miércoles, 9 de enero de 2013

CAPITULO XI (III)




EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERÍODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1511- 1520


CAPITULO XI (III)



Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen


1511 Marzo 26.
142.-Cabildo.
26 de marzo de 1511, en la iglesia de S. Miguel. El Br. P. Lopes de Vergara; Gallinato, Vergara, Llerena Regs.; Las Hijas, fiel; Zorroza, Pers., ante Vallejo.

Los señores dijeron que encargaban a los diputados ya otro cualquier regidor que hubiere de partir pescado que no den a ningún tabernero más de cómo un vecino hasta que se hayan contentado los vecinos. También mandaron que todo pescador, en el puerto de la villa de Santa Cruz y Caletas, sea obligado de lo que así pescare de enviar a esta villa los dos tercios y el otro para la dicha villa de Santa Cruz; y aunque vayan vecinos de esta villa a tomar pescado de los dichos dos tercios, no se lo den, que todavía lo suban.

Otrosí mandaron poner y recopilar todas las ordenanzas que disponen y hablan cerca del pescado, el tenor de los cuales cabildos, ordenanzas y pregones es esta que se sigue:

[Copia de ordenanzas de 12 de octubre de 1506, y de 9 de octubre de 1508]

En 27 de marzo de 1511, se pregon6. Ts: S. Páez y Hernán Guerra escribanos pú- blicos, Alonso Linanuel, Manuel de Gibraleón, Alonso Velázquez y otros.

1511 Marzo 28.
143.-Cabildo.
Viernes, 28 de marzo de 1511, El Br. P. Lopes de Vergara, P. de Vergara, Gallinato,
Llerena, Regs.; Las Hijas, fiel.; Zorroza, Pers., ante Vallejo.

Francisco Lopes, calafate, pide licencia para cortar madera en la montaña para un carabelón hacer. Se le da licencia con tal que dé fianzas que el carabelón no lo sacará de esta isla y que jure de no cortar más de lo que necesite.

Ibone fernandes, pide 26 vigas para hacer una casa y cuatro mil palillos de brezo rajadizo para ella. Se le da. f. 256 r.

Juan d'Oñate dice quel consejó al personero que se arrendasen las abejeras e por que no aya fraude que toda la cera se selle e que le elijan a él para que tenga el sello. Platicaron sobre ello para que castrándolas no digan que son de colmenas mansas e los que castraren colmenas mansas no digan que son de las abejeras, que para evitar esos fraudes mandaron que se faga un sello de una cruz y que ese tenga el escribano de concejo e que todos los que ovieren de aprovecharse de la cera desfaziénoola que antes que deshagan el pan lo lleven a sellar al  escrivano y le dé relación con juramento de donde e cómo lo castró y el escrivano tenga libro dello e por echar el sello e asentallo de cada pan lleve un mrvdi. e que el que hiziera pan lo traiga a sellar dentro de veinte dias. a Gregorio Tabordo dice le mandaron dar información de su salarlo. Pide que se le libre.

Dijeron que se ponga en el libro de cabildo para que al pie de ello se despache.

Juan Rodrigues, maestro de azúcar, dice le deben de su oficio de lealdador ocho mil mrs. Dijeron que ya está cometido.

Gerónimo de Valdés pide licencia para bajar abajo cincuenta palos para hacer una casa.

Se lo concedieron sin juramento.

Malgarida Perdomo dice que no le dañen su pan ni le hagan caminos. Mantienen lo mandado. f. 256 v.

En 28 de marzo de 151 I Garcia Páez fió al dho Francisco López en razón del dho carabelón, que le hace e es para estar en esta isla e servilla en el dho caravelón pagándole su trabajo; e que si por caso lo sacare desta isla para servir otra quél por el mismo hecho se obliga apagar el valor del dho taravelón a la isla para los propios della.a. Ts.: Lope d'Arzeo, Juan de Guadalupe. Firmado García Paez.

