martes, 9 de octubre de 2012

CAPITULO III: DE LA ANTIGÜEDAD AL SIGLO XV.



EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

 

CAPITULO III: DE LA ANTIGÜEDAD AL SIGLO XV.


1491 - 1500

 

Eduardo Pedro García Rodríguez



1496 mayo.
Notas en torno al asentamiento colonial europeo en el Valle Sagrado de Aguere (La Laguna) después de la invasión y conquista de la isla Chinech (Tenerife).

Las fiestas introducidas en la colonia por los europeos: Participación de gremios y colectivos.

Según el investigador Alejandro Ciuranescu en 1496 tuvo lugar la primera presesión del Corpus. El obispo Cámara y Murga establece en 1629 de manera práctica­mente definitiva la organización del cortejo.

El Corpus: Introducción.
“A tenor de la tradición, es la fiesta más antigua de la ciudad, cuando ni siquiera había población civil, sino algún campamento mili­tar, que debió constituir por otra parte el germen urbano primitivo. No tiene nada de extraño que así haya sido. El Corpus era ya una fies­ta enraizada en Castilla, y como en otras celebraciones, como la Se­mana Santa, simplemente se traslada lo castellano. Como señala Bennassar, el Corpus se refuerza después de la Reforma y del Concilio de Trento, pues se le instrumentaliza para proclamar pomposamente la presencia de Cristo bajo las especies del pan y del vino. Pero en el caso del archipiélago, y más aún de Tenerife, donde con el correr del tiempo fue más masiva la afluencia y avecindamiento de extranjeros, se hizo más patente la necesidad de resaltar con todo ornato y magnifi­cencia este emblemático festejo, cuyo acto más trascendental y oca­sión de impresionar a los foráneos era la procesión. Será, por otra parte, uno de los argumentos que se esgriman para justificar los eleva dos gastos, sobre todo cuando a mediados del s. xvii la isla atraiga a numerosos británicos.

Las disposiciones municipales sobre su celebración están docu­mentadas desde los primeros años del s. xvi, y desde esos comienzos tuvo un carácter fuertemente gremial, bien es verdad que acuciados los artesanos por las autoridades. En 1507 se ordenaba que todos los ofi­ciales de la isla saliesen procesionalmente por el Corpus con sus ofi­cios segund que en Sevilla se acostunbra haser, y que todos los oficios contribuyan para la fiesta. Al año siguiente se apoderaba a Vergara e Hijas para la fiesta del Corpus, de forma que viesen los juegos y ma­neras de alegría que aquel día estaban a cargo de los oficiales y otras personas. Los comisionados concejiles podían compeler a los artesa­nos para que colaborasen en los repartimientos, y en general para que cada vecino participase pecuniariamente de acuerdo con la cuota que se le había señalado. También la corporación estaba atenta a las que­jas de muchos artesanos, que sospechaban malversación de fondos por parte de los mayordomos, ordenando en 1509 que diesen cuenta de los gastos. Posiblemente por esa razón se encomendase en más de una ocasión a los regidores diputados, en esa etapa en que la financiación recaía fundamentalmente en los artesanos, que hubiera templanza en los gastos. Como se señaló en un apartado anterior, el papel de los diputados de fiestas fue fundamental. Por ejemplo, en 1514 se indica­ba que debían estar atentos a ensayos, la puesta a punto de regocijos, la elección de los mayordomos de los oficios y los repartimientos con­venientes, y transcurridos 20 días de la finalización de las fiestas, de­bían instar a los mayordomos para que les presentasen cuentas con pago.
Los actos no estrictamente religiosos —no siempre es sencillo di­sociar lo profano de lo clerical, sobre todo si consideramos la proce­sión— se fueron consolidando en pocas décadas, incluyendo como platos fuertes el teatro, los toros y las cañas, y duraban las alegrías unos diez días al menos, por supuesto con intermitencias. Traemos a 1527 la procesión salió de Los Remedios, y en ese último año hubo acuerdo —como se recordará— entre los feligreses de las dos parro­quias acerca de la igualdad de las fábricas de las dos iglesias y sobre la alternancia en las procesiones.

