jueves, 12 de junio de 2014

JUAN CASTRO DE BAUTE



1844 agosto 13.

Fallece  Juan de Castro Baute (1766-1844), capellán, sacerdote, profesor, cura servidor de Arico, notario publico eclesiástico, primer párroco de Fasnia y racionero medio fundador del Cabildo Catedral de Tenerifre1

Este artículo está dedicado a uno de los escobonaleros más ilustres de todos los tiempos, el prebendado don Juan de Castro Baute. Tras conseguir que su padre fundara a su favor un Patrimonio vitalicio y una Capellanía perpetua, se pudo ordenar de sacerdote. Como tal, regentó en Güímar, durante dos años, una escuela con estudio de Latinidad. Luego fue el primer cura de Fasnia, al crearse la parroquia de San Joaquín, aunque en concepto de párroco interino. Tras cesar en ella, fue nombrado cura servidor de Arico. Con posterioridad volvió a Fasnia como teniente de cura, notario público y párroco propio, por lo que estuvo ligado a esta parroquia durante 23 años. Finalmente, dado el prestigio de que ya gozaba entre el clero canario, al crearse la Diócesis Nivariense fue nombrado racionero medio del nuevo Cabildo Catedral de Tenerife, importante responsabilidad en la que permaneció durante 22 años y a la que renunció para retirarse en su querido pueblo natal, El Escobonal, donde pasó los últimos años de su vida como mero capellán de la ermita de San José, querido y respetado por todos sus paisanos.

Nacimiento

Nuestro biografiado nació en El Escobonal (por entonces conocido como pago de San José) el 25 de marzo de 1766, siendo hijo de don Ignacio de Castro y doña María de León Delgado Baute, naturales y vecinos de dicho pago en el Lomo de Bayón. El 1 de abril inmediato fue bautizado en la iglesia parroquial de San Pedro Apóstol de Güímar por Fray José Infante, de la Orden de San Francisco, beneficiado servidor de dicha iglesia y de Ntra. Sra. Santa Ana de Candelaria, quien le impuso el óleo con el nombre “Juan Francisco”; actuó como padrino don Luis Rodríguez Truxillo. Estuvieron presentes en dicha ceremonia sus abuelos paternos don Ignacio de Castro y doña Ana García, y los maternos don Juan Delgado de Baute y doña María de León.

Los padres de don Juan habían contraído matrimonio en la citada iglesia de San Pedro de Güímar el 24 de febrero de 1765, en ceremonia celebrada por el dominico Fray Andrés Gómez, religioso muy vinculado a la historia de Agache. Cerca de su casa natal se había inaugurado, once años atrás, la ermita de San José, construida por iniciativa de los vecinos de Agache, y todavía se hacían sentir las consecuencias de tan importante instalación, que alteró por completo la vida social de la pequeña comunidad, hasta el punto de dar su nombre al pueblo: “Pago de San José”. Los escobonaleros más influyentes no podían estar desligados de este nuevo templo, por eso no es de extrañar que el abuelo de nuestro personaje, don Juan Delgado Baute2, fuese mayordomo de dicha ermita durante casi 17 años, desde el 26 de diciembre de 1766 hasta agosto de 1783; en esta última fecha fue sustituido por su yerno, y padre de nuestro biografiado, don Ignacio de Castro3, quien se mantuvo en el cargo durante más de 10 años, hasta el 30 de diciembre de 1793.


Fundación de un patrimonio vitalicio  4

En el seno de esta familia creyente, de gran influencia en la sociedad local, creció el pequeño Juan, en quien se iba despertando una profunda vocación religiosa, pues sus padres lo educaban con el esmero correspondiente a los sentimientos religiosos de que eran modelo en el pueblo. De este modo, cuando alcanzó la edad conveniente lo enviaron a estudiar a algún convento de La Laguna, pues en un informe del clero lagunero, fechado a 18 de abril de 1780, figuraba entre los que no estaban tonsurados pero vestían hábito clerical, don Juan de Castro, de 10 años, que “está aplicado al estudio y nada sabemos sobre su conducta que sea digno de mención”.

Luego sus padres lo enviaron a Güímar, para que estudiase en la escuela que regía el destacado sacerdote güimarero don Florentín Núñez y Torres (posteriormente beneficiado de San Pedro y canónigo fundador de la Catedral de La Laguna), donde cursó con aprovechamiento Latinidad, Filosofía y Teología. Por esa época, don Juan de Castro Baute fue padrino del niño “Josef Domingo de Santa María del Carmen”, bautizado en la iglesia de San Pedro Apóstol de Güímar el 31 de octubre de 1788 e hijo de don Juan Delgado, natural del pago de La Zarza (Fasnia), y de doña María Ramos Roxas, que lo era de Güímar.

Ya avanzado en sus estudios y decidido con verdadera vocación al estado eclesiástico, entró en él, ya que don Ignacio no vio con malos ojos esta inclinación de su hijo e instituyó en su favor un Patronato o Patrimonio vitalicio, para que a título de él pudiese obtener las órdenes mayores. Lo otorgó, instituyó, erigió y fundó el 22 de octubre de 1789 en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife ante el escribano público don Matías Álvarez, por cuanto su hijo don Juan de Castro tenía edad suficiente y estaba “inclinado a el estado sacerdotal, pr cuia razon se á aplicado a los Estudios y para qe pueda conseguirlo y vivir con la decencia correspondiente”, de tal modo que a título de él pudiese ordenarse. Los bienes sujetos a dicho Patrimonio eran: una suerte de viña e higueras en el lugar de Güímar donde decían Araña; un trozo de tierra y viña con 135 pies de higueras en El Escobonal; y una suerte de viña y árboles en el mismo pago, donde llamaban la Vejera.

Siguiendo con las diligencias, el 15 de diciembre de dicho año 1789 el vicario general José Massieu firmaba el edicto en el que se anunciaba la creación de dicho Patronato y comisionaba al cura de Candelaria, don Agustín Tomás de Torres, para que recibiese información de testigos sobre la persona y bienes incursos en dicho patrimonio, ante el notario público don Mateo Rodríguez Sabina. Por este motivo, el 12 de enero de 1790 comparecieron ante dicho sacerdote seis testigos: don Luis Rodríguez Trujillo, don José Delgado Flores, don José Yanes, don Juan Rodríguez Márquez, don Bernardo Pérez Montijos y don Juan Pestano de Medina; los dos últimos de oficio y todos vecinos del pago de El Escobonal, menos don Juan Pestano que lo era de Güímar. Dichos testigos coincidieron en que conocían los bienes sujetos al Patrimonio y que “no hacen falta al citado D. Ignacio para su manutencion y la de su familia por quedarles otros muchos bienes”, por lo que “con dho Patrimonio en nada se perjudica la lagitima necesaria de los otros sus hijos”. Asimismo, el párroco Torres coincidía con lo expuesto por los testigos, añadiendo que “el sytado dn. Juan de Castro opocitor â este Patrimonio, lo he tratado y es aplicado al estudio”. El 27 de febrero de  1790  los  bienes  del  Patronato  fueron  erigidos  en  “quasi  espirituales”  por  el  Lcdo. Bernardo Jacinto González, abogado de los Reales Consejos y fiscal general del Obispado, por indisposición del provisor y vicario general, quien los adjudicó a don Juan de Castro, “para  que los  use de  ayuda  de  congrua  con  que pueda  atender  y obtener  las  ordenes mayores”; dichos bienes al disfrutar el carácter y privilegio de eclesiásticos, “no se pueden vender, ceder, permutar ni de modo alguno enagenar”.

Fundación de una capellania5

Pero dicho Patronato no constituía suficiente congrua para su ingreso en el estado eclesiástico, por lo que el 4 de junio de 1790 su padre otorgó una escritura en el Puerto y Plaza de Santa Cruz de Tenerife, ante el notario público don Domingo Rodríguez Velasco, por la que desmembraba un trozo de terreno del Patrimonio vitalicio que había fundado anteriormente a favor de su citado hijo, con el que fundó una Capellanía perpetua en la iglesia de San Pedro Apóstol, con pensión de cuatro misas rezadas cada año, con tres reales de limosna cada una, que se habían de decir en dicha parroquia:
[...] yo Ignacio de Castro Natural y vesino del Lugar de Güímar en Agache, y residente en este Puerto  digo que aviendo hecho instrumento de Patrimonio  vitalicio afavor de Dn. Juan de Castro mi lexitimo hixo, y de aquella propia vesindad para  que atitulo de él se ordenase, hallando no ser vastante, y ser indispensable que el susodicho tenga Capellanía perpetua, y qe. le reditue veinte y dos pesos, quando menos, hallándose incluido en dho Patrimonio un pedazo de tierra calma, con viña Arboles Frutales y Huertas para papas, todo en un Cuerpo compuesto de dos fanegadas y media, lindando por la Caveza con tierras de Convento, y Relixiosos del Señor Santo Domingo del referido Lugar de Güímar, por el pie con tierras de dho Patronato,  por un lado camino real, y por el otro serventía de  herederos  y tierras  del  mismo Patrimonio,  cuya tierra  aqui  deslindada  huve por compra que de ella hize a Juan Jimenes y a Josef Cano, y sus erederos vesinos de dicho Güimar [...] en virtud de lo qual y el deseo que tengo de instituir una Capellanía de misas dichas y aplicadas en la Iglesia Parroquial  de aquel Lugar de Güímar, titulada a el Señor San Pedro Apóstol para que Dios Nuestro Señor sea servido el aumento del culto Divino, y mi alma y las que están en el Purgatorio  resivan sufragios por cuyo medio gozaran de la Gloria Eterna, y exersitando esta voluntad, y que el dho mi hijo Dn. Juan de Castro pueda ordenarse atitulo de ella. Otorgo por esta presente carta y en la mejor forma que haya lugar de derecho, qe. insituyo, Doto, y fundo la dicha Capellanía con los cargos y obligaciones siguientes:
Primeramente señalo por vienes de esta dotacion y fundacion las deslindadas dos fanegadas y media de tierra, con viña, arboles frutales y Huertas para papas.

[...] Ytem que el Capellán que es o fuere haya de decir, o mandar desir en cada un año para siempre jamás, y en aquella Iglecia del Sor. Sn. Pedro Apóstol, y en el discurzo delaño quatro mizas rezadas, su limosna dose rriales  plata, tres porcada  una, y lo que sovrare  de  el  usofruto  delos  dhos  bienes  aqui  deslindados,  y sovre  que  fundo  dha Capellanía, lo lleve para sí el Capelln. aefecto de que mas bien pueda sustentarse.

Ytem nombro desde luego por Capellán y Patrono de esta Capellanía al ya dho mi hixo Dn. Juan  de Castro,  y que viste avitos clericales,  y afalta de este, a Domingo de Castro  mi Hixo de  menor  edad,  y no  siendo  este  de  la  Iglesia  tomando  estado  de matrimonio sea patrono, nombre a uno de sus Ixos, prefiriendo el varon ala hembra y el mayor al menor, y así sucesivamente unos en post de otro, y por línea Paterna  y no teniendo suseción varonil teniéndola María de Castro también mi lexma. ixa siga en esta en la propia forma, [...].

