EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA
UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
ÉPOCA COLONIAL: SIGLO XVI
DECADA 1571-1580
CAPITULO XII-II
Guayre
Adarguma Anez’ Ram n Yghasen
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Iniciadas la probanzas a 26 de junio, ante el Alcalde Mayor de San
Cristóbal, Gordejuela solicitó copia a 11 de julio, para mandar a Sanlúcar, con
plan de explotación adjunto, asentado en escritura pública, para darle mayor
credibilidad. El tributario podría solicitar la tierra que quisiese, comprometiéndose
a tenerla limpia “dentro” de los dos años “primeros siguientes”, consintiendo
por escrito, que de no hacerlo supliesen peones del duque. Tasado el trabajo
bajo juramento, se pasaría la factura al titular, que estaría obligado a pagar
en un plazo de 10 días, so perna de dejar la tierra.
Ésta se entregaría deslindada, para viña o pan, con autorización
de transmitirla o enajenarla, en las condiciones habituales. A partir del
día en que el agua llegase al tanque, se daría a los tributarios otros dos
años, para labrarla y sembrarla, quedando exentos de tributo, hasta tanto
no cogiesen el fruto. El duque se comprometía, en nombre propio y de sus
sucesores, a dar a cada uno, perpetuamente, agua suficiente para las 4
regaduras anuales, que exigía la vid.
Obligado ordenar la distribución del agua, el Guzmán pondría en el tanque
dos personas “de ciencia y experiencia”, que con otras dos, nombradas por los
tributarios, repartirían el agua, por su orden “y rueda”, dando “más al que más
necesitase”, en función al cultivo, calidad y cantidad de tierra. Los regantes
habría de plegarse a lo que acordasen estos delegados. De haber discrepancia y
empate, designarían una tercera persona, para zanjar la cuestión con su voto.
Frecuentes los "escándalos" entre regantes, el duque, a través
de su apoderado, buscaría persona “cual convenga”, para nombrarle “acequiero”.
Visitaría “aguas y acequias”, vigilando su limpieza y ordenando los reparos
necesarios. El salario sería distribuido a la “rata”, entre los tributarios, en
función a la cantidad y calidad de tierra que llevasen, no pudiendo exceder, al
año, de 24 ducados, un cahiz de trigo, una pipa de vino y 6 ducados para el
condumio, "según la costumbre de la tierra". Conviniendo a todo
aprovechar “duelas” y riegos, los regantes tendrían limpias las acequias,
presentándose a la salida del tanque, cuando les tocase, para recibir su agua,
Insuficiente para preservar la paz, dadas las peleas que surgían en torno
al agua, entre usuarios y con el acequiero, el duque pediría a la justicia real
que nombrase alcalde, dotándole de “jurisdicción cumplida”, para
que pudiese ver los pleitos, castigando al que transgrediese las ordenanzas del
alcalde y duque, al tomar agua en exceso, o sin corresponderle. Caso de ser
necesario decretar prisiones, lo haría, con licencia del gobernador de la
isla. Añal el oficio, no podría ejercerlo forastero, pues quedaba reservado a
vecino de la villa,
Los tributarios tendrían la viña cultivada, podada y cuidada, para
que produjese a los tres años, plazo en el que habrían de hacer lagar de
madera, con viga para prensar la uva, instalación obligada, pues de no
emprender la obra, lo haría el duque, cobrando el costo y tomando
prendas, al que no quisiese pagar su parte, que habría de asumir los gastos
de justicia. Costumbre guardar los vinos a domicilio, no era obligado construir
bodega, pero si deseaban hacerla, podrían ocupar solar de 60 pies “cumplidos” por 40,
“y no más”.
Importante deshojar las cepas y vendimiar a su tiempo el duque pondría
“hombre”, con salario de 6 reales, a cargo de los labradores, que avisado 6
días antes de empezar la vendimia, visitase las viñas, verificando si la uva
estaba para cortarla, a más de preparar, con tiempo, el embarque del mosto del
duque. Vería el sitio señalado para hacer el mosto, con tiempo para
remediar errores, “que lo vea hacer”, para que el vino se hiciese "bien y
en sazón".El duque podría reclamar los daños que recibiese, por
error o desidia.
