UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL
1501-1600
DECADA 1511-1520
CAPITULO V-XXV
Eduardo
Pedro García Rodríguez
Trágica historia de Luís de Armas (1511-1515)
Conflictos por el agua en Gran Canaria tras la invasión y conquista.
La
abrupta orografía canaria impuso la ejecución de las infraestructuras
necesarias para llevar el agua allí donde se encontraban los ingenios de
fabricación de azúcar. El coste de las acequias y canales era tan elevado que
eran pocos los que podían afrontarlo: financieros italianos y castellanos y
grupos de copropietarios asociados, se hicieron en poco tiempo con el dominio
útil de las corrientes de agua existentes en las Islas. Sin embargo, el
aprovechamiento del agua no era perfecto y se perdía en los barrancos y en el
mar. El intento de recuperación de estos sobrantes por parte de varios
pobladores y los conflictos que se generaron con los poseedores del agua es el
objeto de nuestro estudio.
Sin
la existencia de un precedente claro, y por causas que trataremos de desgranar,
los monarcas castellanos, mediante provisión fechada el 14 de abril de 1511,
otorgaron al vecino de Gran Canaria Luis de Armas una merced extraordinaria
para el momento, la propiedad de un tercio de todas las aguas desaprovechadas
que hubiera en la Isla y él pudiera utilizar. Los otros dos tercios
corresponderían a la Corona.
La
amplitud de esta donación perjudicaba, al menos en teoría, a los integrantes de
las comunidades de riego quienes se opusieron a que el aprovechamiento se
efectuase antes de que el agua abandonara las zonas de riego, pero el
beneficiario consiguió que la medida se aplicara desde los nacientes.
Sin
embargo, el problema inherente a este tipo de merced era su inconcreción, y ello
en un doble sentido. Por un lado, por el origen de las aguas objeto de
aprovechamiento, ya que no era lo mismo desviarlas después de haber pasado por
los heredamientos ajenos que antes. Y por otro, porque la merced se hacía
extensiva a que le entregaran las tierras correspondientes que pudiera regar
con el agua recuperada. Da la impresión de que el gobernador, por su facultad
de repartir tierras, debía verse obligado a entregar todas aquellas tierras que
Luis de Armas fuera capaz de regar.
Luis
de Armas, perteneciente a una familia arraigada en Lanzarote años atrás,
aparece en la documentación a raíz de la llegada del gobernador Lope de Sosa a
Gran Canaria. Este gobernador, que se mantuvo en el cargo más de doce años, se
“aficionó”, como se decía entonces, a la Isla. A pesar de tenerlo prohibido por
la normativa legal del reino, Lope de Sosa, siendo consciente de las
oportunidades económicas que se daban entonces, no dudó en comprar tierras de
regadío, plantar cañas y levantar un ingenio de fabricación de azúcar propio.
El negocio del azúcar comenzaba a ser muy importante en la primera década del
siglo XVI y Sosa no perdió la oportunidad que se le brindaba estando en una
posición de dominio que utilizó en su propio beneficio en multitud de
ocasiones. El gobernador vio en las aguas perdidas una oportunidad de medrar en
su provecho y así, en la construcción de su ingenio debió entrar en contacto
con Luis de Armas, y posiblemente entre ambos llegaran a la conclusión de que
la mejor manera de regar las nuevas propiedades era echando mano de las aguas
sobrantes de los cauces de la Isla.
No es casual que durante una
estancia temporal de Sosa en la Corte de Castilla en 1511 fuera cuando se
emitió la primera provisión de merced de las aguas perdidas a favor de Luis de
Armas. Según se manifiesta en un documento fechado pocos años después, Luis de
Armas era “pariente” de Lope de Sosa.
Pero
si quedaba alguna duda de quién estaba detrás de la merced de las aguas
perdidas, comprobamos como apenas al día siguiente de emitida dicha merced, por
parte de los monarcas se otorga otra en la que hacen uso de los dos tercios
correspondientes a la Corona dando una merced de tierras y aguas en Gran
Canaria a favor del mismo Lope de Sosa.
Concretamente,
el 15 de abril de 1511 se le concedían cuatro caballerías de tierra con agua, y
en este caso, al ser el beneficiario el gobernador, la orden iba dirigida al
alcalde mayor.
