lunes, 14 de enero de 2013

CAPITULO XI (VIII)




EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERÍODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1511- 1520


CAPITULO XI (VIII)



Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen


1511 Octubre 30.
177.-Cabildo.
Jueves, 30 de octubre de 1511, en S. Miguel. El Sr. Ad., su Alg. Vergara, Gallinato, Valdés, Castellano, Llerena, Br. P. fernandes, Las Hijas y S. Páez, Rgs. y Zorroza, Pers., ante Vallejo. f. 291 r.

Paresció presente el Ldo. Cristóval Lebrón e presentó  una carta real de la Reina nuestra señora, firmada del señor Rey Don Hernando su padre e sellada alas espaldas con el sello de sus armas reales de su .Alteza e refrendada de su secretario con ciertas firmas e nonbres de los señores del su muy alto Consejo e de otros oficiales de su Real casa e corte, su tenor de la qual es este que se sigue-aquí la carta-

E luego así presentada la dha carta el Sr. Ldo. Lebrón la leyó en faz del dho señor Ad. e ayuntamiento e leída dixo que pedía la ovedeciese e cunpliese e cumpliéndola le diese su poder a él y a la persona que él pusiese en la isla de La Palma para que fuese el dho Ldo. Lebrón su lugarteniente de governador según que por su Alteza era mandado. El Sr. Adelantado ovedeció y le dió su poder e le entregó la vara. El Ldo. la. rescibió e sobre las fianzas que avía de dar pasaron ciertos abtos, según que todo está más largamente en el testimonio que sobre ello pasó. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Noviembre 1.
1.244-27.-Costantyn de Coronado. Un lomo de ta. q. está e tre dos barrancos cabe las fortalezas en q. puede haber 50 f. de sembradura. Vos do 30 f. en el dho. lugar q. es en el Reyno de Adexe. l-IX-1511.

1511 Noviembre 7.
179. -Cabildo.
Viernes, 7 de noviembre de 1511, en S. Miguel. El Ldo. Lebrón, Tte.; Vergara, Alg.; B. Benites, Valdés, Castellano, Llerena, Sr. P. Fernandes, Las Hijas, S. Páez, Regs.; y Zorroza, Pers. y procurador síndico, ante Vallejo. f. 292 v.

Se platicó sobre el precio del pan cocido habiendo consideración a que, a Dios gracias. el año entrante que hubo cantidad de trigo y vale la hanega en tal precio que es cosa justa subir el precio del peso en las onzas y habiendo respeto a los otros costos, sobre lo cual proveeido, que de aquí adelante todas las panaderas habrán de dar por dos mrs. de pan blanco doce onzas y de pan mediano de toda harina 14 onzas, sacado el afrecho. Mandaron que todas personas que tengan atahonas y muelan ajeno parezcan ante el Sr. Teniente a se escribir y registrar, hasta tercer día. Para remediar los abusos de los atahoneros mandan que los señores de las atahonas tengan cada uno en su casa un peso de balanzas con que pesarán el  trigo que recibieren a cargo para moler y tengan cuenta de lo que reciben y dan para que se vea si hurtan, y que acudan con tanto de harina cuanto recibieren de  trigo. Que en cuanto a los molinos, que se ponga un peso de común por donde se pese el trigo y harina. Y todo ello se remitió al Ldo. Lebrón. f.293 r.

Mandaron se pregone que todos los zapateros guarden las ordenanzas, las saquen autorizadas y las pongan en sus tiendas.

Se platicó que Gonzalo Fernandes estaba preso a pedimento de Gonzalo Váez, diciendo era su fiador en 14.000 mrs. sobre razón que le habían sido dadas al dicho Gonzalo Fernandes para cuenta y pago del cargo que tiene del Concejo para sacar  agua y por estar preso no lo hace y se pierde la obra hecha y las tozas, maderas y caños acopiados. Piden y el personero requiere al Sr. Teniente, que le suelte so juramento. Así lo mandó el Sr. Teniente.