Con el anterior documento, don Juan de Castro se opuso a la referida Capellanía y suplicó al Obispado que “se librase edicto con lo demás necesario para  las diligencias de estilo”, a fin de que “erigiendo a su tiempo en espirituales los bienes de su dotación”, se la confiriese para proporcionar su clericato y colación. Así, el 29 de junio de 1791 el provisor y vicario  general  del  Obispado de  Canaria,  don  Manuel  Verdugo  y Albiturría, expidió  el correspondiente título de posesión:
[…] por nos visto le admitimos su oposición y mandamos expedir como con efecto se expidió el mencionado Edicto por el término prescripto  en aquella Iga. Parroql.:  qe. el pedazo de trra  calma señalado pa. dote de esta capella. en la Jurisdon. de dho lugar de Guimar donde dicen el Escobonal, se compone de dos fanegadas y media sdo sus linderos los mismos qe. van mencionados, y constan de la fundación, qe. su valor pral  es dos mil y seis sientos pesos corrientes  y reditua cada año libre de costos veinte y seis pesos sin tener pencion algunas qe. los enunciados bs. son ciertos, y seguros propios del referido fundador qe. los adquirio  por justos y legítimos títulos, y que por tanto los ha estado poseyendo quieta y pasificamte. sin contradicion  de persona  alguna:  qe. poseía  como propios  el  fundador,  y que  por  lo  mismo no  le  hacía  falta  alguna  pa.  su  decente manutención, y la de su familia, ni menos perjudicaba con la fundon. de esta Capella. de los otros sus dos hijos, ps. le quedaban otras haciendas de mucha estimación y valor no llegando el de la piesa señalada pa. la dote desta Capella. al qto. de los que posee como propios dho fundador  [...] por lo que, y no habiendo opositor de mejor dro. no había reparo  en  que  se  admitiese  dha  fundon.,  se  convirtiesen sus  bs.  en  Espirituales  y se adjudicase por ahora  al pretendte. interín que se habilitaba  con el ordn. pa. la colación canónica [...].

El 30 de octubre de ese mismo año 1791, el mismo provisor emitió en Canaria el edicto de adjudicación:
[...] la adjudicaba  y adjudicó por ahora  e interin se proporciona  con el clericato pa. la colación al referido Dn. Juan de Castro, a qn. se le de posesion de dhos bs. librándose a este fin el despacho necesario, del ql. del instrumto. de fundon. y dela alvalá de compra qe. reservava en su poder el nominado Dn. Ygnacio de Castro, se ponga testimo. auténtico en la colecturía dha Parroqa. de Güímar y así lo proveyó, mandó y firmó.

El 7 de enero de 1792, el alguacil de la iglesia, don Juan Delgado, en cumplimiento del despacho del provisor y vicario general, dio posesión a don Juan de Castro de dicha suerte en el pago de El Escobonal, ante el notario público don Mateo Rodríguez Savina:
[…] dho. Algl. le tomó por la mano y lo entró de posecion en ella, la qe. tomó corporal, real,  actual,  vel quasi  paseandose,  arrancando  matos, muliendo piedras  y levantando monjones, y haciendo otros actos de posesion, llamandose dueño y señor de dha. suerte de viña y árboles, y de como aprehendia esta posecion quieta y pasificamte. sin ninguna contradicion  pidió a los circunstantes  le fuesen tgos. que lo fueron José Gonzs. y Juan Franco. Gonzs. vnos. del sitado Pago.

La Capellanía se empezó a servir en el mes de junio de dicho año 1791 y a partir de entonces comenzaron a decirse las cuatro misas rezadas que tenía impuestas anualmente, que se siguieron cumpliendo fielmente hasta la muerte de nuestro personaje. Así fue certificado el 2 de mayo de 1792 por el beneficiado don Francisco Cruz Alayón, el 9 de agosto de 1804 por el visitador Dr. Cabrera y el 9 de septiembre de 1844 por el beneficiado Dr. don Agustín Díaz Núñez.

Sacerdote y profesor

Una vez confirmado en la posesión de su Patrimonio y su Capellanía, el 13 de abril de
1792 se confirmó que ya poseía suficiente congrua para acceder a las órdenes sagradas:
En Canaria a 13 de abril de 1792 el Sr. Provr. y Vico. deste Obispdo. en vista de los titulos de la Capella. perpa. y Patrimonio Vitalicio qe. ha presdo. Dn. Juan de Castro vecino del Lugar de Guimar, y en qe. por adjudicn. se halla posecionado, fundada en su cabeza por dn. Ignacio de Castro su Pe. legitimo, para que se declare tener congrua bastante con que poder ascender â los Sagrados Ordenes; y lo expuesto en su razon por el Fiscal Gral. deste Ogipdo., Digo: Que redituando anualmente los biens. de dha Capella. y Patrimo. segn. las informaciones de estilo practicadas  en las respectivas causas beneficiales ciento dies y seis ps. corrs.; de que revajados dose rs. pta. por limosna de las qtrô. Misas qe. cada año le impuso el fundadr., y cinco mrs. del tributo con que se halla una de las piezas afectas al Patrimo. e igualmte. los pocos pa. qe. importa el apuntamto. de Misas y Subsidio, restan libres al Capelln. mas de ciento y dies pes. Declaraba,  y declaró Su mrd. tener el referido Dn. Juan de Castro con dha Capella. y Patronato  congrua suficiente, segn. las Sinodales deste Obpdo. p . obtener las sagradas  ordenes, Siendo del agrado  de Su Sria. Yltma. el Obpô. destas Yslas mi Sor. admitirlo â ellas de lo qe. se le dé competente Despacho â fin de qe. se presente en su Secreta. de Camara y asi lo mandó y firmo = Dr. Lopez de Ansó = Ante mi Miguel Geronimo Alvarado Noto. puco.

De esta manera, en el año 1793 llegó el soñado momento, en el que don Juan de Castro fue ordenado de presbítero por el obispo de Canarias don Antonio Tavira y Almazán, quien le concedió licencias de “celebrar, predicar, confesar hombres y mugeres, absolver de reservados, habilitar  insextuosos, y aplicar  la indulgencia plenaria  a los moribundos”. La alegría y el orgullo de sus padres fue indescriptible, y la pequeña campana de la ermita de San José  comunicó  a  todos  los  vecinos  de  Agache que,  por  primera  vez,  uno  de  sus  hijos alcanzaba tan alta meta; fueron días de júbilo y de fiesta.

El presbítero don Juan de Castro y Baute, como fue conocido a partir de entonces y hasta su muerte, regresó con su familia a El Escobonal, donde vivían sus padres y sus dos hermanos: doña María6  y don Domingo de Castro Baute7. Allí permaneció un corto tiempo, pues en el año 1794, por renuncia que hizo don Florentín Núñez de la escuela que regentaba (al ser designado beneficiado servidor de San Pedro y Santa Ana), don Juan entró a servirla, lo mismo que el estudio de Latinidad; atendió todo gratuitamente hasta el año de 1796, en que se le expidió el título de cura de Fasnia, parroquia en cuya creación había tomado parte activa desde Güímar en esos dos años.

Párroco interino de Fasnia

El 2 de enero de 1794 el obispo Tavira, en pastoral visita, se había acercado a la ermita
de  San Joaquín en  el  pago  de  Fasnia, con  motivo de dar  confirmaciones. Allí  conoció personalmente lo gravoso que era a los vecinos de los pagos de Fasnia, La Zarza, Sabina Alta, La Sombrera y Valencia (Cruz del Roque) la dependencia de Arico, por la larga distancia a la parroquia, y se hizo cargo de que ya componían vecindario suficiente para constituir una parroquia independiente, lo cual venían suplicando repetidamente los vecinos de los mismos.

Reconociendo justos dichos ruegos, los erigió en curato independiente mediante auto dado el 29 de enero de 1796 en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife. Sirvió de Parroquia la antigua ermita que tenían con el título de San Joaquín, inmediata a Fasnia, al extremo del lomo que por ello recibió el nombre de dicho Santo. Previamente los vecinos habían otorgado escrituras de dotación de la Lámpara del Santísimo, y de otras cantidades para cubrir las necesidades de la iglesia, así como la custodia, ornamentos sagrados y otras alhajas precisas. Asimismo, mediante escritura se obligaban a edificar nuevo templo en sitio señalado, cedido a este fin por el teniente capitán don Diego Estanislao de Torres (principal artífice de este logro) y el alcalde real don José Díaz Flores, con sus respectivas mujeres; la nueva Parroquia debía permanecer en interinidad hasta la construcción de la citada iglesia.

Por nombramiento del mismo obispo, fechado a 3 de marzo de ese mismo año 1796, se nombró “Cura Rector propietario” de dicha parroquia interina, establecida en la ermita de San Joaquín de Fasnia, a nuestro presbítero, don Juan de Castro y Baute, quien ya había participado como testigo en el otorgamiento de algunas de las escrituras de dotación de la iglesia. Él mismo contaba en un memorial como había tenido lugar este nombramiento:
[…] su parroquia  fue segregada  de la de San Juan  Bautista del Pueblo de Arico por decreto que en 19 de marzo de 1796 proveyó el Sr. Obispo D. Antonio Tavira8, Dignísimo antecesor de V.I. y hallándose el exponente en las casas de sus padres en el Pueblo de Güímar el Síndico Personero de Fasnia, instado por su vecindario se presentó a dicho Sr. Obispo solicitando le eligiese por Párroco,  a lo que accedió su Ilma. obligando al que expone, que abandonó su propia comodidad y conveniencia por prestar la obediencia más sumisa a la voluntad del Prelado.
Don Juan tomó posesión el día 19 de marzo de 1796, fecha que se eligió para colocar el Santísimo en la nueva Iglesia ermita del Sr. San Joaquín, con la mayor solemnidad posible:
[…] se celebró misa cantada después de haverse cantado tersia, por su merced el Sr. Don Juan  de Castro  y Baute venerable cura  de dicha parroquia  la que finalizada, se hizo prosession,  después  del  sermón  que  se  dixo  a  su  tiempo;  haviendo  concurrido  la ermandad del Ssmo. Sacramento y D. Josef Diaz Flores Alcalde real del territorio,  con toda la mayor parte de la vecindad.

Tras recibir el nombramiento don Juan compró una casa en Fasnia, donde se estableció con su hermana María, nacida en El Escobonal el 23 de octubre de 1767. Ésta permaneció en compañía de su hermano sólo dos años, pues el 20 de mayo de 1798 contrajo matrimonio en la iglesia de San Joaquín, ante don Juan, con don José Antonio Bello de Morales, rico propietario, natural y vecino de Arico en el pago de Icor, donde se establecieron; en este caserío falleció doña María, ya viuda y con descendencia, el 28 de noviembre de 1840.

En esta primera etapa, el párroco Castro Baute contó con la colaboración de varios sacerdotes, que con su licencia celebraban bautizos en Fasnia: Fray Cristóbal Díaz, de la Orden  de  San  Francisco, definidor  y  guardián  del  convento de  Granadilla, en  1798;  el güimarero don Nicolás Rodríguez Torres, desde el 18 de diciembre de 1798 hasta el 2 de abril de 1799; y don Francisco Miguel Rodríguez Bello, presbítero vecino de Granadilla, del 10 de enero al 18 de febrero de 1799.

La labor principal de don Juan en esos primeros años fue la construcción, dentro del casco de Fasnia, de un templo de mayor capacidad a donde debía trasladarse la Parroquia, tal como había ordenado el obispo; labor que emprendieron con esmerado celo los vecinos: “por las muchas incomodidades que resultaba al Ve párroco, y al mismo vecindario la situación fuera de poblado en que estaba el templo, sin olvidar lo expuesto que está a un saqueo y otras fatales consecuencias”.

