LAS
DATAS DE ACENTEJO
Y
BREVE
RESEÑA HISTÓRICA DE LOS DATADOS
CAPITULO III
Eduardo Pedro García Rodríguez
Francisco Guanarteme
De este personaje solamente
disponemos de la información ofrecida en la data concedida a su tío Fernando
Guanarteme en Acentejo.
Fernando II Guanarteme
Canari sobrino de Fernando
Guanarteme (Thenesor Semidan) y por tanto de estirpe regia, participó en la
invasión de Tenerife con la compañía de Maninidra, obtuvo numerosos repartos de
tierras en diversos lugares de la isla.
En las datas de Tenerife,
primeros documentos públicos coloniales
generados a raíz de la invasión y conquista de la isla aparece la figura de un Fernando Guanarteme bajo
diferentes grafías, según recoge don Elías Serra Rafols en Las Data de Tenerife,
libros I al IV de Datas originales, en la 740-20. Figura como: Hernan
Guanarted. En las datas: 184-26. 938-52.
940-40. 1290-14. 1.811-20, figura grafíado como, Guadarteme. En las 17. 55.
222-5.313-40. 403-59. 434-12. 634-34. aparece como Guanarteme. Además de otras
grafías como: 740-20, Fernando Guanarted. 800, Fernan Gonarteme. 1.211-40,
Hernando Guarteme. 1.49-14, Guadalteme. 1.879-42, Guarateme.
El 29 de octubre de 1507:
“Una fuente q. en Tejyna en Adex con sus cuevas para vuestro ganado y otra majadas
q. están en la Fortaleza de Adex que se llama Abyyo [Ayyyo enmendado Abyyo]. Digo q. lo de la fuente sea si vos
aprobechais el agua con tal q. sea de los ganados q. quisieren beber y cuanto a
lo de la cuevas y majadas q. vos las do.”. “Medio c. bajo una fuente q. es
entre Terasuy y (Tegueste, testado) Tequereste en un barranco y el agua q. vos
aprobecheis della con q. sea realenga y dejeis un tiro de ballesta del lugar
donde se abrevan los ganados de los vecinos, y esto q. goceis principalmente por haber [sido] primeramente poblador, y si
alguno quisiere vivir allí, q. sea obligado el q. allí viviere y se aprovechare
del agua q. sea obligado a pagaros sueldo por libra. Fecho 30-IX-1508.” . Además obtuvo
repartimientos en Icod y Teno.
Fernando Guanarteme, Príncipe de la casa Real de Gáldar.
Este fue casado primeramente con
Ana Hernández, -la cual en 1504 era propietaria de unas tierras en Ycod-, y
después con María Fernández Vízcaina,
ambas de la nobleza Real de Gran Canaria, con las cuales no tuvo sucesión. María Fernández Vizcaína, aportó como dote al
matrimonio 3 esclavos guanches y una casa en Añazu (Santa Cruz) la cual
conservaba aún en 1525.
El 28 de agosto de 1510, Fernando de
Guanarteme, natural de Gran Canaria, otorga su testamento. Manda que los
clérigos de Santiago, en Taoro, le digan una vigilia de lecciones y misa de
réquiem con sus nocturnos y letanías; los frailes de San Francisco le digan
dos treintenarios, uno abierto y otro cerrado. Dona a las iglesias y
ermitas de la Isla una dobla a cada una; a los pobres 2.000 mrs. para
repartir entre los más necesitados. Se paguen los contratos y deudas
que de verdad se deban. Se den al
menor Agustín, hijo de Juan Delgado, 170 cabrillas. Debe para la Navidad que viene 145 cabrillas. A Jaime Joven
4.000 mrs. por Navidad. Nombra albaceas a Juan Fernández, canario, marido de
Catalina Gaspar, y a Constanza Fernández,
su hermana. Manda que se dé la libertad
a su esclava Inés y a la hija de ésta, Leonorcita, a quien reconoce
como hija legítima y heredera
universal del resto de sus bienes.
Ts.: Alonso López Juan Galán, Fernán Esteban y Francisco Vilches-Sin
firma. (Protocolos de Hernán Guerra. Fol. 302 r.)
