EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA UNA HISTORIA
RESUMIDA DE CANARIAS
CAPITULO III: DE LA ANTIGÜEDAD AL SIGLO XV.
1491 – 1500
Guayre Adarguma Anez’ n Yghasen
1499.
El colono portugués
Gonzalo Yanes, que decían de Daute (Gonzalianez) por haber sido
dueño de la hacienda de ese nombre en Los Silos, vino de Portugal con su mujer,
Teresa Borges, por los años de 1499. Tuvo datas de tierras y aguas como
poblador. También vino en su compañía otros hermanos.
Tuvo por hijos a Juan González, que casó con Isabel de Herrera,
a Benito González (Bento), que lo hizo con María Perdomo, viuda de Miguel Juan
Mas, a Francisco Borges, que casó con Catalina García; a Gaspar de Silva, que
contrajo matrimonio con Catalina de
Setien Saucedo, a Pedro, a Bartolomé y Melchor, que murieron muy jóvenes, si
bien este último había casado en Valencia con María Cordura y dejó un hijo:
Juan Bautista Perdomo, y por último a Inés Borges, que casó con Gaspar Jorva.
Existen distintas versiones sobre el lugar de Portugal en donde nació
Gonzalo Yanes de Daute, casado con la también portuguesa Teresa Borges, ya que
en su testamento no lo aclara. Pero si pensamos que nació en donde sus padres
vivieron y tenían sus propiedades, donde residían sus hermanos y demás
familiares, a tenor de un documento que en 3 de Julio de 1520 otorga en su casa
de Daute y en el cual dona a María Afonso, su hermana, vecina de Vallezím y a
sus hijas, los bienes muebles y raíces que tiene en el mismo lugar ( hoy Valezim, al pie y a
occidente de la sierra de La Estrella, al sur de la ciudad de Gouveía, entre
Seía por el Norte y Covilha por el sur, centrado geográficamente entre la
frontera española y Coimbra), bienes heredados por muerte de sus padres y otros
adquiridos y ganados con su trabajo; incluyendo criados y familia.
Don Leopoldo de La Rosa nos da otras noticias sobre la familia Yanes,
nos cuenta que Gonzalo y Teresa habían venido ya casados de Portugal. El era
hijo de Joâo Moreno da Silva, al parecer natural de Alapa, y de María
Gonçalves. Habían vivido en Talavera dos
Dineiros, en la feligresía de San Román, muy cerca de donde habíamos
supuesto, y es posible que al pasar Gonzalianes a esta isla algunos de sus
hijos fuesen ya nacidos y otros viesen la luz en Tenerife.
La
hacienda de Daute, estaba cortada al Sur por la Tierra del Trigo, Carbas e
Isleta, por el Norte el mar y enmarcada entre dos barrancos: de la Palma de
Daute y el de El Agua.
Testó Gonzalo Yanes en 4 de
junio de 1530, ante el notario y escribano público Juan Ochoa de Olaçabal. Por
testimonio está protocolizada esta escritura de últimas voluntades ante Pedro
Hernández de Vergara, en 23 de junio de 1684, al folio 88 y en ellas dice que
su sobrino Blas Alfonso, cura beneficiado de Icod. Casó a su hija Inés Borges
con Gaspar Jorva. Sus hijos hicieron partición de sus bienes ante Cristóbal
Hernández en 28 de octubre de 1545.
Gonzalo Yanes dispuso en sus últimas voluntades:
· Que
su cuerpo fuese sepultado en la capilla e iglesia de la Concepción, de su
hacienda, en la que su mujer, Teresa Borges, estaba enterrada.
·
Después de su enterramiento, se le dijesen en la dicha iglesia, nueve misas, la
misma cantidad al cabo del año.
· En
la misma iglesia, se le ofreciesen por su alma tres treintanarios cerrados, por
él y por las ánimas de sus difuntos.
