EFEMERIDES CANARIAS
UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERÍODO COLONIAL,
DÉCADA 1721-1730
CAPÍTULO XXXIII
–I
Eduardo Pedro García Rodríguez
1721.
A principios de siglo se presenta en la colonia la
fiebre amarilla; más tarde, hacia 1721-22, se combinan la hambruna con la
epidemia; en 1741-42 nuevo brote epidémico que produjo saldos vegetativos
negativos en muchas parroquias canarias. Hacia mediados de la centuria, en
1750-51, el hambre, combinada con la fiebre amarilla, causó numerosísimas
muertes en el Archipiélago, haciendo subir los índices de mortalidad de muchas
parroquias (Gáldar, Agüimes, Tejeda, Mogán, Tirajana, Artenara, Teror...).
1721. Las malas cosechas y el desaprovisionamiento del mercado de
subsistencias en la colonia son un hecho
patente y repetido en las primeras décadas del Setecientos, reflejado en el
alza constante de precios del trigo que se aprecia entre 1690 y 1709. Tras
algunos años de cosechas regulares, la crisis de subsistencia se renovó con
mayor intensidad a comienzos de la década de 1720-1730. El año 1721 fue
especialmente grave para las islas, la hambruna y la emigración masiva desde
Titoreygatra (Lanzarote) y Erbania (Fuerteventura) hacia Chinech (Tenerife) y
Tamaránt (Gran Canaria) se convierte en un amenaza de despoblamiento para
aquellas islas, en tanto que la
Corona de la metrópoli tiene que autorizar la importación de
250.000 fanegas de grano libres de aranceles desde Andalucía (España) para
mitigar la carestía.
Las malas cosechas en la colonia
se reproducen; las adversidades climatológicas, como el temporal de 1722, y las
dificultades para restaurar el sistema productivo agrario con un campesinado
empobrecido y endeudado por la carestía, fueron algunos de los factores que
provocaron la persistencia del bache agrícola. Las décadas siguientes
presentan, no obstante, los síntomas de una recuperación relativamente estable
en la producción agraria. La media de los precios del grano desciende tras la
superación de las carestías de 1721-1723 y si bien se producen algunas coyunturas
de desabastecimiento, sus efectos como desarticuladores de la economía, a medio
plazo, no parecen tan graves como en el periodo anterior.
1721.
Don Juan de Mur y Aguerre, capitán general de la colonia de Canarias encarga al
capitán Gaspar Domínguez una nueva expedición en busca de la isla de San
Borondón, el mismo capitán repetiría en otra ocasión en 1732 con los mismos
resultados.
1721. El Archivo Municipal de Eguerew (La Laguna) conserva documentos
significativos de la reacción del Cabildo colonial, que alarmado por la
situación, dispone medidas de ayuda a través de la Beneficencia, para
los inmigrantes majoreros, por otra parte, conducta propia del espíritu
ilustrado imperante, que con tales actos paliaba las contradicciones sociales
reinantes. Esta dinámica de salida poblacional desde Fuerteventura hasta
Tenerife, como ya apuntamos, no fue exclusiva de esta segunda mitad del siglo.
En la gran hambre una de las más
fuertes de esta primera mitad siglo, llegaron a Chinet (Tenerife) más de 3000 refugiados
y sólo el Pueblo del Sauzal se vió obligado a dar abrigo y alimento a 600 de
ellos, que habían arribado por la
Caleta de la costa. El capitán general gobernador de la
colonia, Juan de Mur, nombra una junta de abasto general para resolver el problema,
cuya solución más urgente consistía en enviar un correo al Rey español, a
través de Cádiz, Madrid y regreso sin dilación, y "para este duro trabajo
menester, el correo, dícese (sic) que ha de ser persona robusta, aunque sea de
ninguna distinción".Naturalmente, la Junta creada, más sensata acuerda la extracción
de 45.000 reales del Arca de los Quintos, para ayudar a Erbania
(Fuerteventura). El dinero se repartirá en especie y no en metálico entre los
necesitados, por una comisión formada por personas autorizadas. Se apercibe que
los vecinos que reciban ayuda deberán prestar fianza para la devolución de
dicha ayuda y los que no tengan ningún bien serán socorridos diariamente con lo
indispensable para su alimentación. Por lo general los años malos y de escasez
fueron precedidos de la emigración de grandes contingentes humanos sin más
expectativa que la mera subsistencia.
1721.
Nace en Benahuare (La Palma) el criollo Mauricio
da Vila Magdalena.
Escribió en. 754 El órgano de las
Musas, cuatro tomos de poesías; El Templo de Minerva y Parnaso Español, un
tomo; Alcázar de mentiras, tratado filosófico; El Asterismo de Calerruega,
poema en octavas a Santo Domingo, y la
Vida de Santo. Tomás de Aquino, en seguidillas. Se doctoró en
Derecho en la Universidad
de Sevilla; ciudad donde residió bastante tiempo y en la cual desempeñó un
empleo en la Compañía
de Contratación de Indias. Murió en La
Palma en 1760.
