1843 enero 27.
Falleció en Santa Cruz de
Tenerife, su ciudad natal, a los sesenta
y ocho años de edad, rodeado de su familia y de numerosos amigos, don José
Martinón Hernández.
El doctor don José Hilario Martinón Hernández
Bachiller en Derecho Civil por la Universidad de Sevilla
recibió el grado en 28 de mayo de 1804. Licenciado y doctor en Sagrados Cánones
por la de Osuna en 11 y 21 de mayo de 1806, respectivamente. Catedrático de
Sagrados Cánones de la
Literaria de San Fernando de La Laguna. Recibido
como letrado por la
Real Audiencia de Canarias el 20 de octubre de 1812.
Prebendado de la Santa
Iglesia Catedral de San Cristóbal de La Laguna. Provisor ,
vicario y gobernador eclesiástico interino de la diócesis nivariense, sede
vacante, desde el 10 de octubre de 1820, cargo que le fue confirmado en
propiedad el 23 de marzo de 1822 y que ejerció hasta el 25 de septiembre de
1824, fecha en que fue destituido por haber publicado la Carta Pastoral de
16 de septiembre de 1822 en la que reconocía la Constitución. Juez
de la Santa Cruzada.
Examinador sinodal. Socio Honorario de la Academia de las Bellas Letras de Sevilla.
Incorporado al Ilustre Colegio de
Abogados de la Real
Audiencia de Canarias, presentó la prescriptiva información
de limpieza de sangre el 27 de octubre de 1812 [1]. Fueron nombrados
comisionados para esta información los licenciados don Francisco Penichet
Carreras y don Marcial Delgado. Entre los testigos que depusieron en el
interrogotario figura don Graciliano Afonso, canónigo doctoral, quien
preguntado, respondió:
A la primera, que conoce al doctor don José Hilario Martinón y sus
padres, naturales y vecinos del puerto de Santa Cruz.
A la segunda, que por oidas sabe que sus abuelos por parte de padre y
madre lo fueron los mismos que resultan del árbol y del interrogotario.
A la tercera, que por conocimiento del pretendiente, sus padres, y por
oídas de sus abuelos, sabe que todos son limpios de mala raza, sin nota de
clase alguna, y asegura que es una familia blanca y decente de aquella Isla,
pues de lo contrario no se le ocultaría al declarante, ni el pretendiente
obtenido el alto ministerio del sacerdocio.
A la cuarta, que por la misma razón sabe que ni el pretendiente, ni sus
padres ni abuelos, hayan tenido ni ejercido ahora ni en tiempo alguno, oficio
ni ministerio vil y mecánico y menos decente que pueda oponerse a la profesión
de abogado y responde.
A la quinta, que todo cuanto deja dicho lo sabe y le consta por público
y notorio, pública voz y fama, común opinión en todos sin cosa en contrario,
así lo dijo y firmó. Licenciado don Graciliano Afonso. Licenciado Carreras.
Licenciado Delgado.
Nació en Santa Cruz de Tenerife
el día 11 y fue bautizado el 13 de enero de 1775 inmediato en la parroquia de
Nuestra Señora de la
Concepción. Fueron sus padres, don José Francisco Martinón,
nacido el día 23 y bautizado el 24 de diciembre de 1746 en la referida
parroquia, y doña Paula Hernández Delgado,también natural del citado puerto y bautizada en su
iglesia matriz el 18 de junio de 1756 [2]. Abuelos paternos, don Honorato Pedro
Martinón [3] y doña Teresa Bayle [4], originarios, el primero de Le Cassette, y
la segunda de la villa de Le Monestier de Briançon, ambas localidades a una
distancia entre sí de un cuarto de legua y situadas en el antiguo Delfinado, en
la actualidad pertenecientes al departamento de Hautes-Alpes, Francia, donde
casaron el día 4 de julio de 1736. Maternos, Hilario Bernardo Hernández
Machado, condestable del castillo de San Cristóbal, y su mujer, María Antonia
Delgado Perdomo, naturales de La
Laguna.
En un artículo inserto en El Ramillete de Canarias, en1866 [5],
publicado sin firma, pero al parecer debido a la pluma de don José Desirée
Dugour, o a la de su hijo don Alfonso Dugour y Ruz, fueron recogidos los
siguientes datos biográficos del doctor Martinón:
Este célebre canonista nació en esta ciudad el 11 de enero de 1775.
Dedicándole sus padres a la carrera eclesiástica, estudió desde luego latinidad
y después pasó a Sevilla en donde se distinguió en exámenes. Ingresó después en
la Universidad
de Osuna en donde adquirió fama no solo por sus vastos conocimientos
teológicos, sino también en jurisprudencia eclesiástica y civil.
