UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL
1501-1600
DECADA 1511-1520
CAPITULO V-XXXIII
Eduardo
Pedro García Rodríguez
1511 Noviembre 7.
179. -Cabildo.
Viernes, 7 de noviembre de 1511,
en S. Miguel. El Ldo. Lebrón, Tte.; Vergara, Alg.; B. Benites, Valdés,
Castellano, Llerena, Sr. P. Fernandes, Las Hijas, S. Páez, Regs.; y Zorroza,
Pers. y procurador síndico, ante Vallejo. f. 292 v.
Se platicó sobre el precio del
pan cocido habiendo consideración a que, a Dios gracias. el año entrante que
hubo cantidad de trigo y vale la hanega en tal precio que es cosa justa subir
el precio del peso en las onzas y habiendo respeto a los otros costos, sobre lo
cual proveeido, que de aquí adelante todas las panaderas habrán de dar por dos
mrs. de pan blanco doce onzas y de pan mediano de toda harina 14 onzas , sacado el
afrecho.
Mandaron que todas personas que tengan
atahonas y muelan ajeno parezcan ante el Sr. Teniente a se escribir y
registrar, hasta tercer día. Para remediar los abusos de los atahoneros mandan
que los señores de las atahonas tengan cada uno en su casa un peso de balanzas
con que pesarán el trigo que recibieren
a cargo para moler y tengan cuenta de lo que reciben y dan para que se vea si
hurtan, y que acudan con tanto de harina cuanto recibieren de trigo. Que en cuanto a los molinos, que se
ponga un peso de común por donde se pese el trigo y harina. Y todo ello se
remitió al Ldo. Lebrón. f.293 r.
Mandaron se pregone que todos los
zapateros guarden las ordenanzas, las saquen autorizadas y las pongan en sus
tiendas.
Se platicó que Gonzalo Fernandes
estaba preso a pedimento de Gonzalo Váez, diciendo era su fiador en 14.000 mrs.
sobre razón que le habían sido dadas al dicho Gonzalo Fernandes para cuenta y
pago del cargo que tiene del Concejo para sacar
agua y por estar preso no lo hace y se pierde la obra hecha y las tozas,
maderas y caños acopiados. Piden y el personero requiere al Sr. Teniente, que
le suelte so juramento. Así lo mandó el Sr. Teniente.
Se eligió a S. Páes para tener
cargo del agua que se va sacar, que de provea y visite.
8 de noviembre de 1511. Se
pregonaron dichas ordenanzas de las panaderas y moli-
neros y de los zapateros. Ts.:
Diego lñigues de San Martín, Cristóval Carrasco, Die-
go Fernandes Amarillo, Pero
Lopes, Fernando Yanis, Sabastián de Llerena y otros. (Acuerdos del Cabildo
colonial de Chinet=Tenerife, t.II)
1511 Noviembre 7.
1.113-15.-Gonzalo Peres. La
demasía de las tas. q. compraste de Luis Gonzales, q. fueron de Juan Carmona,
en q. habrán hasta 9 f .
por todo, en q. habrán en la dha. demasía 4 f . 7-XI-1511. [Todo autógrafo]. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1511 Noviembre 8. Burgos. Merced a Lope Conchillos del Consejo y
secretario real, de seis caballerías de tierra, con el agua necesaria para su
riego, en Gran Canaria, agua que se ha de tomar de la que aprovechaban los
canarios en Varvega, debajo de Aldea Blanca, y que luego fue adjudicada a Luis
de Armas, por estar desaprovechada, con la condición de entregar parte de ella a
la Corona. Se
ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. El Rey. Almazán.
Zapata. Carvajal. (E. Aznar; 1981)
1511 Noviembre 8. Burgos. Incitativa a Alonso de Portillo,
escribano real, para que requiera a don Alonso Fernández de Lugo, adelantado de
Canaria, a que pague antes de nueve días las cantidades que adeuda al Ldo.