A comienzos del s. xvii el obispo Ceniceros disponía qué tipo de ornato debía caracterizar a la parroquia que celebrase la procesión: juncos, juncia, ramos y otras hierbas, además de doseles, tafetanes y tapices. El orden fijado por él para los actos de ese día era éste: misa solemne, procesión, exposición del Santísimo, posible representación teatral después del canto de vísperas y completas, y finalmente, proce­sión con el Santísimo bajo palio y con incienso dentro de la iglesia. También se celebraba la octava, día en que después de vísperas, se lle­varía el Santísimo en procesión a la parroquia que sería el centro de culto el año siguiente, e igualmente esa jornada las calles estarían adornadas, así como las iglesias, con sedas, ramos, hierbas, etc. El interior del templo rebosaba resplandor y magnificencia esos días. El beneficiado Medina indicaba que en 1684 el altar mayor se hallaba pletórico de luces, dispuestas en cuatro gradillas de plata, a modo de pirámides, con diversidad de blandones y candeleras.
El obispo Cámara y Murga establece en 1629 de manera práctica­mente definitiva la organización del sacro cortejo. El comienzo de sus disposiciones sinodales, por cierto, era toda una incitación a la conti­nuidad en los cuantiosos gastos municipales: esta fiesta es la más re-gozijada y con mayor solenidad recebida entre las fiestas del año (...) y assí es justo se acuda con gran demonstración y no se repare en el gasto que cada iglesia pudiere hazer semejante día. Cuidaba el prela­do de encarecer el máximo ornamento en las calles, que deberían con­tar con doseles, tafetanes, tapizes y sembradas con variedad de ramos, rosas y flores, por cuenta de las fábricas si las ciudades y lugares no acudieren por tener alguna costumbre y obligación. En cuanto a la procesión en sí, se aconsejaba la presencia de mucha cera, hachas y ci­rios. Como ya se observaba, abrirían el desfile los pendones de todas las cofradías, y tras ellos los santos de su advocación, conforme la costumbre y antigüedad, pero sólo el pendón del Santísimo se situaría ese día más inmediato a la Custodia. Tras las imágenes irían las cruces de las parroquias; a continuación, el clero regular según antigüedad, y en postrero y más preeminente lugar se ubicaría toda la clerecía según antigüedad, precediendo los beneficiados enteros y medios. Las andas las portarían 4 ó 6 clérigos, según el peso de la custodia, a los que se pagaría, y las varas del palio las llevarían los que tenían costumbre, como la Justicia y Regimiento. Elemento singular del cortejo era un órgano portátil, que con varios músicos solemnizaban aún más la fun­ción.

Las ordenanzas municipales también se refieren a la procesión como muy sumptuosa, pero naturalmente se incide más en la vertiente profana, señalándose diversos elementos de regocijo como fuegos, ca­rretones, danzas... Tanto los regidores, como los jurados y el escribano del Concejo, debían marchar en forma de ciudad portando sus varas. Obligatoriamente, los vecinos de las calles por donde transitaba el cor­tejo tenían que tenerlas barridas y regadas y entapizadas i enrramadas y con perfumes, y donde no hubiese vecinos correría a cargo de los más cercanos. No contento con estas normas cívicas, se invitaba a todos a observar en la procesión contrición i reverencia.
Como se ha señalado, los gremios desfilan con sus santos, pendo­nes, a veces con carretones, pugnando por figurar en un lugar preemi­nente. El cortejo va acompañado por danzarines, de los que luego se hablará, así como por otras figuras como los papahuevos y la tarasca, una especie de dragón. Por diversos autores se ha significado que las figuras acompañantes de la comitiva son restos de muy antiguas repre­sentaciones simbólicas eucarísticas, así como la tarasca o «bicha» sería el símbolo de la victoria de Cristo sobre el infierno. La festividad conservó durante siglos gran parte de su contenido primitivo, como se deduce de una descripción de principios del siglo xix.

Antes se aludió a que tanto las autoridades religiosas como muni­cipales ponían énfasis en el aderezo vegetal de las vías públicas proce­sionales. En efecto, las calles se enramaban a costa de los vecinos, que eran obligados por la autoridad a adquirir el vegetal. Incluso por esas fechas se hacía una excepción con las ordenanzas que protegían los montes, para el adorno de las calles por ser para obligación tan precissa. Las tres plazas de la ciudad se llenaban de ramas y yerbas, y en la de Los Remedios, al menos en 1669, se confeccionó una fuente; ese año, la víspera se llenó la torre de Los Remedios de luces, y el día de la procesión hubo cantidad de ruedas de fuego en las plazas.

La incorporación de un águila a la procesión es tardía, según se deduce de la instancia cursada por el maestro pintor Gonzalo Hernán­dez de Sosa, vecino de La Laguna, en 1660, quien indicaba que el águila llevaba una corona imperial en la que se encerraba el Santísimo Sacramento.
Las danzas.
Durante el trayecto procesional se bailaban danzas desde el s. xvi. Parece que en la siguiente centuria se le añade otra, costeada prorrata entre las vendederas, a las que se apremiaba anualmente para que cumpliesen con su obligación. En realidad, desempeñaban un papel pasivo de contribuyente, pues los diputados nombraban a alguien para que agilizase el tema y repartiese el costo entre ellas.

