FEMÉRIDES DE
LA NACIÓN CANARIA
EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA
UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
ÉPOCA COLONIAL: SIGLO XVI
DECADA 1571-1580
CAPITULO XII-XLIX
Eduardo García Rodríguez
158? Marzo 1. En Grancanaria En Primro dia
del mes [de ma]rço anno del sennor de myll e quinientos y ochenta y [roto] as
ante my el escrio e tso proprestes
franca Hres biuda muger de marcos ortiz e dixo dara su
poder cumplido qual de dro se rrequiere a Juo bordon
alcalde hordinario de la billa de aguimes Espal pa q por
ella y en firme pueda otorgar y otorgue finyqquito y chanselo en forma de un qo
otorgado por frco lopes galan vzo de aguimes de
quatrosientos e vte rres en favor de xpobal Cardero cuyo
heredro fue el dho su marido. ante frco dias
de alba escrio q los trezientos y veinte rres cupo al dho
su marido y los sient rres a juliana gra muger del dho
xpobal cardero a quien los pago por qto yo soy pagda de todos los dhos
trezientos rres en diversas veses e partidas que por my y en my ne
dio e pago al dho juo bordon y con vte
e nueve rres q agora le da en ne del dho frco
lopes galan [roto] y vo de aguimes es pagda de todos
trezientos e vte rres e sobre ello rreno la
pecunya. y por esta rrazon de el dho finyquito e chanselo el dho
contro q pa Ello le dio poder en forma la otorgte q doy
fee conosco y es la quda y por Ella lo firmo vn to aqui.
e fueron tso domos anrriqez e brno de pala
e thomas de padilla vzos y estantes en esta ysla.
paso ante
my por la otorgte . Lorenço de Pala
esano pco Berno de pala(Dan Munteanu Colán y Rosa González Monllor)
1580 Enero 24., sábado. Valle de Güímar. [ s.f]
Pedro Báez, morador en
Candelaria, vecino, por esta carta dice que ha de pagar a Alonso Rodríguez de
Güímar, presente, 7.500 mrs. de esta moneda de canaria, los cuales le debe por
un buey carretero de nombre Romero, de 9 o l0 años que le ha vendido, en cuenta
le pagó 1.440 mrs. y el día de Ntra. Sra. de Candelaria de este presente año,
le ha de dar y pagar 3.000 mrs. y el resto a cumplimiento de los 7.500 mrs. por
el primero de mayo, puestos y pagados en esta isla en dineros de contado;
Pedro, hipoteca el dicho buey y una sementera que tiene en Arafo, en que habrán
4 fanegas de trigo sembrado. La sementera linda con tierras de Alvaro Hernández
y un barranco. Además, 4 fanegas de trigo que tiene sembrado en Araya, que
lindan con tierras del beneficiado Gaspar González y Diego Rodríguez, hijo de
Martín Rodríguez de Candelaria.- Otorgada en el valle y heredamiento de
Güímar.- Tgos. Alonso de Xerez Cardona, Manuel Afonso y Diego Hernández
Folguera, vecs. y estantes. Derechos, un real. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1580 Enero 26., martes. Valle de Güímar. [ s.f]
Rodrigo Hernández, canario,
vecino, morador en este valle y heredamiento de Güímar, dice que Juan de
Gordejuela le debe 128 doblas y que había de pagar 38 doblas el día de San Juan
de junio y lo demás a ciertos plazos contenidos en la escritura. Por la
presente otorga poder a Blas Hernández, morador en Higa, en esta isla de
Tenerife, para que en su nombre pueda presentar demandas ante jueces y
justicias y cobrar del dicho Juan de Gordejuela las 38 doblas de plazo
cumplido. Otorgada en el valle y heredamiento de Güímar.- Tgos. Juan Rodríguez,
calero, Manuel Afonso y Pedro de Alarcón Beltrán, vecs. y estantes. Firma: Rodrigo
Hernández. Derechos, real y medio. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1580 Febrero 29.,
lunes. Valle de Güímar. [ s.f]
Francisco González, natural,
vecino del pueblo de Ntra. Sra. de Candelaria. Dice que siendo elegido curador
adbona de Catalina Alonso, su sobrina, hija de su hermano Antón González y de
Juana Hernández, su mujer, vecinos de esta isla de Tenerife, difuntos, la cual
curaduría le fue discernida por la justicia de esta isla puede haber 14 o 15
años que pasó ante Simón de Azoca, escribano público de esta isla en cuyo
oficio le sucedió Blas del Castillo, difunto y ahora tiene el dicho oficio Juan
de Carminates. La dicha Catalina Alonso está casada legítimamente con Sebastián
Rodríguez, vecino de esta isla y al presente hacen vida maridable.
