CAPITULO V
Chaurero n Eguerew
La invasión de
Benahuare, segunda parte
Como hemos visto en el capitulo
anterior, la extracción masiva de seres humanos en isla Benahuare (La Palma) rebasó con exceso las
propias normas de esclavitud impuestas por las coronas de Castilla y Aragón e
incluso por clero católico, el cual también se beneficiaba del tráfico y venta
de seres humanos como hemos visto y algunos de cuyos aspectos desarrollaremos
más ampliamente en el capitulo correspondiente.
Este lucrativo negocio de la
trata era muy apetecido por los aventureros sin escrúpulociertamente muy
abundantes en la corrupta corte castellana, lo que motivó el apresurado viaje
del esclavista Alonso de Lugo a la corte con objeto de dar cuenta a los reyes
de la ocupación de la isla Benahuare al tiempo que trataría de asegurarse el
beneplácito regio para la invasión y saqueo de la isla Chinech (Tenerife) la
más rica y poblada del Archipiélago y por consiguiente futura fuente de
fabulosos ingresos económicos si conseguía comercializar a sus habitantes.
Desembarcado
posiblemente en el puerto de Málaga que detentaba el monopolio del tráfico de
los esclavos guanches desde donde eran reexpedidos a los mercados de esclavos
de Valencia, Barcelona Mallorca etc., y una vez rápidamente vendidos los 22
niños tomados como “rehenes” a los nobles awuara, dirigió sus pasos al
encuentro de la corte itinerante de los católicos que se encontraba en Aragón,
según recoge Rumeu de Armas: “convocadas en Zaragoza para el juramento del
príncipe heredero don Juan, arrastran a los soberanos a ponerse
de nuevo en marcha, haciendo su solemne entrada en la capital del reino
el 20 de noviembre. A orillas del Ebro van a permanecer hasta el último
día del año.
Este fue el
motivo por el que Alonso de Lugo, viniendo a entrevistarse con los reyes de
Castilla, tuviese que comparecer en la capital del reino hermano.
Desde el primer momento expuso ante los soberanos su propósito,
que encontró por parte de éstos la mejor acogida. Entabladas las oportunas
negociaciones, se pudo llegar rápidamente a la firma de las capitulaciones
de Zaragoza, verdadera carta magna de la futura
empresa tinerfeña.” (A. Rumeu de Armas, 1974: 205-207)
Por esas fechas (octubre de
1493), la chancillería de los reyes católicos expide un importante conjunto de
cédulas tendentes a iniciar la proyectada conquista de la isla Chinech
(Tenerife).
La
conquista de La Palma fue el cumplimiento fiel de un contrato
por parte del
súbdito, al que los
soberanos, incapaces de entregar
la suma estipulada
y liquidar así lo
ajustado, pagaron con otra
nueva concesión y
otra nueva promesa.
El 12 de febrero
de 1494 se capitulaba
el acuerdo para
la sumisión de la
isla de Tenerife, bajo similares condiciones que la de La Palma. (Vicenta Cortes, 1955)
Mientras tanto en
la isla Benahuare proseguía las razzias y las carabelas
que hacían la
ruta del Atlántico al
Mediterráneo continuaban acarreando
esclavos de La
Palma, los cuales
habían sido apresados
durante los primeros meses de la
ocupación y posteriores acciones de “castigo”. En 1494 hubo diez presentaciones de palmeros, la primera correspondiente a una muchachita llamada Tayegaza, apresada en su tierra y transportada luego a La Gomera, desde donde la
habían conducido a Castilla. La declaración
de Tayegaza, con su alusión
al capitán castellano
que la cautivara,
al traslado a la
isla donde se había organizado la
empresa y a su venta degradante
más tarde en
Palos o Cádiz,
sirve en esencia
por igual para Janequa, para Alguasega y sus 40 paisanos y para
los otros esclavos, unos de los tantos “lotes” presentados en el mercado
de Valencia.
“Desde
un punto de vista jurídico vigente en la cristiana Europa, la esclavitud es una
institución que coloca al ser humano en situación de cosa, en cuanto le niega
personalidad jurídica y lo considera susceptible de apropiación. De aquí
entonces si se mira desde un punto de vista económico el ser humano bajo la
condición de esclavo es mercancía de cambio susceptible a ser vendida o
comprada. Peor entonces si jurídicamente se le niega, su condición de ser
humano este puede ser asesinado y no le corresponden penas aflictivas al
culpable.