Música, danza, religión... Desde tiempos remotos son realidades que van unidas. En La Laguna se estilaba en sus principales fiestas. En las que costeaba el Ayuntamiento era obligada su presencia en las tres fiestas clásicas (Corpus, S. Juan, S. Cristóbal), ofreciéndose una o dos en cada una de ellas. Estaba organizada y dirigida —a veces incluso inven­tada— su ejecución por vecinos laguneros (Marcos González, Domingo Cardoso, Pedro de Saes, Melchor Luís, Mateo de Lima...), algunos de los cuales eran incluso autores o maestros de danza. Huelga decir que estos personajes se dedicaban a otros menesteres para vivir, como Mel­chor Luís, que era herrero. En las danzas, que se interpretaban durante tales desfiles, intervenían ellos mismos acompañados de otras figuras (o danzarines) que utilizaban máscaras, iban bien vestidos —el traje lo pro­porcionaba el Cabildo y le era devuelto— y se movían al son de tambo­riles, que al menos en una ocasión se especifica que eran tocados por ne­gros. El número de bailadores de cada danza solía estar entre 5 y 8, con predominio de este último número, y en una ocasión se habla de una mixta con tres miembros masculinos y tres femeninos. El Ayuntamiento pagaba, igual que las comedias, en tercios, y su precio oscilaba entre los 85 y 100 rs., pero naturalmente ignoramos la parte que se quedaba el di­rector y lo que repartía entre sus acompañantes. Junto a las danzas, se habla alguna vez de bailar danzas e inventivas. Es muy probable que las danzas se asemejasen a las del Corpus sevillano, y por tanto fuesen sim­bólicas a veces y variadas: baile de los matachines, ángeles y demonios, amazonas, villanos, espadas, etc.
El teatro.
El Corpus era una de las escasas fiestas que siempre llevaban in­corporada algún tipo de representación teatral desde fechas antiguas, a costa de la hacienda municipal. En su momento se tratará de los deta-lles;sólo adelantaremos ahora que las noticias disponibles apuntan a que básicamente se trataba de comedias populares, de conocidos auto­res barrocos, y apenas en una ocasión y tardíamente, en 1675, se habla de autos sacramentales.

Durante el s. xvi las escenificaciones se desarrollaron en la plaza mayor de S. Miguel, costeadas por el Ayuntamiento —lo que favo­recía una nutrida asistencia—, o en el interior de las iglesias parro­quiales, e incluso sabemos de una ocasión en que, con motivo de en­contrarse la imagen de S. Juan Bautista en el convento de Santa Clara, se determinó que la comedia y danzas del Corpus también tuvieran ca­bida para festejar al santo en ese monasterio. Pero en el último cuar­to de la centuria comienzan los problemas con la autoridad eclesiásti­ca. Uno de esos episodios, el mantenido con el obispo d. Cristóbal Vela en 1578, es particularmente tenso. Resulta que cuando ya se ha­llaba todo dispuesto para celebrar el Corpus de la manera habitual y estaba levantado el teatro en la capilla mayor de la parroquia, el obis­po se niega a que la obra se figure en su interior, a pesar de las tentati­vas concejiles para que cediera en su actitud. Al final se decide llevar el asunto a la Corte y suspender la función prevista. La misma dis­posición reticente mantendrá el obispo Figueroa, que en 1590 veta el teatro en iglesias y ermitas.
Un parecer más templado mantendrá el puntilloso prelado Ceni­ceros a comienzos del s. xvii; en parte escarmentado por determinadas composiciones que no le parecían acordes con el lugar y la ocasión, en su visita a la capital ordenó que se representara fuera de la capilla mayor y reglamentó minuciosamente los pormenores que debían regir la teatralización. Si la comedia era apta se podía escenificar por la ma­ñana o por la tarde, pero fuera de la iglesia. Para ello se alzaría un altar frente a la puerta por donde habría de salir la procesión y allí se colo­caría el Santísimo. Entre el altar y la puerta tomarían asiento el preste y todos los clérigos con sobrepelliz, el vicario y los prebendados. Fuera de la puerta se levantaría un tablado más bajo que el altar para la comedia, y los comediantes comenzarían venerando al Santísimo. A ambos lados se dispondrían dos tablados adornados de igual manera, uno para la ciudad y otro para los religiosos, pero nadie se podía sen­tar en sillas.

