domingo, 12 de mayo de 2013

CAPITULO XII-II




EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

 

ÉPOCA COLONIAL: SIGLO XVI


DECADA 1571-1580


CAPITULO XII-II



Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen

Viene de la pagina anterior.


Iniciadas la probanzas a 26 de junio, ante el Alcalde Mayor  de San Cristóbal, Gordejuela solicitó copia a 11 de julio, para mandar a Sanlúcar, con plan de explotación adjunto, asentado en escritura pública, para darle mayor credibilidad. El tributario podría solicitar la tierra que quisiese, comprometiéndose a tenerla limpia “dentro” de los dos años “primeros siguientes”, consintiendo por escrito, que de no hacerlo supliesen peones del duque. Tasado el trabajo bajo juramento, se pasaría la factura al titular, que estaría obligado a pagar en un plazo de 10 días, so perna de dejar la tierra.

Ésta se entregaría deslindada, para viña o pan, con autorización de transmitirla o enajenarla, en las condiciones habituales. A partir del día en que el agua llegase al tanque, se daría a los tributarios otros dos años, para labrarla y sembrarla,  quedando exentos de tributo, hasta tanto no cogiesen el fruto. El duque se comprometía, en nombre propio y de sus sucesores, a dar a cada uno, perpetuamente, agua suficiente para las 4 regaduras anuales, que exigía la vid.

Obligado ordenar la distribución del agua, el Guzmán pondría en el tanque dos personas “de ciencia y experiencia”, que con otras dos, nombradas por los tributarios, repartirían el agua, por su orden “y rueda”, dando “más al que más necesitase”, en función al cultivo, calidad y cantidad de tierra. Los regantes habría de plegarse a lo que acordasen estos delegados. De haber discrepancia y empate, designarían una tercera persona, para zanjar la cuestión con su voto.

Frecuentes los "escándalos" entre regantes, el duque, a través de su apoderado, buscaría persona “cual convenga”, para nombrarle “acequiero”. Visitaría “aguas y acequias”, vigilando su limpieza y ordenando los reparos necesarios. El salario sería distribuido a la “rata”, entre los tributarios, en función a la cantidad y calidad de tierra que llevasen, no pudiendo exceder, al año, de 24 ducados, un cahiz de trigo, una pipa de vino y 6 ducados para el condumio, "según la costumbre de la tierra". Conviniendo  a todo aprovechar “duelas” y riegos, los regantes tendrían limpias las acequias, presentándose a la salida del tanque, cuando les tocase, para recibir su agua,

Insuficiente para preservar la paz, dadas las peleas que surgían en torno al agua, entre usuarios y con el acequiero, el duque pediría a la justicia real que nombrase  alcalde,  dotándole de “jurisdicción cumplida”, para que pudiese ver los pleitos, castigando al que transgrediese las ordenanzas del alcalde y duque, al tomar agua en exceso, o sin corresponderle. Caso de ser necesario decretar  prisiones, lo haría, con licencia del gobernador de la isla. Añal el oficio, no podría ejercerlo forastero, pues quedaba reservado a vecino de la villa,   

Los tributarios tendrían la viña cultivada, podada y cuidada,  para que produjese a los tres años, plazo en el que habrían de hacer lagar de madera, con viga para prensar la uva, instalación obligada, pues de no emprender la obra, lo haría  el duque, cobrando el costo y tomando prendas, al que no quisiese pagar su parte, que habría de asumir los gastos  de justicia. Costumbre guardar los vinos a domicilio, no era obligado construir bodega, pero si deseaban hacerla, podrían ocupar solar de 60 pies “cumplidos” por 40, “y no más”.

Importante deshojar las cepas y vendimiar a su tiempo el duque pondría “hombre”, con salario de 6 reales, a cargo de los labradores, que avisado 6 días antes de empezar la vendimia, visitase las viñas, verificando si la uva estaba para cortarla, a más de preparar, con tiempo, el embarque del mosto del duque. Vería el sitio señalado  para hacer el mosto, con tiempo para remediar errores, “que lo vea hacer”, para que el vino se hiciese "bien y en sazón".El duque podría reclamar los daños que recibiese,  por error o desidia.

