1844 agosto 13.
Fallece Juan de
Castro Baute (1766-1844), capellán, sacerdote, profesor, cura servidor de
Arico, notario publico eclesiástico, primer párroco de Fasnia y racionero medio
fundador del Cabildo Catedral de Tenerifre1
Este artículo está dedicado a uno
de los escobonaleros más ilustres de todos los tiempos, el prebendado don Juan
de Castro Baute. Tras conseguir que su padre fundara a su favor un Patrimonio
vitalicio y una Capellanía perpetua, se pudo ordenar de sacerdote. Como tal,
regentó en Güímar, durante dos años, una escuela con estudio de Latinidad.
Luego fue el primer cura de Fasnia, al crearse la parroquia de San Joaquín,
aunque en concepto de párroco interino. Tras cesar en ella, fue nombrado cura
servidor de Arico. Con posterioridad volvió a Fasnia como teniente de cura,
notario público y párroco propio, por lo que estuvo ligado a esta parroquia
durante 23 años. Finalmente, dado el prestigio de que ya gozaba entre el clero
canario, al crearse la
Diócesis Nivariense fue nombrado racionero medio del nuevo
Cabildo Catedral de Tenerife, importante responsabilidad en la que permaneció
durante 22 años y a la que renunció para retirarse en su querido pueblo natal,
El Escobonal, donde pasó los últimos años de su vida como mero capellán de la
ermita de San José, querido y respetado por todos sus paisanos.
Nacimiento
Nuestro biografiado nació en El
Escobonal (por entonces conocido como pago de San José) el 25 de marzo de 1766,
siendo hijo de don Ignacio de Castro y doña María de León Delgado Baute,
naturales y vecinos de dicho pago en el Lomo de Bayón. El 1 de abril inmediato
fue bautizado en la iglesia parroquial de San Pedro Apóstol de Güímar por Fray
José Infante, de la Orden
de San Francisco, beneficiado servidor de dicha iglesia y de Ntra. Sra. Santa
Ana de Candelaria, quien le impuso el óleo con el nombre “Juan Francisco”;
actuó como padrino don Luis Rodríguez Truxillo. Estuvieron presentes en dicha
ceremonia sus abuelos paternos don Ignacio de Castro y doña Ana García, y los
maternos don Juan Delgado de Baute y doña María de León.
Los padres de don Juan habían
contraído matrimonio en la citada iglesia de San Pedro de Güímar el 24 de
febrero de 1765, en ceremonia celebrada por el dominico Fray Andrés Gómez,
religioso muy vinculado a la historia de Agache. Cerca de su casa natal se
había inaugurado, once años atrás, la ermita de San José, construida por
iniciativa de los vecinos de Agache, y todavía se hacían sentir las consecuencias
de tan importante instalación, que alteró por completo la vida social de la
pequeña comunidad, hasta el punto de dar su nombre al pueblo: “Pago de San
José”. Los escobonaleros más influyentes no podían estar desligados de este
nuevo templo, por eso no es de extrañar que el abuelo de nuestro personaje, don
Juan Delgado Baute2, fuese mayordomo de dicha ermita durante casi 17 años,
desde el 26 de diciembre de 1766 hasta agosto de 1783; en esta última fecha fue
sustituido por su yerno, y padre de nuestro biografiado, don Ignacio de
Castro3, quien se mantuvo en el cargo durante más de 10 años, hasta el 30 de
diciembre de 1793.
Fundación de un
patrimonio vitalicio 4
En el seno de esta familia
creyente, de gran influencia en la sociedad local, creció el pequeño Juan, en
quien se iba despertando una profunda vocación religiosa, pues sus padres lo
educaban con el esmero correspondiente a los sentimientos religiosos de que
eran modelo en el pueblo. De este modo, cuando alcanzó la edad conveniente lo
enviaron a estudiar a algún convento de La Laguna, pues en un informe del clero lagunero,
fechado a 18 de abril de 1780, figuraba entre los que no estaban tonsurados
pero vestían hábito clerical, don Juan de Castro, de 10 años, que “está
aplicado al estudio y nada sabemos sobre su conducta que sea digno de mención”.
Luego sus padres lo enviaron a
Güímar, para que estudiase en la escuela que regía el destacado sacerdote
güimarero don Florentín Núñez y Torres (posteriormente beneficiado de San Pedro
y canónigo fundador de la
Catedral de La
Laguna), donde cursó con aprovechamiento Latinidad, Filosofía
y Teología. Por esa época, don Juan de Castro Baute fue padrino del niño “Josef
Domingo de Santa María del Carmen”, bautizado en la iglesia de San Pedro
Apóstol de Güímar el 31 de octubre de 1788 e hijo de don Juan Delgado, natural
del pago de La Zarza
(Fasnia), y de doña María Ramos Roxas, que lo era de Güímar.
Ya avanzado en sus estudios y
decidido con verdadera vocación al estado eclesiástico, entró en él, ya que don
Ignacio no vio con malos ojos esta inclinación de su hijo e instituyó en su
favor un Patronato o Patrimonio vitalicio, para que a título de él pudiese
obtener las órdenes mayores. Lo otorgó, instituyó, erigió y fundó el 22 de
octubre de 1789 en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife ante el escribano
público don Matías Álvarez, por cuanto su hijo don Juan de Castro tenía edad
suficiente y estaba “inclinado a el estado sacerdotal, pr cuia razon se á
aplicado a los Estudios y para qe pueda conseguirlo y vivir con la decencia
correspondiente”, de tal modo que a título de él pudiese ordenarse. Los bienes
sujetos a dicho Patrimonio eran: una suerte de viña e higueras en el lugar de
Güímar donde decían Araña; un trozo de tierra y viña con 135 pies de higueras
en El Escobonal; y una suerte de viña y árboles en el mismo pago, donde
llamaban la Vejera.
Siguiendo con las diligencias, el
15 de diciembre de dicho año 1789 el vicario general José Massieu firmaba el
edicto en el que se anunciaba la creación de dicho Patronato y comisionaba al
cura de Candelaria, don Agustín Tomás de Torres, para que recibiese información
de testigos sobre la persona y bienes incursos en dicho patrimonio, ante el
notario público don Mateo Rodríguez Sabina. Por este motivo, el 12 de enero de
1790 comparecieron ante dicho sacerdote seis testigos: don Luis Rodríguez
Trujillo, don José Delgado Flores, don José Yanes, don Juan Rodríguez Márquez,
don Bernardo Pérez Montijos y don Juan Pestano de Medina; los dos últimos de
oficio y todos vecinos del pago de El Escobonal, menos don Juan Pestano que lo
era de Güímar. Dichos testigos coincidieron en que conocían los bienes sujetos
al Patrimonio y que “no hacen falta al citado D. Ignacio para su manutencion y
la de su familia por quedarles otros muchos bienes”, por lo que “con dho
Patrimonio en nada se perjudica la lagitima necesaria de los otros sus hijos”.
Asimismo, el párroco Torres coincidía con lo expuesto por los testigos,
añadiendo que “el sytado dn. Juan de Castro opocitor â este Patrimonio, lo he tratado
y es aplicado al estudio”. El 27 de febrero de
1790 los bienes
del Patronato fueron
erigidos en “quasi
espirituales” por el
Lcdo. Bernardo Jacinto González, abogado de los Reales Consejos y fiscal
general del Obispado, por indisposición del provisor y vicario general, quien
los adjudicó a don Juan de Castro, “para
que los use de ayuda
de congrua con
que pueda atender y obtener
las ordenes mayores”; dichos
bienes al disfrutar el carácter y privilegio de eclesiásticos, “no se pueden
vender, ceder, permutar ni de modo alguno enagenar”.
Fundación de una
capellania5
Pero dicho Patronato no
constituía suficiente congrua para su ingreso en el estado eclesiástico, por lo
que el 4 de junio de 1790 su padre otorgó una escritura en el Puerto y Plaza de
Santa Cruz de Tenerife, ante el notario público don Domingo Rodríguez Velasco,
por la que desmembraba un trozo de terreno del Patrimonio vitalicio que había
fundado anteriormente a favor de su citado hijo, con el que fundó una
Capellanía perpetua en la iglesia de San Pedro Apóstol, con pensión de cuatro
misas rezadas cada año, con tres reales de limosna cada una, que se habían de
decir en dicha parroquia:
[...] yo Ignacio de Castro
Natural y vesino del Lugar de Güímar en Agache, y residente en este Puerto digo que aviendo hecho instrumento de
Patrimonio vitalicio afavor de Dn. Juan
de Castro mi lexitimo hixo, y de aquella propia vesindad para que atitulo de él se ordenase, hallando no
ser vastante, y ser indispensable que el susodicho tenga Capellanía perpetua, y
qe. le reditue veinte y dos pesos, quando menos, hallándose incluido en dho
Patrimonio un pedazo de tierra calma, con viña Arboles Frutales y Huertas para
papas, todo en un Cuerpo compuesto de dos fanegadas y media, lindando por la Caveza con tierras de
Convento, y Relixiosos del Señor Santo Domingo del referido Lugar de Güímar,
por el pie con tierras de dho Patronato,
por un lado camino real, y por el otro serventía de herederos
y tierras del mismo Patrimonio, cuya tierra
aqui deslindada huve por compra que de ella hize a Juan
Jimenes y a Josef Cano, y sus erederos vesinos de dicho Güimar [...] en virtud
de lo qual y el deseo que tengo de instituir una Capellanía de misas dichas y
aplicadas en la
Iglesia Parroquial de
aquel Lugar de Güímar, titulada a el Señor San Pedro Apóstol para que Dios
Nuestro Señor sea servido el aumento del culto Divino, y mi alma y las que
están en el Purgatorio resivan sufragios
por cuyo medio gozaran de la
Gloria Eterna, y exersitando esta voluntad, y que el dho mi
hijo Dn. Juan de Castro pueda ordenarse atitulo de ella. Otorgo por esta
presente carta y en la mejor forma que haya lugar de derecho, qe. insituyo,
Doto, y fundo la dicha Capellanía con los cargos y obligaciones siguientes:
Primeramente señalo por vienes de
esta dotacion y fundacion las deslindadas dos fanegadas y media de tierra, con
viña, arboles frutales y Huertas para papas.
[...] Ytem que el Capellán que es
o fuere haya de decir, o mandar desir en cada un año para siempre jamás, y en
aquella Iglecia del Sor. Sn. Pedro Apóstol, y en el discurzo delaño quatro
mizas rezadas, su limosna dose rriales
plata, tres porcada una, y lo que
sovrare de el
usofruto delos dhos
bienes aqui deslindados,
y sovre que fundo
dha Capellanía, lo lleve para sí el Capelln. aefecto de que mas bien
pueda sustentarse.
Ytem nombro desde luego por
Capellán y Patrono de esta Capellanía al ya dho mi hixo Dn. Juan de Castro,
y que viste avitos clericales, y afalta
de este, a Domingo de Castro mi Hixo
de menor
edad, y no siendo
este de la Iglesia tomando
estado de matrimonio sea patrono,
nombre a uno de sus Ixos, prefiriendo el varon ala hembra y el mayor al menor,
y así sucesivamente unos en post de otro, y por línea Paterna y no teniendo suseción varonil teniéndola
María de Castro también mi lexma. ixa siga en esta en la propia forma, [...].