En Castilla y Aragón, con la Ley de las Siete Partidas (El
concepto de “guerra justa” fue presentado sistemáticamente por Tomás de Aquino
en Summa Theologiae), se establece que son siervos aquellos sobre los que se
ejerce el señorío, agregando que la servidumbre se estableció entre las gentes
que eran naturalmente libres, al someterse voluntariamente al señorío
(especialmente al señorío de la iglesia católica).” (Enrique Francisco Avilés
Vidal)
De
este modo las prácticas en la península ibérica para esclavizar a los pueblos
vencidos en guerra fueron transplantadas al Archipiélago Canario con algunas
innovaciones. El fuero de Teruel señalaba la forma de distribuir a los cautivos
después del ataque, disponiendo que éstos se clasificaran, se apartara un grupo
para intercambiar por cautivos cristianos - como el propiciado en Tamaránt
entre el caudillo canarii Doramas y el
capitán invasor Pedro de Vera, y sus subordinados Miguel de Mújica, Juan
Siberio, Miguel de Trejo de Carvajal, para el canje de unos sesenta prisioneros
castellanos-, y los demás fueran esclavizados, tomando el rey la quinta parte
para sí y el restante correspondía a los integrantes de la expedición, según su
jerarquía social y méritos en campaña. (Verlinden, Charles, Esclavage, pp
163-154).
Era
tal la abundancia de esclavos producto de la guerra, que los reyes solían
ofrecerlos como espléndidos obsequios a altos dignatarios, por ejemplo, las
donaciones que efectuó el rey católico Fernando II, quien en 1488 regaló al
Papa Inocencio VIII 100 esclavos moros para su servicio. (De Kay, Drake,
“Slavery”, en The Encyclopedia Americana, volumen 25, USA, Americana
Corporation, 1961, p. 88b.) . O el regalo que este mismo rey hizo del Mencey de
Icod (Tenerife) al embajador de Venecia.
La
distribución del botín de guerra en las islas “realengas”, incluso los guanches
capturados como esclavos, se realizaba en proporción con varios elementos: la
hacienda aportada, la jerarquía militar, el equipo bélico y ciertos méritos
relevantes en campaña. De esta forma, recibían mejor premio los capitanes, los
soldados con caballo, seguidos por los ballesteros y así sucesivamente; era tal
la meticulosidad de valoración que llegaban a contabilizarse las partes de la
armadura como ser guanteletes, escarcelas, petos, etc., para así aumentar el
importe del premio, del cual se deducía el famoso quinto real. (Zavala, Silvio,
Ensayos sobre la colonización española en América, México, Porrúa, 1978, p.70.
El Colegio Nacional, 1991, p.3).
Visto
lo anterior es fácil deducir el enorme atractivo económico que suponía para los
desalmados aventureros el conseguir la “legalización” de las masacres de los
pueblos, amparados además cínicamente en un supuesto interés evangelizador, al
tiempo que la corona aumentaba sus arcas y ganaba gratuitamente unas islas cuya
situación estratégica en el noroeste de África las convertían excelentes
plataformas para sus planes de invasión
y saqueo del continente.
Siguieron corriendo
los meses con diversa fortuna,
y el Adelantado, falto de medios
económicos para proseguir la conquista, se los procuró por todos
los medios a su alcance. Durante
el año 1495 se vendieron en
Valencia 109 esclavos canarios, de los cuales
40 consta que
eran de la
isla Benahuare que se
estaba invadiendo y conquistando; 13 aparecen sin procedencia determinada
y 56 forman una
partida que el mercader de la
ciudad Juan Viño presentaba en nombre de Alfonso Sanchis. La mayoría de los
esclavos eran menores, de ocho a doce años, apresados en
la campaña militar.
El tráfico y la
esclavitud de niñas y mujeres;
Otro aspecto de la invasión y
ocupación de los castellanos del Archipiélago Canario por la huestes de
deshumanizados mercenarios es el execrable de las violaciones de niñas y
mujeres, todos los cronistas de la invasión y los historiadores posteriores
rehuyen tratar este tema como si no se hubiese producido, de la documentación
que llevo consultada hasta la fecha ninguna hace referencia a unos hechos que
son consustanciales a toda guerra de invasión desde los tiempos bíblicos hasta
las modernas guerras tecnológicas actuales.