Obras:
I. Organo del templo sacro del
Parnaso, que con métricas y dulces voces, en asuntos amorosos, serios, jocosos,
sagrados y profanos tocaba en el Castalio Coro de las Nueve Musas.- Ms., 140
pp. 2. El Asterismo de Calerruega.- Poema en octavas dedicado a Santo Domingo.
3. Vida de Santo Tomás de Aquino.- Poema en seguidillas. 4. Templo de Minerva y
Parnaso Español. 5. Alcázar de mentiras. Escrito hacia 1752,
en el que combate los errores de
varios autores.
1721. Traslado de la Comandancia General
de las tropas de ocupación desde Eguerew (La Laguna) a
Añazu (Santa Cruz) por el capitán general de la corona española en
Canarias marqués de Valhermoso.
1721. Teror,
Tamaránt (G. Canaria). Los aguamangantes deciden usurpar el agua del
heredamiento de Tenoya.
1721. La cosecha de cereales en la isla Erbania (Fuerteventura)
resulta nula y ante tal perspectiva gran parte de la población desesperada
comienza a emigrar desde los primeros días del año. Tamaránt (Gran Canaria) la
isla más próxima y primera receptora de emigrantes y conocida la situación
grave de Erbania (Fuerteventura) y la avalancha de gente que van a arribar a la
isla, deciden la medida más drástica y menos humanitaria en estas situaciones:
la prohibición de entrada. El 22 de
marzo se reúne en sesión abierta el Cabildo gran canario y como la cuestión es
grave, por poner al borde de la muerte a masas de población, recurre a consejo
de teólogos y juristas. La decisión es terminante: se acuerda comunicar al
Cabildo de Erbania (Fuerteventura) que Tamaránt (Gran Canaria) no admitirá a
más emigrados de esta Isla - y Titoreygatra (Lanzarote) - que los tres mil que
hasta el momento han llegado", cantidad de por sí ya respetable para la
demografía de la época. Al conocerse la noticia se reúne el Cabildo de Erbania
(Fuerteventura), con carácter urgente, el 4 de abril, bajo la presidencia de su
alcalde Antonio Téllez de Silva, dándose cuenta que los habitantes de la isla
" se hallan de lugar en lugar y de puerta en puerta pidiendo socorro, como
no se puede imaginar y nunca ha ocurrido, pues habrá escasamente sesenta
vecinos que puedan mantenerse un año, no pudiendo socorrer a parientes ni a
pobres". Se echa mano a lo recaudado por impuestos de quintos
correspondientes al señorío, y e intervenidos por pleito iniciado en 1686 en la Audiencia, y con el
objeto de comprar granos para el sustento.
En sesión de 4 de noviembre de 1776, se dice que la isla experimenta un año estéril de cada tres o cuatro. A ello se suma la falta de moneda corriente, obligando al ya olvidado trueque de otras épocas, por trigo o por animales, para obtener otros bienes imprescindibles y de necesidad inmediata. Esta falta de moneda alcanza hasta los más hacendados puesto que en acta de 5 de febrero de 1789, se lee "que los hacendados tienen que pasarse a hierbas solas”.
1721 Junio 5. Sepan Quantos esta Carta de Venta RL Y perpetua enagenaon Vieren como Yo el Cappn Antonio de Morales Vezo de la Isla de Tenere y recidente en esta otorgo y Conozco que Vendo realmte Y con efectos desde aora y para Spre Jamás a Joachin Gonzes Lorenzo Man Massías y Ventura Martinez Vezos de esta Ciud para los sussodhos y quienes les repressentare en Qualqr manera es a saber vn Barco llamado el Navichice y por Patronos y protectores ntra Sora del Carmen y las Animas con todos sus peltrechos dos anclotes tres Calabrotes dos Calderos dos afugas de marras Hachas Suela y martillo Lancha remos y demas que le pertenece el qual es mio propio que lo huue y Compre en el Reyno de Galicia en precio de dos mill RS de la moneda de plata Corrite en estas Islas las quales Confiesso reciuir de presste de dhos Compradores en dineos de Contado de Cuyo Exciuo y pagamto Yo el infraescrito escriuao doy fee hauerse hecho pr mi precensia y de los tgos de esta Carta y Como Contento Satisfho y pagado pr esta les doy Carta de Pago y Ruo en forma de ella Y declaro que el dho precio de dos mill RS es el justo Valor de dho Barco con todo lo a el anejo y perte-neciente y no Vale mas pero si aora o en algun tiempo mas Valiere de su demacia y mas Valor les hago gracia y donaon perfecta Con todas insinuaciones