Eduardo Pedro García Rodríguez
1791 Septiembre 14. Jesús Maria y Jose año
1791. En el lugar de Tetir ysla de Fuertevent.a a catorse de
Sep.t de mil setecientos nobenta y uno ante mi el infrascrito
Parroco parecio D.n Juan Birriel natural de la Ysla de Lanzarote y residente
en esta de Fuerteventura y dixo q.e p.a mejor servir a
Dios tiene tratado su casam.to con D.a Dominga Borges y
respeto con la bendicion y liza de sus Padres pide p.a
ello le practiquen las dil.a ord.a en cuya vista mande q.e
constando el consentim.to de los Padres voluntad y libertad de ambos
puestas las partidas de bautismo o vuides de ambos se proseda a su tiempo al
desposario y lo firme. Fran.co Antonio de
Cordova [Rúbrica]
En dicho dia mes y año ante mi el infrascrito
Parroco parecieron D.n Juan Birriel y D.a Sebastiana de
Cordoba y dixeron daban y prestaban su liza y bendicion el uno a su
hijo Juan Birriel y otra a su hija D.a Dominga de Cordova p.a
q.e puedan contraer matrimonio q.e pretenden con lo q.e
q.eda cumplido lo disp.to en la Real pragm.ta de
S. M. y no firmaron p.a q.e dixeron no saber y lo firme y
certifico
Cordova [Rúbrica]
En dicho dia mes y año ante mi el infrascrito
Parroco parecio D.a Dominga de Cordova y de quien recevi juram.to
y dixo es de dicho nombre hija lexitims de D.n Bernardo Borges
difunti y D.a Sebastiana de Cordova vezinos del lugar de la Antig.a en
donde siempre ha vivido a exepsion de quatro años poco mas o menos q.e
decide en este lugar de Tetir, q.e es de edad de veinte y un años
poco mas o menos y se quiere casar de su libre voluntad con D.n Juan
Birriel con quien no tiene imp.to q.e le obste de q.e
fue advertida y lo firmo de q.e certifico y lo firme dif.to
ent.e renig. Cordova [Rúbrica]
Dominga Borges [Rúbrica]
Luego en conocimi recevi Juram.to al
contray.te quien dixo se llama Juan Birriel hixo lex.o,
de D.n Juan Birriel y de D.a Catalina Baldibia naturales
de la ysla de Lanz.te en el lugar de Teseg.te en donde
siempre ha vivido exepto un año ha q.e se halla en el lugar de las
casillas del Angel q.e es de edad de veinte y dos años poco mas o
menos y se quiere casar de su libre voluntad con D.a Dominga de
Borges con quien no tiene imp.to q.e le obste de q.e
fue advertido no firmo p.r no saber de q.e certifico y lo
firme. Cordova [Rúbrica]
En dicho dia mes y año recevi Juram.to
a Teodoro Rodrig.o quien dixo conose muy bien a D.n Juan
Birriel y a D.a Dominga Borges p.r haber estado varias
veses en la Ysla
de Lanzarote y lugar Paterno p.r ello le consta ser uno y otro
personas libres contraer el Matrim.o q.e pretenden sin
imp.to aleg. q.e a su noticia haya llegado q.e
es de edad de sin.ta y sinco años poco o mas o menos y no firmo p.r
no saber de q.e saber de q.e certifico y lo firme.
Cordova [Rúbrica]
En dicho dia mes y año recevi Juram.to
a Pedro Patricio de Aveno natural de Lanzarote y recidente en esta ysla a mas
de quatro años en los q.e va y viene a dicha ysla y dixo conose mui
bien a los contrayentes desde la menor edad al uno y a el tiempo ha q.e
viene a esta ysla a la otra y p.r ello le consta ser personas libres
y sin imp.to alg.o q.e les obste al matrim.o
q.e pretenden q.e edad de quarenta y quatro años poco mas
o menos no firmo p.r no saber de q.e saber de q.e
certifico y lo firme. Cordova [Rúbrica]
(Mª Teresa Cáceres Lorenzo).
