EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
CAPITULO III: DE LA ANTIGÜEDAD AL SIGLO
XV.
1491 – 1500
Guayre Adarguma Anez’ n Yghasen
En este caso era el del bando de
Anaga, cuyo nombre cristiano una vez bautizado por el rito católico fue
Hernando o Fernando. Sepúlveda; solicitaba y los monarcas castellano-aragoneses
accedieron a que el caso fuera visto por el juez especial designado para
tramitar los procesos de los canarios, don Juan de Silva, conde de Cifuentes,
asistente de Sevi1la. Se encomendaba al
citado Juez que, oídas las partes,
hiciera justicia a la petición del procurador.
No hay referencia expresa de que
el mencey estuviera en Sevi1la, aunque tampoco de que hubiera vuelto a Chinech
(Tenerife). Se deduce del documento que el mencey había conservado su hacienda
en la Isla
después de la conquista, algo que sólo puede deberse a su pertenencia a un
bando de paces, y que el gobernador Lugo la había incautado, sin especificar el
motivo. Este documento nos hubiera inducido a equívoco si no conociéramos otro
de dos años después, que nos aclara la situación. En febrero de 1502 los
monarcas respondían a otra petición de justicia de don Hernando. Por lo que
parece, el juez Silva no había hecho justicia al mencey, por lo que el asunto
se dirigía al gobernador de tamaránt (Gran Canaria), a quien encomendaba actuar
como juez
En febrero de 1502 el Consejo de
Castilla respondía a otra petición de justicia de don Hernando. Por lo que parece,
el juez Silva no había hecho justicia al mencey, por lo que el asunto se
dirigía al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria), a quien encomendaba actuar
como juez. Sabemos por esta carta que los monarcas habían ordenado expresamente
al mencey que se trasladara a vivir a la isla de Gran Canaria, posiblemente
para evitar problemas con el invasor Alonso de Lugo. (Ver documentos E. Aznar Vallejo de las fechas mencionadas en
estas efemérides).
Más datos se aclaran con este
documento. Lugo cuyo fin era el de apoderarse de los ganados del mencey,
pretextando el empobrecimiento de la región de Anaga, no le permitía llevar
consigo su ganado, prácticamente el único bien de que disponía don Hernando.
Era frecuente estas actitudes
injustificables en el invasor y gobernador, hay que reseñar que era
moneda corriente en aquellos años que las autoridades coloniales intentaran
evitar que los habitantes, fueran castellanos o guanches, se trasladaran de una
isla a otra llevando todos sus bienes. Problemas de este tipo hubo con bastante
fre- cuencia y no sólo con los guanches.
El otro dato importante a tener
en cuenta es el referente a los esclavos. No se trataba de esclavos del mencey,
sino del invasor, que fueron comprados a éste por don Hernando y liberados a
continuación, ya que eran sus parientes. Esta técnica de ahorramiento o
liberación de esclavos guanches por parte de sus parientes o amigos libres se
estaba dando en la Isla
desde hacía tiempo, y fue considerada varias veces como peligrosa por los
invasores esclavistas miembros del
concejo de los europeos establecidos en la Isla.
De esto debe deducirse que don
Hernando sí volvió a Chinet (Tenerife), aun-
que fuera por poco tiempo.
No sabemos si la orden de los
monarcas de que se trasladara a Tamaránt (Gran Canaria) fue dada desde su
llegada a Castilla en 1496 o cuando regresó a Chinet (Tenerife) o cuando
regreso a Chinet (Tenerife). El hecho es que, en cualquier caso, le dio tiempo
de liberar a sus parientes esclavizados.
Como detalle emotivo, el mencey
también solicitaba que se le diera el beneficio judicial de pobreza dando
"el juramento e solemnidad de pobre" y se le asignara letrado y
procurador de oficio. La respuesta del Consejo de Castilla a la petición del
mencey consistió en encargar al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria), por
entonces Antonio de Torres, que hiciese justicia al agraviado, asignándole un
letrado de oficio para la defensa de los intereses lesionados y prohibiendo que
se le cobrara derecho alguno por el litigio.
