ÉPOCA COLONIAL: SIGLO XVI
DECADA 1551-1560
CAPITULO XXXV
Guayre
Adarguma Anez’ Ram n Yghasen
1557. Nada mas exacto, que lo
que antes hemos indicado, respecto á la inalterable tranquilidad del país, en
los años que siguieron al tercer auto de fé.
El
ensayo les había salido muy caro, y como los herejes suponían que Dios oye á
todos, en cualquier idioma que se le invoque, se resolvieron por último á
aceptar la religión del país dominante, creciendo su fervor, medida que el ojo inquisitorial, se fijaba
con más empeño sobre ellos.
Esto no obstante, Padilla, aunque
lentamente, no olvidaba sus
sagradas obligaciones. Inquiríase sin descanso en las siete Islas, y
especialmente en la de Canaria, siendo los moriscos los que suministraban mayor
número de sospechosos,
En Las Palmas se les había señalado un barrio aparte, para
que viviesen los libertos, conservándose todavía la denominación de calle de los moriscos, á una de las del barrio de
Triana, aislada entonces, cuando aquella área de la Ciudad estaba aun desierta.
Pero, es indudable, que el paraíso de Mahoma tenia para ellos mas encantos, que
terror les inspiraba el infierno judéo-cristiano,
porque vemos, que en el cuarto auto de fé, que tuvo lugar en 1557, hubo diez y
siete relapsos, de los cuales quince eran moriscos.
A los
veinte y tres años del tercer auto se resolvió al fin D. Luis de
Padilla á celebrar el cuarto, aunque siempre con el disgusto de no poder
ofrecer á los verdaderos fieles el
espectáculo de un hereje, quemado vivo en la
hoguera.
Los
diez y siete relapsos habían encontrado medio de escapar, y solo quedaba el
recurso de quemar su efigie, en estatua: Recurso elocuente, pero ineficaz, para
infundir un saludable espanto en las almas.
Sea como fuere, el viejo Inquisidor no quiso demorar
por más tiempo la piadosa
ceremonia, y en el dicho ano de 1557, celebró, con
el ceremonial que ya hemos sucin-
tamente descrito, un nuevo auto de fé, en el que
aparecieron las estatuas de los diez
y siete relajados, cuyos nombres, según resulta de
la relación de sus causas, y de sus
Sambenitos, son los que a continuación copiamos.
Agustin Hernández, guanche, vecino de Tenerife.
Andrés Suárez, morisco, vecino de Canaria.
Francisco Martín, morisco, natural de Canaria.
Hernando de Betancort, morisco, natural de Canaria.
Juan Pacheco, morisco, natural de Canaria.
Juan de Lugo, morisco, natural de Canaria.
Juan Bautista, morisco, natural de Canaria.
Juan de Casal1as, morisco, arcabucero, vecino de
Canaria.
Juan de León, Garbanzero, morisco, vecino de
Canaria. .
Juan, morisco, criado de Carrusco, vecino de
Canaria.
Juan Berriel, morisco, vecino de Canaria.
Julián Cornielis Vandik, flamenco, vecino de la Palma.
Luís Hernández, morisco, vecino de Canaria.
Pedro de Salinas, de Gáldar, morisco, vecino de
Canaria.
Todos estos reos fueron condenados, según decía su
sentencia, por sectarios de
Mahoma, excepto el flamenco, que lo fue por herejía
de Lutero; y como no estaban
presentes, sus estatuas se entregaron al brazo
seglar, para que, arrojadas en la hoguera, las consumiese el fuego.
Pocos eran también los reconciliados, que en ese
auto salieron a la vergüenza pú-
blica, siendo sus nombres:
Francisco de Valera, vecino de Canaria.
Juan Afonso, cristiano nuevo de moro, vecino de la Palma.
Miguel González, cristiano nuevo de moro vecino de Daute en Tenerife.
y Pedro, morisco, esclavo de Cebrian de Torres:
vecino de Canaria.
Excepto Miguel González, que se le procesó por la
secta de Calvino, los demás lo
fueron por seguir también la religión. De Mahoma.
No tenemos de este auto más noticias; aunque es de
suponer hubiese un número
mayor de penitenciados, porque éstos eran los reos
condenados á penas inferiores.
1557 Enero 19.
Desde la metrópoli la princesa
gobernadora Dña. Juana concede el título de regidor al colono criollo Niculoso
de Ponte.
