sábado, 23 de marzo de 2013

CAPITULO XV (II)



EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

ÉPOCA COLONIAL: SIGLO XVI


Década 1531-1540


CAPITULO  XV (II)



Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen

1535 Marazo 5.
109.-Sepan quantos esta carta vieren como yo Francisco Afonpagar a vos Francisco González, estante y abitante en ella, conviene a saber, quinze doblas de oro castellanas de esta moneda corriente en Thenerife, son por razón de tanto trigo que de vos rescibí comprado en el dicho precio etc. Me obligo a pagar las quinze doblas de oro por mediado el mes de julio primero venidero y antes si antes cogiere la sementera que agora tengo sembrada este presente año en paz y en salvo, sin pleyto. Hecha en el Sabzal en 5-1II-1535. Testigos: Blanca Afonso, Alonso Vello y Bastián Afonso, vos. y estantes en esta ysla y porque Francisco Afonso dixo que no sabía escrevir rogó a Alonso Vello que lo firmase por él, el quallo firmó en el registro.-Por testigo, Alonso Vello. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1535 Marzo 12.
107.-Sepan quantos esta carta vieren como yo Melchor Hernandes, vo del lugar del Sabzal, que es en la ysla de T., etc. devo dar y pagar a vos Pedro González o a quien vuestro poder oviere y esta carta por vos mostrare, es a saber, tres doblas y nueve reales, los quales son por razón de tanto trigo que de vos rescibí comprado en el dicho precio, que lo valió y montó etc. E prometo y me obligo de voslos dar y pagar por mediado el mes de agosto primero venidero de este presente año de la fecha de esta carta, en paz y en salvo, sin pleyto alguno. Hecha la carta en el Sabzal en 12-111-1535. Testigos: Francisco de Cuymbra y Antonio Pérez, v.os de esta ysla, y porque , no avía quien supiese escrevir, Melchor Hernandes lo firmó de su señal en el registro. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1535 Abril 28.
108.-Sepan quantos etc. como yo Melchor Hernandes, vo del Sabzal, devo dar y pagar a vos Pedro Afonso, criado de Juan Martín, del Sabzal, o a quien etc., es a saber, dos doblas de oro y nueve reales, son por razón de cierto vino que de vos compré etc. Prometo y me obligo de vos pagar las dos doblas y nueve reales por el día de San Juan de junio primero venidero de este presente año. Hecha la carta en el Sabzal en 28- IV-1535. Testigos: Francico de Coimbra y Antonio Pérez. vos y estantes en esta dicha ysla, y porque dixo que no sabía escrevir, por testigo Juan Afonso. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1535 Abril 28.
100.-Sepan quantos esta carta vieren como yo Juan Martín, vo del lugar del Sabzal, que es en la ysla de Thene., que (otorgo) y conosco por esta presente carta que devo dar y pagar a vos Pedro Afonso, gallego, mi criado, o a quien vuestro poder oviere y esta carta por vos mostrare, es a saber, quinze doblas de oro, las quales son por razón de tres botas de vino que de vos rescibí, compradas en el dicho precio, que lo valió y montó, etc. E prometo y me obligo de vos dar y pagar las dichas quinze doblas de oro por el día del señor Santiago de julio de este presente año de la fecha de esta carta. Hecha la carta
en el lugar del Sabzal, que es en esta ysla de Thene. en 28 -IV -1535.

