Maura, Duquesa de Medinasidonia: “Juan de Guzmán, 3º Duque de Medina Sidonia: Nació en 1463, en Villarrasa. Estuvo con el padre en las conquistas de Málaga y Granada, heredando la casa en 1492. Heredó 96 esclavos "moros" en Niebla, blancos y negros. Cuando murió navegaba barco fletado a su cuenta, con  32 esclavos de rescate, que se devolvían al  Cabo de Aguer,  de donde los trajeron. Parece haber reunido 205 esclavos, de los que 29 eran mujeres y 12 canarios. Los más procedían de Málaga, cuya población fue repartida tras la conquista.

   Y era esclavo canario, el que hacía los "almaizares" o velos de algodón para las almadrabas. Terminada la conquista de Canaria, por Pedro de Vera, en 1488,  Lugo reinició la de Palma, en 1492. Fácil la conquista, las cosas se complicaron en Tenerife. Derrotado, necesitó gente y vituallas, que el Guzmán embarcó, entre 1494 y 1496.
   1494. Febrero 12. Valladolid (f.85). Incitativa al asistente de Sevilla don
Juan   de   Silva,   conde   de   Cifuentes,   para   que      cumplimiento   de justicia a Juanoto Berardi y Francisco de Riberol, estantes en dicha ciudad, que dicen haberse concertado con Alonso de Lugo, vecino de Gran Canaria, para la conquista de La Palma, por lo que debían ir a tercios en los 700.000 maravedís que recibirían por los gastos de la conquista, a pesar de lo cual cuando Alonso de Lugo concertó la conquista de Tenerife renunció dicha cantidad en la Corona y se quedó, además, con 150 esclavos de un bando de paz que les habían sido concedidos por los reyes, porque a pesar de que estaban en seguro se descubrió que intenta so pretexto de enviarlos a Castilla para presentarlos al rey, los veintidós mucha­chos que recibió como rehenes de los palmeros convertidos, que ayudaron en la conquista de La Palma, culpándole, además, de haber enviado a sus escuderos Espinosa y Benavides para cautivar a otros cien vecinos, y de no permitirle salir de la isla para ir a quejarse al Rey, mientras continuaba agraviando a sus parien­tes, robaba sus ganados y ahorcaba a dos cabezas de bando. Don Alvaro Johannes. Antonius. Gundisalvus licenciatus. Filipus. Solanos. (E. Aznar Vallejo, 1981:80)
   1495 Febrero 28. Madrid (f. 49). Orden al bachiller Fajardo, gobernador
de Gran Canaria, para que informe al Consejo sobre la demanda presentada por
la canaria Francisca de La Palma, vecina de la isla de igual nombre, que por mandato de Francisco Maldonado, pesquisidor de Gran Canaria, asentó paces con dos bandos de La Palma, que se sometieron y colaboraron en la conquista de dicha isla con Alonso de Lugo, quien acabada ésta vendió sus rehenes y obtu­vo, alegando una ficticia sublevación, merced real para esclavizarlos, apoderándose además de sus ganados y prendiendo a la dicha Francisca de La Palma, para evitar que fuera a quejarse al rey. Don Alvaro. Alcocer. Chanciller. Malpartida. Oropesa. Mármol. (E. Aznar Vallejo, 1981:82)