La indicada María Vizcaíno
segunda esposa de Fernando Guanarteme testo en 1º de Enero de 1550 ante Domingo Hernández, y dejó por
principal heredera a Leonor Hernández,
hija natura de su marido y en otro testamento
deja también por heredera, con Leonor
Hernández, a la madre de ésta
Inés Hernández Tacoronte. (Díaz
Dorta)
En 1564 Juan Alonso presenta la data de Abona para su registro: “Hernando
Guanarteme. 59 f .
De ta. de s. En el Reino de Abona e unas cuevas q. Se llama Hing.. (roto)
Lindan con un barranco de la moradas... rey de Abona e lindan con un mal país.
Digo q. Do en nombre de sus Majestades, 3 c. En el dho lugar. 20-VI-1522-
7-X-1564 PARECIÓ Juan Alonso, e como marido de Leonor Hernández, mujer
que diz q. Es difunta, como hija y heredera q. Dijo ser H.G. y por sus
hijos y de la dicha L.H., su mujer, presentó este título. Ts. Hernando Ortiz,
Diego Gómez. Domingo Angadura.”.
La
casa real de Galdar también estuvo presente en Tenerife en una hermana de
Fernando Guanartme el II, Francisca
Fernández Guadarteme, da a luz a la niña Inés Fernández en Gran Canaria de una
relación carnal con Álvaro Serrano; casa, luego, en Tenerife con el portugués
Fernando Castro –no hay descendencia de este matrimonio-, e Inés Fernández se
convierte en la hijastra de Fernando de Castro; Inés Fernández casa con Pedro
del Pros, y nacen 2 hijos, fray Miguel y Francisca Fernández Guadarteme;
Francisca Fenández Guadarteme –con el mismo nombre que su abuela- casa, en
1542, con uno de los hijos del
conquistador Francisco Albornoz, Juan Perdomo; de este matrimonio nace un sola
hija en 1549, Inés Fernández –homónimo de su abuela-, que casa con el portugués
Amaro Borges. (José Melchor Hernández
Castilla)
178-20.—Bartolomé
Benítez, conquistador q. fuistes e v° q. sois. 300 f . desde el barranquete
cabe la montañuela primera de Azentejo como vamos a la mar. l-VIII-1500.
317-44,-
Bartolomé Benítez. Yo hobe dado en repartimiento a vos B.B,. mi sobrino, 300 f . de tas. de s. del
Barranco del Ahorcado hacia esta villa y agora los Cordobeses vos han entrado
en ellas y han alli hecho casas y despensas y paréceme no es justo le sean
quitadas, yo vos do en repartimiento a vos el dho. B. B. 300 f . de tas. de
s. q. son del dho. Barranco del Ahorcada [sic] hacia Tahoro con el agua q. a la
cabezada tiene en el monte para abrevar ganado; son las
dhas. tas. desde el dho. monte q. se entiende el camino q. va a Tahoro
hasta la mar en el espaco questas dhas. 300 f . puedan
entrar. Q. digo q. vos do 300
f . de sembradura en las dhas. tas. con la
dha. agua con tal q. des estación para abrevar los ganados de todos los
vecinos y pongáis dornajos. 20-IX-1504.
Como a todos sus parientes y
personas de su confianza el Adelantado primó generosamente a su sobrino
Bartolomé Benítez, con las tierras usurpadas al pueblo guanche y repartidas
entre los invasores como botín de guerra aparte de las de Acentejo, de las
datas concedidas veamos un resumen: “Una tas. de r. q. ove dado a Amorós por
cuanto él se fue desta isla. 20-X-1505.” ;
“Este es un titulo e alvalá de data de tas. del señor B.B. su tenor del
cual es este q. se sigue” [Copia]. Como a vº e conquistador 50 f . linde con vos el dcho.
