miércoles, 1 de enero de 2014

CAPÍTULO XLI-XXII




 EFEMERIDES CANARIAS
UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERÍODO COLONIAL, DÉCADA 1800-1900

CAPÍTULO XLI-XXII



Eduardo Pedro García Rodríguez



1819.
Nace Feliciano Pérez Zamora.
Diputado a Cortes por el partido de La Orotava durante más de cuarenta años, alcanzó la dirección general de Administración Local de 1868 a 1870 y la de Beneficencia de 1863 a 1866, siendo además consejero de Estado desde 1874 a 1892. Su trayectoria política, ligada al gran burgués santacrucero Juan Cumella, pasarla por el progresismo y la Unión Liberal, hasta convertirse en el representante madrileño del partido conservador de las islas occidentales. Opuesto a León y Castillo en los primeros años de la Restauración, no pudo competir con éxito contra el cacique grancanario en la conquista de los resortes del poder local ni en el mantenimiento de sus apoyaturas gubernamentales. Los conservadores tinerfeños terminarían por pactar con los liberales de Las Palmas, alianza que permitió a don Fernando mantener el control de todas las islas al margen del turno de partidos, con periódicos que en Santa Cruz defendían su gestión: El Constitucional, Heraldo de Canarias, Unión Conservadora Y El Tiempo.

1819. El Cabildo Palmero contra las limitaciones al comercio con América
Excmo. Sr.
El Ayuntamiento o más bien toda la Isla de La Palma, es la que ocurre a V.E. en esta ocasión, tan persuadida de la justicia de su causa, como confiada en la prudencia y justificación de V.E.
Desde el año de 1811 gozaba esta Isla el privilegio de libre comercio con nuestras Américas, que tanto había deseado desde su Conquista, que tantas veces le concedieron sus Soberanos, y que otras tantas supo des­truirle el comercio de Santa Cruz de Tenerife; cuando eri el presente año don Felipe de Sierra y Pambley, comisionado Regio, en su auto de 31 de julio y el que se dice su Sustituto don Agustín Gómez por el de 24 de agosto. pronunciaron de autoridad propia que dicho privilegio se hallaba deroga­do, que era contrario a los intereses de S.M. y que por lo tanto pasasen a la Plaza de Santa Cruz como único puerto habilitado de la Provincia los dos barcos que aquí habían llegado de América con los demás que en adelante llegaren. Es imposible explicar' a V.E. la consternación general que causó en todos estos naturales tal declaración, pero es fácil inferir alguna parte.

En esta Isla el único barco de la Carrera de América que nos queda y es de 84 toneladas no se puede llamar el bien o propiedad de uno o de algunos individuos, sino de todos sus habitantes que tienen ya medida su industria y agricultura a este género de comercio. Así es que su pérdida o feliz arribo viene a ser un sentimiento o una alegría general, que a todos alcanza, y de que tal vez participa más el pobre infeliz que embarcó unas medias de hilo, o unas hojas de amapola, que el principal cargador.

Además, todos están persuadidos que la recalada de los barcos de América a esta Isla, es mucho más segura que a las otras de la misma Provincia. Los inteligentes conocen esta verdad, por que saben que la de La Palma está más al Norte y al Oeste que las restantes, pero aquí lo conocen todos por la experiencia pues no hay memoria de que ningún barco de los dichos haya sido apresado en tal recalada, antes por el contrario saben que en la última guerra con la Nación Británica, fueron muchos y muy interesados los buques que se salvaron enviando después su carga a esa Isla en otros menores.

Por otra parte han sido muchos los barcos que hace tiempo se están avistando y cruzan sobre la Isla con señales de sospechosos según puede informar el Gobernador de las Armas, y aunque el comisionado Regio haya asegurado al tiempo de partirse que era falso había Insurgentes en estos mares, no es extraño que cada uno prefiera lo más seguro, y así como dicho Señor se embarcó (por lo que pudiera suceder) en buque extranjero, tam­poco debe serlo que estos naturales prefieran gozar un privilegio cierto que les asegura sus intereses y en ellos los de S.M., a una disposición arbitraria que les pone en peligro de perderlos.