Se eligió a S. Páes para tener cargo del agua que se va sacar, que de provea y visite.

8 de noviembre de 1511. Se pregonaron dichas ordenanzas de las panaderas y moli-
neros y de los zapateros. Ts.: Diego lñigues de San Martín, Cristóval Carrasco, Die-
go Fernandes Amarillo, Pero Lopes, Fernando Yanis, Sabastián de Llerena y otros. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinech=Tenerife, t.II)

1511 Noviembre 7.
1.113-15.-Gonzalo Peres. La demasía de las tas. q. compraste de Luis Gonzales, q. fueron de Juan Carmona, en q. habrán hasta 9 f. por todo, en q. habrán en la dha. demasía 4 f. 7-XI-1511. [Todo autógrafo]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Noviembre 8. Burgos. Merced a Lope Conchillos del Consejo y secretario real, de seis caballerías de tierra, con el agua necesaria para su riego, en Gran Canaria, agua que se ha de tomar de la que aprovechaban los canarios en Varvega, debajo de Aldea Blanca, y que luego fue adjudicada a Luis de Armas, por estar desaprovechada, con la condición de entregar parte de ella a la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. El Rey. Almazán. Zapata. Carvajal. (E. Aznar; 1981)

1511 Noviembre 8. Burgos. Incitativa a Alonso de Portillo, escribano real, para que requiera a don Alonso Fernández de Lugo, adelantado de Canaria, a que pague antes de nueve días las cantidades que adeuda al Ldo. Mujica y al dr. Carvajal, miembros del Consejo, y para que ejecute, conforme a las leyes de Toledo y Toro, los contratos que éstos tienen contra él, en caso de que no cumpla dicha requisitoria. Conde Alférez. Zapata. Franciscus Licenciatus. Aguie. Sosa. Cabrero. Ruiz de Castañeda. (E. Aznar; 1981).

1511 Noviembre 10.
1.013-42.-Juan de Herrera, mi criado. 5 f. en el pago de las viñas, q. es encima de La Laguna. 10-XI-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)


1511 Noviembre 11.
1.538-4S.-Maria Vaes, hija de Vasquianes herrero ? 40 f. de s. en las cabezadas de tas. de Jorje Vaes, vuestro hermano. Digo q. vos do 20 f. con tal q. vos caseis dentro de un año y si dentro de un año non vos casaredes q. la pueda dar a otro. 11-XI-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Noviembre 14.
180.-Cablldo. f. 293 v.
14 de noviembre de 1511, en San Miguel. El Sr. Ad., el Ldo. Lebrón, Castellano, P. de Lugo, Br. P. Fernandes, Llerena, Regs.; Las Hijas, fiel y Zorroza, Pers., ante Vallejo.

Esteban Fernandes, en nombre de Juan Fernandes, pide manden desocupar la casa de la cárcel, y se la den, porque ha casado dos hijas para las cuales la quiere.

Que se buscará otra casa y le darán la suya.

Pedro Mayor pide los mrs. que le deben por la toma de su casa. Que se verá.

Juan de Santaella presentó una petición cerca de la mancebía, que había perdido en el arrendamiento y gastado y pide se ga quiten. Respondióse a la petición Bartolomé Gutierres de Porcuna y Juan d'Espino dicen que G. Castellano les mandó echar sus puercos en Heneto y el montaraz les pide la pena echándolos de allí. Dijeron que los puercos puedan andar en Heneto pues el diputado elegido así el mandó. f. 294 r.

Ximón Martín, Alonso Yanis y Baltasar Váez, hortelanos, dicen que el Br. P. Fernandes, como diputado, les bajó el precio de las coles. Que guarden lo que los di-putados mandaren.

Martín Sanches es obligado a dar candelas y ha cumplido y ahora Alonso Ortiz compró el sebo, pide se se manden hacer dar. Dijeron que como las cuatro libras que da no bastan, que se da facultad a A. Ortiz para que venda, pues dicen los diputados las da a 18 mrs. y son tan buenas como las otras.

