viernes, 19 de diciembre de 2014

EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA



UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERIODO COLONIAL 1491-1500


CAPITULO I-II



Eduardo Pedro García Rodríguez

1491. Marzo 1. (s.l.) (f. 77). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que determinen en la demanda presentada por Alonso Gallego, vecino de Palos, que reclama a Fernando Trujillo, vecino de dicha isla, 8.250 maravedís que le pagó por una moza gomera de 15 años, llamada Francisca, ya que ésta fue tomada por los obispos de Málaga y Canaria, por ser cristiana y libre. Don Alvaro, decanus hispalensis. Johannes. Gonzalo. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 1. Sevilla. (f. 322). Incitativa a las justicias de Jerez de la Frontera, para que entiendan en la demanda presentada por Antonio Romano, vecino de la ciudad de Mesina en Sicilia, que reclama a Martín Taragano, vecino de Jerez de la Frontera, 13.500 maravedís por una canaria llamada Catalina de La Gomera, ya Fernando Hamara 12.275 por una canaria llamada Ftancisca; las cuales le fueron vendidas en Jerez de la Frontera como de buena guerra y luego han sido tomadas por el obispo de Canaria por ser libres. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Mármol. (E. Aznar;1981)

1491. Marzo 6. Sevilla. (f. 160). Incitativa a las justicias del reino, para que conozcan en la demanda presentada por Peralonso, hortelano vecino de la villa de Rota, que reclama 6.000 maravedís que pagó por un mozo gomero de 20 años, dado que éste le fue tomado por los obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser cristiano y libre. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Anton. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 6. Sevilla. (f. 161). Incitativa a las justicias del reino, para que conozcan en la demanda presentada por Francisco Alonso, solero vecino de Gibraleón, que reclama a Juan García de Santamaria, vecino de San Juan del Puerto, 10.000 maravedís que le pagó por una gomera de 25 años, llamada Catalina, que compró para su hermana Leonor Martín, vecina de Gibraleón, ya que dicha esclava fue tomada por los obispos de Málaga y Canaria, por ser cristiana y libre. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Gundisalvus. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 8. Sevilla. (f. 78). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que determinen en la demanda presentada por Francisco Rascón, vecino de la villa de Palos, que reclama a Juan Sánchez, vecino de dicha isla, 5.500 maravedís que le pagó por una esclava gomera de 30 años, llamada Inés, dado que se la vendió como de buena guerra y luego fue tomada por el obispo de Canaria, por ser libre. (E. Aznar;1981)

1491. Marzo 8. Sevilla. (f. 463). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Alonso García de Rota, vecino de la villa de Rota, que reclama a Juan de Cota, vecino de Palos, como hacedor de doña Beatriz de Bobadilla, 6.000 maravedís que le pagó por un mozo gomero de 12 años, llamado Fernando, que fue tomado por los obispos de Canaria y Málaga, miembros del Consejo, por ser cristiano. Suscriptores: Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Anton. Filipus. Castillo. (E. Aznar;1981)

1491. Marzo 10. Sevilla. (f. 83). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Alonso y áñez, vecino de Rota, que reclama a Francisco de Duardo, vecino de dicha isla, 20 doblas moriscas, tasadas en 8.000 maravedís, y un albornoz que le pagó por una moza gomera de 15 años, llamada Margarita, ya que ésta le fue tomada por los obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser cristiana y libre. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar;1981)

1491. Marzo 10. Sevilla. (f. 205). Incitativa a las justicias de Gran canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Antón Martín, zapatero vecino de Palos, que reclama a Juan de Meneses 6.000 maravedís que le pagó por una moza gomera llamada Maria y su hija, ya que éstas le fueron tomadas por los obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser cristianas. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo l0. Sevilla. (f. 384). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Juan de Albarracín, vecino del Puerto de Santa María, que reclama a Pedro de Vera, gobernador de dicha isla, 4.500 maravedís que le pagó por una gomera de 30 años llamada Inés y una hija suya llamada Juana, que fueron tomadas por los obispos de Málaga y Canaria, miembros del CQnsejo, por ser libres. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar;1981)

1491. Marzo 11. Sevilla. (f. 287). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Pedro Cazabí, vecino de Sanlúcar de Barrameda, que reclama a Juan Verde, vecino de Lanzarote, 6.200 maravedís que le pagó por un mozo gomero, llamado Juan, ya que éste fue tomado por los obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser cristiano. Suscriptores:Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar;1981)