y solemnidades en dro requeridas aserca de lo qual renuncio la ley del Sordenamito RL Y de mas de este Casso y desde oy en adelante me decisto y aparto de la Pocession propiedad y Señorio que hauia y tenia a dho Barco y todos con mis dros y acciones lo Cedo renuncio y traspasso en los dhos Compradores y los suyos a quienes doy poder y facultad para que de su authorion o de la Justicia qual mas quisieren tomen y aprehendan su Pocession que la que tomaren la abre pr firme aora y en todo tiempo y en el interin me Constituyo inquilino para darsela Cada que me la pidan y demanden y Como real Vendeor me obligo a la evision segurid y Saneamito de esta Ventas en la mas bastante forma que pr dro puedo y debo ser obligado = Y es declaron de esta escritura que respecto a estar el Barco cargado de trigo para hazer Viage a la Isla de Thenere y ganar Quatro partes es ajuste y Convenio que las dos aya de perceuir Yo el Vendeor y las otras dos los Compradores = Y estando presste a lo contenido en esta escrita los dhos Joachin Gonzes Manuel Massias y Bentura Martinez auiendo la oydo y entendido otorgamos que reciuimos en nos su estipulaon y Validaon y respecto a estar pa hazer el Viage el dho Barco a la Isla de Thenerife de Quenta y riesgo de dho Capp Anto Morales hemos de passar y passamos nos los dhos Manuel Massias Y Bentura Martina dho Puerto a reciuirlo y darnos por entregado de el luego que haga su descarga y en casso de que lo que Dios no permita suceda el perderse nos ha de Volver la dha Cantidad a lo qual Yo dho Cappn Anto Morales me obligo con mi Perssa y bienes en bastante forma de dro para que se me pueda apremiar y conpeler a su Cumplimito Y al Cumplimito de todo lo dho todas las ptes cada Vno por lo que nos toca nos obligamos segun por dro podemos y debamos ser obligados damos poder a los Sores Juezes y Justicias de su Magd para que nos lo manden guardar y Cumplir como por Sentena bassada en auercidad de Cossa Jusgada renunciamos las leyes fueros y dros de nro favor y la gral en forma en testimo de lo qual otorgamos la presste en esta Ciudad de Canaria a Cinco de Junio de mill Settos y Veinte y Vn años y los otorgantes a quienes Yo el escriuao doy fee Conozco assi lo dixeon otorgaon Y firmaon ecepto el dho Bentura Martinez que dixo no saber a su ruego lo hizo Vn tgo siendo los presstes Dn Fernando Velez de Valdiuiesso y franco Lossada y Palacio Vezos de esta dha Ciud y Anto Diepa Vezino de la Isla de Fuerteventura y recidente en esta =
Antonio morales Lorenzo, Joachin Gonzs,
Manuel Macias. Por tgo. Franco Lossada Y
Palacio. Antemi, Franco Antonio
de Quiroga lossada esno puco .
1721
Noviembre 5. Información sobre la Isla de San Borondón ante el
escribano Bartolomé García del Cstillo. Fondo antiguo de la Biblioteca General,
Universidad de La Laguna,
fols. 29r .- 38r
En la villa de Baluerde Ysla del Hierro a çinco
de Nobienbre de mill seteçientos y veinte y vn as: el señor Dn:
Matheo de Acosta Alcalde mayor desta Ysla dixo que por quanto Abiendose
abistado de esta Ysla hazia la parte del oeste una Ysla que por antigua
tradiçion se a nombrado la de San Blandon y en el mes de jullio y en dias de
Agosto deste Presente Año se uio clara y distintamente su forma y figura por
muchas y diferentes Personas y auiendose puesto en notizia del Exmo:
Señor Dn: Juan mur y Aguerre Cauallero del horden de Santiago del
Consejo de Guerra de Su Magd: Gouernador y cappan:
General destas Yslas y Presidente en su Real Audiençia a sido seruido mandar se
haga aberiguazion y Prueba de auerse avistado dha Ysla en su
cumplimiento Dixo, que deuia mandar Y mando que todas las Personas que la
vieron comparescan y Declaren con distinta expreçion del Paraje y su forma y lo
demas que en esta Rason conuenga Y azi lo Proueyo mando Y firmo = Matheo de
Acosta ante mi = Bartholome Garçia del castillo essno: ppco
de Cauildo y Guerra------ En la villa de Baluerde Ysla del Hierro a
çinco de Nouiembre de mill seteçientos veinte y un as: Sumd: El
señor Alcalde Mor Para Prueba del Auto de esotra parte hizo Parezer ante zi y
El Presente Essno: a juan de morales Alcalde de la jurisdiçion de