Luis Sanches quiere hacer paños en la isla, pide de socorro 5.000 mrs. Que hable con su señoría.
Gregorio Tabordo se queja sobre el embargo de ciertos mrs. que le fué mandado, pertenecientes a Pedro de Ervás, etc. Dijeron que está justamente hecho.

Se platicó sobre las licencias de la saca del pan y acordaron que vayan firmadas de la justicia y dos regidores y que yo el escribano lleve cuenta y razón; y que lo mismo se haga en la madera, pero que pase por cabildo.

Zorroza dijo que fué elegido personero por tres años, que se han cumplido, que se desistía de dicho cargo. Dijeron que se vea la manera de la elección y se traiga.

Se acordó entrar lunes y viernes en cabildo. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)


1511. Noviembre 15. Burgos. Merced al dr. Lorenzo Galíndez de carvajal, del Consejo Real, de tres suertes y media de regadío en el barranco de Masinderos, adjudicadas con anterioridad al dr. Tello para que abandonase las que poseía en Moya, lo que no cumplió. Esta donación es independiente de otra de dieciséis suertes para el cultivo de caña, de la que le dio posesión en el mismo lugar el Ldo. Zárate, reformador de Gran Canaria. El Rey. Conchillos. Zapata. Cobos. (E. Aznar; 1981)

1511 Noviembre 17.
181.- Cabildo.
17 de noviembre de 1511, en S. Miguel. El Sr. Ad., el Ldo. Lebrón, Vergara, Cas-tellano, Páez y P. de Lugo, Regs.; Las Hijas, Fiel, ante Vallejo.

Gonzalo Fernandes, aserrador, dice que al presente no se entiende en aderezar la saca del agua de los caños; pide le den facultad para que trabaje y no esté impedido. Dijeron se remita al primer cabildo.

Sobre la fidelidad que se proveyó debían tener los atahoneros, mandaron se pregone que todos los que han molido de seis meses a esta parte por dinero que de aquí adelante muelan y no cesen de lo hacer como lo han hecho, que lleven la paga en dinero y que cumplan lo mandado.

Entraron por diputados por los dos meses P. de Vergara y A. de las Hijas.

17 de noviembre de 1511, pregonóse la ordenanza de las atahonas. Ts.: Alonso Manuel.. Alonso Velazques, Manuel de Gibraleón, Lope d' Arzeo y otros. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinech=Tenerife, t.II)

1511 Noviembre 20.
1.746-37.-Gómez de Salazar. Un solar en esta villa, linderos casas de Juan Afonso aserrador y la calle real del Rey hasta la encrucijada. Vos do el dicho solar. 20-XI-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Noviembre 21.
182.-Cablldo.
21 de noviembre de 1511, en S. Miguel. El Sr. Ad., el Ldo. Lebrón, Castellano, Vergara, Páez y Las Hijas, Regs., ante Vallejo.

Mandan que la ordenanza de la guarda de los cañaverales sea guardada y cumplida, como pasó en 31 de enero de 1511; además ordenaron que si algún pastor estuviere presente estando el tal ganado haciendo daño, que se le den cien azotes.
29 de noviembre de 1511, se pregonó [Al margenl

Gonzalo del Castillo dice que sirvió la escribanía de la mesta dos meses y que ha dado petición que le paguen su salario. Que mostrando lo que sirvió y 1o que el Cabildo le es obligado a dar y siguiendo su justicia se le hará.

Fernando Yanis, montaraz, dice que arrendó esta renta, que son penas y dehesas,  que se le defiende que no prende a puercos y vacas en Heneto y el Rodeo, que le  den justicia. Dicen que al tiempo del arrendamiento Heneto no era dehesa y después se vedó cierta parte, por lo que no se le hace agravio.

Alonso de Xerés y Martín de Xerés, arrendadores de la renta del peso, dicen que les fué arrendado así de pez como de orchilla y de todo pescado; y que en la pez hacian defendimiento, sobre la orchilla tienen pleito y piden se le saque a paz y les den por libres y hagan equivalencias. Leyóse la petición y arancel y dijeron que el arrendamiento está en su fuerza y vigor y no ha lugar de hacer quiebra alguna y sobre las cosas que deben haber algún dinero que pidan su justicia.