Este mismo Niculoso de Ponte,
hallándose en la corte española dos años más tarde, gestionó, mediante el
donativo de 750 ducados, la conversión de la regiduría de su padre en perpetua "por juro de heredad, para vos e
vuestros herederos e sucesores", como reza el titulo original que
obtuvo, sin mayores dificultades, el 22 de marzo ,De 1559. Esta regiduría
.quedó incorporada al mayorazgo fundado por Pedro de Ponte y Catalina de las
Cuevas el 15 de abril de 1567, en presencia del escribano Juan López de
Azoca.
Muerto Pedro de Ponte en los
primeros días de 1569, reclamó un traslado del titulo para obtener la
confirmación real su hijo primogénito Niculoso, fallecido a los pocos meses, en
1570, sin poder disfrutar la regiduría. Entonces su viuda, Ana de Vergara,
obtuvo certificación de todo ello, el 22 de febrero de 1570, en defensa de los
intereses de su hijo primogénito Pedro.
En julio de 1575 pretendió su
ejercicio Juan Benítez de las Cuevas, en nombre de su sobrino nieto Pedro de
Ponte y Vergara (hijo de Niculoso y nieto de Pedro de Ponte y Vergara) mientras
durase su menoridad. El Cabildo se lo otorgó en 11 de julio de dicho año.
De todo esto se deduce que por la
fecha indicada ya había fallecido Niculoso de Ponte y Cuevas, a quien
Bethencourt prorroga la vida hasta 1591 (tomo VII, pág. 161). Pedro II de Ponte
y Vergara no tomó posesión personal de su regiduría perpetua hasta el 31 de
enero de 1581. (En: A. Rumeu de Armas, 1991, nota a pie de página)
1557 Abril 23. Sepan quantos esta carta vieren como yo
mar RRibero portugues estante en esta ysla de la gran canaria otorgo
e conosco por esta presente carta que doy todo mi poder cunplido que
pedr se RRequiere a blas denis çapatero y a miguel antunas y a diego alvarez
portugues y y a manuel alvarez portugues a voos quatro juntamyo a quaquier
dellos ynsolidun espeçialmente para que por mi y en mi nonbre puedan pedir y
demandar RReçibir aver y cubcar ansi en juio como fuera del todos y
qulesquier mrs y otras qulesquier cosas que me sean devidas en esta ysla por
contratos alvaes sobre prendas o por quentas o en otra quaquier
manera e de todo lo que RReçibiren y cobraren puedan dar den sus carta o cartas
de pago y alvaes de pago y finiquito los qules valgan y sean tan firmes
bastantes y valederas como si y de las diese y a ello prezente fuese y si en en
RRazon de la cobransa o en otra quaquier cosa a mi tocante y
perteneçiente ansi de letras que quaquier personas me ayan dado en
esta ysla como en RRazon de la dha cobrança como en todas las otras cosas a mi
tocantes y perteneçientes los suso dhos y quaquier dellos puedan
pareser y y parescan ante quaquier juezes y justiçias desta dha ysla
e ante ellos y quaquier dellos hazer quaquier pedimjs
RRequirimjs protestas çitaçiones enplazamjs ventas pregones preziones
execuçiones y RRemates dellas y todo lo demas que yo haga y hazer podja si
presente fuese y para que en su lugar y en mj nonbre puedan hazer e sostituyr
un procurador o ms en las cosas tocantes a fuero y juio y no sen mas
y RRebocallas quando quisieren porque quanto y bastante poder como yo he y
tengo para todo lo susodho tal se lo doy e otorgo a los suso dhos con todas sus
ynçidençias e dependençias anexidades y conexidades y con libre e general
admimjstraçion en lo susodho e lo RRelievo en forma de dro y para lo
aver por firme segun dho es obligo mi persona e bies muebles e
RRayzes avidos y por aver fecha la carta en la noble e çibdad Rel de
las palmas ques en la ysla de la gran canarja en veynte y tres dias del
mes de abril año del naçimj de nro salvador jesuxpo de mill e quis e çinquta
y siete aos ts que fueron presentes a lo que dho es susede de
alcubillo y go perez y mjn de santiago vzos y estantes en
esta ysla y firmolo de su nonbre melchior Ribero [rúbrica] pxo mesa sriuano p
[rúbrica]. (Irene Ojeda López y Mª Teresa Cáceres Lorenzo)
1557 Mayo 3.
El Gobernador Juan López de
Cepeda se personó en el puerto de Santa Cruz en compañía del Maestro de
Cantería Sebastián Merino para comprobar las dimensiones de la fortaleza. Según
Rumeu de Armas, el Maestro Mayor de Obras de Cantería é Geometría de la isla
Francisco Merino fue quien planeó desde los cimientos la construcción, con la
colaboración de su hermano Simón Merino y de Luís Hernández, también Maestros
de Cantería.
