miércoles, 24 de octubre de 2012

CAPITULO III: DE LA ANTIGÜEDAD AL SIGLO XV.



EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

 

CAPITULO III: DE LA ANTIGÜEDAD AL SIGLO XV.


1491 – 1500



Guayre Adarguma Anez’ n Yghasen

 1500. Estando la Corte castellano-aragonesa en Granada, pocos meses antes de que, se denunciara la esclavización del mencey de Icod. El mismo procurador de los pobres Alonso de Sepúlveda hacía llegar a los Reyes Católicos en aquella fecha la queja de otro de los antiguos menceyes chineneces (tinerfeños).

En este caso era el del bando de Anaga, cuyo nombre cristiano una vez bautizado por el rito católico fue Hernando o Fernando. Sepúlveda; solicitaba y los monarcas castellano-aragoneses accedieron a que el caso fuera visto por el juez especial designado para tramitar los procesos de los canarios, don Juan de Silva, conde de Cifuentes, asistente de Sevi1la.  Se encomendaba al citado Juez  que, oídas las partes, hiciera justicia a la petición del procurador.

No hay referencia expresa de que el mencey estuviera en Sevi1la, aunque tampoco de que hubiera vuelto a Chinech (Tenerife). Se deduce del documento que el mencey había conservado su hacienda en la Isla después de la conquista, algo que sólo puede deberse a su pertenencia a un bando de paces, y que el gobernador Lugo la había incautado, sin especificar el motivo. Este documento nos hubiera inducido a equívoco si no conociéramos otro de dos años después, que nos aclara la situación. En febrero de 1502 los monarcas respondían a otra petición de justicia de don Hernando. Por lo que parece, el juez Silva no había hecho justicia al mencey, por lo que el asunto se dirigía al gobernador de tamaránt (Gran Canaria), a quien encomendaba actuar como juez

En febrero de 1502 el Consejo de Castilla respondía a otra petición de justicia de don Hernando. Por lo que parece, el juez Silva no había hecho justicia al mencey, por lo que el asunto se dirigía al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria), a quien encomendaba actuar como juez. Sabemos por esta carta que los monarcas habían ordenado expresamente al mencey que se trasladara a vivir a la isla de Gran Canaria, posiblemente para evitar problemas con el invasor Alonso de Lugo. (Ver documentos  E. Aznar Vallejo de las fechas mencionadas en estas efemérides).

Más datos se aclaran con este documento. Lugo cuyo fin era el de apoderarse de los ganados del mencey, pretextando el empobrecimiento de la región de Anaga, no le permitía llevar consigo su ganado, prácticamente el único bien de que disponía don Hernando. Era frecuente estas actitudes  injustificables en el invasor y gobernador, hay que reseñar que era moneda corriente en aquellos años que las autoridades coloniales intentaran evitar que los habitantes, fueran castellanos o guanches, se trasladaran de una isla a otra llevando todos sus bienes. Problemas de este tipo hubo con bastante fre- cuencia y no sólo con los guanches.

El otro dato importante a tener en cuenta es el referente a los esclavos. No se trataba de esclavos del mencey, sino del invasor, que fueron comprados a éste por don Hernando y liberados a continuación, ya que eran sus parientes. Esta técnica de ahorramiento o liberación de esclavos guanches por parte de sus parientes o amigos libres se estaba dando en la Isla desde hacía tiempo, y fue considerada varias veces como peligrosa por los invasores esclavistas  miembros del concejo de los europeos establecidos en  la Isla.
De esto debe deducirse que don Hernando sí volvió a Chinet (Tenerife), aun-
que fuera por poco tiempo.

No sabemos si la orden de los monarcas de que se trasladara a Tamaránt (Gran Canaria) fue dada desde su llegada a Castilla en 1496 o cuando regresó a Chinet (Tenerife) o cuando regreso a Chinet (Tenerife). El hecho es que, en cualquier caso, le dio tiempo de liberar a sus parientes esclavizados.

Como detalle emotivo, el mencey también solicitaba que se le diera el beneficio judicial de pobreza dando "el juramento e solemnidad de pobre" y se le asignara letrado y procurador de oficio. La respuesta del Consejo de Castilla a la petición del mencey consistió en encargar al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria), por entonces Antonio de Torres, que hiciese justicia al agraviado, asignándole un letrado de oficio para la defensa de los intereses lesionados y prohibiendo que se le cobrara derecho alguno por el litigio.