Caso de que Guzmán cambiase de idea, destinando el heredamiento a
cañaverales, las plantaciones de viña serían suspendidas por 6 meses,
para verificar si el caudal de agua era suficiente. De ser positivo el
resultado, el que no quisiese criar cañas, tendría que dejar la tierra, no
pagando tributo, renta ni derechos, el que se quedase, en tanto las cañas
no estuviesen en producción y el duque tuviese terminado el ingenio, a
construir a su costa.
Del “monte mayor” o producción bruta, se retiraría el costo y el diezmo,
antes de sacar el tributo, fijado en ¼ del esquilmo. Se pagaría en
agosto , “e antes, si antes se cogiere”, incluso las hortalizas y
fruta, que tributario criase en su huerto.
El administrador podría visitar viñas y heredamientos cuando le
pareciese, no pudiendo el tributario vedarle la entrada. Comprobaba sí la
tierra estaba debidamente labrada. Prohibido meter animales en la heredad, “en
ningún tiempo del año”, debido al daño que hacían en los cultivos, de
encontrarlos los mandaría atar, estando el tributario obligado a obedecerle.
Habiendo prometido Gordejuela que el agua estaría en el tanque, en año y
medio, se habría de pedir, con tiempo, real licencia, innecesaria en el de
Cabrera, para fundar el pueblo. Plagiando a medias a su predecesor, Gordejuela
propuso el pomposo nombre de Nueva Villa de Sanlúcar. Mostrándose absurdamente
cicatero, propuso repartir solares de 50 pies por 35, frente a los 70 pies por 40, señalados
por su predecesor, cargados igualmente con censo anual de una gallina, buena y
ponedor, en reconocimiento de señorío.
Las casas se harían de piedra y cal, con tejado de teja, debiendo
estar terminadas el agua en la primera Navidad, después de estar el agua en
tanque. “Hipotecadas” a la paga del tributo, que correspondiese a la tierra,
explotada por el propietario, no pagarlo dos años sucesivos, implicaba
pérdida de tierra y casa, revirtiendo al duque, con las mejoras introducidas,
sin intervención de juez. Caso de venta, el tributario debería advertirlo, por
reservarse el duque el derecho de retracto, siendo nula la “encubierta”, por
defecto de forma.
Fechada el acta a 1 de julio de 1577, en memorial sin fecha, pero
probablemente posterior, Gordejuela subsanó lapsos. Insistiendo en
que las aguas y tierras de Abona, podrían remediar “a muchas personas”. Siendo
de prever que poblasen, pues el lugar más próximo estaba a 2 leguas, de
“mucho detrimento” que no pudiesen oír misa los domingos y fiestas de guardar,
se haría capilla bajo la advocación del Espíritu Santo o San Juan Evangelista,
con oratorio en el que cumpliesen los pobladores el precepto pascual, creando
beneficio que se daría a clérigo de misa. Preceptiva licencia del Obispo, por
imposición reciente, recibida se terminaría la obra en un plazo de tres años,
el mismo que se daba el duque para hacer camino de herradura, pues se preveía
que transitasen "personas y bestias de carga", que uniese el pueblo
al puerto de Guahara, servicio para vecinos de la heredad, que aprovecharía a
los lugares comarcano.
Remitido el proyecto, Gordejuela se eclipsa. En los libros de cuentas
aparecen intercambios con Gran Canaria, a través de diferentes factores, pero
no el administrador. En Sanlúcar se recibía azúcar, mermeladas, en especial de
duraznos, vino de malvasia, maderas, halcones, pájaros canarios y otros exóticos,
mandando a la Isla,
con destino al trueque, paños, acero y objetos de latón. Pero del
“heredamiento” no hay noticias.
Gordejuela reaparece en Sanlúcar en 1585. No tenía el agua en el tanque
ni había reclutado tributarios, pero las cuentas, que presentó, de 1571 al 31
de diciembre de 1584, arrojaban saldo contra el duque de 476.558 ducados,
en moneda de Castilla.
No llevó el duque al administrador ante los tribunales, ni le despidió.
Prefirió diluir la deuda en nuevo contrato. A 10 de julio de 1585, le renovó
los poderes, fijándole salario de 20.000 maravedís anuales, en moneda “de
esta villa”, que empezaron a correr desde el 1 de enero, con condición de que
pusiese el agua de los ríos, en el tanque o tanques “que se han de
hacer”, comprometiéndose a rematar la obra con inversión de 2.000 ducados “y no
más”, corriendo las "demasías" por cuenta de su peculio, a más
de recuperar el Guzmán lo gastado con cargo a hipoteca, que pesaría sobre
las suertes a distribuir.