Blas Yanis, aserrador, pide licencia para cajería de azúcar para cortar ocho tozas de acebiño, laurel y haya. Se le concedió en Afore.

Alfonso Yanis pide licencia para siete docenas de tablado de la de, acebiño y
haya para lo mismo. Se la dan en Afore.

Martín Sanchez dice se obligó a dar candelas y que ahora sin se obligar se dio lugar que las diesen, pide se le dé por libre de la obligación. Dijeron que a otra petición se respondió y aquello se responde ahora. f. 296 r.

Ximón Fernandes pide licencia para cortar la madera que había menester de viñátíco y laurel para hacer silllas. Se le da.

Sobre los precios del calzado, para que no haya agravio, acordaron que los zapateros los vendan a los precios siguientes:

Unos borceguíes de cordobán buenos y bien cosidos con sus servillas buenas y bien cosidas.. de diez puntos arriba, cuatro reales y de siete puntos hasta diez, cuatro re..les con sus servil las y dende abajo al respecto.
Un par de zapatos de cordobán llanos de once puntos arriba a 68 mrs. y de ocho puntos a diez, a 63 y de cinco hasta siete, 42. f. 296 v.
Un par de zapatos zayenes de buen cordobán enforrados, bien hechos, 70 mrs., de 11 puntos arriba; y de ocho a diez, 65 mrs. y de cinco hasta siete, 42.
Un par de servillas de hombre de buen cuero de luda y bien cosidas, 18 mrs.
Un par de medios pantuflillos de hombre, que se dicen alcorques, de buen cordobán y bien hechos, 84 mrs. de ocho puntos arriba; de cinco hasta siete, 63.
Un par de pantuflos de cordobán hien hechos, de ocho puntos arriba, 105 mrs.; de cinco hasta siete, dos reales.
Un.par de chapeles de mujer de una corcha, 70 mrs. y si fuese de dos corchas, 84.
Un par de botines de mujer de cordobán, 100 mrs.
Un par de zapatos de vaca de once puntos para arriba, 105 mrs.; de ocho hasta
diez, 90 y de cinco a siete, 60.
Un par de suelas de correa de once puntos para arriba, 50 mrs.; de ocho hasta
diez, 42 mrs. y de cinco a siete, 30 mrs.
Un par de suelas de obra prima de once puntos arriba, 35 mrs.; de ocho hasta
diez, 30 mrs., y de cinco a siete, 26 mrs.
Jnas servillas de mujer, 40 mrs. de cinco puntos arriba, y dende abajo hasta
tres plIntos, 30 mrs.

Cabezadas de unos borceguíes y suelas del campo bien cosidas y bien hechas y
de buen cuero, de once puntos para arriba dos reales; de ocho hasta diez, 65 mrs.
De unas cabezadas en borceguies para debajo del zapato de once puntos para
arríba, real y medio; de ocho hasta diez, 55 mrs. y de cinco hasta siete, 45 mrs.

Ordenaron y mandaron que ningún zapatero labre badana, sino fuese en servillas y si alguno quisiere alguna obra de badana que lo non labre sin licencia de los diputados y fiel o inandado de la justicia.

Ordenaron que todos aquellos zapateros sean obligados de tener en sus tiendas de toda obra, según de su oficio supieren y acostumbran hacer y tener.

Que los dichos tengan sus tiendas pulblicas y sus obras puestas en sus tiendas en manera que cada uno que fuere a comprar lo vea y todos escojan lo que bien les estubiere.

Que todos los dichos saquen sus tablas de estas ordenanzas bien escritas y las pongan en sus tiendas públicamente y no en escondido.

Que los que no cumplieren esta ordenanza que incurran en pena de 200 mrs. por
tercios. fué mandada pregonar públicamente.