Conocemos por otras fuentes que el mencey de Anaga se asentó en Gran Canaria en la sureña Arguineguín, donde aparece dedicado a actividades pastoriles en 1505 acompañado de sus dos hijos don Diego y don Juan de Anaga.

El trato a los menceyes de bandos de paces fue más benévolo que a los de los bandos de guerra Todos estos hechos se complementan Con un tercer documento, que hasta este momento nadie había puesto en relación Con los otros dos, de noviembre de 1504. Se trata de una solicitud de información del Consejo Real al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria) sobre otra queja de don Hernando. Según este documento, el pleito entre el mencey y Alonso de Lugo fue fallado por el gobernador de Gran Canaria, que en aquellos años tuvo que ser, o bien el teniente de gobernador Juan Fernández de Anaya en ausencía del gobernador Antonio de Torres, que falleció en octubre de 1502, o  bien el nuevo gobernador, Alonso Escudero, que llegó a Tamaránt (Gran Canaria) el 10 de noviembre de 1503. La sentencia fue favorable al mencey, para contrariedad del gobernador Alonso de Lugo, quien, según el documento, dio al mencey un plazo perentorio de sesenta días para trasladar su hacienda a Tamaránt (Gran Canaria), tiempo en que don Hernando no pudo sacar todo lo que tenía en Chinet (Tenerife). Una vez se
cumplió el plazo, Lugo lo privó de hacerlo.

Don Hernando se quejaba de esto, y además del hecho de que el gobernador, ya adelantado por entonces, no le permitía ir a la isla de Benahuare (La Palma) a cobrar deudas que tenía allí, por lo que perdió mucho dinero. Esta noticia indica que el nivel económico del mencey, aunque no fuera de riqueza, con la relatividad de lo que se podía entender por riqueza en aquellos años y en aquellas circunstancias, no era de los peores. Si don Hernando pudo liberar a sus parientes comprándolos al gobernador y pudo hacer tratos comerciales, aunque fueran de simple venta de ganado con pago aplazado, es evidente que poseía un significativo potencial económico en un momento en que el ganado era el principal bien de la Isla, lo que le permitía incluso hacer llegar su voz a la Corte castellana y, lo que es más novedoso, que realmente tuvo que estar una temporada residiendo en Chinet (Tenerife) después de la invasión y conquista.

No hay más noticias de don Hernando de Anaga. Dudamos de que lograra recuperar la hacienda que estaba pendiente de sacar de Chinet (Tenerife) dada la insaciable sed de rapiña que dominaba al invasor Alonso de Lugo. (Mariano Gambia García, 2007)

1500.
Archivo de Protocolos. Sevilla.-Of.  1V.-Escribano: Francisco Segura.-Hoja
suelta en el libro 1.Q  del año 1500.-  -4  folio 71 v.  (Doc. núm. 76).

[Nómina de los  maravedis  que  han de haber  por  sus  servicios  ciertos conquistadores  de Gran Canaria.]

Los rnaravedís que han de aver las personas vecinas de la Ysla de la Gran  Canaria,  que  fueron  escritas  e  enbiadas  acá  a  Castilla,  a mí  Francisco  de Arévalo,  en una  fée  escrita  e firmada de Gonzalo  de Burgos, escrivano público de  la dicha Ysla, en  que venían escritas las personas  que avían  de aver sueldo,  si  están  bivas,  e  de  las que  estén  fallecidas  escritas  sus herederos, para  que  ayan  e  reciban  el  sueldo que  cabe  a  cada  persona  por  mirar,  de los 101.650  maravedís  que son  cobrados, e  lo que  á de  aver  cada uno  de lo que queda por  cobrar para quando sea cobrado desta libranza,  si Sus Altezas mandaren  pagar,  es lo  de yuso  escrito,  segúnd se declaró por  Gonzalo  de Burgos  e  por  un  Oficial de  las quentas  de  Juan  López,  Contador mayor  de los  Reyes  nuestros  Señores:

Primeramente, Ybone de Armas,  vecino de  la dicha Ysla  de la Gran Canaria,  ovo de aver,  segund  paresce  por  la nómyna  del  sueldo que  los Reyes nuestros  Señores mandaron  librar  en  Luys  de Mesa,  su  Recebtor  que  a  la sazón  era,  ovo  de  aver  9.487 maravedís;  a  de  aver  de  los  dichos  101.650 maravedís,  contando a cada millar  403 mamvedís,  cábenle 3.826 maravedís.