Caso de que Guzmán cambiase de idea, destinando el heredamiento a cañaverales, las plantaciones de viña serían suspendidas por 6 meses,  para verificar si el caudal de agua era suficiente. De ser positivo el resultado, el que no quisiese criar cañas, tendría que dejar la tierra, no pagando tributo, renta ni derechos, el que se quedase, en tanto las cañas  no estuviesen en producción y el duque tuviese terminado el ingenio, a construir a su costa.

Del “monte mayor” o producción bruta, se retiraría el costo y el diezmo, antes de sacar el tributo, fijado en  ¼ del esquilmo. Se  pagaría en agosto , “e antes, si antes se cogiere”, incluso  las hortalizas y  fruta, que tributario criase en su huerto.

El administrador podría visitar viñas y heredamientos cuando le pareciese, no pudiendo el tributario vedarle la entrada. Comprobaba sí la tierra estaba debidamente labrada. Prohibido meter animales en la heredad, “en ningún tiempo del año”, debido al daño que hacían en los cultivos, de encontrarlos  los mandaría atar, estando el tributario obligado a obedecerle.

Habiendo prometido Gordejuela que el agua estaría en el tanque, en año y medio, se habría de pedir, con tiempo, real licencia, innecesaria en el de Cabrera, para fundar el pueblo. Plagiando a medias a su predecesor, Gordejuela propuso el pomposo nombre de Nueva Villa de Sanlúcar. Mostrándose absurdamente cicatero, propuso repartir solares de 50 pies por 35, frente a los 70 pies por 40, señalados por su predecesor, cargados igualmente con censo anual de una gallina, buena y ponedor, en reconocimiento de señorío.

Las casas se harían de piedra y cal,  con tejado de teja, debiendo estar terminadas el agua en la primera Navidad, después de estar el agua en tanque. “Hipotecadas” a la paga del tributo, que correspondiese a la tierra, explotada por el propietario,  no pagarlo dos años sucesivos, implicaba pérdida de tierra y casa, revirtiendo al duque, con las mejoras introducidas, sin intervención de juez. Caso de venta, el tributario debería advertirlo, por reservarse el duque el derecho de retracto, siendo nula la “encubierta”, por defecto de forma.

Fechada el acta a 1 de julio de  1577, en memorial sin fecha, pero probablemente posterior, Gordejuela subsanó lapsos.  Insistiendo en que las aguas y tierras de Abona, podrían remediar “a muchas personas”. Siendo de prever que poblasen, pues el lugar más próximo estaba  a 2 leguas, de “mucho detrimento” que no pudiesen oír misa los domingos y fiestas de guardar, se haría capilla bajo la advocación del Espíritu Santo o San Juan Evangelista, con oratorio en el que cumpliesen los pobladores el precepto pascual, creando beneficio que se daría a clérigo de misa. Preceptiva licencia del Obispo, por imposición reciente, recibida se terminaría la obra en un plazo de tres años, el mismo que se daba el duque para hacer camino de herradura, pues se preveía que transitasen "personas y bestias de carga", que uniese el pueblo al puerto de Guahara, servicio para vecinos de la heredad, que aprovecharía a los lugares comarcano.

Remitido el proyecto, Gordejuela se eclipsa. En los libros de cuentas aparecen intercambios con Gran Canaria, a través de diferentes factores, pero no el administrador. En Sanlúcar se recibía azúcar, mermeladas, en especial de duraznos, vino de malvasia, maderas, halcones, pájaros canarios y otros exóticos, mandando a la Isla, con destino al trueque,  paños, acero y objetos de latón. Pero del “heredamiento” no hay noticias.

Gordejuela reaparece en Sanlúcar en 1585. No tenía el agua en el tanque ni había reclutado tributarios, pero las cuentas, que presentó, de 1571 al 31 de diciembre de 1584,  arrojaban saldo contra el duque de 476.558 ducados, en  moneda de Castilla.

No llevó el duque al administrador ante los tribunales, ni le despidió. Prefirió diluir la deuda en nuevo contrato. A 10 de julio de 1585, le renovó los poderes, fijándole salario de 20.000 maravedís anuales, en  moneda “de esta villa”, que empezaron a correr desde el 1 de enero, con condición de que pusiese el agua de los ríos,  en el tanque o tanques “que se han de hacer”, comprometiéndose a rematar la obra con inversión de 2.000 ducados “y no más”, corriendo las "demasías"  por cuenta de su peculio, a más de recuperar el Guzmán lo gastado con cargo a hipoteca,  que pesaría sobre las suertes a distribuir.

