sábado, 18 de abril de 2015

ARCHIVO PERSONAL DE EDUARDO PEDRO GARCÍA RODRÍGUEZ-IX



1986 agosto 25.


NO AL JUICIO CONTRA "LA SORRIBA"

Nos parece que el aumento de la represión ejercida sobre los nacionalistas corre pareja al fracaso del Gobierno Autónomo en la gestión de los asuntos canarios, y de la absoluta falta de perspectivas que para el futuro nos ofrece.
Está también claro que la única posibilidad de respuesta frente a un sistema sociopolitico que está desangrando nuestra economía a base del expolio para fuera de Canarias de nuestras riquezas, destruyendo conscientemente nuestra impronta cultural propia, degradando el medio ambiente como una inversión y un desarrollo del sector turístico muy por encima de lo que son capaces de resistir las islas, llenándonos de trabajadores foráneos con más de 200.000 canarios en paro... proviene de la propia fuerza de las masas que sufren el sistema y de su capacidad de movilización.

Por eso es el ataque a quienes, como LA SORRIBA, son capaces de hacer pública el análisis de esta situación colonial y su única salida posible con la consecución de la Independencia Nacional. Es algo más que un ataque a la libertad de expresión, es tratar de cortar las vías de acción libres y no mediatizadas de nuestro pueblo, la voz discordante dentro del coro oficial.

El próximo jueves, 30 de abril, a las 10 de la mañana, en la Audiencia de Santa Cruz, se celebrará juicio contra Francisco Javier González, Presidente del Centro "AMILCAR CABRAL", como responsable de la publicación de LA SORRIBA.

Convocamos a todos los que creen en un mañana libre y mejor .para Canarias a la asistencia a la vista oral, como apoyo a nuestra decisión de mantener nuestro alineable derecho a la libertad de expresión y a la lucha por aquello en lo que creemos.

OQ5924512

SALA
E1 Fiscal, en e1 Rollo num. 388 del Sumario 27/84 correspondiente al Juzgado de Instrucción num. 3 de La Laguna, formula las siguientes conclusiones provisionales»

PRIMERA: El procesado, FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ PÉREZ, en Octubre de 1.983 era Presidiente del Centro Cultural "Amílcar Cabral" que edito el nº 12 de la revista mensual La Sorriba, que se vendía a 75'OO pts. al público.

En tal publicación se contienen expresiones del tenor literal siguiente : "Pag 2:",..todas las lacras que crea un poder colonial (refiriéndose a la Nación Española) se pusieron de manifiesto...M; al referirse a España, la menciona como la metrópoli. Y a la Autonomía como una manera de canarizar una situación colonial. Pag 3 al referirse a la enseñanza se dice que hay una colonización cultural; Pag.6 refiriéndose a las autoridades expresa que parecen querer hacer una política genocida que inició la colonización, Pag 9: refiere que la revista La Sorriba es un arma en la lucha por nuestra definitiva descolonización cultural. Pag 11: referencia a una estructura colonial caduca. Pag 12, con referencia a un Tratado Internacional celebrado, se habla del Gobierno Español como Gobierno Metropolitano; en la misma pag. se expresa que el trabajador canario se ve cada vez más oprimido por los patronea españoles. En la Pag 16, refiriéndose al pueblo canario afirma que es africano".
1986 agosto 25.

Ni el procesado ha dado los nombres de los autores de los textos referido» ni la investigación sumarial ha podido descubrirlos, ni hay constancia que la revista La Sorriba tenga director; aunque el acusado conocía los textos por participar en las asambleas que decidían la publicación.

SEGUNDA: Los hechos constituyen un delito del Art» 123 realizado con publicidad.

TERCERA: Por lo dispuesto en los Arts, 15 y 15 bis del código Panal es autor el acusado en forma dolosa.

CUARTA: Concurre en favor del acusado la circunstancia 1ª. del Art. 9 en relación con «1 nº 11 del Art.8 del Código Penal (Eximente incompleta de obrar en el ejercicio del derecho fundamental reconocido por el Art.2O-l a) de difundir libremente ideas y opiniones mediante el escrito, según la Constitución Española).

QUINTA: Por aplicación del Art. 66 del Código Penal, proceda imponer al acusado la pena de un año de Prisión Menor, Accesorias y Costas.

OTROSÍ: PRUEBA

1*.- Interrogatorio del procesado.

2*.- Documental:Por todo lo actuado hasta el Juicio Oral.

Santa Cruz de Tenerife, 25 de Agosto de 1.986.

2? OTROSÍ: Procede reclamar la pieza de responsabilidad civil. Fecha ut aupra.=
ES COPIA (original firmado)


(Archivo personal de Eduardo Pedro García Rodríguez)

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