Cuando se estableció la
Universidad de San Fernando de La Laguna , fue nombrado
catedrático para la enseñanza de Sagrados Cánones.
Hallándose en Sevilla tuvo tratos de amistad con nuestro célebre
compatriota Ruiz Padrón que después fue nombrado Diputado a Cortes, y aún tomó
parte con este en ciertas disensiones relativas a la abolición del Tribunal de la Inquisición , que se
publicaron bajo un nombre supuesto.
En 1822, era Provisor, Vicario general Capitular y Gobernador del
Obispado de Tenerife, sede vacante.
Al proclamarse por Decreto de las Cortes del Reino de 13 de julio de
dicho año, la necesidad de que el Clero apoyara la Constitución de la Monarquía , el señor
Martinón publicó una carta pastoral en 16 de septiembre de 1822, que fue
impresa en la Ciudad
de La Laguna
por don Juan Díaz Machado, en la que exhorta vigorosamente a los fieles a
sostener este sistema político. Reseña de una manera clara y concisa, con gran
acopio de razones, todos los artículos de aquella Ley fundamental que se
rozaban con la religión, como son: la supresión del Tribunal del Santo Oficio,
la extinción de los monasterios, etc.
En 1823 publicó otra pastoral relativa al restablecimiento del Gobierno
monárquico y en 1824 dio otra al público para que se guardara obediencia al Rey
Fernando vii.
El señor Martinón aunque de ideas avanzadas, no podía echar en olvido
el cumplimiento de su deber, como cabeza del Clero en esta Diócesis, y ante
todo, siendo hombre de orden, tenía por principio que la obediencia a los
poderes constituidos era el primer deber; por eso obraba en sus escritos según
las circunstancias políticas lo requerían.
El señor Martinón, una de las glorias literarias y eclesiásticas de
nuestra extinguida Universidad, se mostró siempre digno del augusto carácter y
del alto puesto que regentara, durante una época difícil y fecunda en graves
compromisos. Entregado siempre al estudio y a la defensa de sus clientes como
abogado, no aspiró nunca después a otra jerarquía a la que pudo haberle llamado
su aptitud y el desempeño de sus funciones eclesiásticas. Al contrario, pasó el
resto de su vida conforme con su modesta dignidad capitular.
En fin, después de una gloriosa carrera en la Enseñanza , en la Cátedra de San Pedro y en
el foro, falleció en Santa Cruz de Tenerife, su ciudad natal, el 27 de enero de
1843 a los sesenta y ocho años de edad, rodeado de su familia y de numerosos
amigos.
Había testado don José Hilario en
La Laguna ,
ante el escribano Domingo Quintero y Párraga, en 1833 [6].
Relación de los Títulos, Méritos, Grados y Ejercicios
Literarios
del Doctor Don José Hilario Martinón y
Hernández.
Presbítero, Catedrático de Sagrados Cánones en la Universidad de Can
Cristóbal de La Laguna en
la Isla de
Tenerife.
Por testimoniales expedidas en
siete de mayo del año de mil ochocientos veinte y seis por el reverendo obispo
de Tenerife, consta que el expresado don José Hilario Martinón es hijo
legítimo, natural de la villa de Santa Cruz de Santiago, en aquella diócesis,
de edad de cincuenta y un años.
Que es presbítero desde el año de
mil setecientos noventa y nueve, con licencias absolutas de celebrar, predicar
y confesar a personas de ambos sexos, absolver de los casos reservados a aquel
señor Obispo, habilitar incestuosos al uso del matrimonio, aplicar la
indulgencia plenaria a los moribundos, y bendecir toda especie de paramentos
destinados al altar y sacrificio.
Que fue colegial pensionista en
el seminario conciliar del obispado de Canarias, antes de su desmembración, en
el que cumplió todas las obligaciones que se le encargaron, y manifestó buena
conducta, así moral como literaria, en cuyo seminario estudió cuatro cursos de
Filosofía, a saber, Lógica, Metafísica, Física y Ética, cumpliendo con todas
las obligaciones de un buen estudiante.
Que cursó en dicho seminario
cuatro años completos de Teología: en el primero Lugares teológicos, en el
segundo Dogma, y en tercero y cuarto Teología Moral. Asistió a las clases con
particular celo y aprovechamiento, y en los actos de conclusiones defendió
varias, y replicó en otras, en observancia del método y constituciones
aprobadas por S. M. para el citado seminario, y sacó la nota de sobresaliente
en los exámenes generales que sufrió al fin de cada curso por los examinadores
nombrados por el Ilustrísimo señor Obispo diocesano, cuyos estudios incorporó
en la Real
Universidad de Sevilla.