En dicho día, mes y año fué pregonada esta ordenanza. Ts.: Diego Dorador, Diego
de Mendieta, Alonso de Xerés, Alonso d'Espino, Alexo Velazques y otros. Asimismo
se pregonó la ordenanza de los cañaverales.

Luego pareció presente Alonso Marquez y Juan Dias y Rodrigo Alcarás y Jorje Váez, zapateros y dijeron que lo recibían por agravio y que apelan de las dichas ordenanzas para ante la merced y Alteza de la Reina nuestra señora y ante quien en derecho proceda y le sea dado lo procesado y pidiéronlo por testimonio. Testigos: los dichos. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Noviembre 24.
1.316-14.-Pedro de la Lengua y Pablo Martín. Una lomada de ta. en Abona en Arcamaze, dende el barranco donde están los charcos e un pino hasta otro barranco q. está hacia Agache, a donde está un drago, e por arriba unas montañas e aguas vertientes a la mar, con las cuevas q. hay dentro deste cercoito con una fuente q. está a la parte arriba del drago, cabo unos pinos, hasta en can- tidad de 8 c., 4 c. para cada uno, e más vos doy dentro de las mismas tas. dos asientos de colmenas, así como conquistadores q.
fuistes desta isla. Digo q. vos doy cada 3 c. con los asientos de colmenas. 24-XI-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Noviembre 25. Burgos. lncitativa al gobernador de Gran Canaria, para que determine, conforme a los aranceles y al cuaderno de tercias del rey don Juan, en las demandas presentadas por Pedro de Alcázar, arrendador y recaudador mayor de las rentas del cinco por ciento y de las tercias de dicha isla, contra el concejo y vecinos de la misma por los derechos que le adeudan de dichas rentas, siendo sus sentencias inapelables, salvo la definitiva ante los contadores mayores, como dispone la ley de cortes de Toledo. (E. Aznar; 1981)

1511 Noviembre 25. Burgos. Orden al gobernador de Gran Canaria, a petición de Pedro del Alcázar, arrendador y recaudador mayor de las rentas del cinco por ciento y de las tercias de dicha isla, para que el concejo y vecinos de la misma paguen los derechos que deben de a descarga de mantenimientos para  sus casas y de vacas y bueyes para su servicio. M ayordomo. La Rua. Velasco. Salmerón. Alvaro de Carvajal. (E. Aznar; 1981)

1511 Noviembre 25. Burgos. Orden al gobernador de Gran Canaria, a petición de Pedro del Alcázar, recaudador de las rentas del cinco por ciento y de las tercias de dicha isla, para que se aforen y registren los barcos que llegan al puerto de Las lsletas, conforme al arancel que se lleva en Sevilla, a fin de evitar que se lleven mercancías a la Ciudad Real de Las Palmas sin pagar los derechos correspondientes. Mayordomo. La R:ua. Velasco. Salmerón. Alvaro de Carvajal. (E. Aznar; 1981)

1511 Noviembre 25. Burgos. Orden al gobernador de Gran Canaria, a petición de Pedro del Alcázar, recaudador mayor de las rentas del cinco por ciento, y de las tercias de dicha isla, para que sean descargados en un plazo de tres días los barcos que lleguen a dicha isla, conforme al arancel y fuero de Sevilla, por el que está poblada dicha isla, a fin de evitar que las mercancías sean desembarcadas sin pagar los derechos del cinco por ciento. Mayordomo. La Rua. Velasco. Salmerón. Alvaro de Carvajal. (E. Aznar; 1981)

