UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL
1501-1600
DECADA 1501-1510
CAPITULO I-XI
Eduardo
Pedro García Rodríguez
1502 Marzo 13.
216-1.-Rodrigo Mexía de Trillo, vo
q. sois de Segura de la
Encomienda Mayor de León [y Sebastián del Canpo]. Una ta. en
el puerto de Santa Cruz de Añazo, pasando la iglesia del dho. puerto, desde un
pozo q. está junto con una casa q. yo hago e por la vía de un río de un cabo
hasta una cueva q. está cabe una cabeçada de la dha. ta. e por las barrancas; e
va agora por ella, va un camino a la población de La Laguna , el qual dho.
camino, edefican do por la dha. ta., se echará por otra parte, 3 y 1/2 f. más
el agua q. viene por el río e podades hazer un estanco vos e Sabastián de
Ocanpo para otra suerte e tas. questá frontera de la vuestra, el río en medio,
e q. si algún agua sobrare después de regadas vuestras heredades e la
quisierdes dar al pueblo q. dello le venga provecho, q. yo os pague e faga
pagar lo q. sea razón. E porque agora vais a las Indias a servicio de Sus
Altezas q. vos do de plazo dos años para q. vos y el dho. Sabastián de Canpo
comencéis la dha. obra. [s. firma pero registrada] 13-III-1502. [Verso,
donación a Sab. del Canpo].
1502 Marzo 14.
280-7.-Alonso de Vallejo. 7 f . de r. en Taoro, e mando a
Guillén Castellano e a Fernando de Trugillo e a Lope Fernández, regidores, e a
Vergara, mi alcalde, q. como repartidores por mí puestos os lo den e entreguen
luego; iten vos do más 10 c. de s. de pan levar lo cual toméis en Tacoronte en
aquello q. estuviere por repartir salvaje; no enbargante q. vos Alo de V vais a
las Indias vos prometo de vos esperar hasta q. vengáis de allá, desde hoy hasta
siempre jamás e porq. vos habéis de venir a vevir aquí con vuestra mujer e casa
...Digo q. vos do término de esperar año e medio [todo copia]. E luego el dho.
Alo de V. otorgó su poder cumplido a Lope de Vallejo, su hermano. 14-III-1502.
. (Datas de Tenerife, libros I al IV).
1502 marzo 14
Poder de María Lopez (mujer de Alonso López de Zorita,
difunto, vecina de Sevilla en la collación de San Martín); por sí y
en nombre y voz de Baltasar y Melchor, sus hijos (menores, y de su difunto esposo, como tutora
y curadora de ellos), a Pedro de Santana y
a Jorge de Zorita, tío de los
menores, a ambos juntamente y a
cada uno de ellos in solidum, para
cobrar del Rey y de la Reina los maravedís que le deben por el servicio
que en la conquista de la Ysla
de Gran Canaria hizo su
difunto marido Alonso
López de Zorita.
(J. R. P., fol.
50 v.). (Francisco Morales Padrón,
1961)
1502 marzo 14.
Poder de Pedro de Vargas (vecino
de Sevilla en la collación de San Vicente)
a Pedro de Santana, vecino de Triana, para que cobre del
Rey y de la Reyna los maravedís que le deben de sueldos por
el servicio que hizo en la
conquista de la Ysla de Gran Canaria ...
[(J. R. P., fol. 51). (Francisco Morales Padrón, 1961)
1502 marzo 14.
Pedro de Santana
(vecino de Triana, guarda y
collación de Sevilla), en nombre y voz de Rodrigo de Más Palomar, vecino
de la Ysla
de la Gran Canaria , en virtud
de poder (que pasó ante Diego de
San Clemente, escribano público y vecino de la Ysla de Gran Canaria, en 16 de noviembre de 1498)
hace su procurador sustituto a Pedro de Vargas, vecino de Sevilla en la
collación de San Vicente. (J. R. P.,
fol. 52). (Francisco Morales
Padrón, 1961)
1502 marzo 14.