            Que este privilegio es cierto, nadie podrá dudarlo, y aunque el Sr. Comisionado Regio y su Sustituto lo den por revocado, como no dicen cuando, ni de qué manera lo ha sido, La Palma no se considera en la obligación de creer los arcanos de una comisión regia comisionada hasta el punto de que el dicho de un Señor que al parecer se va enojado con la Isla, equivalga a una de aquellas resoluciones justas y tranquilas con que S.M. ha tenido a bien derogar algunos Decretos vigentes o tal cual artículo de ellos particularmente cuando el mismo Señor Comisionado había reco­nocido hasta entonces el privilegio de que se trata.

Pero lo que más ha escandalizado a esta Isla es la nota que dicho Señor y Sustituto la han puesto de escandalosa en contrabando. Sobre esto cada uno forma su juicio. Por que en esta Isla se haya aprehendido un poco de tabaco (dicen unos): ¿Será esta una señal de la facilidad con que aquí se introduce el contrabando o será más bien de la facilidad con que esto se puede hacer en el nuevo Sistema de Rentas? Otros calculan el consumo anual del tabaco de humo de estas Islas en seis mil quintales, y como no ven en esta sino la entrada por año de uno o dos barcos de América, y casi ninguno extranjero suponen el fraude por la Isla a donde ocurren más buques de todos puntos, y donde hay más consumidores. Esta suposición la llevan otros hasta la evidencia calculando sobre géneros de algodón. No falta quien compare la miseria en que vivieron aquí los anteriores Depen­dientes de Reales Rentas aun los que tenían algunos bienes raíces y la opulencia en que vivieron los de otras partes, que nada inás tenían que su empleo, y esta diferencia de fortunas viene a ser para ellos como un ter­mómetro por donde gradúan el contrabando que han favorecido. Muchos comparan los rápidos progresos que hacen los negociantes de los respecti­vos Puertos; y aun deduciendo de aquí las diferentes ventajas en que unos y otros se hallan para comerciar, siempre sacan en el de Santa Cruz un líquido producto de escandaloso contrabando que no puede dar esta Isla ni las restantes.

En atención a todo lo que llevamos expuesto, y recordando con este motivo lo acaecido en 1754 con el visitador don Pedro Álvarez de que habla don José Viera en el tomo 3°, libro 15, párrafos 66 y 67 en sus Noticias de la Historia de Canarias sobre que llamamos la atención de V.E.; y consi­derando que la providencia del nuevo visitador por tan injuriosa a la Isla sería un deshonor obedecerla, como igualmente reflexionando que aun cuando fuera cierto que S.M. hubiese derogado los privilegios de que se trata; sería este el caso en que con arreglo a su misma Soberana Voluntad, se obedecería y no cumpliría sus decretos, por mediar en esto el perjuicio de sus mismos intereses, tan íntimamente unidos al de estos naturales.

El Ayuntamiento no ha podido menos de tomar en esta ocasión una providencia gubernativa mandando descargar los tres buques de América que se hallan surtos en este Puerto, entregar y asegurar los Reales Derechos ya por los privilegios de la Isla, y ya por el peligro de los Insurgentes, sin que sobre esto se cumpla orden alguna que dicte el Sustituto Intendente, Ínterin no recaiga sobre todo lo obrado la Soberana resolución.

V.E. puede estar firmemente persuadido que aunque la Real Aduana no haya querido o podido por órdenes de la Intendencia tomar parte en la descarga, los derechos de S.M. están seguros y el Ayuntamiento responderá de ellos a cualquier tiempo.

En esta virtud y no tratándose ya en el asunto de cosa alguna que pueda perjudicar a los intereses del Rey, que Dios guarde, esta Isla espera de la notoria justificación de V.E. que como primer Jefe de la Provincia se manifestará también como el primer Padre de ella, para proteger con igual­dad los intereses de sus Pueblos, si no tomando parte activa en este negocio, al menos recibiendo V.E. en su pecho el clamor general de estos habitantes mientras el Ayuntamiento lo eleva a S.M. asegurándole que lo ha presen­tado ya a V.E. para que lleve así este sello más de verdad y justicia a los Pies del Trono.