Suponiendo que hacerle propietario el la explotación, excitaría el interés de Gordejuela por terminar la obra, el Guzmán le concedió, por "merced", con carga de la décima,  a pagar desde que los bienes empezasen a producir, sitio para molino de pan, con su herido, que molería el  de los tributario, donde  lo señalasen dos persona enteradas y juramentadas, de manera que no “resulte perjuicio para la corriente del agua, que ha de venir, en ninguna manera ni por ninguna vía”, mandando previamente testimonio a Sanlúcar. Y una caballería, “que son 60 fanegadas, en la medida de España”,  “junta en una partida”, destinada a viña, con agua proporcional a la que correspondiese a los demás tributarios, donde no hiciese “daño a la demás tierra que se ha de sembrar”, condicionando ambas. Donaciones a que los azudes de agua previstos, estuviesen “puestos” en el tanque, incurriendo en el error de otorgar poder al administrador para tomar posesión,  con promesa de no revocarlo: “entretanto que realmente la toma, me constituyo por su inquilino".

Prueba que el acto de aparente generosidad, se debió a intento de eludir males peores, que el duque autorizase al administrados a vender la heredad, de tener ocasión, al contado o a “fiado”, sin aguardar nueva orden. Únicamente en defecto de comprador, se darían a tributo o partido tierras, aguas, pinares y montes, entrevistándose previamente con Antonio Alonso, el vecino de Ico de los Vinos, que se asoció con el duque anterior, para explotar la finca a medias, a través de Bartolomé Cabrera. Gordejuela procuraría que asumiese el compromiso, disolviéndolo por vía de transacción, en caso contrario.

En la instrucción que el Guzmán adjuntó a poderes, dejó traslucir que no ignoraba  la mala condición de Gordejuela. Salvando la imprudencia de haberle asignado salario, sin  poner límite al contrato, advirtió: “habéis de llevar entendido que dicho asentamiento será por 10 años, no declarando yo otra cosa”. Manifiesta la ineptitud del administrador, por los nulos resultados obtenidos, tras ocho años de trabajo y gastos, pues continuaba en la fase de “procurar” sacar y juntar las agua de los Ríos Abona y Abades, con el caudal de las fuentes que pudiesen “entrar”, llevándola al estanque, “a la parte donde se puedan bien aprovechar”, se resignó a invertir otros 2.000 ducados, “y menos si menos pudieseis, con vuestra buena industria”.

Terminada la canalización, el administrador haría “diligencias” en Tenerife, Gran Canaria, la Palma y otras islas, de considerarlo conveniente,  para que  “los vecinos sepan que las aguas están en las tierras, donde han de aprovechar”,  pregonado las condiciones en que se ofrecía, en venta o a tributo, el regadío y  el sequero, útil para pan,  “de manera que venga a noticia de todos”. De no encontrar tributarios,  arrendaría las suertes, “lo mejor que se pueda”.

En orden de prioridades racional, terminada la traída de aguas, “muy bien sería” construir ermita, en el sitio del pueblo, bajo la advocación de la Santísima Trinidad, , en la esperanza de que sirviese de señuelo.

Ordeno al administrado que en el primer barco con Andalucía por destino, mandase a la contaduría de Sanlúcar las escrituras que tuviese, en especial las que tocasen a la propiedad  Abona, “para que se guarden en mi archivo”.

Sabiendo a Gordejuela indigno de confianza,  apoderó a Martín Hernández Moreno, “hombre que tiene inteligencia y experiencia de la hacienda de esas islas”, vecino de Gran Canaria y administrador de los ingenios y bienes del real factor, Francisco Duarte, para que de tener ocasión de vender la heredad, examinase las ofertas con Gordejuela, redactando  informes que enviarían al duque, firmados por ambos, absteniéndose de tomar decisión “sin comunicarlo conmigo, no embargante que lleváis poder bastante, juntamente con Moreno”, para enajenar la propiedad, siendo el mismo Moreno, quien habría de señalar el sitio para el molino y la caballería, concedidos a Guedejuela.