Desos  se  sacan  para  en  quenta  de  las costas  de  lo  que  a  de  caber  a  cada uno..  .  (roto).  .  .  quédanle por  cobrar 5.661 maravedís. Pedro  de  Avila  Tasturmdo: ovo  de  aver 6.600  maravedís  desta  libranza, de  que le vienen 2.700 maravedís; desto se  le sacan para las costas que  le an de caber 135 maravedis. Réstanle deviendo 2.565 maravedís,  y  para  la libranza de por  venir  4.000 maravedís.

Pedro  de Salamanca: a  de aver, segund paresce por  la nómyna del sueldo, 4.065  maravedís;  cábenle  de  lo  cobrado  9.638 maravedís;  hánsele  de  sacar  destos  para  las  costas  85 maravedís.  Réstanle  deviendo  1.553 maravedis; quédanle deviendo  de  lo  que  está  por  cobrar  2.427.  Esta  libranza  toda  esta enbarazada  por  Gonzalo  del  Castillo,  criado  del  Comendador mayor;  de  lo que  se  fiziere    está Pedro  de  la  Fuente,  que  tiene   poder  del  dicho Pedro  de  Salamanca.

Perucho  de Nutra,  se le deve,  segund paresce  por  la nómyna  del  sueldo, 2.800  rnaravedís;  de dichos maravedís  le viene  de  lo que está  cobrado desta libranza 1.128 maravedís;  desto se  le  saca para  lo  que  le  a  de caber  de  las costas 55 maravedis. restanle  deviendo de lo que está por  cobrar  1.672  maravedís.

Guillen Castillo: ovo  de aver,  segünd paresce  por  la nómyna  de1  sueldo, 6.853  maravedís,  de  que  le vienen  de  lo  cobrado  2.765  maravedís;  destos  se le  saca para en  quenta de los gastos 135  xnaravedís. Réstanle deviendo 2.630 maravedís desta dicha  libranza  dévelos cobrar  Juan Fernández de la Alcoba, por virtud  de  un  poder  que  del  dicho Guillén  mostró.

A Pedro  el Rey: se le deven,  segund paresce por  la nómyna, 6.700  maravedis  de  que  le  vienen  desta  libranza  2.700 maravedís  (roto)  ... para  la  libranza de por  venir 4.000  maravedís que se  le  deven  segímd  paresce  por  la  nómyna  5.127  maravedís, de que le caben desta libranza 2.163 maravedís;  destos se le sacan  para  los  dichos  gastos 100 maravedís.  Réstanle  2.063 maravedis,  y  para  la libranza  de  por  venir  3.063 maravedís. Rodrigo Carpmtero: se le deven  segúnd paresce por  la nómyna  6.000 mamvedís;  cábenle  desto  recabdado  2.298 maravedís;  destos  se  le  sacan  para los dichos  gastos de  costas  120 maravedís.  Réstansele  deviendo...  (roto).

Ximenez  de Fuentes Aguilando:  se  le deven 6.800  maravedís;  cábenle desto.  recabdado  2.740  maravedis;  destos  se  le  sacan  para  las  dichas  costas  135 maravedís.  Réstansele  deviendo  2.605  maravedís,  y  para  la  libranza  de  por venir  4.060  maravedís.

A Miguel  de Colmenar  se  le deven, segúnd paresce de la nómyna del sueldo, 6 700 maravedís,  de  que  le vienen  de  lo  cobrado  2.700  maravedís;  destos  se le sacan a cuenta de las costas 135  rnaravedís. Réstansele dividiendo  2.565 ma- ravedís.  y  para  la  libranza  de por  venir  4.000  maravedís.  Los  dineros  deste Miguel de Colmenar diz los a de aver Pedro de Argüello, por  el qual sustituyó a mí  para  que  los  cobrase  para  él.

A Pedro  Ferrera  le caben  por  la nómyna  6.700 maravedis.  (roto) 4.000 maravedis.