Mujica y al dr. Carvajal, miembros del Consejo, y para que ejecute, conforme a
las leyes de Toledo y Toro, los contratos que éstos tienen contra él, en caso
de que no cumpla dicha requisitoria. Conde Alférez. Zapata. Franciscus
Licenciatus. Aguie. Sosa. Cabrero. Ruiz de Castañeda. (E. Aznar; 1981)
1511 Noviembre 10.
1.013-42.-Juan de Herrera, mi
criado. 5 f .
en el pago de las viñas, q. es encima de La Laguna. 10-XI-1511. (Datas de Tenerife, libros I
al IV)
1511 Noviembre 11.
1.538-4S.-Maria Vaes, hija de
Vasquianes herrero ? 40 f .
de s. en las cabezadas de tas. de Jorje Vaes, vuestro hermano. Digo q. vos do 20 f . con tal q. vos caseis
dentro de un año y si dentro de un año non vos casaredes q. la pueda dar a
otro. 11-XI-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1511 Noviembre 14.
180.-Cabildo. f. 293 v.
14 de noviembre de 1511, en San
Miguel. El Sr. Ad., el Ldo. Lebrón, Castellano, P. de Lugo, Br. P. Fernandes,
Llerena, Regs.; Las Hijas, fiel y Zorroza, Pers., ante Vallejo.
Esteban Fernandes, en nombre de
Juan Fernandes, pide manden desocupar la casa de la cárcel, y se la den, porque
ha casado dos hijas para las cuales la quiere.
Que se buscará otra casa y le
darán la suya.
Pedro Mayor pide los mrs. que le
deben por la toma de su casa. Que se verá.
Juan de Santaella presentó una
petición cerca de la mancebía, que había perdido
en el arrendamiento y gastado y
pide se ga quiten. Respondióse a la petición Bartolomé Gutierres de Porcuna y
Juan d'Espino dicen que G. Castellano les mandó echar sus puercos en Heneto y
el montaraz les pide la pena echándolos de allí. Dijeron que los puercos puedan
andar en Heneto pues el diputado elegido así el mandó. f. 294 r.
Ximón Martín, Alonso Yanis y
Baltasar Váez, hortelanos, dicen que el Br. P. Fernandes, como diputado, les
bajó el precio de las coles. Que guarden lo que los di-putados mandaren.
Martín Sanches es obligado a dar
candelas y ha cumplido y ahora Alonso Ortiz compró el sebo, pide se se manden
hacer dar. Dijeron que como las cuatro libras que da no bastan, que se da
facultad a A. Ortiz para que venda, pues dicen los diputados las da a 18 mrs. y
son tan buenas como las otras.
Luis Sanches quiere hacer paños
en la isla, pide de socorro 5.000 mrs. Que hable con su señoría.
Gregorio Tabordo se queja sobre
el embargo de ciertos mrs. que le fué mandado, pertenecientes a Pedro de Ervás,
etc. Dijeron que está justamente hecho.
Se platicó sobre las licencias de
la saca del pan y acordaron que vayan firmadas de la justicia y dos regidores y
que yo el escribano lleve cuenta y razón; y que lo mismo se haga en la madera,
pero que pase por cabildo.
Zorroza dijo que fué elegido
personero por tres años, que se han cumplido, que se desistía de dicho cargo.
Dijeron que se vea la manera de la elección y se traiga.
Se acordó entrar lunes y viernes
en cabildo. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinech=Tenerife, t.II)
1511. Noviembre 15. Burgos. Merced al dr. Lorenzo Galíndez de
carvajal, del Consejo Real, de tres suertes y media de regadío en el barranco
de Masinderos, adjudicadas con anterioridad al dr. Tello para que abandonase
las que poseía en Moya, lo que no cumplió. Esta donación es independiente de
otra de dieciséis suertes para el cultivo de caña, de la que le dio posesión en
el mismo lugar el Ldo. Zárate, reformador de Gran Canaria. El Rey. Conchillos.