A. de Las Hijas, téstigo presentado por Gregorio Tabardo, dijo que lo que sabe es que al tiempo que en cabildo se hicíeron las ordenanlas de la mesta, se obligó por alcalde de ella el dicho G. Tabordo y le asentaron de salario por ello y por el herrete diez mil mrs., que si no parece estar asentado que fué por olvido. Que ha pedido el dicho salario y se le ha mandado librar Hernando de Llerena, dijo que lo que sabe es que estando en cabildo con los otros señores mandaron que se asentase diez mil mrs. a G. Tabordo por cada un año por alcalde de la mesta y del herrete. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Abril 1. Sevilla. Orden al Ido. Zárate, al bachiller Cristóbal de la Coba, y al bachiller Pedro de Valdés, para que ejecuten la sentencia dada por el licenciado Zárate a fávor de Pedro Rodríguez, en el pleito que éste siguió con Pedro de Hontiveros, Guillén Peraza y otros vecinos de La Gomera, por la propiedad de ciertas arrobas de azúcar, revocando la sentencia dada por Francisco Corvalán, alcalde de dicha isla, y confirmada por Alonso Fernández de Lugo.
Esta causa fue cometida con anterioridad a Lope de Sosa, gobernador de Gran Canaria, al bachiller Juan Requel y Pedro López de Vergara, ya los dichos Zárate, Cristóbal de la Coba y Pedro de Valdés, por cartas de 20 de Enero de 1508, 3 de Julio de 1510 y 15 de Agosto de 1510, que se insertan. Conde Alférez. Muxica. Sosa. Cabrero. Salmerón. (E. Aznar; 1981)

1511 Abril 4. Sevilla: Incitativa al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que determine en la petición de Pedro Rodríguez, vecino de Tenerife, que reclama a don Alonso de Lugo, adelantado de Canaria y gobernador de Tenerife, trescientos mil maravedís, que le debe del contrato de arrendamiento de un ingenio en Icod, contrato por el que se obligó a darle ciertos esclavos, trigo y aceite, o a autorizarle a comprarlos a su costa. Conde Alférez. Tello. Palacios Rubios. Sosa. Salmerón. (E. Aznar; 1981)

1511 Abril 7.
144.-Cabildo.
lunes, 7 de abril de 1511, en la iglesia de Sr. S. Miguel. El Br. P. Lopes de Vergara, P. de Vergara, Gallinato, Castellano, Llerena, Regs.; Las Hijas, Fiel, y Zorroza, Pers., ante Vallejo.

Antón Viejo, en nombre de Pedro de Ervás, pide que sobre las vacas su parte no fuese metido a pleito, que él quería pagar el herbaje dende adelante. Dijeron que la ordenanza les parecía justa y que por ser la persona que es el dícho P. de Hebras y porque su intencíón no es de llevar a nadie lo suyo, cuanto a lo de la pena todo lo que puedan hacer 1o harán y han rogado al Sr. Tte. no mire la gravedad de la ordenanza, porque al tiempo que la hicieron no fué su intención de ejecutarla, mas de para atemorizar para que sacasen sus ganados y para el tiempo porvenir que le dan plazo para que saque su ganado o se venga a vivir y a ser vecino, con su mujer y casa o 1o venda en todo el mes de junio y pasado el término procederán contra él.

El Tte. dijo que manda lo mismo que los Sres. dicen. f. 257 r.

Juan Rodrigues, maestro de azúcar, pidió su salario de los ocho mil mrs. y una cuenta y pidió le fuesen dados. y la parte de 80 penas que acusó. Libróse.

Alvar Lopes, cantero, dice que quiere ser vecino de esta isla, pide un solar que es linde con casas de Pedro Negrín y la calle de Santo Espiritus y la calle de Buysan.
Lo cometen a Castellano.

Gregorio Tabordo dice presentó testigos de su salarlo, que le paguen lo pasado y lo venidero se le afirme. Dijeron asentaban todos los dichos diez mil mrs. de salario en cada un año por lo pasado y de aquí adelante por alcaide de la mesta y por herrete de los cueros y que se le mande librar todo lo que se debe del tiempo que ha servido y que dé cuenta al diputado así de lo que ha recibido de las penas y de lo guanil.

Juan de Benavente pide cien palos para hacer una casa en Santa Cruz. Se lo
mandaron dar de acebiño, jurando que es para su casa.