·
Mandaba a su sobrino, Blas Afonso, beneficiado de la iglesia de San Marcos de
Ycode, que en ella le celebrasen tres treintanarios cerrados de misas y cuatro
abiertos, por su alma y por la de sus difuntos, pagándosele lo
acostumbrado y dándole la cera y el pan, a razón de la calidad de su
persona, y una fanega de trigo.
· En
el monasterio de San Francisco, del lugar de San Pedro de Daute - convento
franciscano de Garachico- y por sus frailes, le fuese dicho un treintanario
cerrado y otro abierto de misas.
· Que
se le diesen dos reales viejos a cada uno de los monasterios, iglesias,
hospitales y ermitas de la isla, para sus reparos y aceite de sus lámparas.
·
Para la obra de la iglesia de San Marcos, de Ycoden, dos doblas de oro.
·
Mandaba para la redención de cautivos, de tierras de moros, a cuyo cargo
de sacar y rescatar cautivos estaban la Santísima Trinidad y la Merced, media
dobla de oro a cada una.
· A
Nª Sª de Guadalupe, mandaba se le pagasen dos doblas de oro y 4 arrobas de azúcar,
las que había dado de limosna durante su vida. Después de su muerte, las cuales
4 arrobas de azúcar no estarían obligados sus herederos a satisfacerlas, por ser la hacienda de los azúcares que
poseemos, ajena.
· Ordena
que se diesen de sus bienes a su sobrina, hija de mi hijo Bento González, y de
Susana González, mi hermana, que se llama Inesita, 50 cabritillas de un año y
dos añojas. Entendemos aquí, que Bento casó con una de sus tías, hermana o
media hermana de su padre, de donde la tal Inesita resultaba ser, al tiempo,
sobrina y nieta del viejo hacendado.
Declara
que la hacienda, con sus tierras y aguas, pagaba de tributo perpetuo a Rafael
Fonte, difunto, 730 arrobas de azúcar, y que en algunos de los años
pasados, por la calamidad de gusanos, por la falta de agua y por otras más
desgracias.
Por sus bienes declara:
· El
ingenio con todas sus tierras y aguas, tanto de cañas como de viñas y las
tierras de "pan llevar", tanto del camino abajo como del camino
arriba; como se detallaba en la carta de tributo.
· Las
tierras de pan que tenía sobre la hacienda, donde estarían 500 fanegadas; fuera
de otras tierras que estaban escrituradas debajo de Los Bardos,
camino de Erjos, lindando con la montaña que dicen de Ruigómez, y por la otra
parte el camino de Erjos.
· En
el Valle de Santiago tenía, de tierras hechas y por hacer, 200 fanegadas y en
el Palmar de Buenavista 250 f ..,
con las aguas del Palmar.
· Las
tierras comprendidas entre su Barranco del Agua o del ingenio, hasta el Barranco
del Palmar, hechas y por hacer, aguas vertientes de los riscos para abajo,
donde habrían 400 fanegas.
·
Poseía las tierras que llaman de Talavera, que son 100 f . y en el Barranco Seco
otras, 50 fanegas.
· Era
propietario de 8 caballos y bestias de albarda, 24 yeguas y 40 reses vacunas,
entre mayores y menores. Entre ovejas y corderos tenía 1500, más 500 cabras y
100 puercos, entre machos y hembras.
Relaciona
como pertenencias de su propiedad, a sus esclavos:
Hembras: a Felipa y Francisca, negras. A Margarita, Teresina y Violante (con un
niño), a Barbolica, a Lucía (con su hijo), a Bárbola (con dos niños) a
Catalenilla (hija de Juan Rodríguez de Reina), blancas, y a Francisca, morisca.
Varones: Cristóbal
(molinero), Rodrigo, Germán, Ayate, Tomé, Salvador, Antonio, Juan Gomero, Pedro
Jara, Fonchal, Alonso (molinero), Juan Brofar, Pedro Botija, Francisco, Joxico,
Juan, Manuel, Calandica, Francisco Saibe y Hanete Nasar; negros. A Juan,
Juanico (hijo de Isabel), Marquitos (hijo de Juan Rodríguez de Reina), Selema,
Baltasar, Almanzor, Amador (Tuerto) y Dieguito Alexandre, moriscos. En
total 41, de ellos 10 mujeres.