Barlouento en esta Ysla que juro a Dios y a una cruz conforme a dro. y prometio
dezir verdad y preguntado al tenor de dho Auto Dixo que este Presente año a los
vltimos Dias del Mes de junio estando el testigo en la parte que llaman tamuica
en una era vna ora antes de la noche com poca diferençia bio de la Ysla de la Palma hazia El oeste la
forma y figura de una Ysla que El testigo con sertidumbre tubo pr
tierra Porque al mismo tiempo beya la
Ysla de la
Palma que tenia El mismo color y aparienzia de dha:
Ysla y Ambas Estaban limpias y despojadas de brumas de forma que estaban con la
misma capasidad de hazerse vn mismo juiçio de anbas y la Ysla nuebamente vista era
mucha mayor que la de la Palma
y en El extremo y parte que mira azia dha Ysla de la Palma y a esta Parezia mui
alta dha: tierra y hazia al medio tiene vna quebrada y de ella para
El estremo y punta desminuia bajando de forma que no pudo El testigo
comprehender donde se concluye y feneze Y dha Ysla estubo a la vista
quasi hasta que El sol se puzo Y al Ponerse vino a ser El osidente entre dhas:
dos Yslas de la Palma
y de la soure dha: aunque se puso mas serca de dha Ysla
que quedaba Para la parte del oeste de donde se puzo El sol Y asi que fue
escuresiendo fue cubriendose dha tierra con bruma y estando en dho
Paraje muchas Personas en Diferentes eras se llamaron vnos a otros advirtiesen
en la vista de dha: Ysla como lo fueron El Cappn: Dn
Marcos Peres de Guaderrama Rexidor desta Ysla El Alferes Diego Peres, Diego
montero Y otras muchas Personas de que no haze memoria y que esto es Lo que
saue y la verdad por su juramento y Declaro Ser de hedad de çinquenta Y quatro
años Y no firmo por no sauer leosele su dho: Y afirmose de que doy
fee = Matheo de Acosta = Bartholome Garçia del Castillo essno: ppco:
de Cauildo y Guerra---------
Y despues en dho Dia Mes y año dho Sumd
El señor Alcalde mayor para mas Prueba de lo contenido en el auto de atras hiso
pareser ante Su md: a El Cappan Dn: Marcos
Peres GuadeRama Rexidor desta Ysla que juro a Dios y a vna cruz conforme a dro:
Y prometio dezir verdad y preguntado al tenor del Auto de esotra parte dixo que
al Prinçipio del Mes de jullio deste presente año por fines de junio segun se
aquerda aviendo Pasado El testigo a tamuica Parte desta Ysla a Requerir vnos
mozos que tenia en vna era estando en Ella llego aPresurado El Alferes Diego
Peres y le dixo al testigo bieze vna Ysla que nunca se auia visto Y Reparando
El testigo y El sargento Manuel de merida y dos hijos de el testigo Y Patrisio
de Castañeda que Estauan En dha: Era todos vieron vna Ysla mui
grande que estaua mui distante de la
Ysla de la
Palma y quedaba Para la parte del oeste y al mismo tiempo
dise que dha Ysla tenia mas de dos tantos de la Ysla de la Palma y estaua con mucha
Diferençia de su planta forma y figura y por lo claro y sereno del orisonte
hizo juiçio sierto que era tierra y desde oras de Visperas Permanezio dha
tierra manifiesta y la bio El testigo hasta la Noche, y para la parte que dha: Ysla
mira y esta contra la Ysla
de la Palma
tiene mucha altitud de forma que baja y haze vna quebrada de la qual baja en
diminuzion azia el otro Extremo El qual no se pudo comprehender Por lo ygual
que a la vista pareze con El mar y por lo que la tierra corre avnque toda a la
vista = y obserbando El testigo dha: Ysla toda la tarde serca de la Noche bio que vna bruma se
pego con dha Ysla en el estremo hazia la parte de la Palma y otra en la cumbre de
forma que dha Bruma arriua se ueia la tierra y esto se entienda de la Bruma que estaua en la costa
y se fueron aumentando ambas Brumas hasta que cubrieron toda la tierra y que
esto es lo que saue y la verdad Por su Juramento y Declaro ser de edad de
çinquenta y tres as: leosele su dho: y se afirmo y lo
firmo de qe: doy fee = Matheo de Acosta = Marcos Peres guadeRamama =
Bartholome Garçia del Castillo essno: ppco: de Cauildo y
Guerra
Y despues a seis de dho Mes y año sumd
El señor Alcalde maior Para mas Prueba del Auto de esotra parte hizo pareser a
Manuel Ysidro vezino desta Ysla en esta villa que juro a Dios y a vna cruz
conforme a dro. y prometio dezir verdad y preguntado por El tenor de dho.