B.B. q. teneis de r. en el término de La Orotava el camino viejo abaxo y tas. q. di a Antonio
Osorio criado de la Ryna las 30
f . y las otras 20 f . linde con las chas. Tas. de Osorio y de
la otra parte de San Miguel y las tas. de Catalina Perdomo. 20_VII-1503” ; “Os obligais sacar el
agua q. desciende y se derrisca de la peña grande a la cabezada del Valle de
Tegueste desde el nacimiento de la dcha. Agua con todos sus manantiales q. en
el dho. Valle hay con todas las tas. q. con dcha. Agua podais aprovechar q. son
desde el derriscadero a una y otra banda del valle hasta el camino q. va de La
Laguna al otro valle donde se corta la madera para los navios. 24-VI-1502; “120 f . en el Araota, linderos
tas. de r. de vos B.B., el Barranco del Agua desde el camino q. va por los
drago arriba hacia la subida del puerto a la dha. Araotava, hasta el camino
bajo q. va al otro puerto por donde se ganó la isla. 23-VI- 1502.” ; “Bartolomé Benitez y
Pedro de Vergara. Un barranco de agua q. se dice Tágara con todas las tas. de
r. q. con aquella agua pudieredes regar. El cual dho. Barranco es en el témino
de Adexe y va a dar al barranco de Tegina. Q. digo q. vos lo do con condición
q. fagais un ingenio de haser açucar de agua o de bestias. 4-VIII-1504” ; “Cuanto yo hobe dado a
vos B.B. entre otras tas. q. teneis en el Araotava, de q. vos puse en posesión,
20 f . de
r. q. son bajo del camino viejo q. va al Realejo, he yo las he dado a otras
personas…soy contento q. las dhas. 20
f . de r. las hayais otras 20 f . de r. junto con las
otras 20 que teneis arriba en el lomo q. va de la cueva de Guillen y el otro lomo del Pajonal, cabe este otro
dho. De la cueva q. se dize Tohoze. 7-VIII-1504” , “10 f . de ta. q. son detrás de
las que agora teneis puestas de cañaveral q. son en un pajonal y gamones, las
cuales dhas. Tas. allí donde son se llama Tohore y son 10 f . de r.; vos do demás de
las otras 30 f .
q. se vos dieron con mi poder por el alcalde Pedro de Vergara y Pedro de
Valdespino, q. vos vos obligasteis a hacer un engenio de agua para el herido el
cual vos señaló y afirmó q. será en el mejor q. escogerles si primero fabricais
q. otro ninguno y más la ta. para él para casas y latadas y huerta. Digo q.
cuanto a lo de las tas. q. se vos asiente y cuanto al herido q. sea encima
adonde es agora el molino. 12-I-1503” .
Esta singular generosidad del
Adelantado para con su sobrino está justificada además de por el parentesco,
por lo múltiples prestamos de dineros que Benítez facilitó a su tío, pues las
hazañas bélicas de Bartolomé no debieron ser muy destacadas tal como expone
Rumeu de Armas siguiendo a Alonso de Espinosa: “…De distinta índole fue el
rumor que captó el fraile dominico entre los nietos de los conquistadores,
relativo a la actitud escasamente belicista de Bartolomé Benítez de Lugo,
sobrino carnal de del capitán mayor. Se aseguraba, a media voz, “que quedó tan
escaldado de la primera entrada en que se halló, que no quiso volver a la isla
hasta después de conquistada”.
Además fue un destacado sicario y
testaferro de su tío conjuntamente con otros allegados de confianza del
Adelantado, quienes ejercían las funciones de matones y terroristas verdadero
sostén del gobierno autartico y depredador a que el traficante de esclavos
Alonso de Lugo tenía sometido tanto a guanches como a colonos, tal como está
recogido en decenas de documentos de la
época, veamos como muestra uno expedido por el Consejo de Castilla desde
Valladolid el 10 de febrero de 1513: “Carta de seguro para las justicias de las
islas de Tenerife, La Palma
y Gran Canaria y de la ciudad de Sevilla, a petición del bachiller
Juan Fernández de Anaya, vecino de La
Palma , que recela de don Alonso Fernández de
Lugo, don Pedro de Lugo, su hijo, Jerónimo de Valdés, Andrés
Suárez Gallinato, Vasco de Bahamonte, Bartolomé Benítez y de Pedro y Francisco de Lugo.”. (E. Aznar
Vallejo, 1981).