Fue su intención y voluntad - señala- hacer en esta
hacienda iglesia y capilla y dejar memorias de misas, para él y para sus fieles
difuntos. Poner un capellán que residiese en la dicha iglesia y ofreciese
por su alma y la de su mujer, Teresa Borges y de familiares difuntos,
cuatro misas rezadas, cada semana.
1499. Hallándose el obispo de la secta católica Diego de Muros en La Laguna , Chinech (Tenerife)
hizo publicar un edicto anunciando al pueblo que iba a hacer inquisición, teniendo lugar la primera
delación el lunes 29 de abril, en la cual Juan de Pérez se presentaba
denunciando a varios vecinos de Tenerife y La Palma por palabras blasfematorias, y continuando
luego en los días sucesivos con creciente fervor de los fieles y notable
perturbación de todos.
En años anteriores había
celebrado Sínodo este prelado católico, estableciendo ciertas reglas y
constituciones que fijasen el orden que había de observarse en las ceremonias
del culto de su secta, aseo y
limpieza de los templos, enseñanza de la doctrina cristiana y otras
prescripciones útiles y necesarias a eclesiásticos y seglares.
El buen resultado de este Sínodo
le movió a celebrar otro antes de dejar las Islas, por su promoción al obispado
de Mondoñedo, constando que “el jueves 26 de febrero de 1506 comenzó a fazer
Sínodo e visitación general, juntamente con su cabildo, así en lo espiritual
como en lo temporal.”
En estas nuevas constituciones se
establecía que las rentas de los diezmos respecto a ganados, miel, cera, lana,
manteca, sangre de drago, aves, hortalizas y hierba pastel se arrendasen en San
Juan, y las demás rentas en Navidad, excepto la del trigo, que debía pagarse en
septiembre, el vino en San Martín y los azúcares en diciembre.
Prohibía a los beneficiados,
vicarios y curas ejercer el cargo de arrendatarios y fiadores de los diezmos,
porque se distraían en sus obligaciones.
Mandaba, asimismo, que las tablas
donde habían de escribirse los artículos de la fe se adicionasen con una lista
que recordase a los fieles la fecha de las principales festividades del año,
para que pudiesen guardarlas.
Este documento prueba
suficientemente que don Francisco de Muros salió de las Canarias en la
primavera de 1506, habiendo podido de este modo asistir a los funerales de
Felipe el Hermoso que tuvieron lugar en diciembre de aquel mismo año.
1499 Enero 9.
En miércoles ix de henero de xcix
años.
83.-Cabildo.
Este dicho día entraron en
Cabildo el señor Governador Alonso de Lugo con el teniente e alcalde e
regidores, e ordenaron e mandaron lo siguiente:
84.-0rchllla.
Primeramente ordenaron e mandaron
que ninguna persona non sea osado de coger orchilla en esta ysla ecepto sy non
fuere vezino e que sy más gente oviere menester para coger la dicha orchilla e
non bastaren los vezinos, que puedan andar los no vecinos que tienen a cargo
meter la gente que quisieren, con tal que el vezino cada quando quisiere la
pueda coger e non se pueda deshaser de lo haser, e quel que ansy la toviere non
sea osado de rescibir el pago della en otra cosa syno en dineros, so pena quel
que se le provare recibirlo en otra cosa pagará en pena todo lo que asy avya de
aver para los reparos de las cosas públicas de esta ysla. Esto porque es pro de
la tierra e porquel señor Comendador Mayor la paga en dineros e los Reberoles
asy mesmo, e asy mesmo mandamos a los mayordomos de los ginoveses que sean
obligados a pagar salvo en dineros contados, como dicho es, so pena de diez
mill mrs. por cada vez que se le provare que haya pagado en ropa o en otras
cosas, salvo en dineros.
