EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN
CANARIA
UNA HISTORIA RESUMIDA DE
CANARIAS
ÉPOCA COLONIAL: SIGLO XVI
Década 1531-1540
CAPITULO
XV (II)
Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen
1535 Marazo 5.
109.-Sepan quantos esta carta
vieren como yo Francisco Afonpagar a vos Francisco González, estante y abitante
en ella, conviene a saber, quinze doblas de oro castellanas de esta moneda
corriente en Thenerife, son por razón de tanto trigo que de vos rescibí
comprado en el dicho precio etc. Me obligo a pagar las quinze doblas de oro por
mediado el mes de julio primero venidero y antes si antes cogiere la sementera
que agora tengo sembrada este presente año en paz y en salvo, sin pleyto. Hecha
en el Sabzal en 5-1II-1535. Testigos: Blanca Afonso, Alonso Vello y Bastián
Afonso, vos. y estantes en esta ysla y porque Francisco Afonso dixo que no
sabía escrevir rogó a Alonso Vello que lo firmase por él, el quallo firmó en el
registro.-Por testigo, Alonso Vello. (Datas de Tenerife, libro V de datas
originales)
1535 Marzo 12.
107.-Sepan quantos esta carta
vieren como yo Melchor Hernandes, vo del lugar del Sabzal, que es en la ysla de
T., etc. devo dar y pagar a vos Pedro González o a quien vuestro poder oviere y
esta carta por vos mostrare, es a saber, tres doblas y nueve reales, los quales
son por razón de tanto trigo que de vos rescibí comprado en el dicho precio,
que lo valió y montó etc. E prometo y me obligo de voslos dar y pagar por
mediado el mes de agosto primero venidero de este presente año de la fecha de
esta carta, en paz y en salvo, sin pleyto alguno. Hecha la carta en el Sabzal
en 12-111-1535. Testigos: Francisco de Cuymbra y Antonio Pérez, v.os de esta
ysla, y porque , no avía quien supiese escrevir, Melchor Hernandes lo firmó de
su señal en el registro. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1535 Abril 28.
108.-Sepan quantos etc. como yo
Melchor Hernandes, vo del Sabzal, devo dar y pagar a vos Pedro Afonso, criado
de Juan Martín, del Sabzal, o a quien etc., es a saber, dos doblas de oro y
nueve reales, son por razón de cierto vino que de vos compré etc. Prometo y me
obligo de vos pagar las dos doblas y nueve reales por el día de San Juan de
junio primero venidero de este presente año. Hecha la carta en el Sabzal en 28-
IV-1535. Testigos: Francico de Coimbra y Antonio Pérez. vos y estantes en esta
dicha ysla, y porque dixo que no sabía escrevir, por testigo Juan Afonso.
(Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1535 Abril 28.
100.-Sepan quantos esta carta
vieren como yo Juan Martín, vo del lugar del Sabzal, que es en la ysla de
Thene., que (otorgo) y conosco por esta presente carta que devo dar y pagar a
vos Pedro Afonso, gallego, mi criado, o a quien vuestro poder oviere y esta
carta por vos mostrare, es a saber, quinze doblas de oro, las quales son por
razón de tres botas de vino que de vos rescibí, compradas en el dicho precio,
que lo valió y montó, etc. E prometo y me obligo de vos dar y pagar las dichas
quinze doblas de oro por el día del señor Santiago de julio de este presente
año de la fecha de esta carta. Hecha la carta
en el lugar del Sabzal, que es en
esta ysla de Thene. en 28 -IV -1535.
Testigos: Francisco de Cuynbra y
Juan Afonso, vos y estantes en esta ysla, y porque no sabía escrevir rogó a
Juan Afonso que firmase por él, el qual lo firmó.-Por testigo, Juan Afonso.
(Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1535 Julio 31.
Sepan quantos esta carta v Alonso
Vello, vecino del lugar del Sabzal, en esta ysla de Thenerife, otorgo y conosco
por esta presente carta que devo dar y pagar a vos, Juan Real, otrosí vecino
desta dicha (ysla, roto) o a quien vuestro poder oviere y esta carta por vos
mostrare, conviene a saber, tres doblas de oro de esta moneda corriente en
Thenc., las quales son por razón de tres botas vazías, que de vos rescibí,
compradas en el dicho precio, que lo y
montó, de que fuy contento y entregado a mi voluntad, sobre lo qual renuncio la querella y exebción de los
dos años que los derechos ponen de la pecunia y de la cosa non vista, ni dada,
ni contada, ni rescibida, ni pagada, e prometo y me obligo de vos dar e pagar
las tres doblas que vos así devo por el día de todos los santos, primero
venidero, de este presente año, en paz y en salvo, sin pleyto y sin contienda
alguna. Hecha la carta en el lugar del Sabzal, que es en esta ysla de Thenc. en
31- V11-1535. Testigos: Pedro de Nodar, Francisco de Cuynbra y Juan Hernandes
Dentudo, vecinos y estantes en esta dicha ysla, y firmólo de su nombre en el
registro.-Alonso Vello. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1535 Septiembre 19.