   1495 Marzo 4. Madrid (f. 37). Carta a las justicias del Reino y a todos los
recaudadores de rentas, par que a petición de Alonso de Lugo, capitán de la conquista de Tenerife, y Nicolás Angelat, Guillermo Blanco, Francisco Palomar y Mateo Viña, armadores de dicha armada, no lleven alcabalas sobre la primera venta de los cautivos y ganados enviados por los caballeros y peones que están en dicha conquista, como se hace en las cabalgadas en tierra de moros, ya que dicha conquista se hace por mandato real y los cautivos son infieles sobre los que se paga el quinto. (E. Aznar Vallejo, 1981:82)
   1496 Julio 23. Soria. Incitativa a las justicias del Reino, especialmente las del Puerto de Santa María, para que den cumplimiento de justicia a Francisco Gorvalán, vecino de Sevilla, que reclama el importe de los seis esclavos que le correspondieron en la conquista de Tenerife junto al gobernador Alonso Lugo. Dichos esclavos le fueron embargados a instancias de los mercaderes Guillermo de Blanco y Nicolao Angelato, que argumentaban pertenecerles por tener parte en dicha conquista, ante lo que Francisco de Gorvalán pidió que fueran vendidos por las justicias del Puerto de Santa María y puesto su importe en depósito, lo que hicieron con cinco de ellos, ya el otro fue tomado por Guillermo del Blanco. Obispo de Astorga. Alcocer. Illescas. Oropesa. (E. Aznar Vallejo, 1981:84)
   1496 Diciembre 23. Burgos. Incitativa al comendador Pedro Cervantes, juez ejecutor de la Hermandad de Sevilla, para que determine en la petición de Alonso de Lugo, encargado que fue de la conquista de Tenerife, que reclama los esclavos que le fueron tomados durante dicha conquista, que le pertenecen por ser de buena guerra, y los maravedís entregados para dicha conquista a ciertas personas, que no han dado cuenta de ellos. Se concede poder a dicho comenda­dor para nombrar jueces delegados, pero ni él ni sus auxiliares podrán llamar a nadie fuera de su jurisdicción más allá de ocho leguas de su casa. (E. Aznar Vallejo, 1981:87)
   1497 Junio 24. Valladolid (f. 314). Incitativa al conde de Cifuentes, don Juan de Silva, alférez mayor, miembro del Consejo y asistente de Sevilla, para que determine en el litigio sobre los bienes del difunto Juanoto Berardi, merca­der florentino, entre los que se cuentan 233.333 maravedís y cincuenta esclavos que Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, le adeudaba de la compañía para la conquista de La Palma, ciertos muebles y esclavos que dejó en su casa de Sevilla y 84.000 maravedís que le debía Guillen Celi, todo lo cual quedó en poder del obispo de Badajoz. Esta comisión es consecuencia de la peti­ción presentada por Bartolomé de Marchiori, mercader florentino estante en Lisboa, a quien Juanoto Berardi debía un cuento de maravedís, para que Alonso de Lugo tuviese embargados dichos bienes hasta que se determinase cuál de los acreedores tenía mejores derechos, ya que el concierto establecido entre dicho gobernador y el mercader Jerónimo Rufalde, que tenía poder de Juanoto Berar­di, para cobrar ciertas cantidades de maravedís, por lo que Jerónimo Rufalde se daba por pagado y Alonso de Lugo se obligaba a pagar por él a Bernaldino de Orduña, lesionaba sus intereses. Johannes. Andreas. Antonius. Gundisalvus li­cenciatus. Johannes licenciatus. Ramírez. (E. Aznar Vallejo, 1981:88)
   1597 Marzo 29. Alcalá de Henares. Orden al obispo de Canaria y al gobernador de Gran Canaria, para que informen sobre la demanda presentada por Rodrigo de Betanzos, en nombre de los bandos de Adeje, Abona, y Güímar, acu­sando a Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife, de haber vendido a gran nú­mero de canarios de éstos bandos, a pesar de las paces que asentaron con Pedro de Vera, de su condición de cristianos y de la ayuda que le prestaron en la con­quista de Tenerife. Episcopus astoricensis. Juanes. Felipus. Franciscus licencia-tus. Juanes licenciatus. Castillo. (E. Aznar Vallejo, 1981:91)
   1498 Marzo 29. Alcalá de Henares, (f. 24). Orden a Lope Sánchez de Valenzuela, gobernador de Gran Canaria, para que tenga en secuestro a los cana­rios de los bandos de Adeje, Abona y Güímar que están en poder de Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife, hasta que Sus Altezas decidan sobre ellos. Se da a petición de Rodrigo de Betanzos, quien informó que dichos bandos guardaronlas paces asentadas con el gobernador Pedro de Vera y se unieron a Alonso de Lugo cuando fue a conquistar Tenerife, haciendo lo que les mandaba, acogiendo a sus gentes, defendiéndolos y dándoles sus mantenimientos, convirtiéndose ade­más a la fe católica, a pesar de todo lo cual éste cautivó a 1.000 almas, como si fueran de otros bandos, vendiendo una parte y queriendo hacer lo mismo con 300 que aún quedan en su poder. Episcopus astoricensis. Juanes. Felipus. Fran­ciscus licenciatus. Juanes licenciatus. Castillo. (E. Aznar Vallejo, 1981:92)
   1498 Marzo 29. Alcalá de Henares, (f. 25). Orden al licenciado de Maluenda, juez de términos de Sevilla, para que informe al consejo sobre los cana­rios de los bandos de Adeje, Abona y Güímar, precisando si realmente son cris­tianos, dónde, cómo y por quién fueron bautizados, si eran de paces, si guarda­ron éstas y con quién las asentaron. Se da a petición de Rodrigo de Batanzos, quien informó que dichos bandos guardaron las paces asentadas con el goberna­dor Pedro de Vera y se unieron a Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife, cuando fue a conquistar dicha isla, haciendo lo que se les mandaba, acogiendo a sus gentes, defendiéndolos y dándoles sus mantenimientos, convirtiéndose ade­más a la fe católica, a pesar de todo lo cual éste cautivó a 1.000 almas, como si fueran de otros bandos, vendiendo una parte y queriendo hacer lo mismo con 300 que aún le quedan en su poder. Episcopus astoricencis. Juanes. Felipus. Franciscus licenciatus. Juanes licenciatus. Castillo, escribano de cámara. (E. Aznar Vallejo, 1981:92)
   1498 Diciembre 11. Ocaña. Orden a Lope Sánchez de Valenzuela, gober­nador de Gran Canaria, para que apremie a Alonso de Lugo a declarar cuántos canarios, aparte de los ochenta ya puestos bajo secuestro por Lope Sánchez de Valenzuela, fueron tomados en Tenerife durante tiempo de paces, para que también sean puestos bajo secuestro, debiendo informar al Consejo acerca de los dueños de los que no sean de paces, para que éste determine en justicia. Johane. Franciscus licenciatus. Martinus. Zapata. Mármol. Herrera. (E. Aznar Vallejo, 1981:93)