Esta fortaleza estaba situada en
el posterior emplazamiento de la
Aduana Real (siglo XVII) y de la Batería de La Concepción (siglo
XVII), en un saliente de la costa entre las caletas de Blas Díaz a la izquierda
y la playa de las Carnicerías a la derecha: el mar lamía sus cimientos y el
cuerpo central -el baluarte con su terraplén- era de planta cuadrada, teniendo,
«...todo el terrapleno de cumplidor con
los dos lienzos de fuera dozientos é dos pies... otro si que tiene de anchor con los dos lienzos quarenta y siete
pies...».
Entre los frentes de mar y tierra
existía una diferencia de altura de un tercio, y en la visita oficial llevada a
cabo por D. Alonso Pacheco el 4 de Febrero de 1559, le asignaron los medidores
las siguientes proporciones: «...é
dijeron que tiene de cumplido treinta é seis brazas... é que tiene de anchor
treinta pies...». Por la parte de la costa el muro desde los cimientos
hasta la mitad estaba construido de cantería y el resto de mampostería excepto
las últimas hiladas que volvían a ser de cantería; en el frente de tierra o
poniente y los flancos, las paredes eran de mampostería y lo mismo los cubelos;
el baluarte estaba terraplenado por completo y macizo pues no tenía más huecos
que la escalera para subir a la plaza de armas. La puerta principal estaba
situada en la pared de poniente, rematada por los escudos de España y Tenerife
en piedra y cerrada por puerta de madera guarnecida de hierro que daba acceso
aun estrecho corredor con rastrillo de hierro por el que se alcanzaba la
escalera para subir a la plataforma, escalera que era levadiza «con su cadena é torno para la subir á la
plataforma». La plaza de armas estaba toda amurallada por un parapeto de
piedra en el que se abrían troneras para Artillería y arcabucería. A este núcleo
se unía en el ángulo S.O. un cubelo de altura doble aproximadamente que la
fortaleza, en cuyo interior había un aljibe para recoger el agua de lluvia, y
la terraza del mismo estaba rematada por almenas donde podía emplazarse
Artillería. Aislado de la edificación general se alzaba en el frente Norte otro
cubelo frente a la ermita de Nuestra Señora de la Consolación, y
dominando la caleta
de Blas Díaz; su altura era casi
igual al anterior y disponía de dos pisos: en el primero a media altura de la
torre se abrían las troneras, y en el segundo rematado por almenas, podían
emplazarse algunas piezas de Artillería. Esta era la fortaleza -según Rumeu de
Armas- tal y como existía el 30
de Julio de 1557 cuando trasladada la Artillería a ella y nombrado su guarda mayor el
Capitán Juan Ortiz de Gomeztegui, pudo darse por concluida en lo más
fundamental, aunque las obras continuaron durante largos años.
El Cabildo designó el 7 de
Febrero de 1558 su primer Alcaide, que fue el Regidor Diego Yanez de Céspedes.
Dio S.M. facultad al Regimiento de la
Isla por su Real provisión de 6 de Junio de 1565 para que
pudiese nombrar Alcaide de dicha fortaleza siempre que recayese en hidalgo, sin
que fuese necesario enviar el nombramiento al Consejo, y se le señaló 60.000
mrs de salario.
La primera actuación de esta
fortaleza fue el 1 de Septiembre de 1555 rechazando el ataque del famoso
vicealmirante de Bretaña Nicolás Durand de Villegaignon, hijo de Louis Durand
señor de Villegaignon y de su mujer Jeanne de Fresnoy.