Con el anterior documento, don
Juan de Castro se opuso a la referida Capellanía y suplicó al Obispado que “se
librase edicto con lo demás necesario para
las diligencias de estilo”, a fin de que “erigiendo a su tiempo en
espirituales los bienes de su dotación”, se la confiriese para proporcionar su
clericato y colación. Así, el 29 de junio de 1791 el provisor y vicario general
del Obispado de Canaria,
don Manuel Verdugo
y Albiturría, expidió el correspondiente
título de posesión:
[…] por nos visto le admitimos su
oposición y mandamos expedir como con efecto se expidió el mencionado Edicto
por el término prescripto en aquella
Iga. Parroql.: qe. el pedazo de
trra calma señalado pa. dote de esta
capella. en la Jurisdon.
de dho lugar de Guimar donde dicen el Escobonal, se compone de dos fanegadas y
media sdo sus linderos los mismos qe. van mencionados, y constan de la
fundación, qe. su valor pral es dos mil
y seis sientos pesos corrientes y
reditua cada año libre de costos veinte y seis pesos sin tener pencion algunas
qe. los enunciados bs. son ciertos, y seguros propios del referido fundador qe.
los adquirio por justos y legítimos
títulos, y que por tanto los ha estado poseyendo quieta y pasificamte. sin
contradicion de persona alguna:
qe. poseía como propios el
fundador, y que por
lo mismo no le
hacía falta alguna
pa. su decente manutención, y la de su familia, ni
menos perjudicaba con la fundon. de esta Capella. de los otros sus dos hijos,
ps. le quedaban otras haciendas de mucha estimación y valor no llegando el de
la piesa señalada pa. la dote desta Capella. al qto. de los que posee como
propios dho fundador [...] por lo que, y
no habiendo opositor de mejor dro. no había reparo en
que se admitiese
dha fundon., se
convirtiesen sus bs. en
Espirituales y se adjudicase por
ahora al pretendte. interín que se
habilitaba con el ordn. pa. la colación
canónica [...].
El 30 de octubre de ese mismo año
1791, el mismo provisor emitió en Canaria el edicto de adjudicación:
[...] la adjudicaba y adjudicó por ahora e interin se proporciona con el clericato pa. la colación al referido
Dn. Juan de Castro, a qn. se le de posesion de dhos bs. librándose a este fin
el despacho necesario, del ql. del instrumto. de fundon. y dela alvalá de
compra qe. reservava en su poder el nominado Dn. Ygnacio de Castro, se ponga
testimo. auténtico en la colecturía dha Parroqa. de Güímar y así lo proveyó,
mandó y firmó.
El 7 de enero de 1792, el
alguacil de la iglesia, don Juan Delgado, en cumplimiento del despacho del
provisor y vicario general, dio posesión a don Juan de Castro de dicha suerte
en el pago de El Escobonal, ante el notario público don Mateo Rodríguez Savina:
[…] dho. Algl. le tomó por la
mano y lo entró de posecion en ella, la qe. tomó corporal, real, actual,
vel quasi paseandose, arrancando
matos, muliendo piedras y
levantando monjones, y haciendo otros actos de posesion, llamandose dueño y
señor de dha. suerte de viña y árboles, y de como aprehendia esta posecion
quieta y pasificamte. sin ninguna contradicion
pidió a los circunstantes le fuesen
tgos. que lo fueron José Gonzs. y Juan Franco. Gonzs. vnos. del sitado Pago.
La Capellanía se empezó a
servir en el mes de junio de dicho año 1791 y a partir de entonces comenzaron a
decirse las cuatro misas rezadas que tenía impuestas anualmente, que se
siguieron cumpliendo fielmente hasta la muerte de nuestro personaje. Así fue
certificado el 2 de mayo de 1792 por el beneficiado don Francisco Cruz Alayón,
el 9 de agosto de 1804 por el visitador Dr. Cabrera y el 9 de septiembre de
1844 por el beneficiado Dr. don Agustín Díaz Núñez.
Sacerdote y profesor
Una vez confirmado en la posesión
de su Patrimonio y su Capellanía, el 13 de abril de
1792 se confirmó que ya poseía
suficiente congrua para acceder a las órdenes sagradas:
En Canaria a 13 de abril de 1792
el Sr. Provr. y Vico. deste Obispdo. en vista de los titulos de la Capella. perpa. y
Patrimonio Vitalicio qe. ha presdo. Dn. Juan de Castro vecino del Lugar de
Guimar, y en qe. por adjudicn. se halla posecionado, fundada en su cabeza por
dn. Ignacio de Castro su Pe. legitimo, para que se declare tener congrua
bastante con que poder ascender â los Sagrados Ordenes; y lo expuesto en su
razon por el Fiscal Gral. deste Ogipdo., Digo: Que redituando anualmente los
biens. de dha Capella. y Patrimo. segn. las informaciones de estilo
practicadas en las respectivas causas
beneficiales ciento dies y seis ps. corrs.; de que revajados dose rs. pta. por
limosna de las qtrô. Misas qe. cada año le impuso el fundadr., y cinco mrs. del
tributo con que se halla una de las piezas afectas al Patrimo. e igualmte. los
pocos pa. qe. importa el apuntamto. de Misas y Subsidio, restan libres al
Capelln. mas de ciento y dies pes. Declaraba,
y declaró Su mrd. tener el referido Dn. Juan de Castro con dha Capella.
y Patronato congrua suficiente, segn.
las Sinodales deste Obpdo. p . obtener las sagradas ordenes, Siendo del agrado de Su Sria. Yltma. el Obpô. destas Yslas mi
Sor. admitirlo â ellas de lo qe. se le dé competente Despacho â fin de qe. se
presente en su Secreta. de Camara y asi lo mandó y firmo = Dr. Lopez de Ansó =
Ante mi Miguel Geronimo Alvarado Noto. puco.
De esta manera, en el año 1793
llegó el soñado momento, en el que don Juan de Castro fue ordenado de
presbítero por el obispo de Canarias don Antonio Tavira y Almazán, quien le
concedió licencias de “celebrar, predicar, confesar hombres y mugeres, absolver
de reservados, habilitar insextuosos, y
aplicar la indulgencia plenaria a los moribundos”. La alegría y el orgullo de
sus padres fue indescriptible, y la pequeña campana de la ermita de San
José comunicó a
todos los vecinos
de Agache que, por
primera vez, uno de sus
hijos alcanzaba tan alta meta; fueron días de júbilo y de fiesta.
El presbítero don Juan de Castro
y Baute, como fue conocido a partir de entonces y hasta su muerte, regresó con
su familia a El Escobonal, donde vivían sus padres y sus dos hermanos: doña
María6 y don Domingo de Castro Baute7.
Allí permaneció un corto tiempo, pues en el año 1794, por renuncia que hizo don
Florentín Núñez de la escuela que regentaba (al ser designado beneficiado
servidor de San Pedro y Santa Ana), don Juan entró a servirla, lo mismo que el
estudio de Latinidad; atendió todo gratuitamente hasta el año de 1796, en que
se le expidió el título de cura de Fasnia, parroquia en cuya creación había
tomado parte activa desde Güímar en esos dos años.
Párroco interino de
Fasnia
El 2 de enero de 1794 el obispo
Tavira, en pastoral visita, se había acercado a la ermita
de San Joaquín en el
pago de Fasnia, con
motivo de dar confirmaciones.
Allí conoció personalmente lo gravoso
que era a los vecinos de los pagos de Fasnia, La Zarza, Sabina Alta, La Sombrera y Valencia (Cruz
del Roque) la dependencia de Arico, por la larga distancia a la parroquia, y se
hizo cargo de que ya componían vecindario suficiente para constituir una
parroquia independiente, lo cual venían suplicando repetidamente los vecinos de
los mismos.
Reconociendo justos dichos
ruegos, los erigió en curato independiente mediante auto dado el 29 de enero de
1796 en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife. Sirvió de Parroquia la antigua
ermita que tenían con el título de San Joaquín, inmediata a Fasnia, al extremo
del lomo que por ello recibió el nombre de dicho Santo. Previamente los vecinos
habían otorgado escrituras de dotación de la Lámpara del Santísimo, y de otras cantidades para
cubrir las necesidades de la iglesia, así como la custodia, ornamentos sagrados
y otras alhajas precisas. Asimismo, mediante escritura se obligaban a edificar
nuevo templo en sitio señalado, cedido a este fin por el teniente capitán don
Diego Estanislao de Torres (principal artífice de este logro) y el alcalde real
don José Díaz Flores, con sus respectivas mujeres; la nueva Parroquia debía
permanecer en interinidad hasta la construcción de la citada iglesia.
Por nombramiento del mismo
obispo, fechado a 3 de marzo de ese mismo año 1796, se nombró “Cura Rector
propietario” de dicha parroquia interina, establecida en la ermita de San
Joaquín de Fasnia, a nuestro presbítero, don Juan de Castro y Baute, quien ya
había participado como testigo en el otorgamiento de algunas de las escrituras
de dotación de la iglesia. Él mismo contaba en un memorial como había tenido
lugar este nombramiento:
[…] su parroquia fue segregada
de la de San Juan Bautista del
Pueblo de Arico por decreto que en 19 de marzo de 1796 proveyó el Sr. Obispo D.
Antonio Tavira8, Dignísimo antecesor de V.I. y hallándose el exponente en las
casas de sus padres en el Pueblo de Güímar el Síndico Personero de Fasnia,
instado por su vecindario se presentó a dicho Sr. Obispo solicitando le eligiese
por Párroco, a lo que accedió su Ilma.
obligando al que expone, que abandonó su propia comodidad y conveniencia por
prestar la obediencia más sumisa a la voluntad del Prelado.
Don Juan tomó posesión el día 19
de marzo de 1796, fecha que se eligió para colocar el Santísimo en la nueva
Iglesia ermita del Sr. San Joaquín, con la mayor solemnidad posible:
[…] se celebró misa cantada
después de haverse cantado tersia, por su merced el Sr. Don Juan de Castro
y Baute venerable cura de dicha
parroquia la que finalizada, se hizo
prosession, después del
sermón que se
dixo a su
tiempo; haviendo concurrido
la ermandad del Ssmo. Sacramento y D. Josef Diaz Flores Alcalde real del
territorio, con toda la mayor parte de
la vecindad.
Tras recibir el nombramiento don
Juan compró una casa en Fasnia, donde se estableció con su hermana María,
nacida en El Escobonal el 23 de octubre de 1767. Ésta permaneció en compañía de
su hermano sólo dos años, pues el 20 de mayo de 1798 contrajo matrimonio en la
iglesia de San Joaquín, ante don Juan, con don José Antonio Bello de Morales,
rico propietario, natural y vecino de Arico en el pago de Icor, donde se
establecieron; en este caserío falleció doña María, ya viuda y con
descendencia, el 28 de noviembre de 1840.
En esta primera etapa, el párroco
Castro Baute contó con la colaboración de varios sacerdotes, que con su
licencia celebraban bautizos en Fasnia: Fray Cristóbal Díaz, de la Orden de
San Francisco, definidor y
guardián del convento de
Granadilla, en 1798; el güimarero don Nicolás Rodríguez Torres,
desde el 18 de diciembre de 1798 hasta el 2 de abril de 1799; y don Francisco
Miguel Rodríguez Bello, presbítero vecino de Granadilla, del 10 de enero al 18
de febrero de 1799.
La labor principal de don Juan en
esos primeros años fue la construcción, dentro del casco de Fasnia, de un
templo de mayor capacidad a donde debía trasladarse la Parroquia, tal como
había ordenado el obispo; labor que emprendieron con esmerado celo los vecinos:
“por las muchas incomodidades que resultaba al Ve párroco, y al mismo
vecindario la situación fuera de poblado en que estaba el templo, sin olvidar
lo expuesto que está a un saqueo y otras fatales consecuencias”.