Todo esta estricta regulación, demasiado minuciosa y estricta para ser cumplida, es el resultado de un enfrentamiento con el Cabildo ese año con motivo de la forma de disponer los asientos en la iglesia, lo que contrastaba con la receptiva y colaboradora disposición mantenida el año precedente (1601), hasta el punto de que personalmente señaló en la iglesia de los Remedios el lugar donde se debían colocar los asientos para la corporación. Ésta levantó unos asientos altos, de unos 5ó6 palmos (1-1, 20 ms., aproximadamente), desde los que asistió a la misa, comedia y otros regocijos, pero repentinamente, en 1602, el pre­lado se opuso con rotundidad a que los asientos rayasen a tal nivel. A pocas fechas de la celebración, los regidores no aciertan a tomar una de­cisión y los diputados urgen a que se clarifique el lugar del espectáculo. La disparidad de opiniones es enorme. Como todo gira en torno a la al­tura de los asientos, Trujillo de la Coba propone llegar a un pacto con el obispo: ellos renunciaban a los asientos elevados si se les garantizaba que sólo el Cabildo iba a ocupar la capilla, cuyos bancos debían cubrirse con paños y alfombras. El regidor Soler, en cambio, apoya al prelado, pues además entiende que Ceniceros en ningún momento ha negado la capilla al Ayuntamiento, pero la mayoría de regidores concuerda con Luis de Samartín, defensor del privilegio que disfrutaba la corporación desde hacía más de 50 años de situarse con asientos altos.
Es muy posible que la Iglesia presenciara el ensayo o se le entre­gase el guión antes del estreno, sobre todo en el s. xvh, pues Ceniceros se lamentaba en 1602 de que algunos años se habían escogido obras indignas de ser presentadas delante del Santísimo. Para evitar esto, or­denó que en lo sucesivo el vicario encomendara revisar las comedias o entremeses a persona docta y de buen parecer, quien indicará no sólo si tiene o no algo contra la fe, sino si es o no conveniente y digna, si favorece o no las buenas costumbres, si es o no divertida. Incluso prácticamente fija la hora de la comedia, que debía ser después del canto de vísperas y completas.

Como se ve, el intervencionismo de algunos prelados iba más allá de la mera persecución heterodoxa, y hasta podía vetar una pieza de Lope de Vega porque no le parecía amena. Menos mal que entre lo que ordenaba la jerarquía y lo que hacían los clérigos del lugar media­ba una cierta distancia, a pesar de los recordatorios plagados de ame­nazas, especialmente referidas a las comedias del Corpus: en las Sino­dales de Murga' se penaba con excomunión mayor y 10 ducs. la no presentación de las obras a la consideración del obispo, provisor o vi­cario, trasladando su examen a personas doctas y de buen parecer. Este prelado daba un paso más en el distanciamiento iglesia-teatro, pues era totalmente reacio a la representación de las comedias en el in­terior de los templos. Su reflexión motivadora no tiene desperdicio: porque aunque sean buenas, suelen traer muchos inconvenientes re­presentadas en las iglesias y causan mucha irreverencia, con ruidos, bevidas, posturas de cuerpos, pláticas y palabras deshonestas de mucha gente moga; ahora bien, con las debidas licencias se podrían in­terpretar fuera de las iglesias, a su alrededor, pero por la tarde, pues por la mañana la gente debía asistir a la procesión y la concurrencia se diminuiría porque quedan cansados de la comedia, y además convenía acabar la procesión a hora prudencial, antes de que el calor del medio­día se tornara sofocante..
En cuanto a los protagonistas, al menos en el s. xvii se puede ha­blar de auténticas compañías con autores (directores), con actores que se repiten año tras año y son conocidos y venerados por los espectado­res, pues los diputados de fiestas hacen constar en los contratos ante no­tario con los responsables de la compañía la obligada presencia de algunos de ellos. No se trata, desde luego, de profesionales. No había en la isla corrales de comedias ni una presencia continua del teatro en todas las festividades como para pensar en algo así. El limitado número de actuaciones teatrales no podía justificar una dedicación absoluta.

En La Laguna eran tres las fiestas municipales merecedoras de esta cara diversión: Corpus, S. Juan y S. Cristóbal, pero sobre todo las dos primeras. Sólo hemos encontrado un contrato relativo a una re­presentación para las fiestas del Cristo de 1629, desde luego pagando el proveedor de las mismas. Meses antes del evento los representantes concejiles fijaban por escrito las condiciones laborales, personas que ac­tuarían, el nombre de las piezas... Es frecuente el que se exija que unos días antes de la actuación los comediantes verifiquen ensayos delante de los contratantes, de modo que los regidores pudiesen comprobar la cali­dad del espectáculo: cuidadoso estudio de los papeles por parte de los actores, nivel y honestidad de la obra, decorado, etc. Eran, además, días de intensos preparativos, en los que el Ayuntamiento debía entregar a los participantes la indumentaria, pues ésta corría a cargo de la corporación, y se daban los últimos retoques al tablado. Las comedias, como ha seña­lado Cioranescu, son generalmente novedosas, de modo que el públi­co estaba prácticamente «al día» del teatro español.
Descendiendo al terreno de lo concreto, La Orotava parece ser la principal cantera teatral de la isla, y en segundo lugar figura La Laguna. En alguna ocasión se utiliza el término «compañía», que si es verdad puede resultar pomposo, sólo se le halla unido a los nombres de los principales directores-actores de la época (años treinta del s. xvii): el dúo de orotavenses Francisco Rodríguez Sardo y Francisco González, y el lagunero Diego Bravo de Acuña. En particular, los primeros debieron contar con un plantel más o menos fijo de actores o «figuras» de segun­do orden, que acompañaban habitualmente a sus directores y a los de primera fila como Diego Bravo, a quien se reclama en los contratos como intérprete indispensable y que parece llegó a formar su propia compañía. A estos actores relevantes se les pagaba aparte del contrato establecido con los diputados concejiles (el Cabildo y alguna que otra cofradía importante de lugares como Garachico son casi los únicos clientes), o incluso se declaraba qué parte de la fijada en el concierto económico se destinaba a remunerarlos. Esto significa que la mayor parte de los ingresos eran para los autores de las compañías, pero tam­bién que los ejecutantes destacados estaban bien recompensados. Pense­mos, por ejemplo, que Diego Bravo cobraba 200 rs. por dos comedias. Los precios totales que perciben las compañías por pieza varían, pero se mueven entre los 500-550 rs., que se percibían en pagos fraccionados, generalmente en tercios (uno en el momento de firmar el contrato, otro el día del ensayo general, el último al acabar la representación).