1511 Noviembre 26.
82-43.-Gonçalo Yanes de Dabte. Digo q. por quanto yo ove fecho donación. ..en vezindad puede aver 10 años a Rodrigo de Jahén de 50 f. de ta. calma ...en la Punta de Dabte al auchón del Rey linde con tas. de Juan Mendes e de la otra parte tas. De Juan de Guzmán e de la parte de abaxo la mar; y el dho. Ro de Jahén vendió las dhas. tas. puede aver 7 años a Juan de Afonte y el dho. J. de A. las vendió a Gonçalo Yanes de Dabte, por tanto en nonbre de su Alteza he por buena las dhas. ventas ...26-XI-1511
[Verso: Alvarán de las tas. q. compré a Juan de Fonte q. fueron de Go de Jaén q. están allende dellos almásegos]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Noviembre 26.
1.263-11.-Juan de Benavente. «Don Alonso Hernandes de Lugo, Adelantado de las Islas de Canaria, governador e Justicia Mayor desta isla de Tenerife e de la de Sant Miguel de la Palma por la Reyna Na Sra., por la presente do la tenencia e alcaydía de la torre dell puerto de Sta. Cruz a vos J. de B. para q. tengáys el cargo e guarda della, en la qual podays hedeficar e haser los hedeficios q. quisyerdes con tanto q. todo lo q. en los dhos. hedeficios gastáredes se os paguen, la qual dha. tenencia vos do en nombre de Su Alteza para en todos los días de vuestra vida. Fecho a 26-XI-1511 años. El Adelantado». [Texto autógrafo muy gastado] Verso: En 17-VIII-1544 en presencia de mí Juan López de Azoca, e. p. del C. desta isla, pareció Gaspar López e presentó este título e me pidió
lo ponga en el libro de los títulos.

1511 Noviembre 29. Burgos. Orden al gobernador o juez de residencia de Tenerife y La Palma, para que haga que la moneda de dichas islas tenga el mismo valor que la de Gran Canaria, a petición de los vecinos de esta última. El Rey. Conchillos. Respaldada: Zapata. Carvajal. (E. Aznar; 1981)

1511 Noviembre 29.
183.-Cabildo.
Sábado, 29 de noviembre de 1511. El Sr. Ad.; el Ldo. Lebrón, Tte.; Vergara, Alg. m.; Llerena, Br. P. Fernandes, J. Benites, Páez, Regs.; Las Hijas, fiel, ante Vallejo.

Petición de los zapateros, en grado de revista, para que proveyesen cerca de las ordenanzas y tablilla. Pareció presente Alonso Marquez y Rodrigo Alvares, zapateros,
por si y en nombre de todos los otros y dijeron que en los precios que pusieron querían estar por ellos, excepto en cuanto a lo de la tablilla que no hay razón que la tengan y que se desisten de la apelación que tienen interpuesta. Los señores dijeron que atento el agravio que dicen que reciben, que no tengan tablilla pública, pero que cada uno de ellos tengan las ordenanzas y que en seis días las saquen. Luego A. Márquez y R. Alvares dijeron eran diputados por los zapateros y tenían ellos poder completo, y que si estar no quisieren que hoy en todo el día volverían a decir.

Lo señores platicaron sobre que debía haber veedores en 1os zapateros. Para ello
recibieron juramento de los dichos y de Juan Dias so cargo del cual les preguntaron
que a quien les parecía que debían elegir por veedor. Todos dijeron que Alonso
Márquez y lo eligieron dende año nuevo hasta otro año y dende adelante por rueda
como los diputados; y juró.

Santaella sobre razón de mancebía pide se diese informado para alegar de su derecho. Se comete al [ en blanco ]. f.298 r.

Mandaron se pregone que la ordenanza del número de las puercas que se guarde.