Por esta carta Francisco González
otorga poder al dicho Sebastián Rodríguez como marido y conjunta persona de la
dicha Catalina Alonso que presente está, especial y expresamente para que pueda
cobrar y recibir todos y cualesquier mrs., pan, trigo, cebada y centeno,
ganados, miel y otras cosas que a Catalina le son debidas, por contratos,
albalaes, sentencias o cuentas corrientes, en cualquier moneda y lo que
recibiera pueda hacer carta de pago y finiquito y valgan y sean tan firmes como
si él las diera sobre la dicha cobranza. Asimismo da poder para representarla
ante cualquier juez y justicia, eclesiásticas y seglares, tanto en esta isla
como de otra parte cualquiera.- Hecha en el valle y heredamiento de Güímar.-
Tgos. Alonso de Xerez Cardona, Juan Albertos y Juan Alonso, el mozo, vecs. y
estantes.- Firma: por no saber, Alonso de Xerez Cardona. Derechos, tres reales
de buena moneda. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1580 Marzo 5., sábado. Valle de Güímar. [ s.f]
Pedro González, morador en
Güímar, hijo de Diego Hernández y de Beatríz González, dice que su padre hace
tiempo que falleció y su madre casó por segunda vez con Simón Rodríguez. Ahora
su madre ha fallecido y dejó muchos bienes y muebles y dineros, algunos de su
dote y otros multiplicados, los cuales quedaron de su madre con beneficio de
inventario. Por esta carta otorga su poder libre, lleno y bastante a Gaspar
Hernández, su hermano, presente y a Lorenzo López, procurador de causas,
ausente, vecinos de esta isla, para que pueda aceptar los bienes y herencia que
a él pertenece de la dicha Beatríz González, su madre y lo representen ante
escribanos y jueces y seguir causas judiciales yextrajudiciales donde les
pareciera.- Otorgada en el valle y heredamiento de Güímar. Derechos, un real.
(Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1580 Marzo 18., viemes. [
deteriorado] [ s.f:]
Deuda de Sebastián Rodríguez a
Pablos Pérez, fiadora María Gaspar. (Miguel A. Gómez Gómez, 2000)
1580 Marzo 29., lunes.
[deteriorado] [s.f:]
Contrato para transporte de caña
entre Antonio de Viana y Hernando de Alarcón Betancor. (Miguel A. Gómez Gómez,
2000)
1580 Junio 12. En la noble çiudad de santa cruz
de que es en esta ysla de la
Palma, en dose dias del mes de junio del año del nasçimiento
de nuestro señor Ihesu Christo de mil equinientos e ochenta años por ante el
muy magnifico e mui reverendo señor el doctor gaspar gonsales benefisiado y
bicario de esta dicha ysla por el ylustrisimo y reberendisimo señor don luis
tovar vela obispo de estas yslas de Canaria e del consejo de su Magestad Real e
por presencia de mi Juan ruis Alarcon notario publico de la audiencia
eclesiastica de esta ysla parescio el señor licenciado liaño juez de la
contrataçion de las Yndias en esta ysla e presento un pedimiento con dos
escrituras firmadas e sinadas de pedro hernandes escrivano publico de esta ysla
que su tenor de lo qual es lo que se sigue
Mui
magnifico e muy reverendo señor el licenciado Liaño marido e conjunta persona
de doña agueda de monteberde mi muger paresco ante vuestra merced e digo que la
dicha doña agueda y agueda de monteberde su madre hisieron y otorgaron una
escritura ante pedro hernandes guadalcanal escrivano publico desta ysla en
treinta e un dias del mes de agosto del año pasado de mil e quinientos e
sesenta e un años en que la dicha agueda de monteberde hiso traspaso e paso
ynsolutum a la dicha su hija de siertos bienes contenidos en la dicha escritura
y se los dio para en quenta e pago de la legitima que la dicha doña agueda uvo
e eredo de diego de monteberde su padre difunto e de los frutos e rentas que
avian rentado desde el dia que se encargo de la tutela de la dicha su hija y
asta el dicho tiempo los quales dichos bienes le dio con siertos cargos e
grabamenes que pagase siertas cosas que se contienen en la dicha escritura
hasta que se acabasen las quentas que entre la dicha madre e hija se hasian y
abian de haser la qual dicha escritura la dicha doña agueda por ser menor de
beinte e sinco años juro en la forma e manera que en las dichas quentas entre
la dicha madre e hija e por que parecio por ellas en la dicha doña agueda de
monteberde mi muger alcansaba a la dicha su madre e curadora en mucha cantidad
de lo qe valian los dichos vienes que ansi le avia dado las mismas
madre e hija deshisieron y rebocaron la dicha escritura en lo tocante a los
dichos cargos e gravamenes por otra escritura que otorgaron ante juan de
cabrejas escrivano publico de la dicha ysla en dos dias del mes de henero de
este año de mil e quinientos ochenta como consta y parescio por estas dos
escrituras que ante vuestra merced presento e por aberse revocado e deshecho
dicha escritura e jurada tambien se reboco e depuso el juramento en ella puesto
en quanto a los dichos cargos y condiciones pero para mas satisfacion y
seguridad a vuestra merced pido y suplico que vistas las dichas dos escrituras
declare el juramento en la primera puestole ninguno y de ningun balor nin efeto
y en caso que alguno aya sido le de por ninguno e por libre a la dicha doña
agueda del en cualquier manera que sea e pido justicia y en lo nesesario [...]