Conocemos por otras fuentes que
el mencey de Anaga se asentó en Gran Canaria en la sureña Arguineguín, donde
aparece dedicado a actividades pastoriles en 1505 acompañado de sus dos hijos
don Diego y don Juan de Anaga.
El trato a los menceyes de bandos
de paces fue más benévolo que a los de los bandos de guerra Todos estos hechos
se complementan Con un tercer documento, que hasta este momento nadie había
puesto en relación Con los otros dos, de noviembre de 1504. Se trata de una
solicitud de información del Consejo Real al gobernador de Tamaránt (Gran
Canaria) sobre otra queja de don Hernando. Según este documento, el pleito
entre el mencey y Alonso de Lugo fue fallado por el gobernador de Gran Canaria,
que en aquellos años tuvo que ser, o bien el teniente de gobernador Juan Fernández
de Anaya en ausencía del gobernador Antonio de Torres, que falleció en octubre
de 1502, o bien el nuevo gobernador,
Alonso Escudero, que llegó a Tamaránt (Gran Canaria) el 10 de noviembre de
1503. La sentencia fue favorable al mencey, para contrariedad del gobernador
Alonso de Lugo, quien, según el documento, dio al mencey un plazo perentorio de
sesenta días para trasladar su hacienda a Tamaránt (Gran Canaria), tiempo en
que don Hernando no pudo sacar todo lo que tenía en Chinet (Tenerife). Una vez
se
cumplió el plazo, Lugo lo privó
de hacerlo.
Don Hernando se quejaba de esto,
y además del hecho de que el gobernador, ya adelantado por entonces, no le
permitía ir a la isla de Benahuare (La
Palma ) a cobrar deudas que tenía allí, por lo que perdió
mucho dinero. Esta noticia indica que el nivel económico del mencey, aunque no
fuera de riqueza, con la relatividad de lo que se podía entender por riqueza en
aquellos años y en aquellas circunstancias, no era de los peores. Si don
Hernando pudo liberar a sus parientes comprándolos al gobernador y pudo hacer
tratos comerciales, aunque fueran de simple venta de ganado con pago aplazado,
es evidente que poseía un significativo potencial económico en un momento en
que el ganado era el principal bien de la Isla , lo que le permitía incluso hacer llegar su
voz a la Corte
castellana y, lo que es más novedoso, que realmente tuvo que estar una
temporada residiendo en Chinet (Tenerife) después de la invasión y conquista.
No hay más noticias de don
Hernando de Anaga. Dudamos de que lograra recuperar la hacienda que estaba
pendiente de sacar de Chinet (Tenerife) dada la insaciable sed de rapiña que
dominaba al invasor Alonso de Lugo. (Mariano Gambia García, 2007)
1500.
Archivo de Protocolos. Sevilla.-Of.
1V.-Escribano: Francisco Segura.-Hoja
suelta en el libro 1.Q del año
1500.- -4 folio 71 v.
(Doc. núm. 76).
[Nómina de los maravedis
que han de haber por
sus servicios ciertos conquistadores de Gran Canaria.]
Los rnaravedís que han de aver
las personas vecinas de la Ysla
de la Gran Canaria , que
fueron escritas e
enbiadas acá a
Castilla, a mí Francisco
de Arévalo, en una fée
escrita e firmada de Gonzalo de Burgos, escrivano público de la dicha Ysla, en que venían escritas las personas que avían
de aver sueldo, si están
bivas, e de las
que estén fallecidas
escritas sus herederos, para que
ayan e reciban
el sueldo que cabe
a cada persona
por mirar, de los 101.650 maravedís
que son cobrados, e lo que
á de aver cada uno
de lo que queda por cobrar para
quando sea cobrado desta libranza, si
Sus Altezas mandaren pagar, es lo
de yuso escrito, segúnd se declaró por Gonzalo
de Burgos e por
un Oficial de las quentas
de Juan López,
Contador mayor de los Reyes
nuestros Señores:
Primeramente, Ybone de
Armas, vecino de la dicha Ysla
de la Gran Canaria , ovo de aver,
segund paresce por la
nómyna del sueldo que
los Reyes nuestros Señores
mandaron librar en
Luys de Mesa, su
Recebtor que a la
sazón era, ovo
de aver 9.487 maravedís; a
de aver de
los dichos 101.650 maravedís, contando a cada millar 403 mamvedís,
cábenle 3.826 maravedís.
