domingo, 27 de septiembre de 2015

EFEMERIDES CANARIAS






UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1551-1560

CAPITULO IX-LXV


Eduardo Pedro García Rodríguez


1567 febrero 3.

DONACIÓN  QUE HACE CATALINA BAEZ A LA ERMITA DE INGENIO  DE UN PEDAZO DE TIERRA POR ARRIBA DE LA HUERTA DEL CARRIZAL,  PARA ACABAR DICHA ERMITA Y ORNAMENTOS.  Agüimes.  “Sepan cuantos esta carta vieren como yo Catalina Baez, vecina de esta [roto]...ria, de mi grado e buena  voluntad  [roto], hago gracia y donación  a la ermita de Nuestra Señora de Candelaria que se hace en el término de esta villa de Agüimes de un pedazo de tierra que yo tengo encima de las tierras mías de cañas que son arriba de la huerta del Carrizal en que podrá haber cuatro fanegadas y media y linda de la parte de arriba una pared y tierras que tengo de ferencia [¿herencia?] con los herederos de Sancho Martín y por y una pared de canarios [sic] por un lado y por otro acequia mía para arriba el cual peda- zo de tierra es uno que sobre él tuvimos yo y Sancho Martín de Cadiz de fer- encia y lo sembró este año pasado Juan Alemán, la cual donación  hago para que el mayordomo que es o fuere pueda venderlo e rematarlo en la persona que más diere para ayuda de acabar la dicha ermita o para otras cosas que sean necesarias, ornamentos, por no tener como la dicha ermita no tiene cosa propia  suya de  que  se haga  lo  susodicho  y si a  el  dicho  mayordomo  le pareciere que convenga más dar a tributo  perpetuo  dicho pedazo de tierra lo pueda hacer lo cual quiero que así se cumpla porque expresamente con este cargo hago esta donación  e no de otra manera la cual hago por servicio de dios y de su bendita  madre y con la insinuación  y solemnidades  en derecho requeridas que he aquí por expresadas e renuncio todo e cualquier derecho e acción que por no ser expresadas me podrían pertenecer en cualquier manera [...] fecha la carta en el ingenio de la villa de Agüimes que es en esta isla de la
Gran Canaria en tres días del mes de febrero de mil y quinientos  y sesenta y siete años testigos que fueron presentes a lo que dicho es Melchor Alonso que lo firmó a ruego de la otorgante y Juan González y Gonzalo Hernández, veci- nos y estantes en esta dicha isla // A ruego y por testigo Melchor Alonso.” (302 “[roto] López,  clérigo  presbítero,  Martín  de  Mireles,  Juan  de  Ávila, Bartolomé de [roto], Rodrigo Álvarez, Hernando Alonso, Cristóbal Cald...[roto], Francisco Díaz y Francisco Yanes, vs. de esta villa, herederos  del agua de la acequia real de Aguatona de dicha villa, apoderan  a Bartolomé de Tovilleja y R...[roto] para que hagan escritura de concierto con Pedro de Escobar, escrib- ano mayor del Cabildo de esta isla, en la cual se obliguen a darle una suerte de agua de dicha acequia por precio de [roto] doblas en dinero  de contado [roto] “y cuando  que el susodicho tiene carta ejecutoria de un pleito que se tra...[roto] obispos que han sido de este obispado [roto] herederos del licenci- ado Francisco [roto] en la Real Audiencia de estas Islas [roto] ejecutoria se ha de mandar  volver y restituir  [roto] azada el agua”, y porque  el pleito se ha seguido por parte de los obispos, y no obstante  que el agua pertenece  a los herederos se les quitó, Escobar ha de procurar pleitear con el obispo para que declare que el agua es de los herederos, y el día que se declarare así y luego que se mande entregar el agua, los otorgantes les darán la suerte de agua y les pagarán las 100 doblas, y porque Escobar va a España y se ha encargado de sacar la ejecutoria y hacer las diligencias necesarias para ello con poder que ha dado al obispo Bartolomé de Torres, obispo de Canaria, y a pagar las costas y gastos necesarios, los otorgantes se obligan a pagarle 50 doblas, y más si más
gastare.
TS.: Melchor Hernández  [roto], Pedro del Pozo, vs. de esta villa, [roto] López,  Martín  de  Mireles,  Juan  de  [roto]  Álvarez, Hernando   Alonso  y Francisco Díaz.- Francisco Díaz.- Hernando  Alonso.- Rodrigo Álvarez.- Juan López.- Martín de Mireles.- A ruego y por testigo [roto].” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 Mayo 17. Llega a Tamaránt (Gran Canaria) el obispo de la secta católica Bartolomé de Torres, profesor de Salamanca y de la Universidad de Santo Tomás (España). Su nombramiento como obispo de la colonia de Canarias  lo recibió en 1566 y solicitó de San Francisco de Borja la presencia de cuatro jesuitas para que lo acompañaran en el viaje y se quedaran en la Isla. Estos sacerdotes fueron los primeros de la orden que llegaron a Tamaránt (Gran Canaria). Mientras el obispo recorría la diócesis, enfermó de consideración, muriendo al llegar a la ciudad.