Como párroco de Fasnia, el Sr.
Castro debía recibir todos los emolumentos y subvenciones que le pertenecían,
así como las primicias que de los vecinos de aquellos pagos había percibido
hasta entonces el cura de Arico. El 3 de mayo de 1796, al tiempo de la misa
mayor en la parroquia de San Joaquín, don Juan de Castro pidió al notario
público del 8 En realidad, como se ha señalado, la Parroquia se creó por
auto del obispo Tavira dado el 29 de enero de dicho año 1796, aunque empezó a
regir el 19 de marzo.
Obispado, don Domingo Díaz, que
leyese en voz alta a todo el pueblo el despacho del obispo Tavira de fecha 13
de marzo de ese mismo año, en el que se establecían una serie de mandatos para
el mejor gobierno de esta nueva Parroquia. Pero la situación económica de los
parroquianos era tan angustiosa que don Juan no percibía las rentas que le
correspondían, tal como puso de manifiesto en uno de sus escritos de renuncia:
Posesionado en
fin experimentó el exponente que
carece de quadrante
y se reduce únicamente la
conveniencia del cura a las primicias y emolumentos parroquiales, [...] que las
primicias aún en los años mejores no pueden rendir más granos que los que
consume su casa y los abonos son tan tenues, que importando únicamente cosa de
80 para el año, dejaron [...] al párroco 50 o 60.
Impuesto el exponente de que los
vecinos de Fasnia antes de la erección
de la Iglesia
de S. Joaquín quando eran Parroquianos
de la de Arico pagaban en unión de los demás de su jurisdicción a su
costa los sermones que predicaban en las fiestas de fervor, las funciones de
toda la octava de Corpus y de la exaltación de la Santa Cruz, y además contribuían
solos al costo de las fiestas de San José, y Santa Ana, que con sus sermones se
celebraban en la hermita que hoy sirve de Parroquia, se persuadió que tendrían a bien continuar en
ésta las propias solemnidades y que sus respectivas limosnas aumentaran la
dotación del Párroco, principalmente
cuando el Sr. Obispo dispuso por decreto dado en Santa Cruz a 29 de enero de
1796 que el exponente en calidad de cura de San Joaquín percibiese los mismos
emolumentos que hasta allí había cobrado el de Arico, pero a pesar de esta
sabia determinación y de haber el que expone predicado [...] y hecho algunas de
dichas funciones, los vecinos se han retraido de satisfacer sus limosnas.
El propio Sr. Obispo comunicó al
Párroco que representa el que cada una
de las tres cofradías del Ssmo. Sacramento, de la Imagen de Ntra. Sra. del
Rosario y las Animas que se sitúan en aquella Iglesia debían cubrir [...] 4
reales de plata por la limosna [...] cobrada por los cofrades vivos y difuntos
[...], al tratar de llevarlo al efecto
experimentó una absoluta resistencia
de los vecinos de
Fasnia, que sorprendieron
su inocencia queriéndole colocar
entre tantos perjuicios e incomodidades, al paso que ellos gozan de los
beneficios espirituales, en vez de las pensiones que tenían con su antigua
parroquia y
de la incomodidad que les causaba
su situación distante y en la que median bien ásperos caminos.
Entretanto el que expone ha
tenido que contraer varios empeños de
que está en descubierto para ayudarse a subsistir, por no arrancar de la casa
de sus padres los cortos bienes del Patrimonio, a cuyo título se halla ordenado
y que ayudan a la manutención de
dichos sus padres, y de algunos
hermanos pobres que los acompañan, destina reservados por los costos de una
casual enfermedad o para
proporcionarse sus ascensos,
fuera de esta Provincia. La verdad es que con nada de ésto se asegura la congrua
[...] y que el que expone sin ello no puede permanecer en el curato mucho más
habiéndose desmejorado su salud con motivo de las largas y penosas caminatas
que frecuentemente se le ofrecen para servir a una jurisdicción de 300 vecinos
situados en Pagos diversos que
transitan tan peligrosos caminos que
tiene que pasar por muchos a pie [...]
[...] que en caso de confesar
carece del arbitrio de poner un servidor, por no tener con que pagarlo ni
quererlo hacer aquellos vecinos, aún quebrantado el exponente se ha visto
muchas veces en el
caso [...] de
exercer su ministerio no
obstante las graves dificultades [...] por vivir cosa de
tres leguas distante los más cercanos sacerdotes.
El exponente ha usado con sus
feligreses todos los medios de suavidad y dulzura para que preparen
su congrua con que subsistir, les ha pedido, exortado, insinuado sus
atrasos y que sin ellos no puede seguir en su ministerio, les ha hecho varias
propuestas, nada ha conseguido, se muestran indiferentes cuando no inflexibles
[...].
Agotados todos los recursos, a
don Juan de Castro no le quedó más que una salida, muy a pesar suyo, por lo que
el 8 de febrero de 1799 elevó instancia al obispo solicitando “se digne
admitirle la renuncia desde luego por resultar
imposible subsistir con su curato”.
Ladimisión fue presentada al
beneficiado de Güímar, quien el 30 de ese mismo mes rindió informe favorable.
No obstante, al no resolverse en un tiempo prudencial, volvió a reiterarla en
otras dos ocasiones, la última el 22 de febrero de 1800. En este tercer
memorial volvía a reiterar el defecto de congrua y que con el “insoportable
trabajo que es indispensable en mi ministerio no puedo subsistir en este
curato, mayormente hallándome solo”, sin tener otro eclesiástico para ayudarle
y suplirle; por lo tanto, como el obispo nada había resuelto ni en favor de su
congrua ni en admitir que se le trasladase a otra parroquia con más recursos,
le reiteraba que “me admita mi retiro en caso de no tener a bien otra cosa”.
Por fin, a mediados de junio de
1800 la renuncia le fue aceptada, cuando ya había logrado ver concluido el
nuevo templo de una sola
nave corrida, pero
antes de su inauguración; a pesar de que en la
petición de permiso que los vecinos elevaron a don Manuel Verdugo, obispo a la
sazón de las islas, para que su párroco bendijese el nuevo templo y trasladase
a él la Parroquia,
se hablaba de “la eficacia con que se ha portado el Religioso Párroco interino, con que fuimos socorridos en medio de las mayores indigencias”. Fue sustituido
temporalmente por el dominico güimarero Fray Roberto González, oriundo de La Zarza, que quedó encargado
de dicha Parroquia.
El 1 de noviembre de 1800 se
procedió a la bendición del nuevo templo y traslado al mismo del Santísimo
Sacramento, por don Florentín Núñez y Torres, beneficiado de la iglesia
parroquial de San Pedro Apóstol del lugar de Güímar, como matriz del territorio
en el que se hallaba el curato de Fasnia; y en obedecimiento del auto del
citado obispo, dado en Teror a 19 de octubre de ese mismo año, en que se le
daba comisión y facultad para realizar dicho acto, si existe “toda certeza que
está con la mayor decencia, y que se halla con todo lo preciso para el culto”. Acompañaban a dicho beneficiado en
el solemne acto el nuevo párroco de Fasnia,
don Juan Evangelista
Martínez (natural de La
Laguna),
el R.P. Fray
Roberto González, anterior cura
servidor, el alcalde
don José Tejera,
con la mayor
parte del vecindario, y nuestro
personaje, el presbítero don Juan de Castro y Baute, que no podía dejar de
estar presente el día de la inauguración de la nueva iglesia, por la que tanto
había trabajado.
Retiro en El
Escobonal como capellán de la ermita de San José y regreso como cura servidor
de Arico, teniente de cura y notario
publico eclesiástico de Fasnuia.
De los siguientes años de su vida
poco se sabe. Sólo que don Juan regresó a su pueblo natal, pues el 13 de
diciembre de 1800 figuraba como presbítero y vecino del pago de El
Escobonal, al actuar como testigo
en la otorgación de una licencia paterna matrimonial.
Es bastante posible que problemas
familiares lo alejasen de la vida parroquial para dedicarse un poco más a la
solución de sus propios asuntos. En esta línea, se desprende de su testamento
que sostuvo un pleito con don José Delgado Trinidad (capitán de Milicias,
alcalde de Güímar y uno de los mayores propietarios de la comarca y municipio),
sobre algunas suertes de dehesas en Agache. Por razón del mismo, su hermano
Domingo hizo varios viajes a Gran Canaria, uno siendo soltero, mandado por su
padre para hacer el interrogatorio ante la Audiencia, y otro siendo casado, en el que ocupó
doce días; todos los demás viajes los verificó don Juan, quien suplió todos los
costes. Como resultado del pleito, el Sr. Trinidad salió condenado en costas y
se vio obligado a satisfacer en terrenos lo que por ellas se calculaba, al cabo
de algunos años. Dichos terrenos estaban situados en El Escobonbonal, concretamente
en el Arrastradero y Cataño, y se partieron en dos partes iguales entre nuestro
cura y su hermano.
No obstante, creemos que en este
tiempo don Juan de Castro siguió viviendo gran parte del tiempo en el vecino
pueblo de Fasnia, donde colaboraba con la parroquia. Lo que sí es seguro es que
continuó sirviendo su Capellanía en la ermita de San José de El Escobonal,
cuyos vecinos contribuían con notorios sacrificios para sostenerle como
capellán.
A comienzos de 1803, una vez
resueltos sus problemas familiares, volvió a aparecer en la vida religiosa de
Fasnia, acompañando y auxiliando al párroco en la atención de su amplia
jurisdicción. Encontrándose en esta situación fue reclamado por los vecinos de
Arico, que sufrían las carencias espirituales motivadas por la avanzada edad de
su párroco titular, y durante un corto período asumió el servicio parroquial,
pero debido a las desavenencias que tuvo con dicho párroco regresó a su pueblo. Por ello, los principales vecinos de Arico elevaron una instancia al obispo,
solicitándole que nombrase como teniente de cura al presbítero Castro Baute,
con su correspondiente asignación económica:
Dn Juan Anto de Morales Alce Rl del Lugr de Arico Isla de Tene el Capn de Exercitos dn Juan Anto
de Torres su
Sindico Personero, el Capn
dn Antonio Rodrigs su
primero diputado de abastos con el devido acatamto dicen que sin embargo de algs oficios qe pr los mismos indicados se le han
pasado al Ve Cura de dho Lugr dn Jose Ernands
de Ara a fin de que provea de un tente idoneo que administre los Stos
Sacramentos y desempeñe con la decencia devida las demas funciones
Parroquiales, a causa de no poderlo hazer pr si propio pr su ancianidad y acidentes
havituales con todo se resolvio a mandar a buscar al Presvitero dn
Juan de Castro qe
actualmente las exerse, con quien
no se ajusta y se exponen aquellos
feligreses a vivir y morir sin los aucilios del pasto espiritual,
regresandose este Presvitro a su casa, a qn desde luego pedimos a conseqa de el mismo Parroco haverlo
electo, y hallarse los fieles
gustosos pr su pronta acistencia
y sana doctrina con que nos instruie pr todo lo que Supkicams a V.I. se
sirva nombrar de tene de dho Cura al expresado Presvito asignandole la propina Correspondte qe asi lo esperamos de la integridad de V.I.
cuia Vida ge. Nro. Sr en su mor
Grandesa. Adviertese qe no firmó el personero pr hallarse en cama enfermo gravemente.