1499 Enero 17.
1.107-8.-Francisco de Albornoz. 6 f . en Realejo para «viñas
para q. podáis regallas hasta tanto q. se haga engenio no más, por quanto es
mía la dha. agua, e si alguna agua vos diere sea quanta fuere mi voluntad y no
más. Alonso de Lugo». 17-1-1499. [Copia: «Lleva de aquí F. de A. el alvalá
original»].(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1499 Enero 28.
Lunes, xxviii de enero de xcix.
Fol. 11 r.
86.-Vecinos.
Este dicho día Diego Hernandes
e se asentaron por vecinos para que
dentro de quinze días primeros siguientes darán fiadores tales que, dentro de
aquí al agosto, darán fechas sus casas aquí en la vylla de San Cristóval,
Sopena de xm mrs. para los reparos de los caminos desta yslá.
87.- Deputados, ganados.
Asy mesmo el señor Governador
mandó que fuesen diputados para matar las reses que en la ysla ovyese, que
comiesen ganado, a Lope de salazar e a Juan Delgado e a Gregorio Tabordo e Juan
de Xerés, a los quales el dicho señor Governador hizo e tomó e rescibió
juramento que bien e fielmente lo harían e que por amor ny odio ny por otra
cosa no dexarían de hazer el pro de la ysla; a lo qual fueron presentes el teniente
Hernando de Trosillo e Crístóval de Valdespyno e otros muchos e qué ninguno sea
osado de resestir ny fazer el dicho oficio so pena de dos mil mrs.
88.--Cabildo.
Este dicho día entraron en
Cabildo el señor Governador Alonso de Lugo con el teniente Valdés e el alcalde
Albornoz e con el jurado Juan de Badajós, e ordenaron las ordenanças
syguiéntes, (e Hernando de Trosyllo e Mexía).
88.-0rchilla.
Ordenaron e mandaron que, en el
coger de la orchilla, que todos los que ay la (cogen], segund dicho es, la puedan
traer a los puertos acostumbrados e que los mayordomos sean obligados a recibir
la dicha orchilla de veynte e cinco quintales arriba, so pena que, al que la
tal orchilla cogiere, sy se 1o requiríere a los dichos mayordomos ante
escrívano público con testigos, que la Justicia se lo mandara [pagar] e ge 1o
mandará pagar al dicho cogedor e que sean a su riesgo de los dichos mayordomos
e con el del señor Comendador Mayor ny del dicho cogedor y que quede a la
secución del cogedor, s y quisiere, que se pese hasta los XXV quintales, en 1o
qual todo, todo se haga asy por .el pro de la ysla como por capitulación con el
señor Comendador Mayor .
90.-Pan cócho.
Otrosy ordenaron e mandaron que,
porquel trigo vale más caro, que todas las panaderas que quisieren amasar pan
lo amasen e que den diez onças cochas por dos mrs., e so pena que la que otra
cosa heziere pagará DC mrs. para los reparos públicos desta ysla e perdido el
pan para los pobres.
91.-Pez. Fol. 8 v.
Ordenaron e mandaron que, por
quanto se ordenó e mandó que todos los que fuesen II vecinos de la ysla que
pudiesen fazer pez e non otra persona ninguna, e que destos contribuyesen cinco
mrs. por quintal para los propios desta ysla, y dello tenía cargo francisco de
Corvalán, alcalde que fué, por lo qual agora de nuevo ordenaron e mandaron que
se tome la cuenta al dicho francisco de Corvalán de lo que asy ha rescibido,
Guillén Castellano e Juan de Badajoz y que de aquí adelante sean obligados de
rescibir todo el dicho propio de la dicha pez qara el arca del Concejo, y que
so cargo del juramento de su oficio lo harán bien e fielmente. (Acuerdos
Cabildo colonial de Chinet (Tenerife) v.
I: 12-6)
1499 Enero 31.
588-30.-Pedro de Lugo, canario. 8 f . de sembradura y una cueva
con ellas q. son en Naga en el barranco q. dicen de Aboture, q. es Naga. Doy 6 f . 31-1-1499. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1499 Febrero 6.