Los contratados se comprometían a buscar todas las figuras nece­sarias —sin recurrir a suplir unas por otras, que no era del gusto del público—, y a estudiar bien los papeles. Unos tres días antes de la re­presentación (por ejemplo, el lunes antes del Corpus), debía realizarse un ensayo general ante los diputados concejiles. Las obras, como se anticipaba antes, suelen ser las conocidas en España y de muy reciente estreno, aunque a veces no se menciona el título, pues se deja al gusto del cliente. Para hacernos una idea, digamos que los laguneros pudie­ron disfrutar de obras de Calderón de la Barca (La dama duende, Casa con dos puertas), de Luís Vélez de Guevara (El primer conde de Orgaz), de Tirso de Molina (La villana de Vallecas) o de Lope de Vega (Quien bien ama, tarde olvida). Como es sabido, el orden escénico solía ser el siguiente en el Seiscientos: un preliminar de música y canto, seguido de una loa, a continuación de la cual comenzaba la obra de teatro propiamente dicha, escenificada en tres actos, en medio de los cuales se representaban entremeses. Al final podía haber un baile, saínete. Sin embargo, es probable que, dado que todo eso compor­taba gastos adicionales, se prescindiera de algunos de esos elementos. De hecho, de los 12 contratos examinados, sólo en uno se hace men­ción a loas y entremeses, mientras en otros dos sólo se citan estos últi­mos, pero uno por comedia, lo que hace pensar que se trataría quizá de un preludio a la obra.

Cuando las comedias se celebraron en la plaza del Adelantado, el Ayuntamiento se gastaba sus buenos dineros en levantar tabladillos: uno, alto, sobre los portales del Consistorio, era para que toma­sen asiento los miembros de la corporación; otro, para la clerecía y otras personas honradas. Esto suponía unos 500 rs., y el dispendio sólo se moderó a partir de 1612, en que se decide disponer una reja de hierro en lugar del tabladillo, a imitación del cabildo grancanario y de otros españoles, pero el otro tabladillo destinado a particulares por lo menos subsistió hasta dos años después, cuando un regidor propuso finalizar esta costumbre, pues además apenas acudían doce clérigos y otras personas eludían su uso porque personas comunes —se habrá reparado en la sutileza terminológica para realizar clasifi­caciones sociales— se sentaban en él haciendo caso omiso de la re­serva. “ (Miguel Rodríguez Yánez. La Laguna 500 años de historia La Laguna durante el Antiguo  Régimen desde su fundación hasta el siglo XVII. Tomo I. Volumen II.: 996. y ss.)

1496 Mayo 29. Morón. Incitativa al bachiller Alonso Fajardo, gobernador de Gran Canaria, para que determine en la demanda de doña Inés Peraza, vecina de Sevilla, que reclama, en nombre propio y en el de su vasallo Pablo, los maravedís que les deben doña Beatriz de Bobadilla y otros vecinos del Hierro. Johannes episcopus. Johannes. Andreas doctor. Franciscus licenciatus. Petrus. Mármol. (E. Aznar; 1981)

1496 Mayo 29. Morón. Doña Ynés de Peraza. Comisyon.

Provisión del Consejo real para que el gobernador de Gran Canaria Alonso Fajardo resuelva en derecho sobre el débito de seiscientos mil maravedíes que doña lnés Peraza, señora de Lanzarrote, reclamaba a Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife.

