EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA UNA HISTORIA RESUMIDA DE
CANARIAS
CAPITULO III: DE LA ANTIGÜEDAD AL SIGLO XV. 1471-1480
Eduardo
Pedro García Rodríguez
1491 - 1500
1491 Marzo (s.d.). Sevilla (f. 200). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Juan de la
Bastida, vecino de Sevilla, que reclama a Fernando de Trujillo, teniente de
dicha isla, 6.300 maravedís que le pagó por una moza gomera de 25 años, que
compró para su tía, ya que dicha esclava fue tomada por el obispo de Canaria;
miembro del Consejo, por ser cristiana. Don Alvaro. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo (s.d.). Sevilla (f. 270). lncitativa a las justicias de
Durango, para que entiendan en la demanda presentada por María Martín, vecina
de Vejer, que reclama a Pedro Costilla, vecino de Durango, 10.000 maravedís que
le pagó por una moza gomera de 12 años, llamada Catalina, ya que ésta fue
tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiana. Don
Alvaro. Johannes. Andreas. Franciscus. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo (s.d.). Sevilla (f. 293). lncitativa a las justicias del
Puerto de Santa María, para que entiendan en la demanda presentada por Alonso
de Cáceres candelero, vecino de dicha villa, que reclama 100 reales de plata
que pagó por un niño gomero de 4 años, ya que éste ha sido tomado por el obispo
de Canaria por ser cristiano. El citado esclavo fue comprado a medias por el
demandante y Pedro García, sastre de la misma vecindad, a quien aquél compró
posteriormente por su parte. Don Alvaro. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo (s.d.); Sevilla (f. 296). lncitativa a las justicias de
Moguer, para que conozcan en la demanda presentada por Diego Alonso de Marco,
vecino de dicha villa, que reclama a Cristóbal de Triana, de la misma vecindad,
6.300 maravedís que le pagó por un mozo gomero de 12 años, llamado Juan, que
fue tomado por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiano.
Don Alvaro. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo (s.d.). Sevilla (f. 303). lncitativa a las justicias del
Puerto de Santa María, para que entiendan en la demanda presentada por Gómez de
Barrionuevo, vecino de Marchena, que reclama a Alonso Alvarez, 4.000 maravedís
que le pagó por una mujer, llamada Margarita de La Gomera, que fue tomada por
el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiana. Don Alvaro. (E.
Aznar; 1981)
1491 Marzo (s.d.). Sevilla (f. 310). lncitativa a las justicias del
Puerto de María, para que conozcan en la demanda presentada por Alonso Pérez
Cejudo, vecino de dicha villa, que reclama a Nicolás Joanes, calcetero de la
misma vecindad, 3.000 maravedís que le pagó por una mujer gomera, llamada
Catalina, que fue tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser
cristiano. Don Alvaro. (E. Aznar; 1981)
1491 [Marzo] (s.d.). Sevilla (f. 126). lncitativa a las justicias
de Gran canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Diego
Colmenero, vecino de Palos, que reclama a Juan Rodríguez de Morón, vecino de
Gran Canaria 6.000 maravedís que le pagó por un mozo gomero, llamado Fernando,
que fue tomado por el obispo de Canaria por ser cristiano. Don Alvaro.
Johannes. Andreas. Antón. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491 [Marzo] (s.d.). [Sevilla] (f. 234). lncitativa a los alcaldes
de la ciudad de Arcos, para que dé cumplimiento de justicia a María la Canaria,
que reclama la libertad de su hermana Catalina, cautiva en dicha ciudad, a
pesar de estar prohibido por los reyes el cautiverio de los cristianos. (E.
Aznar; 1981)
1491 [Marzo] (s.d.). [Sevilla] (f. 315). Incitativa a las justicias
de Jerez de la Frontera, para que conozcan en la demanda presentada por Antón
de Vargas, vecino de dicha ciudad, que reclama a Vique, también vecino, 4.300
maravedís que le pagó por un mozo gomero de 8 años, llamado Remando, que fue
tomado por los obispos de Málaga y Canaria. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 1. (s.l.) (f. 77). Incitativa a las justicias de Gran
Canaria, para que determinen en la demanda presentada por Alonso Gallego,
vecino de Palos, que reclama a Fernando Trujillo, vecino de dicha isla, 8.250
maravedís que le pagó por una moza gomera de 15 años, llamada Francisca, ya que
ésta fue tomada por los obispos de Málaga y Canaria, por ser cristiana y libre.