Que las mujeres sean víctimas de
violencias sexuales cometidas durante los conflictos armados no es ninguna
novedad. Sea religiosa o civil las guerras han cobrado siempre víctimas inocentes,
en primer término los niños, las personas de edad y las mujeres. A lo largo de
la historia los guerreros han utilizado la violación para intimidar a la
población civil. El objetivo
principal es a menudo dar muerte o aterrorizar a los invadidos. Los mercenarios
cometen todo tipo de agresiones sexuales con ocasión del saqueo y demás
atropellos perpetrados durante las invasiones armadas, practican violaciones en
público, secuestran a las mujeres.
Cuando
un mercenario o soldado regular viola a una mujer, esa violación no es un acto
privado de violencia, sino un acto de tortura del que es responsable el Estado.
El hecho de que muy frecuentemente los gobiernos habidos en todo el mundo no investiguen ni castiguen los
abusos que cometen sus fuerzas armadas ha permitido que la violación se
convierta en un arma de estrategia militar.
Awuaras vendidos en el mercado de esclavos de Valencia
Retomando
el tema de los awuaras esclavizados la investigadora Vicenta Cortes nos
facilita una extraordinaria información de la venta de algunos “lotes”
comercializados en el mercado de esclavos de Valencia. De dicha relación vamos
a reproducir algunos de los documentos extractados y publicados por esta autora
relativos a los awuaras vendidos en dicho mercado, el resto los incluiremos al
final de este trabajo[1].
Núm. 73.
1494, enero
2, Valencia.-Presentación ante
el Baile General
por Vicente Pérez, mercader de la
ciudad, de una cautiva
blanca palmera: Llamada Yaye Casatari,
de 12 años, llevada de La Palma
a La Gomera
y de allí a Castilla, donde
la compra Antonio
Tensa, que se
la remite al
valenciano para venderla.
Ajustada en 30 lbs. (A.R
V., B. G.,
194, fols. 1-7.-Doc.
copiado núm. 2.)
Núm. 74. Núm. 75.
1494, enero 21,
Valencia.-Berenguer
Mercader, lugarteniente del B. G.,
presenta una cautiva:
Catalina. de 16 años, de La Palma (Canarias), apresada con otros por un capitán
cristiano y llevada a Castilla, y
luego por mar
a esta ciudad por Gonzalo
Pardo. Ajustada en 30 lbs. (A. R.
V., B. G.,
194, fol. 19-n.)
Núm. 76.
1494, enero
28, Valencia.-Pedro Martines, mercader de
Valencia, presenta una cautiva:
Meagens, de 30 años,
de La Palma (Canarias), apresada con otros por un capitán
de Castilla, que la lleva al Puerto de
Santa María, donde la compra
Martines. Ajustada en 26
libs. 5 sls. (A. R. V.; B.
G., 194, fols. 27-29.)
Núm. 77.
1494, enero 10,
Valencia.-Diego Martínez,
mercader, presenta un cautivo blanco: Yaye Casatari, de 14 años,
de La Palma
(Canarias), su padre muerto y su madre cautiva, apresada con
el y con otros en
la isla por una
carabela y llevados
al Puerto. Su
amo Miguel Ablo lo vende a Bartolomé Wines, el cual lo trae
por mar y lo vende a Martinez. Ajustado
en 20 lbs.
(A. R.
V., B. G.,
194, fols. 15-17.)
Núm. 79.
1494, marzo 19,
Valencia.-Juan Bonet, mercader de la
ciudad, presenta dos cautivas blancas:
Janequa, de 9 años, de La
Palma, quien, por el
capitán de Gran Canaria, que hace
una excursión allí para cautivar, es tomada y
luego la compra
en Castilla. Bonet. Faka,
de 10 años, de Berbería,
sus padres cautivos,
apresada con otros,
llevada a Gran Canaria y de
allí a Castilla. (A. R. V.,
B. G., 194, fols 67-69.)
Núm. 82.
1494, abril
10, Valencia.- Gabriel
Tensa, mercader de
la ciudad, presenta una
cautiva de La Palma: Isabel, de
12 años, sus padres cautivos no
sabe dónde están, apresada
por un capitán de
Gran Canaria con otros y
llevada al Puerto,
donde la compra
una mujer que la
vende a
Tensa. (A. R. V., B.
G., 194, fol.
89-91.)
Núm. 91.