En vi de hebrero de xcix años.
92.-Cabildo.
Este dicho día entraron en
Cabildo el señor Governador Alonso de Lugo con los regidores e oficiales del
pueblo, e ordenaron e mandaron lo syguiente:
93.-Vecinos de Lanzarote, sobre
ganado.
Primeramente ordenaron que porque
algunos vecinos de la dicha ysla de Lançarote se querían venir a ésta con sus
casas e mujeres e hijos e haziendas, asy de ganados como de otras cosas, e que
porque dezian quel dicho ganado de la dicha ysla tenía tiña, acordaron de
rescebir juramento de algunos dellos sobrello, de lo qual el dicho señor
Governador e oficiales mandaron a mí, el dicho escrivano, que rescebiese juramento
en forma de derecho de Bartolomé Herrero e Diego Ruyz, vecinos de la dicha
ysla, e yo ge lo tomé asy e luego el dicho señor Governador e regidores e
oficiales les preguntaron que, so cargo del juramento, dixeren que sy de seys
años a esta parte avyan vydo o sabían que oviese algunas reses dapñadas de la
dicha sarna e tiña; los quales dixeron que, so cargo del juramento que avyan
fecho, que non avyan visto ny oydo del dicho tienpo acá, poco más o menos, que
lo tal ovyese en la dicha ysla, e luego el dicho señor Governador e regidores e
oficiales dixeron que les parescia rescibir los vecinos que de la dicha ysla
veniesen con los dichos ganados, e que para mejor ver lo susodicho, les davan
de término en que se veniesen con ellos al roque del Andequera el tienpo que el
dicho señor Governador e regidores viesen, e hasta ver el dicho ganado sy
estava sano de la dicha sarna o tiña.
94.-Çapatos. fol. 12 r.
Otrosy ordenaron e mandaron que
ninguna persona no fuese osado de vender çapatos asy vecinos como estrangeros a
más de real e medio el par, ecebto sy fueren çapatos de cordován y suelas de
arrayhán, que los vendan a dos reales, so pena que perderá tos. dichos çapatos
e pagará DC mrs. para los reparos de las obras públicas desta ysla.
95.-Bueyes e Vacas.
Otrosy ordenaron e mandaron que
todos e qualesquier personas que tienen bueyes los entreguen al boyero, con
cargo que, s y non los entregaren, que desde oy ganará el dicho boyero la
soldada como sy los guardara, e que cualquier dapño que hezieren los dichos bueyes
lo pagarán cuyos fueren; e asy mesmo que todos los que tienen vacas las saquen
de la dehesa dentro de tercero día primero syguiente e las lleven a Taoro, so
pena que sy las non llevaren que a su costa de cuyas fueren se llevarán.
96.-Burras.
Otrosy ordenaron e mandaron que
todas e qualesquier personas que tienen burras e borricos que no sean de
servicio, que dentro de tercero día primero syguiente las lleven a donde no
hagan dapño, so pena que, sy fueren tomadas donde hezieren dapño pagarán por la
primera vez, por cada cabeça, cien mrs. E más el dapño que hezieren, e por la
segunda vez cc mrs. e el dapño, e por la tercera las perderán para los reparos
públicos de la ysla.
En domingo, a x de hebrero de
xcix años. 10-1I-1499
97.-Leydas.
En este día yo, el dicho
escrivano, por falta de pregonero, en saliendo de Misa de la yglesia ley las
dichas ordenanças en presencia de todos los que las quisyeron oyr, estando
presente el teniente Gerónimo de Valdés e otros muchos. En martes xiv de mayo
de xcix anos. 14-V-1499 (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife) v. I: 16-7)
1499 Febrero 10.
288-15.-«Gonçalo Anes, vezinho desta ilha. En
repartimiento como a vizinho humas terras q. sam da parte de Taquo des do
barranco q. vem do Palmar abaxo das palmas como diz os almácegoes contra a
parte de Teno aonde está ho oucham para la mar q. aveirá 100 f . las quales tas. sam de
sequeiro ...; e mando al escripuano q. vol-las asente en nel Registro si dadas
no sam. Feto aos 10-II-1499 años».