Comprometido y molesto el encargo,  Martín Hernández Moreno se excusó, alegando que exceso de trabajo y falta de salud, le impedían trasladarse a Tenerife. Informado el duque estando en el Bosque de las Rocinas, a 11 de diciembre de 1586, en presencia de Diego Caballero, arrendatario de los pastos del Coto, que actuó como testigo, apoderó y requirió como autoridad al capitán Juan Núñez, gobernador de Tenerife y Palma,  para que señalase el sitio en que habrían de ubicarse el  molino y la caballería, regalados a Gordejuela.

Visiblemente arrepentido de la solución adoptada, a 3 de abril de 1587, el Guzmán apoderó al gobernador, en términos que hacían irrenunciable su presencia en la heredad de Abona,  en el acto de señalar el molino y deslindar la caballería.

Teniéndolo elegidos Gordejuela, en parte que no coincidía con el interés ni el mandato del duque, retrasó la posesión, hasta estar seguro de que el Capitán Juan Núñez, no podría trasladarse al Reino de Abona. Enterado de que el gobernador se encontraba en Santa Cruz, a más de 12 leguas del heredamiento, esperando embarque para regresar a España,   en el navío que traería a su sucesor, le condicionó  el ánimo con regalo de harina y vino, antes de presentase en la villa, seguido de escribano.

Lamentando que habiendo pasado cuatro años desde que recibió el poder del duque, no hubiese procedido al señalamiento, personalmente  o a través de representante, el administrador consiguió que a 23 de septiembre de 1591, contraviniendo leyes y ordenanzas, el gobernador aún en funciones, le diese  posesión sobre plano, situando caballería de tierra, en el “cercado que dicen de Juan Alonso”, pasando la linde por el “lomo”, en que estaba proyectado el  “estanque”. La continuó derecha, siguiendo las aguas hacia la Granadilla. Subiendo al alto del Sejo del Risco, bajó a  las  “moradas” de Juan Alonso, siguiendo por el lomo y caserón,  “aguas corrientes al barranco”, de donde “cortando”, iba  a la  mar. Adjunto al señalamiento mandato, para que se diese la posesión a Gordejuela, con licencia para los "majanos" o mojones, cerrando la tierra de manera que no pudiesen “entrarse” en sus sembrados, “por un lado ni el otro”, la caballería partió la finca, inutilizaba  la  “tierra útil y de provecho” que quedaba..

Requeridos el alguacil y el escribano de Realejo de Abajo, el administrador legitimó la ilegalidad a 19 de diciembre, en el   “Valle de San Juan de las Vegas”. Presentada y leída la donación del duque, otorgada a 10 de julio de 1585,  el señalamiento y orden, rubricados por Juan Núñez de la Fuente, “gobernador que fue de la isla”, el alguacil dio a Gordejuela la posesión de cuanto abarcaba la linde antedicha, en los cercados de Juan Alonso. Adjudicado el predio "aguas vertientes al barranco y al valle", por ambas orillas del Río de Abona, hasta la  Cueva de Suárez, el administrador se apropió del sitio, señalado para formar el pueblo,  las ruinas de lo que se edificó en tiempos del 3º duque y las mejores suertes. Pasada la noche  junto al tomadero del  Río de Abona, el 20 de diciembre, tomó posesión del agua, para regar las  60 fanegas "e para la molienda del molino”.

A 23 de junio de 1586, víspera de S. Juan, completó la apropiación en el valle de San Juan de las Vegas, o Vegas de Juan Alonso, en presencia del alcalde de Villaflor, con quien Gordejuela tenía hermandad. Presentada la escritura de donación y la posesión,  le fue entregada “la tercera y cuarta parte” del valle, con banda de tierra que bajaba  hasta el mar. Así se hizo con el curso y agua del Río Abona, pasándolo  “de una parte a otra”. Cruzando la propiedad, a la “parte” de Adexe se hizo con del Río de los Abades, sacando agua de fuentes y manantiales, para terminar recibiendo la fuente de Pedro Báez,  sita  en el mismo valle. Cerrada la caballería con sus “majanos”, al duque no le quedó más agua que la de  los Escuriales y parte del curso bajo de los ríos, sin utilidad para el riego. 