1495, enero
12, Valencia.-Juan Carnicer,
mercader de la
ciudad, presenta un cautivo palmero: Martín,
de 13 años, de La Palma, tiene padres
en su tierra, apresado por
el capitán Alonso Dalun (de Lugo ?), llevado a
Portugal, donde lo venden
a un hombre
que 1o lleva
a Almería, allí
lo bautiza Cristóbal Gil, que
luego lo vende
a Pedro Carnicer,
hermano de Juan.
Ajustado en 22
lbs. 10 sls. (A. R.
V., B. G., 194, fols. 171-173; C.
M. R., 21,
fol. 50.)
Núm. 144.
1497, mayo 19,
Valencia.-Bernardo Paüás, platero
de la ciudad, presenta un palmero: Pico, de 12 años, de La Palma, que le han enviado del Puerto.
Estimado en 15 lbs.
10 sls. (A.R. V., B. G., 194,
Sols. 410-412; C. M. R., 21, fol. 51v.)
1494 Enero 12.
Una cautiva blanca de la isla de Palma, de 12 años, que tenía por nombre Talegaza, presentada el día 2 de enero de 1494. Presentada por el mercader Anthoni de Tenca. Era cautiva de Vicent Periz. Se declara que era de buena guerra.
En 1493 estando la corte en
Barcelona extienden Incitativa al conde
de Cifuentes don Juan de Silva, alférez mayor, miembro del Consejo y asistente
de Sevilla, para que entienda en la petición de Alonso de Lugo sobre los quintos de esclavos y otras cosas de La Palma concedidos por el rey
para la conquista de dicha isla, ya que teme que el Almirante mayor de la Mar le exija la mitad que le
corresponde por merced real, cuando los envíe a vender a dicha ciudad y otros
puertos de Andalucía, y para que informe si dicho almirante había percibido la
mitad de los quintos.
A continuación reproducimos algunos documentos del Registro
General de Sello relativos a la esclavización de los awuaras por parte de los
cristianos. Estos documentos fueron extractados y publicados por el
investigador español Eduardo Aznar Vallejo.
1494. Febrero 12. Valladolid (f. 85). lncitativa al asistente de
Sevilla don Juan de Silva, conde de Cifuentes, para que dé cumplimiento de
justicia a Juanoto Berardi y Francisco de Riberol, estantes en dicha ciudad,
que dicen haberse concertado con Alonso de Lugo, vecino de Gran Canaria, para
la conquista de La Palma,
por lo que debían ir a tercios en los 700.000 maravedís que recibirían por los
gastos de la conquista, a pesar de lo cual cuando Alonso de Lugo concertó la
conquista de Tenerife renunció dicha cantidad en la Corona y se quedó, además, con 150 esclavos de un bando de paz que
les habían sido concedidos por los reyes, porque a pesar de que estaban en
seguro se descubrió que intenta ban asaltar el real y de los que también les
correspondían los dos tercios. (E.Aznar; 1981).
1494 Octubre 23. Madrid (f. 588). Orden al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria ya las justicias de La Palma y demás islas, para
que entreguen a Juanoto Berardi, mercader florentino, estante en Sevilla, los
ganados, esclavos, caballos, trigo,
vino, dinero, escrituras y demás mercancías que tenía su factor en la conquista
de La Palma,
Lorenzo de Rebata, cuando falleció en la Gomera. Don Alvaro. Johannes. Andreas. Filipus.
Franciscus licenciatus. Petrus. Mármol. (E. Aznar; 1981).
Los dos últimos
casos de guanches palmeros subastados en el mercado de Valencia
corresponden a un muchacho llamado
Martín, remitido por Alonso de Lugo
a Portugal y
llevado más tarde a Valencia, en
1495, y otro llamado Pico,
que era presentado en mayo de 1497. Con estos dos mozalbetes, de doce y trece años, se pierde la pista de las entradas en la
isla de La Palma.
Esclavos de La Palma vendidos en Sevilla
46.-9 noviembe
1496: Miércoles.-Constanza Espinosa
(vecina de Sevilla en la collación de Santa María) vende
al Bachiller Luis de Herrera,
vecino de Sevilla, una esclava
canaria de color lora, de
nombre Beatriz, de edad de veynte años y natural de la Ysla de La Palma, por
precio de tres mil
maravedís, que declara
haber recibido (L.