Atendiendo a la solicitud el 10
de mayo de 1803 se le envió una comunicación al “Ve Bdo. de Guimar D. Florentin
Nuñez y Torres”, fechada en Las Palmas de Gran Canaria y firmada por
el obispo don Manuel
Verdugo y por
su secretario el
Lcdo. don Santiago Verdugo, por la que solicitaba que
informase sobre la imposibilidad del párroco de Arico, la renta fija
del Curato y “Si el
Presbitero D. Juan
de Castro está
adornado de las circunstancias qe
se requieren para
tal encargo”.
Cumpliendo lo
ordenado, tras las pertinentes indagaciones, el beneficiado
Núñez emitió su largo informe desde Güímar el 15 de septiembre de ese mismo
año, en el que ponía de manifiesto la imposibilidad del párroco para cumplir con
su labor, dada su avanzada edad de 80 años y sus achaques habituales, así como
las dificultades que tenían los vecinos de la amplia jurisdicción para recibir
el pasto espiritual. En cuanto al sacerdote escobonalero, emitió una opinión
claramente favorable:
Juzgo adornado de todas las circunstancias, qe. se requieren para
servir de Tente en aquella Iga
al presbo. Dn.
Juan de Castro,
qn. se halla
actualmte. acompañando y ayudando a atender a su ministerio al Ve.
Parroco de Sn. Joaquin de Fasnia, el qe. aunqe. esta bueno, y en aptitud pa.
cumplir con tods. las obligacions. de su cargo, no deja tambien de
necesitar coadjutor, atendids.
las circunstancias de situacion,
y lo disperso de los Feligreses,
y ademas el presitado Castro esta sirviendo una Capellania en la hermita de Sn.
Jose en esta Jurisdicn.
cuyo Pago habitan mas de cien vezs. a qnes. predica
con frequencia, y con fruto como he tocado con la experiencia,
sacrificando con gusto estos pobres sus haberes pa. sostener dho. Capelln. Que
es lo qe juzgo debo informar a V.S.I.
segun me manda.
A pesar del favorable informe no
consta que se despachase el correspondiente título de teniente de cura. Además,
parece que don Juan de Castro no estuviese dispuesto a abandonar El Escobonal
ni a alejarse mucho de Fasnia.
El 30 de ese mismo mes de mayo de
1803 el párroco de Fasnia don Juan Evangelista Martínez Tejera elevó un escrito
al obispo de estas islas, don Manuel Verdugo y Albiturria, en el que, al igual
que le había ocurrido al Sr. Castro Baute en su etapa de párroco interino,
presentaba la renuncia a su Curato, dadas las dificultades económicas por las
que atravesaba, debido sobre todo al nulo cumplimiento de sus obligaciones
económicas y religiosas por parte de los feligreses, así como a su precaria
salud. Pasados dos meses sin obtener respuesta, el 18 de julio de ese mismo año
remitió otra instancia al obispo
Verdugo, solicitando que le nombrase como teniente de cura al sacerdote escobonalero
don Juan de Castro y Baute, a petición de los propios vecinos que se habían
obligado para ello con 60 pesos anuales y quienes tenían muy grato recuerdo de
su labor como párroco interino; asimismo le exponía la conveniencia de nombrar
al mismo presbítero como notario público eclesiástico de la localidad, por
haberse establecido en Arico el que lo era, don Domingo Díaz:
Muy Venerado Sôr.: atendiendo
estos Feligreses, á lo graboso qe. me es el dar yo cumplimto. pr. mi solo al
Ministerio Parroql. pr. lo disperso de la Jurisdicion y sus muchos
Vecos., qe. ascienden a muy cerca de trecientos, y ots. justas y racionales
refleciones, han tratado de aliviarme y utilisarse contribuyendo con la suma de
secenta ps. pa. ayuda de un tente., el qe. desean sea el Presvo. Dn. Juan de
Castro y Baute, pr. haver tocado con la experiencia el buen trato y porte de
este Ecco. en el tpô. qe. exercio el Ministo. Parroql. de esta Feligrecia; el
qe. esta pronto a ayudarme siendo del agrado de V.S.Y., a quien todo el Pueblo
me ha interesado con ancia, suplique se sirva condesender a la preton.
expuesta, la qe. tengo pr. muy justa, pues es el medio mas a proposito pa.
socorrer como deseo á estos dispersos Feligreses, y tener algn. alivio en mis
tareas.
Una de las
pretenciones de estos Vecos. pa.
con dho. Ecco. es qe., ademas de
ayudarme en las Funciones peculiares, ha de decir Misa en esta Parroqa., o bien al Alva, o bien la mayr. segn. las
circunstancias que ocurran, pero como el expresado Presvo. se halla
sirviendo una Cappa. en el Pago de S. José perteneciente al Lugr. de Guymar,
cerca de media Legua distante de este, y casi dos de aquel, no lo puede
efectuar sin que V.S.Y.
(si es de su agrado) le conceda
facultad, pa. selebrar en ambas ptes. el Stô. Sacrificio de la Misa todos los Domingos y
Dias Festivos, con la circunstancia qe. pueda practicarlo en esta
Parroqa. ya al Alva, ya a
la ora qe. se selebra la Misa conventual, sprê. qe. yo Predique en las Funciones
particulares, ó media alga. otra causa
qe. asi lo exija, pues entonces presisa qe. el cante la Misa prâl.; y teniendo V.S.Y.
a bien condescender con esta preton., ya sera en mi la gracia qe. me tiene
concedida de celebrar dos veces el mismo Stô. Sacrificio en esta Parroqa. todos los dias qe. obliga el Precepto de
asistir a ellas. Y me parese indispensable qe. atendiendo V.S.Y. a los
acontecimtos. de podernos enfermar algo. de los dos, ausentarnos, ó mediar
otras causas qe. se ofrecen segn. las circunstancias de los tpôs. existan en
ambos la facultad apuntada, de celebrar los dos Sacrificios.
Ademas de esto tengo qe.
manifestar a V.S.Y. qe. se halla esta Jurisdicion sin Noto. qe. actúe en los
casos presisos; y qe. me parese convente. qe. V.S.Y. tenga a bien proveer este
encargo en un sugeto de providad qual es el Presvo. referido, pues el qe. antes
estaba qe. era Domo. Diaz, Veco. del Pueblo de Arico en el Pago de la Cisnera, se ha retirado a
su Casa, y desde alli (siendo su titulo limitado solamte. pa. este Lugr.) he
savido exerce este empleo en otros varios, en cuyo supuesto, y medte. ser un hombre
trabieso y poco escrupuloso jusgo ser
Caridad se le
suspenda el titulo pa.
qe. no exersa
semejantes Funciones en perjuicio del publico.
No quiero molestar
mas la atencion de V.S.Y.
y espero de su innata Piedad acceder á mis suplicas, pues es merced
qe. en todo redunda en utilidad espiritual de estos Fieles, con quienes se a
esmerado el celo conocido de V.S.Y. cuya Vida guê. Nrô. Sôr. pr. dilatados años
en su mayor grandeza. Fasnia y Julio 18 de 1803.
Por entonces, y desde el 5 de
junio de ese mismo año 1803, don Juan de Castro ya figuraba con frecuencia como
clérigo presbítero que bautizaba en Fasnia con licencia del párroco; el 23 de
agosto inmediato fue testigo de una boda celebrada en ese mismo pueblo; y el 22
de septiembre inmediato quedó encargado de la parroquia por ausencia del
titular.
Después de pasar varios meses sin
respuesta del prelado a ninguno de sus escritos, el
18 de noviembre del mismo año el
párroco de Fasnia envió nueva instancia al obispo Verdugo y Albiturria,
reiterándole la renuncia al Curato, con los argumentos que ya le había
manifestado. Y el día de los Santos Inocentes, 28 de diciembre de ese reiterado
año, don Juan Evangelista remitió un
cuarto escrito al
obispo don Manuel
Verdugo, reiterándole la necesidad del nombramiento de teniente y
notario público eclesiástico en el presbítero escobonalero don Juan de Castro y
Baute:
Muy Venerado Sôr.: con fha. de 18
de Julio de este mismo año escrivi a V.S.Y. suplicandole qe. atendiendo a no
poder cumplir pr. mi solo con el Ministerio Parroql. de mi cargo, asi pr. lo disperso de esta
Feligresia, ocmo pr. hallarme distante
tres Leguas, poco mas ó menos de
los Eccleciasticos mas inmediatos
pa. reconsiliarme, a
fin de celebrar los sagrados
Misterios, con la Pureza qe. permite la fragilidad humana, con otras cosas
qe. entonces expuse, a las qe. me remito; se dignase
despachar el titulo correspondte. al
Presvo. Dn. Juan de Castro
y Baute, pa. Tente. de esta Parroqa.
con facultad de poder celebrar en
ella el Stô. Sacrificio de la
Misa todos los Domos. y dias festivos, ademas de la
celebracion, qe. hace en estos propios dias en la Hermta. de S. José
perteneciente a la
Jurisdicion de Guymar, con isignuacion de exercer el oficio
de Noto. por no haver algo.
en esta Jurisdicion, medte. las
circunstancias relatadas en la
mia citada. Y como la resolucion de todo se ha demorado
hasta aora, ocurro
de nuevo a V.S.Y. insistiendo sobre el mismo asunto pues asi lo exige la
necesidad qe. padesco. Nrô. Sôr. guarde la Vida de V.S.Y. los años de mi
deseo. Fasnia y Dize. 28 de 1803.
Por fin, el 10 de enero de 1804
el obispo Verdugo se dignó contestar a las cuatro cartas enviadas por el
venerable cura de Fasnia, no admitiendo su renuncia al Curato, pero accediendo
a dichos nombramientos en la persona del presbítero Castro Baute:
Muy Sôr. mio: Han llegado á mis
manos las Cartas de Vd. de 30 de Mayo, 18 de Julio, 18 de Nove. y 28 de Dice.,
todas del año proxo. pasado. Quedo hecho cargo de las razones qe. en la primra.
me manifiesta Vd. pa. renunciar al
curato qe. obtiene; pero me parece, qe. aunqe. sea á costa de algn. trabajo y
de emplear toda su prudcia. puede llegar á desvanecerlas, sufriendo entretanto
con pasiencia, hta. qe. los Vecs. se reduzcan á razon, y cumplan con sus
ofertas. Por esto no tube á bien admitir á Vd. la dha. renuncia; pero si he
juzgado qe. debe Vd. ser aliviado en la penosa tarea del ministo. Parroql. y
qe. debo yo contribuir á este benefo. accediendo á la solicitud de Vd.
contenida en sus citadas Cartas de Julio y Dice. ults. mayormente qdo. el
Pueblo está pronto á contribuir con la cantidd. De 60 ps.
anuales pa. ayuda
de un tente.,
siendo este D.
Juan de Castro
y Baute, concediendole ademas la
facultad de decir dos misas en los dias festivos, ya la del Alva, ya la mayor,
segn. las circunsts. cesando en Vd. este privilegio, en razon de estar
sirviendo dho Ecô. la
Capella. en el
Pago de S. José pertenecte. a la jurisdicion de Guimar;
y ademas el tito. de Noto. por haberse retirado á su Casa de Arico en la Cisnera el qe. lo es pa.
ese partdo. lo qe. causa perjuicio y atraso en los asuntos, siendo limitado su
tito. á ese
lugar de Fasnia.