   1500 Diciembre 4. Granada. Orden a Juan de Salcedo, para que averigüe, a petición del procurador de pobres, el paradero de don Enrique, canario, rey que fue de Icod, vendido por Patiño, contino de la casa real, sin tener derecho a ello, ya que el dicho don Enrique es cristiano y libre; y para que lo traiga a la corte en un plazo de diez dias, durante los cuales cobrara 200 maravedís diarios a cargo del dicho Patiño. Episcopus ovetensis. Filipus. Johannes licenciatus. Martinus. Tello. Muxica. Mármol. Pérez.
   1514 Agosto 16. Valladolid. Incitativa al gobernador o juez de residen­cia de Gran Canaria, para que entienda en la petición presentada por Leonor, canaria, que se queja, en nombre propio y en el de los canarios libres de Gran Canaria, Tenerife y La Palma, de don Alonso Hernández de Lugo, adelantado de las islas de Canaria, que lleva por fuerza a dichos canarios a las armadas que hace en provecho propio y los echa de la tierra porque ayudan a sus parientes cautivos. Para la realización de esta misión se le concede poder cumplido y un salario de 150 maravedís, durante 40 días, y se le ordena llevar consigo un escri­bano público, que recibirá 40 maravedís al día, aparte de sus derechos ordinarios. Archiepiscopus. Carvajal. Palanca. Aguirre. Cabrero. Salmerón. (E. Aznar Vallejo, 1980:213)
   1514 Agosto 18. Valladolid. Orden a Rodrigo de Guadiana, escribano y receptor de la cárcel real, para que vaya a Gran Canaria, Tenerife, La Palma y otras islas de Canaria, a fin de recibir los testigos que el adelantado don Alonso Fernández de Lugo desea presentar en el pleito que sigue con guanches y cana­rios, sobre la libertad de éstos. El citado pleito pende actualmente ante los alcal­des de casa y corte, jueces de comisión, que han recibido las pesquisas hechas por diversos jueces y el proceso que se seguía en dichas islas ante el doctor Le­brón. Para el cumplimiento de su misión se le concede poder cumplido y 200 maravedís “de buena moneda” al día, aparte de los derechos que le corresponden por las escrituras, que ha de pagar el citado adelantado, salvo que la parte de los canarios presente testigos, en cuyo caso irán a medias. Licenciado de Herre­ra. Cornejo. González de Avila. Villafañe. . (E. Aznar Vallejo, 1980:213)
    1514 Diciembre 10. Valladolid. Notificación a Rodrigo Guadiana, escribano y receptor de la cárcel real, de haberse prorrogado, hasta después de que finalice la probanza del obispo de Canaria, el plazo para la presentación de testigos en el pleito que ante los alcaldes de casa y corte siguen los canarios y el adelantado don Alonso Fernández de Lugo, sobre la libertad de los primeros. Estamedida se toma a petición de Pascual Arenas, procurador de los guanches canaríos de Gran Canaria y otras islas, quien adujo para ello que el citado escribanc no podía ocuparse simultáneamente de ambas probanzas. Licenciado de Herréra. Cornejo. González de Avila. Trillanes. . (E. Aznar Vallejo, 1980:216)
   1501 Septiembre 13. Granada. Orden a Lope Sánchez de Valenzuela, gobernador de las islas de Gran Canaria, para que devuelva a Nicolao Angelate, vecino de la “ciudad de Mal”, tres esclavas que recibió de Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife, como parte de una cabalgada y que Lope Sánchez de Valenzuela le quitó argumentado que eran libres. (E. Aznar Vallejo, 1981)