Que hizo oposición a una de las
cátedras del referido seminario, para la que leyó por espacio de media hora con
puntos de veinte y cuatro sobre la materia y conclusión que le dió la suerte, y
fue «Que los príncipes seculares y la Iglesia pueden imponer penas a sus súbditos, que
obligue en el fuero de la conciencia» respondió a los argumentos que le
pusieron sus coopositores, de media hora cada uno, a quienes replicó en iguales
términos, cuiyos ejercicios le fueron aprobados por el señor Obispo diocesano,
con los consultores nombrados del Cabildo de aquella Iglesia.
Que en quince de octubre de de
mil ochocientos se le confirió el empleo de Vice-Rector del mencionado
seminario, que desempeñó por espacio de once meses; y atendiendo a sus buenas
prendas, suficiencia y virtud, se le confirió por el mismo señor obispo el
servicio del medio beneficio curado de la ayuda de parroquia de nuestra Señora
del Pilar de dicha villa de Santa Cruz, con comisión para establecer, ordenar y
poner en uso la citada ayuda de parroquia, segun el plan aprobado por S. M.
Que en la universidad de Sevilla
estudió el Derecho Civil Romano, y en veinte y ocho de mayo de mil ochocientos
cuatro recibió el grado de bachiller en esta facultad a claustro pleno, cuyos
ejercicios le fueron aprobados por el mismo claustro nemine discrepante.
Que siguió su carrera, y estudió
el Derecho Canónico, Derecho Real, Recopilación y Partidas, según el plan de
estudios aprobado por S. M.
Que en mayo de mil ochocientos
seis fue recibido por uno de los individuos de la Real Academia de
bellas letras de la ciudad de Sevilla, en clase de honorario, habiendo
practicado antes los ejercicios de estatuto.
Que en once y veinte y uno de
mayo de mil ochocientos seis, recibió en la universidad de Osuna los grados de
bachiller, licenciado y doctor en Sagrados Cánones, habiendo ejercitado todos
los ejercicios literarios, que le fueron aprobados por el claustro nemine
discrepante.
Que en catorce de mayo de mil
ochocientos siete fue nombrado examinador sinodal del obispado de Canarias.
Que en mayo de mil ochocientos
nueve se le confirió por el Ilustrísimo señor obispo diocesano el título de
vicario, juez eclesiástico de ausencias y enfermedades de la referida villa de
Santa Cruz y su partido, y en agosto del mismo año obtuvo dicho empleo en
propiedad por muerte del doctor don Antonio Isidro Toledo, siendo de advertir
que los vicarios en las islas Canarias conocen, sentencian y ejecutan sus
sentencias en todo lo civil, menos en las cuatro causas mayores, en las que
solo tienen lo preventivo, destino que desempeñó con celo, exactitud y pureza
hasta octubre de mil ochocientos veinte, que fue trasladado de Santa Cruz a
aquella ciudad de San Cristóbal para desempeñar la cátedra de Cánones y el
provisorato.
Que habiéndose presentado a
examen en el colegio de abogados, y posteriormente en el Real acuerdo de la Audiencia de aquellas
islas, fueron aprobados sus actos nemine discrepante, y en su consecuencia en
mil ochocientos doce fue recibido por abogado de la citada Audiencia, e
incorporado en el colegio el mismo año.
Que en enero de mil ochocientos
diez y siete incorporó sus grados en Derecho civil y Canónico en la Real Universidad
de San Fernando de aquella ciudad de San Cristóbal de La Laguna :
Que en la epidemia que afligió a
la villa de Santas Cruz el año de mil ochocientos diez socorrió a los
hospitales y enfermos necesitados con un donativo de cuatrocientos pesos
corrientes, haciendo además frecuentes desembolsos en favor de estos
desgraciados.
Que en agosto de mil ochocientos
diez y ocho fue comisionado por el Cabildo catedral de aquella diócesis en sede
vacante, y antes de la desmembración del obispado, para que en su
represcntacion asistiera a la junta del repartimiento y estadística de la villa
y partido de Santa Cruz, según lo prevenido en el número cuarto de la Real Orden de treinta
de noviembre de mil ochocientos diez y siete, y posteriormente por oficio de
diez y ocho de enero de mil ochocientos diez y nueve, se le comisionó
igualmente por el antedicho Cabildo para que en su representación asistiera a
la junta de provincia para la exacción de la contribución general establecida
en dicha villa de Santa Cruz, cuyas graves comisiones aceptó y desempeñó con
exactitud en obsequio de S. M.