Don Alvaro, decanus hispalensis. Johannes. Gonzalo. Castillo. (E. Aznar;1981)
1491. Marzo 1. Sevilla. (f. 322). Incitativa a las justicias de
Jerez de la Frontera, para que entiendan en la demanda presentada por Antonio
Romano, vecino de la ciudad de Mesina en Sicilia, que reclama a Martín
Taragano, vecino de Jerez de la Frontera, 13.500 maravedís por una canaria
llamada Catalina de La Gomera, ya Fernando Hamara 12.275 por una canaria
llamada Ftancisca; las cuales le fueron vendidas en Jerez de la Frontera como
de buena guerra y luego han sido tomadas por el obispo de Canaria por ser
libres. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Mármol. (E. Aznar;1981)
1491. Marzo 6. Sevilla. (f. 160). Incitativa a las justicias del
reino, para que conozcan en la demanda presentada por Peralonso, hortelano
vecino de la villa de Rota, que reclama 6.000 maravedís que pagó por un mozo
gomero de 20 años, dado que éste le fue tomado por los obispos de Málaga y
Canaria, miembros del Consejo, por ser cristiano y libre. Don Alvaro. Don Juan.
Andreas. Anton. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 6. Sevilla. (f. 161). Incitativa a las justicias del
reino, para que conozcan en la demanda presentada por Francisco Alonso, solero
vecino de Gibraleón, que reclama a Juan García de Santamaria, vecino de San
Juan del Puerto, 10.000 maravedís que le pagó por una gomera de 25 años,
llamada Catalina, que compró para su hermana Leonor Martín, vecina de
Gibraleón, ya que dicha esclava fue tomada por los obispos de Málaga y Canaria,
por ser cristiana y libre. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Gundisalvus. Filipus.
Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 8. Sevilla. (f. 78). Incitativa a las justicias de Gran
Canaria, para que determinen en la demanda presentada por Francisco Rascón,
vecino de la villa de Palos, que reclama a Juan Sánchez, vecino de dicha isla,
5.500 maravedís que le pagó por una esclava gomera de 30 años, llamada Inés,
dado que se la vendió como de buena guerra y luego fue tomada por el obispo de
Canaria, por ser libre. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 8. Sevilla. (f. 463). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Alonso García de
Rota, vecino de la villa de Rota, que reclama a Juan de Cota, vecino de Palos,
como hacedor de doña Beatriz de Bobadilla, 6.000 maravedís que le pagó por un
mozo gomero de 12 años, llamado Fernando, que fue tomado por los obispos de
Canaria y Málaga, miembros del Consejo, por ser cristiano. Suscriptores: Don
Alvaro. Don Juan. Andreas. Anton. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 10. Sevilla. (f. 83). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Alonso y áñez,
vecino de Rota, que reclama a Francisco de Duardo, vecino de dicha isla, 20
doblas moriscas, tasadas en 8.000 maravedís, y un albornoz que le pagó por una
moza gomera de 15 años, llamada Margarita, ya que ésta le fue tomada por los
obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser cristiana y libre.
Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 10. Sevilla. (f. 205). Incitativa a las justicias de
Gran canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Antón Martín,
zapatero vecino de Palos, que reclama a Juan de Meneses 6.000 maravedís que le
pagó por una moza gomera llamada Maria y su hija, ya que éstas le fueron
tomadas por los obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser
cristianas. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo l0. Sevilla. (f. 384). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Juan de
Albarracín, vecino del Puerto de Santa María, que reclama a Pedro de Vera,
gobernador de dicha isla, 4.500 maravedís que le pagó por una gomera de 30 años
llamada Inés y una hija suya llamada Juana, que fueron tomadas por los obispos
de Málaga y Canaria, miembros del CQnsejo, por ser libres. Don Alvaro.
Johannes. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 11. Sevilla. (f. 287). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Pedro Cazabí,
vecino de Sanlúcar de Barrameda, que reclama a Juan Verde, vecino de Lanzarote,
6.200 maravedís que le pagó por un mozo gomero, llamado Juan, ya que éste fue
tomado por los obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser
cristiano. Suscriptores:Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Filipus. Castillo. (E.
Aznar; 1981)
149.1. Marzo 11. Sevilla. (f. 299). Incitativa a las justicias de
Niebla, para que conozcan en la demanda presentada por Marcos González, vecino
de Niebla, que reclama a Juan Marques, vecino de Lepe, 6.500 maravedís que le
pagó por un esclavo canario de 13 o 14 años, llamado Pedro de La Gomera, dado
que le fue vendido como de buena guerra y luego fue tomado por el obispo de
canaria por ser libre. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Filipus.