149.1. Marzo 11. Sevilla. (f. 299). Incitativa a las justicias de Niebla, para que conozcan en la demanda presentada por Marcos González, vecino de Niebla, que reclama a Juan Marques, vecino de Lepe, 6.500 maravedís que le pagó por un esclavo canario de 13 o 14 años, llamado Pedro de La Gomera, dado que le fue vendido como de buena guerra y luego fue tomado por el obispo de canaria por ser libre. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Filipus. Mármol. (E. Aznar; 1981)

1491 Marzo 11. Sevilla (f. 400). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Fernand Martínez de Alza, vecino de Palos, que reclama a doña Beatriz de Bobadilla, viuda de Fernán Peraza, un barco valorado en 13.000 maravedís, que le pagó por dos mozas gomeras llamadas Magdalena y María, de 10 y 8 años respectivamente, ya que éstas fueron tomadas por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristianas. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Filipus. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491 Marzo 11. Sevilla (f. 408). Incitativa a las justicias de Niebla, para que determinen en la demanda presentada por Francisco Rodríguez Toscano, vecino de la villa de Trigueros, que reclama a Gines Daza ya su mujer, vecinos de Niebla, 3.800 maravedís que les pagó por un gomero de 40 años, llamado pedro de La Gomera, dado que se lo vendieron como de buena guerra y luego fue tomado por el obispo de Canaria por ser libre. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Filipus. Mármol. (E. Aznar;1981)

1491 Marzo 11. Sevilla (f. 565). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que determinen en la demanda presentada por María Usodimar, mujer de Francisco de Frías, alcaide y regidor de Cádiz, que reclama a Pedro Coronado y Sebastián de Campos, hacedores de doña Beatriz de Bobadilla, el importe de una moza gomera de 8 años. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar;1981)

1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 107). Incitativa a Francisco de Bobadilla, corregidor de Córdoba, para que dé cumplimiento de justicia a los herederos de Francisco de Orozco, vecino de dicha ciudad, que reclaman a otro vecino de la misma, cuyo nombre está en blanco, 11.000 maravedís que le pagaron por una canaria llamada Catalina, ya que ésta les ha sido tomada por los obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser cristiana y libre. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar;1981)

1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 215). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Diego Colmenero, vecino de Palos, que reclama a Pedro de Vera, gobernador de dicha isla, 6.300 maravedís que le pagó por una moza gomera, llamada María, ya que ésta fue tomada por el obispo de Canaria, miembro del Coasejo, por ser cristiana. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 217). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Francisco García, vecino de Palos, que reclama a Gutierre de Ocaña, vecino de dicha isla, 6.000 maravedís que le pagó por un mozo gomero llamado Pedro, ya que éste fue tomado por el obispo de Canaria, por ser cristiano. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Filipus. Antonius. Castillo. (E. Aznar;1981)