1567 Julio 21.
El embajador español en Londres Diego Guzmán de Silva, escribe a la metrópoli en torno a las andanzas de John Hawkins por las colonia españolas en América y deja entrever la complicidad del colono canario Pedro de Ponte, que aunque escrita con posterioridad (21 de julio de 1567) hace alusión a este primer viaje, lo da a comprender bien claramente: “A lo que puedo entender-dice-, no son solo los Ingleses los que hacen que estas jornadas se pongan en ejecucion, sino tambien algunos españoles que estan en las unas y otras islas, con los cuales deben tener sus platicas para ganar los unos y 1os otros y destas suelen resultar mayores inconvenientes, y si no hubiese quien solicitase a estos [los Ingleses] y 1os encaminase a las Islas no habian comenzado estas navegaciones. .." (A. S.: Secretaria de Estado, leg. 819, fol. 107. Codoin, tomo LXXXIX, pág. 512.)


1567 septiembre 9.

TRASPASO DE DOS SUERTES Y MEDIA DE AGUA EN LA VEGA DE AGUATONA,  PROPIEDAD DE LA IGLESIA DE SAN SEBASTIÁN.  Agüimes.  “Pedro de Escobar, escribano mayor del Cabildo de esta isla, por cuan- to  D. Diego de Esa, obispo que fue de Canarias, le dio a tributo  dos suertes y media de agua en la Vega de Aguatona, que es en esta villa de Agüimes, y son tres días y tres noches, agua que es de la iglesia de San Sebastián de esta villa, por precio de 15 dbs. pagadas el primer  día del mes de junio, con las condiciones que parecen por la escritura que otorgó ante Alonso Hernández, escribano  público  de esta isla, en 1 de junio  de 1559;  y porque  al tiempo que se remató  en el otorgante  una suerte de esa agua, que es un día y una noche, por Juan Alemán, v.º de esta villa, que desde entonces  la ha poseído y gozado, y paga a dicha  iglesia 5 dbs. anuales  (tercera parte  de las 15); y porque  para que el otorgante  le hiciese traspaso, Alemán presentó  un pedi- mento  e información,  dando  licencia para ello el obispo; por tanto, ahora le traspasa el agua, con obligación  de pagar el tributo  que lleva impuesto  en dos pagas (la mitad por 1 de diciembre  y la otra mitad por 1 de junio).
TS.: Hernando de la Feria, Pedro del Pozo, Juan Bartolomé, vs. y ests. en esta villa.- A ruego y por testigo, Pedro del Pozo.- Pedro de Escobar.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 septiembre 12.
EL ALCALDE DEL AGUA DE LA ACEQUIA REAL DE AGUATONA, EN NOMBRE DE LOS HEREDEROS ARRIENDA UNA SUERTE DE AGUA POR CUATRO AÑOS.  Agüimes. 
“Francisco Díaz, v.º de esta villa, alcalde del agua de la acequia real de Aguatona y heredero de ella, en nombre de todos los herederos, arrienda a Juan Álvarez, v.º de dicha villa, una suerte de agua que se dice de la acequia real de Aguatona, de los herederos, de dos días y dos noches conforme al repartimien- to por sus dulas, por tiempo de cuatro años (que empiezan a correr desde el 12 de julio de este presente año) y renta anual de 5 dbs.
TS.: Martín de Mireles, Juan Alemán y Jorge Pérez, vs. y herederos de la acequia real de Agautona.- Francisco Díaz.- A ruego y por testigo, Jorge Pérez.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 septiembre 14.
COMPAÑÍA ENTRE JUAN FULLANA Y BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  PARA PLANTAR DOS SUERTES DE CAÑAS EN EL VALLE DE RODRIGO  (¿),  TÉRMINO DE INGENIO.  TOVILLEJA PONE  LA PLANTA Y FULLANA LA TIERRA;  EL AGUA, A PARTES IGUALES. Agüimes. 
“El Br. Juan Fullana y Bartolomé  de Tovilleja, vs. de esta villa, hacen compañía  de plantas dos suerte de cañas en la tierra que dicen del Valle de Rodrigo, en el término  del Ingenio  de esta villa de Agüimes, que linda  de una  parte  con parral y otras tierras de Juan de Ávila y con otros  linderos. Tovilleja pone  la planta, que se le ha de pagar a 90 dbs. la suerte; Fullana pone la tierra, y se le han de pagar 7 dbs. por suerte en cada año. Tovilleja desburgará la planta necesaria para plantar el valle; Fullana acarreará la plan- ta. Los dos han de arar la tierra. Los dos costearán  a partes iguales los gas-