Auto dixo que estando el testigo en el Lago del Golfo en el Mes de septiembre
deste presente año y no se determina en que dia al tiempo de Ponerse El sol bio
a un mismo tiempo la Ysla
de la Palma Y
asimismo bio otra Ysla Por enfrente de la Defeza desta y Anbas Yslas les bio con una misma
sombra y apariensia de forma que por la vista de la Ysla de la Palma hizo juiçio sierto que
la otra era tierra la qual bio que del medio azia Riua estaua cubierta de Brumas
y del medio abajo se descubria bien clara y como El sol le daua de frente le
pareçio al testigo beia monte en dha: tierra y Asi estubo Patente y
manifiesta hasta que totalmente oscurezio Y en esta ocazion se hallo el testigo
solo = y qe. antes desta ocazion auia oydo El testigo que muchas y
diferentes Personas vieron dha: Ysla y que El testigo solo la vio en
esta que lleua dho: y es lo que saue y la verdad Por su juramto:
en que se afirma y Ratifica Declaro es de edad de treinta y Nueue as:
y no firmo prque Dixo no saue y sumd: lo firmo de que doy
fee Matheo de Acosta = Bartholome Garçia del Castillo essno: ppco:
de Cauildo y Guerra
Y Luego sumd hizo Parezer a el
Alferes Diego Peres Guaderrama vezino desta Ysla en Barlouento que juro a Dios
y a vna cruz conforme a dro: y Prometio dezir verdad y Preguntado al tenor del
Auto de esotra parte Dixo que estando el testigo a prinzipio del Mes de jullio
deste Presente año en vna era en el Pago de tamuica a oras de visperas con poca
diferenzia mirando azia el mar vio una Ysla Por enfrente de la Defeza desta que biene
quedando a El oeste y Reparo que dha: Ysla es mucho mas larga que la Ysla de la Palma aunque no tan alta
como Ella y que en un estremo El que mira Para la Palma esta a El oenorueste y
en esta parte y Extremo levanta la tierra a forma de montaña y corriendo de
ella azia vajo tiene una quebrada y de ella al Resto de la Ysla corre mas vaxa con
ygualdad y clara y Distintamente Reconozio era tierra Por lo claro del orisonte
y estar despejada de Brumas y la uio a si mucho tiempo, y estando en dho
Paraje muchas Personas notiçiaron vnos
a otros la uista de dha Ysla y todos Repararon en ella
y la uieron como lo fueron el cappn: Dn Marcos Peres de
Guaderrama = Diego de Arteaga = Juan de Armas Castro = Manuel de merida = y
Patriçio de Castañeda = Juan Padron El hijo de fernando Garçia = Gregorio dias
y otros muchos de que no haze memoria y muchas mugeres = y que abia tiempo de
dies a doze as: que bio dha Ysla hazia la misma Parte que
en esta ocazion con la misma forma y figura al tiempo de Ponerse el sol y que
esto es lo que saue y la verdad Por su juramto: en qe. se
afirma y Ratifica Declaro es de edad de sinquenta y ocho as: y lo
firmo con sumd: de que doy fee = Matheo de Acosta Diego Peres
Guaderrama = Bartholome Garçia del Castillo escriuano Publico de Cauildo y
Guerra------
Y Luego en dho: dia Mes y as:
sumd hizo Parezer a Gaspar dias Padron vezino desta Ysla en
Guarasoca que juro a Dios y a vna cruz conforme a dro: y Prometio dezir verdad
y Preguntado al tenor del Auto que esta Por prinzipio de estos Dixo que a
prinzipio del mes de Jullio deste Presente año a dos o tres de el estando el
testigo en vna era a oras de visperas vio y Reparo en vna Ysla que vio bien
clara y manifiesta en frente de la
Defeza de esta y hizo juizio el testigo tiene Dos tantos a lo
largo o mas que la Ysla
de la Palma
aunque no tan alta y que de media Ysla Para la Punta q mira azia la Palma es mas alta la tierra
y haze una quebrada en El medio y de media Ysla para la otra punta es mas vaxa
y El testigo y muchas Personas que estauan en dho Pago qe Repararon
en dha Ysla hizieron juisio sierto de que era tierra Por estar tan
clara y limpia de Brumas Y arrumaziones Y en esta ocazion concurrieron El Cappn
Dn Marcos Peres, Juan martel, vn hijo de Juan de Armas y mucho
Numero de mugeres y otros de que no haze memoria y que esto es lo que saue y la
verdad por su juramto: en que se afirma y Ratifica Declaro es de
edad de quarenta y vn as: y lo firmo con sumd: de que doy fee =
Matheo de Acosta = Gaspar dias Padron = Bartholome Garçia del Castillo
essno: ppco de Cauildo y Guerra----
Y Luego sumd: hizo Parezer a Miguel Quintero
frias vezino desta Ysla en el lugar de san Pedro que juro a Dios y a una cruz
conforme a dro: y Prometio dezir verdad y Preguntado por lo contenido en El
auto que esta por caueza de estos Dixo que abra tiempo de tres años, y tambien
aora dos as: y en El proximo Pasado que en los mezes de mayo y junio
vio por en frente de la Defesa
de esta Ysla, vna Ysla que Reconosio con sertidumbre que era tierra porque al
mismo tiempo veia la Ysla
de la Palma en
la misma forma y figura y le parecio al testigo que era mayor que la dha
Ysla de la Palma
y para la Punta
que mira y esta enfrente de la
Palma es empinada dha tierra y en el Resto ba
vajando y en todas tres ocaziones la vio del mismo modo pr lo qual
haze juizio sierto qe. es tierra y que esto es lo que saue y la
verdad por su juramento en que se a afirma i Ratifica Declaro es de edad
de sesenta y siete as: y no firmo porqe. Dixo no saue y
sumd: lo firmo de que doy fee = Matheo de Acosta = BarthoLome Garçia del
Castillo essno: ppco: de cauildo y Guerra------
Y despues en dho: dia mes y año sumd hizo parezer
al cappn: Dn Manuel de Acosta frias y espinoza Rexidor
desta Ysla de quien se rrezibio juramento segun dro: y Prometio desir verdad y
Preguntado por lo contenido en el auto que esta por caueza de estos dijo que
abra tiempo de veinte y ocho o treinta as: que estando el testigo en
el Pago del Golfo en el cultiuo de sus viñas, Por lo qual aze juizio fue en El
mes de Henero o febrero, vio que de la
Ysla de la
Palma para el oesnorueste vna Ysla que a la vista estaba
corrido a lo largo que le pareçio al testigo ser mas que la Ysla de la Palma y al mismo tiempo uio
dha Ysla de la Palma
y por la conferençia qe: con vna y otra tierra hizo Reconozio y hizo
juiçio çierto que dha. tierra era la Ysla de san Blandon de
quien siempre a oydo notiçias a sus mayores y Personas ançianas Y esto es lo
que saue y la verdad por su juramento en que se afirma y Ratifica y Declaro ser
de edad de sesenta as: poco mas o menos y lo firmo con sumd de que
doi fee = Matheo de Acosta = Dn Manuel de Acosta frias frias y
espinosa = Bartholome Garçia del Castillo essno: ppco: de
Cauildo y Guerra.