Como hombre de paja de su tío estuvo siempre
presto a secundar sus malevobolos planes, tal fue el caso del joven conde de la Gomera Guillen
Peraza cuando este exigió ante el Consejo de Castilla al Adelantado que
rindiera cuentas de la administración del patrimonio del conde y que Alonso de por el hecho de haber casado con la
madre de este, la nefasta Beatriz de Bobadilla -de quien había enviudado-,
había tomado como propio. El pleito, que se
trató ante el Consejo, versa sobre la petición que el joven Guillen hizo sobre la cuenta del tiempo que el Adelantado
tuvo la administración de sus bienes:
“El Consejo dio una sentencia, ordenando al Adelantado que diese cuenta con el pago de ocho años y las 2/4 partes
de lo multiplicado durante el matrimonio
con doña Beatriz de Bobadilla.
Además, se ordenó al
gobernador de Gran Canaria que averiguase la cuantía de dichas sumas. Sin
embargo, por estar éste ocupado mandó en su lugar a Tenerife y La Palma, al
licenciado Juan de Vadillo.
Pero a
juicio del procurador del Adelantado, Juan Trezeno, el licenciado Vadillo era
parcial al conde, pues sin darle traslado de su comisión, se dirigió
a La Gomera para tratar el asunto.
Por ello,
había apelado ante el Consejo solicitando que se revocase al mencionado
licenciado y al escribano nombrado al efecto. El Consejo notificó la citada
petición a Pablo de Baza, procurador de Guillen Peraza, quién señaló que ésta
se hacía con el único propósito de retrasar la ejecución de la sentencia.
Y añadió que se debían castigar las fuerzas del Adelantado, pues fueron
contra el licenciado Vadillo, además de quitarle o, al menos, suspender su
mandato como gobernador. Visto nuevamente por el Consejo, éstos mandaron
señalar un juez ejecutor y que las partes nombrasen, antes de tres días, cuatro
letrados cada uno. Sin embargo, Pablo de Baza insistió que con ello sólo se
dilataba un proceso que duraba veinte años, y que había costado ya a su
representado 6.000 ducados. Por lo que pedía al Consejo que proveyese y nombrase
un juez que terminase la ejecución del pleito. La comisión al licenciado Diego
de Almodóvar se da con un salario de 350 mrs./día, más los 150 mrs. para
Fernán Sánchez, escribano real. Asimismo se ordena al licenciado Vadillo que no conozca en el pleito y
al escribano Diego Ramírez que entregue
los procesos. (E. Aznar Vallejo, 1981)
Todavía el
12 de julio de 1521-cinco años antes de la muerte del adelantado-, aún
continuaba pendiente la ejecución de la sentencia, como era habitual los
parientes e incondicionales de Alonso de Lugo había cerrado filas en torno al
Adelantado y arremetido por todos sus medios contra el colono Guillen Peraza
como veremos más adelante: “Burgos. Emplazamiento a Diego Ramírez, o a
cualquier otro escribano en cuyo poder estuviese el proceso que enfrenta a
Alonso Fernández
de Lugo, Adelantado de Canaria, al licenciado Cristóbal de Valcárcel, a Rafael Fonte, a Juan Márquez, escribano, a
Francisco de Mesa, fiel ejecutor de La
Palma y a Antón Joven regidor de Tenerife contra Guillen Peraza,
conde de La
Gomera, para que lo presente al
Consejo antes de ocho días. Se da a petición de Fernando de Valladolid, procurador de los primeros, quien
presentó apelación ante el Consejo
contra los mandamientos dados por el licenciado Vadillo, juez pesquisidor y ejecutor, por los que
ordenaba poner en posesión a Guillen Peraza de “dos pares de cuatrocientos
heredamientos”, que se suponían ganados y multiplicados durante el matrimonio
del Adelantado con doña Beatriz de Bobadilla. A juicio de los recurrentes no
sucedió así, ya que durante el matrimonio no hubo ganacias de bienes,
poseyendo el Adelantado algunos heredamientos antes de casarse y siéndole
entregados otros por el rey don Fernando por sus servicios en la conquista. Estas
tierras las poseen actualmente los citados Rafael Fonte y Antón Joven, además
de Rafael de Espinóla y Bartolomé Benítez, a los que se ha querido desposeer
sin ser escuchados. Por otra porte, el licenciado Vadillo dio mandamiento
para hacer ejecución en bienes del Adelantado por un valor de 31 cuentos y
600.000 mrs., correspondientes a 5.000 arrobas de azúcar, en concepto
del tiempo que tuvo la administración y tutela de los bienes
supuestamente multiplicados. Además, condenó a ciertas penas al
licenciado Valcárcel por ser abogado del Adelantado, a Francisco de Mesa por
ser procurador de éste y de Rafael Fonte, y al escribano Juan Márquez por dar
fe de algunas cosas que pasaron ante él. Por todo ello, Fernando de
Valladolid solicita el citado emplazamiento para poder continuar el proceso.