sábado, 6 de abril de 2013

ALONSO FERNANDEZ DE LUGO VERSUS VALERIANO WEYLER NICOLAU






(El esqueleto de Alonso Fernández de Lugo)



CAPITULO VII




Eduardo Pedro García Rodríguez


Para concluir

   Como las casualidades no existen y sí las causalidades, parece que tanto Alonso Fernandez de Lugo como su sosía Valeriano Weyler sintieron especial atracción por el Valle Sagrado de Eguerew, (La Laguna) lugar donde moran los espíritus de nuestros ancestros guanches, aquellos que en vida fueron nobles, valientes y justos.

   El primero como lugar de reposo de sus miserias humanas, y el segundo como sitio donde mitigar los justicieros rayos de Magek durante la canícula, para ello se hizo construir un pabellón de verano en parte de la huerta del antiguo convento de San Francisco, quizás con el inconsciente deseo de estar próximo a los restos de su admirado Alonso Fernández de Lugo, y como en la vida castrense española la costumbre impuesta en algún momento pasa a ser tradición, este pabellón ha venido siendo utilizado desde entonces por los virreyes de Canarias como lugar de veraneo.

   “Según consta en escritura publica otorgada en Santa Cruz de Tenerife el 6 de noviembre de 1883 ante el notario don Rafael Calzadilla, esta finca fue cedida gratuitamente a Guerra por el Cap. Grl. Valeriano Weyler Nicolau, y se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de La Laguna el 10 de febrero de de 1899 al folio 119 vt del tomo 64, libro 34 de dicho Ayuntamiento finca numero 2191, inscripción 4º, con una extensión de 3,930´00 m2, y lindas al norte con la prolongación del callejón de la Ruda a empalmar con el camino de Las Mercedes; al sur con la Plaza de San Francisco, al E. con la tapia que lo separa de la huerta que fue del convento franciscano y al O. con la prolongación de la calle de Los Álamos en dirección al camino de Las Mercedes.

   Posteriormente se ha ampliado esta superficie a 5.120´00 m2, tomando parte de este camino, y está la huerta toda cercada a excepción del lindero Este que se apoya en la tapia que lo separa de la huerta que fue del convento franciscano adquirida después por don Jose Palazón y más tarde por el ejercito español para ampliación del cuartel de artillería.

   En este solar se construyo la residencia de verano de los capitanes generales con una superficie 700´00 m2, por RO. De 9 de junio de 1899 y se terminó en 1901.” (José María Pinto y de la Rosa, 1996)