Dios guarde a V.E. muchos años
Ciudad de Santa Cruz Capital de la Isla de La Palma en Canarias, 26 de octubre de 1819.
Pedro Massieu [rubricado]            Luis Vandewalle [rubricado]
Excmo. Sr. Comandante General de esta Provincia. Don Pedro Rodríguez de la Buría.
[Biblioteca "Cervantes" de Santa Cruz de La Palma. "Expe­diente sobre el derecho y privilegio que tiene la Isla de La Palma para despachar sus buques de Libre Comercio a Indias y admitir sus re­tornos..."]. (Manuel de Paz-Sánchez, 1994)



1819. Santa Lucía, Tamaránt (G. Canaria). Usurpación del agua de la acequia real del Ingenio.

1819.
Refiriéndose al Puerto de Arrecife (Lanzarote), dice una Memoria «El pueblo está más aumentado: no obstante, las calles formadas y las que se van formando, parece que a porfía las camban, cortan y dificultan. Mácense poco favor los pobladores, pues antes parece este un lugarejo de los que hicieron los moros en España ahora seis siglos que un pueblo del presente. Lamentando este descuido, me refirieron esta anécdota del licenciado Dn. Andrés Arbelo, provisor de Canarias. Había muchos años que faltaba de Lanzarote su patria, volvió a ella en 1811; y como la fama del cuantioso comercio y aumento del Arrecife había llenado sus oídos, deseaba complacerse viéndolo. Sa­lió al primer paseo con algunos amigos a quienes dijo: Que recono­cía que los ingenieros directores de aquel naciente pueblo habían sido las mismas cabras que cuando él vino a embarcarse por allí te­nían formadas las veredas y atajos que conducían al embarcadero».

«El primer edificio particular más notable principiado en este punto, fue una casa que por la extensión y solidez de su construcción llevaba honores de palacio. Emprendió este proyecto el presbítero Dn. Luís de Alvarado, hacedor que parece era de las rentas decimales de la isla a fines del siglo 18°. Su repentina muerte interrumpió su vasta idea, quedando a cosa de vara y media fuera de cimientos, pero concluida una enorme bodega con puertas al S. al E. y N; y una mu­ralla formando ángulos como de fortaleza por la banda del mar, la cual con menos gasto pudo haberse hecho recta a fin que quedase casi abierta de E a O, para comodidad de las gentes, vista de la marina v lucimiento del mismo edificio. Pero estos disparates provienen de la indicada falta de planes dispuestos por personas de conocimientos y buen gusto que únicamente se adquiere viajando, viendo, y compa­rando. Cuatro casas grandes caben muy bien en este extenso sitio que se destinaba sólo para una».

Entre las primitivas pequeñuelas que se desbarataron para construir la de Dn. Manuel J. Álvarez, había la perteneciente a una tal Aguedita N. tan sobre el mar, que cuando éste llenaba a manera que de un muelle se acercaban las lanchas a pedir y tomar agua a su ventanita vuelta al sur a la cual atracaban y se asían saltando de una a otra.

Quedaba dicha casita cosa de veinte y cuatro varas más al na­ciente de lo que está hoy el llamado Muelle de King; es decir, al N.O lindante  al castillo, y hasta el año 1814, existían sus cimientos, demoli­dos poco después para construir la presente muralla. (J. Álvarez Rixo, 1982:54-55)


1819 Febrero. En el Puerto Mequínez (Puerto de la Cruz) Chinech. En los primeros días del mes, arreció un fuerte viento del N.O. A causa del mismo se produjo el hundimiento del bergantín inglés El Carlos. Este barco estaba retenido en el puerto, debido a un contencioso  que las autoridades españolas de Marina le tenían impuesto, pues desde ese navío, se arrojó al mar en un supuesto ataque de locura, el práctico de dicho puerto, don Carlos Peraza, quien falleció ahogado.

1819. Abril 8. Se producía en Gran Canaria un curioso conflicto de competencias entre las instituciones. Todo empezó cuando los diputados municipales Patricio Russell y Manuel Lugo informaron en la correspon­diente reunión del Ayuntamiento, convocada por Terradas por la vía de urgencia, que habían oído, "en la mañana de este día a cosa de la una a don Antonio Gil Barrera, alcalde de mar de este puerto, que acababa de entregar al señor gobernador militar de esta Plaza un Pliego cerrado, que recibió de a bordo del Místico Na Sa de los Dolores que arribó a este Puerto, en el que se halla actualmente fondeado, después de haber sido apresado y suelto por una corbeta de guerra insurgente, y cuyo pliego expresó el citado Gil, a presencia de un crecido concurso, lo remitía el comandante de la precitada corbeta insurgente al referido señor gobernador militar, a quien lo entregó cerrado, según venía, por cuya razón ignoraba su contenido; en cuya consideración esperan de este Cuerpo se tomen las medidas más conducentes y oportunas, a efecto de que, instruidos del contenido de aquel pliego, se evite toda consecuencia desagradable".