el licenciado liaño
Sepan
quantos esta carta bieren como yo agueda de monteberde viuda vesina que soi de
esta ysla de la palma muger legitima que fui de diego de monteberde mi marido
difunto que Dios aya vesino e regidor que fue en esta dicha ysla ansi como
tutora e curadora que e sido e soi de agueda de monteberde mi hija legitima e
de el dicho mi marido e por virtud de la tutela e curadoria que de su persona y
bienes me fue desernida y encargada por la justiçia de esta dicha ysla ante
domingo peres escrivano publico que fue de ella su tenor de la qual firmada e
sinada de antonio de la peña escrivano publico que fue de esta ysla es esta que
se sigue
En la
noble çiudad de santa cruz que es en la ysla de la palma el quatro dias del mes
de junio año del nasimiento de nuestro salvador Ihesu Christo de mil y
quinientos e sinquenta y un años ante el mui manifico señor el licenciado
lorensianes barrero teniente de gobernador desta dicha ysla por el mui manifico
señor el licenciado hernando duque de estarda gobernador de esta dicha ysla e
de la de tenerife por su magestad y en presençia de mi domingo peres escribano
publico de esta dicha ysla por su magestad parecio agueda de monteberde vesina
desta dicha ysla muger de diego de monteberde regidor difunto que dios aya e
presento un testimonio sinada e firmada de mi el dicho escribano segun que por
el parecio su tenor del qual es este q se sigue.
(Javier Medina López y Dolores Corbella Díaz)
(Javier Medina López y Dolores Corbella Díaz)
1580 Junio 25.
1.362.-Testimonio de Cristóbal
Jorge, trabajador de tenerías, sobre una cabra ahogada en la laguna, q. él
desolló. 25-VI-1580. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1580 Septiembre.
La cuarta estancia de don Alvaro
de Bazán, almirante y capitán general del mar Océano y primer marqués de Santa
Cruz en Canarias. Sabíase en Lisboa por septiembre de 1580 que se hallaba en
camino hacia Portugal, costeando el sur de África, la flota de la India, cargada de riquísimos
tesoros, y sabíase también que el pretendiente don Antonio, necesitado de
aquellas riquezas, había enviado aviso a las islas Terceras para su detención y
captura.
Comprendiendo Bazán cuánto
contribuiría a la pacificación general el estorbar esta presa, decidió
anticiparse en el camino y salió al encuentro de la flota. Como las islas
Azores y la de la Madera
no se hallaban todavía sometidas a Castilla decidió apostarse para este efecto
en las Islas Canarias, visitando con tal motivo La Gomera. La suerte le acompañó
en su difícil tarea, y dando alcance a la flota de la India la protegió con sus
diez galeones de guerra y la condujo empavesada y triunfante a Lisboa, donde el
duque de Alba hizo entregar los caudales a sus propietarios, reservando la
parte perteneciente al rey.
Pero si la metrópoli lusitana
había quedado sometida al soberano español, tras de la brillante campaña de
1580, quedaban todavía por sojuzgar las islas del Océano, Azores, Madera y Cabo
Verde y los inmensos dominios coloniales de Portugal. Ello fué obra de tiempo,
de sagacidad y de hábil táctica o de enérgica acción militar, que atrajo
lentamente a la unidad imperial hispánica las diseminadas factorías, posesiones
y vastos dominios de Portugal.
Esta acción se vió contrarrestada
por la intromisión armada de Francia, que trató por todos los medios de impedir
la sumisión de las colonias o proyectó sublevarlas tardíamente en favor del
pretendiente don Antonio.
Está probado que los navíos
franceses visitaron en 1581 el Brasil, las islas de Cabo Verde y el castillo de
Elmina, y tal dispersión de buques explica la alarma ininterrumpida en que se
vivió durante ese año en Canarias y los constantes avisos que recibieron sus
autoridades sobre el paso de embarcaciones y escuadras con el estandarte de las
lises por entre las aguas isleñas.