Mandaron entrar en cabildo los lunes y viernes y cualquiera que no viniere dé un real para los pobres de la cárcel y que el día que tuvieren ocupacíón, que escu. sándose ante el Sr. Ad. o su Teniente u otro regidor no vengan. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Diciembre 3.
788-29.-Pedro Mayor, natural de la Grand Canaria. 6 c. en una lomada de tas. de s. en el término de Abona a do dicen Age..a, a linderos el Barranco de Tarjano? y el camino real q. va al puerto de los Abrigos. Digo q. vos do los dhos. 6 c. para vuestro yerno Fernando. Otro sí vos doy unos andenes para ganado q. están en la cabezada del Barranco de Abona, lo qual vos el dho. P. M. tenéis cercado para los cabritos y garañones ...Otrosí vos do otra cueva q. está en el dho. término de Abona, q. ha por nombre Tazogua, segund q. la tenéis cercada de piedra y madera ,.. Otrosí vos do otras cuevas q. tenéis cercadas e las habéis poseído, q. están en el Barranco de Abona, q. han por nombre Tunte. 3-XII-1511. [El primer nombre de lugar, después del de Abona, ofrece un roto como de dos letras; Tarjano es de lectura hipotética, pues tanto la r como la n son suplidas por signos equívocos; y en 789 se escribe Tajao.] (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Diciembre 3.
789-30.-Pedro Mayor, natural de la Grand Canaria. Una mora de cuevas q. están en el término de Abona abajo de la peguería de Durán con un asiento para majada, junto a las dhas. cuevas a la cabezada del Barranco de Tajao. Otrosí vos doy otro asiento para majada de ganado q. está hecho de chozas y corrales abajo de los pinos a la cabezada del Barranco de Abona, abajo de la montaña de Benahora, segund q. vos la habéis poseído, «q. ha por nombre Artagaydadeste». 3-XII-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Diciembre 5.
Cabildo. f. 298 v. 185
5 de dicjembre de 1511. El Sr. Ad, el Ldo. Lebrón, Vergara, Castellano, LIerena, Br. P. Fernandes, Valdés, J. Benites, Regs.; Las Hijas, Fiel; Páez, Reg., ante Vallejo.

Que se pregone luego la ordenanza de los perros y que se dé plazo hasta Pascua de Navidad. Platicaron sobre los muchos perros dañosos que hay en la isla, que no criaban personas no teniendo necesidad de ellos; por tanto, mandaban que los que tienen necesidad que los traigan con sus sálamos y que ninguno no pueda tener más de dos perros teniendo casa recía y los otros que los maten; y que ninguno sea osado hoy más de criar perra hembra so pena de mil mrs. y porque es razón que queden algunas perras para casta que cometían a G. Castellano que él las señalase y que éstas tales quedasen con sus sálamos, por manera que se entíende que el que criare más de un perro, excepto en las casas recías, o los tuvieren, que paguen en pena 200 mrs. y que los porqueros no tengan más que un perro con su sálamo y asimismo todos los pastores de ganado y que queden doce perros castizos para matar perros  salvajes. f. 299 r.

Mandaron a mi el escribano que lo que quedare de ver en cabildo, que se haya de notificar y hacer relación en otro.

Mandaron que para proveer lo necesario la Justicia y un regidor, hagan cala y cata del trigo que hay. Nombran al Sr. Teniente ya S. Páez.

7 de diciembre de 1511 se pregonó lo de los perros y demás que ninguno sea osado de tomar ninguna madera que está en el corral de Pedro Párraga, que ha puesto allí Gonzalo Fernandes, porque es del Concejo, lo cual no tome por venta ni dado de otra manera. Ts.: A de las Hijas, Gonzalo del Castillo, Diego lñigues de Sant Martín, Juan de Ortega, Ibone fernandes, Marcos Verde y otros. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Diciembre 8. Dto. 1253-10-Diego de Toro Un c. en Goyma, linderos el barranco del avchón de las cuevas de Ticayca y de la parte de abajo un un c. de ta., fecha 8-XII-1511. Hace nuevo traslado en 1522 por mandamiento presentado por Juan de Vaamonde en nombre de dha. I. de L., su madre.
1511 Diciembre 8.
1.247-30 (sólo lleva el núm. 75, q. es el general del volumen). Pedro de Lugo y Juan de Torres y a todos dos [decía tres,enmendado], Todas unas tas. de s. salvajes q. están en el término desta isla adonde dicen Fuente la Guancha, q. son desdel barranco de La Guancha dho, a dos pinos grandes y desde dhos, pinos a dar a las cabezadas de las tas. de los Canarios e desde allí por un lomo arriba fasta la Caldera e más otro pedazo de ta.  un helechar q. será un c. con una fontecica de agua arriba para una huerta, linderos tas. de su yerno del canguero por la una parte, por la otra parte el barranco de La Guancha e por parte de arriba la dha. fontezuela [De la misma letra: ] Digo q. vos doy cada la ta. q. pudiéredes aprovechar.., [De mano del Adelantado:] Digo q. vos do a vos Pedro de Lugo 80 f, y a Juan de Torres 40 f. y más el cercado a vos el dho. P. de L. con la fontesica. 8-XII-1511.
[En la hoja anterior:] Juan Lope de Axoca, escb. mayor del Concejo; ante mí pareció Da Isabel de Lugo, mujer del Ldo. Cristóbal de Balcásar [sic], vo, regidor q. fue, difunto, y me hizo relación q. haga fe un traslado de un título q, por el Adelantado y repartidor fue dado a P. de L., su padre, e a J. de T. de unas tas. donde dicen la fuente de la Guancha con más una fuente con un c. de ta., fecha 8-XII-1511. Hace nuevo traslado en 1522 por
mandamiento presentado por Juan de Vaamonde en nombre de dha. I. de L., su madre.

