UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1521-1530
CAPITULO VI-IV
Eduardo
Pedro García Rodríguez
1521. Septiembre, 26. Burgos. Orden al gobernador o juez de
residencia de Tenerife para que informe al Consejo sobre los propios de la
isla, los repartimientos y sisas hechos en los últimos tres años e indique
dónde se podrían poner nuevas contribuciones que permitan la traída de agua a
la villa de San Cristóbal. El concejo de la isla informa que, dada la carencia
de agua que tenía la ciudad, el Consejo le permitió echar por sisa mil ducados
para la conducción del agua. Sin embargo, esta cantidad no bastó para completar
los trabajos y, por ello, piden una nueva licencia para repartir o echar sisa
por otros mil ducados. Arzobispo. Santiago. Coalla. Cuéllar. Cabrero. Tello.
Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Septiembre, 27. Burgos. Orden a los concejos y gobernadores
de Tenerife y La Palma para que no impidan sacar, conforme a la licencia que en
las citadas islas existe, cierta cantidad de trigo que algunos vecinos de La
Gomera compran para su mantenimiento. Según don Guillén Peraza, conde de La
Gomera, el Adelantado y otras personas, por su mandato, se lo impiden debido a
la enemistad existente entre ellos, por el pleito que en estos momentos les
enfrenta. Arzobispo. Alonso de Castilla. Cabrero. Qualla. Acuña. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521 Septiembre 27.
1231-14.-Lorenzo Martín,
carbonero, vo. 30 f .
en unas tas. q: se dicen la Montañeta Redonda , donde vos el dho. L. M. habéis
hecho carbón de 15 años a esta parte para pro e utilidad de la cibdad, las
cuales dhas. tas. entren así en lo q. habéis desmontado para carbón como en
algo de lo q. está por desmontar, la cual dha. Montañeta Redonda linda con el
Camino Real q. va a la fuente q. dicen del Adelantado y con tas. del Sr. D.
Pedro de Lugo y tas de. ..d Escaño ...y esa misma donación hago a vuestra mujer
talina Godoy, juntamente con vos. Digo q. vos do un c., y si lo hi ciéredes en
montaña, q. paguéis 6 mill mrs. de pena. 27-IX-1521. (Datas de Tenerife, libros
I al IV)
1521. Septiembre, 27. Bruselas. Carta de perdón a. favor de Domingo
González, vecino de Gran Canaria. Hace año y medio, a causa de ciertas cuentas,
tuvo una disputa con Blas Hernández, estante en dicha isla, y en ella le hirió.
A los pocos días, éste murió como consecuencia de las heridas, pero antes le
perdonó, según consta en escrituras, demostrando que no hubo traición,
alevosía, ni saeta. Se le concede carta de perdón. El Rey. Villegas. Doctor
Carvajal. García. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Septiembre, 27. Burgos. Orden a las justicias del reino, en
especial a las de Gran Canaria, para que guarden a Juan Batista Salvago, hombre
"fijodalgo de padre y abuelo", vecino de dicha isla, las exenciones y
libertades que protegen a los hidalgos e impiden que sus personas o bienes sean
prendidos por deudas. Vistos los capítulos de las cortes de Toledo, Toro y
Alcalá, que se insertan, se ordenó la guarda de sus derechos. Arzobispo. Santiago.
Cabrero. Qualla. Acuña. Tello. (E. Aznar et al. 1991)
1522 Septiembre 30.
1.219-2.-Diego Peres Turel, mi
sobrino. Un pedazo de tas. en cantidad de 6 f ., linde el camino viejo q. va a la Madre del Agua de la montaña
de García del dho. camino para arriba en un campo raso q. se hace allí hasta un
pino seco q. está en la cabezada y linde con Hernán García de las Plazuelas. Os
do las dhas. 6 f .
en lugar donde no hay montaña con tal q. no cortéis ninguna madera. 30-IX-1522.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1521. Octubre, s.d. Burgos. Orden al gobernador de Gran Canaria
para que vea y ejecute una ley hecha por los RR.CG., que va inserta, en
relación a la recaudación de ciertas rentas. Se da a petición de Juan de
Berrera y Bernando de Santa Gadea, vecinos de la isla, y recaudadores mayores
del almojarifazgo y otras rentas, entre los años 1515 y 1519. Señalan que
tuvieron como compañeros en el cobro a Pedro de la Barrera , al bachiller
Bernando Ortiz, a Bernando de San Pedro ya Pedro de Porras, ya difunto, y
aunque ellos pagaron 1o que cobraron procedente de dichas rentas, sus
compañeros no 1o han hecho hasta ahora. Además, la viuda de Pedro de Porras
había intentado, en un pleito ante las justicias de la isla, que le librasen de
dicho pago. Sin embargo, los jueces
árbitros designados, la
condenaron al pago de 1.200 ducados de oro. Esta sentencia fue recurrida ante
el Consejo, y por ello éste no ha querido ejecutarla, a pesar de la ley de
Madrid en la que se ordena que así se haga. La Rúa. Gutiérrez. Galindo.