Destacaron por su resistencia a
admitir la dominación española-quizá por su misma cercanía a la metrópoli y la
esperanza de recibir socorros de Inglaterra o Francia- la isla de la Madera y las islas Azores.
La ocupación de la primera se
puede considerar como un episodio de la historia militar de las Canarias, ya que
fue llevada a cabo por don Agustín de Herrera y Rojas, primer conde de
Lanzarote, sin más ayuda que sus propias huestes. Este hecho, cuya cronología
no vemos precisada en ningún historiador de la época ni moderno, tuvo que ser
posterior a mayo de 1581, en que el conde moraba todavía en Lanzarote, y
anterior a novíembre del mismo año, en que ya la isla estaba pacificada por
completo.
Recibidas en Lanzarote las
órdenes reales expedidas desde la corte honrando a don Agustín de Herrera con
tal comisión y servicio, éste dispuso sin pérdida de tiempo la invasión de la
isla de la Madera. Para
ello preparó un pequeño ejército, reclutado entre sus propios vasallos y armado
y sostenido a sus expensas, y se hizo a la mar con el rumbo indicado.
La isla fué asaltada sin
dificultad por los lanzaroteños, y en pocos días sus villas, fortalezas y
campos quedaron pacificados y sumisos a su nuevo señor y rey.
Tal hecho salvó casualmente de
las garras de los sublevados uno de los mejores galeones españoles de la flota
de Indias, que al mando del maestre sevillano Andrés Felipe tuvo que refugiarse
malparado en Funchal en el mes de noviembre de 1581. En el acto dispuso don
Agustín de Herrera que fuese desembarcado todo el oro, plata y mercaderías que
conducía la nao, llamada La Gallega con tal
acierto, que a los pocos días zozobraba la embarcación sin posible remedio.
El conde de Lanzarote dio
entonces aviso del suceso a la corte, que estaba de jornada en Lisboa, y el
marqués de Santa Cruz dispuso al momento que uno de sus mejores capitanes, Juan
Martínez de Recalde, se dirigiese a la Madera a recoger el tesoro. Dos galeones de la
flota de Bazán hicieron con este fin la travesía hasta Funchal, mas
persiguiéndolos la desgracia se vieron batidos, cuando apenas habían zarpado con
el oro, por un terrible temporal que los puso en inminente riesgo de zozobrar.
A la capitana se le abrió una vía
de aguas y Martínez de Recalde apenas pudo mantenerla a flote desprendiéndose
de casi toda su carga, ya que tuvo que echar por la borda la artillería más
abundante cantidad de cueros y lanas. En este estado pudo Recalde irse
acercando a las Canarias hasta hacer su aparición, destrozado y maltrecho, en
San Sebastián de La Gomera
en los primeros días de diciembre de 1581.
Esta fué la .estancia en La Gomera de Juan Martínez de
Recalde, a la que aluden, con evidente confusión, algunos de los historiadores
locales.
Tanto el conde de La Gomera como su gobernador
Diego de Cascante se desvivieron por atender a sus huéspedes, iniciándose la
reparación de los navíos, que fué larga, difícil, costosa y provisional.
En un principio se creyó
imposible llevarla a cabo porque los buques necesitaban no sólo ser reparados,
sino carenados y no había disposición para hacerlo en ninguna de las islas,
dado el enorme tamaño y tonelaje de los galeones hispanos. En ese sentido
escribió a la corte el maestre Andrés Felipe, recomendando en 5 de diciembre de
1581 el urgente envío de naos pequeñas y fuertes para recoger el tesoro. Más,
sin duda, Martínez de Recalde supo superarse con la ayuda y favor del conde de La Gomera, ya que logró
disponerlos, por lo menos, para ser remolcados. El 28 de enero de 1582 el Rey
escribía desde Lisboa, agradecido, al conde de La Gomera anunciándole la
partida para convoyarlos de otros buques de la flota española, y le incitaba de
paso a reclutar entre sus vasallos el mayor número posible de marineros que,
tras de servir en los navíos apostados en su señorío, pudiesen hacerlo luego en
la expedición a las islas Terceras, que se estaba preparando.
De esta manera concluyó la
estancia en San Sebastián de La
Gomera del famoso marino y subordinado de Bazán, Juan
Martínez de Recalde, quien partió con los gomeros enrolados en las
tripulaciones para servir a Felipe II en la expedición contra las Azores.
En cuanto al mando del conde de
Lanzarote en la isla de la
Madera, con título efectivo de capitán general de ésta y de la Porto Santo, duró dos
años, pues a finales de 1583 se reintegraba a su señorío privativo, al hacer
dejación del mando en el nuevo gobernador nombrado por el Rey, Juan de Aranda.
(En: A. Rumeu de Armas, 1991)
eduardobenchomo@gmail.com
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