Mármol. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo 11. Sevilla (f. 400). Incitativa a las justicias de Gran
Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Fernand Martínez de
Alza, vecino de Palos, que reclama a doña Beatriz de Bobadilla, viuda de Fernán
Peraza, un barco valorado en 13.000 maravedís, que le pagó por dos mozas
gomeras llamadas Magdalena y María, de 10 y 8 años respectivamente, ya que
éstas fueron tomadas por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristianas.
Don Alvaro. Johannes. Andreas. Filipus. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo 11. Sevilla (f. 408). Incitativa a las justicias de
Niebla, para que determinen en la demanda presentada por Francisco Rodríguez
Toscano, vecino de la villa de Trigueros, que reclama a Gines Daza ya su mujer,
vecinos de Niebla, 3.800 maravedís que les pagó por un gomero de 40 años,
llamado pedro de La Gomera, dado que se lo vendieron como de buena guerra y
luego fue tomado por el obispo de Canaria por ser libre. Don Alvaro. Johannes.
Andreas. Gundisalvus. Filipus. Mármol. (E. Aznar;1981)
1491 Marzo 11. Sevilla (f. 565). Incitativa a las justicias de Gran
Canaria, para que determinen en la demanda presentada por María Usodimar, mujer
de Francisco de Frías, alcaide y regidor de Cádiz, que reclama a Pedro Coronado
y Sebastián de Campos, hacedores de doña Beatriz de Bobadilla, el importe de
una moza gomera de 8 años. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Filipus. Castillo.
(E. Aznar;1981)
1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 107). Incitativa a Francisco de
Bobadilla, corregidor de Córdoba, para que dé cumplimiento de justicia a los
herederos de Francisco de Orozco, vecino de dicha ciudad, que reclaman a otro
vecino de la misma, cuyo nombre está en blanco, 11.000 maravedís que le pagaron
por una canaria llamada Catalina, ya que ésta les ha sido tomada por los
obispos de Málaga y Canaria, miembros del Consejo, por ser cristiana y libre.
Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 215). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Diego Colmenero,
vecino de Palos, que reclama a Pedro de Vera, gobernador de dicha isla, 6.300
maravedís que le pagó por una moza gomera, llamada María, ya que ésta fue
tomada por el obispo de Canaria, miembro del Coasejo, por ser cristiana. Don
Alvaro. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 217). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Francisco García,
vecino de Palos, que reclama a Gutierre de Ocaña, vecino de dicha isla, 6.000
maravedís que le pagó por un mozo gomero llamado Pedro, ya que éste fue tomado
por el obispo de Canaria, por ser cristiano. Don Alvaro. Johannes. Andreas.
Filipus. Antonius. Castillo. (E. Aznar;1981)
1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 218). Incitativa alas justicias de
Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Francisco Martín,
zapatero, vecino de la villa de Palos, que reclama a Juan Díaz, zapatero,
vecino de dicha isla, 6.009 maravedís que le pagó por un niño gomero de 4 años,
y al gobeenador de la isla 6.000 maravedís que le pagó por una gome,ra llamada
Inés, y a que dichos esclavos fueron tomados por el obispo de Canaria, miembro
de Consejo, por ser libres. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Antón. Castillo. (E.
Aznar; 1981)
1491. Marzo 12. Sevilla. (f. 406). Incitativa a las justicias de
Lepe, para que conozcan en la demanda presentada por Alonso Márquez, vecino de
dicha villa, que reclama a Manuel Suarez, también vecino, 6.000 maravedís por
una moza gomera de 8 años llamada Inés, y a Martín de Avilés 5.000 maravedís
por un hombre gomero de 50 años llamado Gonzalo, ya que ambos le fueron tomados
por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por mandato de Sus Altezas. Don
Alvaro. Don Juan. Johannes. Andreas. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 16. Sevilla. (f. 375). Incitativa a las justicias de
Gran canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Juan Martínez de
San Clemente, vecino de Sevilla, que reclama a Porras, vecino de dicha isla,
4.000 maravedís que le pagó por una moza gomeia de seis años, que fue tomada
por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser libre. Don Alvaro,
decanus hispalensis, Antón. Gundisalvus. Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 19. Sevilla. (f. 84). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Pedro de Santana,
vecino de Sevilla;, que reclama a Ibone de Armas, vecino de dicha isla, 11.000
maravedís por un mozo gomero llamado Fernando y una moza gomera llamada María,
y a Lope Fernández, herrero, también v~cino de la isla, 7.000 maravedís por una
moza gomera llamada Isabel; todos los cuales le fueron vendidos como de buena
guerra y ahora han sido tomados por el Obispo de Canaria, miembro del consejo,
por ser cristianos y libres. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Gundisalvus.
Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 20. Sevilla. (f. 261). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Juan Coronel,
mercader estante en Sevilla, que reclama a Fernando de Olmedo, vecino de dicha
isla, 7.000 maravedís que le pagó por un mozo gomero de 15 años, llamado Diego,
ya que éste fue tomado por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser
cristiano. Don Alvqro. Johannes. Antonius. Filipus. Juan Alosno del Castillo.
(E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 22. Sevilla. (f. 157). Comisión a las justicias del
reino, para que entiendan en la demanda presentada por Pedro Vidal, que reclama
al corredor Andrés de Luna 2.000 maravedís y un caballo que le pagó por un
canario, dado que lo hubo de entregar por ser cristiano a Gonzalo de Córdoba,
hacedor real, si bien, éste le pidió que lo tuviese secuestrado por estar
enfermo, hasta que lo entregase .en Sevilla a los obispos de Málaga y Canaria,
lo que él hizo, pero la noche anterior a entregarlo murió, como consta por
carta del obispo de Canaria. Se da a petición de Pedro Vidal, quien suplicó contra
la carta ganada por Andrés de Luna, por la que se sobreseyó la ejecución de
dicho canario. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Vitoria. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 23. Sevilla. (f. 82). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Antón García,
vecino de Rota, que reclama a Fernando de Porras, vecino de dicha isla, 8.000
maravedís por una gomera de 20 años y sus dos hijos, ya Pedro de Vera,
gobernador de la misma, 8.500 maravedís por una moza gomera de 18 años llamada
Isabel; todos los cuales le fueron vendidos como de buena guerra y ahora el
obispo de Canaria, miembro del Consejo, se los ha tomado por ser cristianosy
libres. Don Alvaro, decanus hispalensis. Johannes. Gundisalvlis. Castillo. (E.
Aznar; 1981)
1491. Marzo 24. Sevilla. (f. 376). Incitativa a las justicias de
Sevilla, para que entiendan en la demanda presentada por Pedro Martínez
Peligro, vecino de dicha ciudad, que reclama a Gaspar Ginovés, estante en ella,
5.000 maravedís que le pagó por una moza gomera de 18 años, llamada Catalina,
que fue tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser
cristiana. Don Alvaro. Johannes. Antón. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 27. Sevilla. (f. 232). Incitativa a las justicias de Cáceres,
para que entiendan en la demanda presentada por Ruy González, vecino de la
villa de Moguer, que reclama a Alonso Sánchez, vecino de Cáceres, 4.000
maravedís que le pagó por una gomera de 40 años, llamada Juana, ya que ésta fue
tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiana. Don
Alvaro. Don Juan. Andreas. Gundisalvus. Filipus. Franciscus. Castillo. (E.
Aznar; 1981)
1491. Marzo 27. Sevilla. (f. 233). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Ruy González,
vecino de Moguer, que reclama a Rodrigo de la Fuente, mayordomo del gobernador
Pedro de Vera, 6.000 maravedís que le pagó por un mozo gomero de 25 años,
llamado Pedro, ya que éste fue tomado por el obispo de Canaria, miembro del
Consejo, por ser cristiano. Don Alvaro. Don Juan. Andreas. Gundisalvus.
Filipus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491. Marzo 28. Sevilla. (f. 207). Incitativa a las justicias del
reino, para que conozcan en la demanda presentada por Tomás Motaran, patrón de
una galeaza, que reclama a Pedro Verde, vecino de Sanlúcar de Barrameda, 59
ducados que le pagó por dos mozas gomeras, llamadas Lucia y Magdalena, y un
hijo de la primera, ya que dichos esclavos le fueron tomados por el obispo de
Canaria, miembro del Consejo, por ser cristianos. Don Alvaro. Andreas.
Franciscus licenciatus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo 30. Sevilla (f. 64). Comisión al contino Francisco
Maldonado para que visite la isla de Gran Canaria e informe de la gobernación y
capitanía general que durante nueve años ha detentado Pedro de Vera,
veinticuatro que fue de Jerez, a causa del escaso poblamiento de dicha isla.
Mientras dure dicha pesquisa Pedro de Vera, sus hijos y oficiales han de
abandonar la isla, entregando la gobernación y varas de justicia a Francisco
Maldonado, quien en, su informe ha de abordar la administración de justicia,
los repartimientos de tierras, el trato a los pobladores, la manera de realizar
las cabalgadas a otras islas, las posibles rentas de la isla, la construcción
de poblaciones y la atracción de mercaderes. El Rey y la Reina, Parra. Don
Alvaro. Johannes. Andreas. Antonius. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo 30. Sevilla (f. 188). lncitativa a las justicias del
reino, para que conozcan en la demanda presentada por Gonzalo Cuerrero,
cambiador vecino de la villa de Vejer, que reclama a Juan Calderón, vecino de
dicha villa, 5.000 maravedís que le pagó por una gomera de 25 años, ya que ésta
fue tomada por los obispos de Canaria y Málaga, miembros del Consejo, por ser
cristiana. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo 30.