1502.-Sepan como yo Hernianes, vo
que soy de la ysla del Puerto Santo que es del Reino de Portugal, estante al
presente en esta ysla de ..., otorgo y conosco por esta presente carta que doy
y otorgo todo mi poder cumplido, etc. a vos Francisco Hernán(dez), vo de
Tacoronte, término del lugar del Sauzal, que es en esta isla de T., es-
pecial y señaladamente para que
por mí y en mi nombre e como yo mismo propio podáys demandar, rescibir y aver e
cobrar así en juicio como fuera dél de qualesquier personas que debdas me deban
e debieren e algunas cosas avéys dar e pagar e hacer cumplir así por contratos
públicos como por alvalaes como sin ellos, como en otra qual-
quier manera y qualesquier mrs.,
pan, trigo y cebada e ganados e otros qualesquier bienes que me son o fueren
debidos en la dicha isla de Thene., o rescibidos e cobrados los dichos...
podáys dar e otorgar carta o cartas de pago e de finyquito las quales valan e
sean tan firmes como si yo mismo las diese etc., e otros qualesquier partidos
que a vos bien visto fuese ...mucho o poco tiempo e precios de mrs. e otras
cosas obligando vos al saneamiento de los dichos bienes etc.
Hecha en el Sauzal en 19-IX-1535.
Testigos: Francisco de Cuynbra, Blas Martín y Pedro Afonso, v os. y estantes en
esta y si a, e porque dixo que no sabía escrevir dixo que rogaba y rogó a Pedro
de Nodar que lo firmase por él e lo firmó en el registro. A su ruego, Pedro de
Nadar. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1535 Noviembre 28. El colono Pedro Fernández de Lugo Llegó
a Tamaránt (Gran Canaria) siendo niño, cuando aún no habían acabado las
batallas entre los canarios y los invasores europeos.
Nació en Sevilla en 1475 y murió en Santa
Marta (Colombia en 1536). Era segundo hijo del mercenario esclavista invasor de
las islas de Canaria Alonso Fernández de Lugo,
gobernador colonial de las de Chinech (Tenerife) y Benahuare (La Palma)), quien en 1519 solicitó la sucesión a su favor
del título de Adelantado.
De
joven acompañó a su padre en sus expediciones de saqueo al continente y a las
islas aún no invadidas Benehauare (La
Palma) y Chinech
(Tenerife) desde sus comienzos. Tras la derrota de Acentejo, fue empeñado como
esclavo por su padre a Inés Peraza, masacradora de la isla de La Gomera para que le diese
bastimentos para la conquista de Tenerife. El 21 de julio de 1509 recibió de su padre Alonso de Lugo parte de
sus supuestos derechos y facultades en la costa del continente, adquiridos por
capitulaciones de 1499 y participa en las numerosas incursiones y
"rescates" a la caza de esclavos en el continente. Toma posesión de
la torre de Santa Cruz de Mar Pequeña, enclave que había sido construido por
los Herrera como cabeza de puente para sus correrías piráticas por las zonas
costeras continentales para la captura de los naturales y saqueo de los poblados.
Desde
los primeros momentos de la invasión de las Islas Canarias por los europeos,
estas fueron usadas por estos como plataforma de agresión al continente,
iniciando esta tradición el pirata y esclavista normando Jean de Benthencourt y
su socio Gadifer de La Salle, siendo posteriormente continuada por la saga de
los Herrera quienes repoblaron las Islas de su señorío con esclavos capturados
en noroeste del continente ya que la mayoría de la población autóctona fue esclavizada
y vendida en los mercados de esclavos de Valencia y Sevilla (España).
Posiblemente envalentonados con los éxitos de
las rápidas cabalgadas esclavistas, no calcularon bien las fuerzas del enemigo.