A Fernando  de Montemayor  se  le  deven,  segúnd  paresce por  la nómyna, 6.700  maravedis,  de  que  le  vienen  de  lo  cobrado  2.700  maravedís;  destos  se le  sacan a  cuenta de las costas 135 maravedís. Réstansele  deviendo 2.565 ma- ravedís,  y para  la  libranza  de  por  venir  4.000  maravedis.

Lucas Martinez:  a  de  aver,  segund  paresce  por  la  nómyna  5.127  maravedís,  de que le vienen  de lo cobrado 2.066 maravedís; destos se le sacan para en cuenta  de  las costas 100 maravedís. Réstansele deviendo  1.965 maravedís y  para  la libranza  por  venir  3.061 maravedis.

Johan  Ynglés: se le deven  segund paresce  por  la nómina 6.085  maravedís, de  que  le vienen  2.480  maravedis;  destos  se  le  sacan para  en  cuenta  de  las. costas  120 maravedís.  Réstansele  deviendo  2.328  maravedís,  y  para  la  li- branza  de  por  venir  3.635  maravedis.

Gsnzalo Real,  se le deven  2.800  maravedis,  de que  le vienen  1.128 maravedís,  destos  se  le  sacan para  en cuenta  de  las costas 55 maravedís.  Réstansele deviendo 1.073 maravedís, y para la libranza de por venir 1.672 maraveüís.

Andrés de Fasnalcázar:  se  le deven,  segund  paresce  de  la nómina,  6.700 maravedís,  de  que  le  vienen  2.700  maravedís;  destos  se  le  sacan  para  en cuenta  de  los gastos 135 maravedís.  Réstansele  deviendo 2.565  maravedís,  y para  la  libranza  de  por  venir  4.000  maravedís.  Este  dicho  sueldo  y  lo  por cobrar,  todo  lo  a  de  aver Juan Fernández de Alcoba, por  virtud de un  poder que del  dicho Andrés  de Fasnalcázar mostró  el  dicho  Juan Fernández.

A  los herederos  Raimundo  de  Prado  se  les  deven  segúnd  paresce  por  !a nómyna, 2.775 maravedís, de que  le vienen  de  lo  cobrado  1.116 maravedís; destos  se le sacan para en cuenta  de los gastos de  costas 55 maravedís. Rés- ransele  deviendo  1.061 maravedís,  y  para  la  libranza  de por  venir  1.659 ma- ravedís.

A    (roto) de que  le vienen  de  lo  cobrado  2.700  maravedís;  destos  se le sacan para en cuenta de las costas 135 maravedís. Réstansele deviendo 2.565 maraveüís,  y  para  la  libranza  de  por  venir  4.000  maravedís.

A  los herederos  de Pascual  Tesles  se le deven otros tantos maravedís,  de  que  les  vienen  2.565  maravedís,  e  para  lo  por  venir  les  vienen  otros  4.000 maravedís.

A  Los  herederos  de  Juancizo  el  Sastre  se  les  deven  4.065  maravedís,  de que  les vienen  1.639 maravedís;  destos  se le sacan para  las costas  82 maravedís.  Réstansele  deviendo 1.557 maravedís, y  para  la libranza de por  venir 2.326 maravedís.

A  los herederos de Pedro de  la Hinojosa  se les deven  5.117 maravedís, de que  les vienen  2.055 maravedís;  destos  se  les  sacan para  costas  103 maravedís. Réstanseles  deviendo 1.952 maravedís,  y  para  la libranza  de por  venir 3.062  maravedís.

A  los herederos de Juan Guerra se  les  deven 6.865 maravedís,  de que les vienen 2.766 maravedís;  destos  se les sacan para  costas 143 maravedís. Réstánseles  deviendo 2.622 maravedís, y para  la libranza  de por venir  4.099 maravedís.

A  los herederos de Diego  de  Salamanca  se les deven  5.125 maravedís,  de que  les vienen  de  lo  cobrado  2.065 maravedís;  destos  se  les  sacan  para  en cuenta  de  las  costas  100  maravedís.  Réstanseles  deviendo  1.962 maravedís, para  la libranza  de por  venir  3.060 maravedis.  Este  sueldo está  enbargado por  cierta  debda  que  devia  el  dicho Diego  de Salamanca.