El salmantino Francisco Maldonado, fue nombrado juez de residencia en Tamaránt
(Gran Canaria). A su cargo remediar las "sinrazones", perpetradas por
Pedro de Vera y adláteres, a lo largo de una década, habría de averiguar por
qué "la dicha ysla, fasta oy no se ha poblado cómo debiera", pues sin
conocer la causa, no es posible erradicar un efecto. Sabida, procuraría atraer
mercaderes, por ser los vasallos más rentables. Iniciadas las actuaciones, Vera
no tardó en ser requerido. Hubo de depositar los consabidos 500.000 maravedís,
en manos del Obispo de Avila, confesor del rey, bajo el mismo pretexto. En
puertas la "conquista de Africa", como diría Maquiavelo, las Canarias
se cerraron al tráfico de oro y esclavos, a 23 de diciembre de 1491. Los
naturales, que en tiempos de Pulgar pasaban de una isla en otra, frecuentando
los puertos de Andalucía, quedaron recluidos en su lugar de residencia:
"no consintades ni dedes lugar a que ninguno de los dichos canarios y
canarias, no embarquen en ninguna nao y carabelas ni varcos e fustas, ni dedes
lugar a que ninguna ni ningunas personas los lleven ni pasen a la dicha isla de
la Gran Canaria" o la metrópoli. El nativo que arribase a puerto, sin
llevar licencia especial de la corona, sería declarado propiedad real, como
cautivo perpetuo. (L. Al. Toledo)
1491 Marzo 31. Sevilla (f. 85). Carta a las justicias del Reino
para que investiguen quiénes vendieron y transportaron de unas partes a otras a
los cautivos de la isla de La Gomera, que fueron declarados libres en octubre
de 1490 por su condición de cristianos, y para que los obliguen a entregarlos a
las personas que los obispos de Málaga y Canaria enviaren, a fin de que sean
puestos en libertad. Don Alvaro. (E. Aznar; 1981)
1491 Marzo 31. Sevilla (f. 395). lncitativa a las justicias de Gran
Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Bernardo de Frías,
vecino de Cádiz, que reclama a los hacedores de doña Beatriz de Bobadilla,
viuda de Fernán Peraza, 4.200 maravedís por un mozo gomero de 12 .años llamado
Juan y 2.300 maravedís por un niño de 6 años, dado que él les pagó dichos
esclavos y luego fueron tomados por el obispo de Canaria, miembro del Consejo,
por ser libres. (E. Aznar; 1981)
1491 Abril 10. Por Real Cédula la corona de la metrópoli cede el
Señorío de Agüimes en Tamaránt (Gran Canaria) a la secta católica. En cuanto a
la enajenación de jurisdicciones o, 1o que es igual, la venta de pueblos, la
Corona española, a pesar de las promesas de no enajenación hechas por los Reyes
Católicos, accedió a las pretensiones de algunos señores colonos establecidos
en las islas. En el ámbito de las islas nombradas como realengas los núcleos de
población dependían o pertenecían a la jurisdicción real. En el siglo XVII se
producen varios intentos de compra de señoríos, aunque no en todos ellos se
consigue el fin propuesto.