Pedro de Santana (vecino de Triana, guarda y collación de Sevilla), en nombre y voz de
Estevan Pedro Martin Acal (albañil,
vecino de la Ysla de la Gran Canaria ), en virtud
de poder (que pasá ante Diego de
San Clemente, escribano público y vecino de
la Ysla
de Gran Canaria, en la villa Real de Las
Palmas, en 22 de junio de 1500.) hace su
procurador sustituto a Pedro de Vargas, vecino de Sevilla en la collación de San Vicente. (J. R. P.,
fol. 52 v.). (Francisco Morales Padrón,
1961)
1502 marzo 14.
Antón Garrido otorga que da su
poder complido a Pedro de Vargas, especialmente para que por e1 e en su nombre
pueda demandar e recabdar
e rescebir e aver e cobrar del
Rey e de la Reyna nuestros Señores, e
de sus Contadores mayores, e de doña
Elvira de Narvaes, muger de Alonso Fajardo, e de süs herederos del
dicho Alonso Fajardo, e de todas
e qualesquier personas que sean e
con derecho devan, todos
los maravedís qu'l él ganó en
servicio del Rey e
de la Reyna nuestros
Señores, en servicio
que fio en la
Torre de la Mar Pequeña.. . (J. R. P.,
f 01. 53
v.). (Francisco Morales Padrón,
1961)
1502 marzo 15
Antón Garrido
(pescador, vezino de Sevilla en San Vyceynte) otorga que
ha rescibido e rescibió de Pedro
de Vargas (vezino de Sevilla en la
dicha collación, qu'está presente) todos
los maravedís qu'él ovo de aver
por razón del servicio que fyzo en la
Torre de la
Mar Pequeña , asy
del tyempo qu'estovieron en ecleficarla como después d'estar en la
dicha Torre ; e son en su poder, de qu'es pagado.. . (J. R. P., fol. 53 v.). (Francisco Morales Padrón, 1961)
1502 martzo 15.
Pedro Santana (vezino
de Triana, guarda e collación de Sevilla), en nombre e en bos de Diego
Catalán (e por virtud del poder que dél
tiene), otorga que ha rescebido ..
. .en su poder. . . de
Francisco Fernández de Arévalo
(vecino desta cibdad de
Sevilla en la collacih de
Santa María en la Cestería ,
qu'está presente) ... 2.000 maravedís, los
quales son para en quenta del sueldo que el dicho Diego Catalán ha de
aver por el servicio que fizo en la conquista de la Grand Canaria ; e
estos dichos 2.000 mrs. son de
los 101.650 maravedís qu'el Páez,
recebtor de la Iquisición del Obispado de Badajoz, e son
en su poder, de qu'está pagado
... (J. R. P., fol. 53 v.).
(Francisco Morales Padrón, 1961).
1502
marzo 18.
Juan de
Sevilla (vecino de
Sevilla en la collación de Santa
María en la Cestería ,
maestre del barco
nombrado "San Cristoval",
surto en el puerto de Las Muelas
del río Guadalquivir, en Sevilla) debe a Pedro Bernal (mercader, vecino de Sevilla, presente) trescientos
noventa maravedís, prestados
para fornecimiento, despaoho y
bastecimiento de dicho
barco, que van
a riesgo de Pedro Bernal en el viaje que el navío va a hacer
a las Yslas de Canaria, de entrada y salida, y en el tornaviaje, hasta llegar a los puertos de Cádiz o Sanlúcar de Barrameda,
donde se obliga a pagarlos.. .
[Nota margiml:] En 21 de junio paresció Pedro Bernal, y dio poder a Fernando
de Lugo (mercader, vecino de Sevilla) para cobrar esta deuda.-En 29 de octubre paresció Fernando de Lugo y la
mandó chancelar porqu'es pagado. (F.
SE., fol. 376 j .
(Francisco Morales Padrón, 1961).
1502 Marzo 24.
En XX, de março de Mdii años.
258.-Cabildo. Carne. fol. 32 r.
En este dicho dia entraron en
Cabildo, en Casa de Fernando de Trosyllo, sobre la carnecería, el señor
bachiller Aparício Velásquez, teniente de las quatro yslas en lo cevil y
creminal etc. e el alcalde mayor de la ysla de Tenerife Pedro de Vergara, y el
dicho Fernando de Trosillo e fernando de LIerena e Crístóval de Valdespyno e
Guillén Castellano, regidores de la dicha ysla e estando en Cabildo sobre razón
de poner precio en la carne que se ha de pesar, por quanto no ay carnicero que
se quiera obligar a dar carne e para que cada uno de los criadores contribuya
aver de pagar ciertas cabeças por rata.