Zapata. Cobos. (E. Aznar; 1981)
1511 Noviembre 17.
181.- Cabildo.
17 de noviembre de 1511, en S.
Miguel. El Sr. Ad., el Ldo. Lebrón, Vergara, Cas-tellano, Páez y P. de Lugo,
Regs.; Las Hijas, Fiel, ante Vallejo.
Gonzalo Fernandes, aserrador,
dice que al presente no se entiende en aderezar la saca del agua de los caños;
pide le den facultad para que trabaje y no esté impedido. Dijeron se remita al
primer cabildo.
Sobre la fidelidad que se proveyó
debían tener los atahoneros, mandaron se pregone que todos los que han molido
de seis meses a esta parte por dinero que de aquí adelante muelan y no cesen de
lo hacer como lo han hecho, que lleven la paga en dinero y que cumplan lo
mandado.
Entraron por diputados por los
dos meses P. de Vergara y A. de las Hijas.
17 de noviembre de 1511,
pregonóse la ordenanza de las atahonas. Ts.: Alonso Manuel.. Alonso Velazques,
Manuel de Gibraleón, Lope d' Arzeo y otros. (Acuerdos del Cabildo colonial de
Chinech=Tenerife, t.II)
1511 Noviembre 20.
1.746-37.-Gómez de Salazar. Un
solar en esta villa, linderos casas de Juan Afonso aserrador y la calle real
del Rey hasta la encrucijada. Vos do el dicho solar. 20-XI-1511. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1511 Noviembre 21.
182.-Cablldo.
21 de noviembre de 1511, en S.
Miguel. El Sr. Ad., el Ldo. Lebrón, Castellano, Vergara, Páez y Las Hijas,
Regs., ante Vallejo.
Mandan que la ordenanza de la
guarda de los cañaverales sea guardada y cumplida, como pasó en 31 de enero de
1511; además ordenaron que si algún pastor estuviere presente estando el tal
ganado haciendo daño, que se le den cien azotes.
29 de noviembre de 1511, se
pregonó [Al margenl
Gonzalo del Castillo dice que
sirvió la escribanía de la mesta dos meses y que ha dado petición que le paguen
su salario. Que mostrando lo que sirvió y 1o que el Cabildo le es obligado a
dar y siguiendo su justicia se le hará.
Fernando Yanis, montaraz, dice
que arrendó esta renta, que son penas y dehesas, que se le defiende que no prende a puercos y
vacas en Heneto y el Rodeo, que le den
justicia. Dicen que al tiempo del arrendamiento Heneto no era dehesa y después
se vedó cierta parte, por lo que no se le hace agravio.
Alonso de Xerés y Martín de
Xerés, arrendadores de la renta del peso, dicen que les fué arrendado así de
pez como de orchilla y de todo pescado; y que en la pez hacian defendimiento,
sobre la orchilla tienen pleito y piden se le saque a paz y les den por libres
y hagan equivalencias. Leyóse la petición y arancel y dijeron que el
arrendamiento está en su fuerza y vigor y no ha lugar de hacer quiebra alguna y
sobre las cosas que deben haber algún dinero que pidan su justicia.
Blas Yanis, aserrador, pide
licencia para cajería de azúcar para cortar ocho tozas de acebiño, laurel y
haya. Se le concedió en Afore.
Alfonso Yanis pide licencia para
siete docenas de tablado de la de, acebiño y
haya para lo mismo. Se la dan en
Afore.
Martín Sanchez dice se obligó a
dar candelas y que ahora sin se obligar se dio lugar que las diesen, pide se le
dé por libre de la obligación. Dijeron que a otra petición se respondió y
aquello se responde ahora. f. 296 r.
Ximón Fernandes pide licencia
para cortar la madera que había menester de viñátíco y laurel para hacer
silllas. Se le da.