(E. Aznar Vallejo, 1981)
Una manera de contraatacar al conde de la Gomera por el pleito que
este tiene con el Adelantado consistía en hacerse con deudas contraídas por el
conde con terceros y hacerlas ejecutar,
método adoptado por Bartolomé Benítez a favor de su tío, como expone documentos
conservado en el Registro General de Sello hechos públicos el investigador
Eduardo Aznar Vallejo. El 11 de septiembre de 1517 el Consejo de Castilla emite
desde Madrid: Orden al bachiller Alonso Mejía, juez de comisión,
para que dé cumplimiento de justicia conforme a las leyes de Toledo y Toro a
Bartolomé Benítez, vecino de Tenerife, que reclama cierta cantidad a Guillen
Peraza y no puede cobrarla por ser éste señor de La Gomera y El Hierro. La
citada cantidad le fue traspasada por Bernardo Escarlati, florentino, quien la
había recibido de Juan Romano, mercader, a quien Guillen Peraza debía
784.500 maravedís. La orden se da a petición de Diego de Mendieta, procurador de
Bartolomé Benítez, el 13 del mismo mes y año, el Consejo cursa otra orden
similar a la anterior diorigida al “doctor Sancho de Lebrija, teniente de gobernador de Tenerife y La Palma, para
que entienda en la demanda de Bartolomé Benítez, vecino de Tenerife, que
reclama a Guillen Peraza ciertas cantidades,
sin poder alcanzar justicia por ser éste señor de La Gomera y El Hierro. Se le concede 50 días de plazo y un salario
de 150 maravedís, por cada uno de
ellos, debiendo ir acompañado de un escribano público de Tenerife, quien recibirá 40 maravedís diarios, aparte de sus
derechos ordinarios.”.
Por otra
parte, los múltiples latrocinios cometidos por Bartolomé Benítez seguían la
escuela creada por la familia Alonso de
Lugo, veamos un ejemplo, el citado Consejo de Castilla dispone con fecha 26 de
septiembre de 1522 desde Valladolid: “Comisión al licenciado Alfaro, juez pesquisidor en
las islas de Canaria, para que entienda en la demanda presentada por doña
Isabel Belón, viuda del licenciado de la Fuente , miembro del Consejo. El rey
Católico había concedido a su esposo 72 fanegas de tierra, con el agua
correspondiente, que ha mantenido arrendadas a Bartolomé Benítez, vecino y
regidor de Tenerife. Desde hace un año, Benítez se ha alzado con ellas sin querer
restituirlas ni pagar la renta. De ahí que doña Isabel solicite se encomiende el
asunto al licenciado Alfaro, o a otra persona de la Corte , y no al Adelantado que tiene la
justicia, ya que Benítez es familiar suyo, además de regidor.
Tres años más tarde desde Burgos el Consejo insiste en el tema en
comunicación dirigida: “Al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para
que determine en la demanda presentada por Antonio Velón, como tutor de Hernán Pérez, Pedro Velón y demás hijos del licenciado de La Fuente y de doña Isabel Velón, que pide sea ejecutada la
sentencia dada por el licenciado
Alfaro, juez de comisión, en que ordenó la restitución de sus tierras por
Bartolomé Benítez, regidor de Tenerife, y de la que éste apeló, aunque sin continuar las diligencias. El Consejo dirigió otra
igual al juez de residencia de Tenerife fechada en Madrid a 8 de abril de 1525.” . (E. Aznar Vallejo,
1981).