tos de la cerca de dicha tierra, los de la plantada  y “la asurcada” de la tierra. Ambos darán  tres suertes de agua para criar la caña, a razón  de 7 dbs. por suerte cada uno; el agua que sobrare se ha de repartir a partes iguales; estas suertes  se entiende  que  son dos días y dos noches  cada una, conforme  al repartimiento de la acequia real de Aguatona. La planta  se ha de hacer en 1568, comenzando por el mes de marzo. Una vez acabada de plantar la tier- ras, cercada y aliñada de todo lo necesario, se han de sentar y ver todo lo que hayan gastado hasta ese día; y todo lo que el uno alcanzare al otro, lo ha de pagar el que lo debiere  al otro, la mitad de todo ello a la cosecha del fruto de planta que se diere de las cañas, y la otra mitad para el fruto de soca. La compañía  durará todo el tiempo  que la tierra diere fruto.
TS.: Martín  de Mireles, Amador Espino  y Diego Gutiérrez,  vs. de esta villa de Agüimes.- A ruego  y por  testigo, Martín  de Mireles.- Br. Fullana.” 
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 septiembre 28.
PODER DE VARIOS VECINOS A RODRIGO  ÁLVAREZ PARA QUE ACABE UN PLEITO CON EL OBISPO DE CANARIAS EN LA CANCILLERÍA DE GRANADA POR UNA AZADA DE AGUA EN LA ACEQUIA REAL DE AGUATONA.
Agüimes “Juan López,  clérigo  presbítero,  Martín  de  Mireles, Juan  Alemán, Rodrigo Álvarez, Francisco Díaz, Francisco Yanes y Jorge Pérez, vs. de la villa de Agüimes, por sí y por los demás herederos  del agua de la acequia real de Aguatona, apodera a Pedro de Escobar, escribano mayor del Cabildo de esta isla, para que en nombre  de ellos acabe un pleito y causa que está pendiente en la Real Audiencia y Chancillería de Granada  entre el obispo de Canarias y los herederos  del Ldo. Francisco de Vargas, del Consejo de S.M., difunto, sobre una azada de agua de dicha acequia, que pertenece  a los otorgantes  y les fue quitada.
TS.: El Padre San Cristán _ González, Alonso López y Alonso Ortiz, vs. y ests.- A ruego y por testigo, Alonso Ortiz.- Jorge Pérez.- Rodrigo Álvarez.- Martín de Mireles.- Juan López, clérigo.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 septiembre 28.
REMUNERACIÓN A PEDRO DE ESCOBAR POR TERMINAR UN PLEITO EN LA AUDIENCIA DE GRANADA A FAVOR DE LOS HEREDEROS DE LA ACEQUIA REAL DE AGUATONA CONTRA EL OBISPADO POR LA POSESIÓN DE UNA AZADA DE AGUA. Agüimes.   “Rodrigo Álvarez, v.º de esta villa, por sí y en nombre  de Juan López, clérigo  presbítero,  Juan  de  Ávila, Bartolomé  de  Tovilleja, Juan  Alemán, Hernando Alonso, Cristóbal  Caldero, Francisco Díaz y Francisco Yanes, vs. de esta villa, en virtud del poder que tiene de ellos, otorgada ante el presente escribano público el 8 de este mes, por cuanto  Pedro de Escobar, escribano mayor  del Cabildo,  va a España  y se ha encargado  de hacer  terminar  un pleito que está en la Audiencia de Granada, que se ha tratado  por parte de algunos de los obispos que han sido de Canarias con los herederos  del Ldo. Francisco de Vargas, sobre una azada de agua de la acequia real de Aguatona, de la cual fueron  despojados  los herederos  de dicha acequia, y no embar- gante que la causa se sigue y se ha tratado  por parte de los obispos, el agua pertenece  a aquellos; y así, trayendo  Escobar ejecutoria para que el agua se les devuelva, por razón de esto, y porque  ha de procurar  que el obispo que fuere de Canarias haga declaración  de que le pertenece  a los susodichos, el otorgante   se  obliga  a  que  luego  que  el  agua  se  mande  devolver  a  los herederos,  le darán  a Escobar  una  suerte  de agua y dos días de noche  de dicha acequia y 100 dbs. en dineros de contado. Para las costas y gastos que fueren necesarios, le han dado al presente  50 dbs., y le pagarán lo que más gastare.
TS.: Hernando de la Feria, Diego Gutiérrez,  Gaspar Afonso, vs. de esta villa.- Rodrigo Álvarez.- Pedro de Escobar.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 Octubre 10. El rey de la metrópoli autoriza al inquisidor representante en esta colonia de Canarias del Tribunal de la Inquisición,  institución cuyo fin primordial era ofrecer sacrificios humanos a su deidad, desmembradora de articulaciones mediante sádicos y refinados tormentos, onubiladora de conciencias, doblegadora de espíritus y brazo represor de la secta católica en la colonia, para que nombre a veinte sicarios entre los colonos y criollos: “El Rey: Venerable Inquisidor contra la herética pravedad y apostasía. En las nuestras Islas de Canaria y su Partido, porque ya hemos sido informados, que por ofrecerse al presente en ese  Santo Oficio, negocios importantes al servicio de Dios, nuestro Señor, y defensa de nuestra Sana fe católica y religión cristiana., para el buen ejercicio y administración de la justicia tenéis necesidad de ministros y familiares, que asistan con vos por ser cabeza de Inquisición, tenemos por bien de daros licencia, como por la presente os la damos, para que podáis nombrar y nombréis en la Ciudud de Canaria, hasta veinte familiares y no más: y en las demás Islas, Ciudades, Villas y Lugares, y Puertos de mar dese distrito, los que fueren necesarios, conforme á nuestra provisión de concordia, que cerca desto esta dado, las cuales sean personas quietas y pacificas y en quien concurran las cualidades que se requieren; y cuando acaeciere haber competencia de jurisdicción entre vos, y las justicias seglares, os juntareis vos y el Regente de la nuestra Audiencia desa dicha Ciudad, y veréis los procesos, y si vistos no os concertáredes, os juntareis entrambos con el Reverendísimo in cristo padre, Obispo de esa dicha Ciudad de Canaria, que es ó por tiempo fuere, y ejecutarse a lo que  á la mayor parte pareciere. y es nuestra voluntad, que los dichos familiares, que nombraredes así, a esa dicha Ciudad de Canaria, como en todas las otras Islas, Ciudades, Villas y Lugares, gocen de las exenciones y libertades, que gozan los otros familiares, que hay en las Inquisiciones de nuestros Reinos y Señoríos, lo cual haced y cumplid, según y cómo en esta nuestra carta se contiene. Dada en la Villa de Madrid á 10 días del mes de Octubre de 1567.”.