Lo cierto es que tras unos años de costoso mantenimiento hubo que abandonar la
empresa, dejando atrás un amplio rastro de sangre, sudor y lágrimas en el que,
como era lógico, se llevaron la peor parte los guanches, los cuales eran
llevados allí como carne de cañón, con el pretexto de que se desenvolvían bien
en aquellos terrenos, eran buenos guerreros y además lograban entenderse al
hablar con sus hermanos bereberes. Sus protestas no fueron escuchadas y
murieron más de la mitad de los que allá fueron. "También relevantes jefes
canarios y tinerfeños cayeron en aquellas costas. Maninidra, el guapo
Maninidra, como le llamaban, quedó exánime en el combate. "Por cuanto
Pedro Maninidra murió por los moros en defensa de la Santa Fe Católica..."
decía el adelantado en una data a sus hijos. "Otro noble guanche, Pedro de
Adeje, llamado de Llerena al recibir el bautismo, también murió en esa acción:
fue mencey de Adeje, y su mujer, María de Lugo, se avecindó en Buenavista"
(B. Bonet, 1933. En
Francisco García-Talavera,1989).
Participa
en las expediciones de ayuda a los portugueses, como la de 1527,
particularmente sangrienta.
Antes
de la expedición a Santa Marta, en la actual Colombia, don Pedro había
intentado antes capitular la conquista y saqueo de otras tierras de Indias:
... recibí una carta del Adelantado de Canarias por la cual
parece que todavía tiene gana de tomar la empresa del río Paraná, que tan caro
me cuesta. Un criado del dicho Adelantado me dio la carta y me dixo que va a
allí [a la corte] y lleva la carta del dicho Adelantado para los señores del Consejo
sobre la dicha empresa (Sebastián Cabot. Carta fechada en Sevilla el 24 junio
1533)
Después
de que fue desposeído del gobierno de las islas Benahuare (La Palma) y Chinet
(Tenerife) se lanzó a la conquista y saqueo de las tierras americanas,
partiendo desde España con el título de gobernador de Santa Marta, Adelantado,
y Capitán General. En las Islas reclutó un número considerable de colonos y
criollos europeos ansiosos por lograr rápidas fortunas mediante el saqueo del
oro de los indios que según las leyendas que circulaban en la época cubrían los
tejados de los edificios en aquellas tierras. También incorporó a la expedición
un considerable contingente de isleños de las diferentes islas, unos como
hombres libres y otros que continuaban siendo esclavos de los colonos.
Tenía
sesenta años. Organizó el ejército más disciplinado de aquellas tierras.
Contribuyeron económicamente los colonos Juan Alberto Gerardini, natural de Francia
y residente en Chinech (Tenerife) desde 1510 y el también italiano Cristóbal Francesquini.
Pedro iba al tercio con los dos italianos durante los tres primeros años. Alonso Luís, en nombre de su padre, fleta
tres naves en Sevilla (España).
El
galeón San Cristóbal, cuyo maestre y piloto lo era Men Rodríguez de
Valdés, vecino de la capital andaluza. La nao Santa María, cuyo maestre
era el italiano Nicolao di Napoli, vecino de Sevilla, y La nao Santi
Spiritus cuyo maestre era el italiano Alesandre Cortese, vecino de también
de Sevilla.
De
los términos de estos contratos se comprueba que habían embarcado hombres y
mercancías en Sevilla y en San Lúcar y los terminarían de cargar en el puerto
de Añazu n Chinech (Santa Cruz de Tenerife). El 3 de noviembre firma don Pedro
tres contratos de fletamiento, convenidos, en principio, en tierra andaluza por
don Alonso Luis. El galeón San Cristóbal cargaría hasta 70 toneladas, de las
que ya buena parte traía de Sevilla y San Lúcar. El resto lo sería en Añazu
(Santa Cruz), en los seis días siguientes. Había ya conducido desde Castilla un
número de hombres que no precisa y en
Añazu (Santa Cruz) embarcarían "todos los que vuesa señoría me dixere en
este puerto e yo pudiera llevar". (Leopoldo de la Rosa)
El flete era de 3.500 mrs. tonelada, más
un ducado por avería. Don Alonso Luis había anticipado a Valdés 300 ducados de
oro a cuenta del flete. Por cada hombre habrían de pagarle 10 ducados, de a 375
maravedís, sin darles de comer, semejantes términos había acordado con Cortese.
Nápoli se compromete a dar de comer a los hombres que llevase, cobrando por
cada uno 15 ducados de oro y limitando el numero de los hombres a admitir a
150.