Lope
de Sosa, para conseguir tal merced tuvo que desplegar todas sus influencias
cortesanas, y es bien sabido que los favores se pagan con otros favores y, casi
con toda seguridad, podemos afirmar que el gobernador grancanario dio a conocer
las posibilidades que las nuevas aguas a explotar ofrecían en Gran Canaria a
los consejeros de quien esperaba la gracia. Así, al mismo tiempo que a Sosa,
los monarcas otorgaron otras tierras en la Isla a varios miembros del Consejo
Real.
La
adjudicación de estas aguas perdidas como propiedad privada a Luis de Armas
trajo consigo, desde los primeros momentos, una serie de litigios entre el
nuevo propietario y los anteriores adjudicatarios de tierras por el agua
necesaria para las mismas. Muchos se vieron afectados y reclamaron la
protección de sus derechos ante el propio Lope de Sosa, pero no siempre vieron
satisfechas sus demandas, por lo que tuvieron que apelar a instancias
superiores dada la patente parcialidad del gobernador en cuanto atañía a Luís
de Armas. De los conflictos que la actuación de Luís de Armas suscitó en muchos
vecinos de Gran Canaria propietarios de heredamientos afectados por la merced
regia, han llegado noticias de al menos ocho procesos judiciales impugnando las
actividades de Armas.
En
septiembre de 1513, los monarcas resolvieron enviar un juez especial con
poderes de gobernación para realizar el correspondiente juicio de residencia a
Lope de Sosa, que quedó suspendido en el cargo durante su tramitación. El
elegido era el licenciado Sebastián de Bricianos, que llegó a la Isla a
principios de 1514. Con el cese de Lope de Sosa perdió Luís de Armas su
principal apoyo en Gran Canaria y a partir de ese momento los problemas se
multiplicarían progresivamente. La protección de las autoridades locales si no
desapareció, al menos no volvió a ser la misma que antes.
Volviendo
a Luís de Armas, sabemos que en 1513 volvió a la Corte a quejarse de la fuerte
oposición que los vecinos de Gran Canaria le hacían a su trabajo. Fruto de esta
nueva estancia en el entorno real se emitió otra provisión por la que se
reafirmaba la merced de las aguas perdidas en Gran Canaria en los términos concedidos,
especificándose claramente que también se incluían en ellas las aguas sobrantes
desde sus nacientes.
A
finales de 1514, dada la falta de apoyo de los principales jueces de Gran
Canaria y Tenerife, Luis de Armas se vio abocado a volver a pedir el amparo de
los monarcas. La oposición desplegada por los vecinos afectados contra sus
pretensiones y el elevado número de pleitos que se revisaban en apelación en el
Consejo Real aconsejaban otro viaje a la Corte. Una vez allí y fruto de sus
gestiones obtuvo varias provisiones reales, fechadas en febrero de 1515. Por
una de ellas conocemos su denuncia, basada en que él “ha sacado e aprovechado e
fecho sacar algunas açequias de agua, e que algunas personas por henemistad e
odio que con él tienen a cabsa de lo susodicho le han quebrado algunas de las
dichas açequias, e que se teme que le quebrarán las que de aquí adelante
sacare”. En contestación a lo planteado, la Reina ordenó al gobernador que se
informase de los hechos y protegiera las obras de Armas.
Luís
de Armas no tuvo oportunidad de presentar en Canarias las nuevas cartas que
portaba. En el camino de regreso, cuando iba a embarcarse en los puertos
andaluces, cayó muerto en el Puerto de Santa María en una reyerta entablada con
uno de sus enemigos, Juan de Ciberio, hijo de Catalina Guerra, con quienes
tenía varios pleitos pendientes de finalización por el asunto de las aguas.
La
concesión a Luis de Armas es el primer ejemplo en las islas de realengo en que
se concede el agua como bien principal, separado de la tierra y, podemos
afirmar que Luis de Armas fue el iniciador de este negocio que ha llegado a ser
uno de los más lucrativos de las islas. (Mariano Gambín García 2009; licenciado en Historia por la ULL)
1511 Abril 24. Sevilla. Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla
de Canaria, para que dé alldo. Ortún Ibáñez Aguirre, del Consejo real, seis
caballerías de tierra con el agua necesaria, agua que se ha de tomar de la que
se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Armas, vecino de
la isla, con la condición de reservar dos terceras partes para la Corona. Se ordena a
Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. El Rey. Conchillos.
Respaldada: Zapata. Tello. (E. Aznar; 1981)
1511 Abril 26. Sevilla. Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla
de Canaria, para que entregue alldo. Fernando Tello, procurador fiscal y del
Consejo Real, seis caballerías de tierra con el agua necesaria, agua que se ha
de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis
de Armas, vecino de la isla, con la condición de resevar dos tercios para la Corona. Se ordena a
Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. Conchillos. Zapata. Cobos.