1511 Diciembre 10.
184.-Cabildo.
10 de diciembre de 1511, en San Miguel. El Sr. Ad.; el Ldo. Lebron, Tte.; Vergara,
Castellano, J. Benites, Llerena, Páez, Regs; Las Hijas, fiel, ante Vallejo.

Se platicó sobre el elegir personero, que se debía tener la orden que se tuvo al tiempo que se eligió el otro pasado, salvo end otra razón en contrario y que se pregone el sábado que todos vayan a misa el domingo a la iglesia mayor para elegir personero.

4 de diciembre se tornó a pregonar públicamente y hacer memoria del número de la ordenanza de las puercas. Ts.: Diego Dorador, Alonso Manuel, Manuel de Gibra. .
león y otros. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Diciembre12.  Se reúne la plana mayor de los bandoleros invasores para decretar medidas tendentes a ejercer un mayor dominio sobre los guanches alzados: “El Ldo. Lebrón, Vergara, Castellano, Corvalán Llerena, Páez, Rgs.; Las Hijas, Fiel, ante Vallejo. Luego entró el Sr. Adelantado.

«Se platicó sobre razón que se devía pregonar que los guanches desta isla e gomeros toviesen sus r (roto)  habitaciones e biviendas en los poblados, por manera que fuesen bien acostunbrados e dotrinados en la fee, por que oyesen misa y las oras y especial las creaturas que sepan como an de bevir y sean puestos en camino de ser buenos cristianos, e todos se confiesen. Sobre lo qual y por remediar otros inconvinientes, que por bevir fuera de poblado nacen e acaescen, que devían hordenar e proveer e hordenaron e mandaron que para esto mejor se hacer que se pregone públicamente que todos los guanches e gomeros, onbres e mugeres, casados e por casar, ecebtados los orros libres e horros que libres están, de oy fasta el dia de año nuevo parescan ante el escrivano del Cabildo e se registren por sus nonbres por que vista las copia [ sic] se dé ta:1 forma e manera en lo susodicho que sea Dios servido y el Cabildo haga lo que deve haser mirando el bien e pro e utilidad que deste negocio se sigue e como mejor convenga hacerse para su bivienda e habitación de los dhos. guanches e gomeros, e por que los inconvenientes que hasta oy a avido e ay cesen.

So pena quel que toviere de qué pagar pague en pena de dos mil mrs., la mitad para el fisco, la otra mitad para las obras de la cárcel e desterrados desta isla ya los que no tovieren de que pagar le sea dados cient azotes públicamente e desterrados desta isla, en la qual dha pena lo contrario haciendo de agora les dan por condenados. Mandóse pregonar públicamente.»  Al margen, letra del s. XVIII: Guanches: apelaron y dixeron donde oían misa. que lo ley en otra parte ]

Otrosí se mandó e hordenó que todos los que se vienen a registrar para el día de los Reyes parescan todos juntos ante la Justicia so la dha. pena, para que se les declare y sepan lo que se les a de mandar.

Enero de 2013.

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