En vista de todo, y de los buenos
infs. qe. tengo del Presbo. Castro he tenido á bien despacharle el tito. de
tente. de Cura qe. incluyo á Vd. con las especificaciones qe. verá, y tambn. el
de Noto. qe. igualmte. va adjto., y queda del cuidado de Vd. recoger este ulto.
del qe. lo era anteriormte. y remitirmelo; y exortar a los Vecs. privadamte. á
qe. cumplan con su oferta qe. han hecho pa. el tente. manifestandoles qe. he
accedido prilmte. á esta solicitud pr. su bien espiritual y pr. complacerles,
ps. deseo el bien, tranquilidad y sosiego espiritual de todos mis Diocesanos.
De todo me dará Vd. aviso.
Ntrô. Sôr. guê. a Vd. ms. as. Cana. y Eno. 10 de 1804.
De ese modo, el Sr. Castro Baute
figuró desde entonces como teniente de cura y notario público del Obispado,
títulos con los que actuó en Fasnia durante más de dos años ayudando al párroco
en su labor, sobre todo en los sacramentos (bautismos y matrimonios). Así lo
encontramos el 21 de enero de 1805, como “clérigo presbitero y teniente de cura
de Don Juan Evangelista Martínez Texera
cura párroco de la iglesia parroquial del Sr. San Joaquín en el lugar de Fasnia”.
No obstante, también mantenía la
Capellanía de El Escobonal y se acercaba con frecuencia a
Güímar, en cuya iglesia de San Pedro celebró el 28 de mayo de dicho año 1804 la
boda de sus paisanos don Joaquín Pérez Márquez y doña Antonia Delgado Baute
(prima de don Juan), con licencia de don Florentín Núñez.
Cura párroco propio
de Fasnia
Mientras tanto, don Juan
Evangelista Martínez Tejera reiteró su dimisión al Curato de Fasnia el 18 de
febrero de 1804 y, en vista de que pasaba mucho tiempo sin ser atendida la
renuncia, volvió a elevar nueva solicitud el 18 de julio de 1805, que por fin
se hizo efectiva el 31 de marzo de 1806.
Por esta circunstancia el
reverendo Castro fue nombrado cura interino de Fasnia, situación en la que
permaneció desde el 1 de abril de 1806 hasta finales de julio de dicho año, en
que tomó posesión como cura párroco propio de la localidad. Dicho nombramiento
fue recibido con aplauso de todo el vecindario que, apreciando sus bellas
cualidades, consideró la medida como justo premio a su labor. Simultáneamente
fue nombrado mayordomo de fábrica de la Parroquia de San Joaquín, cargo que ocupó
mientras permaneció en dicho pueblo. Don Juan continuó viviendo en la casa que
había adquirido en Fasnia desde su primera etapa al frente de la parroquia;
allí poseía también dos “sitiecitos”, en los que ocupaba su tiempo libre
dedicado a la agricultura, oficio aprendido de su padre.
El hecho más saliente de la nueva
etapa de don Juan de Castro como cura párroco de
Fasnia, fue su preocupación por
el mal estado del edificio que hacía pocos años se había construido para
albergar la Parroquia.
Ello le obligó a convocar, el día 17 de abril de 1814, al
alcalde, regidores, procurador
síndico y la mayor parte
del vecindario que componía el
pueblo; a quienes congregó en la plaza de la iglesia parroquial de San Joaquín,
después de asistir al Santo Sacrificio de la misa. En este estado, propuso a
todo el pueblo la necesidad de reedificar la dicha su Parroquia ante la próxima
ruina que amenazaba, como era patente a todos, proponiéndoles distintos medios
para remediar este mal y, de no acceder a ninguno, les indicó que daría parte
al obispo de la
Diócesis. Todos, unánimemente, confirmaron la certeza de
cuanto se exponía, pues conocían el peligro en que se hallaba su iglesia “de
venirse al suelo sus paredes”, y
acordaron que el medio más
equitativo y menos gravoso para el
vecindario, y particularmente para los pobres, era que se impusiese un “medio
diezmo sobre los ramos” de todos los granos, papas, mostos, carne, lana, quesos
y miel, que debía ser extensivo a todos los vecinos de la jurisdicción sin
excepción alguna. El remate de los productos obtenidos se había de efectuar ante el
venerable párroco, acompañado con el Ayuntamiento; allí el rematador
debía celebrar la escritura y obligación de la cantidad de especie rematada;
por su parte el depositario percibiría recibo del párroco de lo que le fuese
entregado, pues sólo con éste podría acreditar su descargo. El Ayuntamiento y
el párroco, puestos de acuerdo, señalaron a los rematadores un corto tiempo en
que habían de exhibir la cantidad de sus remates íntegra y completamente, en
proporción a la salida de los frutos. Testigo excepcional de esta asamblea fue
el hermano del párroco, don Domingo de Castro y Baute, personaje destacado que
como ya hemos señalado fue sochantre y notario público de esta jurisdicción.
Del medio diezmo impuesto para la reconstrucción de la Parroquia entraron en
poder de don Juan cuatro pesos, que aplicó a la “fábrica económica” de la
misma, por no haber depositario a quien entregarlos, y que conservó en su poder
cierto tiempo, no teniendo responsabilidad alguna sobre dichos intereses, pues
a nada se obligó ni constituyó, como manifestaría posteriormente.
Ese mismo año 1814 don Juan
solicitó un certificado al prior de uno de los conventos de La Laguna, relativo a la vida
y costumbres de don José Antonio de la
Cruz, clérigo de primeras órdenes natural y vecino de Fasnia,
durante el tiempo que vivió en el convento con motivo de cursar sus estudios, a
los que había sido inducido por nuestro biografiado. Dos años más tarde, en
enero de 1816, dicho joven ya era presbítero y le ayudaba en la parroquia en la
celebración de casamientos.
En esta nueva etapa al frente de
la parroquia de Fasnia, don Juan intervino como testigo en algunos de los
testamentos otorgados en la localidad, y contó con la colaboración de otros
sacerdotes que actuaban con su licencia, sobre todo en el sacramento del
bautismo: Fray Roberto González (natural de Güímar y religioso del convento de
Santo Domingo de dicho lugar) el 9 de abril de 1806; don Juan Evangelista
Martínez Tejera, en 20 de abril y 20 de julio de 1806 y 7 de febrero de 1808;
don Juan Núñez del Castillo (natural de Barranco Hondo de Candelaria), del 11
de abril al 2 de octubre de 1809; don José de Elías Hernández (natural de
Güímar), en 21 de diciembre de 1809, 20 de febrero y 30 de marzo de 1815; el
citado don José de la Cruz
(natural y vecino de Fasnia), con frecuencia entre noviembre de 1815 y
noviembre de 1817; don Felipe José Díaz y Gómez (natural de Arico), del 25 de
marzo al 8 de junio de 1817; Fray Roberto González (por entonces prior
del convento dominico de Güímar), el 21 de agosto de 1819; y don José Bernardo
Carrillo (natural de Arico y vecino de Güímar), el 21 de agosto de 1819.
La labor
de nuestro sacerdote
fue recordada con
cariño en Fasnia
durante largo tiempo; todos lo
consideraban su venerable cura, pues allí desempeñó su ministerio hasta el año
de 1819, con el mayor celo, edificación y aprovechamiento de sus feligreses.
Además era un hombre sencillo y un propietario rural más del pueblo, como ya
hemos visto. Al frente de su parroquia durante casi 20 años, organizó la
construcción y posterior reconstrucción de la iglesia, y colaboró en la
consolidación del nuevo municipio fasniero.
Su ejemplaridad, ciencia y bondad
de carácter le habían constituido en una de las personalidades más relevantes
del Sur de Tenerife en su época, méritos que le fueron reconocidos al crearse
el Obispado Nivariense, según Bula de erección otorgada por el Papa Pío VII el
1 de febrero de 1819, señalando por sede episcopal la parroquia de Ntra. Sra.
de los Remedios, en la ciudad de San Cristóbal de La Laguna.
Racionero medio de la Santa Iglesia
Catedral 9
Según la mencionada Bula, las
rentas de la Mesa
Capitular se dividirían en 33 prebendas o raciones, las
cuales habrían de repartirse del siguiente modo: una ración con 1/4 de otra
ración a cada Dignidad; otra ración a cada uno de los Canonicatos; 3/4 partes
de otra ración a cada Racionero entero; y la mitad de otra ración a cada uno de
los Medio-Racioneros. Ante esta tentadora oferta de puestos importantes y bien
remunerados, muchos eclesiásticos canarios aspiraron a colocarse en ellos y
comenzaron a dirigir rápidamente sus súplicas y méritos a Su Majestad el Rey
don Fernando VII, quien probablemente las pasó a manos de su confesor, el ilustre
lagunero don Cristóbal Bencomo, ya porque en todas épocas ha sido peculiar de
los directores del
monarca inclinar el
ánimo del Rey para
las colocaciones eclesiásticas en
los sujetos de quienes tienen mejor conocimiento e informes, ya con más razón
cuando el mencionado confesor, como hijo de Tenerife, tenía y podía tener
exacto conocimiento del clero canario.
Para ocupar una de las prebendas
vacantes se comenzó a pensar con insistencia en don Juan de Castro y Baute, a
quien otros clérigos y personalidades militares y civiles (sobre todo su
antiguo maestro y también candidato don Florentín Núñez) lograron convencer
para que enviase al Rey un memorial biográfico con sus méritos y servicios, a
pesar de que no tenía muchos deseos de separarse de la comarca de la isla que
amaba y en la que había nacido y trabajado durante 23 años de su vida. Don Juan
reunía los requisitos exigidos por Real Decreto de 24 de septiembre de 1784,
para optar a una ración o media ración de las iglesias catedrales, como ser
párroco del Obispado con seis años de ejercicio en su ministerio; se tenía en
especial consideración a los eclesiásticos de la Diócesis “que se hubiesen
ocupado con reputación en los
ministerios de predicar
y confesar, socorro
de pobres, enseñanza
y aplicación al trabajo
de los ociosos”. Y, una vez convencido, el Señor Castro envió al monarca
la relación con sus méritos y servicios, en la que quedó bien clara su labor
como maestro, profesor de Latinidad y cura de Fasnia, cuyo ministerio desempeñó
durante muchos años con el beneplácito de sus feligreses.
Una vez estudiados los diferentes
memoriales que llegaron a sus manos, don Cristóbal Bencomo propuso al Rey, en
escrito de 17 de julio de 1819, que se dignara nombrar entre los individuos que
debían componer el nuevo Cabildo de Tenerife a don Juan de Castro Baute, cura
propio del lugar de Fasnia, como tercer medio-racionero. El Rey aceptó en todas
sus partes la propuesta de su confesor y tuvo a bien “nombrar los sujetos que
estimé convenientes, declarandolos exentos de los dos años de vacante, en
atención á que no han podido vacar por ser
de nueva fundacion
y dexandoles en
libertad de admitirlas
ó renunciarlas; y dispensandoles los dos años de estudio en
Universidad, si necesitasen de esta dispensa”. Luego, por Real Decreto
Auxiliatorio de 18 de agosto de 1819, confirmó la creación de la nueva
Diócesis, dotando el culto de su Catedral y al personal de la misma, que
estaría compuesto por 32 personas (seis dignidades, diez canónigos, ocho
racioneros y ocho medio- racioneros), y comisionando al obispo auxiliar de
Tenerife don Vicente Román Linares para formar el Cabildo Catedral. En virtud
de este Real Decreto, don Juan fue elegido y presentado como tercer
medio-racionero de la Santa
Iglesia Catedral, correspondiéndole la mitad de una de las 33
porciones en que se dividieron las rentas de la Mesa Capitular.