No habiendo rendido cuentas Gordejuela, ni dado apenas señales de vida, por espacio de 10 años, a 12 de enero de 1595, en el Bosque de las Rocinas, el duque le revocó los poderes, otorgándolos de igual amplitud a Juan de Vega, escribano del rey de la Casa de la Contratación y del Juzgado de las Indias, en la Isla de  Tenerife.

Tomada posesión de la heredad, podría vender, dar la tierra a tributo, abierto o perpetuo, “con cláusula de sustituto y obligación de saneamiento”, exigir cuentas a su predecesor desde 1585, por vía de justicia de no rendirlas espontáneamente y contestar o anular las mercedes de molino y caballería, de haber incumplido el compromiso.

Al no poder entrar en contacto con Gordejuela, pese a intentarlo reiteradamente,  Juan de Vega acudió al Alcalde Mayor el  25 de mayo, para que le comunicase, por vía de justicia, la revocación de poderes, advirtiéndole que se abstuviese de  utilizarlos y la obligación en que estaba de rendir cuenta cumplida, en el plazo de 30 días, son pena de que le fuesen reclamadas por el Alcalde Mayor, comunicando a los tributarios y renteros, que tuviese en Abona, Las Vegas y el término de Granadilla, que en adelante pagasen a Juan de Vega, advirtiéndole que de no hacerlo, tendría que abonar la renta de su bolsillo.

Juan Martín, alguacil en San Cristóbal, salió de la ciudad con vara alta el 27, en busca de Gordejuela, portando el auto.  Comunicado a 29,  en Realejo de Abajo y a domicilio, el administrador respondió a 31, a través del procurador Jorge Macedo, con declaración escueta: el duque tenía mucho que agradecerle. Y nada que reprocharle. Enterado Juan de Vega de la original contestación, pidió que fuese encarcelado, permaneciendo en prisión en tanto no entregase los libros. Al mismo tiempo solicitó que la posesión del heredamiento, pues urgía poner orden, cobrando y pidiendo las debidas fianzas, a los que llevasen tierras, con facultad para embargar   o expulsar al moroso.

Actuando con celeridad asombrosa, a 2 de junio el Alcalde Mayor ordenó que Gordejuela “fuese preso”, en las casas del Ayuntamiento de San Cristóbal, dando al mismo tiempo mandato a Juan de Vega, para que pudiese tomar posesión de los bienes del duque. El sábado 3 de junio, sin perder tiempo,  Vega partió de San Cristóbal, seguido de alguacil y escribano. Haciendo noche en la  Orotava, el domingo 4 llegó a Villaflor. Ultimados trámites burocráticos, en presencia  de  Fr. Francisco de Carvajal, de la orden de S. Diego, que aparece como testigo, el 6 de junio entró en la heredad, por el barranco del Alar y Lajas Caídas, lindando con las tierras e ingenio,  "que dicen"  de Gonzalo González, de Granadilla. Restablecida la mojonera a la parte de Agache y Adexe, a partir de la posesión que tomó Cabrera, en 1555, continuó por el  barranco de Tajao,  a la Fuente de Tajo. Subiendo a la costa, pasó por el puerto de Guaharal, para bajar a  Montaña Gorda.

Presentados los poderes y el mandato emitido por el Alcalde Mayor, en nombre del gobernador, Vega pidió la entrega de tierras, aguas casas y sementeras, celebrando el primer acto de posesión, que se había de repetir a lo largo del camino, hasta las Aguas de los Escuriales, de donde siguió  al  Río de los Abades. En un  "saltadero" próximo a las fuentes, le fue entregado el río, del nacimiento hasta el mar, yendo al Abona, junto a cuya corriente pasaron la noche.

El miércoles 7 de junio, tomó posesión de su curso, pasando a  “un  agua que dicen de Pedro Báez”, en Las Vegas, situada entre los ríos, el alguacil recabó testimonios de los presentes, junto a unos edificios. Confirmado que como las aguas, se encontraban dentro de las lindes, continuó la ceremonia en ermita pequeña, “de 12 pies”, en cuyo interior había una imagen de Ntra. Sra. de la Encarnación.