G. C., fol. 542 v.). (Francisco
Morales Padrón, 1961)
84-7 julio 1500: Duartes.-Gómez de la Puebla, (carpintero, marido de Ana Manuel, vecino de
Sevilla en la collación de Santa María)
vende a Alfón Lobo (Capellán de la Reyna Nuestra
Señora, vecino de Carmona) un esclavo
canario que ha nombre Christóbal, natural de La Palma, de 20
años de edad,
por precio de onze mil1 maravedís. (F.
SE., 2.Q, folio 112 v.). (Francisco Morales Padrón, 1961)
107 **.-21 abril
1501.-Honor Bocanegra (muger de Gerónimo Rafael de..., vezino de Sevilla en la collación de Sant
Andrés) otorga que da su poder complido. , a Afonso Martínez de Casarrauvya (vezino
desta . . . cibdad en la collación de
Sant Marcos), especialmente para que por
él re en
su nombre pueda vender
e venda una su esclava canaria, que ha nombre Ana, natural
de La Palma,
de edad
de 20 años ... (P. SE.,
Lo, sin fol.). (Francisco Morales
Padrón, 1961)
187.-2 agosto 1503: Miércoles.-Juana Canaria (natural de la Ysla de La Palma, criada que dixo que
es de Gonzalo Sánchez, Jurado y vecino de la villa de Aicaiá de Gazuies,
estante en Sevilla otorga que da poder
a Johan de Peñafiel (vecino de Sevilla
en la collación de San Lloreynte) para
parecer ante el Asistente Conde de Cifuentes, y sus Lugartenientes, y ante los Alcaldes y Jueces
de la Ciudad de Sevilla, y
pueda reclamar y pedir su libertad, por cuanto es horra y libre, sin cargo de esclavitud alguna, y ganar mandamiento de
libertad y ahorramiento
a su favor.. . (F. SE., (?),
fol 61 v.). (Francisco Morales Padrón, 1961)
187.-2 agosto 1503: Miércoles.-Juana Canaria (natural de la Ysla de La Palma, criada que dixo que es de Gonzalo Sánchez, Jurado y vecino de la
villa de Aicaiá de Gazuies, estante en Sevilla otorga que da poder a
Johan de Peñafiel (vecino de Sevilla en
la collación de San Lloreynte) para parecer ante el Asistente Conde de
Cifuentes, y sus Lugartenientes, y ante
los Alcaldes y Jueces de la Ciudad de Sevilla, y
pueda reclamar y pedir su libertad, por cuanto es horra y libre, sin cargo de esclavitud alguna, y ganar mandamiento de libertad y
ahorramiento a su favor.. .
(F. SE., (?), fol 61
v.).
¿Carne de
prostíbulos?
Entre 1480 y 1540, la visita al
prostibulum publicum, era cuestión muy natural en los reinos de Castilla y
Aragón y se convirtió en una preocupación central, en una necesidad. Se debía
actuar según lo que “pide la naturaleza”, siendo lo único reprobable el
concubinato, dios no se oponía a la felicidad de los hombres, aún si ésta se
encontraba en los prostíbulos. El siglo XV, fué un siglo de mucha prosperidad
económica y demográfica en Castilla, y que esa condición fue importante, para
que la nueva moral naturalista y permisiva tuviera un efecto de equilibrio y orden
en la sociedad. La situación inversa, es decir, la caída de la prosperidad y el
desorden socioecómico (finales del siglo XV y comienzos del XVI), conllevaron a
que las estructuras estables anteriores y la moral naturalista, contribuyeran
al desorden y a la corrupción.
A comienzos del siglo XVI, era
permitido violar por deshonestas a las mujeres que iban a danzas y bailes,
vestidas elegantemente. La mujer honesta debía temer a dios y a las leyes que
castigaban el adulterio, debía casarse y vivir alejada de las turbulencias
mundanas. Las hermandades que actuaban de policía de las costumbres volvieron a
actuar, violando mujeres supuestamente deshonestas, condenándolas así a la
prostitución. De esta manera la prostitución conservó su lugar privilegiado, no
ya tanto como institución protectora de esposas e hijas sino, ante todo, como
un lugar de “penitencia terrestre”.