Nuestro biografiado aceptó con
orgullo el nombramiento y el 21 de diciembre de ese mismo año 1819, ante el
obispo auxiliar de Tenerife don Vicente Román Linares, tomó posesión de su prebenda
junto a los otros 19 miembros que constituyeron el primer Cabildo Catedral de
Tenerife; entre éstos se encontraban otros dos güimareros: don Florentín Núñez
y Torres, beneficiado de Güímar que fue designado canónigo, y don Isidro
Quintero y Acosta, que recibió la prebenda de racionero. En el solemne acto, el
notario público y de la
Comisión Apostólica leyó la Real Orden de 31 de
agosto en donde se designaban por S.M. los señores agraciados con las
prebendas, terminado lo cual, puestos todos de rodillas ante el citado obispo
auxiliar de Tenerife, don Vicente Román Linares, se procedió a la Protestación de la Fé y colación canónica;
concluida ésta pasaron los miembros del Cabildo al coro, en donde el dicho
notario fue dando a cada uno la posesión de su silla, guardando en ella el
orden de antigüedad con arreglo al nombramiento o presentación de S.M. de 31 de
agosto ya citado. Una vez terminado pacíficamente el acto de posesión, el
citado obispo dirigió una breve felicitación
a todo el
Cuerpo en general
y a cada uno
de sus individuos en
particular, recibiendo luego un abrazo de cada uno de los agraciados,
entre los que se encontraba nuestro personaje. A continuación se celebró misa
pontifical, presidida por el predicho obispo Román Linares, y se cantó
solemnemente la tercia, revistiéndose de diáconos cantores los señores
canónigos más antiguos, don Agustín Rodríguez de Salazar y Trujillo y don
Florentín Núñez y Torres. En todo el acto estuvo presente el Ayuntamiento y las
tres comunidades religiosas mendicantes de la ciudad, que también tomaron parte
en la suntuosa procesión que se efectuó luego por las calles de La Laguna, con la Virgen de los Remedios, San
Fernando y Santa Isabel.
Todos los pueblos, corporaciones
y párrocos de la isla se apresuraron a felicitar al nuevo Cabildo Catedral; sin
embargo, no faltaron algunos que, naturalmente resentidos por no haber sido
colocados en el número de los agraciados en dignidades, canonjías, raciones o
medias-raciones, trataron de rebajar para con el público el mérito de cada uno
de los posesionados. Contra aquellos fue bastante sentencia y ejecutoria en
favor de éstos la felicitación del M.I. Ayuntamiento: “las circunstancias
recomendables de todos los beneméritos individuos de este muy respetable Cabildo Eclesiástico es el complemento de
todo nuestro honor, de toda nuestra fortuna, y de nuestras más lisonjeras
esperanzas [...] Sus largas y penosas
tareas en el
Ministerio Parroquial, su
conducta siempre arreglada, laboriosa y notoriamente ejemplar,
su saber y la modestia de que están adornados, es, y ha sido también una de las
principales y más sobresalientes virtudes atendiendo a las que el Rey [...], se
dignó dar a cada uno de sus constituyentes el justo premio que les era debido”.
A esta manifestación se unió la
arenga con que una Diputación del convento de Padres Dominicos de La Laguna felicitó el día 18
de enero de 1820 al Ilustre Cabildo Eclesiástico en su instalación: “V.S.I. se
compone de sujetos que después de haber apacentado con celo y caridad las almas en diferentes Parroquias, han sido áncoras firmísimas de la paz en la antigua Catedral;
[...] y ofrece a la nueva Diócesis un complejo de méritos y virtudes que no
solamente le dan seguridad de obtener
los buenos efectos que debe prometerse viendo el exacto cumplimiento de todos
sus oficios, si no que la sirve de modelo y de ejemplos para que arreglen todos su conducta”. Quedaba así reflejada la
opinión que del Sr. Castro, como de todos los que componían el nuevo Cabildo
Catedral, existía por aquel entonces en la ciudad de los Adelantados y en la
isla entera.
La gracia concedida a don Juan se
admitió con gran satisfacción de sus paisanos de El Escobonal y feligreses de
Fasnia, que se honraban con el nombramiento, en el que eran premiados los
méritos del sacerdote;
pero esta satisfacción
estaba acompañada del sentimiento de perder a la vez un buen
sacerdote y un insustituible vecino. No obstante, nuestro presbítero continuó
colaborando con su sustituto en la parroquia, asesorándole por carta en cuantos
problemas se le planteaban.
Según la Bula de erección del Obispado
de Tenerife, dada por Pío VII, los Medio- Racioneros no tenían voto en el
Cabildo, pero sí disfrutaban de “silla o asiento inferior, plena y libre facultad
de hacer para el bueno y próspero gobierno y dirección de los bienes y
derechos así espirituales
como temporales, y en orden
a la soportación
de cargos que respectivamente les incumben, a la celebración
de los Oficios divinos y demás funciones eclesiásticas, a la división o
repartimiento de distribuciones cotidianas e imposición de las penas en que
incurren los negligentes o morosos, cualesquiera Estatutos o Establecimientos y
Decretos”. Como se observa, la labor de nuestro ilustre paisano era equivalente
a la de un beneficiado actual, y se le conocía en esa época, indistintamente,
como “Racionero-Medio” o como “Prebendado”.
Conocemos los méritos reconocidos
a nuestro biografiado para su nombramiento por una “Relación
de los títulos,
méritos y servicios de
D. Juan de
Castro Baute, Medio Racionero de la Santa Iglesia
Catedral de S. Cristóbal de la
Laguna”, que se conserva en la Biblioteca Universitaria
de dicha ciudad:
Es natural del Pueblo de Güímar:
estudió Latinidad, Filosofía y Teología con Dn Florentín Núñez. Ordenado de
Presbítero el año de 1793, obtuvo
licencias de celebrar, predicar,
confesar hombres y mugeres, absolver de reservados, habilitar insextuosos, y aplicar la indulgencia plenaria a los moribundos. El año de 94, por renuncia
que hizo dho. Núñez de la
Escuela publica, entró a servirla, y lo mismo el estudio de
Latinidad, sirviendo todo gratuitamente hasta el año de 96 que se le expidió el
titulo de Cura de Fasnia, cuyo Ministerio desempeño hasta el año de 1819 con el
mayor zelo, edificacion y aprovechamiento de sus feligreses. En 1819 fue
presentado por S.M. para una Media- racion en la Catedral de Tenerife, de que
tomó poseción con los demas agraciados.
El 5 de enero de 1820 se expidió
el título y nombramiento de cura propietario de la Parroquia de Fasnia, que
se hallaba vacante “por promoción del Sr. D. Juan de Castro Baute a una de las
medias Raciones de la
Sta. Iglesia Catedral de esta isla”, a favor del presbítero
ariquero don Felipe José Díaz Gómez, “por el
tiempo de la voluntad de
S.S. y con la facultades necesarias y demás de estilo”.
El 11 de ese mismo mes de enero
el provisor y vicario capitular de la nueva Diócesis concedió licencia y
facultad a don Juan de Castro Baute, como racionero medio de la Santa Iglesia
Catedral de esta isla, “para
celebrar el Sto Sacrificio de
la misa, predicar el Sto Evangelio y confesar personas de ambos
sexos en este obispado con facultad de absolver de los casos recerbados por drô
y constituces sinodales a S. Sria, habilitar a los incestuosos para el uso del
matrimonio y de aplicar la indulgencia
plenaria a los moribundos todo por el
tiempo de su voluntad”. En estas múltiples tareas ocupó don Juan el largo
periodo que permaneció en tan importante cargo; a ellas tenía que añadir las
asignadas por el propio Cabildo Catedral, así como asistir a las juntas que
éste celebraba.
Por Real Despacho de 18 de ese
reiterado mes de enero de 1820, dado en palacio por el Rey don Fernando VII y
dirigido al obispo auxiliar de Tenerife y comisionado apostólico y regio, se
confirmó el nombramiento de don Juan de Castro para una Media Ración,
acompañado de la dimisión del Curato que tenía en el lugar de Fasnia:
[...] Y siendo uno de los
agraciados D. Juan de Castro Baute, Cura del Lugar de Fasnia, á quien fui
servido nombrar para una Media Racion de la referida nueva Iglesia Catedral, lo
presento á ella con dimision del Curato,
que obtiene en el Lugar de Fasnia.
Yo os ruego y encargo, que presentandose el expresado D. Juan de Castro
Baute ante Vos dentro de ciento y veinte dias contados desde el de la
data en adelante le hayais por presentado y hagais colacion y
canonica institucion de ella, y que se le dé la posesion, acudiendole con los
frutos, rentas, proventos y emolumentos á la misma Media Ración anexos y
pertenecientes, obligsndole al cumplimiento de las cargas qe se
las impusieren en la Ereccion
de la nueva Iga Catedral y sus Estatutos
y con calidad de que se aplique por una vez á la fábrica de ella la Media-annata y la anualidad, qe
deberá pagar el nominado D. Juan de Castro Baute en el
término que hasta ahora ha sido costumbre. Y mando, que de esta mi carta
se tome razón en el registro grâl
de mercedes por el Contador que
le tiene á su cargo; en la
Contaduría de la media-annata eccâ, y en la grâl de Crédito
público; y sin haberse hecho, no se la dé cumplimiento.
El 28 del mismo mes se tomó razón
de dicho título en el Registro o Contaduría general de Mercedes; tres días
después en la Contaduría
general de la Media Anata
Eclesiástica; y el 1 de febrero inmediato en la Contaduría General
de Recaudación del Crédito Público, presentándose finalmente en la Colecturía de
Anualidades y Vacantes Eclesiásticas de la Diócesis Nivariense,
para los efectos prevenidos. Los gastos de expedición del título fueron de 300
reales, mientras que los derechos por su toma de razón fueron otros 12 reales
de vellón.
Por razón de su nuevo cargo, como
ya hemos apuntado, el prebendado Castro Baute pasó a residir al Beneficio de su
Media Ración, o sea a La Laguna,
donde permaneció durante muchos años. Según los padrones vecinales de 1829 y
1830 vivía en la Calle Juan
de Vera nº 49, con 64 años de edad, en compañía de doña Josefa García, su prima
de 56 años (establecida allí en 1828), y de su criada doña Florentina Tejera de
21.
Durante los primeros años en la Catedral, siendo vicario
el deán don Pedro Bencomo, colaboró en la gestión de las obras de terminación
del frontis neoclásico de la iglesia catedral y las salas capitulares anejas al
edificio.
A propuesta del Rey de España,
don Fernando VII, fue nombrado por León XII el primer obispo que ocupó la Sede Nivariense,
don Luis Folgueras y Sión, hasta entonces deán de Orense, en lo que tuvo mucho
que ver el güimarero don Isidro Quintero y Acosta. En la mañana del día 3 de
junio de 1825 llegó a Santa Cruz de Tenerife el nuevo prelado, permaneciendo en
el lazareto de la ciudad, en virtud de la cuarentena que se le impuso al buque
en que hizo viaje a estas islas, hasta el 12 de julio por la tarde, en que
subió a La Laguna. En
el lazareto fue cumplimentado por don Juan de Castro, junto con el resto del Cabildo
Catedral. El obispo Folgueras inició el 1 de julio de 1827 la Visita Pastoral de
su Diócesis, recorriendo toda su demarcación, siendo acompañado por nuestro
presbítero en muchos de sus viajes.