1499 Febrero 10.
584-48 bis.-Gonzalo Yanes. Unas
tas. de s. q. son de la par
- de de Taco, conviene saber: de
las palmas abajo q. lindan con el barranco q. viene de Palmar contra la parte
de Teno como dicen los hamácigos fasta la mar, 100 f . 10-11-1499. [Sin
firma, en la mis- ma hoja 48, cabeza abajo de la data de Ruy BIas]. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1499 Febrero 13.
956-70.-Juan Gonzales. 3. c. en
la lomada de Icoden donde vos las quisierdes tomar. 13-11-1499.
1499 Febrero 13.
33.-Gonzalianes. Muy virtuosos
señores. Yo Gonzalianes beso las manos a vuestras mercedes, señores, quiero
certificar a vuestras mercedes a las tierras que me avéys de dar en Daute para
sembrar pan tienen de ser desta manera, primero 100 f . de sembradura
monte de Taco, conviene a saber
da o camino que vay para lo Palmar hasta la Punta de Daute, eso mesmo las otras
100 en lo Palmar donde mejor estuviere, deme vuestras mercedes lugar que dé
agua y ally en el dicho Palmar me puedo aprovechar en lo y mejor me estuviere
no haciendo empedimento a otra qualquier persona que se dé la que da aya dar,
eso mismo otras 100 sobre la casa donde agora vive Diego de Cala que se
entiende de Arrochas por encima donde mejor estuviere y esto suplico a vuestras
mercedes que lo haga en esta misma manera.
«Alonso de la Fuente asyenta en
tu regystro a Gonzalyanes 300
f . de sembradura de sequero conforme a la petición y el
agua que dyse que se entiende que no perjudique a nadie». Alonso de Lugo.
En 13-11-99 el señor governador
me enbió e mandó dar lo sobredicho. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1499 Febrero 14.
889-3.-Gonzalianes. 100 f . de s. en Taco, más 100 f . al Palmar, más las
aguas del Palmar q. podáis aprovechar así para cañas como para huertas, más 100 f . y cuevas encima de
unas casas en donde vivís en el camino q. va para Erjos. q. digo q. vos
asienten 50 f .
de sembradura en el Palmar en una parte, digo cuanto a las cient f. del Palmar
y dos [ =os doy] las dhas. tas. yagua. Alonso de Lugo. 14-11-1499. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1499 Febrero 15.
En presencia del escribano del
Cabildo Gonzalo de Burgos, el gobernador colonial de Gran Canaria Lope Sánchez
de Valenzuela recibió en la ciudad de Tagaos el juramento de sumisión y
vasallaje a los reyes de Castilla del señor de estas tierras Mahomad, del jeque
de Ifran, Hamet y de otros muchos jeques y príncipes cuyos dominios comprendían
todo el reino de Butata. Tres días más tarde, en el castillo de Ifni, el mismo
Sánchez de Valenzuela volvió a tomar juramento a otros jeques berberiscos como
Haly Benabit y Cidi Mome, finalizando estas ceremonias el 8 de marzo, en que,
trasladado de nuevo a Tagaos, el gobernador de Gran Canaria recibió ahora el
vasallaje y juramento de Hamar, señor de Talgadi, A-ben-daut, alcaide de
Temenarte, y Boali En buco, señor de Tagamart y nieto del gran Moholufut,
último rey de la Bu-tata. Todos ellos se declararon incondicionalmente "debajo del señorio de la Corona real
de Castilla", jurando y prometiendo ser leales y pagar los tributos
que se les impusiera como a tales súbditos.