   Anexo documental

    El invasor y esclavista Alonso Fernández de Lugo, otorga su testamento en Añazu en Chinech (Santa Cruz de Tenerife) en 13 de Marzo 1525 por ante Juan Márquez en la casa de su amigo el colono y conquistador Diego Santos falleciendo el día 20 de Mayo en el que declara haber sido tres veces casado; primero con  Catalina Beatriz Xuárez que murió en Gáldar de la isla de Tamaránt (Gran Canaria.) y hubo los hijos Mateo, Alonso, y Beatriz que no dejaron sucesión y  Pedro de Lugo que sucedió en su Adelantamiento, casa y mayorazgo; segundo con  Beatriz de Bobadilla, viuda de Peraza que murió en Medina del Campo (España) sin tener con ella sucesión; tercero con  Juana Mezieres con la que hubo á  Constanza y  Luisa de Lugo.
   Dicho documento se conserva en el  Archivo Histórico Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Protocolo 605.- Folios 179r a 182v. Escribano: Juan Márquez
   // In dei nomine amen. Sepan quantos esta carta de testamento e ultima voluntad vieren como yo don alonso fnz de lugo primer adelantado de las yslas de Canaria e perpetuo governador de las yslas de thenerife y señor san miguel de la palma teniendo por cierta la muerte e no sabiendo la hora que dios sera servido llamarme desta presente vida como fiel e catolico cristiano queriendo disponer y ordenar las cosas que convienen a mi anima e a mi cuerpo a la salud corporal y espiritual y en lo que toca a mis bienes temporales digo que ordeno y establesco este mi testamo el qual quiero que valga e sea firme estable y valedero en tal manera q por el si necesario es rrevoco [...] y anulo qualqe otro mi testamo o codecillo o qualqe otra mi postrimera voluntad q en qlqe tiempo ante quales qe escno o escns testigo o testigos hora sea nuncupativo o en scritis ad pias causas o como quiera q sea o ser pueda mandando expresa y expresisimamente q por solo aqueste se disponga e cumpla mi anima y no por otro ninguno como dicho es y las mandas y legatos e ynstruciones son las siguientes 
 //primeramente digo y confieso con puro coraçon y perpetua voluntad q yo soy catolico xriano y tengo y creo todo aquello q tiene y cree la santa madre yglesia catolica de rroma alunbrada por el espiritu santo de segun q mas claramente y expresa puedo y debo y soi obligado como buen xriano asi lo creo e confieso y en esta creencia firme quiero bivir e morir y me espero de salvar
  Iten quando dios nro señor fuere servido apartar mi anima deste cuerpo mortal mando mi anima pecadora a dios todo poderoso al qual muy humilmente soplico pues la crio e rredimio con el presio de su preciosima sangre no mirando a mis pecados mas a su infinita bondad e a la yntercesion de la siempre virgen rreyna del cielo madre suya y del bienaventurado arcangel san miguel a quien toda mi vida tuve por [ilegible] abogado y entervenidor juntamente con los otros angelicales y santos y santas de la celestial corte q por sus merecimientos // merezca yo ser acompañado con ellos en la gloria eterna amen.
  Iten mando mi cuerpo a la tierra de cuya naturaleza dios lo crio y que sea enterrado en la capilla mayor del monasterio de san miguel de las vitorias de la virgen de la orden de san fransisco desta cibdad siendo acabada al tpo donde no mando q entre tanto este depositado mi cuerpo donde oy esta el altar mayor en lugar conveniente y luego q la dha capilla mayor fuere acabada sea trasladado mi cuerpo en el lugar de la dha capilla que yo quisiere e mandare o donde mis albaceas testamentarios esecutores desta mi postrimera voluntad ordenaren y mandaren.
  Iten mando q el dia de mi enterramiento se digan missas de todos los sacerdotes asi clerigos como rreligiosos q fallarse pudieren a aquel tpo presentes.
  Iten por discurso de todo el año me digan en cada un altar una misa ofrendada con un responso y diez treintenas por mi anima cinco cerrados e cinco abiertos e otras diez por las animas de mis padres y otras personas a quien soy a cargo los quales digan los frailes de dicho monasterio e para sienpre jamas el dia de san miguel y el dia de mi fallecimiento y el dia de los finados y se diga una vigilia e misa cantada.
  Iten digo y declaro q tengo y poseo por bienes mios muebles y rraizes asemovientes aqstos cien caizes de tierra de sequero en tacoronte las tierras e aguas de rriego y sequero y el yngenio y solares y otras cosas a ello anexo y perteneciente con las viñas e huertas y casas segun q yo lo tengo e poseo y me pertenece en el rrealejo con sus tributos
  Iten el heredamiento q dizen de icode conviene a saber tierras e aguas y hedeficios y censos segun q mejor me pertenece.