259.-Yden sobre carne.
El teniente viejo Fernando de
Trosillo fué su voto que pues no ay carnicero que se obligue ni el criador no a
de dar carne todo el año, que se debe pesar al prescio del año pasado, que es a
seys el carnero castrado y puerco; y todo lo otro a cinco.
Yden..-EI alcalde Pedro de
Vergara votó lo mismo del dicho teniente viejo.
Yden.-EI dicho fernando de
LIerena fué su voto lo mismo.
Yden.-Guillén Castellano votó e
dixo que le parescía que pues iva por dula y ninguno se obliga a dar carne, que
sea el carnero castrado a cinco y lo otro a quatro.
Yden.-EI dicho teniente Aparicio
Velázquez dixo que se remetya a los más
votos y aquello le parescía que
se devya fazer.
Yden.-Fué quedado en efecto que
se pesase conforme a los más votos: que fué a cinco ea seys.
260.-Deputado sobre la cisrne.
fol. 32 v.
Otrosy en este día fueron
elegidos por deputados, para proveer de carne y mandar a las personas que
cupiere por rata que la maten por manera que no aya falta, el dicho señor
teniente e Fernando de LIerena, regidor, e para que non queriendo la persona
que le cupiere por rata pesar, le puedan prendar en dos mill mrs. de pena para
los propyos y enbiar a su costa, por el ganado que le cupiere, personas que
menester fueren. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife) v. I: 45 )
1502 Marzo 28. Dto. 740.20. Fernando Carne de Agua. Pedro
Geltilmarao. "yo Alonso de Lugo, governador destas cuatro islas por el Rey
e Reina nuestros señores, por el poder q. de Sus Altesas tengo fago
repartimiento e do a vos Fernando Carnadagua en el lomo d Arotava donde di a
Fernando Guanarted, tres cahíses de ta. De sequero y otro cahís en decendiendo
del paso de Taoro arriba del camino, y más do a vos Pedro Axitimanao ajunto con
las tas. q. di a Juan Delgado, defunto, q. se llama Ayacter ronte, cuatro
cafises». 6-XI-1502. [Verso: El menor hijo de Pedro de Gentymarao, a 28- III-de
milI e quatro (sic) lo presentó ante el señor gobernador Pedro Delgado por
Rodrigo menor...].
1502 abril 8
Juan de
Sevilla (vecino de
Sevilla en la collación de Santa
María en la Cestería ,
maestre del barco
nombrado "San Cristoval",
surto en el puerto de Las Muelas
del río Guadalquivir, en Sevilla) debe a Pedro Bernal (mercader, vecino de Sevilla, pre-
sente) trescientos noventa
maravedís, prestados para
fornecimiento, despaoho y bastecimiento
de dicho barco,
que van a
riesgo de Pedro Bernal en el
viaje que el navío va a hacer a las
Yslas de Canaria, de entrada y salida, y
en el tornaviaje, hasta llegar a los puertos de Cádiz o Sanlúcar de Barrameda,
donde se obliga a pagarlos.
[Nota margimal:] En 21 de junio paresció Pedro Bernal, y dio poder a Fernando de Lugo (mercader, vecino de
Sevilla) para cobrar esta deuda.-En 29
de octubre paresció Fernando de Lugo y la mandó chancelar Porque es
pagado. (F. SE.,
fol. 376 j. (Canarias en el Archivo de protocolos de
Sevilla, en: mdc)
1502 abril 11.
Pedro Fernández
de la Lima (vecino
de Sevilla en la collaciún de San Andrés) vende a Diego de Sevilla
(cambiador, vecino de Sevilla en la collación de Santa María) una
esclava de color blanca canaria, natnral de Tenerife, de edad
treinta años, por precio de diez
y nueve mil maravedís que ha recibido.
(J. R. P., fol. 100 v.). (Canarias en el
Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1502 abril 22.