La noticia de estas sumisiones
llegó a la corte de los Reyes Católicos cuando éstos moraban en Granada, y bien
residiese por aquel entonces allí don Alonso,:Fernández de Lugo, bien fuese
llamado a comparecer con urgencia, el hecho cierto es que el 2 de octubre de
1499 capitularon los Reyes con el conquistador de Tenerife y La Palma la
ocupación del vasto territorio africano, sobre la base de construir tres
fortalezas (una en el cabo Bajador, otra "en el Nul, puerto de mar que es
a cinco 1eguas de la villa de Tagaoz, y otra en la [misma] villa..."),
para el sometimiento de los indígenas y el mejor desarrollo de la contratación
en Berbería; recibiendo como premio el título de "capitán y gobernador" vitalicio de los territorios
ocupados, con salario de 365.000 maravedís anuales. Durante el año siguiente, y
mientras Lugo preparaba sus aprestos militares en Tenerife y Gran Canaria, los
Reyes volvieron a expedir otras cédulas que demuestran su preocupación por el
mejor resultado de la empresa, siendo de destacar aquella por la que era
nombrado veedor Antonio de Torres.
Los expedicionarios pusiéronse en
marcha en los meses finales de 1500 o primeros de 1501, y Lugo desembarcó con
su aguerrida hueste en San Miguel de Asaka (en la desembocadura del Uad Asaka o
Nul) e inició seguidamente la construcción de la fortaleza que se había de
emplazar en este punto de acuerdo con las capitulaciones regias y cuyos
materiales de madera, en semi-construcción, transportaba la flota.
Tras este primer paso favorable,
pronto pudo apreciar Alonso de Lugo que los indígenas se mostraban con su
semblante muy distinto al que reflejaba el famoso documento de sumisión al
gobernador de Gran Canaria, Valenzuela. Las escaaramuzas y la lucha de
guerrillas no tardaron en iniciarse y hubo que vivir sobre alerta durante el
breve tiempo de la ocupación. La insurrección mientras tanto cundía entre las
tribus y cábilas, hasta llegar un día en que el mismo Lugo vióse asediado en
San Miguel de Asaka por un poderoso escuadrón moro.
Quince días duró el sitio,
luchándose ferozmente por una y otra parte, con sensibles bajas en las huestes
españolas, hasta que Lugo, agotado en sus fuerzas y previendo una catástrofe de
extremar la resistencia, dada la aplastante superioridad numérica del enemigo,
decidió levantar el campo para regresar a sus cuarteles de origen, dejando bien
regada de sangre la tierra que creyó iba a ser teatro de sus lauros.
Desde este momento el dominio
español en Africa Occidental se redujo a la firme fortaleza de Santa Cruz de
Mar Pequeña, que siguieron gobernando, con título de alcaides y asignación de
100.000 maravedís anuales, los gobernadores de Gran Canaria.
Pero las cabalgadas antes
aumentaron que disminuyeron por esta fecha, pues Alonso Fernández de Lugo, en
uso de su condición de capitán general de las costas de Berbería desde el cabo
de Aguer al de Bojador, con que los Reyes Católicos le habían agraciado a más
del título de Adelantado de Canarias, organizó diversas expediciones, en una de
las cuales logró asentarse en el cabo de
Aguer. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)
1499 Febrero 15. Alojado el gobernador López Sánchez de Valenzuela en la fortaleza de
Agaoz, recibió a jeques y alformares, hasta el 23 de marzo. Aplicando fórmula
de costumbre, prometió en nombre de la reina, defenderlos de "todos los
hombres del mundo", jurando los naturales, "por su ley", pagar
las parias que daban a los reyes "antepasados", permitiendo a Isabel
hacer fortaleza donde le pareciese, quedando a cargo de los vasallos hacer pozo
de servicio, en "la costa de la mar”. Los alcaides entregaron las llaves
de los castillos, para recibirlas en nombre de la reina. Los actos se cerraron
en el puerto de Yfini. Recibido Valenzuela por 300 caballeros e
"incontables" ciudadanos del común, le "metieron"en la
mezquita, que era “muy antigua”. En su interior se hizo un último juramento
recíproco, que culminó en apretón de manos, a la moderna. Terminado el acto,
Mahoma, intérprete de la parte musulmana, dicto resumen de los actos celebrados
a Gonzalo de Burgos, que lo transcribió, siendo apoderados dos notables para ir
a Catilla, ratificando el vasallaje ante los reyes. (L.A. Toledo)
Enterado de lo que
estaba sucediendo en las “islas" del Cabo de Aguer, Juan de Guzmán quiso
embarcarse, so pretexto de ir a Melilla, pero la reina le retuvo en Andalucía,
sospechando que iría a otra parte. Poco después encajó regia filípica, a medias
con su pariente, el Duque de Arcos. Los Católicos se declararon
"maravillados" de que unos señores, obligados a conocer la ley y
respetarla, exportasen trigo por mar, y permitiese hacerlo a sus vasallos.