Y despues en dho: dia mes y año el
señor Alcalde mor: hizo parezer ante sumd: a el Alferes Juan Padron Brito
vezino desta Ysla en Barlouento de quien se Reziuio juramento conforme a dro: y
Prometio deçir verdad y preguntado al tenor del auto que esta por caueza de
estos Dixo que estando el testigo en su caza a prinçipios del mes de jullio de
este ao a oras de visperas vio que estando claro y sereno el
orisonte a la Ysla
de la Palma y
de ella para la Parte
del oesnorueste vio otra Ysla clara y distintamente que sin duda alguna Reconozio
que era tierra que en lo largo Pareçia mucho mayor que la dha: Ysla
de la Palma y
para la Punta y
Extremo que mira para La
Palma leuantaua dha: tierra y a u[n] tercio de
ella tenia vna quebrada y de ella asia la otra punta yba en diminusion la tierra
y el testigo llamo a juan de febres y al sargento fransisco de castro y otros
de que no haze memoria Para que tambien aduirtiesen y Vieran dha:
tierra y que esto es lo que saue y la verdad por su juramento en que se afirma
y Ratifica y Declaro ser de edad de sesenta y vn años y no firmo porque no saue
y sumd. lo firmo de que doy fee Matheo de Acosta = Bartholome Garçia del
Castillo essno: ppco: de Cauildo y Guerra
Y luego en dho: Dia mes y año sumd: hizo Parezer
a juan de febres Padron vezino desta Ysla En El lugar de Crese que juro a Dios
y a una cruz conforme a dro y prometio dezir verdad y preguntado al tenor de el
auto dixo que en el Mes de Jullio de este presente año estando el testigo donde
llaman las tabladas vio el testigo la
Ysla de la
Palma y de ella para la parte del oesnorueste otra Ysla mucho
maior que la de la Palma
aunque no tan alta y hizo juizio sierto de q era tierra pr:que la
beia de la misma forma que la otra Ysla y que la Punta que mira Para la Palma leuantaua la tierra y tenia vna quebrada
hazia Vn terçio i de ella vajaua en diminuzion de forma que la maior parte
Pareçia Rasa y lo uio azia oras de visperas hasta que se puso el sol y que en
dha ocazion le llamo el Alferes Juan Padron Britto disiendole mirase
aquella tierra y tambien a otros vezinos y todos hizieron juisio sierto de que
era tierra y que esto es lo que saue y la verdad por su juramento en que se
afirma y Ratifica y Declaro ser de edad de quarenta años y no firmo porque dixo
no saue y sumd. lo firmo de que doy fee = Matheo de Acosta = BartholLome Garçia
del Castillo essno: ppco: de Cauildo i Guerra---------
Y Luego en dho. dia Mes y año sumd: hizo Parezer
a juan hazil vezino de esta Ysla en el lugar de Creze que juro a Dios y a vna
cruz conforme a dro: Y prometio dezir verdad y preguntado al tenor del Auto
Dixo que abra tiempo de Quinze o Veinte as: que estando el testigo
en el Pago del Golfo vio de la
Ysla de la Ysla
de la Palma Para
la parte del oesnorueste vna Ysla clara y Manifiesta que hizo juizio sierto que
era tierra y adbirtio que para la parte de la Palma leuantaua dha: tierra como vna
montaña y en lo demas era uaja y disminui dha. tierra y que esto es
lo que saue y la verdad para el juramto: que a fecho en que se
afirma y Ratifica y Declaro ser de edad de quarenta años y no firmo porque Dixo
no saue y sumd: Lo firmo de que doy fee = Matheo de Acosta = Bartholome Garçia
del Castillo essno: ppco: de Cauildo y Guerra.