Suponiendo que hacerle propietario el la explotación, excitaría el
interés de Gordejuela por terminar la obra, el Guzmán le concedió, por
"merced", con carga de la décima, a pagar desde que los bienes
empezasen a producir, sitio para molino de pan, con su herido, que molería
el de los tributario, donde lo señalasen dos persona enteradas y
juramentadas, de manera que no “resulte perjuicio para la corriente del agua,
que ha de venir, en ninguna manera ni por ninguna vía”, mandando previamente
testimonio a Sanlúcar. Y una caballería, “que son 60 fanegadas, en la medida de
España”, “junta en una partida”, destinada a viña, con agua proporcional
a la que correspondiese a los demás tributarios, donde no hiciese “daño a la
demás tierra que se ha de sembrar”, condicionando ambas. Donaciones a que los
azudes de agua previstos, estuviesen “puestos” en el tanque, incurriendo en el
error de otorgar poder al administrador para tomar posesión, con promesa
de no revocarlo: “entretanto que realmente la toma, me constituyo por su
inquilino".
Prueba que el acto de aparente generosidad, se debió a intento de eludir
males peores, que el duque autorizase al administrados a vender la heredad, de
tener ocasión, al contado o a “fiado”, sin aguardar nueva orden. Únicamente en
defecto de comprador, se darían a tributo o partido tierras, aguas, pinares y
montes, entrevistándose previamente con Antonio Alonso, el vecino de Ico de los
Vinos, que se asoció con el duque anterior, para explotar la finca a medias, a
través de Bartolomé Cabrera. Gordejuela procuraría que asumiese el compromiso,
disolviéndolo por vía de transacción, en caso contrario.
En la instrucción que el Guzmán adjuntó a poderes, dejó traslucir que no
ignoraba la mala condición de Gordejuela. Salvando la imprudencia de
haberle asignado salario, sin poner límite al contrato, advirtió: “habéis
de llevar entendido que dicho asentamiento será por 10 años, no declarando yo
otra cosa”. Manifiesta la ineptitud del administrador, por los nulos resultados
obtenidos, tras ocho años de trabajo y gastos, pues continuaba en la fase de
“procurar” sacar y juntar las agua de los Ríos Abona y Abades, con el caudal de
las fuentes que pudiesen “entrar”, llevándola al estanque, “a la parte donde se
puedan bien aprovechar”, se resignó a invertir otros 2.000 ducados, “y menos si
menos pudieseis, con vuestra buena industria”.
Terminada la canalización, el administrador haría “diligencias” en
Tenerife, Gran Canaria, la Palma
y otras islas, de considerarlo conveniente, para que “los vecinos
sepan que las aguas están en las tierras, donde han de aprovechar”,
pregonado las condiciones en que se ofrecía, en venta o a tributo, el regadío
y el sequero, útil para pan, “de manera que venga a noticia de
todos”. De no encontrar tributarios, arrendaría las suertes, “lo
mejor que se pueda”.
En orden de prioridades racional, terminada la traída de aguas, “muy bien
sería” construir ermita, en el sitio del pueblo, bajo la advocación de la Santísima Trinidad,
, en la esperanza de que sirviese de señuelo.
Ordeno al administrado que en el primer barco con Andalucía por destino,
mandase a la contaduría de Sanlúcar las escrituras que tuviese, en especial las
que tocasen a la propiedad Abona, “para que se guarden en mi archivo”.
Sabiendo a Gordejuela indigno de confianza, apoderó a Martín
Hernández Moreno, “hombre que tiene inteligencia y experiencia de la hacienda
de esas islas”, vecino de Gran Canaria y administrador de los ingenios y bienes
del real factor, Francisco Duarte, para que de tener ocasión de vender la
heredad, examinase las ofertas con Gordejuela, redactando informes que
enviarían al duque, firmados por ambos, absteniéndose de tomar decisión “sin
comunicarlo conmigo, no embargante que lleváis poder bastante, juntamente con
Moreno”, para enajenar la propiedad, siendo el mismo Moreno, quien habría de
señalar el sitio para el molino y la caballería, concedidos a Guedejuela.