1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 218). Incitativa alas justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Francisco Martín, zapatero, vecino de la villa de Palos, que reclama a Juan Díaz, zapatero, vecino de dicha isla, 6.009 maravedís que le pagó por un niño gomero de 4 años, y al gobeenador de la isla 6.000 maravedís que le pagó por una gome,ra llamada Inés, y a que dichos esclavos fueron tomados por el obispo de Canaria, miembro de Consejo, por ser libres. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Antón. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 406). Incitativa a las justicias de Lepe, para que conozcan en la demanda presentada por Alonso Márquez, vecino de dicha villa, que reclama a Manuel Suarez, también vecino, 6.000 maravedís por una moza gomera de 8 años llamada Inés, y a Martín de Avilés 5.000 maravedís por un hombre gomero de 50 años llamado Gonzalo, ya que ambos le fueron tomados por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por mandato de Sus Altezas. Don Alvaro. Don Juan. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 16. Sevilla. (f. 375). Incitativa a las justicias de Gran cana ria, para que conozcan en la demanda presentada por Juan Martínez de San Clemente, vecino de Sevilla, que reclama a Porras, vecino de dicha isla, 4.000 maravedís que le pagó por una moza gomeia de seis años, que fue tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser libre. Don Alvaro, decanus hispalensis, Antón. Gundisalvus. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 19. Sevilla. (f. 84). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Pedro de Santana, vecino de Sevilla;, que reclama a Ibone de Armas, vecino de dicha isla, 11.000 maravedís por un mozo gomero llamado Fernando y una moza gomera llamada María, y a Lope Fernández, herrero, también v~cino de la isla, 7.000 maravedís por una moza gomera llamada Isabel; todos los cuales le fueron vendidos como de buena guerra y ahora han sido tomados por el Obispo de Canaria, miembro del consejo, por ser cristianos y libres. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Gundisalvus. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 20. Sevilla. (f. 261). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Juan Coronel, mercader estante en Sevilla, que reclama a Fernando de Olmedo, vecino de dicha isla, 7.000 maravedís que le pagó por un mozo gomero de 15 años, llamado Diego, ya que éste fue tomado por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiano. Don Alvqro. Johannes. Antonius. Filipus. Juan Alosno del Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 22. Sevilla. (f. 157). Comisión a las justicias del reino, para que entiendan en la demanda presentada por Pedro Vidal, que reclama al corredor Andrés de Luna 2.000 maravedís y un caballo que le pagó por un canario, dado que lo hubo de entregar por ser cristiano a Gonzalo de Córdoba, hacedor real, si bien, éste le pidió que lo tuviese secuestrado por estar enfermo, hasta que lo entregase .en Sevilla a los obispos de Málaga y Canaria, lo que él hizo, pero la noche anterior a entregarlo murió, como consta por carta del obispo de Canaria. Se da a petición de Pedro Vidal, quien suplicó contra la carta ganada por Andrés de Luna, por la que se sobreseyó la ejecución de dicho canario. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Vitoria. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 23. Sevilla. (f. 82). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Antón García, vecino de Rota, que reclama a Fernando de Porras, vecino de dicha isla, 8.000 maravedís por una gomera de 20 años y sus dos hijos, ya Pedro de Vera, gobernador de la misma, 8.500 maravedís por una moza gomera de 18 años llamada Isabel; todos los cuales le fueron vendidos como de buena guerra y ahora el obispo de Canaria, miembro del Consejo, se los ha tomado por ser cristianosy libres. Don Alvaro, decanus hispalensis. Johannes. Gundisalvlis. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 24. Sevilla. (f. 376). Incitativa a las justicias de Sevilla, para que entiendan en la demanda presentada por Pedro Martínez Peligro, vecino de dicha ciudad, que reclama a Gaspar Ginovés, estante en ella, 5.000 maravedís que le pagó por una moza gomera de 18 años, llamada Catalina, que fue tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiana. Don Alvaro. Johannes. Antón. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 27. Sevilla. (f. 232). Incitativa a las justicias de Cáceres, para que entiendan en la demanda presentada por Ruy González, vecino de la villa de Moguer, que reclama a Alonso Sánchez, vecino de Cáceres, 4.000 maravedís que le pagó por una gomera de 40 años, llamada Juana, ya que ésta fue tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiana. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Gundisalvus. Filipus. Franciscus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491. Marzo 27. Sevilla. (f. 233). Incitativa a las justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Ruy González, vecino de Moguer, que reclama a Rodrigo de la Fuente, mayordomo del gobernador Pedro de Vera, 6.000 maravedís que le pagó por un mozo gomero de 25 años, llamado Pedro, ya que éste fue tomado por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiano. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Gundisalvus. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)


1491. Marzo 28. Sevilla. (f. 207). Incitativa a las justicias del reino, para que conozcan en la demanda presentada por Tomás Motaran, patrón de una galeaza, que reclama a Pedro Verde, vecino de Sanlúcar de Barrameda, 59 ducados que le pagó por dos mozas gomeras, llamadas Lucia y Magdalena, y un hijo de la primera, ya que dichos esclavos le fueron tomados por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristianos. Don Alvaro. Andreas. Franciscus licenciatus. Castillo. (E. Aznar; 1981)