Este obispo instauró un Seminario en La Laguna el 2 de octubre de
1832, que sólo duró hasta julio de 1834, sirviendo de local para el mismo la
casa Colegio de la Compañía
de Jesús, ya suprimida; actuó como rector del centro don José Fernández
Herrezuelos, arcediano de la
Gomera de esta Catedral. Es muy probable que en la creación
del primer Seminario diocesano tomase parte activa el prebendado Castro,
impartiendo algunas enseñanzas, dada su experiencia docente; pero dicho centro
sucumbió a causa de las muchas y serias dificultades, sobre todo de orden
económico, que el prelado no pudo superar.
Pero don Juan de Castro no había
olvidado a su querida Parroquia de San Joaquín, y aprovechaba cualquier
oportunidad para acercarse a Fasnia o interesarse por los problemas de esta
localidad. Así, en los días 8 y 28 de octubre de 1820 se encontraba en dicho
pueblo, donde celebró sendos bautismos con licencia del párroco don José
Nicolás de Torres; figuraba como “Medio Racionero de la Santa Iglesia
Catedral”. Y el 5 de julio de 1827 escribió como prebendado al
citado párroco, por
haber recibido varias
quejas de que
habían fallecido algunos
feligreses de Fasnia “sin el auxilio
espiritual de los Sacramentos”, por haberse negado aquel
a su administración. Y en La
Laguna no desaprovechó
tampoco ninguna oportunidad para
ayudar a los paisanos de El Escobonal y Fasnia, pues éstos al llegar a la
ciudad sabían que podían contar con un valedor, consejero y amigo. A él se
dirigían también cuando veían cercana la hora de su muerte lejos de su tierra
natal; sirva como ejemplo el testamento de doña Josefa García y Tejera, natural
de Fasnia en el pago de La
Sombrera, que fue redactado el 18 de abril de 1834 en dicha
ciudad, en el que designaba al racionero medio don Juan de Castro para que
oficiase su funeral en la
Catedral y fuese su albacea y administrador de bienes hasta
que pasasen a la sobrina de aquella, cuando
alcanzase lamayoría de edad.
Se demostraba así que
ni el sacerdote había olvidado a
sus antiguos feligreses, ni éstos
a él.
Según lo dispuesto por el Cabildo
Catedral de La Laguna,
en acuerdo del 29 de diciembre de 1832, el beneficiado de San Pedro de Güímar
debía cobrar por la
Capellanía fundada por don Ignacio de Castro, de la que era
capellán el medio racionero don Juan de Castro, un total de 889 maravedís, por
razón del Real Subsidio Eclesiástico del año 1832. El 19 de octubre de 1833 don
Agustín Díaz Núñez fijó el edicto, que servía de citación y emplazamiento, con
la relación de las cantidades asignadas por dicho concepto a los poseedores de
las distintas Capellanías adscritas a su parroquia, señalándoles el plazo de
treinta días para que satisficieran dichas rentas.
El cargo de nuestro personaje en La Laguna le impedía
ausentarse de la ciudad por un tiempo muy largo, ya que entre otras
obligaciones tenía que colaborar en los sacramentos a celebrar en las iglesias
de La Laguna,
como bautismos, matrimonios y entierros. Durante los muchos años que permaneció
en la antigua capital de la isla pudo experimentar el daño que el clima hacía
en su salud, sufriendo largas y repetidas enfermedades de las que quedó
sumamente debilitado, hasta el punto que el facultativo que allí le asistía le
manifestó la necesidad de salir de aquella ciudad y restituirse a su “país”
nativo.
Renuncia a la media ración
y retiro definitivo del Escobonal
A tenor de lo expuesto, es fácil
comprender que don Juan de Castro comenzase a pasar
períodos cada vez más largos en
su casa de El Escobonal, sobre todo a partir de 1834. En este pueblo el Sr.
Castro Baute continuó recibiendo la contribución en granos por la Dotación del Culto y
Clero, que le estaba asignada como racionero medio de la Santa Iglesia
Catedral por distintas parroquias de la isla. Así el 16 de enero de 1838,
siendo vecino de El Escobonal, recibió del cillero o cogedor de la Cilla de Arico y Fasnia una
fanega de cebada que le pertenecía en aquel hacimiento y tocante al año 1837.
Con la misma fecha recibió del cillero de Granadilla 3 fanegas 9 almudes y 7 y
medio cuartos de trigo, y del cillero de San Miguel una fanega
diez almudes y
cuatro y medio
cuartos de trigo,
ambas cantidades
correspondientes al mismo año 1837. El 9 de febrero de dicho año 1838 recibió
por el mismo motivo del cillero de Arona una fanegada de cebada y del cillero
de Santiago 7 y medio almudes de centeno; continuaba viviendo en El Escobonal.
Y el 18 de noviembre de 1840, recibió del cillero de Isora tres fanegas y once
celemines de trigo y dos celemines y medio de centeno, que también le
correspondían en 1837 por su media ración; por entonces figuraba como vecino de
Fasnia10.
En el mencionado año 1838, el presbítero
don Juan de Castro Baute decidió quedarse definitivamente en su pueblo natal,
antes de que su renuncia fuera efectiva, apareciendo
empadronado en el pueblo desde
entonces y hasta su muerte en el “Pago de S. José Escobonal de Abajo”, siempre
en compañía de los tres criados que le acompañaban en su retiro: las hermanas
doña Manuela y doña Micaela López Álvarez, que le atendían desde 1834, la
primera con un salario de un duro mensual y la segunda con el de seis reales
mensuales, y el marido de la primera, don Carlos Díaz Delgado, que le servía
desde 1838, con un salario de un duro mensual. Así, en el padrón parroquial de
1838 el prebendado Castro Baute vivía en la casa nº 29 de dicho pago; en 1839
en el nº 720 del municipio, mientras que sus criados vivían en el nº 721,
aunque en la misma casa; en 1840 don Juan residía en el nº 722 del término
municipal, doña Micaela López en el 723, con 16 años, y don Carlos Díaz con su
familia en el 724; en 1842 nuestro biografiado figuraba con 80 años, acompañado
de don Carlos Díaz, de 42 años, doña Manuela López, de 41, y los dos hijos de
ambos, Alejandra de 6 y Francisco de 4, y doña Micaela López, soltera y de 18
años; y en 1843 el presbítero Castro Baute figuraba empadronado con 77 años.
Ante su ausencia, el obispo
Folgueras, en auto de 1839, le notificó a nuestro prebendado que pasase
inmediatamente a residir en el Beneficio de su media Ración (La Laguna), apercibiéndole que
de no verificarlo se procedería contra él según disponían los sagrados cánones.
Don Juan respondió al obispo mediante escrito fechado en El Escobonal a 4 de
marzo de 1839, en el que exponía:
Que su retiro de la Ciudad de La Laguna lo ha ocasionado el
haberles hecho conocer la experiencias del tiempo que en ella permanecio ser
aquel clima dañoso á su quebrantada salud, que por haber permanecido en él
quedó sumamente debilitado, en términos que por el facultativo que allí le
asistio en sus largas y repetidas enfermedades, se le manifestó la necesidad de
salir de aquel punto y restituirse á su Pais
nativo, como V.S.I. si gusta, puede satisfacerse por el adjunto
certificado en cuya virtud A V.S.I. Suplica, que sirviendose tener en
consideración lo que deja espuesto, y hallarse ya en la edad de setenta y
cuatro años, bastante achacoso, se digne V.S.I. admitirle la justa causa
que lo imposibilita vivir en la
espresada ciudad, por cuyo
motivo tiene
pendiente ante V.S.I. para dirigirla
á S.M. la renuncia de su media Ración; y disponer que en este caso, si
V.S.I. lo tiene á bien, se suspendan los demas procedimientos, como lo espera
de la justificación de V.S.I.
Para demostrar lo expuesto, don
Juan acompañó un certificado del médico que lo asistía. Y el 7 de ese mismo mes
el obispo Folgueras aceptó la justificación y le concedió licencia para
permanecer en el sitio en el que residía: “mediante á las causas espuestas, lo
que resulta de dicho certificado, y constarle á S.S.I. el mal estado de salud
de este interesado, sin perjuicio de la justificación decretada para remitir á
S. M. con la renuncia que este referido interesado tiene hecha, se le concede
licencia para que permanesca en el punto que reside, interin que S. M. resuelve; suspendiéndose
entretanto los apremios para su residencia
y servicio de la media Ración que obtiene”; lo que se notificó con dicha
fecha al beneficiado de Güímar para que le diera exacto y debido cumplimiento.
No obstante, su renuncia a la media ración no se hizo efectiva hasta el 19 de
febrero de 1841.
En estos últimos años de su vida
don Juan colaboró con los vecinos de El Escobonal, tanto con sus bienes
materiales como espirituales, actuando como albacea y testigo de los
testamentos otorgados en dicha localidad a partir de 1839, en los que figuraba
como prebendado. Asimismo, como capellán aplicaba las misas que tenía adscritas
en la ermita de San José del citado pago, sobre todo los días festivos.
Habitaba en la casa donde había nacido, en el Lomo de Bayón de El Escobonal,
que a la muerte de sus padres se había partido entre él y sus dos hermanos. La
llamaba “la casa grande” y era “de alto y bajo”; en la parte que le tocó añadió
unos cuartos por arriba, también de alto y bajo, y posteriormente compró la
parte de su hermano. Por fin se ha desvelado el misterio de una gran casa de
teja, de dos plantas, con tres escaleras de acceso a la parte superior y balcón
de madera, que la tradición ha mantenido hasta la actualidad como la “Casa del
Cura”, con su huerta anexa conocida como la “Pared del Cura”. Inmediata a ésta
se encontraba otra casa de teja terrera y un lagar, que también se conservaban
hasta hace pocos años, con su huerta y sitio con tuneras y otros árboles. De
todo ello heredó la tercera parte, y compró el resto a sus hermanos.
Don Juan de Castro poseía además
otros amplios bienes en El Escobonal heredados de sus padres, a los que añadió
otros tantos adquiridos durante su vida. Estas suertes y pedazos de terreno
estaban situados en: los Llanitos de García, el Llano del Camino Real, las
Madrigueras, Redondo, la Hoya
de la Grilla
hasta el camino de la Chapa,
el Pino Ramudo, El Dornajito, Magdalena hasta el Arrastradero de Cano, el
Lomito de Amorín, la Hoya
de María Felipa, el Rabo de Asno, Juan Martín, la Tirada, las Nieves, el
Cercado de Vayón, el Llano de los Herreros, las Merlas, el sitio de Juan
Tujillo, el Aserado, la suerte de los Cabreras, la suerte Chamorín,
la Quebrada o
Angostura; más pedacitos
comprados a don
Francisco Cabrera, don Pablo Flores, don Domingo Delgado, don Domingo
Noguero; y los dos pedazos tomados a los herederos de don José Trinidad, por el
pleito de las dehesas, situados en el Arrastradero o Aguerche y en Cataño.
Testamento y muerte
de don Juan
Don Juan
de Castro y
Baute otorgó testamento
en su domicilio
del pago de El Escobonal
el día 15 de julio de 1840, figurando todavía como racionero medio de la Santa Iglesia
Catedral de Tenerife, siendo testigos de la otorgación don José Antonio Tejera,
don Juan García Díaz, don Ignacio Rodríguez, don Juan García Baltasar y don
José Antonio Palenzuela, todos vecinos de dicho pago. Con respecto a su
fallecimiento dispuso lo siguiente:
Primeramente encomiendo mi alma á
Dios nuestro Sor. que
la crió, y hecho hombre se dignó redimirla con su
sagrada pación y muerte, y el cuerpo
amortajado con las vestiduras sacerdotales
será sepultado en el cementerio de este citado pueblo de Güímar acompañándole
por la calle
en la
Iglesia y
hasta dicho cementerio
el Ve. Beneficiado de la
misma con las solemnidades de
costumbre, incluso los ministros y capellanes.