Desos se
sacan para en
quenta de las costas
de lo que
a de caber
a cada uno.. .
(roto). . .
quédanle por cobrar 5.661
maravedís. Pedro de Avila
Tasturmdo: ovo de aver 6.600
maravedís desta libranza, de
que le vienen 2.700 maravedís; desto se
le sacan para las costas que le
an de caber 135 maravedis. Réstanle deviendo 2.565 maravedís, y
para la libranza de por venir
4.000 maravedís.
Pedro de Salamanca: a de aver, segund paresce por la nómyna del sueldo, 4.065 maravedís;
cábenle de lo
cobrado 9.638 maravedís; hánsele
de sacar destos
para las costas
85 maravedís. Réstanle deviendo
1.553 maravedis; quédanle deviendo
de lo que
está por cobrar
2.427. Esta libranza
toda esta enbarazada por
Gonzalo del Castillo,
criado del Comendador mayor; de lo
que se
fiziere está Pedro de la
Fuente ,
que tiene poder
del dicho Pedro de
Salamanca.
Perucho de Nutra,
se le deve, segund paresce por la
nómyna del sueldo, 2.800
rnaravedís; de dichos
maravedís le viene de lo
que está cobrado desta libranza 1.128
maravedís; desto se le
saca para lo que
le a de caber
de las costas 55 maravedis.
restanle deviendo de lo que está
por cobrar 1.672
maravedís.
Guillen Castillo: ovo de aver,
segünd paresce por la nómyna
de1 sueldo, 6.853 maravedís,
de que le vienen
de lo cobrado
2.765 maravedís; destos
se le saca para en quenta de los gastos 135 xnaravedís. Réstanle deviendo 2.630 maravedís
desta dicha libranza dévelos cobrar Juan Fernández de la Alcoba , por virtud de
un poder que
del dicho Guillén mostró.
A Pedro el Rey: se le deven, segund paresce por la nómyna, 6.700 maravedis
de que le
vienen desta libranza
2.700 maravedís (roto) ... para
la libranza de por venir 4.000
maravedís que se le deven
segímd paresce por
la nómyna 5.127
maravedís, de que le caben desta libranza 2.163 maravedís; destos se le sacan para
los dichos gastos 100 maravedís. Réstanle
2.063 maravedis, y para
la libranza de por
venir 3.063 maravedís. Rodrigo
Carpmtero: se le deven segúnd paresce
por la nómyna 6.000 mamvedís; cábenle
desto recabdado 2.298 maravedís; destos
se le sacan
para los dichos gastos de costas
120 maravedís. Réstansele deviendo...
(roto).
Ximenez de Fuentes Aguilando: se le
deven 6.800 maravedís; cábenle desto. recabdado
2.740 maravedis; destos
se le sacan
para las dichas
costas 135 maravedís. Réstansele
deviendo 2.605 maravedís,
y para la
libranza de por venir
4.060 maravedís.
A Miguel de Colmenar
se le deven, segúnd paresce de la
nómyna del sueldo, 6 700 maravedís,
de que le vienen
de lo cobrado
2.700 maravedís; destos
se le sacan a cuenta de las costas 135
rnaravedís. Réstansele dividiendo
2.565 ma- ravedís. y para
la libranza de por
venir 4.000 maravedís.
Los dineros deste Miguel de Colmenar diz los a de aver
Pedro de Argüello, por el qual sustituyó
a mí para que
los cobrase para
él.
A Pedro Ferrera
le caben por la nómyna
6.700 maravedis. (roto) 4.000
maravedis.