  Iten en la ysla de la palma el heredamiento q dizen de los sauzes tierras e aguas yngenio cosas y otros pertrechos y cosas segun que me pertenecen es mio
  // Iten otras tierras de sequero e viñas las quales yo tengo señalado para que de lo procediente dello se instituyan e hagan alguna memoria en honrra del bienaventurado arcangel san miguel lo qual rremito a la disposicion de los dhos mis albaceas
  Iten declaro q tengo veynte y cinco esclavas y esclavos
  Iten cavallos mulas e azemilas
  Iten tapeceria oro plata rropas y joyas de atavio de mi persona y casa en cantidad y valor de quinientos ducados
  Iten declaro q yo tengo muchos pleytos pendientes de deudas que a mi me deben e yo debo e algunos que se me esperan mover para lo qual proveer y descargar mi conciencia asi cerca de las dhas debdas como de los servicios de mis criados mando q los dhos mis albaceas desde luego tomen en si las rrentas de los dhos dos heredamientos del rrealejo e los sauzes y cobren de antonio joven y de domenigo rico arrendadores de las dhas haziendas todo lo que conforme a la escritura de arrendamiento q sta ante escno me perteneciere en mi vida e despues de mis dias y se destribuya en esta manera q dejando
para mi hijo don pedro de lugo en cada un año las trezientas mill mrs de que yo le tengo hecho donacion y otras trezientas mill maravedis para mi de la misma manera con todo lo demas de rrenta de pan y otras haziendas de lo rrestante vayan descargando los dhos mis albaceas las dhas deudas que pareciere que debo asi de contrataciones como de servicios enprestados o en otra manera fasta tanto q sea todo cunplido y acabado de pagar y que en ninguna manera el dho don pedro mi hijo pueda entrar ni tomar la posesion corporal ni civil ni natural de los dhos bienes fasta tanto q todas las dha // deudas y el dote de doña Juana de masieres mi legitima muger e la donacion propter nutias q yo le tengo otorgada confirmada por su majestad y el dote de mi hija doña luisa sean cunplidos y enteramente pagados q son cinco mill ducados para la dha doña juana y tres mill ducados para la dha mi hija doña luisa lo qual mando so pena de mi maldicion al dho don pedro mi hijo q si asi por el orden susodho en mis dias no fueren acabados de cunplir mis deudas mando q despues de mi muerte fasta q las dhas doña Juana y doña luisa sean pagadas enteramente de los susodho q demas e aliende lleve para su sostentamiento las trezientas mill mrs en lo mejor parado de mis bienes en esto q yo señale para mi sustentamiento sin que aqstas se le puedan meter en la cuenta del principal q se an de aver salvo q los lleven y gozen fasta q sean enteradas de lo q asi han de aver
  Iten q yo tengo fecho y otorgado mayorazgo de casi todos los dhos bienes y entregada la carta de la otorgacion del dho mayorazgo a don pedro mi hijo en el qual ynstituy la sucesion del dho mayorazgo y al tpo e sazon yo no era casado ni pense ni tuve rrazon de pensar q avia de aver mas hijos mi muger por lo qual asi rremotamente constituy el dho mayorazgo que si acaso el dho don po contradixere en parte o en todo al orden que aqui doy asi para mientras biviere como para despues de mis dias para pagar a lo susodho por esta doy poder cunplido libre llenero bastante tan especial y expreso con libre y general administracion y con poder de sostituyr a mis albaceas qual de derecho se rrequiere para q por mi y en mi nonbre hagan a su majestad la rrelacion q convenga para q a mi mientras biviere y despues de mis dias fasta tanto q las dhas debdas y mandas sean enteramente pagadas no acudan ni a mi ni al dho don po con mas açucares ni frutos de los dhos dos heredamtos los dhos arrendadores de cada trezientas mill mrs desta moneda de Canaria salvo q pagadas la dha doña Juana e doña luisa de las dhas sus mandas enteramente q entonces pueda gozar el dho don pedro de
   // las seiscientas mil mrs y de lo demas fuera lo rrestante de los dhos dos heredamtos del rrealejo y de los sauzes q asi estan arrendados y despues lo que rrestaren fasta q enteramente cunplido e pagado todo lo en este mi testamento contenido lo qual entre bivos y despues de mi muerte asi prometo de tener e guardar e cunplir porque para descargo de mi anima ningun otro camino seguro pienso q puedo tener y en por tanto al invictissimo felicisimo emperador rrey e señor nro suplico [...] afectuosamente mirando no a tanto a mis servicios q fueron algunos bien señalados sino a la untuana leal voluntad q le tuve sienpre de servir me faga mrd de dispensar conmigo de tal manera q por el orden dho pueda con rrazon llenar confianza q mi anima va descargada e conpela a ello al dho mi hijo por las rrazones dhas e por me fazer bien e mrd tan crecida