Navarrete. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Octubre, s.d. s.l. lncitativa al licenciado Alfaro, juez
ejecutor de la isla de Canaria, para que determine en la demanda que presenta
doña María de Abarca, mujer de Fernando del Hoyo, difunto, y tutora de Fernando
del Hoyo y demás hijos. Señala que desde hace más de quince años, su marido y
ella, habían poseído un heredamiento " de pan llevar" en Icod, y que
Diego de Mesa, vecino de dicha isla, teniéndolo por justo título, reclamaba
ciertas escrituras, sobre las que ya se había dado sentencia a favor del
matrimonio. De nuevo, e inducido por el Adelantado, Diego de Mesa volvió a
demandar el heredamiento, y cuando María de Abarca se trasladó a la Corte en
seguimiento de otros pleitos, el citado Mesa, con mandatos del Adelantado, la
despojó de sus tierras. Arzobispo de Santiago. Cabrero. Coalla. Beltrán. Acuña.
Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Octubre, 5. Burgos. Orden al gobernador o juez de residencia
de la isla de Canaria, para que no consienta a nadie mantener contrataciones
conlos moros de Berbería. Se da a petición de don Hernando de Arce, obispo de
Canaria, quien informa que muchos seglares y eclesiásticos proveen a los moros
de trigo, cebada, armas y otras cosas vedadas y prohibidas por las leyes del
reino. Solicíta castigo para los legos y apoyo del brazo seglar para que él y
sus jueces castiguen a los eclesiásticos. Archiepiscopus. Santiago.Qualla.
Guevara. Acuña. Tello. Luís Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Octubre, 15. Burgos. Incitativa al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria para que dé cumplimiento de justicia a Antonio
Cerezo, Polo de Morteo y Pedro Capello, que reclaman a Hernán Darias de
Saavedra, señor de Fuerteventura y Lanzarote, las mercancías que éste les tomó.
Los primeros encomendaron aun maestre, llamado Martínez, algunos esclavos y
otras mercancías para que los llevase a rescatar a la torre de la Mar Pequeña y
otros puertos, como es costumbre desde hace mucho tiempo. Hernán Darias envió
contra el maestre ciertas carabelas con gente armada y 1o detuvo con el
pretexto de que llevaba armas y cosas prohibidas a los moros. Poco tiempo
después liberó al maestre, pero las mercancías permanecieron en su poder y, a
pesar de requerirle la justicia su devolución, no ha querido dar respuesta.
Archiepisco pus. Santiago. Cabrero. Qualla. Beltrán. Acuña. Tello. Gallo. (E.
Aznar et al. 1991)
1521. Octubre, 15. Burgos. Incitativa al Alcalde Mayor y justicias
de La Gomera, para que determinen en la demanda de Diego de San Martín, vecino
de Gran Canaria. Este arrendó a Pedro de Almonte, por entonces vecino de Telde,
el diezmo del azúcar de dicha ciudad y su comarca en 1502, por precio de 950
arrobas de azúcar pagaderas en ciertos plazos. Sin embargo, después de coger la
renta, el citado Pedro de Almonte marchó aLa Gomera. Hace un año, estando en
Tenerife, quiso pedirle lo que le debía, pero Bartolomé Alonso de Belmonte le
persuadió de que "no tenía juez contra Pedro de Almonte", logrando
que le diera una carta de finiquito. A pesar de ello, San Martín pide que se
mande "compeler" a Pedro de Almonte para que dé cuenta de sus deudas.
Arzobispo. Cabrero. Coalla. Beltrán. Acuña. Tello. Gallo. (E. Aznar et al.
1991)
1521 Octubre 17. Juan Rubio, vecino de Tenerife, padre de Francisca
Real, a la que casó con Antonio Cañamero en 20 marzo de 1521. E117/10 de 1521
perdona a su yerno por haber matado a Francisca, y a otro, mujer, por haber
cometido adulterio con Vicente, hijo de Alonso Rivero.