Men Rodríguez de Valdés se compromete a
dar a cada hombre medio azumbre diario de agua, así como fuego y sal
necesarios, más dos calderas de agua al día para cocinar, calderas que debían
llevar las gentes de don Pedro. Por cada tres hombres se obligaba a recibir
también una carga de siete palmos, más todo el alimento necesario, con la
condición de que quedase a su favor lo que sobrare al término del viaje. De
igual manera se comprometía a dejar libre la cámara de popa para que llevasen
lo que quisiesen y además tres botas de agua para el capitán de la gente que
fuese en el galeón, como también dar pañol para el pan que precisasen, y
previene la conveniencia de que tanto la carne y el pescado, como las habas y
los garbanzos los lleven en barriles o vasijas, para mejor resguardo. (Leopoldo
de la Rosa)
La salida desde Añazu n Chinech (Santa
Cruz de Tenerife) fue probablemente el 28 de noviembre de 1535 y la llegada a
Santa Marta el 2 de enero de 1536. Uno de los capitanes más destacados en la
expedición fue Lázaro Fonte, hijo del mercader catalán Rafael Font, acérrimo
acreedor del primer adelantado, que fue primero regidor de Cádiz y luego de
Tenerife. (Historia Documentos. Expedición a Santa Marta)
Si estos preparativos para la invasión y
saqueo de las tierras americanas nos los contara un historiador oficial o
oficialista, posiblemente que nos las describiese como el empeño altruista de
unos caballeros inducidos por una ferviente fe católica y deseosos de llevar el
conocimiento del verdadero Dios de los cristianos a los infieles de otras
latitudes, y se quedarían muy satisfechos de propagar tales patrañas, a las
cuales por otra parte, nos tienen muy acostumbrados en Canarias. Pero veamos a
la luz de la fría documentación de la época, que los fines perseguidos por
estos aventureros no eran tan elevados como pretenden hacernos creer estos
historiadores de servicio y sí mucho más prosaicos y mercantilistas, siendo su
verdadero objetivo el despojar a los habitantes de aquellas tierras igual que
hicieron con estas, de sus tesoros, vidas y libertad, para saciar sus
inacabables sed de rapiña:
Fletamento de un navío (Ciudad de San
Cristóbal, 6 octubre 1535):
Don Pedro dice que Doménigo Riço y Antonio Joven, regidores, se obligaron, ante
el escribano Alonso Gutiérrez, "de me dar dos navíos con gente, en cierta
forma e manera para ir a la conquista de Santa marta e llevar vinos e harinas,
por mil ducados"; y como está de partida para Santa Marta da poder a
Francisco de Lugo, Regidor, para que le cuide de su cumplimiento y se obligue
al pago de los fletes.
Contrato de un herrero expedicionario
(Tenerife, 1535): Sepan
quantos esta carta vieren cómo yo Alonso Núñez, vezino desta isla de Tenerife,
digo: que por quanto entre vos Vasco Rodríguez e mí a sido capitulado e tratado
que ayáis de ir a la provincia e conquista de Santa Marta, donde va el Iltre. E
muy Magco. Don Pedro Hernández de Lugo, Adelantado destas islas de Canarias,
Governador perpetuo desta islas e de la isla de La Palma e Capitán general e
Governador perpetuo de la conquista e provincia de la dicha Santa Marta por Sus
Magestades; e por quanto en el dicho concierto e capitulación ovo ciertas
condiciones que yo os he de cunplir e mantener, e quedé de os hazer escritura
de todo ello, e agora el dicho señor Adelantado se anda despachando para el
dicho viaje e yo soy obligado a le cumplir cierta gente, me conviene convenir
con vos y efectuar lo susodicho, por manera que vais conmigo en mi navío este
dicho viaje, e para ello devo cunplir con vos lo que e quedado e concertado:
por ende, por esta presente carta, otorgo e conosco a vos el dicho Vasco
Rodrigues e otorgo que me obligo de os llevar a vos e a un cavallo que al
presente tenéis de color castaño que yo conosco, e más vuestra tienda del
oficio de herrería, con todos sus pertrechos y herramientas necesarias para el
dicho oficio...
...
avéis de ser cavallero para ir a la dicha guerra con el dicho señor Adelantado,
trayendo e llevando ballesta e cavallo e lança qual más vos quisiéredes, por
razón de lo cual avéis de aver y llevar, e os será dado e pagado por el dicho
señor Adelantado, toda su parte que como tal cavallero ballestero o de lança en
puño...