Sobre los precios del calzado,
para que no haya agravio, acordaron que los zapateros los vendan a los precios
siguientes:
Unos borceguíes de cordobán
buenos y bien cosidos con sus servillas buenas y bien cosidas.. de diez puntos
arriba, cuatro reales y de siete puntos hasta diez, cuatro re..les con sus
servil las y dende abajo al respecto.
Un par de zapatos de cordobán
llanos de once puntos arriba a 68 mrs. y de ocho puntos a diez, a 63 y de cinco
hasta siete, 42. f .
296 v.
Un par de zapatos zayenes de buen
cordobán enforrados, bien hechos, 70 mrs., de 11 puntos arriba; y de ocho a
diez, 65 mrs. y de cinco hasta siete, 42.
Un par de servillas de hombre de
buen cuero de luda y bien cosidas, 18 mrs.
Un par de medios pantuflillos de
hombre, que se dicen alcorques, de buen cordobán y bien hechos, 84 mrs. de ocho
puntos arriba; de cinco hasta siete, 63.
Un par de pantuflos de cordobán
hien hechos, de ocho puntos arriba, 105 mrs.; de cinco hasta siete, dos reales.
Un.par de chapeles de mujer de
una corcha, 70 mrs. y si fuese de dos corchas, 84.
Un par de botines de mujer de
cordobán, 100 mrs.
Un par de zapatos de vaca de once
puntos para arriba, 105 mrs.; de ocho hasta
diez, 90 y de cinco a siete, 60.
Un par de suelas de correa de
once puntos para arriba, 50 mrs.; de ocho hasta
diez, 42 mrs. y de cinco a siete,
30 mrs.
Un par de suelas de obra prima de
once puntos arriba, 35 mrs.; de ocho hasta
diez, 30 mrs., y de cinco a
siete, 26 mrs.
Unas servillas de mujer, 40 mrs.
de cinco puntos arriba, y dende abajo hasta
tres plIntos, 30 mrs.
Cabezadas de unos borceguíes y
suelas del campo bien cosidas y bien hechas y
de buen cuero, de once puntos
para arriba dos reales; de ocho hasta diez, 65 mrs.
De unas cabezadas en borceguies
para debajo del zapato de once puntos para
arríba, real y medio; de ocho
hasta diez, 55 mrs. y de cinco hasta siete, 45 mrs.
Ordenaron y mandaron que ningún
zapatero labre badana, sino fuese en servillas y si alguno quisiere alguna obra
de badana que lo non labre sin licencia de los diputados y fiel o inandado de
la justicia.
Ordenaron que todos aquellos
zapateros sean obligados de tener en sus tiendas de toda obra, según de su
oficio supieren y acostumbran hacer y tener.
Que los dichos tengan sus tiendas
pulblicas y sus obras puestas en sus tiendas en manera que cada uno que fuere a
comprar lo vea y todos escojan lo que bien les estubiere.
Que todos los dichos saquen sus
tablas de estas ordenanzas bien escritas y las pongan en sus tiendas
públicamente y no en escondido.
Que los que no cumplieren esta
ordenanza que incurran en pena de 200 mrs. por
tercios. fué mandada pregonar públicamente.
En dicho día, mes y año fué
pregonada esta ordenanza. Ts.: Diego Dorador, Diego
de Mendieta, Alonso de Xerés,
Alonso d'Espino, Alexo Velazques y otros. Asimismo
se pregonó la ordenanza de los
cañaverales.