Como párroco de Fasnia, el Sr. Castro debía recibir todos los emolumentos y subvenciones que le pertenecían, así como las primicias que de los vecinos de aquellos pagos había percibido hasta entonces el cura de Arico. El 3 de mayo de 1796, al tiempo de la misa mayor en la parroquia de San Joaquín, don Juan de Castro pidió al notario público del 8 En realidad, como se ha señalado, la Parroquia se creó por auto del obispo Tavira dado el 29 de enero de dicho año 1796, aunque empezó a regir el 19 de marzo.

Obispado, don Domingo Díaz, que leyese en voz alta a todo el pueblo el despacho del obispo Tavira de fecha 13 de marzo de ese mismo año, en el que se establecían una serie de mandatos para el mejor gobierno de esta nueva Parroquia. Pero la situación económica de los parroquianos era tan angustiosa que don Juan no percibía las rentas que le correspondían, tal como puso de manifiesto en uno de sus escritos de renuncia:
Posesionado  en  fin  experimentó el  exponente que  carece  de  quadrante  y se  reduce únicamente la conveniencia del cura a las primicias y emolumentos parroquiales, [...] que las primicias aún en los años mejores no pueden rendir más granos que los que consume su casa y los abonos son tan tenues, que importando únicamente cosa de 80 para el año, dejaron [...] al párroco 50 o 60.

Impuesto el exponente de que los vecinos de Fasnia  antes de la erección de la Iglesia de S. Joaquín quando eran Parroquianos  de la de Arico pagaban en unión de los demás de su jurisdicción a su costa los sermones que predicaban en las fiestas de fervor, las funciones de toda la octava de Corpus y de la exaltación de la Santa Cruz, y además contribuían solos al costo de las fiestas de San José, y Santa Ana, que con sus sermones se celebraban en la hermita que hoy sirve de Parroquia,  se persuadió que tendrían a bien continuar en ésta las propias solemnidades y que sus respectivas limosnas aumentaran la dotación del Párroco,  principalmente cuando el Sr. Obispo dispuso por decreto dado en Santa Cruz a 29 de enero de 1796 que el exponente en calidad de cura de San Joaquín percibiese los mismos emolumentos que hasta allí había cobrado el de Arico, pero a pesar de esta sabia determinación y de haber el que expone predicado [...] y hecho algunas de dichas funciones, los vecinos se han retraido de satisfacer sus limosnas.

El propio Sr. Obispo comunicó al Párroco  que representa el que cada una de las tres cofradías del Ssmo. Sacramento, de la Imagen de Ntra. Sra. del Rosario y las Animas que se sitúan en aquella Iglesia debían cubrir [...] 4 reales de plata por la limosna [...] cobrada por los cofrades vivos y difuntos [...], al tratar  de llevarlo al efecto experimentó una  absoluta  resistencia  de  los  vecinos de  Fasnia,  que  sorprendieron  su  inocencia queriéndole colocar entre tantos perjuicios e incomodidades, al paso que ellos gozan de los beneficios espirituales, en vez de las pensiones que tenían con su antigua parroquia y
de la incomodidad que les causaba su situación distante y en la que median bien ásperos caminos.

Entretanto el que expone ha tenido que contraer  varios empeños de que está en descubierto para ayudarse a subsistir, por no arrancar de la casa de sus padres los cortos bienes del Patrimonio, a cuyo título se halla ordenado y que ayudan a la manutención de
dichos sus padres, y de algunos hermanos pobres que los acompañan, destina reservados por los costos de una casual enfermedad o para  proporcionarse  sus ascensos, fuera de esta Provincia. La verdad es que con nada de ésto se asegura la congrua [...] y que el que expone sin ello no puede permanecer en el curato mucho más habiéndose desmejorado su salud con motivo de las largas y penosas caminatas que frecuentemente se le ofrecen para servir a una jurisdicción de 300 vecinos situados en Pagos  diversos que transitan  tan peligrosos caminos que tiene que pasar por muchos a pie [...]

[...] que en caso de confesar carece del arbitrio de poner un servidor, por no tener con que pagarlo ni quererlo hacer aquellos vecinos, aún quebrantado el exponente se ha visto muchas  veces en  el  caso  [...]  de  exercer  su  ministerio  no  obstante  las  graves dificultades [...] por vivir cosa de tres leguas distante los más cercanos sacerdotes.

El exponente ha usado con sus feligreses todos los medios de suavidad y dulzura para  que preparen  su congrua con que subsistir, les ha pedido, exortado, insinuado sus atrasos y que sin ellos no puede seguir en su ministerio, les ha hecho varias propuestas, nada ha conseguido, se muestran indiferentes cuando no inflexibles [...].

Agotados todos los recursos, a don Juan de Castro no le quedó más que una salida, muy a pesar suyo, por lo que el 8 de febrero de 1799 elevó instancia al obispo solicitando “se digne admitirle la renuncia desde luego por resultar  imposible subsistir con su curato”.

Ladimisión fue presentada al beneficiado de Güímar, quien el 30 de ese mismo mes rindió informe favorable. No obstante, al no resolverse en un tiempo prudencial, volvió a reiterarla en otras dos ocasiones, la última el 22 de febrero de 1800. En este tercer memorial volvía a reiterar el defecto de congrua y que con el “insoportable trabajo que es indispensable en mi ministerio no puedo subsistir en este curato, mayormente hallándome solo”, sin tener otro eclesiástico para ayudarle y suplirle; por lo tanto, como el obispo nada había resuelto ni en favor de su congrua ni en admitir que se le trasladase a otra parroquia con más recursos, le reiteraba que “me admita mi retiro en caso de no tener a bien otra cosa”.

Por fin, a mediados de junio de 1800 la renuncia le fue aceptada, cuando ya había logrado  ver  concluido  el  nuevo  templo  de  una  sola  nave  corrida,  pero  antes  de  su inauguración; a pesar de que en la petición de permiso que los vecinos elevaron a don Manuel Verdugo, obispo a la sazón de las islas, para que su párroco bendijese el nuevo templo y trasladase a él la Parroquia, se hablaba de “la eficacia con que se ha portado el Religioso Párroco  interino, con que fuimos socorridos  en medio de las  mayores indigencias”. Fue sustituido temporalmente por el dominico güimarero Fray Roberto González, oriundo de La Zarza, que quedó encargado de dicha Parroquia.

El 1 de noviembre de 1800 se procedió a la bendición del nuevo templo y traslado al mismo del Santísimo Sacramento, por don Florentín Núñez y Torres, beneficiado de la iglesia parroquial de San Pedro Apóstol del lugar de Güímar, como matriz del territorio en el que se hallaba el curato de Fasnia; y en obedecimiento del auto del citado obispo, dado en Teror a 19 de octubre de ese mismo año, en que se le daba comisión y facultad para realizar dicho acto, si existe “toda certeza que está con la mayor decencia, y que se halla con todo lo preciso para  el culto”. Acompañaban a dicho beneficiado en el solemne acto el nuevo párroco de Fasnia,  don  Juan  Evangelista  Martínez  (natural  de  La  Laguna),  el  R.P.  Fray  Roberto González,  anterior  cura  servidor,  el  alcalde  don  José  Tejera,  con  la  mayor  parte  del vecindario, y nuestro personaje, el presbítero don Juan de Castro y Baute, que no podía dejar de estar presente el día de la inauguración de la nueva iglesia, por la que tanto había trabajado.

Retiro en El Escobonal como capellán de la ermita de San José y regreso como cura servidor de Arico,  teniente de cura y notario publico eclesiástico de Fasnuia.

De los siguientes años de su vida poco se sabe. Sólo que don Juan regresó a su pueblo natal, pues el 13 de diciembre de 1800 figuraba como presbítero y vecino del pago de El
Escobonal, al actuar como testigo en la otorgación de una licencia paterna matrimonial.
Es bastante posible que problemas familiares lo alejasen de la vida parroquial para dedicarse un poco más a la solución de sus propios asuntos. En esta línea, se desprende de su testamento que sostuvo un pleito con don José Delgado Trinidad (capitán de Milicias, alcalde de Güímar y uno de los mayores propietarios de la comarca y municipio), sobre algunas suertes de dehesas en Agache. Por razón del mismo, su hermano Domingo hizo varios viajes a Gran Canaria, uno siendo soltero, mandado por su padre para hacer el interrogatorio ante la Audiencia, y otro siendo casado, en el que ocupó doce días; todos los demás viajes los verificó don Juan, quien suplió todos los costes. Como resultado del pleito, el Sr. Trinidad salió condenado en costas y se vio obligado a satisfacer en terrenos lo que por ellas se calculaba, al cabo de algunos años. Dichos terrenos estaban situados en El Escobonbonal, concretamente en el Arrastradero y Cataño, y se partieron en dos partes iguales entre nuestro cura y su hermano.

No obstante, creemos que en este tiempo don Juan de Castro siguió viviendo gran parte del tiempo en el vecino pueblo de Fasnia, donde colaboraba con la parroquia. Lo que sí es seguro es que continuó sirviendo su Capellanía en la ermita de San José de El Escobonal, cuyos vecinos contribuían con notorios sacrificios para sostenerle como capellán.

A comienzos de 1803, una vez resueltos sus problemas familiares, volvió a aparecer en la vida religiosa de Fasnia, acompañando y auxiliando al párroco en la atención de su amplia jurisdicción. Encontrándose en esta situación fue reclamado por los vecinos de Arico, que sufrían las carencias espirituales motivadas por la avanzada edad de su párroco titular, y durante un corto período asumió el servicio parroquial, pero debido a las desavenencias que tuvo con dicho párroco regresó a  su pueblo. Por ello,  los principales vecinos de  Arico elevaron una instancia al obispo, solicitándole que nombrase como teniente de cura al presbítero Castro Baute, con su correspondiente asignación económica:
Dn  Juan Anto de Morales Alce Rl del Lugr  de Arico Isla de Tene el Capn  de Exercitos dn Juan  Anto  de  Torres  su  Sindico Personero,  el  Capn   dn   Antonio Rodrigs   su  primero diputado de abastos con el devido acatamto  dicen que sin embargo de algs  oficios qe pr los mismos indicados se le han pasado al Ve Cura de dho Lugr dn Jose Ernands  de Ara a fin de que provea de un tente idoneo que administre los Stos Sacramentos y desempeñe con la decencia devida las demas funciones Parroquiales,  a causa  de no poderlo hazer pr  si propio pr su ancianidad y acidentes havituales con todo se resolvio a mandar a buscar al Presvitero  dn  Juan  de Castro  qe  actualmente  las exerse, con quien no se ajusta  y se exponen aquellos feligreses a vivir y morir sin los aucilios del pasto espiritual, regresandose  este Presvitro  a su casa, a qn  desde luego pedimos a conseqa  de el mismo Parroco  haverlo  electo, y hallarse  los fieles gustosos pr   su pronta  acistencia  y sana doctrina con que nos instruie pr todo lo que Supkicams a V.I. se sirva nombrar de tene de dho Cura al expresado Presvito  asignandole la propina Correspondte  qe asi lo esperamos de la integridad de V.I. cuia Vida ge. Nro. Sr en su mor  Grandesa.  Adviertese qe  no firmó el personero  pr  hallarse  en cama enfermo gravemente.