Don Fernando e doña Ysabel, etc. A vos el bachiller Alonso Fajardo, nuestro governador de la Gran Canaria, salud e gracia. Sepades que doña Ynés Peraça, vesina de la cibdad de Sevilla, nos hiso relacion por su petic;ión, que ante nos en el nuestro Consejo presentó, disiendo: que Alonso de Lugo, gobernador ques de las yslas de Canaria e Tenerife, dis que le deve y es obligado apagar seycientas mill maravedís; las quales dis que como quier que por su parte muchas vezes ha seydo requerido el dicho Alonso de Lugo que ge los dé e pague, que lo non ha querido nin quiere faser, poniendo a ello sus escusas y dilaciones indevidas, en lo que dis que ella ha rescebido mucho agravio e daño; e nos suplicó e pidió por inerc;ed que sobre ello proveyésemos, mandando al dicho Alonso de Lugo que luego le diese e pagase las dichas seycientas milI maravedís, o como la nuestra merc;ed fuese. E nos tuvímoslo por bien; e confiando
de vos que soys tal persona que guardaréys nuestro servic;io e el derecho de las partes, e bien e fiel e diligentemente faréys lo que por nos vos fuese encomendado e cometido, es nuestra merc;ed e voluntad de vos lo encomendar e cometer lo susodicho; e por la presente vos lo encomendamos e cometemos. Por que vos mandamos : que luego veades lo susodicho, e llamadas e oydas las partes a quien atañe, lo más brevemente e syn dilaçión que ser pueda, syn estrépitu nin figura de juic;io, solamente la verdad sabida, libredes e determinedes en ello lo que fallardes por fuero e por derecho, por vuestra sentenc;ia o sentencias asy ynterlocutorias como definitivas; la qual e las quales, e el mandamiento o mandamientos que en la dicha raz6n dierdes e pronunciardes, llevedes e fagades llevar a pura e devida execuçión, con efecto quanto e como con fuero e con derecho devades; e mandamos a las partes a quien toca e atañe e a otras qualesquier personas, de quien entendiéredes ser ynformado e mejor saber la verdad erca de lo susodicho, que vengan e parescan ante vos a vuestros llamamien- tos e enplazamientos, a los plasos e so las penas que vos de nuestra parte les pusierdes o ynviardes poner , las quales nos por la presente les ponemos e avemos por puestas. Para lo qual todo lo que dicho es, vos damos poder conplido por esta nuestra carta, con todas sus yncidencias, dependencias, anexidades econexidades. E non fagades ende al por alguna manera, so pena de la nuestra mereed e de dies mill maravedís para la nuestra cámara. Dada en la villa de Morón, a veinte e nueve dyas del mes de mayo del año del nasçimiento de nuestro salvador Ihesu Christo de mill e quatrocientos e noventa e seys años. = Johannes, episcopus astoricensis. = Johannes, doctor. = Andrés, doctor. = Fran-
ciscus, licenciatus.=Petrus, doctor.=Ego Alonso del Mármol, escrivano de cámara, etc. (A. Rumeu 1975:441)

1496 Mayo 30. Morón. Orden a las justicias de Jerez de la Frontera para que amparen y defiendan en la posesión de unas casas de la collación de San Marcos, en dicha ciudad, al jurado Fernando de Herrera, que las tiene en nombre propio y en. el del jurado Francisco de Vera y el comendador Juan de Vera, sus tios, y el de doña Catalina de Vera, su prima. Episcopus Astoricensis. Johannes. Andreas. Gundisalvus licenciatus. Franciscus licencia tus. Vitoria. (E. Aznar; 1981)

1496 junio 26.
Pedro  Canario (vesino de Sevilla en la collación de Santa Maria hace su poder a Diego Ariñez (escrivano de Sevilla, vesino desta dicha Ciudad). . .  para  los pleitos movidos o por mover...  (J. M.,  fol. 221 v.). (En: Francisco  Morales Padrón, 1961)  

1496 Junio 30. Almazán. Merced a Rodrigo de Villacorta, repostero de camas de Sus Altezas, de la escribanía del concejo de La Palma. Se ordena al concejo' y vecinos de dicha isla, que reunidos en ayuntamiento, le tomen juramento y le reciban en dicho cargo, cop los derechos y salarios correspondientes., El Rey y la Reina. Parra. En forma: Rodericus. (E. Aznar; 1981).

1496 julio 7.
Penetración del catolicismo en el Archipiélago Canario según el clérigo católico e historiador José de Viera y Cavijo.

“De don Diego de Muros, decimoquinto obispo
Este fue don Diego de Muros, hijo de padres nobles, natural de la villa de Muros de Noya, en Galicia, de la cual tomó el apellido. Había pa­sado a Roma en calidad de secretario del carde­nal Mendoza, siendo ya doctor de ambos dere­chos y canónigo de Santiago. El mismo cardenal, cuando fundó el colegio de Santa Cruz de Valladolid, le dio en él la primera beca y prosiguió colmándole de beneficios eclesiásticos, de tal manera, que don Diego de Muros fue chantre de Ubeda, deán de Jaén, canónigo de Santiago, de Sevilla, de Oviedo y de Sigüenza y, por último, deán de la misma iglesia de Compostela.