  Iten mando q se pague a la merced e a la trinidad e a la cruzada a cada un real de plata
  Iten fago mis albaceas y procuradores con poder plenisimo como dho es asi para q biviendo cunplan y pongan en esecucion lo contenido en las dos clusulas supra proximas como despues de mis dias para todo lo contenido en este mi testamto a bartolome benitez e pedro de llugo mis sobrinos e a rreberendo padre frey alonso de la fuente a los quales e cada uno dellos insolidum le doy poder cunplido libre e llenero qual dho es
  Iten digo e mando q cunplido e pagado este mi testamto y las mandas legatos deudas e cargas por la orden ya dhas q don pedro mi hijo aya y lleve todo el rremaniente de mys  bienes ogligados al mayorazgo y fuera del ansi raizes muebles e semovientes como los derechos q yo tengo y me pertenescan de pleytos comenzados sentenciados y por sentenciar y comenzar en cualqe manera ecepto el axuar e atavios de casa porque aqsto demas de la dha donacion y dote de la dha doña juana mi muger y de todas sus rropas de seda brocada paño lino e lana y caxas y cofres
 // y arcas y mulas e bestias y esclavos y esclavas quiero q lo aya y lleve la dha doña juana mi muger y pido en rreberencia de dios q ansi ayan su bendicion e la mia al dho don po mi hijo e a doña ynes de herrera mi hija e a mis nietos don alonso e doña beatriz que acaten y tengan rreberencia a la dha doña juana mi muger en lugar de verdadera madre pues mirando q es estranjera y el amor con que me ha seguido e servido le deben conocidamente lo susodho.
  Iten mando q la dha doña juana mi muger entre tanto q en estas yslas biviere y no pasare a segundas nupcias sea tutora y curadora de la dha mi hija doña luisa administrando su persona y bs fasta que sea de hedad de casar y se case o entre en rreligion
  Otrosi mando q la dha doña luisa mi hija aya e lleve demas de lo susodho e sea pa si sola todo el dro e acion voz e rrazon e posesion q yo he e tengo e me pertenesce e pertenescerme puede al ingenio e heredamto del agaete q es en la ysla de gran cana lo ql le mando en la mejor forma e manera q puedo e de dro devo
  Otrosi mando q mis bienes  frutos e rrentas e alojeros dellos ante todas cosas se acabe de faser la capilla q yo tengo mandado q es de san migel de las vitorias
  Otrosi mando q luego se cunpla e pague todos los mrs q yo e mis fiadores somos obligados a dar e pagar pr la capellania de po Her de llugo mi sobrino q aya gloria por manera q sus fiadores no paguen cosa alguna
  Otrosi mando q se de a fdo de llugo e fco lugo mis sobrinos cien mill mrs desta moneda de cana en pago e por pago de todo el asucar e mrs e otras cosas q yo les mande en casamiento e de todos los servos q ellos e su madre ana de llugo mi sobrina q aya gloria me fizieron.
  // Otrosi mando q vean mis albaceas un albala o fenecimto de quentas q yo fize con fco guerra mi criado e le cunplan e paquen todos los mrs e otras cosas q por el dho albala e fenecimto de quentas q yo le devo e lo q despues aca me ha servido.
  Otrosi mando q se de e pague a pedro de caceres mi criado en pago de e por pago de veinte años q a q me sirve veinte mill mrs desta moneda corriente en tene
  Otrosi mando q se de a dos entenados de jun de badajos q al presente e tenido e tengo en mi casa cinquenta doblas de oro para ayuda de sus casamtos e sustentacion matrimonial
  Otrosi mando q se a mi criada la catalina en pago del tpo q me a servido e por quanto me ha servido en mi casa veinte mill mrs
  Otrosi mando q se de e pague a flora mi criada quince mill mrs para ayuda de su casamto e sustento matrimonial
  Fecha la carta en el lugar e puerto de santa cruz q es en la ysla de tene dentro de las casas de la morada de diego santos a treze dias del mes de marzo año del nascimiento de nro salvador  de mil e quinientos e veinte e cinco años tgos q fueron presentes a lo q dho es pedro de llugo regidor e herdo llugo alguacil mayor e diego riquel e diego santos vzs de la dha ysla y el dho sor ad lo firmo de su nonbre en el registro de mi el escribano
  Otrosi mando q en pago y por pago de todos los mrs y otras // cosas q yo devo al br. diego de funes de pleitos e autos q me a ffecho se le de e paguen luego veinte mill mrs desta moneda de canaria.
         ffecha ut supra = ts los dhos = El adelantado. 
(Transcripción y revisión: Javier Medina López y Dolores Corbella Díaz) 
   Imágenes:
  