1567 octubre 15.

CONCIERTO  DE UN MAESTRO DE AZÚCAR PARA TEMPLAR LOS  AZÚCARES EN LOS INGENIOS DE DIEGO  DÍAZ EN TELDE Y AGUIMES.  Las Palmas.  “Marcos Afonso, maestro de azúcar, v.º de la isla, se concierta con Diego Hernández, v.º de la isla, para templar los azúcares que al presente tiene de la molienda y zafra de 1565 en los ingenios de Diego Díaz de Telde y Agüimes, “que se entiende los labradores que tenéis obligados e con que estáis concer- tado al presente”, por lo que ha de darle 90 dbs. (la tercera parte al primer peso que se haga en los ingenios, otra tercera parte al segundo peso y el resto al último peso). Es condición que si en el ingenio de Telde se muelen todas las cañas que hay que moler en 1565 en Telde, Hernández le pagará 120 dbs., también por sus tercios; y si no se moliere toda la molienda y se moliere algún cañaveral  más  de  los que  Hernández  tiene  concertados,  éste  le pagará  al respecto de las 30 dbs. más que por todo  se le habían  de dar. También  es condición que si Damasio Andrés no refinare en la casa de refinar y no se le diere a partido, que por el tanto que a otro se hubiere de dar no se le quite al otorgante y que éste lo haga. También, Hernández  le ha de dar las escumas y rescumas a partido, una de veinte de escumas y una de diez de rescumas, y se la de pagar su parte su parte de lo uno y de lo otro [roto]. También, le ha de dar de comer y beber, y de comer a los que le ayudaren.” 
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 octubre 15.