Mando que el día de mi entierro
se me haga el oficio de encomendación de alma y el de cuerpo presente, éste con vigilia, misa cantada y responsos,
y otro llamado de honras al día
siguiente en mi citada Parroquia de
Güímar por su párroco y demás, que queda
dicho, para cuyos sufragios señala de limosna de treinta y ocho pesos
corrientes.
Mando que después de mi muerte se
me apliquen con la brevedad posible por los Sacerdotes que dispongan mis
albaceas, las treinta misas de San
Gregorio en sufragio por mi alma y las de mis padres, ademas de cien misas
tambien resadas que quiere se me apliquen en la misma forma que las de San
Gregorio, señalando por limosna de cada una de estas ciento treinta misas,
cinco rvôn.
Yten que se me haga en la Iglesia de San Joaquin de
Fasnia, donde fui parroco, un oficio menor, por el que satisfarán dos pesos
corrientes.
Iten señalo á las tres mandas
forzosas antiguas á cada una dos reales vellon, corrientes y dose reales de la misma
moneda á la ultima pia forzosa, todo por una sola
vez.
En dicho testamento declaró los bienes
heredados y adquiridos que ya hemos relacionado, que legó en gran parte a sus
siete sobrinos, hijos de su hermano don Domingo de Castro Baute (Félix,
Concepción, Joaquina, Josefa, José, Antonio y María Aniceta). Sin embargo, la
mayor parte de sus propiedades la dividió en tres partes iguales, que adjudicó
a los tres criados ya mencionados, como pago de su salario mensual desde que
comenzaron a servirle hasta su muerte y para gratificarles en parte el celo con
que lo atendieron y cuidaron su casa. A doña Manuela López, aparte de
diferentes trozos de terreno le otorgó la tercera parte de la casa grande por
el sur que le había tocado por herencia, con los cuartos que fabricó contiguos
a ella; a don Carlos Díaz, marido de la anterior, le dejó gran número de
posesiones, además de la casa terrera situada junto a la de su habitación, con
el lagar, la huerta que está delante y una yunta de vacas que tenía a medias
don José Caballero; y a doña Micaela López, otros varios pedazos de terreno y
la tercera parte de la casa grande por el norte que le compró a su hermana, con
toda la madera de tea de su pertenencia para que construyese otros dos cuartos,
como los que tenía por el poniente la parte legada a su hermana Manuela. A los
tres por partes iguales legó y donó todos los bienes muebles y semovientes que
le pertenecían y se hallaban en la casa habitación y los frutos que se hallasen
a la hora de su fallecimiento de puertas adentro.
Para satisfacer el funeral,
mandas pías, misas, recado y devotos señaló su casa de Fasnia, con dos
“sitiecitos” que allí tenía, y los demás bienes raíces no distribuidos. Sus
sobrinos no podrían disfrutar de su herencia hasta que las deudas estuviesen
cubiertas y si alguno se opusiese a lo que el testamento determinaba o
promoviese pleito contra sus propiedades, la parte que le había donado debía
distribuirse entre los demás. Si alguno de sus criados se separase de su
compañía antes de su fallecimiento o no le sirviese hasta él como en la
actualidad, se le satisfaría su salario hasta ese día y se le indemnizaría,
pero no se le dejaría herencia. Nombró por albaceas testamentarios en primer
lugar a don Modesto Díaz Núñez (teniente coronel graduado de Milicias y alcalde
de Güímar), en segundo a su criado don Carlos Díaz Delgado y en tercero a don
Félix Hernández, vecinos de El Escobonal. Si le sobrevenía alguna enfermedad
por la cual quedase privado del uso de
la razón debería administrar
todos sus bienes su criado Carlos, si a la sazón estuviese en su compañía. El
remanente de los bienes derechos y acciones que le pudiesen corresponder a don
Juan lo dejó a sus herederos universales, don Félix y doña María Concepción
Castro Pérez, sus sobrinos.
Con éste revocaba cualquier otro
testamento o codicilo hecho con anterioridad por escrito o de palabra,
estimándolo por su última y deliberada voluntad. Al año siguiente, como ya
habíamos dicho, se le aceptó su renuncia a la Media Ración, pasando
los últimos años de su vida entre los suyos, como un escobonalero más, pero
dando pruebas continuas de caridad y colaboración con sus vecinos, a los que
tanto amó; por ello fue recordado durante largo tiempo. Como curiosidad, don
Juan figuró como testigo en escrituras y testamentos otorgados por vecinos de
Agache desde 1839.
En el
padrón parroquial de 1842 el
presbítero don Juan de Castro
residía en el Escobonal de Abajo, acompañado de los
citados criados: don Carlos Díaz Delgado, de 42 años; doña Manuela López, de
41; y los hijos de ambos, Alejandra de 6 y Francisco de 4; así como doña
Micaela López, soltera, de 18 años, hermana de doña Manuela.
El presbítero don Juan de Castro
y Baute falleció en el pago de El Escobonal el 10 de agosto de 1844, a los 78
años de edad, en la misma casa en la que había nacido, siendo amortajado con
sus vestiduras sacerdotales, tal como había dispuesto; ese fue uno de los días
más tristes en la historia de dicho pueblo y su comarca. Al siguiente fue
conducido hasta Güímar, acompañado de la práctica totalidad de sus paisanos y
antiguos feligreses de Fasnia; la campana de la iglesia de San Joaquín y de la
ermita de San José no dejaron de doblar hasta que su cadáver y el gentío
dejaron atrás La Ladera.
Ese mismo día, 11 de agosto, tuvo lugar el funeral en la
iglesia parroquial matriz del Sr. San Pedro Apóstol de Güímar, que fue
celebrado por el ilustre güimarero Dr. don Agustín Díaz Núñez, quien le hizo
oficio de encomendación de alma y de cuerpo presente con vigilia, misa cantada
y responsos; a continuación, el cadáver fue conducido al cementerio de la
localidad, siendo acompañado en la calle por el venerable beneficiado con las
solemnidades de costumbre, incluso los ministros y capellanes, hasta la
misma sepultura. Al día
siguiente se celebró en
dicha parroquia el oficio
de honras y, posteriormente, según dejó dispuesto en su
testamento, se celebraron las tres mandas forzosas en un período bastante
breve, así como 130 misas de San Gregorio por su alma y la de sus padres, por
los sacerdotes que estimasen sus albaceas; y un oficio menor en la iglesia de
San Joaquín de Fasnia, de la que había sido párroco.
El 13 de agosto de 1844, el Dr.
Díaz Núñez informó al obispo del fallecimiento de este sacerdote: “Pongo
en noticia del
S.I. que el dia
once del presente
mes falleció en su residencia del Pago del Escovonal, termino
de esta feligresia de mi cargo, el Presbítero Dn. Juan de Castro Baute desps.
de haber resivido los Stôs. Sacramentos: a cuyo cadáver se dio sepulcro en este
cementerio el dia once del mismo, en los terminos que está dispuesto pr. la Iglesia y previene el
Ritual Romano” 11.
Poco después de su muerte, sus
criados reclamaron la herencia que les había dejado el prebendado en su
testamento. Luego, el 24 de octubre de 1868, comparecieron ante el juez de paz
de Güímar, don Juan Rodríguez García, su sobrino don Félix de Castro y sus
hermanos, don Antonio, doña Josefa,
doña María y
doña Joaquina, para
reclamar la herencia
del presbítero don Juan de Castro a don Carlos Díaz Delgado, como marido
y representante de su mujer doña Manuela López y Álvarez, así como a don Benito
y a don Alejandro Díaz López, hijos de los antedichos, para que les entregasen
todos los bienes que poseían y fuesen del citado presbítero. Pero, sin ninguna
duda, el testamento estaba otorgado a favor de los criados, que por tanto
mantuvieron la casa y el resto de su herencia.
Concluyó así
la vida de
un escobonalero ilustre,
que permaneció olvidado injustamente durante más de un
siglo y medio, pues de él únicamente conservaba la tradición el nombre de una
vieja casa sita en el Lomo de Bayón, junto a la carretera de El Tablado, que se
sigue conociendo como la “Casa del Cura”.
Como curiosidad, el 5 de agosto
de 1986, coincidiendo con las Fiestas Patronales en honor a San José, se colocó
una placa en su casa natal de El Escobonal para recordar la existencia de los
hermanos Castro Baute, dos de los escobonaleros más ilustres de los siglos
XVIII y XIX.
(Octavio Rodríguez Delgado) (Cronista Oficial de Güímar)
[blog.octaviordelgado.es]
Notas:
1
Sobre este personaje puede verse también otros artículos de este mismo
autor: “El Escobonal y sus personajes: El presbítero don Juan de Castro y
Baute” (1-3). El Día, 19 y 20 de abril, 7 de junio de 1985; “Personajes del Sur
(El Escobonal-Fasnia): El prebendado don Juan de Castro y Baute (1766-1844),
párroco fundador de Fasnia” (I-IV). El Día (La Prensa del domingo), 20 y
27 de noviembre, 4 y 11 de diciembre de 1994. Con posterioridad, la reseña
biográfica se ha visto enriquecida con nuevos datos.
2 Don Juan Delgado de Baute
(1700-1784), nacido en Tijoco (Adeje), fue hermano de la Hermandad del Santísimo
Sacramento de la parroquia de San Pedro, recaudador y mayordomo de la ermita de
San José de El Escobonal, donde contrajo matrimonio y falleció.
3
Don Ignacio de Castro “El Menor” (1740-1822) fue mayordomo de la ermita
de San José de El Escobonal y mayordomo de puertas en este pago de la Hermandad del Rosario
del Convento dominico de Güímar. Toda su vida transcurrió en el pago natal de
El Escobonal.
4 Archivo Diocesano de Tenerife. Expediente personal de don
Juan de Castro y Baute.
5 Ibidem.
6 Doña María de Jesús de Castro y
Baute (1767-1840) se estableció luego con su hermano Juan en Fasnia, donde en
1798 contrajo matrimonio con don José Antonio Bello de Morales, natural y
vecino del pago de Icor (Arico) e hijo de don Mateo Bello de Morales, de la
misma naturaleza, y de doña Catalina de Morales, que lo era de Granadilla;
fueron vecinos de dicho pago de Icor, donde murió y dejó descendencia.
7
Don Domingo de Castro y
Baute (1770-1838) fue
clérigo minorista, sochantre,
notario público eclesiástico, agrimensor, cirujano y curandero de Agache y
Fasnia; en 1804 casó en Güímar con su paisana doña María del Rosario Pérez
Rodríguez, hija de don Bernardo Pérez Elías y doña Josefa Rodríguez Márquez,
con amplia
sucesión.
9 El expediente sobre
la creación de la
Diócesis Nivariense y el nombramiento del nuevo CabildoCatedral de Tenerife se conserva
en el Archivo de la
Biblioteca Universitaria de La Laguna.
10 Archivo
Histórico Diocesano de San Cristóbal
de La
Laguna. Fondo Histórico
Diocesano. Documentación organizada por fechas. Legajo nº 116.
11 Archivo
Histórico Diocesano de San Cristóbal
de La
Laguna. Fondo histórico
Diocesano. Documentación organizada por pueblos. Legajo nº 57.
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