Siguió al cardenal, su generoso protector, en la guerra y campo de Granada, y se refiere que, co­nociendo la grave necesidad que había en San­tiago de un hospital para los innumerables pere­grinos que allí acudían, hallándose en Segovia a tiempo que don Fernando el Católico había lle­gado a esta ciudad bien apurado con los gastos de sus empresas contra los moros, se lo propuso al Rey, quien dicen que le respondió: «¿Cómo es eso, deán? ¿Veisme en el hospital y queréis que hagamos hospitales?» Pero que el deán, besán­dole la mano, le replicó: «Señor, haga V. M. este servicio a Dios y a sus pobres, y yo lo sacaré del hospital». Con efecto, se asegura que aquel mo­narca impetró una bula del papa para obtener li­mosnas, y que el deán administró gloriosamente esta obra pía.

En 1496 fue provisto en el obispado de Cana­rias, cuyas bulas le despachó Alejandro VI en San Pedro de Roma a 27 de julio del mismo año, el cuarto de su pontificado, llamándole siempre en ellas obispo rubicense. El mismo título daba a la iglesia, a la ciudad, al clero y a los vasallos; de suerte que ha sido fuerte equivocación escribir que, desde que se trasladó la catedral de Rubicón a Canaria, se empezaron a llamar obispos de Ca­naria nuestros obispos. Así vemos que el mismo don Diego de Muros se firmaba D. EPS. Rubicensis.

Cuando llegó a su diócesis, la halló acrecen­tada de dos grandes islas, esto es, de las de La Palma y Tenerife, cuyas conquistas se acababan de hacer. De este modo todas las Canarias esta­ban ya bajo el yugo de la religión y de la domina­ción de Castilla. Alonso Samarinas, canónigo de Rubicón, acompañado de otros varones religio­sos, había sido el último fundador de ambas igle­sias, en las cuales resplandeció desde luego la so­licitud pastoral del nuevo obispo, de tal manera que, aunque no estuvo presente a los trances de la conquista de Tenerife, tuvo largo repartimiento de tierra.

Ya dijimos que don Diego de Muros fue el pri­mero que puso en mejor orden su catedral y dio buen régimen a toda la diócesis, cimentando aquélla en sínodo con su cabildo, año de 1497, con constituciones importantes, y visitando ésta, en 1498, con memorable celo. Que luego que tuvo noticia, estando en Tenerife, de su promo­ción al obispado de Mondoñedo, año de 1504, hizo donación de las huertas de Tahodio, llama­das después del Obispo, a las iglesias de la Con­cepción de La Laguna, Puerto de Santa Cruz y Santiago del Realejo. Que en la Gran Canaria ha­bía defendido el señorío temporal de Agüímez, que el concejo de aquella isla le disputaba, y que dejó fundado en su santa iglesia un aniversario perpetuo.

Es cosa admirable que un autor como don Ni­colás Antonio, hablando de nuestro don Diego de Muros, hubiese dudado formalmente si acaso fue obispo de Canarias o no lo fue. Es verdad que confiesa que Gil González Dávila lo da por sen­tado en su Teatro Eclesiástico de España; pero cree al mismo tiempo, o que este escritor lo equi­vocó con otro, o que, en lugar de escribir «obispo de Mondoñedo» escribió «de Canarias». Pero ¿por ventura se equivocaría o se engañaría tam­bién el ilustrísimo Murga en su catálogo de nues­tros obispos, que el mismo don Nicolás Antonio tenía presente, puesto que, hablando de la funda­ción del colegio de San Salvador de Oviedo, en Salamanca, usa de las mismas frases que él usó?

Trasladado don Diego de Muros a Mondoñedo, se volvió a dejar ver en España como un prelado cortesano. En 1505 asistió en Valladolid a las bo­das de don Fernando el Católico con la reina Germana. En 1506 fue uno de los obispos que acompañaron el cadáver del rey don Felipe I, cuando fue llevado a sepultar a Granada. Tuvo luego la honra de ser embajador extraordinario al rey de Navarra Juan de Albret, antes que perdiese la corona. En 1508, de orden del mismo Rey Ca­tólico, asistió con el obispo de Málaga en el pala­cio de la reina doña Juana, para que fuese tratada con la veneración debida en su enfermedad. Fi­nalmente, en 1512,.fue promovido al obispado de Oviedo, donde puso mano a las grandes obras en que vive su memoria bien asegurada.