Y Luego en dho: dia Mes y año sumd
hiso parezer ante zi al sargento Manuel de Merida vezino de esta villa que juro
a Dios y a vna cruz conforme a dro: y Prometio dezir verdad y preguntado al
tenor del Auto dixo que hallandose el testigo en el Pago de tamuica trillando
juntamente con el cappan: Marcos Peres y sus hijos y el Alferes
Diego Peres le señalaron al testigo vna Ysla que con efecto bio por enfrente de
la Defesa
desta Ysla que era quazi del mismo alto que la Ysla de la Palma en la parte que mira para ella y hazia vna
quebrada y de ella para el rresto de la
Ysla era mas vaxa y Raza y esto lo uio despues de medio dia y
auiendo salido el testigo mas alto de el Paraje donde estaua vio la Palma y tambien dha:
tierra Ambas claras con un mismo semblante de forma que hizo juizio sierto que
dha. tierra era la
Ysla de san Blandon de quien ay notiçias Antiguas y se a
uisto por la misma parte y que esto es lo que saue y la verdad por su juramento
en qe: se afirma y Ratifica y Declaro Ser de Edad de Setenta y tres
as y no firmo porque no Saue y sumd lo firmo de que doy fee = Matheo
de Acosta = Bartholome Garçia del Castillo essno: ppco:
de Cauildo y ga:
Y despues a siete de dho: Mes y año el señor
Alcalde mor: hizo parezer a juan Padron morales vezino de esta Ysla en las
montanetas que juro a Dios y a una cruz conforme a dro: y prometio dezir verdad
y preguntado al tenor del Auto dixo qe. estando el testigo en el
Pago de tamuica en vna era en compaña del cappn Dn Marcos
Peres y del Alferes Diego Peres a prinzipios del Mes de jullio de este a: Dixo
dho Alferes no veen vna Ysla, y a este tiempo el testigo y los demas
Repararon y vieron enfrente de la
Defeza de esta Ysla vna Ysla clara y distintamente que todos
Reconosieron y hizieron juiçio sierto que era tierra y vio que dha
Ysla para la Punta
que esta en frente de la Palma
estaua y se manifestaua alta y en el Resto era muy vaja mucho mas que la Ysla de la Palma y que abran dies o
doze dias que a oras de animas vio para la misma parte Donde auia visto dha
Ysla dos fuegos el uno que Duro a la vista poco tiempo y el otro mas, y los vio
con toda sertidumbre y que hizo Juizio estauan dhos fuegos en dha
Ysla porque ni en aquel dia ni en el siguiente vio embarcazion alguna en
todo el mar y que esto es lo que saue y es la verdad por su juramento en que se
afirma y Ratifica Declaro es de edad de veinte y vn años y no firmo Porque Dixo
no saue y sumd lo firmo de que doy fee Matheo de Acosta = Bartholome Garçia de
el Castillo essno: ppco: de Cauildo y Guerra
Y luego en dho Dia mes y año sumd el
señor Alcalde mor hizo parezer a Gregorio Dias vezino desta uilla que juro a
Dios y a vna cruz conforme a dro y prometio dezir verdad y preguntado al tenor
del Auto dixo que hallandoze el testigo en el mes de jullio de este
presente año segando en el Pago de tamuica vio para enfrente de la Defeza vna Ysla, que clara
y distintamte: Reconozio era tierra por estar bien manifiesta, y por
la parte que confina y mira para la
Ysla de la
Palma vio Era Alta y azia al medio hazia vna quebrada, y de
ella corria en diminuzion, y le pareçio era mucho mor: qe la dha
Ysla de la Palma,
y la vio el testigo tiempo de vna ora de la misma forma qe
lleua dho: y que con el testigo se hallo Juan Reuozo, que advirtio y
vio lo mismo: y al dia siguiente oyo el testigo a muchas Personas avian visto
dha Ysla y que esto es lo que saue y es la verdad por su juramento
en que se afirma Y Ratifica Declaro es de edad de veinte as: y no
firmo Porque dixo no saue y sumd: lo firmo de que doy fee = Matheo de Acosta =
Bartholome Garçia del Castillo essno: ppco: de Cauildo y
Guerra. (Dolores Corbella Díaz y Javier Medina López)
1722. La Aldea, Tamaránt (G.
Canaria). La actuación arbitraria de los administradores del Marqués de
Villanueva del Prado causa el amotinamiento de los vecinos.
1722. Octubre
23. Como consecuencia de una tempestad, casi todos los navíos que estaban al
ancla en la bahía de Añazu n Chinech (Santa Cruz de Tenerife) se hundieron.
1722
Aunque el rey de la metrópoli, a
consulta del consejo pleno y en consecuencia de la citada representación del
difunto Cevallos, había resuelto en 1722 que los generales gobernadores en la
colonia de Canarias cumpliesen con el instituto de presidir la Audiencia como
antiguamente y mandasen desde allí las islas, ya hemos dicho que el marqués de
Valhermoso, lejos de vivir en la
Gran canaria, sólo trató de establecerse en el puerto de
Santa e administraban de orden del general no se destinaron sino para las
fortificaciones de Santa Cruz.