Comprometido y molesto el encargo, Martín Hernández Moreno se
excusó, alegando que exceso de trabajo y falta de salud, le impedían trasladarse
a Tenerife. Informado el duque estando en el Bosque de las Rocinas, a 11 de
diciembre de 1586, en presencia de Diego Caballero, arrendatario de los pastos
del Coto, que actuó como testigo, apoderó y requirió como autoridad al capitán
Juan Núñez, gobernador de Tenerife y Palma, para que señalase el sitio en
que habrían de ubicarse el molino y la caballería, regalados a
Gordejuela.
Visiblemente arrepentido de la solución adoptada, a 3 de abril de 1587,
el Guzmán apoderó al gobernador, en términos que hacían irrenunciable su
presencia en la heredad de Abona, en el acto de señalar el molino y
deslindar la caballería.
Teniéndolo elegidos Gordejuela, en parte que no coincidía con el interés
ni el mandato del duque, retrasó la posesión, hasta estar seguro de que el
Capitán Juan Núñez, no podría trasladarse al Reino de Abona. Enterado de que el
gobernador se encontraba en Santa Cruz, a más de 12 leguas del heredamiento,
esperando embarque para regresar a España, en el navío que traería
a su sucesor, le condicionó el ánimo con regalo de harina y vino, antes
de presentase en la villa, seguido de escribano.
Lamentando que habiendo pasado cuatro años desde que recibió el poder del
duque, no hubiese procedido al señalamiento, personalmente o a través de
representante, el administrador consiguió que a 23 de septiembre de 1591,
contraviniendo leyes y ordenanzas, el gobernador aún en funciones, le
diese posesión sobre plano, situando caballería de tierra, en el “cercado
que dicen de Juan Alonso”, pasando la linde por el “lomo”, en que estaba
proyectado el “estanque”. La continuó derecha, siguiendo las aguas hacia la Granadilla. Subiendo
al alto del Sejo del Risco, bajó a las “moradas” de Juan Alonso,
siguiendo por el lomo y caserón, “aguas corrientes al barranco”, de donde
“cortando”, iba a la mar. Adjunto al señalamiento mandato, para que
se diese la posesión a Gordejuela, con licencia para los "majanos" o
mojones, cerrando la tierra de manera que no pudiesen “entrarse” en sus sembrados,
“por un lado ni el otro”, la caballería partió la finca, inutilizaba
la “tierra útil y de provecho” que quedaba..
Requeridos el alguacil y el escribano de Realejo de Abajo, el
administrador legitimó la ilegalidad a 19 de diciembre, en el
“Valle de San Juan de las Vegas”. Presentada y leída la donación del duque,
otorgada a 10 de julio de 1585, el señalamiento y orden, rubricados por
Juan Núñez de la Fuente,
“gobernador que fue de la isla”, el alguacil dio a Gordejuela la posesión de
cuanto abarcaba la linde antedicha, en los cercados de Juan Alonso. Adjudicado
el predio "aguas vertientes al barranco y al valle", por ambas
orillas del Río de Abona, hasta la Cueva de Suárez, el administrador se
apropió del sitio, señalado para formar el pueblo, las ruinas de lo que se
edificó en tiempos del 3º duque y las mejores suertes. Pasada la noche
junto al tomadero del Río de Abona, el 20 de diciembre, tomó posesión del
agua, para regar las 60 fanegas "e para la molienda del molino”.
A 23 de junio de 1586, víspera de S. Juan, completó la apropiación en el
valle de San Juan de las Vegas, o Vegas de Juan Alonso, en presencia del
alcalde de Villaflor, con quien Gordejuela tenía hermandad. Presentada la
escritura de donación y la posesión, le fue entregada “la tercera y
cuarta parte” del valle, con banda de tierra que bajaba hasta el mar. Así
se hizo con el curso y agua del Río Abona, pasándolo “de una parte a
otra”. Cruzando la propiedad, a la “parte” de Adexe se hizo con del Río de los
Abades, sacando agua de fuentes y manantiales, para terminar recibiendo la
fuente de Pedro Báez, sita en el mismo valle. Cerrada la caballería
con sus “majanos”, al duque no le quedó más agua que la de los Escuriales
y parte del curso bajo de los ríos, sin utilidad para el riego.
Juan de Vega, el último administrador.-
No habiendo rendido cuentas Gordejuela, ni dado apenas señales de vida,
por espacio de 10 años, a 12 de enero de 1595, en el Bosque de las Rocinas, el
duque le revocó los poderes, otorgándolos de igual amplitud a Juan de Vega,
escribano del rey de la Casa
de la Contratación
y del Juzgado de las Indias, en la
Isla de Tenerife.