El señor Muros contribuyó a la fábrica del con­vento de Santo Tomás de Avila; costeó el de Santo Domingo de Oviedo y la colegiata de Mu­ros; fue fundador del colegio mayor de San Sal­vador de Salamanca, «de donde como de un ca­ballo troyano han salido tantos doctos y señalados varones en virtud y letras»; y escribió una Historia de la conquista de Granada, que ha quedado iné­dita. Pero «I tratado polémico que compuso con­tra Martín Lulero es el que le hizo más honor, porque, habiendo sido el primer obispo que re­futó en España a aquel heresiarca, le mereció un breve honorífico de León X, dado en 31 de mayo de 1522, que se guarda en el archivo del colegio de Oviedo y que vio el señor Murga, asegurando que en él le daba el pontífice muchas gracias, a nombre de la silla apostólica, y le decía que con su escrito había ejecutado una acción propia de la virtud española, de su celo cristiano y de su honrada cuna; por lo que duraría en la iglesia su memoria para dar eterno testimonio de su mérito; murió en 1524.

Entre las célebres cartas de Lucio Marineo Sículo, se halla una que escribió a don Diego de Muros, en que, alabándole de limosnero, le de­cía: «Si España tuviese muchos Muros, los muros de las casas de los pobres no estarían derribados».” (José de Viera y Clavijo, 1987. T. 2: 235 y ss.)

1496 Julio 23. Soria. Incitativa a las justicias del Reino, especialmente a las de Sev'illa, para que den cumplimiento de justicia a Francisco Gorvalán, vecino de dicha ciudad, que reclama a Alonso de Lugo 40.500 maravedis por cuatro años y medio de servicios, a razón de g.ooo maravedis anuales, más otros 15.000 maravedis que gastó por su mandado. Episcopus Astoricensis. Johannes. Gundisalvus licenciatus. Petrus. Mármol.

1496   de julio 23. Francisco Gorvalán. lncitativa del Consejo real dirigida al alcalde del Puerto de Santa María para que resolviese en justicia la reclamación de Francisco Gorvalán. Este protestaba de la incautación de seis esclavos guanches por parte de los socios armdores, que  habían sido donados por Alonso de Lugo en pago de sus servicios «e de cierta harina que llevó para la conquista».

Don Fernando e doña Ysabel, etc. A todos los corregidores, asistentes caldes e otros juezes e justicias qualesquier, así de la villa de Puerto de Santa María como de todas las otras cibdades e villas e lugares de nuestros reynos e señoríos, e a cada uno e qualquier de vos a quien esta nuestra carta fuere mostrada, salud e gracia. Sepades que Francisco Gorvalán, vecino de la cibda de  Sevilla, nos hizo relación, etc., diziendo: quél fue a la conquista de la y isla de Tenerife con el governador Alonso de Lugo, e diz que estuvo en ella hasta se ganó e bolvió con él a Castilla; e diz que ovo de su cavallería e cavalge de 'Sierta harina que llevó para la conquista seys pieças de esclavos y vas; y como salió con ellos en el Puerto de Santa María, diz que los di esclavos le fueron enbargados por vos, la justicia de la dicha villa, a pedimimento de Guillelmo de Blanco e de Niculao Angelato, mercadero, diziendo qué avía robado en la conquista e que les pertenecia a ellos, porque tenían en la dicha conquista; e diz que non enbargante que muchas vezes pidió di chos esclavos, a vos las dichas justicias, e les mostró un testimonio finnado del alcalde e del escrivano de la dicha ysla de cómo él los avía avido por la razón que susodicho tenía, nunca ge los quisistes dar nin desenbargar; e como vido que se perdían los dichos esclavos y esclavas, diz que pidió, a vos las dichas justicias de la dicha villa, que los vendiésedes e pusiésedes el dinero en deposito, hasta tanto que por nos fuese mandado lo que sobre ello se fiziese; e diz que vosotros los vendistes los cinco dellos y el dinero dellos pusistes en deposito, y quel dicho Guillelmo de Blanco tomó él uno dellos e lo vendió y tomó el dinero e se aprovechó dello, y que nunca ge lo ha querido dar; en lo qual diz que él ha rescebido e rescebe mucho agravio e daño, e nos suplicó e pidió por merced que sobre ello proveyésemos, mandándole dar todo el dinero, porque se avían vendido los dichos esclavos, pues eran suyos, e como la nuestra merced fuese.

E nos tovímoslo por bien: por que vos mandamos a todos e a cada uno de vos en vuestros lugares e juridiciones que luego veades lo susodicho, e llamadas e oydas las partes a quien toca, breve e sumariamente, nondando lugar a luengas nin delaciones de malicia, solamente la verdad sabida, fagades e administrades al dicho Francisco Gorvalán entero conplimiento de justicia; por manera que la él aya e alcance e por defecto dello non tenga cabsa nin razón de se nos más venir nin enbiar a quexar sobre ello. E los unos nin los otros, etc. Dada en la cibdad de Soria, a veynte e tres días del mes de jullio de noventa e seys años, etc.=EI obispo de Astorga.=EI dotor de Alcocer, etc.= El licenciado de Yllescas, etc.=El doctor de Oropesa.=Yo Alfonso del Mármol, etc.

Foto: Rafael C. Gómez León. En: Bien Mesabe.org

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