Atendiendo a la solicitud el 10 de mayo de 1803 se le envió una comunicación al “Ve Bdo. de Guimar D. Florentin Nuñez y Torres”, fechada en Las Palmas de Gran Canaria y firmada  por  el  obispo don  Manuel  Verdugo  y  por  su  secretario  el  Lcdo.  don  Santiago Verdugo, por la que solicitaba que informase sobre la imposibilidad del párroco de Arico, la renta  fija  del  Curato  y  “Si  el  Presbitero   D.  Juan  de  Castro  está  adornado   de  las circunstancias   qe   se  requieren  para   tal  encargo”. 

Cumpliendo  lo  ordenado,  tras  las pertinentes indagaciones, el beneficiado Núñez emitió su largo informe desde Güímar el 15 de septiembre de ese mismo año, en el que ponía de manifiesto la imposibilidad del párroco para cumplir con su labor, dada su avanzada edad de 80 años y sus achaques habituales, así como las dificultades que tenían los vecinos de la amplia jurisdicción para recibir el pasto espiritual. En cuanto al sacerdote escobonalero, emitió una opinión claramente favorable:
Juzgo adornado  de todas las circunstancias,  qe. se requieren  para  servir de Tente  en aquella  Iga   al  presbo.  Dn.  Juan  de  Castro,  qn.  se  halla  actualmte.  acompañando  y ayudando a atender a su ministerio al Ve. Parroco de Sn. Joaquin de Fasnia, el qe. aunqe. esta bueno, y en aptitud pa. cumplir con tods. las obligacions. de su cargo, no deja tambien de necesitar  coadjutor,  atendids.  las  circunstancias  de situacion,  y lo disperso  de los Feligreses, y ademas el presitado Castro esta sirviendo una Capellania en la hermita de Sn. Jose  en esta  Jurisdicn.  cuyo Pago  habitan  mas de cien vezs. a  qnes. predica  con frequencia, y con fruto como he tocado con la experiencia, sacrificando con gusto estos pobres sus haberes pa. sostener dho. Capelln. Que es lo qe  juzgo debo informar a V.S.I. segun me manda.

A pesar del favorable informe no consta que se despachase el correspondiente título de teniente de cura. Además, parece que don Juan de Castro no estuviese dispuesto a abandonar El Escobonal ni a alejarse mucho de Fasnia.

El 30 de ese mismo mes de mayo de 1803 el párroco de Fasnia don Juan Evangelista Martínez Tejera elevó un escrito al obispo de estas islas, don Manuel Verdugo y Albiturria, en el que, al igual que le había ocurrido al Sr. Castro Baute en su etapa de párroco interino, presentaba la renuncia a su Curato, dadas las dificultades económicas por las que atravesaba, debido sobre todo al nulo cumplimiento de sus obligaciones económicas y religiosas por parte de los feligreses, así como a su precaria salud. Pasados dos meses sin obtener respuesta, el 18 de julio de ese mismo año remitió otra instancia al  obispo Verdugo, solicitando que le nombrase como teniente de cura al sacerdote escobonalero don Juan de Castro y Baute, a petición de los propios vecinos que se habían obligado para ello con 60 pesos anuales y quienes tenían muy grato recuerdo de su labor como párroco interino; asimismo le exponía la conveniencia de nombrar al mismo presbítero como notario público eclesiástico de la localidad, por haberse establecido en Arico el que lo era, don Domingo Díaz:
Muy Venerado Sôr.: atendiendo estos Feligreses, á lo graboso qe. me es el dar yo cumplimto. pr. mi solo al Ministerio Parroql. pr. lo disperso de la Jurisdicion y sus muchos Vecos., qe. ascienden a muy cerca de trecientos, y ots. justas y racionales refleciones, han tratado de aliviarme y utilisarse contribuyendo con la suma de secenta ps. pa. ayuda de un tente., el qe. desean sea el Presvo. Dn. Juan de Castro y Baute, pr. haver tocado con la experiencia el buen trato y porte de este Ecco. en el tpô. qe. exercio el Ministo. Parroql. de esta Feligrecia; el qe. esta pronto a ayudarme siendo del agrado de V.S.Y., a quien todo el Pueblo me ha interesado con ancia, suplique se sirva condesender a la preton. expuesta, la qe. tengo pr. muy justa, pues es el medio mas a proposito pa. socorrer como deseo á estos dispersos Feligreses, y tener algn. alivio en mis tareas.

Una  de las  pretenciones  de estos Vecos. pa. con dho. Ecco. es qe., ademas  de ayudarme en las Funciones peculiares, ha de decir Misa en esta Parroqa.,  o bien al Alva, o bien la mayr. segn. las circunstancias  que ocurran,  pero como el expresado Presvo. se halla sirviendo una Cappa. en el Pago de S. José perteneciente al Lugr. de Guymar, cerca de media Legua distante de este, y casi dos de aquel, no lo puede efectuar sin que V.S.Y.

(si es de su agrado) le conceda facultad, pa. selebrar en ambas ptes. el Stô. Sacrificio de la Misa todos los Domingos y Dias Festivos, con la circunstancia qe. pueda practicarlo  en esta  Parroqa.  ya al  Alva, ya a  la  ora  qe. se selebra  la  Misa conventual, sprê.  qe. yo Predique en las Funciones particulares,  ó media alga. otra causa qe. asi lo exija, pues entonces presisa qe. el cante la Misa prâl.; y teniendo V.S.Y. a bien condescender con esta preton., ya sera en mi la gracia qe. me tiene concedida de celebrar dos veces el mismo Stô. Sacrificio en esta Parroqa.  todos los dias qe. obliga el Precepto de asistir a ellas. Y me parese indispensable qe. atendiendo V.S.Y. a los acontecimtos. de podernos enfermar algo. de los dos, ausentarnos, ó mediar otras causas qe. se ofrecen segn. las circunstancias de los tpôs. existan en ambos la facultad apuntada, de celebrar los dos Sacrificios.

Ademas de esto tengo qe. manifestar a V.S.Y. qe. se halla esta Jurisdicion sin Noto. qe. actúe en los casos presisos; y qe. me parese convente. qe. V.S.Y. tenga a bien proveer este encargo en un sugeto de providad qual es el Presvo. referido, pues el qe. antes estaba qe. era Domo. Diaz, Veco. del Pueblo de Arico en el Pago de la Cisnera, se ha retirado a su Casa, y desde alli (siendo su titulo limitado solamte. pa. este Lugr.) he savido exerce este empleo en otros varios, en cuyo supuesto, y medte. ser un hombre trabieso y poco escrupuloso  jusgo  ser  Caridad  se  le  suspenda  el titulo  pa.  qe.  no  exersa  semejantes Funciones en perjuicio del publico.

No quiero  molestar  mas la  atencion  de V.S.Y.  y espero  de su innata  Piedad acceder á mis suplicas, pues es merced qe. en todo redunda en utilidad espiritual de estos Fieles, con quienes se a esmerado el celo conocido de V.S.Y. cuya Vida guê. Nrô. Sôr. pr. dilatados años en su mayor grandeza. Fasnia y Julio 18 de 1803.

Por entonces, y desde el 5 de junio de ese mismo año 1803, don Juan de Castro ya figuraba con frecuencia como clérigo presbítero que bautizaba en Fasnia con licencia del párroco; el 23 de agosto inmediato fue testigo de una boda celebrada en ese mismo pueblo; y el 22 de septiembre inmediato quedó encargado de la parroquia por ausencia del titular.

Después de pasar varios meses sin respuesta del prelado a ninguno de sus escritos, el
18 de noviembre del mismo año el párroco de Fasnia envió nueva instancia al obispo Verdugo y Albiturria, reiterándole la renuncia al Curato, con los argumentos que ya le había manifestado. Y el día de los Santos Inocentes, 28 de diciembre de ese reiterado año, don Juan Evangelista  remitió  un  cuarto  escrito  al  obispo  don  Manuel  Verdugo,  reiterándole  la necesidad del nombramiento de teniente y notario público eclesiástico en el presbítero escobonalero don Juan de Castro y Baute:
Muy Venerado Sôr.: con fha. de 18 de Julio de este mismo año escrivi a V.S.Y. suplicandole qe. atendiendo a no poder cumplir pr. mi solo con el Ministerio Parroql.  de mi cargo, asi pr. lo disperso de esta Feligresia,  ocmo pr. hallarme distante tres Leguas, poco  mas ó  menos de  los Eccleciasticos  mas inmediatos pa.  reconsiliarme,  a  fin  de celebrar  los sagrados  Misterios, con la Pureza  qe. permite la fragilidad  humana, con otras  cosas  qe. entonces expuse, a  las  qe. me remito;  se dignase  despachar  el titulo correspondte.  al  Presvo.  Dn. Juan  de Castro  y Baute, pa.  Tente. de esta  Parroqa.  con facultad de poder celebrar  en ella el Stô. Sacrificio de la Misa todos los Domos. y dias festivos, ademas de la celebracion, qe. hace en estos propios dias en la Hermta. de S. José perteneciente a la Jurisdicion de Guymar, con isignuacion de exercer el oficio de Noto. por  no haver  algo.  en esta  Jurisdicion,  medte. las  circunstancias  relatadas  en la  mia citada.  Y  como la resolucion de todo se ha demorado hasta  aora,  ocurro  de nuevo a V.S.Y. insistiendo sobre el mismo asunto pues asi lo exige la necesidad qe. padesco. Nrô. Sôr. guarde  la Vida de V.S.Y. los años de mi deseo. Fasnia  y Dize. 28 de 1803.

Por fin, el 10 de enero de 1804 el obispo Verdugo se dignó contestar a las cuatro cartas enviadas por el venerable cura de Fasnia, no admitiendo su renuncia al Curato, pero accediendo a dichos nombramientos en la persona del presbítero Castro Baute:
Muy Sôr. mio: Han llegado á mis manos las Cartas de Vd. de 30 de Mayo, 18 de Julio, 18 de Nove. y 28 de Dice., todas del año proxo. pasado. Quedo hecho cargo de las razones qe. en la primra. me manifiesta Vd. pa. renunciar  al curato qe. obtiene; pero me parece, qe. aunqe. sea á costa de algn. trabajo y de emplear toda su prudcia. puede llegar á desvanecerlas, sufriendo entretanto con pasiencia, hta. qe. los Vecs. se reduzcan á razon, y cumplan con sus ofertas. Por esto no tube á bien admitir á Vd. la dha. renuncia; pero si he juzgado qe. debe Vd. ser aliviado en la penosa tarea del ministo. Parroql. y qe. debo yo contribuir á este benefo. accediendo á la solicitud de Vd. contenida en sus citadas Cartas de Julio y Dice. ults. mayormente qdo. el Pueblo está pronto á contribuir con la cantidd. De 60  ps.  anuales  pa.  ayuda  de  un  tente.,  siendo  este  D.  Juan   de  Castro   y  Baute, concediendole ademas la facultad de decir dos misas en los dias festivos, ya la del Alva, ya la mayor, segn. las circunsts. cesando en Vd. este privilegio, en razon de estar sirviendo dho Ecô. la Capella.  en el Pago  de S. José pertenecte.  a la jurisdicion  de Guimar;  y ademas el tito. de Noto. por haberse retirado á su Casa de Arico en la Cisnera el qe. lo es pa. ese partdo. lo qe. causa perjuicio y atraso en los asuntos, siendo limitado su tito. á ese
lugar de Fasnia.