1491 Abril (s.d.). Sevilla. (f.
87). Incitativa a las justicias de la villa de Cartaya, para que entiendan
en la demanda presentada por Francisco Arvelo [enotro lugar Arvallo], vecino de
Huelva, que reclama a Cristóbal de Salinas, vecino de Cartaya, 5.500 maravedís
que le pagó por un mozo gomero de 12 años, que fue tomado por el obispo de
Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiano. (E.Aznar; 1981)
1491 Abril (s.d.). Sevilla (f. 222). Incitativa a las justicias de
Huelva para que entiendan en la demanda presentada por Juan González, vecino de
Lepe, que reclama a Lorenzo Díaz, vecino de Huelva, 5.400 maravedís que le pagó
por un mozo gomero de 15 años llamado Alvaro, que fue tomado por el obispo de
Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiano. (E.Aznar; 1981)
1491 Abril (s.d.). Sevilla (f. 232). Incitativa a las justicias de
Gran Canaria, para que conozcan en la demanda presentada por Juan de Escaño,
regidor de Cádiz, que reclama a los hacedores de doña Beatriz de Bobadilla
5.600 maravedís, que les pagó por un gomero de 15 años llamado Diego, que fue
tomado por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser libre. (E.Aznar;
1981)
1491 Abril. Sevilla (f. 115). Incitativa al Ido. Rodrigo de Coalla,
a petición de Sancho de Herrera, como procurador de su madre doña Inés de
Peraza, para que dictamine sobre un barco, de 50 ó 70 toneles, propiedad de
doña Inés Peraza, que fue tomado, hace ocho o diez años, por don García de
Castro, vecino de Sevilla, cuando en Zalmedina esperaba para entrar en el
puerto de Sanlúcar. Dicho navío navegaba de las islas de Canaria a Sevilla, con
300 quintales de orchilla, 20 esclavos y muchos cueros y quesos, valorado todo
ello en 500.000 maravedís. Don Alvaro. Johannes. Antonius. Gundisalvus.
Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491 Abril 5 (s.I.) (f. 217). Orden a las justicias de la ciudad de
Sevilla, isla de La aomera y restantes islas de la aran Canaria, para que
ejecuten, conforme a la ley de las cortes de Toledo, 93.000 maravedís que
Francisco de Burgos y su mujer auiomar, vecinos que fueron de Sevilla, deben a
Alfonso de Funes, vecino de la misma. Don Alvaro. Juanes. Antoniu$. Vitoria.
(E. Aznar; 1981)
1491 Abril 7. Sevilla (f. 30). Incitativa a las justicias de Jerez
de la Frontera para que determinen en la demanda presentada por el almirante
mayor de Castilla, don Fadrique Enríquez, que reclama a Pedro de Vera,
veinticuatro de dicha ciudad, la mitad de quinto de las presas hechas en las islas
de Canaria, que le pertenece por su oficio de Almirante. La razón de dicha
demanda es que la merced hecha a Pedro de Vera sólo abarca los quintos
pertenecientes al Rey, no siendo extensible a los del Almirante. El Rey y la
Reina. Alvarez de Toledo. (E. Aznar; 1981)
1491 Abril 7. Sevilla (f. 105). Incitativa a las justicias de aran
Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Diego de Sevilla,
vecino de Sevilla, que reclama a Pedro de Coronado, vecino de dicha isla 8.000
maravedís que le pago por una moza gomera de 12 años, llamada María, que fue
tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejó, por ser cristiana. Don
Alvaro. Don Juan. Juan. Andreas. Gundisalvus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491 Abril 7. Sevilla (f. 106). Incitativa a las justicias de Jerez
de la Frontera para que entiendan en la demanda presentada por Andrés Martinez,
clérigo, vecino de la Villa de Carmona, que reclama a Rodrigo de Vera, vecino
de Jerez de la Frontera, 7.000 maravedís por una gomera de 30 años llamada Margarita
y su hija, que fueron tomadas por el obispo de Canaria, miembro del Consejo,
por ser cristianas. (E. Aznar; 1981)
1491 Abril 8. Sevilla (f. 88). Incitativa alas justicias de la
villa de Moguer, para que conozcan en la demanda presentada por fray Juan de
Carrión, fraile de San Francisco, que reclama a Juan Martinez de Castillejo,
vecino de dicha villa, 5.000 maravedís que le pagó por una niña gomera de 7
años, que fue tomada por el obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser
cristiana. (E. Aznar; 1981)
1491 Abril 9. Sevilla (f. 137). Incitativa a las justicias de Gran
Canaria, para que entiendan en la demanda de Pedro Verde, vecino de Sanlúcar de
Barrameda, que reclama a doña Beatriz de Bobadilla, viuda de Fernán Peraza,
señor que fue de La Gomera, 23.000 maravedís por 3 mozas gomeras de 15 a 20 años -a 6.500 cada
una- y un mozo gomero de 10 años -a 3.700-, a Porras, regidor de Gran Canaria,
15.500 por un mozo de 25 años, y a Pedro Mexía, vecino de La Gomera, 2.000
maravedís y un canario de La Palma de 6 años por una esclava que podía valer
8.000 maravedís; todos los cuales le fueron tomados por el obispo de Canaria,
miembro del Consejo, por mandato de Sus Altezas. Decanus Hispalensis. Anton.
Juanes. Franciscus licenciatus. Castillo. (E. Aznar; 1981).