Tomada posesión de la heredad, podría vender, dar la tierra a tributo,
abierto o perpetuo, “con cláusula de sustituto y obligación de saneamiento”,
exigir cuentas a su predecesor desde 1585, por vía de justicia de no rendirlas
espontáneamente y contestar o anular las mercedes de molino y caballería, de
haber incumplido el compromiso.
Al no poder entrar en contacto con Gordejuela, pese a intentarlo
reiteradamente, Juan de Vega acudió al Alcalde Mayor el 25 de mayo,
para que le comunicase, por vía de justicia, la revocación de poderes,
advirtiéndole que se abstuviese de utilizarlos y la obligación en que
estaba de rendir cuenta cumplida, en el plazo de 30 días, son pena de que le
fuesen reclamadas por el Alcalde Mayor, comunicando a los tributarios y
renteros, que tuviese en Abona, Las Vegas y el término de Granadilla, que
en adelante pagasen a Juan de Vega, advirtiéndole que de no hacerlo, tendría
que abonar la renta de su bolsillo.
Juan Martín, alguacil en San Cristóbal, salió de la ciudad con vara alta
el 27, en busca de Gordejuela, portando el auto. Comunicado a 29,
en Realejo de Abajo y a domicilio, el administrador respondió a 31, a través del procurador
Jorge Macedo, con declaración escueta: el duque tenía mucho que
agradecerle. Y nada que reprocharle. Enterado Juan de Vega de la original
contestación, pidió que fuese encarcelado, permaneciendo en prisión en tanto no
entregase los libros. Al mismo tiempo solicitó que la posesión del
heredamiento, pues urgía poner orden, cobrando y pidiendo las debidas fianzas,
a los que llevasen tierras, con facultad para embargar o expulsar
al moroso.
Actuando con celeridad asombrosa, a 2 de junio el Alcalde Mayor ordenó
que Gordejuela “fuese preso”, en las casas del Ayuntamiento de San
Cristóbal, dando al mismo tiempo mandato a Juan de Vega, para que pudiese tomar
posesión de los bienes del duque. El sábado 3 de junio, sin perder
tiempo, Vega partió de San Cristóbal, seguido de alguacil y escribano.
Haciendo noche en la Orotava, el domingo 4 llegó a Villaflor. Ultimados
trámites burocráticos, en presencia de Fr. Francisco de Carvajal,
de la orden de S. Diego, que aparece como testigo, el 6 de junio entró en la
heredad, por el barranco del Alar y Lajas Caídas, lindando con las tierras e
ingenio, "que dicen" de Gonzalo González, de Granadilla.
Restablecida la mojonera a la parte de Agache y Adexe, a partir de la posesión
que tomó Cabrera, en 1555, continuó por el barranco de Tajao, a la Fuente de Tajo. Subiendo a
la costa, pasó por el puerto de Guaharal, para bajar a Montaña Gorda.
Presentados los poderes y el mandato emitido por el Alcalde Mayor, en
nombre del gobernador, Vega pidió la entrega de tierras, aguas casas y
sementeras, celebrando el primer acto de posesión, que se había de repetir a lo
largo del camino, hasta las Aguas de los Escuriales, de donde siguió
al Río de los Abades. En un "saltadero" próximo a las
fuentes, le fue entregado el río, del nacimiento hasta el mar, yendo al Abona,
junto a cuya corriente pasaron la noche.
El miércoles 7 de junio, tomó posesión de su curso, pasando a “un
agua que dicen de Pedro Báez”, en Las Vegas, situada entre los ríos, el
alguacil recabó testimonios de los presentes, junto a unos edificios.
Confirmado que como las aguas, se encontraban dentro de las lindes, continuó la
ceremonia en ermita pequeña, “de 12 pies”, en cuyo interior había una imagen de
Ntra. Sra. de la
Encarnación.
Gonzalo González y otros presentes, declararon que Juan de Gordejuela,
regidor de la isla, hizo el templo, por orden del duque. Entregada la posesión,
pasaron a casa cercana, “terrera” “de piedra y teja”, una de cuyas puertas
estaba cerrada. Se buscó a Mateo de las Casas, que “solía” tener la llave. Dijo
que el día anterior Miguel González, criado de Gordejuela, se presentó
pidiéndola, por orden del amo. Por no perder tiempo, alguacil y escribano
dieron por buena la posesión, con entrada de Vega en la sala, que estaba
abierta. Entregada atahona y horno pequeño de pan, “que está
allí junto”, se dio por conclusa la ceremonia, en lo tocante a edificaciones,.