El 19 de Mayo de 1558 fue
ascendido y destinado a las Indias el Gobernador D. Juan López de Cepeda y
durante el mando de su sucesor, prosiguieron sin interrupción las obras de esta
fortaleza, fue éste Hernando de Cañizares, quien con el Regidor de Gran Canaria
y Visitador Militar del Archipiélago D. Alonso Pacheco se personó en el puerto
de Santa Cruz el 4 de Febrero de 1559 con varios Regidores, llevando como
asesor técnico a Francisco Merino, Maestro Mayor de Obras de Cantería é
Geometría, así como también a Luís Hernández así mesmo Maestro de Geometría,
Diego Pérez López, antiguo Mayordomo é guarda mayor de la artillería, e Iñigo
de Durango. Previamente juraron los peritos «por
Dios é Santa María é por las palabras de los Santos Evangelios é sobre la señal
de la cruz» , donde pusieron sus manos derechas y luego se procedió a la
medición de sus muros y cubelos por testimonio de escribano. En el proyecto de
López de Cepeda, se unía el cuerpo central con los dos cubelos para formar un
conjunto de gran solidez: la pared del N. de la fortaleza debía prolongarse
hasta su unión con el cubelo N.E. formando una amplia muralla con su corredor
almenado por ambos flan-cos; los cubelos estarían unidos por un muro de cerca
para formar un patio en su interior, ya este objeto se prolongaría con menor
altura la pared meridional de la fortaleza hasta situarse en la alineación del
cubelo del N.O. y de este modo el cubelo y la muralls. cerrarían el patio. En
la visita citada, propuso Merino se diese remate a la obra con arreglo al plan
previsto para lo cual era necesario adquirir las casas de Gaspar. Rodríguez que
situadas en las proximidades del cubelo N.O. impedían la construcción de la
muralla N. así como las casas de Blas Lorenzo, en cuyo emplazamiento habían de
coincidir las dos murallas que unirían los cubelos. Después de amplia
discusión, se acordó: aumentar el terraplén hacia el poniente para que la Artillería pudiese
jugar mejor; elevar la altura de los dos cubelos; construir un tercer cubelo en
el ángulo N.O. para que flanquease con el antiguo allí edificado la puerta
principal de entrada y el patio de acceso a la fortaleza; construir las
viviendas para el Alcaide, «...con sus
salas é palacio é con sus servicios de cocina é despensa é chimeneas é
hornos...». Edificar otro aposento para caballerizas y derribar la Ermita de Nuestra Señora de
la Consolación,
por estar situada en un lugar eminente que hacía padrasto a la fortaleza. El
costo de estas reformas se elevaba a «seiscientos
é quatrocientos é sesenta é seis mil maravedis de moneda corriente de estas
islas».
Desde 1558 a l573 esta fortaleza
fue terminada con arreglo al plan de Cepeda: se construyó la muralla Norte de
unión con el cubelo hasta entonces aislado; se cerró el patio central por las
dos murallas que arrancaban de los cubelos y se llevaron a cabo otras pequeñas
modificaciones.
En 1566, siendo Gobernador de
Tenerife y La Palma
el Licenciado Juan Vélez de Guevara, se estudiaron los problemas que planteaba
esta fortaleza por el escaso acierto que había presidido la elección de su
emplazamiento, pues por todos se estimaba la posición dominante que sobre ella
ejercía la Ermita
de Nuestra Señora de la
Consolación; para compensar este inconveniente, se proyectaba
ampliar la fortaleza por el N. llevándola hacia el mar en el flanco derecho de
la caleta de Blas Díaz, y elevar este segundo cuerpo de ampliación a mayor
altura que el antiguo y con un alto parapeto de protección que contrarrestase
la situación dominante de la citada Ermita; este proyecto fue aprobado el 1 de
Noviembre de 1566 pero parece no se llevó acabo. (José María Pinto de la Rosa, 1996)
1557 Junio. Embarcaba
para su lugar de origen el empleado de la metrópoli Don Rodrigo Manrique de
Acuña, tras ser absuelto en el juicio de residencia, no obstante el encono que
puso Mexía en inquirirlo todo, teniéndolo arrestado ocho meses en su domicilio,
al dar oídos a las reclamaciones de sus enemigos, en particular los Carvajales
de Gáldar , declarados traidores por el gobernador Manrique-en uso de un rigor
excesivo-después del ominoso asesinato del alcalde mayor y capitán coronel de
las villas de Gáldar y Guía, Hernando de Pineda, perpetrado por Bernardino de
Carvajal y Maciot de Bethencourt. Fue asesinado por Bernardino de Carvajal y
Maciot de Bethencourt, sus enemigos, cuando regresaba de Las Palmas a Gáldar,
después de haber asistido, expresamente llamado por el gobernador y el capitán
general Cerón a las fiestas de la proclamación. Este crimen, que tan honda
impresión causó en la isla. de Tamarant (Gran Canaria) por los actos que
reseñamos, tuvo Como remota causa. la. rivalidad de dos familias de Gáldar :
Pinedas y Carvajales. La primera, en el ceguro del valimiento oficial y
tiranizando a. sus enemigos por el apoyo que prestaba don Rodrigo Manrique a
Hernando de Pineda, y la segunda ofendida contra este último, hasta
considerarlo "como mortal enemigo", por sus tropelías y por haber
protegido a ciertos "parientes de su mujer” (Maria Díaz de Mota, hija
legitima de Gonzalo Díaz de Aguilar) que habían dado muerte alevosa a Miguel Trejo,
hijo de Bernardino de Carvajal, y dejado impune el crimen.