1491 Abril l0. Carmona (f. 10). Merced a fray Miguel López de la
Serna, obispo de Gran Canaria y Rubicón, ya sus sucesores del lugar y
heredamiento de Agüimes, con sus rentas y pechos, salvo rentas reales, cargo y
descargo, monedas, pedido y moneda forera, y con jurisdicción civil,
reservándose el rey la criminal. El Rey y la Reina. Acordada: Andreas. (E.
Aznar; 1981)
1491 Abril 10. Sevilla (f. 209). Incitativa a las justicias de
Moguer, para que conozcan en la demanda presentada por Juan Jorge, vecino de
dicha villa, que reclama a Juan Núñez de Castilleja, el mozo, 5.000 maravedís
que le pagó por un gomero de 20 años, llamado Juan, que fue tomado por el
obispo, de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiano. Don Juan. Antón.
Gundisalvus. Franciscus licenciatus. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1491 Abril 13. Córdoba (f. 14). Orden a las justicias de Sevilla y
demás ciudades, villas y lugares del Reino para que guarden a sentencia dada
por el Consejo a favor de la ciudad de Sevilla en el pleito que seguía con doña
Inés Peraza, viuda de Diego de Herrera, señora de ciertas islas de Canaria, que
pedía la restitución, conforme a las leyes de Valladolid y Madrigal, de la
torre y heredamiento de Villamartín, en el campo de Matrera, que le había sido
tomado por el bachiller Antón Martínez de Aguilera, lugarteniente del alcalde
mayor de Sevilla, Gonzalo de Abrego, veinticuatro de la citada ciudad, y
Fernando de Torres, jurado de la misma, contra los derechos recibidos por su
padre, Fernando Peraza. Dicho pleito pasó en primera instancia ante los oidores
de la Audiencia y fue encomendado, posteriormente, a Pedro de Esquivel,
veinticuatro de Sevilla, por carta de comisión, que se inserta, dada en
Salamanca el cinco de diciembre de 1486, quien, una vez concluido, lo elevó al
Consejo, que falló contra Inés de Peraza
y la condenó a las costas,
sentencia que ratificó, exonerándola de las costas, ante la apelación de dicha
señora. Don Alvaro. Dean de Sevilla. A Icocer. El Chanciller. Villasandino.
Malpartida. Mármol. (E. Aznar; 1981)
1491 Abri123. Sevilla (f. 212). Incitativa a las justicias del
reino, para que conozcan en la demanda presentada por Lope de Burgos, vecino de
Villadiego, que reclama a Machín Vizcaíno 6.000 maravedís, que le pagó en Gran
Canaria por un mozo gomero de 8 años llamado Fernando, que fue tomado por el
obispo de Canaria, miembro del Consejo, por ser cristiano. Don Alvaro. Joanes.
Antonius. Gundisalvus. Castillo. (E.Aznar; 1981)
1491 Abril 30. Sevilla (f. 89). Orden a Francisco Maldonado,
pesquisador de Gran Canaria, para que ponga en libertad, por su condición de
cristianos, a las mujeres y niños cautivados en La Gomera, vendidos como
esclavos por pedro de Vera y doña Beatriz de Bobadilla, viuda de Fernando
Peraza, como castigo por la muerte de éste, y para que haga restituir las
cantidades pagadas por ellos. Se ordena, finalmente, que apremie a doña Beatriz
a entregar los 500.000 maravedís que se le ordenaron depositar, lo mismo que a
Pedro de Vera, para comenzar a devolver el dinero que recibieron por tales
gomeros. Don Alvaro. Johannes licenciatus Joannes. Antonius. Franciscus
licenciatus. Castillo. (E.Aznar; 1981)
1491 Abril 30. Sevilla (f. 186). Incitativa a los alcaldes de Casa
y Corte, gobernador de las islas Canaria y justicias de Sevilla, para que
determinen, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la petición de García de
Asiego, vecino de Canaria, en nombre propio y en el de Juan Dávila, Martín de
Santiáñez, Bartolomé Muros, Pedro de Plasencia y Juan de San Juan, vecinos de
dicha Isla, que demandan a Francisco Fernández de Arévalo, vecino de Sevilla,
pagador de la conquista de Gran Canaria, los maravedís que les debe de los
sueldos de dicha conquista. (E.Aznar; 1981)
1491 Abril 30. A:S, RS, Sevilla. ACW, pc. XII-1491-IV-V /3-6.
Para el pesquisidor Francisco
Maldonado para que se ynforme de los canarios que vendieron.
Don Fernando e Doña y sabel etc.