A Fernando de Montemayor
se le deven,
segúnd paresce por la nómyna, 6.700 maravedis,
de que le
vienen de lo
cobrado 2.700 maravedís;
destos se le sacan a
cuenta de las costas 135 maravedís. Réstansele deviendo 2.565 ma- ravedís, y para
la libranza de
por venir 4.000
maravedis.
Lucas Martinez: a
de aver, segund
paresce por la
nómyna 5.127 maravedís,
de que le vienen de lo cobrado
2.066 maravedís; destos se le sacan para en cuenta de las
costas 100 maravedís. Réstansele deviendo
1.965 maravedís y para la libranza
por venir 3.061 maravedis.
Johan Ynglés: se le deven segund paresce por la
nómina 6.085 maravedís, de que le
vienen 2.480 maravedis;
destos se le
sacan para en cuenta
de las. costas 120 maravedís. Réstansele
deviendo 2.328 maravedís,
y para la li-
branza de por
venir 3.635 maravedis.
Gsnzalo Real, se le deven
2.800 maravedis, de que
le vienen 1.128 maravedís, destos
se le sacan para
en cuenta de las costas 55 maravedís. Réstansele deviendo 1.073 maravedís, y para
la libranza de por venir 1.672 maraveüís.
Andrés de Fasnalcázar: se le
deven, segund paresce
de la nómina, 6.700 maravedís, de
que le vienen
2.700 maravedís; destos
se le sacan
para en cuenta de los
gastos 135 maravedís. Réstansele deviendo 2.565 maravedís,
y para la libranza
de por venir
4.000 maravedís. Este
dicho sueldo y
lo por cobrar, todo
lo a de
aver Juan Fernández de Alcoba, por
virtud de un poder que del dicho Andrés
de Fasnalcázar mostró el dicho
Juan Fernández.
A
los herederos Raimundo de
Prado se les
deven segúnd paresce
por !a nómyna, 2.775 maravedís,
de que le vienen de
lo cobrado 1.116 maravedís; destos se le sacan para en cuenta de los gastos de costas 55 maravedís. Rés- ransele deviendo
1.061 maravedís, y para
la libranza de por
venir 1.659 ma- ravedís.
A (roto) de
que le vienen de
lo cobrado 2.700
maravedís; destos se le sacan para en cuenta de las costas 135
maravedís. Réstansele deviendo 2.565 maraveüís,
y para la
libranza de por
venir 4.000 maravedís.
A los herederos de Pascual
Tesles se le deven otros tantos
maravedís, de que
les vienen 2.565
maravedís, e para lo por
venir les vienen
otros 4.000 maravedís.
A
Los herederos de
Juancizo el Sastre
se les deven
4.065 maravedís, de que
les vienen 1.639 maravedís; destos
se le sacan para las costas 82 maravedís.
Réstansele deviendo 1.557 maravedís,
y para
la libranza de por venir 2.326
maravedís.
A
los herederos de Pedro de la Hinojosa se les deven
5.117 maravedís, de que les
vienen 2.055 maravedís; destos
se les sacan para
costas 103 maravedís. Réstanseles deviendo 1.952 maravedís, y
para la libranza de por
venir 3.062 maravedís.
A los herederos de
Juan Guerra se les deven 6.865 maravedís, de que les vienen 2.766 maravedís; destos
se les sacan para costas 143
maravedís. Réstánseles deviendo 2.622
maravedís, y para la libranza de por venir
4.099 maravedís.
A
los herederos de Diego de Salamanca
se les deven 5.125 maravedís, de que
les vienen de lo
cobrado 2.065 maravedís; destos
se les sacan
para en cuenta de
las costas 100
maravedís. Réstanseles deviendo
1.962 maravedís, para la
libranza de por venir
3.060 maravedis. Este sueldo está
enbargado por cierta debda
que devia el
dicho Diego de Salamanca.