Que en seis de junio de mil
ochocientos veinte le nombró el Cabildo catedral de aquella nueva diócesis de
Tenerife abogado consultor y director de los negocios que se ofreciesen,
especialmente en los primeros años de la instalación de aquella iglesia
catedral; encargos que ha desempeñado a satisfacción, triunfando siempre de los
ataques que en diversas épocas se han promovido contra aquel nuevo establecimiento,
habiendo cedido la renta de dos años, que importó ochocientos pesos corrientes,
a favor de los gastos hechos para la instalación de la nueva catedral, por lo
cual el Cabildo le dió las debidas gracias.
Que persuadidos los doctores don
Pedro José Bencomo, deán de aquella Iglesia , y el marqués de Villa-nueva del
Prado, especiales comisionados por S. M. para el establecimiento de la
universidad de San Fernando de aquella ciudad, de su literatura y conducta
moral, religiosa y política, y teniendo además en consideración su amor y
fidelidad al Rey nuestro Señor, le nombraron catedrático de Derecho Canónico; y
con este motivo pasó desde Santa Cruz de Santiago, su patria, a aquella ciudad
de la Laguna ,
y en su consecuencia ha enseñado en dicha universidad tres cursos completos,
uno de las Instituciones del Derecho Canónico, otro de la historia del Derecho
Real, y el tercero de Derecho Real de España, regentando además la cátedra de
Cánones desde diez y ocho de septiembre de mil ochocientos veinte y tres, hasta
cuatro de diciembre del mismo año, en que se dió punto a las enseñanzas de
orden de dichos señores comisionados, resultando que en las enseñanzas
referidas en las diversas épocas que las ha desempeñado, ha correspondido a la
confianza que de él se ha hecho, haciéndose digno del aprecio de sus
compañeros, de sus discípulos, y del público, por su notoria literatura,
prudencia y trato dulce.
Que habiéndose abierto de nuevo
la dicha Universidad de orden de S, M. el mes de octubre de mil ochocientos veinte
y cinco, fue llamado el doctor Martinón por el actual prelado, y los expresados
comisionados regios, atendidas las circunstancias que le recomiendan, para
desempeñar la cátedra de sagrados Cánones, como efectivamente la desempeña en
la actualidad con la mayor aceptación.
Que asimismo fue nombrado por el
claustro de la expresada universidad de San Fernando individuo del tribunal de
censura y corrección, con sujeción al artículo doscientos setenta y siete del
título treinta del plan de estudios de catorce de octubre de mil ochocientos
veinte y cuatro, como también indiciduo de su Junta de Hacienda.
Que por las mismas
consideraciones fue nombrado provisor, vicario general, y gobernador interino
de aquella diócesis de Tenerife en la última sede vacante, cuyo nombramiento
obtuvo en diez de octubre de mil ochocientos veinte del doctor don Pedro José
Bencomo, que lo era en propiedad, con acuerdo y aprobación del Cabildo
Catedral, y habiendo renunciado dicho empleo el expresado deán don Pedro José
Bencomo, a causa de sus notorias enfermedades, le eligieron y nombraron en
propiedad en veinte y tres de marzo de mil ochocientos veinte y dos en la forma
canónica, sin más reservas que las que son de ley, cuyo empleo desempeñó desde
diez de octubre de mil ochocientos veinte, hasta veinte y cinco de septiembre
de de mil ochocientos veinte y cuatro con exactitud, acierto, desinterés y
rectitud, amado de los eclesiásticos sus súbditos, y demás fieles, a quienes
inspiró siempre del modo que le fue posible, según las circunstancias, la paz y
la caridad, manteniendo y fomentando el amor y fidelidad al Rey nuestro Señor,
y contribuyendo de una manera eficaz al orden, y a evitar la anarquía en
aquella diócesis.
Que no consta que en ninguna de
las épocas del gobierno revolucionario perteneciese, ni asistiese a las juntas
llamadas patrióticas, antes por el contrario las miró con desagrado.
Que nunca ha pertenecido a
sociedades secretas, como lo prueba el hecho notorio de no haberlo jamás
marcado la opinión pública como individuo de semejantes asociaciones, contra
las cuales ha declamado, y especialmente en la enseñanza de su cátedra, según
se halla informado aquel Prelado.
Que en ningún tiempo ha
contribuído directa ni indirectamennte a las rebeliones ni trastornos ocurridos
en
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