1521. Octubre, 17. Burgos. Orden a las justicias del reino, en
especial al asistente o juez de residencia de Sevilla ya los gobernadores de
Gran Canaria, Tenerife y La Palma, para que vean y hagan cumplir las cartas de
pago que tiene doña Leonor Manrique, condesa de Ayamonte. Esta indica que tiene
por juro de heredad cierta cuantía en las rentas de las alcabalas y otras
rentas reales de Sevilla. Entre ellas se cuentan 32.000 mrs. en la renta del
pescado salado y fresco de 1509, año en que fué receptor Gómez de Córdoba,
vecino de Sevilla, cuyo fiador en una toma de 120.000 mrs. era Pedro Manuel,
vecino de Sevilla y ahora de San Miguel de La Palma. La Rúa. Gutiérrez. Lobón.
Simón
García. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Octubre, 31. Burgos. Receptoria a las justicias del reino, en
especial a las de Sevilla e islas de
Canaria, para que determinen en el pleito que .enfrenta al Obispo, dean y
Cabildo de Canana con el bachiller Martín Ximenez, chantre y canónigo de dicha
iglesia. El Consejo los recibió aprueba en plazo de 120 días, a partir del 31
de octubre. (Este documento se dió para la parte del obispo). Presidente.
Santiago. Beltrán. Guevara. Acuña. Tello. Trillanes. Se dió otra igual para la
parte del bachiller Archiepiscopus .Santiago. Beltrán. Guevara. Acuña. Tello.
Trillanes. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Noviembre, 5. Burgos. Orden al licenciado Alfaro, juez
ejecutor en la isla de Canaria, para que entienda en la demanda presentada por
doña María de Abarca, viuda de Fernando del Hoyo y tutora de Fernando del Hoyo
y otros hijos. Señala que desde hace más de quince años, su marido y ella
poseían un heredamiento de "pan llevar" en Icod, isla de Tenerife ya
pesar de tenerlo con justo título, Diego de Mesa, vecino de dicha isla, les
reclamaba ciertas escrituras, sobre las que ya se había dado sentencia a favor
del matrimonio. De nuevo, e inducido por el Adelantado, Diego de Mesa volvió a
demandar el heredamiento, y cuando María de Abarca se trasladó ala Corte, en
seguimiento de otros pleitos, el citado Mesa, con mandatos del Adelantado, la
despojó de sus tierras. Se le conceden 450 mrs. diarios de salario, más 200
para el escribano. Arzobispo. Santiago. Cabrero. Beltrán. Acuña. Tello. Juan
Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521. Noviembre, 7. Vitoria. Notaría de los reinos a Francisco de
Zambrano, vecino de Gran Canaria. Cardenal de Tortosa. Almirante.
Condestable.Torre. Arzobispo. Santiago. Cabrero. Qualla. Beltrán. Acuña. Tello.
(E. Aznar et al. 1991)
1521. Noviembre 13. Vitoria. Requisitoria a Hernán Pérez de Guzmán,
antiguo gobernador de Gran Canaria, para que en el plazo de seis días pague
ciertas deudas o, en caso contrario, las justicias de la isla ejecuten en sus
bienes. Francisco Hernández Coronel y Gaspar de Santa Cruz, recaudadores
mayores de las rentas en Gran Canaria, en los años 1520 y 1521, informaron que
el citado gobernador tomó 73.500 mrs. de dichas rentas, alegando que le
correspondían como pago de su salario. Hasta ahora ha dado conocimiento de
53.746 mrs., diciendo que en la moneda en las que tomó -dinero de las islas-
valían más que en Castilla, según testimonio y cartas de pago que presentaron
ante los contadores mayores. La Rúa. Gutiérrez. Lobón. Navarrete. (E. Aznar et
al. 1991)
1521. Noviembre, 16. Vitoria. Notaría de los reinos a Fernando
Espino, vecino de Canaria. Cardenal de Tortosa. Almirante. Condestable.
Castañeda. Archiepiscopus. Santiago. Cabrero. Qualla. Acuña. Tello. (E. Aznar
et al. 1991)
1522 Noviembre 17.
1.226-9.-Pedro Luys, en vecindad
y como conquistador. 3 c. de ta. de s. en el Reyno de Abona, q. es una ladera
q. ha por linderos de la parte de abajo un barranco q. se llama Boxo a fuer de
guanches, e por arriba el Camino Real y con un pino gordo q. está solo, las
cuales dhas. tas. se dicen en lengua de guanches Tapepente, y más una sueva q.
está frontero con las tas. de Juan Dana con su corral para ganado. Vos do 2 c.
17-XI-1522.