A las
herederos de Diego de Salamcünca (?) se
les deven 6.700 maravedís, de que
les vienen de
lo cobrado 2.700 maravedís; destos
se les sacan para
en quenta de las
costas 135 maravedís. Réstanseles
deviendo 2.565 maravedís, y para la libranza de por venir
4.000 maravedís. Estos maravedís de la dicha libranza los
tiene enbargados Gonzalo
del Castillo, criado
del Comendador mayor .
. . (roto) Pedro de la Puente que tiene
(roto). . .
A los
herederos de Juan
Sánchez de Morón
se les deven
4.783 maravedís, de que les vienen
de lo cobrado
1.927 maravedís; destos se les
sacan para en cuenta de las costas 96 maravedís. Réstanseles deviendo
1.831, y para la libranza de por
venir 2.856 maravedís.
A los herederos de Juan de la Hinojosa se les deven 5.465 maravedís, de que
les vienen 2.190 maravedís; destos
se les sacan
para en cuenta
de las costas 110 maravedís.
Réstanseles deviendo 2.080 maravedís, y
para la libranza de por venir 3.273
maravedís.
A los herederos de Gil de León
se les deven 6.700 maravedís,
de que les.vienen de lo cobrado
2.700 maravedís; destos se les sacan para en
cuenta de las costas
135 maravedís. Réstanseles
deviendo 2.565 maravedís,
y para la libranza
de porvenir - 4.Xiii maravedis.
A
los herederos de Alonso García,
albañir, se les deven 4.175 maravedis,
de que les vienen 1.683 maravedís; destos
se les sacan para costas 83 mara-
vedís. Réstanseles deviendo 1.599 maravedís, y
para la libranza de por
venir
2.493 maravedís. Estos
dichos maravedís está acá
demandándolos la muger
del dicho AIonso García, alvañir.
cobrado 2.200 maraveGis; destos se
le sacan para las costas
110 maravedis
RéstanseIe deviendo
2.090 maravedís, y para
la libranza de
por venir 3.273; maravedís. Recibió Alonso de Cabrejas,
su hermano, de' mí, aquí
en Sevilla,
por virtud
de un poder
que del dicho
Francisco de Cabrejas,
su hermano,
mostró, recibió
de my 1.375
maravedis, asy que
a de aver desta libranza
715 maravedís.
Alonso de
Albayda a de
aver, segund parece
de la nómyna, 6.700 maravedis, de los que le vienen 2.700
maravedís; destos se le sacan para las
costas 135 maravedís. Réstansele deviendo
2.565 maravedís, y
para la libranza
de por venir 4.000
maravedís. Los recibió
acá Juan Fernández
de Alcoba por virtud de un
poder que él mostró
del dicho Alonso de Albayda.
A Diego Catalán
se le deven 3.575 maravedis, de
los que le
caben de lo cobrado 1.441 maravedís; destos
se le sacan para costas 96
rnaravedís. Rés- tansele deviendo
1.345 maravedís, y para la
libranza de por venir 2.133 ma- ravedís. Estos dichos maravedís los a
de aver Pedro de Santana por virtud de un poder que del dicho Diego
Catalán mostró. Estos dichos maravedís
quedan acá en mi
poder.
A Alonso Barbero
se le deven 6.700 maravedís, de
los que le caben
de 10 cobrado 2.700 maravedís;
destos se le
sacan para en
cuenta de las
costas 135 maravedís.
Réstansele deviendo 2.565 maravedís, y
para la libranza de por venir 4.000 maravedís. Tiene rrecibidos de mí 1.500 maravedís, que di por
él al.
Baohiller Pedro de Valdés, el mozo, en virtud de un poder que dél mostro; asymismo conpré
yo acá paño
para un mantillo
para su muger, lo
qual le enbié alla con
mi conpadre Cristóval
Rodríguez, porque él
me lo envió
a mandar por su carta que gelo
enbiase con él;
costó 1.125 maravedís, que son por
todos 2.565 maravedís; asy que
me queda
él a dever
60 maravedís desta libranza que
está cobrada.