Como hemos visto la mayoría de
las esclavas reenviadas desde los puertos de Santa María o de Sevilla al
mercado de Valencia eran niñas y jóvenes, cabe preguntarse ¿Qué destino les
esperaba a estas desgraciadas guanchitas? Es probable que algunas de ellas
fueran destinadas al servicio domestico en casa de sus compradores, otras a
sastifacer los caprichos de algún poderoso y muchas de ellas destinadas a la
prostitución, degradante actividad que en Valencia como en el resto de los
dominios de las coronas castellano-aragonesa era ejercida por merced real pues
generaba cuantiosos beneficios económicos. Actividad nada baladí cuando con
ella los reyes católicos premiaban los más destacados servicios de sus
caballeros, como ejemplo, veamos las mancebías concedidas por los reyes
católicos en 1486 a
Alonso Fajardo, de una familia noble de Guadalajara.
Los privilegios de establecer
mancebías, en Valencia en recompensa por sus hazañas militares en la
reconquista de Granada, en la cual hizo hechos heroicos, entre ellos fue
asaltar solo el muro de la inexpugnable Ciudad de Ronda el 11 de Mayo de 1485
[...]
Por esta y otras hazañas, le
concedieron los Reyes un privilegio, para que pudiese establecer mancebías en
todos los pueblos conquistados y que se conquistasen [...]
Alonso Fajardo dio la mancebía de
Valencia a su hijo Diego Fajardo, Capitán de Caballeros, que le acompañó en la Conquista. Este
éste a su vez emancipó con las mancebías
a Luís Fajardo, su hijo.
Así
por Real Orden se crean mancebías en: Zaragoza en 1472, en 1478 Segovia le
sigue, Málaga en 1489, Cuenca en 1494, Córdoba en 1498, Salamanca en 1497.
Pero
se le hace una recriminación más a Isabel: J. Edwards, en el capítulo titulado
“Isabel la Católica
y los bajos fondos”, contrapone la imagen de pureza y castidad que se suele
ofrecer de la reina, con la de un político que debe permitir la prostitución en
su reinado e incluso regular un negocio que movía mucho dinero en aquella época
y que conllevaba bastantes abusos. Estas mancebías tenían tal relevancia
económica y social que en Roma la administración y control de las mismas era
potestad de los cardenales.
La
prohibición del ejercicio prostibulario a negras y mulatas aparece, no por
casualidad, recogida en los mismos epígrafes de las ordenanzas de la Mancebía que la
prohibición de las casadas o que tengan padres en la ciudad. Ambas
prohibiciones, la racial y la familiar, van dirigidas a proteger la
honorabilidad de la sociedad urbana. En lo que respecta la "conmixtio
sanguinis", su repulsa se acentuaba en el caso de las relaciones sexuales,
puesto que era doctrina universalmente admitida que el semen (masculino y
femenino) procedía de un último grado de purificación y de sublimación de la
sangre; por ejemplo, Avicena decía que "se trata de una sangre mejor
digerida y más sutil" y Burgundio de Pisa que "los órganos de
reproducción son, en primer lugar, las venas y las arterias; es en ellas donde
se produce el semen a partir de la sangre, como la leche se produce en los
senos"; por ello la materia seminal lleva en su propia esencia la
quintaesencia del ser humano.
Por
ello las mancebías debían ser surtidas con mujeres foráneas y blancas, como las
moriscas o guanches…..
Estas piadosa y cristianas instituciones concebidas para la
expansión de los espíritus y disfrute de la carne fueron un aporte mas
civilizador introducido en las islas por los invasores europeos en las islas
“realengas” conforme se fueron cerrando la veda de la caza de niñas y mujeres
guanches, al tiempo que suponían una más que interesante fuente de ingresos
para los cabildos coloniales.
En el Cabildo de Tamaránt (Gran
Canaria) la renta percibida por la mancebía ascendió a 20.000 maravedis en
1516. El Cabildo recibe confirmación como propias las renta de pesos y mancebía
por Real Orden 28 de abril de 1520.
La mancebía de Aguere (La Laguna) fue arrendada en
1507 por seis años en la cantidad de 8.000 maravedis.
El Cabildo colonial de Chinech
(Tenerife) en su sesión de fecha 17 de agosto de 1509 celebrado en la Villa de Santa Cruz, entre
otras cuestiones trató del tema de la mancebía en los siguientes términos: “El personero dijo que ya sabían como Santaella era
obligado al Concejo a hacer la mancebía
en cierta forma y que no ha querido hacer ni cumplir y pidió que le compeliese; porque así no lo había cumplido, y
había hecho muchos excesos contra las
mujeres públicas, cohechándolas y llevándoles dineros y prendas injustamente. Luego el Sr. Ad. y señores cometieron todo lo
susodicho a Llerena.