A las herederos de Diego de Salamcünca (?)  se les deven 6.700 maravedís, de que  les  vienen  de  lo  cobrado  2.700 maravedís;  destos  se  les  sacan para  en quenta  de  las  costas  135 maravedís.  Réstanseles  deviendo  2.565  maravedís, y para la libranza de por venir 4.000 maravedís.  Estos maravedís  de la dicha libranza  los  tiene  enbargados  Gonzalo  del  Castillo,  criado  del  Comendador mayor  .  .  . (roto) Pedro de la Puente que  tiene  (roto).  .  .

A  los  herederos  de  Juan  Sánchez  de  Morón  se  les  deven  4.783  maravedís, de que  les vienen  de  lo  cobrado  1.927 maravedís;  destos  se les  sacan para en cuenta de las costas 96 maravedís. Réstanseles deviendo 1.831, y para la  libranza  de por  venir  2.856  maravedís.

A  los herederos de Juan  de  la Hinojosa  se les deven 5.465 maravedís,  de que  les vienen  2.190 maravedís;  destos  se  les  sacan  para  en  cuenta  de  las costas 110 maravedís. Réstanseles deviendo 2.080 maravedís,  y para la libranza de por venir  3.273 maravedís.

A  los herederos de Gil  de León  se les deven  6.700  maravedís,  de  que  les.vienen de lo  cobrado  2.700 maravedís;  destos  se les sacan para  en  cuenta  de las  costas  135  maravedís.  Réstanseles  deviendo  2.565  maravedís,  y  para  la libranza  de  porvenir - 4.Xiii maravedis.

A  los herederos de Alonso  García, albañir,  se les deven  4.175 maravedis,
de que  les vienen 1.683 maravedís;  destos  se les sacan para  costas 83 mara-
vedís.  Réstanseles deviendo 1.599 maravedís,  y  para  la libranza  de por  venir
2.493 maravedís.  Estos  dichos maravedís  está  acá  demandándolos  la muger
del dicho AIonso García, alvañir.

cobrado  2.200 maraveGis;  destos se  le  sacan para  las costas  110 maravedis
RéstanseIe  deviendo  2.090 maravedís,  y  para  la  libranza  de  por  venir  3.273; maravedís. Recibió Alonso  de Cabrejas,  su hermano,  de' mí,  aquí  en  Sevilla,
por  virtud  de  un  poder  que  del  dicho  Francisco  de  Cabrejas,  su hermano,
mostró,  recibió  de  my  1.375  maravedis,  asy  que  a  de  aver  desta  libranza
715 maravedís.

Alonso  de  Albayda  a  de  aver,  segund  parece  de  la nómyna,  6.700 maravedis, de los que le vienen 2.700 maravedís;  destos se le sacan para las costas 135 maravedís.  Réstansele  deviendo  2.565  maravedís,  y  para  la  libranza  de por  venir  4.000  maravedís.  Los  recibió  acá  Juan  Fernández  de Alcoba  por virtud  de un  poder  que  él mostró  del dicho Alonso  de  Albayda.

A Diego  Catalán  se le  deven  3.575 maravedis,  de  los  que  le  caben  de  lo cobrado 1.441 maravedís;  destos  se le  sacan para  costas 96  rnaravedís.  Rés- tansele  deviendo  1.345 maravedís, y para  la libranza de por  venir  2.133 ma- ravedís.  Estos dichos maravedís  los a  de aver Pedro de Santana por virtud de un poder que del dicho Diego Catalán mostró. Estos dichos maravedís  quedan acá  en  mi  poder.

A Alonso  Barbero  se le  deven 6.700 maravedís, de los que  le  caben  de 10 cobrado  2.700  maravedís;  destos  se  le  sacan  para  en  cuenta  de  las  costas 135 maravedís.  Réstansele  deviendo  2.565 maravedís,  y  para  la libranza  de por venir 4.000 maravedís. Tiene  rrecibidos de mí 1.500 maravedís, que di por él  al.  Baohiller Pedro de Valdés, el mozo, en virtud  de un poder que dél mostro; asymismo  conpré  yo  acá  paño  para  un  mantillo  para  su muger,  lo  qual  le enbié  alla con  mi  conpadre  Cristóval  Rodríguez,  porque  él  me  lo  envió  a mandar por  su carta que gelo enbiase  con  él;  costó 1.125 maravedís,  que  son por  todos 2.565 maravedís;  asy que me  queda  él  a  dever  60 maravedís  desta libranza  que  está  cobrada.