Testigos: Francisco de Cuynbra y Juan Afonso, vos y estantes en esta ysla, y porque no sabía escrevir rogó a Juan Afonso que firmase por él, el qual lo firmó.-Por testigo, Juan Afonso. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1535 Julio 31.
Sepan quantos esta carta v Alonso Vello, vecino del lugar del Sabzal, en esta ysla de Thenerife, otorgo y conosco por esta presente carta que devo dar y pagar a vos, Juan Real, otrosí vecino desta dicha (ysla, roto) o a quien vuestro poder oviere y esta carta por vos mostrare, conviene a saber, tres doblas de oro de esta moneda corriente en Thenc., las quales son por razón de tres botas vazías, que de vos rescibí, compradas en el dicho precio, que lo  y montó, de que fuy contento y entregado a mi voluntad, sobre lo  qual renuncio la querella y exebción de los dos años que los derechos ponen de la pecunia y de la cosa non vista, ni dada, ni contada, ni rescibida, ni pagada, e prometo y me obligo de vos dar e pagar las tres doblas que vos así devo por el día de todos los santos, primero venidero, de este presente año, en paz y en salvo, sin pleyto y sin contienda alguna. Hecha la carta en el lugar del Sabzal, que es en esta ysla de Thenc. en 31- V11-1535. Testigos: Pedro de Nodar, Francisco de Cuynbra y Juan Hernandes Dentudo, vecinos y estantes en esta dicha ysla, y firmólo de su nombre en el registro.-Alonso Vello. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1535 Septiembre 19.
1502.-Sepan como yo Hernianes, vo que soy de la ysla del Puerto Santo que es del Reino de Portugal, estante al presente en esta ysla de ..., otorgo y conosco por esta presente carta que doy y otorgo todo mi poder cumplido, etc. a vos Francisco Hernán(dez), vo de Tacoronte, término del lugar del Sauzal, que es en esta isla de T., es-
pecial y señaladamente para que por mí y en mi nombre e como yo mismo propio podáys demandar, rescibir y aver e cobrar así en juicio como fuera dél de qualesquier personas que debdas me deban e debieren e algunas cosas avéys dar e pagar e hacer cumplir así por contratos públicos como por alvalaes como sin ellos, como en otra qual-
quier manera y qualesquier mrs., pan, trigo y cebada e ganados e otros qualesquier bienes que me son o fueren debidos en la dicha isla de Thene., o rescibidos e cobrados los dichos... podáys dar e otorgar carta o cartas de pago e de finyquito las quales valan e sean tan firmes como si yo mismo las diese etc., e otros qualesquier partidos que a vos bien visto fuese ...mucho o poco tiempo e precios de mrs. e otras cosas obligando vos al saneamiento de los dichos bienes etc.