En vista de todo, y de los buenos infs. qe. tengo del Presbo. Castro he tenido á bien despacharle el tito. de tente. de Cura qe. incluyo á Vd. con las especificaciones qe. verá, y tambn. el de Noto. qe. igualmte. va adjto., y queda del cuidado de Vd. recoger este ulto. del qe. lo era anteriormte. y remitirmelo; y exortar a los Vecs. privadamte. á qe. cumplan con su oferta qe. han hecho pa. el tente. manifestandoles qe. he accedido prilmte. á esta solicitud pr. su bien espiritual y pr. complacerles, ps. deseo el bien, tranquilidad y sosiego espiritual de todos mis Diocesanos. De todo me dará Vd. aviso.
Ntrô. Sôr. guê. a Vd. ms. as. Cana. y Eno. 10 de 1804.

De ese modo, el Sr. Castro Baute figuró desde entonces como teniente de cura y notario público del Obispado, títulos con los que actuó en Fasnia durante más de dos años ayudando al párroco en su labor, sobre todo en los sacramentos (bautismos y matrimonios). Así lo encontramos el 21 de enero de 1805, como “clérigo presbitero y teniente de cura de Don Juan  Evangelista Martínez Texera cura  párroco  de la iglesia parroquial  del Sr. San Joaquín en el lugar de Fasnia”. No obstante, también mantenía la Capellanía de El Escobonal y se acercaba con frecuencia a Güímar, en cuya iglesia de San Pedro celebró el 28 de mayo de dicho año 1804 la boda de sus paisanos don Joaquín Pérez Márquez y doña Antonia Delgado Baute (prima de don Juan), con licencia de don Florentín Núñez.

Cura párroco propio de Fasnia

Mientras tanto, don Juan Evangelista Martínez Tejera reiteró su dimisión al Curato de Fasnia el 18 de febrero de 1804 y, en vista de que pasaba mucho tiempo sin ser atendida la renuncia, volvió a elevar nueva solicitud el 18 de julio de 1805, que por fin se hizo efectiva el 31 de marzo de 1806.

Por esta circunstancia el reverendo Castro fue nombrado cura interino de Fasnia, situación en la que permaneció desde el 1 de abril de 1806 hasta finales de julio de dicho año, en que tomó posesión como cura párroco propio de la localidad. Dicho nombramiento fue recibido con aplauso de todo el vecindario que, apreciando sus bellas cualidades, consideró la medida como justo premio a su labor. Simultáneamente fue nombrado mayordomo de fábrica de la Parroquia de San Joaquín, cargo que ocupó mientras permaneció en dicho pueblo. Don Juan continuó viviendo en la casa que había adquirido en Fasnia desde su primera etapa al frente de la parroquia; allí poseía también dos “sitiecitos”, en los que ocupaba su tiempo libre dedicado a la agricultura, oficio aprendido de su padre.

El hecho más saliente de la nueva etapa de don Juan de Castro como cura párroco de
Fasnia, fue su preocupación por el mal estado del edificio que hacía pocos años se había construido para albergar la Parroquia. Ello le obligó a convocar, el día 17 de abril de 1814, al alcalde,  regidores, procurador síndico  y la  mayor parte  del  vecindario que componía el pueblo; a quienes congregó en la plaza de la iglesia parroquial de San Joaquín, después de asistir al Santo Sacrificio de la misa. En este estado, propuso a todo el pueblo la necesidad de reedificar la dicha su Parroquia ante la próxima ruina que amenazaba, como era patente a todos, proponiéndoles distintos medios para remediar este mal y, de no acceder a ninguno, les indicó que daría parte al obispo de la Diócesis. Todos, unánimemente, confirmaron la certeza de cuanto se exponía, pues conocían el peligro en que se hallaba su iglesia “de venirse al suelo sus paredes”,  y acordaron que el  medio más equitativo  y menos gravoso para el vecindario, y particularmente para los pobres, era que se impusiese un “medio diezmo sobre los ramos” de todos los granos, papas, mostos, carne, lana, quesos y miel, que debía ser extensivo a todos los vecinos de la jurisdicción sin excepción alguna. El remate de los productos obtenidos se  había de efectuar ante  el  venerable párroco, acompañado con el Ayuntamiento; allí el rematador debía celebrar la escritura y obligación de la cantidad de especie rematada; por su parte el depositario percibiría recibo del párroco de lo que le fuese entregado, pues sólo con éste podría acreditar su descargo. El Ayuntamiento y el párroco, puestos de acuerdo, señalaron a los rematadores un corto tiempo en que habían de exhibir la cantidad de sus remates íntegra y completamente, en proporción a la salida de los frutos. Testigo excepcional de esta asamblea fue el hermano del párroco, don Domingo de Castro y Baute, personaje destacado que como ya hemos señalado fue sochantre y notario público de esta jurisdicción. Del medio diezmo impuesto para la reconstrucción de la Parroquia entraron en poder de don Juan cuatro pesos, que aplicó a la “fábrica económica” de la misma, por no haber depositario a quien entregarlos, y que conservó en su poder cierto tiempo, no teniendo responsabilidad alguna sobre dichos intereses, pues a nada se obligó ni constituyó, como manifestaría posteriormente.

Ese mismo año 1814 don Juan solicitó un certificado al prior de uno de los conventos de La Laguna, relativo a la vida y costumbres de don José Antonio de la Cruz, clérigo de primeras órdenes natural y vecino de Fasnia, durante el tiempo que vivió en el convento con motivo de cursar sus estudios, a los que había sido inducido por nuestro biografiado. Dos años más tarde, en enero de 1816, dicho joven ya era presbítero y le ayudaba en la parroquia en la celebración de casamientos.

En esta nueva etapa al frente de la parroquia de Fasnia, don Juan intervino como testigo en algunos de los testamentos otorgados en la localidad, y contó con la colaboración de otros sacerdotes que actuaban con su licencia, sobre todo en el sacramento del bautismo: Fray Roberto González (natural de Güímar y religioso del convento de Santo Domingo de dicho lugar) el 9 de abril de 1806; don Juan Evangelista Martínez Tejera, en 20 de abril y 20 de julio de 1806 y 7 de febrero de 1808; don Juan Núñez del Castillo (natural de Barranco Hondo de Candelaria), del 11 de abril al 2 de octubre de 1809; don José de Elías Hernández (natural de Güímar), en 21 de diciembre de 1809, 20 de febrero y 30 de marzo de 1815; el citado don José de la Cruz (natural y vecino de Fasnia), con frecuencia entre noviembre de 1815 y noviembre de 1817; don Felipe José Díaz y Gómez (natural de Arico), del 25 de marzo al  8 de junio de  1817; Fray Roberto González (por entonces prior del convento dominico de Güímar), el 21 de agosto de 1819; y don José Bernardo Carrillo (natural de Arico y vecino de Güímar), el 21 de agosto de 1819.

La  labor  de  nuestro  sacerdote  fue  recordada  con  cariño  en  Fasnia  durante  largo tiempo; todos lo consideraban su venerable cura, pues allí desempeñó su ministerio hasta el año de 1819, con el mayor celo, edificación y aprovechamiento de sus feligreses. Además era un hombre sencillo y un propietario rural más del pueblo, como ya hemos visto. Al frente de su parroquia durante casi 20 años, organizó la construcción y posterior reconstrucción de la iglesia, y colaboró en la consolidación del nuevo municipio fasniero.

Su ejemplaridad, ciencia y bondad de carácter le habían constituido en una de las personalidades más relevantes del Sur de Tenerife en su época, méritos que le fueron reconocidos al crearse el Obispado Nivariense, según Bula de erección otorgada por el Papa Pío VII el 1 de febrero de 1819, señalando por sede episcopal la parroquia de Ntra. Sra. de los Remedios, en la ciudad de San Cristóbal de La Laguna.

Racionero medio de la Santa Iglesia Catedral 9

Según la mencionada Bula, las rentas de la Mesa Capitular se dividirían en 33 prebendas o raciones, las cuales habrían de repartirse del siguiente modo: una ración con 1/4 de otra ración a cada Dignidad; otra ración a cada uno de los Canonicatos; 3/4 partes de otra ración a cada Racionero entero; y la mitad de otra ración a cada uno de los Medio-Racioneros. Ante esta tentadora oferta de puestos importantes y bien remunerados, muchos eclesiásticos canarios aspiraron a colocarse en ellos y comenzaron a dirigir rápidamente sus súplicas y méritos a Su Majestad el Rey don Fernando VII, quien probablemente las pasó a manos de su confesor, el ilustre lagunero don Cristóbal Bencomo, ya porque en todas épocas ha sido peculiar  de  los  directores  del  monarca  inclinar  el  ánimo  del  Rey para  las  colocaciones eclesiásticas en los sujetos de quienes tienen mejor conocimiento e informes, ya con más razón cuando el mencionado confesor, como hijo de Tenerife, tenía y podía tener exacto conocimiento del clero canario.

Para ocupar una de las prebendas vacantes se comenzó a pensar con insistencia en don Juan de Castro y Baute, a quien otros clérigos y personalidades militares y civiles (sobre todo su antiguo maestro y también candidato don Florentín Núñez) lograron convencer para que enviase al Rey un memorial biográfico con sus méritos y servicios, a pesar de que no tenía muchos deseos de separarse de la comarca de la isla que amaba y en la que había nacido y trabajado durante 23 años de su vida. Don Juan reunía los requisitos exigidos por Real Decreto de 24 de septiembre de 1784, para optar a una ración o media ración de las iglesias catedrales, como ser párroco del Obispado con seis años de ejercicio en su ministerio; se tenía en especial consideración a los eclesiásticos de la Diócesis “que se hubiesen ocupado con reputación  en  los  ministerios  de  predicar  y  confesar,  socorro  de  pobres,  enseñanza  y aplicación  al  trabajo  de los ociosos”. Y, una vez convencido, el Señor Castro envió al monarca la relación con sus méritos y servicios, en la que quedó bien clara su labor como maestro, profesor de Latinidad y cura de Fasnia, cuyo ministerio desempeñó durante muchos años con el beneplácito de sus feligreses.

Una vez estudiados los diferentes memoriales que llegaron a sus manos, don Cristóbal Bencomo propuso al Rey, en escrito de 17 de julio de 1819, que se dignara nombrar entre los individuos que debían componer el nuevo Cabildo de Tenerife a don Juan de Castro Baute, cura propio del lugar de Fasnia, como tercer medio-racionero. El Rey aceptó en todas sus partes la propuesta de su confesor y tuvo a bien “nombrar los sujetos que estimé convenientes, declarandolos exentos de los dos años de vacante, en atención á que no han podido vacar por ser   de  nueva  fundacion  y  dexandoles  en  libertad   de  admitirlas   ó  renunciarlas;   y dispensandoles los dos años de estudio en Universidad, si necesitasen de esta dispensa”. Luego, por Real Decreto Auxiliatorio de 18 de agosto de 1819, confirmó la creación de la nueva Diócesis, dotando el culto de su Catedral y al personal de la misma, que estaría compuesto por 32 personas (seis dignidades, diez canónigos, ocho racioneros y ocho medio- racioneros), y comisionando al obispo auxiliar de Tenerife don Vicente Román Linares para formar el Cabildo Catedral. En virtud de este Real Decreto, don Juan fue elegido y presentado como tercer medio-racionero de la Santa Iglesia Catedral, correspondiéndole la mitad de una de las 33 porciones en que se dividieron las rentas de la Mesa Capitular.