Se platicó sobre los muchos carriles que se hacen por la dehesa por causa de sacar piedra. Mandaron que ningún carretero sea osado de atravesar la dehesa sacando piedra, desde la laguna hacia la dehesa, y que esto se entienda por dos meses, desde uno de abril hasta el fin de mayo, con tanto que quede en libertad pasar por los carriles. , f. 257 v.
Se platicó sobre el alquile de las ventas que estaba a cargo de Pedro de Lugoregidor, porque el Cabildo tomó cargo de las arrendar. Visto el tiempo le mandaron pagar un mil mrs. los cuales dé al mayordomo y que se cobre lo demás de Juan Martín y de su mujer. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Abril 11.
145.-Cabildo.
Viernes, 11 de abril de 1511, el Br.. P. Lopes de Vergara, P. de Vergara, Gallinato,
Llerena:.V Castellano, Regs.; Las Hijas, Fiel, ante Vallejo.

Garcia de Alcubilla pide diez carretadas de vigas y tíjeras y una docena de esteosy cuatro tozas para tablazón y puertas. Que se le dé y jure.

Francisco Martín, vaquero, dice que los puercos, de Gonzalo Peres andan en lugar do tíene sus echos y que se mueren de lobado a causa de los dichos puercos, de que viene mucho daño por andar entre e1l0s; pide se echen dende. Dicen que de un testigo y lo jure de cómo tienen aquella enfermedad.

Estevan Fernandes, en nombre de los cofadres de Sant Sebastián, pide que para una capilla que le tienen hecha en Canaria les hagan merced de un pino para la cubrir. Que lo traiga por testimonio del prioste de cómo es para allá y del señor provisor y que se verá ello. 1.258 r.

Pero de Almonte dice que Guillén Peraza tiene necesidad de sacar 50 fanegas de trigo y pide licencia. Que la isla tiene necesidad de trigo y no puede ser.

Diego Vello tiene un navío de teja y la entiende dar a trueco de trigo; pide que lo que hubiere en contra de la dicha teja, que se le dé licencia para que lo saque.

Que acuda al Sr. Tte. y diputados para que concierten en precio y saca.

Se platicó sobre los mesegueros puestos por los vecinos que no puedan llevar de la pena del ganado que prendaren más de la tercia parte. Así lo acuerdan y que sean presentados en cabildo para que juren.

Le dan poder a P. de Vergara y a Las Hijas y a los diputados para que puedan otorgar poder en nombre del Cabildo.

Gracia Fernandes, mujer de Diego Rodrigues, pide licencia: para la Gomera de tres fanegas de trigo. Se la dan.

Alonso Velásquez pide diez tozal para tijeras, tirantes y frechales y tablazón y dos pinos para tilla, para dos casas que hace y treinta vigas. Que jure un carpintero lo que ha menester y se le dé. 258 v.

Juan Rodrigues, maestro de azúcar, dice es leal dador de esta isla por merced del Sr. Ad.; pide se le guarde y no haya otro lealdador sino él. Que se verá lo que se hubiere de hacer . Gonzalo del Castillo dice que sirvió en el escribania de la mesta. pide se le pague
su salario. Que se verá.

Gonzalo del Castillo pide que, para hacer dos casas, le den madera, así de tozas como de otras maderas. Que jure el carpintero lo que ha menester y que se le dé. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Abril 14. Sevilla. Licencia a Luis de Armas, vecino de Gran Canaria, para que pueda aprovechar las aguas que se pierden en dicha isla, aunque hubiesen sido adjudicadas a otras personas en la reformación hecha por el ldo. Zárate, con la condición de ceder a la Corona dos tercios de las mismas. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. El Rey. Conchillos.
Respaldada: Zapata. Tello. (E. Aznar; 1981)

1511 Abril 15. Sevilla. Orden al alcalde mayor de Gran Canaria, para que dé a Lope de Sosa, gobernador de dicha isla, cuatro caballerías de tierra con el agua correspondiente, agua que se ha de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Armas, vecino de la isla, con la condición de entregar dos terceras partes a la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. El Rey. Conchillos. Respaldada: Zapata. Tello. (E. Aznar; 1981)