Luego pareció presente Alonso
Marquez y Juan Dias y Rodrigo Alcarás y Jorje Váez, zapateros y dijeron que lo
recibían por agravio y que apelan de las dichas ordenanzas para ante la merced
y Alteza de la Reina
nuestra señora y ante quien en derecho proceda y le sea dado lo procesado y
pidiéronlo por testimonio. Testigos: los dichos. (Acuerdos del Cabildo colonial
de Chinet=Tenerife, t.II)
1511 Noviembre 24.
1.316-14.-Pedro de la Lengua y Pablo Martín. Una
lomada de ta. en Abona en Arcamaze, dende el barranco donde están los charcos e
un pino hasta otro barranco q. está hacia Agache, a donde está un drago, e por
arriba unas montañas e aguas vertientes a la mar, con las cuevas q. hay dentro
deste cercoito con una fuente q. está a la parte arriba del drago, cabo unos
pinos, hasta en can- tidad de 8 c., 4 c. para cada uno, e más vos doy dentro de
las mismas tas. dos asientos de colmenas, así como conquistadores q.
fuistes desta isla. Digo q. vos
doy cada 3 c. con los asientos de colmenas. 24-XI-1511. (Datas de Tenerife,
libros I al IV)
1511 Noviembre 25. Burgos. lncitativa al gobernador de Gran
Canaria, para que determine, conforme a los aranceles y al cuaderno de tercias
del rey don Juan, en las demandas presentadas por Pedro de Alcázar, arrendador
y recaudador mayor de las rentas del cinco por ciento y de las tercias de dicha
isla, contra el concejo y vecinos de la misma por los derechos que le adeudan
de dichas rentas, siendo sus sentencias inapelables, salvo la definitiva ante
los contadores mayores, como dispone la ley de cortes de Toledo. (E. Aznar;
1981)
1511 Noviembre 25. Burgos. Orden al gobernador de Gran Canaria, a
petición de Pedro del Alcázar, arrendador y recaudador mayor de las rentas del
cinco por ciento y de las tercias de dicha isla, para que el concejo y vecinos
de la misma paguen los derechos que deben de a descarga de mantenimientos
para sus casas y de vacas y bueyes para
su servicio. M ayordomo. La
Rua. Velasco. Salmerón. Alvaro de Carvajal. (E. Aznar; 1981)
1511 Noviembre 25. Burgos. Orden al gobernador de Gran Canaria, a
petición de Pedro del Alcázar, recaudador de las rentas del cinco por ciento y
de las tercias de dicha isla, para que se aforen y registren los barcos que
llegan al puerto de Las lsletas, conforme al arancel que se lleva en Sevilla, a
fin de evitar que se lleven mercancías a la Ciudad Real de Las
Palmas sin pagar los derechos correspondientes. Mayordomo. La R :ua. Velasco. Salmerón. Alvaro
de Carvajal. (E. Aznar; 1981)
1511 Noviembre 25. Burgos. Orden al gobernador de Gran Canaria, a
petición de Pedro del Alcázar, recaudador mayor de las rentas del cinco por
ciento, y de las tercias de dicha isla, para que sean descargados en un plazo
de tres días los barcos que lleguen a dicha isla, conforme al arancel y fuero
de Sevilla, por el que está poblada dicha isla, a fin de evitar que las
mercancías sean desembarcadas sin pagar los derechos del cinco por ciento.
Mayordomo. La Rua.
Velasco. Salmerón. Alvaro de Carvajal. (E. Aznar; 1981)
1511 Noviembre 26.
82-43.-Gonçalo Yanes de Dabte.
Digo q. por quanto yo ove fecho donación. ..en vezindad puede aver 10 años a
Rodrigo de Jahén de 50 f .
de ta. calma ...en la Punta
de Dabte al auchón del Rey linde con tas. de Juan Mendes e de la otra parte
tas. De Juan de Guzmán e de la parte de abaxo la mar; y el dho. Ro de Jahén
vendió las dhas. tas. puede aver 7 años a Juan de Afonte y el dho. J. de A. las
vendió a Gonçalo Yanes de Dabte, por tanto en nonbre de su Alteza he por buena
las dhas. ventas ...26-XI-1511
[Verso: Alvarán de las tas. q. compré a Juan de Fonte q.
fueron de Go de Jaén q. están allende dellos almásegos]. (Datas de Tenerife,
libros I al IV)
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