Esta rivalidad condujo al trágico
episodio que todavía recuerda el lugar denominado cruz de Pineda, junto a la.
Montaña de Arucas. Regresaba a caballo Hernando de Pineda, de Las Palmas, tras
de asistir a las fiestas de la proclamación de Felipe II, cuando he aquí que,
siguiéndole los pasos, trabaron con él pendencia Bernardino de Carvajal y
Maciot de Bethencourt, de resultas de la cual cayó para siempre en tierra el
alcalde mayor de Gáldar, mientras los supuestos "vengadores" ganaban
la salvación con la huida.
Enterado
don Rodrigo Manrique de Acuña del desaguisado, se personó el domingo 17 de
marzo de 1556 en la villa de Gáldar, y dando por supuesto que Bernardino de
Carvajal era el asesino, sin guardar orden ni tela. de juicio hizo cierto auto
o sentencia, por el cual declaro al dicho Bernardino de Carvajal por traidor y
a todos 1os que de su linaje
descendiesen hasta la cuarta generación y mando que las casas de su morada
fuesen asoladas y puestas por tierra, y puestas en ellas un mármol como casa de
traidores que hubieran cometido crimen de lesa Majeatatis..."
(Escrito de denuncia de Ramiro de Guzmán, en Antonio Rumeu de Armas).
Los Carvajales aprovecharon el
juicio de residencia de don Rodrigo Manrique de Acuña para envolverlo en un
enojoso litigio en defensa del ultrajado
honor familiar y en reclamación de 1.500 doblas de oro por los daños causados a
los hijos de Bernardino con la ruina de su morada.
El pleito lo inició, en
septiembre de 1556, Ramiro de Guzmán, como curador de los hijos de Bernardino
de Carvajal (Alonso y Francisco de Carvajal, Elvira de Malueños y :Margarita
.Fernández de Carvajal, habidos en su matrimonio con Melchora de San Juan) ; y
después de diversas incidencias, con escritos de demanda, réplica y
contrarréplica e informaciones testifícales, fue fallado por el licenciado
Mexía, según parece desprenderse del proceso, en sentido favorable para ambas
partes, quedando don Rodrigo Manrique de Acuña liberado de toda responsabilidad
y la familia de Carvajal rehabilitada en su buena fama y prerrogativas
nobiliarias.
Por cierto que en todo el proceso
se alude con insistencia al hecho de ser Bernardino de Carvajal nieto del
Guanarteme de Gáldar Thenesor Semidan (don Fernando Guanarteme), como hijo de
Margarita Fernández Guanarteme, habido en su matrimonio con Miguel Trejo y
Carvajal.
1557 Julio. Se presentó ante Winiwuada n Tamaránt (Las Palmas de
Gran Canaria) un navío francés que pretendía capturar a un patache cargado de Trigo
y fletado por el Cabildo catedralicio. Perseguido por dos buques insulares, es
cañoneado y hundido, cogiendo 11 prisioneros y ahogándose el resto.
A
partir de esta fecha disminuye de forma drástica la piratería francesa en aguas
del Atlántico. No obstante, las islas no pueden gozar de seguridad en sus aguas
el peligro ingles y de los piratas del continente sustituye al galo.