Pedro de Villalún otorga que da su poder a Pedro de Vargas, especialmente para que por
él e en su nombre puedan, él o quien su poder
oviere, demandar e recabdar e rescebir e aver e cobrar, asy en juizio
como fuera de él, de los bienes e herederos de Alonso Fajardo, Governador
que fue de Grand Canaria, difunto, e
de otras qualesquier persona o personas
que en derecho devan, o de sus bienes, todos
los maravedís que él ganó e
le pertenescen, por razón
del servicio que fizo en la Torre de la Mar Pequeña , todo
el tiempo que allá estovo, …
Torre como en otra qualquier manera e
por qualquier razón que sea. (J. R. P.,
fol. 127 v.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1502 abril 22.
Pedro de Villalon (marinero, natural de la villa
de Villalón, estante en las yslas
de Canaria) otorga que ha rescibido
de Pedro de Vargas (vezino de Sevilla en la collación de San Viceynte, que está presente) todos
los maravedis que él ovo de
aver e le pertenescieron del
sueldo .que ganó en la Torre de la Mar Pequeña , asy en
el servicio que en la dicha Torre
fizo como en las obras d'ella, o en otra qualquier manera, todo el tiempo que
estovo en el dicho servicio, e son en su .poder; de que está pagado. (J. R. P., %l.
127 ,v.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1502 abril 22.
(=).-Pedro
de Villalón otorga que da su poder. . .
a Pedro de Vargas, especialmente para que por él e en su nombre puedan,
él o quien su poder oviere, demandar e
recabdar e rescebir e aver e cobrar, asy
en juizio como fuera d'él, de los bienes e herederos de
Alonso Fajardo, Governador que fue de Grand Canaria, difunto..., e de otras qualesquier persona o personas
que en derecho devan, o de sus bienes, todos los maravedís
qu'él ganó e le pertenescen, por
razón del servicio que fizo en la Torre de la Mar Pequeña , todo
el tiempo que allá estovo,
fasta, que se acabó la dicha Torre, como en otra qualquier manera e por qualquier razón
que sea... (J. R. P., fol. 127 v.). (Francisco Morales Padrón, 1961)
1502 abril 22.
(1)
.-Pedro de Villalón (marinero,
natural de la villa de Villalón, estante en las yslas de Canaria) otorga que ha rescibido de Pedro de Vargas (vezino de Sevilla en la collación de San Viceynte, que está presente) todos
los maravedis que él
ovo de aver e
le pertenescieron del sueldo .que
ganó en la Torre
de la Mar Pequeña ,
asy en el servicio que en la dicha Torre fizo
como en las obras d'ella, o en otra qualquier manera, todo el tiempo
que estovo en el dicho servicio, e son en su poder; de qu'está pagado
... (J. R. P., %l. 127 ,v.). (Francisco Morales Padrón, 1961)
1502 Mayo 1.
685-27.-Pero García. Un pedazo de
ta. en Taoro cabe un drago arriba de las tas. de Padilla y de vos el dho. P. G.
de obra de un c. y medio. 1-V-1502. (Datas de Tenerife,
1502 Mayo 2. Alcalá de Henares. Merced al concejo de Gran Canaria
de una casa de mancebía, dos tiendas y un bodegón para propios de dicha isla,
que carece de ellos. Don Alvaro. Zapata. Muxica. La Fuente. Santiago.
Conchillos. Polanco. (E. Aznar; 1981)
1502
Mayo 20. Con sólo cuatro navíos y una dotación de 140
hombres arribó a Tamaránt (Gran Canaria) el Almirante genovés al servicio de
Castilla Cristóbal Colón, que se propone realizar un cuarto viaje al Continente
Américano por él supuestamente descubierto. Le acompañaba su hijo
Fernando, de catorce años, y su hermano Bartolomé. Era su cuarto y último
viaje, utilizando ahora cuatro pequeñas naos llamadas Capitana, Santiago, Gallega
y Vizcaina. Permaneció en la ciudad durante cinco días, zarpando luego en
busca de nuevas tierras que someter y saquear. La
hospitalidad da las autoridades coloniales del Concejo y de la Audiencia y la simpatía
de los colonos alegraron esta última estancia de Colón en la colonia, vinculado
como consecuencia de la ocupación desde 1492 a todas las empresas castellanas
depredadoras en América.