PARTIDO A MEDIAS DE UN PARRAL CON UNA CASA EN LA VILLA DE AGÜIMES CON UNA SUERTE DE AGUA DE LA VEGA DE AGUATONA.  Las Palmas.  “El Dr. Ángel Lercaro, v.º de  la isla, da a partido  de  medias  a Jorge González, v.º de la villa de Agüimes, un parral en dicha villa con una casa, que es una suerte, con   una suerte de agua de la Vega de Aguatona, y todo el agua que fuere menester  para su riego, por sus dulas, que linda con tier- ras de Francisco Martín, por la otra parte con tierras de Juan de Ávila y tierras de Rodrigo Álvarez, por tiempo  de seis años a contar desde hoy” 
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 octubre 16.

PLEITO ENTRE EL OBISPO DE CORIA Y EL DE CANARIAS POR EL DETERIORO  EN LAS CASAS OBISPALES Y HUERTA DEL CAR- RIZAL.  Las Palmas.  “Pedro de Escobar, escribano público y mayor del Cabildo, v.º de la isla, apodera al Dr. Ángel Lercaro, abogado, v.º de la isla, para que en su nombre se obligue en la fianza que el obispo de Coria ha ofrecido dar en razón de lo pedido  por parte del obispo  de Canarias “sobre lo deteriorado que pre- tende  en las casas obispales y güerta del Carrizal que son de la meza epis- copal”, en el tiempo que el obispo de Coria lo fue de Canarias y de las pen- siones que en su tiempo  debió de pagar, sobre lo cual se trata pleito”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1567 Octubre 24.
Durante su estancia en estas fechas en la rada de Santa Cruz de Tenerife el mecader en esclavos, corsario y pirata John Hawkins entregó a Diego de Payba una sortija con su sello para que, trasladándose a La Laguna, hiciese donación de ella al beneficiado de la iglesia de Los Remedios, su antiguo amigo Pedro Soler, advirtiéndole que con tal señal le sería franqueada al día siguiente la entrada en su buque almirante.

El 24 de octubre Pedro Soler descendió, cabalgando en mula, desde la ciudad capital a Santa Cruz, y muy ufano de la distinción que le dispensaba el pirata, fue mostrando a cuantos con él se cruzaban el anillo de Hawkins. Una vez en el puerto fue directo Soler a buscar a su colega Mateo de Torres y, puestos de acuerdo, los dos sacerdotes se trasladaron en la barca del marinero Salvador Rodríguez al navío almirante para entrevistarse con el pirata. Soler advirtió de su presencia a la guardia del buque, mas retrasándose Hawkins en comparecer, dio a uno de los cabos el anillo del pirata y al instante apareció sobre cubierta Hawkins, sonriente y afable, saludando con cariño a los clérigos. Introducidos Pedro Soler y Mateo de Torres en su propia cámara, departió amable con ellos, mostrándose compadecido por las pérdidas materiales que había sufrido el beneficiado de La Laguna en el incendio de su morada, sólo comparables -le dijo-a las que él padecía por la "desaparición de 44 navios en la mar", no obstante que él, resignado con los altos designios de la Providencia, "daba gracias a Dios por ello".

Hawkins se ofreció con sus propios medios a contribuir a levantar la vivienda de su amigo el clérigo tinerfeño, y éste, emocionado, le respondió "que el no podía recebir cosa ninguna y que conocía que le venia de la mano de Dios" el ofrecimiento. Todavía John Hawkins quiso obsequiar a Pedro Soler regalándole una silla de montar para su mula, pero éste se resistió de nuevo, no sin antes repetirle "que le besaba las manos" en señal de eterno reconocimiento.

Los dos clérigos fueron conducidos a tierra por los ingleses, y Hawkins, antes de partir, se despidió de Soler, advirtiéndole que le esperaba en su navío para el día siguiente.