1491 marzo 28.
Villa  de1 Real  de Las Palmas.-Repartimiento  a Gonzalo de la Rojana, por el Gobernador Pedro de Vera, de un pedazo de  tierra,  qu'es  encima  de  las  suertes  de  Fernando  de Montemayor,  Francisco Peña y Francisco de Porras, de regadío, en la "Tierra Blanca",  en dos pedazos:  a un cabo y otro del arroyo, lindando con tierra de Sancho de Vargas. (V. copia en doc. de 1  de agosto de 1509, en Apéndice V)+  (M.  Q.,  1509, fol. 680 v.).  
(Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1491 Marzo 30. Sevilla (f. 64). Comisión al contino Francisco Maldonado para que visite la isla de Gran Canaria e informe de la gobernación y capitanía general que durante nueve años ha detentado Pedro de Vera, veinticuatro que fue de Jerez, a causa del escaso poblamiento de dicha isla. Mientras dure dicha pesquisa Pedro de Vera, sus hijos y oficiales han de abandonar la isla, entregando la gobernación y varas de justicia a Francisco Maldonado, quien en, su informe ha de abordar la administración de justicia, los repartimientos de tierras, el trato a los pobladores, la manera de realizar las cabalgadas a otras islas, las posibles rentas de la isla, la construcción de poblaciones y la atracción de mercaderes. El Rey y la Reina, Parra. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Antonius. (E. Aznar; 1981)

1491 Marzo 30. Sevilla (f. 188). lncitativa a las justicias del reino, para que conozcan en la demanda presentada por Gonzalo C'uerrero, cambiador vecino de la villa de Vejer, que reclama a Juan Calderón, vecino de dicha villa, 5.000 maravedís que le pagó por una gomera de 25 años, ya que ésta fue tomada por los obispos de Canaria y Málaga, miembros del Consejo, por ser cristiana.  (E. Aznar; 1981)

1491 Marzo 30. El salmantino Francisco Maldonado, fue nombrado juez de residencia en Tamaránt (Gran Canaria). A su cargo remediar las "sinrazones", perpetradas por Pedro de Vera y adláteres, a lo largo de una década, habría de averiguar por qué "la dicha ysla, fasta oy no se ha poblado cómo debiera", pues sin conocer la causa, no es posible erradicar un efecto. Sabida, procuraría atraer mercaderes, por ser los vasallos más rentables. Iniciadas las actuaciones, Vera no tardó en ser requerido. Hubo de depositar los consabidos 500.000 maravedís, en manos del Obispo de Avila, confesor del rey, bajo el mismo pretexto. En puertas la "conquista de Africa", como diría Maquiavelo, las Canarias se cerraron al tráfico de oro y esclavos, a 23 de diciembre de 1491. Los naturales, que en tiempos de Pulgar pasaban de una isla en otra, frecuentando los puertos de Andalucía, quedaron recluidos en su lugar de residencia: "no consintades ni dedes lugar a que ninguno de los dichos canarios y canarias, no embarquen en ninguna nao y carabelas ni varcos e fustas, ni dedes lugar a que ninguna ni ningunas personas los lleven ni pasen a la dicha isla de la Gran Canaria" o la metrópoli. El nativo que arribase a puerto, sin llevar licencia especial de la corona, sería declarado propiedad real, como cautivo perpetuo. (L. Al. Toledo)

1491 Marzo 31. Sevilla (f. 85). Carta a las justicias del Reino para que investiguen quiénes vendieron y transportaron de unas partes a otras a los cautivos de la isla de La Gomera, que fueron declarados libres en octubre de 1490 por su condición de cristianos, y para que los obliguen a entregarlos a las personas que los obispos de Málaga y Canaria enviaren, a fin de que sean puestos en libertad. Don Alvaro. (E. Aznar; 1981)

1491 Marzo 31. Sevilla (f. 395). lncitativa a las justicias de Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Bernardo de Frías, vecino de Cádiz, que reclama a los hacedores de doña Beatriz de Bobadilla, viuda de Fernán Peraza, 4.200 maravedís por un mozo gomero de 12 .años llamado Juan y 2.300 maravedís por un niño de 6 años, dado que él les pagó dichos esclavos y luego fueron tomados por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser libres. (E. Aznar; 1981)

1491 Abril 10. Por Real Cédula la corona de la metrópoli cede el Señorío de Agüimes en Tamaránt (Gran Canaria) a la secta católica. En cuanto a la enajenación de jurisdicciones o, 1o que es igual, la venta de pueblos, la Corona española, a pesar de las promesas de no enajenación hechas por los Reyes Católicos, accedió a las pretensiones de algunos señores colonos establecidos en las islas. En el ámbito de las islas nombradas como realengas los núcleos de población dependían o pertenecían a la jurisdicción real. En el siglo XVII se producen varios intentos de compra de señoríos, aunque no en todos ellos se consigue el fin propuesto.


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