A  Juan. de Burguillos  se le deven 6.866 maravedís,  de  que  le  caben  de  lo cobrado  2.740  maravedís;  destos  se  le  sacan  para  en  quenta  de  las  costas 137 maravedís.  Réstansele  deviendo  2.610  maravedís,  y  para  la  libranza  de por  venir  3.119 maravedís.

A  Pedro  de Arguello  se  le  deven  de  su  sueldo  5.393  maravedís,  de  que le caben de lo cobrado 2.172 maravedís;  destos se le sacan para en quenta de las costas  108 maravedís.  Réstansele  deviendo  2.064  maravedis,  y  para  la libranza  de por venir  3.221 maravedís. Tiene  él  rescibido  de my  2.310 maravedis;  asy que le alcanzo  yo al dicho Pedro  de Argüello  por  246 maravedís, los quales dichos CCXLVI  tomaré yo de los dichos maravedís qu'él ha de aver de los de Miguel de Colmenar.

Sevastián de Arjona  a  de  aver de la nómina  5.327 maravedís,  de  los que le caben  de  lo  cobrado 2.065 maravedís  ... (roto)  3.062 maravedís;  asy que todo  el sueldo que a este Sevastián de Arjona pertenesce  lo ha de aver Juan Fernández de Alcoba, por virtud  de un  poder  que  dé1 mostró;  de  los  quales le  tengo pagados lodichos  1.962 maravedís,  que  desta dicha  libranza  le cabían a1 dicho Sebastián de Arjona y ha de aver de los que están cobrados.

A Rodrigo  Preñado  le caben de su sueldo 6.700 maravedís,  de que le vienen  de  lo  cobrado  2.700  maravedís;  destos  se le  sacan  para  las costas  135 maravedís. Réstansele  deviendo 2.565  maravedís,  y  para  la  libranza  de por venir  4.000 maravedís.

A Estevan de Ureña se le deven 4.640 maravedís,  de que  le  caben  de  lo cobrado 1.850 maravedís;  destos  se  le  sacan para  en  cuenta  de  las  costas 93 maravedís.  Réstansele  deviendo  1.763 maravedís,  y  para  la  libranza  de por venir  2.784  maravedis.

Asy  que  consta  que  por  esta  nómyna  que  han  de  aver  las personas  de yuso  contenidas,  segund  que  por  ella  se  contiene,  55.962  maravedís  de moneda de Castilla,  sacados de costos 1.050 maravedis,  que se sacaron para  los costos fechos en esta libranza de 61.640 maravedís, que se han de dar e pagar en las personas que en esta nómina ban nonbradas, a  cada lo que ha de aver por sus servicios;  e  los maravedís  restantes desta dicha  libranza  se han  dado a  las personas  que  avian  de  aver  e  lo  vinieron  a  recamar  o  enbiaron  por ello;  asy  que  son  los  dichos maravedís  55.962. (En: Francisco Morales Padrón, 1962)

 1500. Acerca de los comienzos de la construcción de la catedral de Las Palmas y sus primeros arquitectos, no recuerdo noticias anteriores a las consignadas por Pedro Agustín del Castillo en su Descripción, las mismas que repiten posteriormente Viera y Clavijol y Deán Bermúdez. «Para [la] obra -escribe Castillo- se trajo por Maestro Mayor, del orden del Cabildo Eclesiástico, el año de mill y quinientos, a Diego Alonso de Motaude... a quien se señalaron sesenta doblas de salario… Este arquitecto que, según Millares Torres, procedía de Sevilla, «simentó el edificio con excelente planta, que prosiguió Juan de Palacio, otro gran Maestro, leuantándolo con singulares columnas y Bóveda, su majestuosa obra corinthia; la que quedó al principio del cruzero, serrando allí con el Altar Mayor, siendo la hecho una filigrana de cantería, que, acabada, fuera admiración y hermosura de la Europa… Juan de Palacios se presentó ante el Cabildo Eclesiástico de Gran canaria el 17 de febrero de 1533 y fue recibido “por Maestro Mayor de cantería para la obra mayor de esta iglesia “ que se quiere hacer y labrar.”