1792
Julio.
Expediente
de creación de parroquias en Lanzarote. f.° 30
Iltmo. Sr.
Los
vecinos que componen este Puerto del Arrecife, los que abajo
firman, y en bos y nombre de los que lo no saven haser, ocurren con
la maior veneración a V.S.I. y dicen, que este dicho pueblo se compone a el
presente de mas de doscientas y sinquenta familias, Domiciliadas en su territorio, y de día en día, se van aumentando como se a berificado de pocos años a esta parte,
y esto con el motibo de hir tomando
fomento el comercio, viendo como es uno de los Puertos mas seguros, y de
mejor parte que ai en estas Islas, y a el concurren
los bajeles a imbernar, y a carenarse, principalmente los del trafico a Indias, y los de la Provincia, con guias
fahenas se hem-plea un crecido numero
de Oficiales, que caci continuamente trabajan. Y no menos acóntese fondear con frecuencia y permanecer algunas temporadas Embarcaciones estranjeras, ya por
causa de arribos, ya conduciendo
algunas mercadurías, y ia a repararse de lo que necesitan los Buques
por contratiempos producidos en el mar.
Todos
estos antesedentes, y no el menos verídico de aliarse distante este Pueblo a la Villa Capital, mui
serca de tres leguas, esta pidiendo, de nesecidad, la
creación de una Parroquia, o aiuda de ella a la Matris,
para acudir a los casos precisos y urgentes, a la administración
de sacramentos, y suministrar el Pasto Espiritual, sin el peligro de
acaheser que los vecinos y transeúntes ...(falta)..., no siendo pocos los
que an fallecido sin este remedio, sin no dar tiempo su accidente o
enfermedad, a que llegue el Párroco a socorrerles.
A esto se
agrega V. Yma.
la casualidad de ecístir una Hermita con suficiente
capacidad y sitio para poder entenderse en lo susecivo y estando
toda comp ... ntemente la lampara de la Iglesia por el Difunto Coronel Don
Domingo de Armas quien gravo con esta pencion los vienes de la Capellanía que le fundo
y oi gosa su Hermano Don Rafael de Armas; Y en quanto a
la contribución para la congrua sustentación del
Cura se deja reservado este particular a la alta y venigna concideracion
de V.S.I., en inteligencia de ser pocos los vecinos acaudalados
y el maior numero sin vienes, ni haberes algunos. Por todo lo qualhumildemente
la Piedad y
aucilio de su Principal Pastor, nada otra cosa desea que el de franquehar el Pasto Espiritual a su Obejas, y que por esta falta no
peligre la salvación de Nuestras Almas.
Suplican
con todo rendimiento a V.S.I. se digne hacer el mérito que sea de su superior
agrado, a esta sencilla representación, y probeher a fabor de los suplicantes
el remedio de lo que solicitan con el modo y termino que
estimare V.S.I. mas aceptable, útil, y Beneficioso a este pobre Ve cindario,
atendidas todas las sircustancias actuales y las demás que ten drán
presentes, Así lo esperan del paternal amor a cuía vida piden a el Señor lo prospero
dilatados
años. Arrecife de Lanzarote y Julio de 1792. (firmas)
Luís Cabrera Juan Antonio
Travieso.
f.° 32 V (firmas)
(José A. Álvarez Rixo, 1982: 240)
1792 Julio 18.
Visita Pastoral de la
Villa de Lanzarote 18 de Julio de 1792.
Informen los Venerables Beneficiados de esta Villa lo que en orden a
la solicitud de este vecindario tengan que decir, para en su visita pasen a proveer lo que mas convenga al servicio
de Dios y de estas Islas, exponiendo quanto juzguen conveniente.
Asi lo decreto y mando su
Ilustrísima de que certifico.
Antonio Obispo de
Canaria.
Por Mandato de S.Y
. el Obispo mi señor.
Sr. Don Mateo de Obregon
Cevallos, secretario.
(José A. Álvarez Rixo, 1982: 240)
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