1511 Abril 15. Sevilla. Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla de Canaria, para que dé al ldo. Zapata, del Consejo Real, seis caballerías de tierra con el agua necesaria, agua que se ha de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Ármas, vecino de la isla, con la condición de reservar dos terceras partes a la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. El Rey. Conchillos. (E. Aznar; 1981)

1511 Abril 24. Sevilla. Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla de Canaria, para que dé alldo. Ortún Ibáñez Aguirre, del Consejo real, seis caballerías de tierra con el agua necesaria, agua que se ha de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Armas, vecino de la isla, con la condición de reservar dos terceras partes para la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. El Rey. Conchillos. Respaldada: Zapata. Tello. (E. Aznar; 1981)

1511 Abril 26. Sevilla. Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla de Canaria, para que entregue alldo. Fernando Tello, procurador fiscal y del Consejo Real, seis caballerías de tierra con el agua necesaria, agua que se ha de tomar de la que se desaprovechaba en dicha isla y que fue concedida a Luis de Armas, vecino de la isla, con la condición de resevar dos tercios para la Corona. Se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta. Conchillos. Zapata. Cobos. (E. Aznar; 1981)

1511 Abril 28.
146. -Cabildo.
28 de abril de 1511. El Br. P. Lopes de Vergara, Castellano, Llerena, Rgs.; Las
Hijas, fiel; Zorroza, Pers., ante Vallejo.

Francisco Serrano pidió para armar su parral. Le dan licencia con tanto que sea
ramas de árboles y de acebiño y de brezo.

Jaime Joven pide sobre pesar de cierto ganado.

Gomes de Salazar pide sobre la madera en razón de la fiesta del Cuerpo Nuestro
Señor. f. 259 r.

Juan de Zamora dijo que, con las condiciones que Francisco Peres y precio que  puso a la carneceria y se obligó a dar carne en esta villa, él pone la dicha carnecería y se obliga, de la forma siguiente:

Primeramente donde dice Francisco Peres que dará cada día dos carneros, que
él se obliga a dar tres carneros.

Otrosí donde dice que se den al vecino criador dos días, que él les da un día
más para que pese el criador, martes, miércoles y jueves.

Otrosí que todos los domingos y fiestas dará dos reses vacunas.

lten que de Pascua florida a Pascua de cuaresma dará cada sábado una ternera.

Los Señores recibieron la dicha postura y que traiga fianzas; y acordaron que el carnicero lo pese a los vecinos y el ganado que saliere de la isla lo tome por el tanto. Dió por fiador a Jaime Joven, vecino, presente. Dicho Juan de Zamora y Jaime Joven
de mancomún se obligaron etc. firmado=Juan de (:amora=Jaime Joven. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)


1511 Mayo 2.
147.-Cabildo. f. 259 v.
2 de mayo de 1511. El Br. P. Lopes de Vergara, P. de Vergara, Br. P. fernandes, Llerena, Regs.; Las Hijas, fiel, ante Vallejo.

Se presentó una petición para cierta madera para el hospital de San Sebastián de Canaria. Que se le dé lo que ya pidió.

Juan Garcia, vecino de la Palma, pide se le dé licencia para sacar 100 fanegas
de trigo. Nichil.

Diego Vello dice que trujo un navío de teja para esta isla y que concertó que todo el trigo etc. que se le diese que lo pudiese llevar y que ahora tiene cebada en contra; pide se le dé licencia. Cometióse a los diputados vergara y Las Hijas. f. 260 r.

Los señores dijeron que Zamora puso por condición en el dar carne que el carnicero pesase a los vecinos; que esto sea con tanto que los vecinos quieran y que cuando el vecino viniere a decirle que quiere pesar, que declare qué tanto, para que si no hubiere abasto, él cumpla lo demás y que si el vecino no cumpliere  que incurra en las penas y calunias del obligado y el tal vecino dos días antes lo diga al obligado en presencia de los diputados, o el fiel, o el escribano.