El 29
de julio de 1496 la isla Chinech (Tenerife) oficialmente queda anexionada a la
Corona de Castilla. En virtud del supuesto derecho de invasión y conquista
emanado de ciertas bulas papales, esta a su vez concedió subcontratas para las
operaciones de invasión a determinados aventureros que buscaban el rápido
enriquecimiento en base al comercio de esclavos, ganados y cuanto de algún
valor pudieran depredar.
Las
irregularidades y latrocinios cometidas por este pequeño Cesar y su guardia de
Corp en los repartimientos de las tierras usurpadas dieron motivo a diferentes
quejas de los colonos, entre estos los indignados López Sánchez de Valenzuela y
el licenciado Aguayo, denunciaron el atropello: “robaron la dicha isla, lo qual
ha quedado sin castigo, a causa de estar la dicha isla en ultramar, e no se
poder venir a quexar los vecinos Della”. Pero donde el rey se apropia de la
pólvora del pueblo, nadie es castigado por apropiársela.
El
cúmulo de reclamaciones fue tal que la corona castellana se vio obligada a
tomar carta en el tema en 1504 las coronas de Castilla y Aragón
encomendaron a Lope de Sosa, Gobernador colonial de Tamaránt (Gran
Canaria), la misión de verificar las consecuencias de un repartimiento que no
sólo había generado el perjuicio de la mayor parte de los piratas y colonos
beneficiarios, sino que originó que este primer asentamiento europeo en la isla
fuera caótico.
Una
vez analizados los hechos, la corona de la metrópoli determinó mediante real cédula de 31 de agosto de 1505 por la
que se comisionó al licenciado Juan Ortiz de Zárate para que reformase o
confirmase dichos repartimientos según fuese procedente.
El
nombramiento de Juan Ortiz de Zárate como Juez Repartidor que, tras someter a
juicio la distribución efectuada por el futuro Adelantado y tomar declaración a
los inculpados, enmendó ciertas irregularidades a través de la expropiación de
aquellos terrenos que no se encontraban ocupados. Otro de sus empeños fue el de la organización de unos
espacios urbanos que dotara de identidad europea a la isla, una de las más
importantes demandas de los primeros colonos del lugar de Eguerew (La Laguna ).
Las
pretendidas reformas del Licenciado Ortiz de Zarate, chocaban de frente con el
poder absoluto y nepotismo ejercido por Alonso de Lugo y su coorte de de
parientes e incondicionales. Así estando ausente el Adelantado el 21 de octubre
de 1506 preside el Cabildo colonial Bartolomé Benítez como lugarteniente del
gobernador[1], en
cuya sesión tratan de defenestrar al para ellos molesto reformador Juan Ortiz
de Zarate, empleando como excusa el hecho de que la comisión encargada a Ortiz
era por un año, tiempo que pretendían computar desde la salida del reformador
del puerto de San Lucar de Barrameda y no desde su llegada a Canarias: “E luego el
dicho Bartolomé Benítez, teniente susodicho, puso en plátyca e dixo que bien
sabían todos los dichos señores, o saber devían como el licenciado Juan Ortys de Cárate vino
a esta ysla con poder real de la reyna doña Juana,
nuestra señora, el qual poder fue presentado por él en el Cabildo e ayuntamiento desta ysla antel señor Adelantado e
Regimiento, el qual fue obedecido e
por virtud de todo ello, usó e a usado del dicho poder. E que agora paresce,
segund el tenor del dicho poder, aver espirado. E porque a él como Justicia con acuerdo de los dichos señores
conviene mirar y remediarse lo suso
dicho, en ver e proveer lo que es servycio de los señores Rey don Felipe e de la Reyna , nuestros señores. E de como se cunpla su
real mandado e el bien e pro común de
la dicha ysla, que le paresce se deve pedir al dicho señor Licenciado para sy tyene nuevo poder o mandado de
sus Altezas o prorrogación alguna cerca de la Reformación , como en
el dicho poder se contyene, para que
se vea sy puede usar o non de la dicha Reformación, e que este es su voto.”. (21-X-1506, fol. 87 r.)