1557 Octubre 24. Dto. 22.-Pedimento de Juan Albertos Guiraldín descendiente por línea directa del Mencey de Güimar conocido como Añaterve.
En la Noble Ciudad de San
Cristóbal a 24-X-1557 ante el muy magnífico señor Lcdo. Juan López de Cepeda,
Gobernador e Justicia mayor de Tenerife e de La Palma por sus Magestades, y
en presencia de mí Juan López de Açoca, escribano mayor del Concejo e público,
uno de los de Número desta dicha ysla por
sus Magestades, pareció presente Juan Albertos Guiraldín, vo. desta
dicha ysla, e presentó un título, su tenor del cual es éste que se sigue:
Don Alonso Fernández de Lugo,
etc. do a vos Juan Alberto Guilardín, vecino de la dicha ysla que soys presente, 150 f. de ta. que son en esta
ysla de Tenerife, en el término de Agache, de la una vanda subiendo alcançe la
majada de Anodeça hasta la cueva de Arbença e de la otra parte la fuente que se
dize de Pablo, canario, e de la van da de arriba el pinar. 22-11-1522.
«Digo que vos do cien fanegas de
ta. en el dicho lugar en nombre de sus Magestades, sin perjuicio de tercero».
El Adelantado.
En 24-X-1557 ante el Sr.
Gobernador pidió el Concejo su mayor información.
E luego el Sr. Gobernador mandó
que el dicho Juan Albertos diese ynformación de lo susodicho e ésta proveerá
justicia. Juan López de Açoca.
E después de lo susodicho en 27
-X-1557 por J. A. fue presentado por testigo a Diego Hernández, estante en esta
ysla, el cual juró en forma e dixo que sabe e tiene noticia de las tierras en
el dicho título contenidas de más de dizeocho años a esta parte por las haber
visto y estado en ellas, las cuales tiene este testigo por de Juan Albertos e
por tales suyas las ha oído nombrar y tener, y en ellas le vido tener mucho
tiempo su ganado ovejuno e por tales suyas son habidas e tenidas y este testigo
no ha visto ni oido decir que otra persona ninguna tenga título a ellas y que
ésta es la verdad so cargo del juramen- to que hizo y no firmó porque dijo que
no sabía escribir .
En este día Bernaldino de las
Cuevas juró en forma dixo que muchos años a que J. A. le mostró a este testigo
el título e data contenido en el pedimento que así agora le a sido mostrado y
le dixo J. A. a este testigo que demás del heredamiento de Güymar tenía e
poseía las tierras en el dicho título contenidas e traya en ellas sus ganados
obejunos e otro género de ganados suyos e que esto mismo que oyó decir a J. A.
oyó ansymismo decir a otras personas de cuyos nombres no. se acuerda, que las
dichas tierras contenidas en el dicho título heran de J. A. e por tales suyas
las poseía e traía en ellas sus ganados e por tales suyas heran avidas e
tenidas e que de veinte e cinco años a esta parte este testigo no a visto ni
oydo que otra persona alguna aya en ellas entrado ni ocupado e que ésta es la
verdad so cargo del dicho juramento. Bernaldino de las Cuevas.
E después desto en 4-XI-1557 J.
A. Guilardín presentó por testigo a Alonso Núñez, vecino desta ysla, el cual
juró en forma de derechoe siendo preguntado dixo que este testigo ha visto el
dicho título en poder de J. A. dende que suena ser hecha e luego que le dio e
la del Lcdo. e Repartidor desta ysla se lo mostró a este testigo y desde
entonces hasta agora este testigo ha tenido e tiene las dichas tierras
contenidas e deslindadas en el título por de J. A. e por suyas las ve tener y
son habidas e tenidas y es público y notorio en las dichas tlerras como e&
suyas ha tenido e tiene J. A. su majada y asiento de ga- nado e que esto es la
verdad so cargo del juramento que hizo e firmólo de su nombre. Alonso Núñez.
E después desto en dicho día, mes
e año susodicho el señor Gobernador visto lo susodicho, dixo que mandava e
mandó dar a J. A. mandamiento de posesión de las dichas tierras en el dicho
título contenidas sin perjuicio de tercero que fue hecho e dado a J. A. en
forma. Juan López de Açoca.
En 7- VI -1576 lo presentó el
Lcdo. Hernando Gallinato, regidor, me pidió lo pusiese en el registro con los originales.