(E. Aznar; 1981)
1511 Abril 28.
146. -Cabildo.
28 de abril de 1511. El Br. P.
Lopes de Vergara, Castellano, Llerena, Rgs.; Las
Hijas, fiel; Zorroza, Pers., ante
Vallejo.
Francisco Serrano pidió para
armar su parral. Le dan licencia con tanto que sea
ramas de árboles y de acebiño y
de brezo.
Jaime Joven pide sobre pesar de
cierto ganado.
Gomes de Salazar pide sobre la
madera en razón de la fiesta del Cuerpo Nuestro
Señor. f. 259 r.
Juan de Zamora dijo que, con las
condiciones que Francisco Peres y precio que
puso a la carneceria y se obligó a dar carne en esta villa, él pone la
dicha carnecería y se obliga, de la forma siguiente:
Primeramente donde dice Francisco
Peres que dará cada día dos carneros, que
él se obliga a dar tres carneros.
Otrosí donde dice que se den al
vecino criador dos días, que él les da un día
más para que pese el criador,
martes, miércoles y jueves.
Otrosí que todos los domingos y
fiestas dará dos reses vacunas.
lten que de Pascua florida a
Pascua de cuaresma dará cada sábado una ternera.
Los Señores recibieron la dicha
postura y que traiga fianzas; y acordaron que el carnicero lo pese a los
vecinos y el ganado que saliere de la isla lo tome por el tanto. Dió por fiador
a Jaime Joven, vecino, presente. Dicho Juan de Zamora y Jaime Joven
de mancomún se obligaron etc.
firmado=Juan de (:amora=Jaime Joven. (Acuerdos del Cabildo colonial de
Chinet=Tenerife, t.II)
1511 Mayo 2.
147.-Cabildo. f. 259 v.
2 de mayo de 1511. El Br. P. Lopes de Vergara, P. de
Vergara, Br. P. fernandes, Llerena, Regs.; Las Hijas, fiel, ante Vallejo.
Se presentó una petición para cierta madera para el hospital
de San Sebastián de Canaria. Que se le dé lo que ya pidió.
Juan Garcia, vecino de la Palma , pide se le dé licencia para sacar 100
fanegas
de trigo. Nichil.
Diego Vello dice que trujo un
navío de teja para esta isla y que concertó que todo el trigo etc. que se le
diese que lo pudiese llevar y que ahora tiene cebada en contra; pide se le dé
licencia. Cometióse a los diputados vergara y Las Hijas. f. 260 r.
Los señores dijeron que Zamora
puso por condición en el dar carne que el carnicero pesase a los vecinos; que
esto sea con tanto que los vecinos quieran y que cuando el vecino viniere a
decirle que quiere pesar, que declare qué tanto, para que si no hubiere abasto,
él cumpla lo demás y que si el vecino no cumpliere que incurra en las penas y calunias del
obligado y el tal vecino dos días antes lo diga al obligado en presencia de los
diputados, o el fiel, o el escribano.
Se platicó sobre los precios de
las corambres que se venden en crecidos precios, lo que redunda en encarecerse
el calzado y que así como hay tasa en el calzado lo haya en la corambre. Dieron
comisión a los diputados Vergara y Las Hijas para que se informen como ha
valido la corambre de un año a esta parte y tasen los precios.
8 de mayo de 1511. P. de Vergara.y Las Hijas por virtud de
la comisión, dijeron
que vista la cuenta dan licencia a Diego Véllo de cuarenta
hgs. de cebada. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)
1511 Mayo 2.
202-44.-Diego Fernandes Amarillo.
3 f . tras
el corral del Concejo para un solar q. fagáis una casa e pAra viña por VO e
conquistador q. tueste. Digo q. pongáis un parral de mill sarmientos junto con
vuestro solar. 11-V-1511. Ts. Alfonso Vello e Juan de Guadalope.
término de Adexe y va a dar al
baranco de Tegina. O. digo q. vos lo do con condición q. fagáis un ingenio de
haser açucar de agua o de bestias. 4-VIII-1504.
1511 Mayo 3.
1.022-50.-Sebastián Ferrandes,
portogués. 5 f .
encima del Palmar linde con el camino q. va a Erjos e de la otra parte el
barranco del agua. Vos do 3 c.
3-V-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1511 Mayo 4.