Nuestro biografiado aceptó con orgullo el nombramiento y el 21 de diciembre de ese mismo año 1819, ante el obispo auxiliar de Tenerife don Vicente Román Linares, tomó posesión de su prebenda junto a los otros 19 miembros que constituyeron el primer Cabildo Catedral de Tenerife; entre éstos se encontraban otros dos güimareros: don Florentín Núñez y Torres, beneficiado de Güímar que fue designado canónigo, y don Isidro Quintero y Acosta, que recibió la prebenda de racionero. En el solemne acto, el notario público y de la Comisión Apostólica leyó la Real Orden de 31 de agosto en donde se designaban por S.M. los señores agraciados con las prebendas, terminado lo cual, puestos todos de rodillas ante el citado obispo auxiliar de Tenerife, don Vicente Román Linares, se procedió a la Protestación de la Fé y colación canónica; concluida ésta pasaron los miembros del Cabildo al coro, en donde el dicho notario fue dando a cada uno la posesión de su silla, guardando en ella el orden de antigüedad con arreglo al nombramiento o presentación de S.M. de 31 de agosto ya citado. Una vez terminado pacíficamente el acto de posesión, el citado obispo dirigió una breve felicitación  a  todo  el  Cuerpo  en  general  y a  cada  uno  de  sus  individuos en  particular, recibiendo luego un abrazo de cada uno de los agraciados, entre los que se encontraba nuestro personaje. A continuación se celebró misa pontifical, presidida por el predicho obispo Román Linares, y se cantó solemnemente la tercia, revistiéndose de diáconos cantores los señores canónigos más antiguos, don Agustín Rodríguez de Salazar y Trujillo y don Florentín Núñez y Torres. En todo el acto estuvo presente el Ayuntamiento y las tres comunidades religiosas mendicantes de la ciudad, que también tomaron parte en la suntuosa procesión que se efectuó luego por las calles de La Laguna, con la Virgen de los Remedios, San Fernando y Santa Isabel.

Todos los pueblos, corporaciones y párrocos de la isla se apresuraron a felicitar al nuevo Cabildo Catedral; sin embargo, no faltaron algunos que, naturalmente resentidos por no haber sido colocados en el número de los agraciados en dignidades, canonjías, raciones o medias-raciones, trataron de rebajar para con el público el mérito de cada uno de los posesionados. Contra aquellos fue bastante sentencia y ejecutoria en favor de éstos la felicitación del M.I. Ayuntamiento: “las circunstancias recomendables de todos los beneméritos individuos de este muy respetable  Cabildo Eclesiástico es el complemento de todo nuestro honor, de toda nuestra fortuna, y de nuestras más lisonjeras esperanzas [...] Sus largas   y  penosas  tareas   en  el  Ministerio  Parroquial,   su  conducta  siempre  arreglada, laboriosa y notoriamente ejemplar, su saber y la modestia de que están adornados, es, y ha sido también una de las principales y más sobresalientes virtudes atendiendo a las que el Rey [...], se dignó dar a cada uno de sus constituyentes el justo premio que les era debido”.

A esta manifestación se unió la arenga con que una Diputación del convento de Padres Dominicos de La Laguna felicitó el día 18 de enero de 1820 al Ilustre Cabildo Eclesiástico en su instalación: “V.S.I. se compone de sujetos que después de haber apacentado  con celo y caridad  las almas en diferentes Parroquias,  han sido áncoras  firmísimas de la paz en la antigua Catedral; [...] y ofrece a la nueva Diócesis un complejo de méritos y virtudes que no solamente le dan seguridad  de obtener los buenos efectos que debe prometerse viendo el exacto cumplimiento de todos sus oficios, si no que la sirve de modelo y de ejemplos para que arreglen  todos su conducta”. Quedaba así reflejada la opinión que del Sr. Castro, como de todos los que componían el nuevo Cabildo Catedral, existía por aquel entonces en la ciudad de los Adelantados y en la isla entera.
La gracia concedida a don Juan se admitió con gran satisfacción de sus paisanos de El Escobonal y feligreses de Fasnia, que se honraban con el nombramiento, en el que eran premiados  los  méritos  del  sacerdote;  pero  esta  satisfacción  estaba  acompañada  del sentimiento de perder a la vez un buen sacerdote y un insustituible vecino. No obstante, nuestro presbítero continuó colaborando con su sustituto en la parroquia, asesorándole por carta en cuantos problemas se le planteaban.

Según la Bula de erección del Obispado de Tenerife, dada por Pío VII, los Medio- Racioneros no tenían voto en el Cabildo, pero sí disfrutaban de “silla o asiento inferior, plena y libre facultad de hacer  para  el bueno y próspero  gobierno y dirección de los bienes y derechos  así  espirituales  como temporales,  y en  orden  a  la  soportación  de  cargos  que respectivamente les incumben, a la  celebración  de los Oficios divinos y demás funciones eclesiásticas, a la división o repartimiento de distribuciones cotidianas e imposición de las penas en que incurren los negligentes o morosos, cualesquiera Estatutos o Establecimientos y Decretos”. Como se observa, la labor de nuestro ilustre paisano era equivalente a la de un beneficiado actual, y se le conocía en esa época, indistintamente, como “Racionero-Medio” o como “Prebendado”.

Conocemos los méritos reconocidos a nuestro biografiado para su nombramiento por una  “Relación  de  los  títulos,  méritos  y servicios  de  D.  Juan  de  Castro  Baute,  Medio Racionero de la Santa Iglesia Catedral de S. Cristóbal de la Laguna”, que se conserva en la Biblioteca Universitaria de dicha ciudad:
Es natural del Pueblo de Güímar: estudió Latinidad, Filosofía y Teología con Dn Florentín Núñez. Ordenado de Presbítero  el año de 1793, obtuvo licencias de celebrar, predicar,  confesar hombres y mugeres, absolver de reservados, habilitar  insextuosos, y aplicar  la indulgencia plenaria  a los moribundos. El año de 94, por renuncia que hizo dho. Núñez de la Escuela publica, entró a servirla, y lo mismo el estudio de Latinidad, sirviendo todo gratuitamente hasta el año de 96 que se le expidió el titulo de Cura de Fasnia, cuyo Ministerio desempeño hasta el año de 1819 con el mayor zelo, edificacion y aprovechamiento de sus feligreses. En 1819 fue presentado  por S.M. para  una Media- racion en la Catedral de Tenerife, de que tomó poseción con los demas agraciados.

El 5 de enero de 1820 se expidió el título y nombramiento de cura propietario de la Parroquia de Fasnia, que se hallaba vacante “por promoción del Sr. D. Juan de Castro Baute a una de las medias Raciones de la Sta. Iglesia Catedral de esta isla”, a favor del presbítero ariquero don Felipe José Díaz  Gómez, “por  el  tiempo de  la  voluntad de  S.S. y con la facultades necesarias y demás de estilo”.

El 11 de ese mismo mes de enero el provisor y vicario capitular de la nueva Diócesis concedió licencia y facultad a don Juan de Castro Baute, como racionero medio de la Santa Iglesia Catedral de esta isla, “para  celebrar  el Sto Sacrificio de la  misa, predicar  el Sto Evangelio y confesar personas de ambos sexos en este obispado con facultad de absolver de los casos recerbados por drô y constituces sinodales a S. Sria, habilitar a los incestuosos para el uso del matrimonio y de aplicar  la indulgencia plenaria  a los moribundos todo por el tiempo de su voluntad”. En estas múltiples tareas ocupó don Juan el largo periodo que permaneció en tan importante cargo; a ellas tenía que añadir las asignadas por el propio Cabildo Catedral, así como asistir a las juntas que éste celebraba.

Por Real Despacho de 18 de ese reiterado mes de enero de 1820, dado en palacio por el Rey don Fernando VII y dirigido al obispo auxiliar de Tenerife y comisionado apostólico y regio, se confirmó el nombramiento de don Juan de Castro para una Media Ración, acompañado de la dimisión del Curato que tenía en el lugar de Fasnia:
[...] Y siendo uno de los agraciados D. Juan de Castro Baute, Cura del Lugar de Fasnia, á quien fui servido nombrar para una Media Racion de la referida nueva Iglesia Catedral, lo presento á ella con dimision del Curato,  que obtiene en el Lugar de Fasnia.  Yo os ruego  y encargo,  que presentandose  el expresado D. Juan  de Castro  Baute ante Vos dentro de ciento y veinte dias contados desde el de la data  en adelante  le hayais por presentado y hagais colacion y canonica institucion de ella, y que se le dé la posesion, acudiendole con los frutos, rentas, proventos y emolumentos á la misma Media Ración anexos y pertenecientes, obligsndole al cumplimiento de las cargas  qe  se las impusieren en la Ereccion de la nueva Iga  Catedral y sus Estatutos y con calidad de que se aplique por una vez á la fábrica de ella la Media-annata  y la anualidad,  qe  deberá  pagar  el nominado D. Juan de Castro Baute en el término que hasta ahora ha sido costumbre. Y mando, que de esta  mi carta  se tome razón  en el registro  grâl  de mercedes por  el Contador que le tiene á su cargo; en la Contaduría de la media-annata eccâ, y en la grâl de Crédito público; y sin haberse hecho, no se la dé cumplimiento.

El 28 del mismo mes se tomó razón de dicho título en el Registro o Contaduría general de Mercedes; tres días después en la Contaduría general de la Media Anata Eclesiástica; y el 1 de febrero inmediato en la Contaduría General de Recaudación del Crédito Público, presentándose finalmente en la Colecturía de Anualidades y Vacantes Eclesiásticas de la Diócesis Nivariense, para los efectos prevenidos. Los gastos de expedición del título fueron de 300 reales, mientras que los derechos por su toma de razón fueron otros 12 reales de vellón.

Por razón de su nuevo cargo, como ya hemos apuntado, el prebendado Castro Baute pasó a residir al Beneficio de su Media Ración, o sea a La Laguna, donde permaneció durante muchos años. Según los padrones vecinales de 1829 y 1830 vivía en la Calle Juan de Vera nº 49, con 64 años de edad, en compañía de doña Josefa García, su prima de 56 años (establecida allí en 1828), y de su criada doña Florentina Tejera de 21.

Durante los primeros años en la Catedral, siendo vicario el deán don Pedro Bencomo, colaboró en la gestión de las obras de terminación del frontis neoclásico de la iglesia catedral y las salas capitulares anejas al edificio.

A propuesta del Rey de España, don Fernando VII, fue nombrado por León XII el primer obispo que ocupó la Sede Nivariense, don Luis Folgueras y Sión, hasta entonces deán de Orense, en lo que tuvo mucho que ver el güimarero don Isidro Quintero y Acosta. En la mañana del día 3 de junio de 1825 llegó a Santa Cruz de Tenerife el nuevo prelado, permaneciendo en el lazareto de la ciudad, en virtud de la cuarentena que se le impuso al buque en que hizo viaje a estas islas, hasta el 12 de julio por la tarde, en que subió a La Laguna. En el lazareto fue cumplimentado por don Juan de Castro, junto con el resto del Cabildo Catedral. El obispo Folgueras inició el 1 de julio de 1827 la Visita Pastoral de su Diócesis, recorriendo toda su demarcación, siendo acompañado por nuestro presbítero en muchos de sus viajes.