Testigos: Lope de Açoca e Juan de Açoca, regidores. Simón de Açoca, escribano
mayor del Concejo.
1557 Octubre 24.
22.-Pedimento de Juan Albertos
Guiraldín.
En la Noble Ciudad de San
Cristóbal a 24-X-1557 ante el muy magnífico señor Lcdo. Juan López de Cepeda,
Gobernador e Justicia mayor de Tenerife e de La Palma por sus Magestades, y
en presencia de mí Juan López de Açoca, escribano mayor del Concejo e público,
uno de los de Número desta dicha ysla por sus Magestades, pareció presente Juan
Albertos Guiraldín, vo desta dicha ysla, e presentó un título, su tenor del
cual es éste que se sigue :
Don Alonso Fernández de Lugo,
etc. do a vos Juan Alberto Guilardín, vecino de la dicha ysla,- que soys
presente, 150 f.
de ta. que son en esta ysla de Tenerife, en el término de Agache, de la una
vanda subiendo alcançe la majada de Anodeça hasta la cueva de Arbença e de la
otra parte la fuente que se dize de Pablo, canario, e de la vanda de arriba el
pinar. 22-11-1522.
«Digo que vos do cien fanegas de
ta. en el dicho lugar en nombre de sus Magestades, sin perjuicio de tercero».
El Adelantado.
En 24-X-1557 ante el Sr.
Gobernador pidió el Concejo su mayor información.
E luego el Sr. Gobernador mandó
que el dicho Juan Albertos diese ynformación de lo susodicho e ésta proveerá
justicia. Juan López de Açoca.
E después de lo susodicho en
27-X-1557 por J. A. fue presentado por testigo a Diego Hernández, estante en
esta ysla, el cual juró en forma e dixo que sabe e tiene noticia de las tierras
en el dicho título contenidas de más de dizeocho años a esta parte por las
haber visto y estado en ellas, las cuales tiene este testigo por de Juan
Albertos e por tales suyas las ha oído nombrar y tener, y en ellas le vido tener mucho tiempo su ganado ovejuno e por
tales suyas son habidas e tenidas y este testigo no ha visto ni oido decir que
otra persona ninguna tenga título a ellas y que ésta es la verdad so cargo del
juramento que hizo y no firmó porque dijo que no sabía escribir.
En este día Bernaldino de las
Cuevas juró en forma dixo que muchos años a que J. A. le mostró a este testigo
el título e data contenido en el pedimento que así agora le a sido mostrado y
le dixo J. A. a este testigo que demás del heredarniento de Güymar tenía e
poseía las tierras en el dicho título contenidas e traya en ellas sus ganados
obejunos e otro género de ganados suyos e que esto mismo que oyó decir a J. A.
oyó ansymismo decir a otras personas de cuyos nombres no se acuerda, que las
dichas tierras contenidas en el dicho título heran de J. A. e por tales suyas
las poseía e traía en ellas sus ganados e por tales suyas heran avidas e
tenidas e que de veinte e cinco años a esta parte este testigo no a visto ni
oydo que otra persona alguna aya en ellas entrado ni ocupado e que ésta es la
verdad so cargo del dicho juramento. Bernaldino de las Cuevas.
E después desto en 4-XI-1557 J.
A. Guilardín presentó por testigo a Alonso Núñez, vecino desta ysla, el cual
juró en forma de derecho e siendo preguntado dixo que este testigo ha visto el
dicho título en poder de J. A. dende que suena ser hecha e luego que le dio e
la del Lcdo. e Repartidor desta ysla se lo mostró a este testigo y desde
entonces hasta agora este testigo ha tenido e tiene las dichas tierras
contenidas e deslindadas en el título por de J. A. e por suyas las ve tener y
son habidas e tenidas y es público y notorio en las dichas tierras como en
suyas ha tenido e tiene J. A. su majada y asiento de ganado e que esto es la
verdad so cargo del juramento que hizo e firmólo de su nombre. Alonso Núñez.
E después desto en dicho día, mes
e año susodicho el señor Gobernador visto lo susodicho, dixo que mandava e
mandó dar a J. A. mandamiento de posesión de las dichas tierras en el dicho
título contenidas sin perjuicio de tercero que fue hecho e dado a J. A. en
forma. Juan López de Azoca.
(Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
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