Hecha en el Sauzal en 19-IX-1535. Testigos: Francisco de Cuynbra, Blas Martín y Pedro Afonso, v os. y estantes en esta y si a, e porque dixo que no sabía escrevir dixo que rogaba y rogó a Pedro de Nodar que lo firmase por él e lo firmó en el registro. A su ruego, Pedro de Nadar. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1535 Noviembre 28. El colono Pedro Fernández de Lugo Llegó a Tamaránt (Gran Canaria) siendo niño, cuando aún no habían acabado las batallas entre los canarios y los invasores europeos.
 Nació en Sevilla en 1475 y murió en Santa Marta (Colombia en 1536). Era segundo hijo del mercenario esclavista invasor de las islas de Canaria Alonso Fernández de Lugo,  gobernador colonial de las de Chinech (Tenerife) y Benahuare (La Palma)),  quien en 1519 solicitó la sucesión a su favor del título de Adelantado.
De joven acompañó a su padre en sus expediciones de saqueo al continente y a las islas aún no invadidas Benehauare (La Palma)  y Chinech (Tenerife) desde sus comienzos. Tras la derrota de Acentejo, fue empeñado como esclavo por su padre a Inés Peraza, masacradora de la isla de La Gomera para que le diese bastimentos para la conquista de Tenerife. El 21 de julio de 1509  recibió de su padre Alonso de Lugo parte de sus supuestos derechos y facultades en la costa del continente, adquiridos por capitulaciones de 1499 y participa en las numerosas incursiones y "rescates" a la caza de esclavos en el continente. Toma posesión de la torre de Santa Cruz de Mar Pequeña, enclave que había sido construido por los Herrera como cabeza de puente para sus correrías piráticas por las zonas costeras continentales para la captura de los naturales  y saqueo de los poblados.
Desde los primeros momentos de la invasión de las Islas Canarias por los europeos, estas fueron usadas por estos como plataforma de agresión al continente, iniciando esta tradición el pirata y esclavista normando Jean de Benthencourt y su socio Gadifer de La Salle, siendo posteriormente continuada por la saga de los Herrera quienes repoblaron las Islas de su señorío con esclavos capturados en noroeste del continente ya que la mayoría de la población autóctona fue esclavizada y vendida en los mercados de esclavos de Valencia y Sevilla (España).
 Posiblemente envalentonados con los éxitos de las rápidas cabalgadas esclavistas, no calcularon bien las fuerzas del enemigo. Lo cierto es que tras unos años de costoso mantenimiento hubo que abandonar la empresa, dejando atrás un amplio rastro de sangre, sudor y lágrimas en el que, como era lógico, se llevaron la peor parte los guanches, los cuales eran llevados allí como carne de cañón, con el pretexto de que se desenvolvían bien en aquellos terrenos, eran buenos guerreros y además lograban entenderse al hablar con sus hermanos bereberes. Sus protestas no fueron escuchadas y murieron más de la mitad de los que allá fueron. "También relevantes jefes canarios y tinerfeños cayeron en aquellas costas. Maninidra, el guapo Maninidra, como le llamaban, quedó exánime en el combate. "Por cuanto Pedro Maninidra murió por los moros en defensa de la Santa Fe Católica..." decía el adelantado en una data a sus hijos. "Otro noble guanche, Pedro de Adeje, llamado de Llerena al recibir el bautismo, también murió en esa acción: fue mencey de Adeje, y su mujer, María de Lugo, se avecindó en Buenavista" (B. Bonet, 1933. En Francisco García-Talavera,1989).
Participa en las expediciones de ayuda a los portugueses, como la de 1527, particularmente sangrienta.
Antes de la expedición a Santa Marta, en la actual Colombia, don Pedro había intentado antes capitular la conquista y saqueo de otras tierras de Indias:
... recibí una carta del Adelantado de Canarias por la cual parece que todavía tiene gana de tomar la empresa del río Paraná, que tan caro me cuesta. Un criado del dicho Adelantado me dio la carta y me dixo que va a allí [a la corte] y lleva la carta del dicho Adelantado para los señores del Consejo sobre la dicha empresa (Sebastián Cabot. Carta fechada en Sevilla el 24 junio 1533)
Después de que fue desposeído del gobierno de las islas Benahuare (La Palma) y Chinet (Tenerife) se lanzó a la conquista y saqueo de las tierras americanas, partiendo desde España con el título de gobernador de Santa Marta, Adelantado, y Capitán General. En las Islas reclutó un número considerable de colonos y criollos europeos ansiosos por lograr rápidas fortunas mediante el saqueo del oro de los indios que según las leyendas que circulaban en la época cubrían los tejados de los edificios en aquellas tierras. También incorporó a la expedición un considerable contingente de isleños de las diferentes islas, unos como hombres libres y otros que continuaban siendo esclavos de los colonos.
Tenía sesenta años. Organizó el ejército más disciplinado de aquellas tierras. Contribuyeron económicamente los colonos Juan Alberto Gerardini, natural de Francia y residente en Chinech (Tenerife) desde 1510 y el también italiano Cristóbal Francesquini. Pedro iba al tercio con los dos italianos durante los tres primeros años.  Alonso Luís, en nombre de su padre, fleta tres naves en Sevilla (España).
El galeón San Cristóbal, cuyo maestre y piloto lo era Men Rodríguez de Valdés, vecino de la capital andaluza. La nao Santa María, cuyo maestre era el italiano Nicolao di Napoli, vecino de Sevilla, y La nao Santi Spiritus cuyo maestre era el italiano Alesandre Cortese, vecino de también de Sevilla.
De los términos de estos contratos se comprueba que habían embarcado hombres y mercancías en Sevilla y en San Lúcar y los terminarían de cargar en el puerto de Añazu n Chinech (Santa Cruz de Tenerife). El 3 de noviembre firma don Pedro tres contratos de fletamiento, convenidos, en principio, en tierra andaluza por don Alonso Luis. El galeón San Cristóbal cargaría hasta 70 toneladas, de las que ya buena parte traía de Sevilla y San Lúcar. El resto lo sería en Añazu (Santa Cruz), en los seis días siguientes. Había ya conducido desde Castilla un número de hombres que no precisa y  en Añazu (Santa Cruz) embarcarían "todos los que vuesa señoría me dixere en este puerto e yo pudiera llevar". (Leopoldo de la Rosa)
El flete era de 3.500 mrs. tonelada, más un ducado por avería. Don Alonso Luis había anticipado a Valdés 300 ducados de oro a cuenta del flete. Por cada hombre habrían de pagarle 10 ducados, de a 375 maravedís, sin darles de comer, semejantes términos había acordado con Cortese. Nápoli se compromete a dar de comer a los hombres que llevase, cobrando por cada uno 15 ducados de oro y limitando el numero de los hombres a admitir a 150.