Se platicó sobre los precios de las corambres que se venden en crecidos precios, lo que redunda en encarecerse el calzado y que así como hay tasa en el calzado lo haya en la corambre. Dieron comisión a los diputados Vergara y Las Hijas para que se informen como ha valido la corambre de un año a esta parte y tasen los precios.

8 de mayo de 1511. P. de Vergara.y Las Hijas por virtud de la comisión, dijeron
que vista la cuenta dan licencia a Diego Véllo de cuarenta hgs. de cebada. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Mayo 2.
202-44.-Diego Fernandes Amarillo. 3 f. tras el corral del Concejo para un solar q. fagáis una casa e pAra viña por VO e conquistador q. tueste. Digo q. pongáis un parral de mill sarmientos junto con vuestro solar. 11-V-1511. Ts. Alfonso Vello e Juan de Guadalope.
término de Adexe y va a dar al baranco de Tegina. O. digo q. vos lo do con condición q. fagáis un ingenio de haser açucar de agua o de bestias. 4-VIII-1504.

1511 Mayo 3.
1.022-50.-Sebastián Ferrandes, portogués. 5 f. encima del Palmar linde con el camino q. va a Erjos e de la otra parte el barranco del agua. Vos do 3 c. 3-V-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Mayo 4.
1.020-48 bis.-Gon9aliánez. Unas tas. en el Palmar desde las casas q. fueron de Salvador Lorenzo para bajo fasta las casas q. fueron de Alonso d Espino, son 50 f. Vos do 3 c. 4-V-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Mayo 4. Sevilla. Comisión al gobernador de Gran Canaria, para que determine en la petición de Pedro García, jurado de Sanlúcar de Barrameda, que reclama a Fernando Jayán, mercader, vecino de La Gomera, 9.041 maravedís de un contrato de prestamo y 17.000 maravedís de la venta de un esclavo, sumas que no ha podido cobrar porque Fernando Jayán es criado de Guillén Peraza, señor de La Gomera. Conde Alférez. Tello. Santiago. Palacios Rubios. Polanco. Aguirre. Sosa. Ramírez. (E. Aznar; 1981)

1511 Mayo 9.
148.-Cabildo. f. 260 v.
9 de mayo de 1511, en la iglesia de S. Miguel. El Br. P. Lopes de Vergara, P. de Vergara, Gallinato, P. de Lugo, Castellano, Llerena, Br. P. Fernandes, Rgs.; J. Beni-
tes, Alg. m.; Las Hijas, fiel; Zorroza, Pers. ante Vallejo.

Mandaron que se notifique a Mateo Carbón que el caballo y taza y otros bienes pertenecientes al señor S. Sebastian que quedaron de Pero Lopes de Villera, los venda en pública almoneda, en nueve días, de tres en tres.

Juan García dijo que por otra pidió licencia para saca para la Palma, cien fgs., para Juan Fernandes de Lugo y que no se lo concedieron. Pide le concedan lo que mandaren. Le dan licencia para que lleve cincuenta fgs. de trigo, Con la fianza.

Rodrigo Alonso, pide tres tozas de pino para su casa. Que lo tome de lo cortado. f.261 r.

Juan Román dice que sus mercadores quieren vender a trueco de trigo y cebada.

Que así lo venda a 1os vecinos y que se le dará licencia si no hay inconviniente.

Pedro Párraga, boyero, pide licencia para meter 1os bueyes en la laguna. Mandaron meta la boyada a beber a la laguna por detrás de las viñas y que salga paciendo, Con tanto que en todo este mes no pase de las palas a la dehesa.

Gonzalo Martín, carnicero, pide licencia para que corte a los vecinos. Dijeron que el carnicero que Jaime Joven tiene pueda pesar a los vecinos, porque si el señor vecino con el dicho Gonzalo o con otro carnicero quisiera pesar, que lo pueda hacer libremente.

Juan Perdomo e Ibone Fernandes y otros dicen se les echó repartimiento para la fiesta. Leyóse la petición. A los diputados que lo vean.

Proveyeron por diputados a Gallinato y Castellano.

Platicaron sobre razón del debate que es sobre el bodegón de la Caleta y Cristóval de Aponte, arrendador. Lo remitieron a los diputados para que le tomen la cuenta de todo lo pasado, porque estuvo sobreseído hasta ser determinada la condición y de nuevo le hagan carta de arrendamiento. f. 261 v.