Es de suponer que, al igual que
en anteriores estancias, adquiriría provisiones, si bien en cantidades modestas
no sólo porque el número de expedicionarios era reducido, sino porque debió
haber escasez; pues, unas semanas antes, el gobernador Ovando había anclado sus
treinta y dos naves en las islas de Lanzarote, Gomera, Tenerife y Gran Canaria,
con dos mil quinientos hombres.
Posiblemente esta fue la causa de no haber arribado a Gomera, la isla
predilecta del Almirante. (Analola Borges en: Millares Torres, 1977,t. II:248)
1502 Mayo 20.
213-55.-Hernando del Hoyo, criado
del Rey Nuestro Señor. 200 f .
en las lomadas de Ycode encima de vuestras tas., las q. tenéis de açúcar...por
lo mucho q. avéis servido a Sus Altezas en la conquista. 20-V-1502.
1502 mayo 24.
Sancho de Ferrera
(marido de Doña Violante de
Cervantes, vecino de Sevilla en la collación
de San Llorente) ahorra a Leonor Canaria, su esclava, de edad de 20
años, natural de las Yslas de Canaria,
por sus muchos servicios. (E. SE., fol.
279 v.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1502 Mayo 25.
En xxv de mayo, en Santa Cruz, de
Mdii años.
261.- Pregón de tierras.
El señor Governador Alonso de
Lugo manda e mandó apregonar públicamente que todas e qualesquier personas que
tienen tierras repartidas en Taoro, de riego, o en otro qualquier logar,
cavallerías o peonías, que sean obligados a ponellas de cañas, para planta, de
oy de la fecha en un año, so pena quel que non la pusiere, que la aya perdido e
que se pueda dar a quienquiera que veniere, pagándole el costo que le costó a
sacar el agua. Testigos Pedro Isasaga y Mateo Vyña.
Yten manda e mandó su Merced que
todas las personas que tienen tierras en Taoro que el lunes las vayan a
rescebyr.
262.-Pregón de tierras. fol.33 r.
26-V-1502 En xxvi días del mes de
mayo del dicho año se pregonó todo lo de las dichas tierras de riego, saliendo
de Misa el día de Corpus Cristi el señor Governador y otras muchas personas,
onbres e mugeres, que fueron testigos Gerónimo de Valdés e Cristóval de
Valdespyno, regidores, y el teniente viejo Fernando de Trosyllo y otras muchas
personas. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife) v. I: 45)
1502 Mayo 25. A raíz de los repartos de tierras entre los invasores
conquistadores de Chinech (Tenerife), el capitán de los mercenarios esclavistas
Alonso Fernández de Lugo dispuso que los nuevos propietarios de tierras
usurpadas con agua tenían que ponerlas en producción, plantando caña de azúcar,
en especial aquellos que tuvieran datas en el fértil valle de Taoro. En caso de
desobediencia, se les quitarían las tierras, previo abono del precio
desembolsado en las obras realizadas.
1502 Mayo 25.
En xxv de mayo, en Santa Cruz, de
Mdii años.
261.- Pregón de tierras.
El señor Governador Alonso de
Lugo manda e mandó apregonar públicamente que todas e qualesquier personas que
tienen tierras repartidas en Taoro, de riego, o en otro qualquier logar,
cavallerías o peonías, que sean obligados a ponellas de cañas, para planta, de
oy de la fecha en un año, so pena quel que non la pusiere, que la aya perdido e
que se pueda dar a quienquiera que veniere, pagándole el costo que le costó a
sacar el agua. Testigos Pedro Isasaga y Mateo Vyña.
Yten manda e mandó su Merced que
todas las personas que tienen tierras en Taoro que el lunes las vayan a
rescebyr.
262.-Pregón de tierras. fol.33 r.
26-V-1502 En xxvi días del mes de
mayo del dicho año se pregonó todo lo de las dichas tierras de riego, saliendo
de Misa el día de Corpus Cristi el señor Governador y otras muchas personas,
onbres e mugeres, que fueron testigos Gerónimo de Valdés e Cristóval de
Valdespyno, regidores, y el teniente viejo Fernando de Trosyllo y otras muchas
personas. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife) v. I: 45)
1502 Mayo 27.
En xxvil de mayo de Mdii años.
263.-Cabildo.