No fue Palacios el continuador inmediato de las obras iniciadas por Motaude, El documento del Archivo de Protocolos Notariales de Sevilla que publico al final nos obliga a situar, entre aquellos dos arquitectos, al “maestro de cantería”, vecino de la cíudad del Guadalquivir, Pedro de Llerena, El 30 de mayo de 1504 se concertaba con el Cabildo Eclesiástico de Las Palmas -representado por los racioneros- de la catedral sevillana Juan de Medina y Juan de Millares-, obligándose a pasar a Gran Canarra con dos oficiales canteros y un mozo, para trabajar en la fábrica de la iglesia en calidad de “maestro e asentador e hedificador”. Se comprometía a “fazer e labrar y asentar y hedificar todo lo que los dichos señores Deán y Cabildo quisyeren e mandaren., por un”
sueldo anual de diez mil maravedises, además de tres reales de plata por cada dia que trabajase en la obra, En el contrato se especifica también la remuneración de los oficiales canteros y se hacen constar otras condiciones usuales entre los artífices de la época: obligación de darles casa en que vivir, sueldo desde el día de la partida de Sevilla y reparación y afilado de las herramientas por cuenta de la parte contratante. Como anticipo de su salario recibió veinte ducados de oro, pagados por el mercader genovés Francisco de Riverol. Como en el contrato no se dice que Llerena hubiese de estar alas órdenes de otro maestro, se deduce que Motaude había cesado en la dirección de las obras.

En cumplimiento de la obligación contraída, Pedro de Llerena pasó a Las Palmas. En julio de 1506 estaba en San Cristóbal de La Laguna, donde se obligó con el Adelantado don Alonso Fernández de Lugo a trazar la iglesia de San Miguel, que éste trataba de construir a su costa frente a las casas de su morada, comprometiéndose a visitar las obras cuatro veces por año En el contrato se intitula “cantero, maestro mayor de la obra de la iglesia catedral de la ysla de Grand Canaria”. Su trabajos en la dirección de este edificio se reducirían a proseguir las obras iniciadas por Motaude, ejecutando las trazas y planos de éste.

Infelizmente, la primitiva iglesia de San Miguel de La Laguna no se conserva, pues la actual ermita de esta advocación es obra del siglo XVIII, e ignoro si en la clausura del convento de las Catalinas queda algún resto del palacio del Adelantado. En Las Palmas, entre el variado repertorio de casas de los últimos días del gótico que guarda el barrio de Vegueta, es posible que quede alguna obra de Pedro de LIerena. Es de esperar que su nombre aparezca en los Protocolos Notariales y en las actas del Cabildo Eclesiástico.
Para terminar este comentario, me parece que vale la pena recoger un dato que creo relacionado con las obras de la catedral de Las Palmas. EI 14 de julio de 1507, el Cabildo Eclesiástíco de Sevilla dispuso que el maestro máyor Alonso Rodríguez no hiciesviaje a Canarias, por considerar indispensable su presencia junto a las obras de la catedral. Alonso Rodríguez, que acababa de cerrar el cimborrio del gran templo sevillano, era, por entonces, el arquitecto de más fama en la archidiócesis hispalense. Su proyectado viaje al Archipiélago por fuerza se ha de relacionar con las obras de la iglesia episcopal de Gran Canaria. Fueron dos racioneros de la de Sevilla quienes contrataron a Pedro de Llerena, y nada tendría de extraño que el propio Alonso Rodríguez hubiese intervenido en la designación de este maestro. La catedral de Las Palmas era la mayor empresa arquitectónica acometida hasta entonces en la provincia atlántica, recientemente incorporada a los dominios de Castilla. Nada tiene de extraño que el Cabildo Eclesiástico de Gran Canaria contratase al maestro mayor de la catedral
de Sevilla -de la cual era sufragánea la de Las Palmas, para que, en determinados momentos de la construcción, fuese a inspeccionar las obras. Lo cierto es que el viaje de Alonso Rodriguez a Canarias no pasó de proyecto. (Enrique Marco Dorta; 1958:123-26)

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