1.020-48 bis.-Gon9aliánez. Unas
tas. en el Palmar desde las casas q. fueron de Salvador Lorenzo para bajo fasta
las casas q. fueron de Alonso d Espino, son 50 f . Vos do 3 c. 4-V-1511.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1511 Mayo 4. Sevilla. Comisión al gobernador de Gran Canaria, para
que determine en la petición de Pedro García, jurado de Sanlúcar de Barrameda,
que reclama a Fernando Jayán, mercader, vecino de La Gomera , 9.041 maravedís de
un contrato de prestamo y 17.000 maravedís de la venta de un esclavo, sumas que
no ha podido cobrar porque Fernando Jayán es criado de Guillén Peraza, señor de
La Gomera. Conde
Alférez. Tello. Santiago. Palacios Rubios. Polanco. Aguirre. Sosa. Ramírez. (E.
Aznar; 1981)
1511 Mayo 9.
148.-Cabildo. f. 260 v.
9 de mayo de 1511, en la iglesia de S. Miguel. El Br. P.
Lopes de Vergara, P. de Vergara, Gallinato, P. de Lugo, Castellano, Llerena,
Br. P. Fernandes, Rgs.; J. Beni-
tes, Alg. m.; Las Hijas, fiel; Zorroza, Pers. ante Vallejo.
Mandaron que se notifique a Mateo
Carbón que el caballo y taza y otros bienes pertenecientes al señor S.
Sebastltn que quedaron de Pero Lopes de Villera, los venda en pública almoneda,
en nueve días, de tres en tres.
Juan García dijo que por otra
pidió licencia para saca para la
Palma , cien fgs., para Juan Fernandes de Lugo y que no se lo
concedieron. Pide le concedan lo que mandaren. Le dan licencia para que lleve
cincuenta fgs. de trigo, Con la fianza.
Rodrigo Alonso, pide tres tozas de
pino para su casa. Que lo tome de lo cortado. f.261 r.
Juan Román dice que sus mercadores quieren vender a trueco
de trigo y cebada.
Que así lo venda a 1os vecinos y que se le dará licencia si
no hay inconviniente.
Pedro Párraga, boyero, pide
licencia para meter 1os bueyes en la laguna. Mandaron meta la boyada a beber a
la laguna por detrás de las viñas y que salga paciendo, Con tanto que en todo
este mes no pase de las palas a la dehesa.
Gonzalo Martín, carnicero, pide
licencia para que corte a los vecinos. Dijeron que el carnicero que Jaime Joven
tiene pueda pesar a los vecinos, porque si el señor vecino con el dicho Gonzalo
o con otro carnicero quisiera pesar, que lo pueda hacer libremente.
Juan Perdomo e Ibone Fernandes y
otros dicen se les echó repartimiento para la fiesta. Leyóse la petición. A los
diputados que lo vean.
Proveyeron por diputados a Gallinato y Castellano.
Platicaron sobre razón del debate
que es sobre el bodegón de la
Caleta y Cristóval de Aponte, arrendador. Lo remitieron a los
diputados para que le tomen la cuenta de todo lo pasado, porque estuvo
sobreseído hasta ser determinada la condición y de nuevo le hagan carta de
arrendamiento. f. 261 v.
Platicóse sobre el mucho daño de
los puercos y se cometió a Castellano y a Las Hijas para que vean términos
apartados de esta villa y del lugar del Araotava y las otras poblaciones, do
puedan echar dichos puercos, que de allí no salgan y lo traigan para que lo
vean sus mercedes.
Que el Sr.-Teniente, Las Hijas y LIerena vayan a Tegueste y
a Tegina a ver el agua que impide Axenxo Gomes y otros y los caminos que
embargan, para que lo remedien; y para la costa se den seis reales. Que ninguna
persona sea osada de segar hierba en la laguna. (Acuerdos del Cabildo colonial
de Chinech=Tenerife, t.II)
1511 Mayo 10.
793-34.-Diego de Salazar. 4 f . de r. en tas. de s. de
vuestro padre en el Valle de las Ygueras, tomando vuestro padre cumplidamente
las q. yo le tengo dadas de r. q. son en el Valle de las Figueras. 10-V-1511.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1511 Mayo 15. Sevilla.
Incitativa a los alcaldes de casa y corte, para que prosigan la causa que fue
confiada al licenciado Maluenda, ya difunto, sobre los canarios de La Palma , injustamente cautivados por el adelantado don
Alonso Fernández de Lugo. Conde Alférez. Carvajal. Santiago. Sosa. Cabrero.
Vitoria. (E. Aznar; 1981)
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