Otros Canarios de los que se tiene
noticias de que embarcaron en la expedición de Pedro de Lugo fueron Diego
Rodríguez, que participo en la conquista de Santa Marta.
Gómez Anaya, Juan. Conquistador de Indias, vecino
de Tenerife. Fue procurador de Tenerife con ocho doblas de oro de salario,
recibido por el Cabildo el 17/6.1530. Se fue a Tierra firme con Pedro Fernández
de Lugo, y de allí Pasó a Santo Domingo,
donde estaba en 1546. Había casado en Tenerife con Francisca de Alcaraz, que
otorgó testamento cerrado el 6/4.1549, abierto el 20/4 siguiente. Habían tenido
cinco hijos: Leonor de los Ríos e Inés de Anaya, que estaban entonces en Santo
Domingo; Barbola; Tomás y Francisca de Anaya, ésta última desheredada por su
madre, “porque estando debajo de mi poderío se ha ido por las partes y lugares
donde bien le ha estado”.
Fallecida la madre, las dos hijas mayores dieron poder a
su padre, en Santo Domingo a 11/11.1549, para cobrar su herencia en las islas;
y parece que el padre volvió a Tenerife, ya que presentó este poder en 1556
(ante Gaspar Justiniano)
Gómez
Orozco, Pedro.
Natural de Tenerife (n. 1517), conquistador de Indias. Pasó a la
conquista de Santa Marta con Pedro Fernández de Lugo. Sirvió como rodelero.
Asistió a la fundación de Santa Fe de Bogotá. Tunja y Tocaimo, y a la de Pamplona
en 1549, donde tuvo la encomienda de Cahira. Fue padre de Pedro González de
Orozco, que casó con Francisca de Rojas, hija de Francisco Fernández, fundador
de Ocaña, y de Isabel de Rojas. (Alejandro Ciuranescu)
Compromiso
de pago de don Pedro por fletes y mantenimientos (Tenerife, 6 noviembre 1535):
...
digo, que por cuanto yo embié a vos don Alonso Luis de Lugo, mi hijo, a
Castilla a vender una librança que Su Mgd. Me hizo de cinco mil ducados que me
libraron en las rentas pertenecientes a Su Mgd. En la provincia de Santa Marta,
por razón de lo que Su Mgd. Me devía de ciertos salarios de la governación
desta isla e La Palma e por ayuda de costa de la armada de la conquista de la
dicha provincia e para fletar navíos a ciertos precios e condiciones, segund
que en la carta de venta que en nuestro nombre e mío fazisteis de la dicha
librança y en los fletamentos que hizísteis
los dichos navíos para llevar la gente e mantenella por vuestra cuenta;
e por que lo susodicho sea mejor pagado; me obligo que del dozavo que me
pertenece de todas las presas e rescates que se han [roto] ... de que Su Mgd.
me haze merced en la governación de la dicha provincia e de las partes que como
a capitán general me pertenescen de las dichas provincias, no tomaré mrs., ni
plata, ni oro, ni perlas, ni piedras, ni cosa alguna hasta tanto que las dichas
personas a quien vos obligásteis en mi nombre e por vos, e a quien vendísteis
las dichas libranças e a los maestres e personas a quienes se deben los dichos
fletes e mantenimiento, conforme [roto] ... la obligación que en mi nombre y en
el vuestro fezistes a los susodichos, sean contentos e pagados.
Compromiso (Tenerife, 12
noviembre 1535): ... por quanto vos el capitán Francisco Gasco vais en mi
compañía a la dicha provincia de Santa Marta, donde yo voy por mandado de Sus
Magestades, e lleváis vuestro navío abituallado e aparejado para me ayudar a
llevar la gente e lo demás que llevo a la dicha conquista: por ende, por la
presente me obligo e prometo de vos dar e pagar a vos, o a Bartolomé e a Pero
de Aponte vuestros compañeros o a qualquiera de vos, según el concierto entre
vosotros paresciere, todo lo que paresciere por fe de escribano que avéis
gastado en provisiones para el dicho viaje e navío , con más ciento e cinquenta
por ciento de ganancia; e más por cada viaje dado que llevardes a la dicha
provincia, diez ducados de oro bueno de valor cada uno de trescientos e setenta
e cinco mrs. De buena moneda; e todo lo que montare, en la manera que dicho es,
prometo e me obligo de vos lo dar todo e pagar en la dicha provincia de Santa
Marta del oro qualesquier que oviere de las primeras e segundas entradas que en
las dichas entradas se ovire; e que os será bien e conplidamente pagado...
(ibiden
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