A Juan. de Burguillos se le deven 6.866 maravedís, de
que le caben
de lo cobrado 2.740
maravedís; destos se
le sacan para
en quenta de
las costas 137 maravedís. Réstansele
deviendo 2.610 maravedís,
y para la
libranza de por venir
3.119 maravedís.
A Pedro
de Arguello se le
deven de su
sueldo 5.393 maravedís,
de que le caben de lo cobrado
2.172 maravedís; destos se le sacan para
en quenta de las costas 108 maravedís. Réstansele
deviendo 2.064 maravedis,
y para la libranza
de por venir 3.221 maravedís.
Tiene él
rescibido de my 2.310 maravedis; asy que le alcanzo yo al dicho Pedro de Argüello
por 246 maravedís, los quales
dichos CCXLVI tomaré yo de los dichos
maravedís qu'él ha de aver de los de Miguel de Colmenar.
Sevastián de Arjona a
de aver de la nómina 5.327 maravedís, de los
que le caben de lo
cobrado 2.065 maravedís ...
(roto) 3.062 maravedís; asy que todo
el sueldo que a este Sevastián de Arjona pertenesce lo ha de aver Juan Fernández de Alcoba, por
virtud de un poder
que dé1 mostró; de
los quales le tengo pagados lodichos 1.962 maravedís, que
desta dicha libranza le cabían a1 dicho Sebastián de Arjona y ha de
aver de los que están cobrados.
A Rodrigo Preñado
le caben de su sueldo 6.700 maravedís,
de que le vienen de lo
cobrado 2.700 maravedís;
destos se le sacan
para las costas 135 maravedís. Réstansele deviendo 2.565 maravedís,
y para la
libranza de por venir 4.000 maravedís.
A Estevan de
Ureña se le deven 4.640 maravedís, de
que le
caben de lo cobrado 1.850 maravedís; destos
se le sacan para
en cuenta de
las costas 93 maravedís. Réstansele
deviendo 1.763 maravedís, y
para la libranza
de por venir 2.784 maravedis.
Asy que
consta que por
esta nómyna que
han de aver
las personas de yuso contenidas,
segund que por
ella se contiene,
55.962 maravedís de moneda de Castilla, sacados de costos 1.050 maravedis, que se sacaron para los costos fechos en esta libranza de 61.640
maravedís, que se han de dar e pagar en las personas que en esta nómina ban
nonbradas, a cada lo que ha de aver por
sus servicios; e los maravedís
restantes desta dicha
libranza se han dado a
las personas que avian
de aver e
lo vinieron a
recamar o enbiaron
por ello; asy que
son los dichos maravedís 55.962. (En: Francisco Morales Padrón, 1962)
1500.
Acerca de los comienzos de la construcción de la catedral de Las Palmas y sus
primeros arquitectos, no recuerdo noticias anteriores a las consignadas por
Pedro Agustín del Castillo en su Descripción, las mismas que repiten
posteriormente Viera y Clavijol y Deán Bermúdez. «Para [la] obra -escribe Castillo-
se trajo por Maestro Mayor, del orden del Cabildo Eclesiástico, el año de mill
y quinientos, a Diego Alonso de Motaude... a quien se señalaron sesenta doblas
de salario… Este arquitecto que, según Millares Torres, procedía de Sevilla,
«simentó el edificio con excelente planta, que prosiguió Juan de Palacio, otro
gran Maestro, leuantándolo con singulares columnas y Bóveda, su majestuosa obra
corinthia; la que quedó al principio del cruzero, serrando allí con el Altar
Mayor, siendo la hecho una filigrana de cantería, que, acabada, fuera
admiración y hermosura de la
Europa … Juan de Palacios se presentó ante el Cabildo
Eclesiástico de Gran canaria el 17 de febrero de 1533 y fue recibido “por
Maestro Mayor de cantería para la obra mayor de esta iglesia “ que se quiere
hacer y labrar.”