Pedro Soler pasó aquella noche en Santa Cruz de Tenerife; mientras, enterados de la entrevista, el gobernador y los capitanes departían acaloradamente sobre las extrañas relaciones del arriscado pastor de almas con el lobo británico, a quien consideraban "excomulgado" ipsofacto por la manera y las palabras con que se había conducido delante del pirata.

Aquella noche también, Como las anteriores, las milicias hicieron guardia en el puerto, mientras el gobernador Vélez de Guevara (que ya había perdido toda esperanza de capturar al corsario para ofrecérselo como presente a Felipe II) no salía de su extrañeza al contemplar cómo los navíos, una vez aprovisionados de todo lo que demandaron, permanecían en aquella absurda actitud de espera, sin alzar velas en prosecución de su travesía.

Por su parte, Hawkins veía embargado su espíritu por dudas más terribles. Los tres navíos restantes, a los que había dado cita en el puerto tinerfeño, continuaban al cabo de dos días sin aparecer, y ya cabía pensar si habrían desistido de la empresa o sucumbido a la tempestad, cuando el Minion con el William and John y el Swallo arribaban-ignorándolo Hawkins.-al puerto de San Sebastián de La Gomera. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)

1567 Octubre 29.
El célebre pirata inglés John Hawkins ya citado, se presentó. en el puerto de Santa Cruz de Tenerife con su flotilla en 23 de Octubre de 1567, y marchó el 28 saludando a la plaza, y entre las salvas, por error, hizo algunos disparos sobre las casas de la población; marchó hacia San Sebastián de la Gomera donde llegó el 29 siguiente y allí encontró grandes facilidades por parte del Conde de la Gomera, y el Gobernador Alonso de Espinosa le invitó a comer en su casa a pesar de que los marineros se entregaron en la Villa a excesos contra la religión católica: como despedida, John Hawkins dio un banquete en el Jesús of Lubeck en honor del Conde, al que asistió lo más selecto de la sociedad gomera, zarpando el 4 de Noviembre hacia la Guinea.

1567 noviembre 23.
ARRENDAMIENTOS DE AGUA EN LA ACEQUIA REAL DE AGUATONA.  Agüimes.  “Francisco Martín, labrador,  v.º de esta villa, arrienda  a Blas de Trejo, v.º de la misma villa, una suerte  de agua de la de Sancho Martín de Cáliz, difunto, en la acequia real de Aguatona, por tiempo  de un año que comen- zó a correr desde 28 de octubre  de este año, que es dos días y dos noches conforme al repartimiento de la dicha acequia, que entran por sus dulas, por precio de 7 doblas pagadas en esta manera: la mitad por San Juan de Junio de 1568  y la otra mitad por fin del arrendamiento; por cuenta de la primera mitad, ha recibido  8 reales.

TS.: Martín  Asensio, Juan Álvarez y Jorge González,  vs. de esta villa.- Francisco Martín.-A  ruego y por testigo, Martín Asensio.”

“Francisco Martín,  labrador,  v.º de  esta  villa de  Agüimes, arrienda  a Martín González, v.º de esta misma villa, una suerte de agua en la acequia real de Aguatona, que es el agua de los herederos  de Sancho Martín de Calis [o “Cádiz”], difunto, que la acequia la tiene y posee la acequia, por tiempo de un  año  que  corre  desde  hoy, que  son dos días y dos noches  conforme  al repartimiento de la acequia que entra por sus dulas, por precio de 7 dbs., la mitad por San Juan de 1568  (en cuya cuenta ha de recibir 6 reales) y la otra mitad al final del arrendamiento.

TS.: Martín Asensio, Juan Álvarez y Jorge González, vs. de esta villa.- A
ruego y por testigo, Francisco Martín.”

“Francisco Martín,  labrador,  v.º de  esta  villa de  Agüimes, arrienda  a Alonso López, v.º de esta misma villa, una suerte de agua en la acequia real de Aguatona, que  es de la que  tienen  los herederos  de Sancho  Martín  de Calis [o “Cádiz”], difunto, y el otorgante  tiene y posee la acequia, por un año que empieza a correr desde 8 de diciembre  de este año, que son dos días y dos noches conforme  a su repartimiento,  por precio de 7 dbs., la mitad por San Juan de 1568 (en cuenta recibirá media fan. de trigo o su valor en dinero de contado) y la otra mitad al fin del arrendamiento.
TS.: Blas de Trejo, Juan Álvarez, Jorge González, vs. de esta villa.- Alonso
López.- Francisco Martín.”