Sometido el tema a discusión se acordó que "siendo sospechoso el crucero de la corbeta y demás buques insurgentes por la conducta que se observa en sus operaciones, acopiando lanchas, sin causar otras extorsiones a los del País que, desgraciadamente, han caído en su poder; y no estando por demás toda defensa en esta Isla, habiendo el justo recelo de que acaso quiera aspirar a ocupar alguna; se oficie al señor gobernador militar para que, redoblando su acreditado celo, tome las medidas oportunas a efecto de evitar cualquier invasión de parte de estos enemigos; que instruidos tal vez de la indefensión de la Ciudad intenten insultarla, saqueándola, y que el Cuerpo espera que para la tranquilidad y satisfacción del público quiera manifestarle el contenido del pliego oficial que el Comandante de la corbeta insurgente le dirigió".

Ascanio contestó, al día siguiente, que estaba al tanto —como era notorio- de la necesidad de permanecer alerta y, con relación al pliego remitido por el insurgente, manifestó que "el paquete referido, cuya remi­sión dimanó sin duda del gusto que tienen los pueblos que están en revo­lución de propagar sus noticias, contenía cinco Gacetas de Buenos Aires, que como papeles cuya circulación está prohibida, remitiré por primera ocasión de barco al Excmo. Sr. Comandante General”.

El Ayuntamiento no quedó satisfecho con la respuesta del gobernador de las armas, pero no quiso salirse de sus atribuciones. Mientras tanto, el corregidor remitió un oficio a la Real Audiencia sobre el asunto, y ésta pasó a implicarse también. El día 11, Ascanio contestó con cierta arrogancia a la interpelación del Real Acuerdo: "...si no obstante mi desvelo, contemplan las autoridades civiles que me restan providencias precautorias que esco­ger, pueden las que lo estimen prudente advertírmelas, acercándose y con­ferenciando conmigo (porque hay ocasiones en que embarazan las contestaciones por escrito), en el firme concepto de que las expondré mi opinión, oiré sus observaciones y haré de ellas el uso que por mis conocimientes militares halle conforme al mejor servicio del Rey Nuestro Señor y seguridad de la Patria".

Pero, más adelante, añadía con sorna que "si la Audiencia, con fun­dado temor, como me dice V.S., de que el Insurgente aspira a consumar algún plan de agresión hostil contra esta Isla y su Capital, quiere tomar eficazmente sobre los indicados particulares, u otros de su atención, cuan­tas medidas permite la importancia de esta novedad, puede verificarlo segura de que no la hacen falta para ello las cinco Gacetas de Buenos Aires, que me remitió el Comandante de la corbeta, y cuyas noticias no producen la luz más escasa acerca de invasiones, saqueos o insultos que contra estas Islas mediten aquellos rebeldes, ni dan a las cosas otro semblante ni aspecto que el que tenemos delante".

El 16 de abril, el regidor Policarpo Padrón expuso, en el Cabildo, que se debía informar al Rey sobre el asunto, pues "al paso que el Ayuntamiento de este modo cumple con sus deberes, recuerda a S.M. su inalterable celo, lealtad, y vigilancia hacia su Real Persona e intereses; sale de un silencio que podrá suponérsele criminal, y del que queden libres, según tiene en­tendido el que expone, algunas autoridades". A partir de entonces se inició una serie de exposiciones a la superioridad, por parte de las tres instituciones grancanarias: Ayuntamiento, Corregimiento y Real Audiencia.

El Ayuntamiento escribió al Rey, el día 19 de abril de 1819, asegu­rándole su inquebrantable lealtad:
"El Ayuntamiento Señor hace manifestación a V.M. de este aconteci­miento en prueba de su mayor fidelidad y para acreditarle que aun fuera del mayor peligro, no omite medio que sea relativo a su seguridad y a descubrir a V.M. sus sentimientos de amor y lealtad".
El corregidor manifestó por su lado al Consejo de Castilla, con fecha 22 de abril, su crítica a las gestiones del gobernador de las armas, en el sentido de que no debió recibir las gacetas ni, mucho menos, abrirlas sin "ciencia ni conocimiento de las autoridades legítimamente constituidas":
"El Corregidor no quisiera lastimar a nadie, pero prescinde de todo en tratándose de los derechos de un Soberano, y más cuando con justas razones, desconfía de algunas personas que, por desgracia de esta Isla rodean a Ascanio, y le dirigen: las opiniones de éstas son bien notorias, y peligrosas; y como encargado de la tranquilidad pública, de los derechos del Rey N.S., y de recoger todo papel incendiario, para ponerlo en noticia de V.A., no ha podido conseguirlo de los que dirigen la fuerza".
Añadía, igualmente, que algunos individuos habían podido beber el "veneno" de los documentos remitidos por el insurgente y que, algún día, podrían contagiar a otros, y terminaba solicitando un pronunciamiento oficial sobre la jurisdicción a la que competía el asunto.