En este dicho día, en la villa de
Santa Cruz, entraron en Cabildo el señor Alonso de Lugo con Mateo Vyña, Diego
de Mesa, Cristóval d’ Espyno y Fernando de Llerena, e ordenaron e mandaron lo
syguiente:
264.-Carne, precio.
Mandó el señor Governador, con
acuerdo e voto de los dichos señores, que por quanto en el pesar de la carne
que fasta aquí se a fecho por el prescio a sydo cosa grave, que por tanto era
justo ser remediado, que mandava e mandó que carneros e cabrones castrados, el
carnero a seys mrs. y medio y el cabrón y puercos a seys mrs. castrados y la
vaca a seys mrs.: y que oveja ni cabras
no se pese ninguna, so pena que el que 1o pesare le corten la mano, que se
entiende en carnecería para vender por peso.
265.-Deputados. fol. 33 v.
Ordenó e mandó el dicho señor
Governador, con acuerdo e voto de los dichos regidores, que fuesen e sean
deputados para repartir la carne para se pesar entre los criadores, cada uno
segund toviere, a Pédro de Vergara e Cristóval d' Espyno, amos a dos juntamente
ya cada uno dellos por sy in solidum, e fecho el repartimiento a cada criador
como cupiere, le apremien a que lo II pesen poniéndoles pena e penas para ello;
e que los mismos deputados, no queriendo
los criadores traer el ganado que les cupyere, enbíen por ello a su costa con
un onbre o dos o tres o quantos fueren menester, y que para ello les dava e dió
poder conplido bastante.
266.-Pan cocho.
Ordenó e mandó el señor
Governador, con acuerdo e voto de los res, que las panaderas que han costunbre
de amasar pan para vender e todos otras qualesquier personas, que pan quisyeren
vender, den el mes de agosto e jullio e setienbre e otubre e novienbre e
dezienbre, que den doze onças de pan cozidas por dos mrs. E los otros seys
meses, desde el mes de henero fasta el mes de junio, a diez onças cozidas y
todos sean obligados a hazer pesas de hierro, e las hieran con la pesa del fiel
esecutor o del almotacén o, quando esto no ovyere, del Cabildo, sopena que por
la primera vez y la segunda que se hallere el pan menguado que pagarán LX mrs.
por cada vez, digo sesenta mrs, con más todo el pan que se fallare falto que
sea perdido; y por la tercera, sy
vendieren pan falto que le den
cientaçotes.
266 bis .-Hordenó e mandó el
señor Governador con acuerdo de los dichos regidores que qualquyera puercos,
vacas, cabras, ovejas que entraren por el puertochuelo de cabe la casa del
obispo el arroyo abaxo a la man derecha.
Hordenaron e mandaron que
ningunos puercos no entren en restrojo ajeno so pena que el que fuere tomado en
restrojo ajeno sea penado cada cabeça en cinco mrs. Hordenaron y mandaron que
los debdores que devieren cualesquier mrs. a qualesquier mercadores de
mercadería que del los ayan tomado, sy en trigo ovieren de haser pago, lo
resciban a quatro reales por hanega y cevada a dos reales.
267.-Pan que resciban los
mercaderes en precio.
Ordenaron e mandaron que
qualesquier deudores que ayan rescebydo o rescebieron de aquí adelante
qualquier mercadería, sy pagaren en trigo que sea a razón de a quatro reales, y
la cevada a cien mrs. non brargante ser obligados los .deudores a dinero, pues
ay ordenança que paguen en las cosas de la tierra; que sean obligados a pagar
desta manera y aunque renuncien esta ordenança que non les valga, por quanto es
byen y pro de la tierra. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife) v. I:47 )
1502 Mayo 27.
418-75.-Pedro de Velgara [sic.]
Un pedazo de tas. q. puede haber 15 c. en Acentejo, lindan Francisco de Mérida
y el barranco de los dragos q. va a dar a la Rambla del Aforcado q. es todo junto con
Tacoronte. 27-V-1502. [Reverso. «oi 21 de agosto puse estos folios a este
quaderno miércoles = oi 21 de agosto fue subir al Pico el Sr. General D. Andrés
Bonito = 1743»].(Datas de Tenerife, libros I al IV)
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