Men Rodríguez de Valdés se compromete a dar a cada hombre medio azumbre diario de agua, así como fuego y sal necesarios, más dos calderas de agua al día para cocinar, calderas que debían llevar las gentes de don Pedro. Por cada tres hombres se obligaba a recibir también una carga de siete palmos, más todo el alimento necesario, con la condición de que quedase a su favor lo que sobrare al término del viaje. De igual manera se comprometía a dejar libre la cámara de popa para que llevasen lo que quisiesen y además tres botas de agua para el capitán de la gente que fuese en el galeón, como también dar pañol para el pan que precisasen, y previene la conveniencia de que tanto la carne y el pescado, como las habas y los garbanzos los lleven en barriles o vasijas, para mejor resguardo. (Leopoldo de la Rosa)

La salida desde Añazu n Chinech (Santa Cruz de Tenerife) fue probablemente el 28 de noviembre de 1535 y la llegada a Santa Marta el 2 de enero de 1536. Uno de los capitanes más destacados en la expedición fue Lázaro Fonte, hijo del mercader catalán Rafael Font, acérrimo acreedor del primer adelantado, que fue primero regidor de Cádiz y luego de Tenerife. (Historia Documentos. Expedición a Santa Marta)

Si estos preparativos para la invasión y saqueo de las tierras americanas nos los contara un historiador oficial o oficialista, posiblemente que nos las describiese como el empeño altruista de unos caballeros inducidos por una ferviente fe católica y deseosos de llevar el conocimiento del verdadero Dios de los cristianos a los infieles de otras latitudes, y se quedarían muy satisfechos de propagar tales patrañas, a las cuales por otra parte, nos tienen muy acostumbrados en Canarias. Pero veamos a la luz de la fría documentación de la época, que los fines perseguidos por estos aventureros no eran tan elevados como pretenden hacernos creer estos historiadores de servicio y sí mucho más prosaicos y mercantilistas, siendo su verdadero objetivo el despojar a los habitantes de aquellas tierras igual que hicieron con estas, de sus tesoros, vidas y libertad, para saciar sus inacabables sed de rapiña:

Fletamento de un navío (Ciudad de San Cristóbal, 6 octubre 1535): Don Pedro dice que Doménigo Riço y Antonio Joven, regidores, se obligaron, ante el escribano Alonso Gutiérrez, "de me dar dos navíos con gente, en cierta forma e manera para ir a la conquista de Santa marta e llevar vinos e harinas, por mil ducados"; y como está de partida para Santa Marta da poder a Francisco de Lugo, Regidor, para que le cuide de su cumplimiento y se obligue al pago de los fletes.

Contrato de un herrero expedicionario (Tenerife, 1535): Sepan quantos esta carta vieren cómo yo Alonso Núñez, vezino desta isla de Tenerife, digo: que por quanto entre vos Vasco Rodríguez e mí a sido capitulado e tratado que ayáis de ir a la provincia e conquista de Santa Marta, donde va el Iltre. E muy Magco. Don Pedro Hernández de Lugo, Adelantado destas islas de Canarias, Governador perpetuo desta islas e de la isla de La Palma e Capitán general e Governador perpetuo de la conquista e provincia de la dicha Santa Marta por Sus Magestades; e por quanto en el dicho concierto e capitulación ovo ciertas condiciones que yo os he de cunplir e mantener, e quedé de os hazer escritura de todo ello, e agora el dicho señor Adelantado se anda despachando para el dicho viaje e yo soy obligado a le cumplir cierta gente, me conviene convenir con vos y efectuar lo susodicho, por manera que vais conmigo en mi navío este dicho viaje, e para ello devo cunplir con vos lo que e quedado e concertado: por ende, por esta presente carta, otorgo e conosco a vos el dicho Vasco Rodrigues e otorgo que me obligo de os llevar a vos e a un cavallo que al presente tenéis de color castaño que yo conosco, e más vuestra tienda del oficio de herrería, con todos sus pertrechos y herramientas necesarias para el dicho oficio...
... avéis de ser cavallero para ir a la dicha guerra con el dicho señor Adelantado, trayendo e llevando ballesta e cavallo e lança qual más vos quisiéredes, por razón de lo cual avéis de aver y llevar, e os será dado e pagado por el dicho señor Adelantado, toda su parte que como tal cavallero ballestero o de lança en puño...
Otros Canarios de los que se tiene noticias de que embarcaron en la expedición de Pedro de Lugo fueron Diego Rodríguez, que participo en la conquista de Santa Marta.