Platicóse sobre el mucho daño de los puercos y se cometió a Castellano y a Las Hijas para que vean términos apartados de esta villa y del lugar del Araotava y las otras poblaciones, do puedan echar dichos puercos, que de allí no salgan y lo traigan para que lo vean sus mercedes.

Que el Sr.-Teniente, Las Hijas y LIerena vayan a Tegueste y a Tegina a ver el agua que impide Axenxo Gomes y otros y los caminos que embargan, para que lo remedien; y para la costa se den seis reales. Que ninguna persona sea osada de segar hierba en la laguna. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Mayo 10.
793-34.-Diego de Salazar. 4 f. de r. en tas. de s. de vuestro padre en el Valle de las Ygueras, tomando vuestro padre cumplidamente las q. yo le tengo dadas de r. q. son en el Valle de las Figueras. 10-V-1511. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1511 Mayo 15. Sevilla. Incitativa a los alcaldes de casa y corte, para que prosigan la causa que fue confiada al licenciado Maluenda, ya difunto, sobre los canarios de La Palma, injustamente cautivados por el adelantado don Alonso Fernández de Lugo. Conde Alférez. Carvajal. Santiago. Sosa. Cabrero. Vitoria. (E. Aznar; 1981)

1511 Mayo 16.
149.-Cabildo. f. 262 r.
Viernes, 16 de mayo de 1511, en la iglesia de S. Miguel. El Br. P. Lopes de Vergara, P. de Vergara, Castellano, Gallinato, Regs; Las Hijas, Fiel; Zorroza, Pers., ante Vallejo.

Johan Romano dice ha trocado mercaderías a trigo y cebada y pide sacar a Castilla 400 fgs. de cebada. Se le da la licencia con tanto que señale de quien lo hubo, con fianzas.

Alonso Vello pide sacar un cahiz de cebada. Se le da contra su tercio.

Gonzalo Yanis, tratante, dice que el año pasado no le dieron licencia para sacar pan que hubo en contra de su mercadería y que lo prestó para 1o renovar y pide licencia para sacar 500 fgs. de cebada. Que dé información ante escribano de cómo lo hubo y lo prestó y le darán licencia. f. 262 v.

Diego Amarillo pide sacar el tercio de (:imienta y ocho fgs. de cebada y venderlo con saca, para pagar a los segadores. Fué concedido.

Luis Alvares pide sacar 40 fgs. de cebada y el tercio de su pan reducido en cebada. Se le da licencia.

Juan de Juanbrux  dice que hubo en contra de sus mercaderías 300 fgs. De cebada, pide sácarlas. Dijeron que declare de quien las hubo y se le dará licencia.

Alonso de Xerés, arrendador del peso, dice que se le escusan los que cargan orchilla de le pagar su dinero. Dijeron que haga sus diligencias y el personero, en nombre la isla, juntamente asistan esta causa en favor de la república.

Juan de Zamora, arrendador de la carnecería, dice que sus mercedes quedaron de señalarle dehesa donde el ganado de la carnecería anduviese y pide se le señale y le provean de un mandamiento; y que el alguacil no consienta embarcar ganado sin que primeramente lo sepa, para que si lo quisiere por el tanto, lo tome. Dijeron que el ganado vacuno que le fuere necesario para proveer la carniceria, que lo traigan juntamente con la boyada donde pueda andar la boyada y el ganado ovejuna y cabruno que lo traigan en la banda de Heneto y los puercos donde andan; y que agora
no se han de matar puercos hasta el invierno. f.263 r.

Mandaron (roto) defendimiento que ninguno pueda sacar ganados sin que primero lo hagan saber al carnicero, para si 1o toma por el tanto. Y dan mandamiento para el alguacil de Santa Cruz.

Dijeron que muchas personas a quien se da licencia de saca de pan, sin sacarlo venden solamente el albalá y cédula que tienen y por otra parte el pan, que es en perjuicio de la isla y labradores. Mandaron que ninguno sea osado de hacerlo.