Este obispo instauró un Seminario en La Laguna el 2 de octubre de 1832, que sólo duró hasta julio de 1834, sirviendo de local para el mismo la casa Colegio de la Compañía de Jesús, ya suprimida; actuó como rector del centro don José Fernández Herrezuelos, arcediano de la Gomera de esta Catedral. Es muy probable que en la creación del primer Seminario diocesano tomase parte activa el prebendado Castro, impartiendo algunas enseñanzas, dada su experiencia docente; pero dicho centro sucumbió a causa de las muchas y serias dificultades, sobre todo de orden económico, que el prelado no pudo superar.

Pero don Juan de Castro no había olvidado a su querida Parroquia de San Joaquín, y aprovechaba cualquier oportunidad para acercarse a Fasnia o interesarse por los problemas de esta localidad. Así, en los días 8 y 28 de octubre de 1820 se encontraba en dicho pueblo, donde celebró sendos bautismos con licencia del párroco don José Nicolás de Torres; figuraba como “Medio Racionero de la Santa Iglesia Catedral”. Y el 5 de julio de 1827 escribió como prebendado  al  citado  párroco,  por  haber  recibido  varias  quejas  de  que  habían  fallecido algunos feligreses de Fasnia “sin el  auxilio espiritual  de los Sacramentos”,  por haberse negado  aquel  a  su  administración. Y  en  La  Laguna  no  desaprovechó  tampoco  ninguna oportunidad para ayudar a los paisanos de El Escobonal y Fasnia, pues éstos al llegar a la ciudad sabían que podían contar con un valedor, consejero y amigo. A él se dirigían también cuando veían cercana la hora de su muerte lejos de su tierra natal; sirva como ejemplo el testamento de doña Josefa García y Tejera, natural de Fasnia en el pago de La Sombrera, que fue redactado el 18 de abril de 1834 en dicha ciudad, en el que designaba al racionero medio don Juan de Castro para que oficiase su funeral en la Catedral y fuese su albacea y administrador de bienes hasta que pasasen a la sobrina de  aquella, cuando alcanzase lamayoría  de  edad.  Se  demostraba así  que  ni  el  sacerdote había  olvidado a  sus  antiguos feligreses, ni éstos a él.

Según lo dispuesto por el Cabildo Catedral de La Laguna, en acuerdo del 29 de diciembre de 1832, el beneficiado de San Pedro de Güímar debía cobrar por la Capellanía fundada por don Ignacio de Castro, de la que era capellán el medio racionero don Juan de Castro, un total de 889 maravedís, por razón del Real Subsidio Eclesiástico del año 1832. El 19 de octubre de 1833 don Agustín Díaz Núñez fijó el edicto, que servía de citación y emplazamiento, con la relación de las cantidades asignadas por dicho concepto a los poseedores de las distintas Capellanías adscritas a su parroquia, señalándoles el plazo de treinta días para que satisficieran dichas rentas.

El cargo de nuestro personaje en La Laguna le impedía ausentarse de la ciudad por un tiempo muy largo, ya que entre otras obligaciones tenía que colaborar en los sacramentos a celebrar en las iglesias de La Laguna, como bautismos, matrimonios y entierros. Durante los muchos años que permaneció en la antigua capital de la isla pudo experimentar el daño que el clima hacía en su salud, sufriendo largas y repetidas enfermedades de las que quedó sumamente debilitado, hasta el punto que el facultativo que allí le asistía le manifestó la necesidad de salir de aquella ciudad y restituirse a su “país” nativo.

Renuncia a la media ración y retiro definitivo del Escobonal

A tenor de lo expuesto, es fácil comprender que don Juan de Castro comenzase a pasar
períodos cada vez más largos en su casa de El Escobonal, sobre todo a partir de 1834. En este pueblo el Sr. Castro Baute continuó recibiendo la contribución en granos por la Dotación del Culto y Clero, que le estaba asignada como racionero medio de la Santa Iglesia Catedral por distintas parroquias de la isla. Así el 16 de enero de 1838, siendo vecino de El Escobonal, recibió del cillero o cogedor de la Cilla de Arico y Fasnia una fanega de cebada que le pertenecía en aquel hacimiento y tocante al año 1837. Con la misma fecha recibió del cillero de Granadilla 3 fanegas 9 almudes y 7 y medio cuartos de trigo, y del cillero de San Miguel una   fanega   diez   almudes   y   cuatro   y   medio   cuartos   de   trigo,   ambas   cantidades correspondientes al mismo año 1837. El 9 de febrero de dicho año 1838 recibió por el mismo motivo del cillero de Arona una fanegada de cebada y del cillero de Santiago 7 y medio almudes de centeno; continuaba viviendo en El Escobonal. Y el 18 de noviembre de 1840, recibió del cillero de Isora tres fanegas y once celemines de trigo y dos celemines y medio de centeno, que también le correspondían en 1837 por su media ración; por entonces figuraba como vecino de Fasnia10.

En el mencionado año 1838, el presbítero don Juan de Castro Baute decidió quedarse definitivamente en su pueblo natal, antes de que su renuncia fuera efectiva, apareciendo
empadronado en el pueblo desde entonces y hasta su muerte en el “Pago de S. José Escobonal de Abajo”, siempre en compañía de los tres criados que le acompañaban en su retiro: las hermanas doña Manuela y doña Micaela López Álvarez, que le atendían desde 1834, la primera con un salario de un duro mensual y la segunda con el de seis reales mensuales, y el marido de la primera, don Carlos Díaz Delgado, que le servía desde 1838, con un salario de un duro mensual. Así, en el padrón parroquial de 1838 el prebendado Castro Baute vivía en la casa nº 29 de dicho pago; en 1839 en el nº 720 del municipio, mientras que sus criados vivían en el nº 721, aunque en la misma casa; en 1840 don Juan residía en el nº 722 del término municipal, doña Micaela López en el 723, con 16 años, y don Carlos Díaz con su familia en el 724; en 1842 nuestro biografiado figuraba con 80 años, acompañado de don Carlos Díaz, de 42 años, doña Manuela López, de 41, y los dos hijos de ambos, Alejandra de 6 y Francisco de 4, y doña Micaela López, soltera y de 18 años; y en 1843 el presbítero Castro Baute figuraba empadronado con 77 años.

Ante su ausencia, el obispo Folgueras, en auto de 1839, le notificó a nuestro prebendado que pasase inmediatamente a residir en el Beneficio de su media Ración (La Laguna), apercibiéndole que de no verificarlo se procedería contra él según disponían los sagrados cánones. Don Juan respondió al obispo mediante escrito fechado en El Escobonal a 4 de marzo de 1839, en el que exponía:
Que su retiro de la Ciudad de La Laguna lo ha ocasionado el haberles hecho conocer la experiencias del tiempo que en ella permanecio ser aquel clima dañoso á su quebrantada salud, que por haber permanecido en él quedó sumamente debilitado, en términos que por el facultativo que allí le asistio en sus largas y repetidas enfermedades, se le manifestó la necesidad de salir  de aquel punto y restituirse  á su Pais  nativo, como V.S.I. si gusta, puede satisfacerse por el adjunto certificado en cuya virtud A V.S.I. Suplica, que sirviendose tener en consideración lo que deja espuesto, y hallarse ya en la edad de setenta y cuatro años, bastante achacoso, se digne V.S.I. admitirle la justa  causa  que  lo imposibilita vivir en  la  espresada  ciudad,  por  cuyo motivo tiene
pendiente ante V.S.I. para  dirigirla  á S.M. la renuncia de su media Ración; y disponer que en este caso, si V.S.I. lo tiene á bien, se suspendan los demas procedimientos, como lo espera de la justificación de V.S.I.

Para demostrar lo expuesto, don Juan acompañó un certificado del médico que lo asistía. Y el 7 de ese mismo mes el obispo Folgueras aceptó la justificación y le concedió licencia para permanecer en el sitio en el que residía: “mediante á las causas espuestas, lo que resulta de dicho certificado, y constarle á S.S.I. el mal estado de salud de este interesado, sin perjuicio de la justificación decretada para remitir á S. M. con la renuncia que este referido interesado tiene hecha, se le concede licencia para que permanesca en el punto que reside, interin  que S. M. resuelve; suspendiéndose entretanto  los apremios para  su residencia  y servicio de la media Ración que obtiene”; lo que se notificó con dicha fecha al beneficiado de Güímar para que le diera exacto y debido cumplimiento. No obstante, su renuncia a la media ración no se hizo efectiva hasta el 19 de febrero de 1841.

En estos últimos años de su vida don Juan colaboró con los vecinos de El Escobonal, tanto con sus bienes materiales como espirituales, actuando como albacea y testigo de los testamentos otorgados en dicha localidad a partir de 1839, en los que figuraba como prebendado. Asimismo, como capellán aplicaba las misas que tenía adscritas en la ermita de San José del citado pago, sobre todo los días festivos. Habitaba en la casa donde había nacido, en el Lomo de Bayón de El Escobonal, que a la muerte de sus padres se había partido entre él y sus dos hermanos. La llamaba “la casa grande” y era “de alto y bajo”; en la parte que le tocó añadió unos cuartos por arriba, también de alto y bajo, y posteriormente compró la parte de su hermano. Por fin se ha desvelado el misterio de una gran casa de teja, de dos plantas, con tres escaleras de acceso a la parte superior y balcón de madera, que la tradición ha mantenido hasta la actualidad como la “Casa del Cura”, con su huerta anexa conocida como la “Pared del Cura”. Inmediata a ésta se encontraba otra casa de teja terrera y un lagar, que también se conservaban hasta hace pocos años, con su huerta y sitio con tuneras y otros árboles. De todo ello heredó la tercera parte, y compró el resto a sus hermanos.

Don Juan de Castro poseía además otros amplios bienes en El Escobonal heredados de sus padres, a los que añadió otros tantos adquiridos durante su vida. Estas suertes y pedazos de terreno estaban situados en: los Llanitos de García, el Llano del Camino Real, las Madrigueras, Redondo, la Hoya de la Grilla hasta el camino de la Chapa, el Pino Ramudo, El Dornajito, Magdalena hasta el Arrastradero de Cano, el Lomito de Amorín, la Hoya de María Felipa, el Rabo de Asno, Juan Martín, la Tirada, las Nieves, el Cercado de Vayón, el Llano de los Herreros, las Merlas, el sitio de Juan Tujillo, el Aserado, la suerte de los Cabreras, la suerte  Chamorín,  la  Quebrada  o  Angostura;  más  pedacitos  comprados  a  don  Francisco Cabrera, don Pablo Flores, don Domingo Delgado, don Domingo Noguero; y los dos pedazos tomados a los herederos de don José Trinidad, por el pleito de las dehesas, situados en el Arrastradero o Aguerche y en Cataño.