Pags. 1, 10, 16, 23 y 31. Grabados archivo del autor.


    Pag. 30. Lápida sepulcral de Alonso de Lugo, en la Iglesia de la Trinidad, en Sanlúcar de Barrameda, España.
  
   Pag. 35. Monumento funerario en la Catedral de La Laguna donde reposan los supuestos huesos de Alonso Fernandez de Lugo, fotografía de Raúl Melo.

   Fuentes consultadas:

Antonio Rumeu de Armas
La conquista de Tenerife
1494-1496. Pags.403-481
Aula de Cultura de Tenerife, 1975

Víctor Ramírez
Palabras libertarias para una conciencia
Canaria universalista
Edición del MUPC
Canarias 2007.

Eduardo Aznar Vallejo
Documentos Canarios en el Registro del Sello
(476-1517)
Instituto de Estudios Canarios. ISBN 84-00-09228-4
La Laguna-Tenerife 1981

Eduardo Aznar Vallejo
Ana Viña Brito. Natalia Palenzuela Domínguez. Juan Manuel León
Documentos Canarios en el Registro del Sello. (1518-1525)
ISBN:84-604-0919-8
Instituto de Estudios Canarios
La Laguna-Tenerife 1991

Miguel Amorós
La Guerra Social en la Memoria         
Ekintza Zuzena. Número 27. zenbakia            

D.J. Wölfel
Estudios Canarios
H. Nowak. Burgfried.Verlag-Hallein
Austria, 1980
Evelio Tellería Alfaro          
Valeriano Weyler o el fascismo anticipado
Weyler y Canarias
Miguel Leal Cruz
Extracto de un capitulo de la Ponencia expuesta en la III Conferencia de Historia en la Universidad de la Habana.
Juan Ortega Llanera
Historia de una Hermandad Sanluqueña y su Iglesia.
Historia del Pueblo Guanche
Juan Bethencourt Alfonso
Edición y anotaciones de: Manuel A. Fariña González
Tomo III. Pags. 229-233
Francisco Lemus, Editor. La Laguna-Tenerife, 1997.

José de Viera y Clavijo
Noticias de la Historia de Canarias
Edición del Dr. Alejandro Ciuranescu
Cupasa Editorial-Madrid 1978

Pedro Socorro
La Muerte y los finados en Santa Brígida
Revista Digital BienMesabe, Nº 233
El Guanche, 23 de marzo de 1861
Jose Maria Pinto y de la Rosa
Apuntes para la Historia de las Antiguas Fortificaciones de Canarias
Museo Regional de Canarias 1996
Javier Medina López y Dolores Corbella Díaz) 
Testamento de Alonso Fernandez de Lugo.



Archipiélago Canario. Julio de 2009.



ÍNDICE

Capitulo I                                                                                                                Página


 Algunas de las actividades esclavistas de Alonso Fernández de Lugo                       4

Denuncias formuladas en la corte castellana-aragonesa por causa de la criminal conducta del gobernador colonial Alonso Fernández de Lugo, según documentos del Registro del Sello publicados por el profesor Rumeu de Armas.                                                             4


Capitulo II

Actividades mercenarias de Alonso Fernández de Lugo                                            10

Las deudas del Adelantado Alonso Fernández de Lugo                                             11

Capitulo III

Latrocinios del Adelantado Alonso Fernandez de Lugo                                             15

Capitulo IV

Continuación del anterior                                                                                            22

Las islas Benahuare y Chinech prisiones para guanches y colonos dirigidas y controladas mediante el terror por Alonso Fernández de Lugo                                                      27

Capitulo V

 Algunos antecedentes de la familia Lugo en España                                                  28

La supuesta tumba de Alonso Fernandez de Lugo en Sanlucar (España.)                   29
Versus Valeriano Weyler                                                                                              30
Síndrome del colonizado                                                                                               32
Capitulo VI
La tumba lagunera de Alonso Fernandez de Lugo                                                       35
Algunas consideraciones en torno al esqueleto de Alonso Fernandez de Lugo       37

Los restos óseos depositados en la Catedral de La Laguna ¿corresponden realmente a Alonso Fernandez de Lugo?                                                                                                  38
   A modo de resumen.                                                                                               40
Capitulo VII
Para concluir                                                                                                              43
Anexo documenta: El testamento de Lugo                                                                43
Imágenes:                                                                                                                   47
Bibliografía                                                                                                                48
Índice