Axenxo Gomes pide para dos cahices de cebada. Se le da de su tercio.

El alcaide Ruy García pidió se le pague el tercio de su salario. Se lo dieron y mandaron librar en el mayordomo.

Mandaron que ninguna persona sea osada de hacer ningún edificio de casas ni otro en esta villa sin que primero sea visto por el alarife para esto elegido, que es y eligen a Diego Rodrigues, albañl, para que juntamente con el personero de la isla les marque y mida las tablas, edificios y todo aquello que conviene, al cual dan poder y salario por cada casa edificio que pidieren y marcare, medio real, que le pague el que el edificio hiciese.  Fué recibido juramento al dicho Diego Rodrigues. f. 263 v.

Se platicó sobre los grandes daños que el ganado porcuno hacía en los panes y para evitarlos autorizan que el número de reses desmandadas que puedan matar sea seis en vez de tres que fijaba la ordenanza.

18 de mayo de 1511, se pregonó. Ts.: Gerónimo de Valdés, Pero García, Alonso Velásquez, Alonso de Xerés, Juan de Zorroza, Gonzalo Váez y otros. Se pregonó lo de la carnicería y alvalaes del pan y de los puercos. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Mayo 17. Sevilla. Orden a Lope de Sosa, gobernador de las islas de Canaria, para que ejecuten una sentencia que dió como juez de residencia de Tenerife, a petición de Alonso Pérez, vecino de la misma, y en la que condenó a Sancho de Vargas apagarle 5.000 maravedís. Conde Alférez. Carvajal. Santiago. Palacios Rubios. Sosa. Cabrero. (E. Aznar; 1981)

1511 Mayo 17. Sevilla. Orden a Lope de Sosa, gobernador de las islas de Canaria, para que ejecute la sentencia que dio como juez de residencia de Tenerife, a petición de Alona que condenó a don Alonso de Lugo apagarle 30.000 maravedís, de los qué aún le debe 13.000. Conde Alférez. Carvajal. Santiago. Palacios Rubios. Sosa. Cabrero. Ruiz de Castañeda. (E. Aznar; 1981)

1511 Mayo 18. Sevilla. Seguro a favor de Cristóbal Palmés, canario, que recela de don Alonso de Lugo, adelantado de Canaria, del prior de Magacela y de otras personas que tienen cautivos canarios, que le han amenazado por procurar la libertad de dichos cautivos. Se conceden otras iguales a Diego Palmés y a Leonor, canaria. Conde Alférez. Carvajal. Polanco. Cabrero. Ramírez. (E. Aznar; 1981)

=.(Acuerdos del Cabildo colonial de Chinech=Tenerife, t.II)

1511 Mayo 23.
150.-Cabildo. 264 r.
23 de mayo de 1511, en la iglesia de S. Miguel. El Br. P. Lopes de Vergara, Gallinato, Llerena, Castellano, Regs.; Las Hijas, fiel.

Alonso d'Onaire dijo que se obligó a dar candelas y pide que por el tanto pueda tomar el sebo de la carnecería. Dijeron que ante un diputado haga obligación del precio y tiempo y cuantas ha de dar por libra y que se asiente que es sólo para candelas lo que se le dé por el tanto. Diputaron a Gallinato y a Castelfano.

En 26 de mayo de 1511 el muy magnífico Sr. D. Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado., etc., dixo que mandava a Gerónimo de Valdés que sin enbargo de lo por su señoría mandado en razón de su regimiento y entrar en los cabildos, quel dho. Valdés non habia acebtado y se habia desistrido, que agora le mandava e mandó por segunda e tercera ves, que use de su oficio de regidor y entre en los cabildos, según que hacerlo solía, porque asi no cumple al servicio de la Reina nuestra señora,etc. // E luego notifiqué lo susodicho al dho. G. de Valdés, el cual dixo que lo obedecía e obedeció e quería cumplir su mandado. Tº., Lope d’ Arzeo, escribano de registros. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1511 Mayo 23.
1.140-41.-Gonzalo de Córdova, labrador. pago. Hoy jueves 23-V-1511. [escrito yveves]. (Datas de Tenerife, libros I al IV).

Enero de 2013.

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