En la sesión
del 23 del mismo mes y año el Cabildo continuaba tratando el tema del
reformador: “E luego el dicho señor teniente dixo que bien saben los señores los
abtos e requerimiento que con acuerdo de la Justicia e Cabildo se
avían fecho al señor licenciado Juan Ortys de Çarate, Reformador que
fue por sus Altezas destas
yslas. E sobre ellos lo que avia pasado; el el dicho señor licenciado respondido. E porque él todavía non se // quería ni quiere abstenerse de usar fol. 88
r. el dicho oficio de Reformación y en esto sus Altezas son desservydos
y la ysla rescibe mucho perjuysio porque los
vecinos della se desgastan en pleytos e contyendas y en otras cosas que en este tienpo non les hazían menester.
E asy por esto como por estar
escandalizados e sobresaltados con lo que an oydo dezir públicamente al dicho señor licenciado, de la Justicia e Regimiento
desta ysla, y pues que con ellos fue
acordado lo susodicho ser servicio de sus Altezas, de averie sydo fechos los dichos requerimientos, que les
notificava e notificó como el dicho
licenciado usava del dicho oficio y les hera manyfiesto el dicho perjuysio; e que para escusar el daño
manyfiesto e ynconvinientes que se
podrían retraer que es bien nuevamente le sea notyficado un requerimiento e mandamiento so cierta pena, para que él
se esyma del dicho oficio so cierta
pena, porque no remediándolo cargaría el daño del escándalo, sy acaesciese, sobre él como Justicia e sobre
ellos como regidores que son obligados
a mirar e proveer todo aquello que es servicio de Dios y de sus Altezas e bien e pro común desta ysla.” (23-X-1506.
fol. 88 r.)
También
correspondió a Bartolomé Benítez disponer en esta parte de la colonia los lutos
por el fallecimiento del rey consorte de Castilla Felipe (El hermoso) en
Cabildo celebrado el 31 de octubre de 1506 (31 de octubre 1506, fol.88 bis.): “E luego el señor don Pedro Fernandes de Lugo presentó en el dicho Cabildo a los
dichos señores una carta mensajera de letra e firma del dicho señor Adelantado
don Alonso Fernandes de Lugo, dirigida al Cabildo, regidores e jurados de
la dicha ysla, por la qual les hazía saber el fallescimiento de su alteza del
Rey don Felipe nuestro señor e otras cosas más e allende que en ella se
contiene, segund que en mi poder quedó oreginalmente; porque asy el dicho
señor Adelantado lo mandava e mandó. El tenor de la qual es ésta que se
sygue:
Aquí entra la carta.[2]
Muy virtuosos señores: Escreviros las nuevas por ystenso recibirya
tanta pasyón que creo quenon saldrya con ello, que la desventura es tanta
que por nuestros pecados a premytydo Nuestro Señor que no ay cosa sana, pues
plugo a Nuestro Señor que no nos cure cosa buena, pues nos llevó al Rey don Felype nuestro
señor[3]. La Reyna nuestra señora está,
dis, que tan dolyente que no habla. La rebuelta es tanta que cada uno toma
lo que puede; yo, señores, me parto a la Reyna nuestra
señora…………….. y a servir sy fuere menester y sy
hallare…………………………………... yo enbío
allá a don Pedro para que entyenda en
la guarda desa ysla y a don Hernando que se vaya a la Palma.
Juntaos , señores, con él y con my sobryno Bartolomé Benytes y guárdese esa ysla a servicio de la Reyna doña Juana nuestra
señora hasta tanto que sepa que mundo
corre y yo vos escryviré largo con mensajero propio, que vos haré saber todas las cosas y lo que avys de haser entre
tanto que yo vo. Pero si Nuestro Señor
algo dispusiere de mi, porque desto no tyene
nadie certenidad, juntaos con el dicho don Pedro my hijo y con el dicho my sobryno y dad la ysla a la Reyna doña Juana nuestra
señora o a quien ella vos mandare
como buenos y leales vasallos; lo qual vos mando en nonbre de su Altesa. Y esta carta mando que se ponga en
el regystro del escryvano. Yo me
parto de aquí a tres días, en cada navio vos escryviré y en todo lo demás me remyto a mys hijos don Pedro y don Hernando,
porque dellos vos ynformareys más
largo. Nuestro Señor, vuestras muy virtuosas personas guarde 12-X-1506 como desea, de San Lucar, a xii de
otubre. A lo que, señores, mandardes”[4] El
Adelantado.