En 1550 la presentó Esteban de
León, hijo del dho. Pedro
Luys. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1521. Noviembre, 18. Burgos. Incitativa al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria para que determine en la demanda de Diego de San
Martín, vecino de la isla. Este se queja porque el concejo y algunos regidores
de la isla de Tenerife le tomaron unas 50 "reses vacunas" que tiene
en dicha isla, diciendo que tenía que pagar herbaje con destino a los propios.
Así mismo, tomaron bienes de Pedro de Hervás, su suegro, difunto y del que se
considera heredero por estar casado con Catalina García de Hervás. Arzobispo.
Santiago. Cabrero. Qualla. Acuña. Tello. Gallo.
1521. Noviembre, 21. Vitoria. Confirmación a Juan de Escobedo como
escribano público en Gran Canaria, tras la muerte de Diego de San Clemente, y
conforme a la elección que hizo el concejo insular, en uso de sus privilegios y
costumbres. Cardenal. Almirante. Condestable. Castañeda. Zapata. Polanco.
1521. Noviembre, 21. Burgos. Orden al gobernador o juez de
residencia de Tenerife y La Palma para que se guarde el privilegio concedido
por la Corona que permite la exportación de una tercera parte de la cosecha de
cereales.
Se da a petición de Juan Ruíz de
Berlanga, en nombre del concejo de La Palma, que a su vez solicita que se
prohiba sacar más cereal del permitido. Hace más o menos cuatro meses, Martín
de Ibarra había presentado al Consejo, en nombre de Jácome de Monteverde, una
solicitud en parecidos términos, pues pedía que no se vendiese el cereal a
extranjeros o que se diera licencia para que los vecinos lo pudiesen tomar por
el tanto. Se indica que, si no se accede a la petición, disminuirían los
diezmos y rentas reales; se abandonaría la labranza de la tierra; se perdería
el comercio de las islas con Portugal y otros lugares, y con ello el dinero,
paños, esclavos y otras cosas con las que pagan el cereal que compran, incluso
antes de que se coja la cosecha y, en ocasiones, antes de que se siembre. Además,
una ordenanza de la isla dispone que los extranjeros que compran cereales deben
pregonarlo por lo menos tres veces en un plazo de nueve días, indicando la
cantidad, precio ya qué persona compraron el cereal, para que los vecinos estén
en disposición de comprarlos por el tanto. Archiepiscupos. Santiago. Cabrero.
Qualla. Beltrán. Acoña. Gaspar Ramírez.
1521. Noviembre, 30. Burgos. Orden al licenciado Rodrigo de Alfaro,
juez ejecutor en la isla de Canaria, para que haga guardar las cartas que
permiten sacar de las islas de Tenerife y La Palma el tercio de la cosecha de
cereales; y para que haga castigar a quienes, bajo éste pretexto, conceden
excesivas licencias de exportación. Juan Ruíz de Berlanga, vecino de San Miguel
de La Palma; informó que en las citadas islas se otorgaban muchas licencias
para sacar cereales de esta procedencia, con destino al cabo de
"Guer" y otras partes de Berbería y Portugal, y que se exportaba en
tal cantidad que los precios habían subido. Señala, también, que los regidores
concedían las licencias para complacer al gobernador, que los había nombrado
para su cargo de por vida, y para recibir el dinero de los que obtenían la
licencia. Sin embargo, advierte también que dichas licencias hacían subir el
número de sementeras y la producción. Archiepiscopus. Cabrero. Qualla. Beltrán.
Acuña. Tello. Gaspar Ramírez. Se dió otra igual, fechada el 5-XI-1521, actuando
como peticionaria doña María de Abarca.
1521. Diciembre, 2. Burgos. Receptoría a las justicias de Gran
Canaria y del reino, con 180 días desde el 21 de octubre del año de la data,
para determinar en el pleito que enfrenta a Pedro de lturribalzaga y al concejo
de Gran Canaria sobre el oficio de fiel ejecutor. Se da a petición del concejo
insular. Arzobispo. Santiago. Cabrero. Qualla. Acuña. Soto.
1521 Diciembre 2. Dto. 1.833-41.-Francisco Guerra. Un pedazo en
Dabte, en el Palmar, en el lomo de en medio; linderos, el barranco del Agua,
que dicen de Salvador y en barranco del Agua de en medio, tierras de Pedro de
Manenidra, del cabo de abajo y la cumbre; 60 f . Vos las do.II-XII-1521. Al margen: el
Bach. de Funes.
1521. Diciembre 3. Burgos. Comisión al doctor Lebrija, teniente de
gobernador en la isla de Tenerife, para que, a petición de doña María de
Abarca, viuda de Fernando del Hoyo, y de sus hijos, entienda en los pleitos que
mantiene ella y sus procuradores con D. Alonso Fernández de Lugo, Adelantado de
Canarias, dada la enemistad existente entre ellos. Arzobispo. Santiago.