En esta misma fecha en el expediente incoado por López de Sosa,
gobernador colonial de Gran Canaria como reformador de Tenerife, a petición del
personero Juan Pérez de Zorroza, para señalamiento de de Propios y otros vienes
a la isla. Quedo señalado para Propios las ventas y mancebía.
[…] mandó que se asiente así en los libros de los
repartimientos, ítem a pedimiento de los suso dichos dio e aplicó para
los propios desta isla el dicho señor adelantado, todas las puterías desta isla para que el concejo se aproveche dellas e las
fagan para los propios segund dicho es, para que de la venta dellas goze la
dicha isla como en cosa suya propia;
y él en la forma suso dicha a pedimiento de los suso dichos dio e aplicó para
los propios desta isla todos los bodegones ventas siguientes: una en el camino de Taoro e el otro en la caleta de Taoro
del Araotava e el otro en la caleta de
Fernando de Castro e el otro entre Taoro e Icode, otro en la caleta de Garachico,
que dizen la caleta del Genovés. Igualmente todos los bodegones desde la punta
de Dabte hasta la punta de Anaga por barlovento, lo qual todo aplicó para los
dichos propios e se lo aplicó e da
al concejo sin perjuizio que se entiende si el señor adelantado no lo a dado antes de agora e que ninguna
persona no pueda usar de bodegonería, ni mesonería, ni venta, ni de
vino, ni de otras cosas, salvo aquellas personas que tuvieren en ellos puestos por el concejo ecebto en esta villa de
Sant Cristóbal e de Santa Cruz e el
lugar del Araotava y en qualquier lugar que oviere población de vecinos e que le mandava e mandó asentar así en
los libros de los repartimientos […]
Cinco años después el 14 de noviembre en Cabildo celebrado en la ermita de San Miguel, con asistencia del Sr.
Ad., el Ldo. Lebrón, Castellano, P. de Lugo, Br. P. Fernandes, Llerena, Regs.;
Las Hijas, Fiel y Zorroza, Pers., ante Vallejo. “Juan de Santaella
presentó una petición cerca de la mancebía,
que había perdido en el arrendamiento y gastado y pide se lo
quiten. “Respondióse a la petición.”
En
1513 la mancebía fue arrendada por
6.000 maravedis, en 1518 por 17.000 y en 1533 por 6.000 maravedis. En la isla
Benahuare (La Palma)
al ser de la misma gobernación que la de Chinech (Tenerife) la aplicación para
Propios de ventas, bodegones y mancebías eran similares.
Para concluir este apartado
dedicado a la isla Benahuare quiero rendir homenaje a la Princesa Gazmira
que si bien en un principio se dejo cegar y engañar por las sibilinas
propuestas de los invasores, después supo reaccionar y mantener una titánica
lucha en defensa de sus conmatriotas sometidos y esclavizados, rechazando
incluso el intento de soborno por parte de Inés de Herera quien le ofreció
18.000 maravedis para que renunciara a sus demandas judiciales ante la corte
castellana-aragonesa, donde consiguió que el esclavista Alonso de Lugo fuera
emplazado ante el Consejo de Castilla para rendir cuentas de sus atrocidades.
Y en Gazmira o Francisca de La Palma, quiero hacer
extensivo el homenaje a la mujer
canaria, a la mujer canaria, que fue y
la que es, firme sostén de la ancestral cultura matrilineal guanche que ha
sabido superar como ninguna otra los oscuros y tortuosos avatares de nuestra
Historia colonial, que ha parido hijos grandes héroes de la Matria Canaria, y
otros que fueron de capaces de liberar a grandes pueblos sometidos por la bota
del colonialismo, y que a no dudar, parirá-sí es que no lo ha parido ya-, al
libertador de esta Nación del noroeste de África, sometida, expoliada y
humillada por un reino europeo entelequialmente denominado Espana.
[1] Los
lectores que tengan interés en consultar la totalidad de los documentos pueden
hacerlo en: Vicenta Cortes. Facultativa
del Archivo General
de Indias. Sevilla. “La conquista de las Islas Canarias
a través de las ventas de esclavos en Valencia”. En: Patronato de la “Casa de
Colón” Anuario de Estudios Atlánticos,
pag. 497 y sgtes.
Madrid-Las Palmas. Núm.1, año
1955.
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