Ya hemos comentado la manera
nepotica del Adelantado de gobernar esta
parte de la colonia, nombrando desde la
constitución del primer Cabildo colonial a sus familiares y peones de confianza,
en algunos casos desposeyéndolos del cargo cuando tenían alguna enfrentamiento
con sus parientes, como en el caso del colono Pedro Hernández, quien al ser
victima de esta tropelía acudió al Consejo de Castilla, la cual el 6 de marzo
de 1506 desde Burgos emite: “Incitativa al
juez de residencia de Tenerife, para que determine en la petición del
bachiller Pedro Fernández, regidor de dicha isla,
que reclama ser admitido en el cabildo de la misma, del que fue expulsado por el adelantado don Alonso de Lugo, gobernador
de Tenerife, a causa de su enfrentamiento
con Bartolomé Benítez, sobrino y lugarteniente de dicho gobernador.” (E.
Aznar Vallejo, 1981)
El 19 de septiembre de 1519
desde Barcelona emite cédula: “Confirmación de una regiduría en la isla de Tenerife a Bartolomé Benítez, vecino. El cargo
le fue concedido por don Alonso
Fernández de Lugo, Adelantado de Canaria, hace más de veinte años, en compensación a su participación en la conquista.
Se le confirma en su puesto, ya que
no puede ejercer sin provisión real de acuerdo con las condiciones de las leyes de las Cortes de Toledo, y se ordena
al concejo que lo reciba.”. (E. Aznar Vallejo, 1981).
El primer ingenio azucarero que
se levanto en la Orotava
lo fue por este colono invasor andaluz
Bartolomé Benítez –tuvo varios en propiedad y arrendamiento-, quien
había casado con la judeo conversa
Beatriz Benítez de Las Cuevas. Su hija Leonor casó con su primo Francisco de
Lugo, tronco de una de las más extensas familias criollas de Tenerife, cuyas
ramas comenzaron diversificarse en 1529. El historiador Juan Núñez de la Peña (Laguna, 1641-1721), en
el libro de Hacienda que escribió y firmó y al cual tuvo acceso Álvarez Rixo y
que se conservaba en la casa del Durazno (hoy denominada casa Grande) de los
herederos del conquistador Bartolomé Benítez de Lugo (A. Ruiz Álvarez, El Día
3-12-1969), en la página 59 señala que se adjudicó a Francisco Benítez tierra
en partición hasta la Caleta
que dicen de Martín Sánchez o Yanez, que la separa de “Las Vegetas”. Esta adjudicación
se escrituró ante el escribano Ruiz García de Estrada en el año 1529.
[1] Bartolomé Benítez, figura como tal Teniente de
gobernador en otro cabildo del mismo 31 de agosto
de 1506 y sigue hasta el 2 de noviembre del mismo año. Vuelve como Teniente el 1.° de diciembre del
mismo año y continúa hasta el 8 de octubre de
1507.
[2] Resto del fol. 88 v. en blanco, donde se hallaba
doblada y cosida la carta original del Adelantado, ahora pegada al pliego como
fol. 88 bis. Ha perdido parte de una línea y los comienzos de algunas otras,
que se suplen.
[3] Conocido como el Hermoso
(1478-1506). Soberano de los Países Bajos (1482-1506), rey consorte de Castilla y León (1504-06). Era
hijo del Emperador Maximiliano I de Austria y María de Borgoña.
Casó
en 1496 con la infanta Juana, hija y heredera de los Reyes Católicos, tras un
pacto matrimonial realizado por el padre de Felipe en el marco de la llamada Liga
Santa, que pretendía el aislamiento de Francia frente a sus intentos de
hegemonía en Italia.
[4] En cuanto a los actos religiosos, una profusa jurisprudencia tuvo lugar
en los conflictos sobre etiqueta y ceremonial que se dieron entre Párrocos por
un lado y Cabildos y Subdelegados por otro.
Los conflictos eran
ocasionados por el lugar, los protagonistas, los objetos y los días en que
debían oficiarse las misas o festividades. Para Abercrombie (1992), la
participación actual de las elites en las festividades religiosas, constituiría
una suerte de paradoja colonial.
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