Gonzalo González y otros presentes, declararon que Juan de Gordejuela, regidor de la isla, hizo el templo, por orden del duque. Entregada la posesión, pasaron a casa cercana, “terrera” “de piedra y teja”, una de cuyas puertas estaba cerrada. Se buscó a Mateo de las Casas, que “solía” tener la llave. Dijo que el día anterior Miguel González, criado de Gordejuela, se presentó pidiéndola, por orden del amo. Por no perder tiempo, alguacil y escribano dieron por buena la posesión, con entrada de Vega en la sala, que estaba abierta.    Entregada atahona y horno pequeño de pan, “que está allí junto”, se dio por conclusa la ceremonia, en lo tocante a edificaciones,.

A demanda de Juan de Vega, el escribano leyó las lindes en voz alta, confirmando labrador, vecino de Realejo de Arriba, que ermita, atahona, casa y las “cuatro aguas”,  pertenecían a la heredad. Vecino de Realejo de Abajo, declaró la propiedad del duque, alcanzaba del barrando de Alar al de Tajao  y los testigos en general, que las aguas, edificios y tierras de que se dio la posesión, estaban dentro de la finca.

Reunidos los presentes en el interior de la ermita,  Juan de Vega pidió al alcalde, que le hiciese dar los nombres de las “muchas personas”, que llevaban suertes, consignando la cabida y la renta que debían, “como lo tiene mandado la justicia“. Requerido Francisco Jorge, que pese a ser analfabeto, ejercía como cobrador de Gordejuela, declaró bajo juramento, que desde hacía 3 años, su amo arrendaba, suertes de 1 fanega cuando más,  repartiéndolas en pedazos. De primera calidad la tierra, al no llegar el agua, los que las tomaron perdieron la cosecha y “escamparon”, pagando los pocos que resistían, en relación con  la cosecha, salvo las 2 fanegas de trigo y 3 de centeno, que pusieron los  “mozos”  de Gordejuela, declaradas exentas. Restablecido Francisco Jorge en sus funciones, el alcalde le advirtió que en adelante daría las rentas a Juan de Vega, exponiéndose a parar ante los tribunales, de no hacerlo.

 Colonos de Abona
Nombre
Lugar
Tributo
Antonio Hernández

1 fanega trigo
Diego Fernández de Realejo y Gaspar Martín
19 almudes
Antonio González
Realejo
1 fanega trigo
Antonio González de Tigarga
1 fanega trigo
Melchor Bernal

1 fanega trigo
Juan Pérez

8 almudes trigo
El hijo de Bravo


El yerno de la Damiana


Melchor Rodríguez


Jorge Fernández


Gaspar Delgado


Juan Francisco

½ f trigo y ½ centeno
Pedro Martín Pedriañez

1 fanega de trigo
Pedro Yánez

15 almudes de trigo
Uti, hija de Jorge Fernos
Orotava

Francisco Bellotero

1 fanega trigo
Felipe Machado Becerril


Francisco Gil



El 10 de junio, de regreso en Villaflor, cabeza del Reino de Abona, Juan de Vega pidió al beneficiado de la iglesia parroquial de S. Pedro, Baltasar Mendes, que el domingo 11, “día del señor San Bernabé”, en la estación de la misa mayor, “en haz de mucha gente”, anunciase la oferta de tierra en Abona,  informando de las condiciones del arriendo. El clérigo “dijo que lo diza”, siendo fijado bando, a la puerta de la iglesia y  lugares públicos, firmado por el duque, en el que anunciada la toma de posesión, por Juan de Vega, de unas “tierras, que yo he e tengo”, en término de Montaña Bermeja y Atalayas, que por la parte de Agache iban del barranco de los Escuriales, a las Eras del Brezo. Y por la de Adexe, al barranco de Aracache y Silvestre, siguiendo por arriba el camino, que va de Asia a  las Arenas Prietas, y por abajo, hasta las tierras de Juan de Vera y Jorge Díaz, el Barranco de Alar, Lajas Caídas, Barranco de Tajao,  Lagacha y el puerto de Guahara,  las cuales tierras se ofrecían a quien quisiese cultivarlas, a cambio de entregar, al propietario, tributo o participación a determinar, en la cosecha obtenida, Según estaba convenido, el sacristán mayor, Salvador Hernández, leyó el bando a “altas voces”, suscitando protesta de Gonzalo González, el de Granadilla. Habiendo corrido la linde, ocupando tierra de duque, se dijo propietario, por el “justo título” de 40 años de ocupación, de los parcelas liberadas, al restablecer los mojones.

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