Por último, la Real Audiencia también elevó su instancia a la Corte, indicando, además, algunos pormenores de interés:
"Por noticias reservadas que dieron al Tribunal, dirá igualmente, que no se contentó Ascanio con leer las Gacetas, sino que las dio a leer a cierta clase de personas bien conocidas, cuyas opiniones han sido en todos tiempos muy peligrosas, movimiento que no dejó de llamar demasiado la atención del Acuerdo. Dirá, en fin, que desde el día 8 de este mes en que el Gobernador recibió las Gacetas, hasta el 17 en que las remitió al Comandante General, hubo bastante tiempo para que circulasen, y anduvieran, como es de temerse, secretamente de mano en mano. Y si a estos antecedentes se añade, que don Simón Ascanio no ha procedido contra el contramaestre y demás cómplices de la introducción del paquete de las Gacetas; ni ha instruido diligencias algunas con declaraciones..., sobre lo que oyeron y entendieron del Insur­gente en los días que estuvieron prisioneros a su bordo; la Audiencia cree haber tenido fundados motivos de desconfianza".
El Real Acuerdo protestaba, asimismo, de la resistencia del goberna­dor de las armas a entregar los documentos sospechosos y rogaba que se le indicara la conducta a seguir, en lo sucesivo, "en iguales casos con los Jefes de jurisdicciones extrañas".

El Supremo Consejo de Castilla falló a favor de las autoridades civiles, y, con fecha 22 de febrero de 1820, ordenó al Comandante General que "si en los sucesivo se remitiesen papeles sediciosos a los Jefes militares deben estos ponerse de acuerdo con esa Real Audiencia y autoridades civiles, a fin de conservar la tranquilidad pública e impedir la propagación de ideas perniciosas".

Si examinamos no sólo estos sucesos sino, también, el impacto del corso insurgente en Canarias, en su conjunto, resulta llamativo ese conglo­merado de actitudes contradictorias, la apatía de los comerciantes, la apa­rente simpatía de numerosos isleños por los insurgentes, la propia actitud de los corsarios en algunos casos, las sospechas hacia determinadas auto­ridades que, en definitiva, tenían encomendada la propia seguridad de las islas Canarias, entre otros factores.

Los canarios, casi desde los tiempos de la Conquista, estaban acos­tumbrados a las correrías y al pillaje de toda clase de piratas y corsarios, mas las circunstancias históricas e internacionales eran diferentes. Ahora no se trataba de predadores protestantes o musulmanes, sino de pueblos con los que las propias Islas poseían una vinculación ancestral y profunda. Sin duda, fueron años de gran incertidumbre y, al cabo, tanto la falta de una determi­nada conciencia política regional, cuanto el complejo equilibrio de intereses internacionales, impidió que esta remota provincia de España, más parecida en muchas cosas -en palabras de José Murphy- a una provincia americana que a una europea; se desgajara, como sus hermanas de América, del árbol troncal de la madre patria. (Manuel de Paz-Sánchez, 1994)

1819 Julio 1. El título de Marqués de Santa Lucía es otorgado, según el Real Decreto de la metrópoli al criollo Francisco de Borja de León Molina Huerta y Graaf, Regidor Perpetuo de Chinet (Tenerife,) por  el Rey  Fernando VII.

1819. Septiembre 22. El capitán de una fragata inglesa, que arribó en busca de refresco al puerto de Santa Cruz de La Palma, confirmó al gobernador de las armas la existencia de barcos "sospechosos", noticia que ratificó el subdelegado de marina en la Villa de San Andrés y Sauces.