No fue Palacios el continuador
inmediato de las obras iniciadas por Motaude, El documento del Archivo de
Protocolos Notariales de Sevilla que publico al final nos obliga a situar,
entre aquellos dos arquitectos, al “maestro de cantería”, vecino de la cíudad
del Guadalquivir, Pedro de Llerena, El 30 de mayo de 1504 se concertaba con el
Cabildo Eclesiástico de Las Palmas -representado por los racioneros- de la
catedral sevillana Juan de Medina y Juan de Millares-, obligándose a pasar a
Gran Canarra con dos oficiales canteros y un mozo, para trabajar en la fábrica
de la iglesia en calidad de “maestro e asentador e hedificador”. Se comprometía
a “fazer e labrar y asentar y hedificar todo lo que los dichos señores Deán y
Cabildo quisyeren e mandaren., por un”
sueldo anual de diez mil
maravedises, además de tres reales de plata por cada dia que trabajase en la
obra, En el contrato se especifica también la remuneración de los oficiales
canteros y se hacen constar otras condiciones usuales entre los artífices de la
época: obligación de darles casa en que vivir, sueldo desde el día de la
partida de Sevilla y reparación y afilado de las herramientas por cuenta de la
parte contratante. Como anticipo de su salario recibió veinte ducados de oro,
pagados por el mercader genovés Francisco de Riverol. Como en el contrato no se
dice que Llerena hubiese de estar alas órdenes de otro maestro, se deduce que
Motaude había cesado en la dirección de las obras.
En cumplimiento de la obligación
contraída, Pedro de Llerena pasó a Las Palmas. En julio de 1506 estaba en San
Cristóbal de La Laguna ,
donde se obligó con el Adelantado don Alonso Fernández de Lugo a trazar la
iglesia de San Miguel, que éste trataba de construir a su costa frente a las
casas de su morada, comprometiéndose a visitar las obras cuatro veces por año
En el contrato se intitula “cantero, maestro mayor de la obra de la iglesia
catedral de la ysla de Grand Canaria”. Su trabajos en la dirección de este
edificio se reducirían a proseguir las obras iniciadas por Motaude, ejecutando
las trazas y planos de éste.
Infelizmente, la primitiva
iglesia de San Miguel de La
Laguna no se conserva, pues la actual ermita de esta
advocación es obra del siglo XVIII, e ignoro si en la clausura del convento de
las Catalinas queda algún resto del palacio del Adelantado. En Las Palmas,
entre el variado repertorio de casas de los últimos días del gótico que guarda
el barrio de Vegueta, es posible que quede alguna obra de Pedro de LIerena. Es
de esperar que su nombre aparezca en los Protocolos Notariales y en las actas
del Cabildo Eclesiástico.
Para terminar este comentario, me
parece que vale la pena recoger un dato que creo relacionado con las obras de
la catedral de Las Palmas. EI 14 de julio de 1507, el Cabildo Eclesiástíco de
Sevilla dispuso que el maestro máyor Alonso Rodríguez no hiciesviaje a
Canarias, por considerar indispensable su presencia junto a las obras de la
catedral. Alonso Rodríguez, que acababa de cerrar el cimborrio del gran templo
sevillano, era, por entonces, el arquitecto de más fama en la archidiócesis
hispalense. Su proyectado viaje al Archipiélago por fuerza se ha de relacionar
con las obras de la iglesia episcopal de Gran Canaria. Fueron dos racioneros de
la de Sevilla quienes contrataron a Pedro de Llerena, y nada tendría de extraño
que el propio Alonso Rodríguez hubiese intervenido en la designación de este
maestro. La catedral de Las Palmas era la mayor empresa arquitectónica
acometida hasta entonces en la provincia atlántica, recientemente incorporada a
los dominios de Castilla. Nada tiene de extraño que el Cabildo Eclesiástico de
Gran Canaria contratase al maestro mayor de la catedral
de Sevilla -de la cual era sufragánea la de Las Palmas, para
que, en determinados momentos de la construcción, fuese a inspeccionar las
obras. Lo cierto es que el viaje de Alonso Rodriguez a Canarias no pasó de
proyecto. (Enrique Marco Dorta; 1958:123-26)
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