A demanda de Juan de Vega, el escribano leyó las lindes en voz alta,
confirmando labrador, vecino de Realejo de Arriba, que ermita, atahona, casa y
las “cuatro aguas”, pertenecían a la heredad. Vecino de Realejo de Abajo,
declaró la propiedad del duque, alcanzaba del barrando de Alar al de
Tajao y los testigos en general, que las aguas, edificios y tierras de
que se dio la posesión, estaban dentro de la finca.
Reunidos los presentes en el interior de la ermita, Juan de Vega
pidió al alcalde, que le hiciese dar los nombres de las “muchas personas”, que
llevaban suertes, consignando la cabida y la renta que debían, “como lo tiene
mandado la justicia“. Requerido Francisco Jorge, que pese a ser
analfabeto, ejercía como cobrador de Gordejuela, declaró bajo juramento, que
desde hacía 3 años, su amo arrendaba, suertes de 1 fanega cuando más,
repartiéndolas en pedazos. De primera calidad la tierra, al no llegar el agua,
los que las tomaron perdieron la cosecha y “escamparon”, pagando los pocos que
resistían, en relación con la cosecha, salvo las 2 fanegas de trigo y 3
de centeno, que pusieron los “mozos” de Gordejuela, declaradas
exentas. Restablecido Francisco Jorge en sus funciones, el alcalde le advirtió
que en adelante daría las rentas a Juan de Vega, exponiéndose a parar ante los
tribunales, de no hacerlo.
Colonos de Abona
|
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Nombre
|
Lugar
|
Tributo
|
Antonio Hernández
|
|
1 fanega trigo
|
Diego Fernández de Realejo y Gaspar Martín
|
19 almudes
|
|
Antonio González
|
Realejo
|
1 fanega trigo
|
Antonio González de Tigarga
|
1 fanega trigo
|
|
Melchor Bernal
|
|
1 fanega trigo
|
Juan Pérez
|
|
8 almudes trigo
|
El hijo de Bravo
|
|
|
El yerno de la Damiana
|
|
|
Melchor Rodríguez
|
|
|
Jorge Fernández
|
|
|
Gaspar Delgado
|
|
|
Juan Francisco
|
|
½ f trigo y ½ centeno
|
Pedro Martín Pedriañez
|
|
1 fanega de trigo
|
Pedro Yánez
|
|
15 almudes de trigo
|
Uti, hija de Jorge
Fernos
|
Orotava
|
|
Francisco Bellotero
|
|
1 fanega trigo
|
Felipe Machado Becerril
|
|
|
Francisco Gil
|
|
|
El 10 de junio, de regreso en Villaflor, cabeza del Reino de Abona, Juan
de Vega pidió al beneficiado de la iglesia parroquial de S. Pedro, Baltasar
Mendes, que el domingo 11, “día del señor San Bernabé”, en la
estación de la misa mayor, “en haz de mucha gente”, anunciase la oferta de
tierra en Abona, informando de las condiciones del arriendo. El clérigo
“dijo que lo diza”, siendo fijado bando, a la puerta de la iglesia y
lugares públicos, firmado por el duque, en el que anunciada la toma de
posesión, por Juan de Vega, de unas “tierras, que yo he e tengo”, en término de
Montaña Bermeja y Atalayas, que por la parte de Agache iban del barranco de los
Escuriales, a las Eras del Brezo. Y por la de Adexe, al barranco de Aracache y
Silvestre, siguiendo por arriba el camino, que va de Asia a las Arenas
Prietas, y por abajo, hasta las tierras de Juan de Vera y Jorge Díaz, el
Barranco de Alar, Lajas Caídas, Barranco de Tajao, Lagacha y el puerto de
Guahara, las cuales tierras se ofrecían a quien quisiese cultivarlas, a
cambio de entregar, al propietario, tributo o participación a determinar, en la
cosecha obtenida, Según estaba convenido, el sacristán mayor, Salvador
Hernández, leyó el bando a “altas voces”, suscitando protesta de Gonzalo
González, el de Granadilla. Habiendo corrido la linde, ocupando tierra de
duque, se dijo propietario, por el “justo título” de 40 años de ocupación, de
los parcelas liberadas, al restablecer los mojones.
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