Cabrero. Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Juan Ramírez.
1521. Diciembre, 5. Burgos. Nombramiento de Pedro Xuarez de
Castilla como gobernador de la isla de Canaria. Entre sus competencias estarán
los oficios de justicia, jurisdicción civil y criminal, alcaldía, alguacilazgo,
visita a los términos de la isla -por lo menos dos veces al año- con la
posibilidad de cambiar sus mojones y revocar cargos. Se ordena al concejo que
reciba su juramento y fianzas y le pague el salario correspondiente. Así mismo,
se ordena al gobernador que ponga las penas de cámara en poder del escribano
del concejo, mande la residencia a los 30 días, guarde los capítulos de
corregidores y ponga recaudo en los caminos y campos. Condestable. Torre.
Arzobispo. Zapata. Polanco. Borges. Santiago. Texeda.
1521. Diciembre, 5. Burgos. Comisión y carta ejecutoria al
gobernador de Gran Canaria para que haga cumplir las sentencias por las que se
han de devolver la mitad de la Rambla de los Caballos, el agua de Azadilla y
las tierras que el Adelantado dió, en Traslatadere, a Pedro Mayor, canario, ya
Hernando de Castro. Se da ante la relación hecha por doña María de Abarca, en
nombre propio y en el de sus hijos, en la que alegó que Alonso de Lugo,
Adelantado de Canaria, había tomado a su marido, Hernando del Hoyo, ya difunto,
lo mayor y mejor del heredamiento de Traslatadere, repartiendóselo a otras
personas. A pesar de las dos sentencias, en vista y en revista, y de la carta
ejecutoria dada a su favor por el Consejo, el licenciado Bricianos, juez de
residencia, no efectuó la ejecución alegando no tener comisión para revocar
títulos. Hernando de Va-lladolid, procurador de la otra parte, sí pidió
revocación ya que, según la sentencia arbitral de Rafael Fonte, el Realejo era
para el Adelantado y Traslatadere para Hernando del Hoyo. Además, si el
Adelantado no cumplió debía pagar según lo que valía entonces, pues ha hecho en
el Realejo ingenios y grandes edificios que valen 20.000 ducados de oro. Por
otra parte, según dicha sentencia el Adelantado debía dar a Hernando del Hoyo
400 arrobas de azúcar y la mitad de la Rambla de los Caballos, como recompensa
a lo que valía el heredamiento del Realejo; y lo que dió a Pedro Mayor, Gonzalo
López y Gonzalo del Castillo es en el Realejo. De todo ello se deducía que su
parte no estaba obligada a pagar, ni a la revocación de la sentencia arbitral,
ni a someterlo al gobernador de Gran Canaria por ser éste suegro de Guillén
Peraza, enemigo del Adelantado. Arzobispo. Cabrero. Qualla. Acuña. Tello. Juan
Ramírez.
1521. Diciembre 6.
Vitoria. Escribanía pública del número en Gran Canaria para Hernando de Espino,
vecino de la isla y notario público de los reinos, por renuncia en él de Juan
de Escobedo. Se ordena la gobernador y concejo que lo reciban y guarden sus
derechos. Cardenal de Tortosa. Almirante. Condestable. Qualla. Archiepiscopus.
Santiago. Qualla. Guevara. Acuña. Tello.
1521. Diciembre, 8. Burgos. Emplazamiento a Martín de Ibarra,
vecino de La Palma ,
para que comparezca ante el Consejo, en el plazo de seis meses, en seguimiento
del pleito sobre su nombramiento como escribano del número. Juan Ruíz de
Berlanga, vecino y escribano del número y del concejo, por sí y en nombre de
Martín de Belmonte, también escribano del número, se presentó con un proceso en
grado de suplicación, ante la merced que se hizo a Ibarra de una escribanía del
número acrecentada, cuando el proceso estaba en grado de apelación y nulidad de
la posesión que de la misma le había dado el concejo de la isla. Arzobispo.
Santiago. Qualla. Beltrán. Guevara. Acuña. Tello. Vitoria. Otra igual.
1521 Diciembre 9.
1.262.10.-Pedro de Bavte, hijo de
Diego de Bavte. Un pedazo de tas. de s. en q. pueden haber 3 c., q. son en la Punta de Naga en el valle de
Anosmat, q. han linderos el lomo de Amazer, el barranco de Aguímar y por abajo
el risco de la mar y de arriba la montaña. Digo 2 c. 9-XII-1521.
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