“Francisco  Martín,  labrador,  v.º de  esta  villa de  Agüimes, arrienda  a Francisco Rodríguez, labrador, v.º de la ciudad de Telde, una suerte de agua de la acequia real de Aguatona, que es del agua que quedó de Sancho Martín de Calis [o “Cádiz”], difunto, y que ahora posee el otorgante, por tiempo  de un año que corre desde 10 de octubre  de este año, que son dos días y dos noches, conforme al repartimiento de la acequia, que entra por sus dulas, por precio de 7 dbs. pagaderas por agosto de 1568.
TS.: Blas Francisco, Sancho Vélez y Lucas de Zamora, vs. de esta isla.- Francisco Rodríguez.- Francisco Martín.”

“Francisco Martín, labrador, v.º de esta villa de Agüimes, arrienda a Juan Álvarez, v.º de esta villa, una  suerte  y media de agua en la acequia real de Aguatona, que son tres días y tres noches conforme  a su repartimiento,  que es del agua que quedó  de Sancho  Martín  de Calis [o “Cádiz”], difunto,  en dicha acequia, y que al presente  posee el otorgante  por maravedíes que le debía el difunto,  por tiempo  de un año que corre desde mañana  día 24, y por precio de 10 dbs. y media pagaderas por agosto del año que viene.
TS.: Sancho Vélez, Lucas de Zamora, Francisco Rodríguez, herrador, vs. de esta isla.- A ruego y por testigo, Sancho Vélez.- Francisco Martín.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1567 diciembre 7.

ARRENDAMIENTO DE MEDIA SUERTE DE AGUA EN LA ACE- QUIA REAL DE AGUATONA.  Agüimes. 
“Francisco Martín, vecino de esta villa de Agüimes, arrienda a Andrés Hernández,  v.º de la misma villa, media suerte de agua en la acequia real de Aguatona, que es de la que tienen  los herederos  de Sancho Martín de Calis [o “Cádiz”], difunto,  en dicha  acequia, y que posee ahora  el otorgante  por tiempo de un año que corre desde 11 de este mes, y por precio de 3 doblas pagadas por fin del arrendamiento.
TS.: Francisco  Espino,  Pedro  del Pozo  y Luis de Placeres, vs. de esta villa..- Francisco Martín.- A ruego y por testigo, Francisco Espino.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1567 diciembre 15.

DECLARACIÓN DEL ALCALDE MARTÍN DE MIRELES EN EL INGENIO  DE AGÜIMES SOBRE INVENTARIO DE BIENES DEL DIFUNTO  JUAN GONZÁLEZ.  Ingenio. 
“En el ingenio  de  Agüimes que  es en  la isla de  la Gran  Canaria  en quince dias del mes de diciembre  año de mil e quinientos  e sesenta e uno, este dia el señor alcalde Martín de Mireles por su señoría reverendísima  dijo es público y notorio  que Juan González, vecino de esta villa de Agüimes, es difunto  habrá  cuatro  días que  murió  ab intestato  sin hacer  testamento ni otra memoria  valida e dejó cinco hijos e hijas e por los menores  e porque ahora y en todo tiempo  los bienes raíces e muebles  e semovientes derechos e acciones quedaron  e fincaron del dicho Juan González e de Beatriz López, su legítima mujer difunta, padres legítimos de los dichos menores  de legíti- mo  matrimonio e vino  a la casa principal  a donde  murió  el dicho  Juan González,  la cual estaba cerrada  con  su llave e abierta  con  ella se hizo  el inventario  siguiente:

Primeramente,  las dichas casas e otra casilla que linda con ella, que por abajo  lindan  con  casas de  Manuel  Hernández e por  arriba  con  solar  de Rodrigo Alvarez y por la delantera  el camino que va a Telde.
Ítem un pedazo de parral de sequero sin agua, sin fruto de presente, que linda por parte de arriba con parral de Juan Martín Castellano e por parte de abajo con parral de Francisco Díaz.
Ítem sesenta fanegadas de tierras hechas e por hacer en la costa que es en el término  de esta villa.
Ítem en un cabo de las dichas tierras sembrado  cuatro fanegas de trigo de sembrado  poco más o menos.
Ítem tres vacas mayores e una becerra e un becerro.
Ítem una cueva con su puerta y cerradura con la tierra que le pertenece. Ítem  dos  cajas de  palo  con  sus cerraduras  e la una  con  su llave fue
abierta y se halló dentro  lo siguiente:
Ítem unos  manteles  caseros mediados,  un  escobilla de limpiar  ropa e un peine de hueso.
Ítem una mediana  con su barzón  y unas tijeras y un carrillo viejo
Ítem fue abierta la otra caja y se halló lo siguiente: Ítem una capa negra vieja.
Ítem una almohada  labrada de grana roja llena de lana.
Ítem  una  sanefa labrada  de grana [roto] medio  usada  terna  un  xemo [sic] de anchura e dos [roto] complidor  poco más, una almohada  vacía labra- da de grana ya más de media usada.
Ítem una sobrevara vieja con sus flocaduras de ruan. Ítem una flocadura blanca ya vieja de cielo de cama.
Ítem dos pañuelos caseros mediados; Item unas tiras de una almohada viejas; ítem  medio  ovillo de hilo  de bala; ítem  una  tacilla de estaño  vieja; ítem, un _ de metal; ítem una red usada con sus aparejos de tomar cosa; ítem una silla de palo vieja e dos usadas viejas con sus cabos; ítem dos bancos de cama; ítem un pedazo de tabla vieja de pino; ítem una espada desguarneci- da; ítem, otro pedazo de tabla de palma; ítem tres espuertas de echar tierra; ítem una soga de lines e otros dos pedazos de sogas, una de cáñamo y otra de esparto; ítem una xaqueta e unos calzones azul viejos; ítem una caldera de vaso vieja; ítem un cesto yatrando de hoja de palma vieja; ítem un candelero de azofar; ítem una aguijada con su arrejada; ítem una de calteradera [sic] de cama de lienzo pintada, viejo; ítem, un podón  viejo de podar e un asadero de hierro viejo; ítem, un lebrillo viejo mediano.
Ítem, un colchón medio usado con su caña e una al[roto] con su lana, un camisón medio usado, un jubón más de medio usado e un paño de rostro de manos de red viejo; ítem, otro camisón usado; ítem, dos sábanas viejas pequeñas y remendadas  viejas; ítem, unos  zapatos  casi nuevos; ítem, un pedazo  de tea para alumbrar; ítem, un azadón con su yngo con frontiles [sic] e coyundas, una azuela con su cabo.
E luego fue abierta la otra casilla e se halló dentro  lo siguiente: Primeramente,  cuatro  botas de vino por relinchar  dos cabras, son suyos;
ítem, un látigo sin barzón; ítem, una botija grande perulera  con una poca de miel de abejas; ítem, una barrenilla; ítem, seis cabos de azada nuevos; ítem, seis sábanas grandes; ítem, tres fanegas de trigo en el granel de Juan de Ávila en poder de Gonzalo Pérez; ítem, dos fanegas y media que dijo Francisco Díaz que están en Telde; ítem, un almocafre viejo de huerto. Testigos que fueron y se hal- laron presentes  a todo lo que dicho es Hernando Alonso e Juan Fernández  e Diego Alonso, vecinos de esta villa.
El luego el dicho  señor  alcalde dijo que  protesta  hacer  más inventario apareciendo  más bienes  del dicho  Juan González,  e apareció  un  tornillo  de hierro e un garabato de hierro. Testigos, los dichos.
En dos días del mes de enero de mil e quinientos  e sesenta e dos años ante mí el dicho escribano público, el señor alcalde hizo aparecer ante sí personal- mente  ante  sí a Francisco  Díaz  e le preguntó  si es cuñado  del dicho  Juan González, casado legítimamente  con su hermana, el cual dijo que sí, e luego el dicho señor alcalde dijo que porque el dicho Juan González dejó por sus hijos legítimos  habidos  con  Beatriz López, su legítima  mujer, dejaron  cinco hijos pupilos menores, e porque conviene a los dichos menores e a sus bienes que el dicho Francisco Díaz [roto] por ser hombre  honrado  de buena cuenta e razón se encargue de los dichos menores  e de sus bienes, le manda, so pena de diez mil marevedíes  para la Cámara de Su Señoría Rama se encargue  de la dicha tutela. Sigue la aceptación de Francisco Díaz de la tutela de los cinco menores (Juan, el mayor; Isabel, Francisco,  Lucía  y Damiana).  Presenta  por  fiador  a Gaspar Afonso, vecino de la villa de Agüimes. TS.: Juan Martín  Castellano  e Rodrigo Álvarez, vecinos de la villa de Agüimes. Firman: Martín  de Mireles, Francisco Díaz, Rodrigo Álvarez, Juan Martín.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


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