Gómez Anaya, Juan. Conquistador de Indias, vecino de Tenerife. Fue procurador de Tenerife con ocho doblas de oro de salario, recibido por el Cabildo el 17/6.1530. Se fue a Tierra firme con Pedro Fernández de Lugo,  y de allí Pasó a Santo Domingo, donde estaba en 1546. Había casado en Tenerife con Francisca de Alcaraz, que otorgó testamento cerrado el 6/4.1549, abierto el 20/4 siguiente. Habían tenido cinco hijos: Leonor de los Ríos e Inés de Anaya, que estaban entonces en Santo Domingo; Barbola; Tomás y Francisca de Anaya, ésta última desheredada por su madre, “porque estando debajo de mi poderío se ha ido por las partes y lugares donde bien le ha estado”.

Fallecida la madre, las dos hijas mayores dieron poder a su padre, en Santo Domingo a 11/11.1549, para cobrar su herencia en las islas; y parece que el padre volvió a Tenerife, ya que presentó este poder en 1556 (ante Gaspar Justiniano)

Gómez Orozco, Pedro. Natural de Tenerife (n. 1517), conquistador de Indias. Pasó a la conquista de Santa Marta con Pedro Fernández de Lugo. Sirvió como rodelero. Asistió a la fundación de Santa Fe de Bogotá. Tunja y Tocaimo, y a la de Pamplona en 1549, donde tuvo la encomienda de Cahira. Fue padre de Pedro González de Orozco, que casó con Francisca de Rojas, hija de Francisco Fernández, fundador de Ocaña, y de Isabel de Rojas. (Alejandro Ciuranescu)
Compromiso de pago de don Pedro por fletes y mantenimientos (Tenerife, 6 noviembre 1535):
... digo, que por cuanto yo embié a vos don Alonso Luis de Lugo, mi hijo, a Castilla a vender una librança que Su Mgd. Me hizo de cinco mil ducados que me libraron en las rentas pertenecientes a Su Mgd. En la provincia de Santa Marta, por razón de lo que Su Mgd. Me devía de ciertos salarios de la governación desta isla e La Palma e por ayuda de costa de la armada de la conquista de la dicha provincia e para fletar navíos a ciertos precios e condiciones, segund que en la carta de venta que en nuestro nombre e mío fazisteis de la dicha librança y en los fletamentos que hizísteis  los dichos navíos para llevar la gente e mantenella por vuestra cuenta; e por que lo susodicho sea mejor pagado; me obligo que del dozavo que me pertenece de todas las presas e rescates que se han [roto] ... de que Su Mgd. me haze merced en la governación de la dicha provincia e de las partes que como a capitán general me pertenescen de las dichas provincias, no tomaré mrs., ni plata, ni oro, ni perlas, ni piedras, ni cosa alguna hasta tanto que las dichas personas a quien vos obligásteis en mi nombre e por vos, e a quien vendísteis las dichas libranças e a los maestres e personas a quienes se deben los dichos fletes e mantenimiento, conforme [roto] ... la obligación que en mi nombre y en el vuestro fezistes a los susodichos, sean contentos e pagados.
Compromiso (Tenerife, 12 noviembre 1535): ... por quanto vos el capitán Francisco Gasco vais en mi compañía a la dicha provincia de Santa Marta, donde yo voy por mandado de Sus Magestades, e lleváis vuestro navío abituallado e aparejado para me ayudar a llevar la gente e lo demás que llevo a la dicha conquista: por ende, por la presente me obligo e prometo de vos dar e pagar a vos, o a Bartolomé e a Pero de Aponte vuestros compañeros o a qualquiera de vos, según el concierto entre vosotros paresciere, todo lo que paresciere por fe de escribano que avéis gastado en provisiones para el dicho viaje e navío , con más ciento e cinquenta por ciento de ganancia; e más por cada viaje dado que llevardes a la dicha provincia, diez ducados de oro bueno de valor cada uno de trescientos e setenta e cinco mrs. De buena moneda; e todo lo que montare, en la manera que dicho es, prometo e me obligo de vos lo dar todo e pagar en la dicha provincia de Santa Marta del oro qualesquier que oviere de las primeras e segundas entradas que en las dichas entradas se ovire; e que os será bien e conplidamente pagado... (ibiden

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