Dieron a entender a los duques, que su futuro dependía de que se cortasen la
exportación, recordando Fernando al Guzmán, por carta de 5 de abril , la
prohibición de asomar por las costas de Allende, so pretexto de “rescatar”o de
“otra manera”. Pero al ser imposible poblar y conquistar, estando clausuranda
la tierra, el 12 de agosto se levantó la veda. Esta vez la Berbería quedó
abierta sin cortapisas. Suprimidas las licencias, los reyes disimularon la
rectificación, achacando la clausura a iniciativa de Lugo. Entre los primero
que aprovecharon el cambio aparece otra vez Juan Ximón, ahora
vicario de Jerez. Arrendada la "nao" de Diego Salenas, cargó
mercancía para "Allende", publicando la intención de rescatar
cristianos, cautivos de los "enemigos de la fe". (L.A. Toledo)
1499 Marzo 16.
Dto. 1.279-3.-Hernando y Francisco de León. «Muy honrado caballero Alonso de
Lugo e Gobernador de la de Tenerife e La Palma, do las tas. q. están abajo de
las tas. de Albornos q. están en el parrento (por barranco?) allá donde tiene
una cueva el dho. Fernando de León (entre líneas: e Francisco de León) e se las
do por suyas con la cueva q. tiene ahí. [verso: autógrafo del Adelantado] Por
la presente do a vos Hernando y Francisco León un pedazo de ta. q. está debajo
de las tas. de A. en la ladera, con tal q. no es de riego, y una cueva con su
corral en q. vivís ambos hermanos. A. de L. 16-III-1499.
1499 Marzo 16.
1.279-3.-Hernando y Francisco de
León. «Muy honrado caballero Alonso de Lugo e Gobernador de la de Tenerife e La
Palma, do las tas. q. están abajo de las tas. de Albornos q. están en el
parrento (por barranco?) allá donde tiene una cueva el dho. Fernando de León
(entre líneas: e Francisco de León) e se las do por suyas con la cueva q. tiene
ahí. [verso: autógrafo del Adelantado] Por la presente do a vos Hernando y
Francisco León un pedazo de ta. q. está debajo de las tas. de A. en la ladera,
con tal q. no es de riego, y una cueva con su corral en q. vivís ambos hermanos.
A. de L. 16;.III-1499. (Datas
de Tenerife, libros I al IV)
1499 Marzo 22. Madrid. Confirmación de la elección hecha por el
concejo y justicia de Gran Canaria, conforme al fuero concedido a dicha isla,
de Bartolomé de Cardela, Lope de Salazar y Pedro de Ervás para los oficios de
alcaldes, de Fernando de Bachicao, Pedro de Santana, Lázaro Martín, Bartolomé
Paez, Maziot de Betancor y Alonso de Zorita para los de regidores, de Enrique
Yáñez para el de alguacil, de Juan de Barcelona para el de personero, y de
Bartolomé de Fontana para el de mayordomo, a fin de que puedan ejercer dichos
oficios, con todos sus derechos y honores, durante tres años. El Rey. Almazán.
Respaldo: Episcopus ovetensis. Johannes. Petrus. Johannes licencia tus.
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