Es verosímil que esta última
proporción acabase de exasperar al jefe. Él sabía que con el producto de
aquellos 2.000 ducados anuales (según confesaba el ingeniero Herrán en su
informe al consejo) se podía haber hecho de Santa Cruz una de las plazas más
fuertes que tuviese el rey. ¿y cómo resolvió la dificultad? Haciendo deudora a
la ciudad de 12.000 pesos. Era el caso que por el artículo 25 del último
reglamento de Indias se había estipulado por seis años dar en cada uno 2.000
pesos para las fortificaciones de Santa Cruz. ¿Mas por ventura, serían
diferentes éstos de los reservados en el uno por ciento desde su concesión? ¿Se
había obligado, acaso, la ciudad de La Laguna por sí y con sus propios en nombre de las
islas? ¿No había litigado con los dueños de navíos sobre que satisficiesen
ellos aquella obligación?
¿No habían empezado ya a
satisfacerla? Lo que vemos es que, a pesar de todos estos dubios, de las
reiteradas protestas del ayuntamiento, de sus apelaciones a todos los reales
consejos, del viaje del diputado Fonseca a Madrid ( 1724), de sus infinitos
memoriales y de los notorios atrasos de los propios de Tenerife, el comandante
general no cesó un punto de hacer gastos exorbitantes en las fortificaciones ni
de girar libramientos contra el cabildo, que ni podía, ni quería, ni quizá
debía pagarlos todos.
Desde entonces se echó sobre las
rentas de los propios con aire de ejecución militar.
Embargaba los granos existentes,
los hacía vender a precio bajo, apremiaba a los mayordomos de la ciudad, y aun
ésta hubo de hacer bancarrota y sufrir concurso de acreedores. Ya no se
respondía con la justicia y regimiento por cartas, como hasta allí, sino por
autos. Multa a los regidores, arresta a unos, destierra a otros, algunos se
refugian. Echa los fundamentos al sistema de aniquilar los propios de T
enerife, para dejar la isla indefensa contra los que atacasen sus privilegios,
mientras se pretextaba el ponerla en estado de resistencia a aquellos enemigos
que ella había sabido rechazar tantas veces con propia gloria y sin auxilio de
los celosos fortificadores que la debilitaban interiormente.
Fundaba este jefe el trono de tan
desmedida autoridad sobre el sepulcro del intendente y la expulsión de Navarro.
Mas, apurada la paciencia de Tenerife, abriendo ya la boca en un cabildo
general de 27 de marzo de 1724 y tratando de vindicar la inconcusa lealtad de
sus moradores, acordó dar a entender al rey nuevamente quiénes habían sido los
supremos autores de aquellos males y pedirle se dignase enviar un intendente de
la mis-
ma representación de Cevallos,
para que averiguase esta triste verdad. [...]
1722 Marzo 12.
En Cabildo colonial en Benahuare
(La Palma) se
acordó a propuesta del criollo Regidor
Nicolás José Massieu de Vandale, Gobernador de las Armas, el comprar a
un Capitán de un navío holandés que había arribado a este puerto, 20 quintales
de pólvora para remediar la falta que había de ellas en los Castillos, siempre
que fuese de buena clase, al precio de 16 pesos el quintal.
1722 Marzo 15.
El general virrey de la colonia
de Canarias, Mur falleció en la ciudad de Eguerew (La Laguna).
Durante su mando se organizó una
expedición naval con el objeto de descubrir la isla de San Borondón, que
continuaba siendo objeto de las preocupaciones del pueblo. Después de convocar
una asamblea, que tuvo lugar en Chinet (Tenerife) el 28 de octubre de 1721, a la que asistieron
el corregidor don Jaime de Villanueva, don Juan Montero de la
Concha, intendente interino y
alcalde mayor con otras personas ilustradas, se decidió el viaje, confiando la
dirección al experto capitán don Juan Franco de Medina en un buque de la
colonia que llevaba a su bordo un número suficiente de marineros y soldados. En
esta ocasión se oyó el autorizado dictamen del criollo don Pedro Agustín del
Castillo que, con tal motivo, escribió una curiosa memoria sobre aquella
incógnita isla. Inútil es decir que la
expedición fue tan infructuosa como las anteriores. (A. Millares T. 1977)
1723. Telde,
Tamaránt (G. Canaria). Las multas y extorsiones impuestas por el alcalde real,
propicia el alzamiento de los teldenses.
1723 Mayo 23. La
Bula "Apostolici
Ministeri", promulgada por Inocencio XIII, que ordena la celebración
de la
Conferencias Morales de España y sus colonias, respondía a la
reiterada denuncia del Obispo de Canarias, Lucas Conejero, sobre la corrupción
de costumbres y abusos del clero en toda la región. De las críticas del mitrado
católico, que ocupaba la sede del obispado desde 1714, sólo se libran los
sacerdotes de la secta jesuita, "de corto número, que no forman provincia
y sobre los que no hay reparos".
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