A partir de entonces, los citados capitanes y propietarios, junto con don Juan Fierro que lo era del bergantín "La Estrella", procedente de Puerto Rico y con registro para Santa Cruz de La Palma, decidieron elevar una nueva instancia al alcalde mayor ponderando los recientes y tangibles peligros, subrayando la imposibilidad de asegurar suficientemen­te los buques y solicitando por enésima vez que se omitiese la obligación de acudir a Santa Cruz de Tenerife, "a no ser que Vm. se quiera cargar con la responsabilidad de ciento diez y ocho miles pesos que importan los tres buques y sus cargamentos", esto sin olvidar el deterioro a que se veía sometida la carga en las bodegas de los barcos, así como los costos de mantenimiento que ya ascendían a más de diez mil pesos corrientes ".

Pese a lo anterior, León solicitó la ayuda necesaria del gobernador militar que mostró su disposición al efecto. Antonio de Guisla recibió entonces a los capitanes para que hicieran sus alegatos defensivos, máxime cuando, durante la mañana de ese día 24 de septiembre, se había producido un significativo incidente en el puerto palmero, donde una goleta con ban­dera inglesa se había aproximado y echado un bote que, en las cercanías del muelle y tras pedírsele la documentación, había optado por emprender la retirada, no sin antes intentar sondear la bahía, por lo que hubo de ser amenazado con un cañonazo, saliendo también en su persecución dos lan­chas armadas de los bergantines "Relámpago" y "Gran Poder de Dios".

Como puede presumirse, en esta situación las peticiones de arma­mento y de tropa de los capitanes implicados desbordaron las posibilidades reales y legales del gobernador militar, que devolvió el expediente al alcalde mayor.

Éste, sin embargo, tornó a insistir en su posición, la que hizo extensiva al subdelegado de marina, y dio cuenta de todo a la Intendencia.

Los acontecimientos se precipitaron. El mismo día, 25 de septiembre, se reunió el Cabildo en sesión extraordinaria. La Corporación estudió un memorial de los capitanes donde se ponían de relieve los nuevos peligros "por los enemigos que cruzan estas bocas", y en consecuencia se acordó llevar a efecto lo deliberado en acta del 21 de agosto, por lo que se ordenó que los tres buques fueran descargados y admitidas sus cargas por el ad­ministrador de la aduana, "hecho cargo de las nuevas e imperiosas circuns­tancias que exigen esta determinación, en beneficio de los reales derechos y del interés individual". Dichos cargamentos, para evitar la oposición de Saura, deberían ser depositados en la aduana o almacenes bajo la inspec­ción y custodia de los vecinos y comerciantes de la Plaza don José García Carballo, don Manuel Lujan, don Félix Batista y don Antonio Vicente Fernández, "por su notorio arraigo". Asimismo, en atención a que el ''Relámpago" transportaba cien quintales de pólvora con destino a África, con el consiguiente peligro en caso de ataque al puerto, se decidió solicitar de Guisla que lo hiciese " salir a su destino a la mayor brevedad".

Por último se acordó dar cuenta al monarca de esta "determinación puramente gubernativa", matizando la arbitrariedad de la Intendencia y la firme voluntad de no acatar sus órdenes mientras no recayera la "sobe­rana resolución" sobre el asunto.

Tal como se sospechaba, Saura no cedió a las presiones. El día 26 escribió al subdelegado de rentas mostrando su firmeza y pidiendo ayuda para que no fuera contrariado lo "ya resuelto por la única autoridad que, correspondiente con arreglo a los inventarios practicados", y en caso de que se resistiera deberían ser comisionados los mismos depositarios para que "en­treguen las cargas a sus respectivos dueños o poderdantes, previas las competentes fianzas que aseguren en todo tiempo los reales derechos con arreglo a los registros'.

Joaquín Saura, pues, fue sustituido en su cometido por los comer­ciantes ya mencionados, quienes hicieron entrega de la carga, con la "'ex­cepción de una poca perteneciente a particulares de Tenerife", por ello el Cabildo les encargó que avisaran a los interesados para que nombraran apoderados que se responsabilizasen de la misma y, paralelamente, la Corporación acordó dar cuenta de todo al Administrador General, "para que disponga que por este administrador se perciban los reales derechos y admita los registros", así corno también al Comandante General de Cana­rias.

El 21 de noviembre de 1819, los comisionados dieron cuenta de la entrega de los cargamentos, con lo que concluyeron sus trabajos. Se trata­ba, sobre todo, de productos alimenticios y de materias primas destinadas a las labores artesanales y al mercado insular. (Manuel de Paz-Sánchez. 1994).

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