Testamento y muerte de don Juan

Don  Juan  de  Castro  y  Baute  otorgó  testamento  en  su  domicilio  del  pago  de  El Escobonal el día 15 de julio de 1840, figurando todavía como racionero medio de la Santa Iglesia Catedral de Tenerife, siendo testigos de la otorgación don José Antonio Tejera, don Juan García Díaz, don Ignacio Rodríguez, don Juan García Baltasar y don José Antonio Palenzuela, todos vecinos de dicho pago. Con respecto a su fallecimiento dispuso lo siguiente:
Primeramente  encomiendo mi alma  á  Dios  nuestro  Sor. que  la  crió,  y hecho hombre se dignó redimirla con su sagrada  pación y muerte, y el cuerpo amortajado con las  vestiduras  sacerdotales  será  sepultado  en el cementerio de este citado  pueblo de Güímar  acompañándole  por  la  calle  en  la  Iglesia  y hasta  dicho  cementerio  el  Ve. Beneficiado  de la  misma con las  solemnidades de costumbre, incluso los ministros y capellanes.
Mando que el día de mi entierro se me haga el oficio de encomendación de alma y el de cuerpo  presente, éste con vigilia, misa cantada  y responsos,  y otro  llamado de honras al día siguiente en mi citada Parroquia  de Güímar por su párroco  y demás, que queda dicho, para cuyos sufragios señala de limosna de treinta y ocho pesos corrientes.

Mando que después de mi muerte se me apliquen con la brevedad posible por los Sacerdotes que dispongan mis albaceas,  las treinta misas de San Gregorio en sufragio por mi alma y las de mis padres, ademas de cien misas tambien resadas que quiere se me apliquen en la misma forma que las de San Gregorio, señalando por limosna de cada una de estas ciento treinta misas, cinco rvôn.

Yten que se me haga en la Iglesia de San Joaquin de Fasnia, donde fui parroco, un oficio menor, por el que satisfarán dos pesos corrientes.

Iten señalo á las tres mandas forzosas antiguas  á cada  una dos reales  vellon, corrientes y dose reales de la misma moneda á la ultima pia forzosa, todo por una sola
vez.

En dicho testamento declaró los bienes heredados y adquiridos que ya hemos relacionado, que legó en gran parte a sus siete sobrinos, hijos de su hermano don Domingo de Castro Baute (Félix, Concepción, Joaquina, Josefa, José, Antonio y María Aniceta). Sin embargo, la mayor parte de sus propiedades la dividió en tres partes iguales, que adjudicó a los tres criados ya mencionados, como pago de su salario mensual desde que comenzaron a servirle hasta su muerte y para gratificarles en parte el celo con que lo atendieron y cuidaron su casa. A doña Manuela López, aparte de diferentes trozos de terreno le otorgó la tercera parte de la casa grande por el sur que le había tocado por herencia, con los cuartos que fabricó contiguos a ella; a don Carlos Díaz, marido de la anterior, le dejó gran número de posesiones, además de la casa terrera situada junto a la de su habitación, con el lagar, la huerta que está delante y una yunta de vacas que tenía a medias don José Caballero; y a doña Micaela López, otros varios pedazos de terreno y la tercera parte de la casa grande por el norte que le compró a su hermana, con toda la madera de tea de su pertenencia para que construyese otros dos cuartos, como los que tenía por el poniente la parte legada a su hermana Manuela. A los tres por partes iguales legó y donó todos los bienes muebles y semovientes que le pertenecían y se hallaban en la casa habitación y los frutos que se hallasen a la hora de su fallecimiento de puertas adentro.

Para satisfacer el funeral, mandas pías, misas, recado y devotos señaló su casa de Fasnia, con dos “sitiecitos” que allí tenía, y los demás bienes raíces no distribuidos. Sus sobrinos no podrían disfrutar de su herencia hasta que las deudas estuviesen cubiertas y si alguno se opusiese a lo que el testamento determinaba o promoviese pleito contra sus propiedades, la parte que le había donado debía distribuirse entre los demás. Si alguno de sus criados se separase de su compañía antes de su fallecimiento o no le sirviese hasta él como en la actualidad, se le satisfaría su salario hasta ese día y se le indemnizaría, pero no se le dejaría herencia. Nombró por albaceas testamentarios en primer lugar a don Modesto Díaz Núñez (teniente coronel graduado de Milicias y alcalde de Güímar), en segundo a su criado don Carlos Díaz Delgado y en tercero a don Félix Hernández, vecinos de El Escobonal. Si le sobrevenía alguna enfermedad por la  cual  quedase privado del  uso de  la  razón debería administrar todos sus bienes su criado Carlos, si a la sazón estuviese en su compañía. El remanente de los bienes derechos y acciones que le pudiesen corresponder a don Juan lo dejó a sus herederos universales, don Félix y doña María Concepción Castro Pérez, sus sobrinos.

Con éste revocaba cualquier otro testamento o codicilo hecho con anterioridad por escrito o de palabra, estimándolo por su última y deliberada voluntad. Al año siguiente, como ya habíamos dicho, se le aceptó su renuncia a la Media Ración, pasando los últimos años de su vida entre los suyos, como un escobonalero más, pero dando pruebas continuas de caridad y colaboración con sus vecinos, a los que tanto amó; por ello fue recordado durante largo tiempo. Como curiosidad, don Juan figuró como testigo en escrituras y testamentos otorgados por vecinos de Agache desde 1839.

En  el  padrón parroquial de  1842  el  presbítero don Juan  de  Castro  residía  en  el Escobonal de Abajo, acompañado de los citados criados: don Carlos Díaz Delgado, de 42 años; doña Manuela López, de 41; y los hijos de ambos, Alejandra de 6 y Francisco de 4; así como doña Micaela López, soltera, de 18 años, hermana de doña Manuela.

El presbítero don Juan de Castro y Baute falleció en el pago de El Escobonal el 10 de agosto de 1844, a los 78 años de edad, en la misma casa en la que había nacido, siendo amortajado con sus vestiduras sacerdotales, tal como había dispuesto; ese fue uno de los días más tristes en la historia de dicho pueblo y su comarca. Al siguiente fue conducido hasta Güímar, acompañado de la práctica totalidad de sus paisanos y antiguos feligreses de Fasnia; la campana de la iglesia de San Joaquín y de la ermita de San José no dejaron de doblar hasta que su cadáver y el gentío dejaron atrás La Ladera. Ese mismo día, 11 de agosto, tuvo lugar el funeral en la iglesia parroquial matriz del Sr. San Pedro Apóstol de Güímar, que fue celebrado por el ilustre güimarero Dr. don Agustín Díaz Núñez, quien le hizo oficio de encomendación de alma y de cuerpo presente con vigilia, misa cantada y responsos; a continuación, el cadáver fue conducido al cementerio de la localidad, siendo acompañado en la calle por el venerable beneficiado con las solemnidades de costumbre, incluso los ministros y capellanes, hasta la misma  sepultura. Al  día  siguiente se  celebró  en  dicha  parroquia el  oficio  de  honras  y, posteriormente, según dejó dispuesto en su testamento, se celebraron las tres mandas forzosas en un período bastante breve, así como 130 misas de San Gregorio por su alma y la de sus padres, por los sacerdotes que estimasen sus albaceas; y un oficio menor en la iglesia de San Joaquín de Fasnia, de la que había sido párroco.

El 13 de agosto de 1844, el Dr. Díaz Núñez informó al obispo del fallecimiento de este sacerdote:  “Pongo  en  noticia  del  S.I. que  el  dia  once  del  presente  mes falleció  en  su residencia del Pago del Escovonal, termino de esta feligresia de mi cargo, el Presbítero Dn. Juan de Castro Baute desps. de haber resivido los Stôs. Sacramentos: a cuyo cadáver se dio sepulcro en este cementerio el dia once del mismo, en los terminos que está dispuesto pr. la Iglesia y previene el Ritual Romano” 11.

Poco después de su muerte, sus criados reclamaron la herencia que les había dejado el prebendado en su testamento. Luego, el 24 de octubre de 1868, comparecieron ante el juez de paz de Güímar, don Juan Rodríguez García, su sobrino don Félix de Castro y sus hermanos, don  Antonio, doña  Josefa,  doña  María  y  doña  Joaquina,  para  reclamar  la  herencia  del presbítero don Juan de Castro a don Carlos Díaz Delgado, como marido y representante de su mujer doña Manuela López y Álvarez, así como a don Benito y a don Alejandro Díaz López, hijos de los antedichos, para que les entregasen todos los bienes que poseían y fuesen del citado presbítero. Pero, sin ninguna duda, el testamento estaba otorgado a favor de los criados, que por tanto mantuvieron la casa y el resto de su herencia.

Concluyó   así   la   vida   de   un   escobonalero   ilustre,   que   permaneció   olvidado injustamente durante más de un siglo y medio, pues de él únicamente conservaba la tradición el nombre de una vieja casa sita en el Lomo de Bayón, junto a la carretera de El Tablado, que se sigue conociendo como la “Casa del Cura”.

Como curiosidad, el 5 de agosto de 1986, coincidiendo con las Fiestas Patronales en honor a San José, se colocó una placa en su casa natal de El Escobonal para recordar la existencia de los hermanos Castro Baute, dos de los escobonaleros más ilustres de los siglos XVIII y XIX.
(Octavio Rodríguez Delgado) (Cronista Oficial de Güímar) [blog.octaviordelgado.es]

Notas:
1  Sobre este personaje puede verse también otros artículos de este mismo autor: “El Escobonal y sus personajes: El presbítero don Juan de Castro y Baute” (1-3). El Día, 19 y 20 de abril, 7 de junio de 1985; “Personajes del Sur (El Escobonal-Fasnia): El prebendado don Juan de Castro y Baute (1766-1844), párroco fundador de Fasnia” (I-IV). El Día (La Prensa del domingo), 20 y 27 de noviembre, 4 y 11 de diciembre de 1994. Con posterioridad, la reseña biográfica se ha visto enriquecida con nuevos datos.
2 Don Juan Delgado de Baute (1700-1784), nacido en Tijoco (Adeje), fue hermano de la Hermandad del Santísimo Sacramento de la parroquia de San Pedro, recaudador y mayordomo de la ermita de San José de El Escobonal, donde contrajo matrimonio y falleció.
3  Don Ignacio de Castro “El Menor” (1740-1822) fue mayordomo de la ermita de San José de El Escobonal y mayordomo de puertas en este pago de la Hermandad del Rosario del Convento dominico de Güímar. Toda su vida transcurrió en el pago natal de El Escobonal.
4 Archivo Diocesano de Tenerife. Expediente personal de don Juan de Castro y Baute.
5 Ibidem.
6 Doña María de Jesús de Castro y Baute (1767-1840) se estableció luego con su hermano Juan en Fasnia, donde en 1798 contrajo matrimonio con don José Antonio Bello de Morales, natural y vecino del pago de Icor (Arico) e hijo de don Mateo Bello de Morales, de la misma naturaleza, y de doña Catalina de Morales, que lo era de Granadilla; fueron vecinos de dicho pago de Icor, donde murió y dejó descendencia.
7  Don Domingo de  Castro  y  Baute (1770-1838) fue  clérigo  minorista, sochantre, notario público eclesiástico, agrimensor, cirujano y curandero de Agache y Fasnia; en 1804 casó en Güímar con su paisana doña María del Rosario Pérez Rodríguez, hija de don Bernardo Pérez Elías y doña Josefa Rodríguez Márquez, con amplia
sucesión.
9  El expediente sobre la creación de la Diócesis Nivariense y el nombramiento del nuevo CabildoCatedral de Tenerife se conserva en el Archivo de la Biblioteca Universitaria de La Laguna.
10    Archivo  Histórico  Diocesano  de  San  Cristóbal  de  La  Laguna.  Fondo  Histórico  Diocesano. Documentación organizada por fechas. Legajo nº 116.
11    Archivo  Histórico  Diocesano  de  San  Cristóbal  de  La  Laguna.  Fondo  histórico  Diocesano. Documentación organizada por pueblos. Legajo nº 57.


























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