A vos Françisco Maldonado, nuestro pesquisydor en la ysla de la Gran Canaria,
salud e gracia. Sepades que por causa que nos fuemos ynfomlados que Pedro de
Vera, nuestro governador de la dicha ysla, avya y do con cierta gente de
caJuallo e de pié e avía tomado e prendydo a todos los gomeros de la ysla de la
Gomera a causa que algunos dellos avían muerto a Fernando Peraça e que dellos
fizo justicia e a sus mujeres e fijos catiuó e los rrepartió entre él e doña
Beatriz de Bouadilla, muger del dicho Fernand Peraça, e entre los escuderos e
maestres de nauíos e otras gentes que fueron en lo susodicho, los quales an
vendido, asy en estos nuestros rreynos como fuera dellos, e otros se dieron e
trocaron e otros tiene en su poder e los tiene por cativos seyendo christianos
e libres e non se aviendo podido tomar por cativos, sobre lo qual nos ovimos
mandado paresca ante los del nuestro consejo al dicho Pedro de Vera para que
diese rrazón por que avía catiuado los dichos gomeros. El qual vino e paresió
ante ellos, e oydo en todo lo que en guarda de su derecho dezir e alegar quiso,
e por los del nuestro consejo visto, por ellos fué acordado que los dichos gomeros
deuían todos [ser] puestos en su libertad por ser christianos e libres, e que
los mrs. e otras cosas que quales quier personás ovieron dado por ellos se
restituyesen e tornasen a sus dueños, de lo qual se dieron nuestras cartas e
provisyones. E porque nos somos ynformados que en las dichas yslas están
algunos de los dichos gomeros e que todavía los tienen por cativos e asy mismo
por que queremos ser ynformados qué gomeros fue-ron los que asy se tomaron e
entre qué personas se repartieron e quántos a cada v no e asy mismo a qué
partes e logares les enbiaron a vender e por qué precios a cada v no, para que
en todo se prouea segund de derecho deuamos, mandamos dar esta nuestra carta
para vos por la qual vos mandamos que luego ante todas cosas pongáys en libertad
todos e quales quier de los dichos gomeros que fallardes que están en las
dichas yslas, asy en poder de los dichos Pedro de Vera e Doña Beatriz, como de
otras cualesquier personas vezinos della o fuera parte, e mandéys e defendáys
de nuestra parte que dende en adelante persona nin personas algunas no sean
osadas de los tomar ni tener por catiuos, saluo que estén como christianos e
libres como ellos quisyeren. Esto así fecho en los mrs. e otras cosas que
fallardes que qualquier personas han dado por ellos, se lo fagáys rrestituyr e
tornar a las personas [ que] los ouieren dado, e .todo asy fecho )'n f orméys e
sepáys la verdad por quantas partes e maneras mejor e más cunplidamente lo
pudierdes saber, qué gomeros fueron los que asy se tomaron en la dicha ysla e
entre qué personas se rrepartyeron e quántos a cada v no e qué fizyeron dellos
o a qué partes e logares los enbiaron a vender e quánto se vendieron cada v no,
e avida la dicha ynformación ceerrada e sellada la enbiéis ante nos por que la
mandemos ver e en ello se prouea como e segund de justicia devamos. Otrosy por
quanto el dicho Pedro de erapor nuestro mandado deposytó quinientos milI mrs.
para él menciar a pagar los mrs. quél rrescibió por los dichos gomeros que a su
parte cupieron, entre tanto que se sabe la verdad de los gomeros que le
cupieron quél asy avía vendido, e asy mismo avemos mandado a la dicha Doña
Beatriz que deposite otros quinientos milI mrs. para ello, entre tanto que se
haze la dicha ynformación por esta nuestra carta vos mandamos que de nuestra
[parte] rrequiráys a la dicha Doña Beatriz que deposyte los dichos quinientos
milI mrs., dentro el término que le avemos enbiado mandar, certificándole que
sy non lo cunple que mandaremos entrega esecuc;ión por los dichos mrs. E mandamos
a qualesquier personas que para ello devan ser llamadas e de q1.1ien
entendierdes ser ynformado cerca de todo lo susodicho, que vengan e parezcan
ante vos a vuestros llamamientos e enplazamientos a los plazos e so la:s penas
que les vos pusyerdes o mandardes poner por nuestra parte, las quales etc.
Da.da en la muy nohle cibdad de Seuilla, a 1:reynta días del mes de abril año
etc. de mill e quatr,oc;ientos e noventa e vn años. Don Aluaro liceiltiatus- J
oanis doctor-Antonius dotor-Franciscus licentíatus -Yo Luys del Castillo,
escriuano de cámara del Rey e de la Reyna nuestros señores, la fize escreuir
por su mandado con acuerdo de los del su consejo. (D.J. Wölfel).
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