jueves, 7 de febrero de 2013

CAPITULO XV (II)





EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

DECADA 1511- 1520

CAPITULO XV (II)



Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen

1515 Febrero 6. Valladolid. Orden a los gobernadores o jueces de residencia de Gran Canaria, Tenerife y La Palma, para que den cumplimiento de justicia a Luis de Armas, vecino de dichas islas, que se queja de algunas personas que destruyen las acequias que ha construido en virtud de una carta y sobrecarta de merced dada por su majestad, por la cual se le concedió la tercera parte de las aguas por repartir y de las que se perdiesen por falta de aprovechamiento. Arzobispo. Santiago. Polanco. Aguirre. Cabrero. Ramírez. (E. Aznar;1981)

1515 Febrero 6. Valladolid. Orden a las justicias de las islas de Gran Canaria para que den cumplimiento de justicia en la demanda presentada por Luis de Armas, vecino de dichas islas, que exige no se hagan repartimientos sin darle las aguas que le pertenecen por carta y sobrecarta real. Las mencionadas aguas son: la tercera parte de las correspondientes a la corona por estar sin repartir, perderse sin aprovechamiento o estar en demasía en algunos heredamientos, hasta la fecha de la primera carta. Arzobispo. Santiago. Polanco. Aguirre.
Cabrero. Ramírez. (E.Aznar;1981)

1515 Febrero 6. Valladolid. Orden al Ido. Bricianos, juez de residencia de las islas de Gran Canaria, ya don Bartolomé López de Tribaldos, provisor y maestrescuela de la iglesia de Santa Ana, para que vean el pleito pendiente entre Luis de Armas, vecino de dichas islas, y Catalina Guerra e hijos, sobre ciertas aguas del valle de Tenoya, y den sentencia en él, dentro de veinte días si está concluso para definitiva y dentro de seis si lo está para interlocutoria, previa conclusión, en caso necesario. Esta orden es fruto de una petición de Luis de Armas, que demandó a los citados jueces de comisión una rápida resolución del pleito, no obstante la apelación que había presentado por temor a dilaciones. Arzobispo. Santiago. Polanco. Aguirre. Cabrero. Ramírez. (E.Aznar;1981)
1515 Febrero 7.
1.416-54.-Juan Sanches Negrín e Francisco Guillama vs. Todas las demasias de las tas. de Alonso Sanches e su compañero, hinchendo primeramente los dhos. un alvalá e data q. tienen ambos a dos e aquel complido mando q. toda la demasia de las tas. q. tienen sea de vosotros, las cuales dhas. tas. son dende la montañuela de Masgan hacia el barranco de Haohao e hasta el otro barranco q. se dice Abimarja e la cueva horadada e debajo del camino de la Candelaria. Digo q. vos do en el dho. lugar cada trec. 7-1I-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Febrero 7.
1.491-37.-Juan de Mesa, mi criado. 6 h. en mis tierras de Heneto para viñas y también vos hago merced de un solar en la villa de arriba, linderos Alonso Lopes y Fernán Guerra y Andrés d Armas. El Adelantado. 7-II-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Febrero 7.
1.656-61.-Gonzalo Muñoz. 100 f. de s. a la rambla de los primeros pinos, que son camino de Aguymad, debajo del camino  a la banda de la mar y del mismo camino a banda de arriba  la misma rambla, 20 f. de s. Digo que vos do 100 f. 7-11-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Febrero 8. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, Tenerife y La Palma, a petición de Juan de Castañeda, vecino de Tenerife y procurador de los habitantes de dichas islas, para que no haga pesquisas sobre juegos realizados hace más de dos meses ni castigue los celebrados en cuantía inferior a dos reales, para cosas de comer, debiendo proceder contra los restantes de acuerdo con las leyes y pragmáticas del reino. Arzobispo. Moxica. Santiago. Aguirre. Cabrero. Ramírez. (E.Aznar;1981)

1515 Febrero 9. Valladolid. Orden a Rodrigo de Guadiana, escribano real, para que reciba én Gran Canaria y otros lugares los testigos que Guillén Peraza, señor de La Gomera y El Hierro, ha de presentar ante el Consejo en el pleito que sigue con don Alonso Fernández de Lugo, adelantado de Canaria, sobre el tiempo que éste tuvo la tutoría y administración de sus bienes. Para la realización de su misión se le concede poder cumplido y 200 maravedis de salario al día, aparte de sus derechos ordinarios. (E.Aznar;1981)

1515 Febrero 9. Valladolid. Sobrecarta de la reina, a petición de Juan de Castañeda, procurador de los vecinos de Gran Canaria, Tenerife y La Palma, para que los gobernadores o jueces de residencia de dichas islas examinen los poderes de los comisarios y predicadores de bulas y no les permitan cometer agravios, conforme a la carta dada en Valladolid el 26 de Septiembre de 1513, que va inserta. Arzobispo. Santiago. Polanco. Aguirre. Cabrero. Ramírez. (E.Aznar;1981)

1515 Febrero 10. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que dé cumplimiento de justicia a Luis de Armas, vecino de las islas de Gran Canaria, que reclama las aguas perdidas sin aprovechamiento y las que están en demasía en algunos heredamientos, que el licenciado Bricianos no le quiere dar posesión, a pesar de corresponderle por carta y sobrecarta real. Arzobispo. Santiago. Aguirre. Sosa. Cabrero. Qualla. Ramírez. (E.Aznar; 1981)

1515 Febrero 10. Valladolid. Orden al adelantado don Alonso Fernández de Lugo, gobernador de Tenerife y San Miguel de La Palma, para que dé cumplimiento de justicia a Luis de Armas, vecino de las islas de la Gran Canaria y regidor de la de Tenerife, que reclama las aguas perdidas sin aprovechamiento y las que están en demasía en algunos heredamientos, que le pertenecen por carta y sobrecarta real Arzobispo. Santiago. Aguirre. Sosa. Cabrero. Qualla. Ramírez.

1515 Febrero 10.
1.077-34.-Don Pedro de Lugo, mi hijo, para en cuenta de vuestra vecindad. 150 f. de ta. de buena medida de sembradura en Heneto, linderos de arriba las montañetas q. es lindan la dehesa, de la otra parte el camino de Nuestra Señora Candelaria y de la otra parte el repartimiento q. se hizo con los vs. Digo q. vos do las dhas. 150 f. en nombre de Su Alteza sin perjuicio de tercero. 10-11-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Febrero 14. Arévalo. Presentación de Diego de Herrera, clérigo del obispado de Canaria, para el beneficio de San Pedro de Daute, isla de Tenerife. Este cargo ha estado vacante y servido por encomienda, con clérigos puestos por los obispos, hasta hace cuatro meses en que fue ocupado con bulas de Roma, no obstante pertenecer al patronato real. Se ordena al obispo de Canaria que erija la citada iglesia en beneficio simple servidero, según el arzobispado de Sevilla, del que es sufragáneo el de Canaria, y reciba en su cargo, con todos los derechos inherentes al mismo, a Diego de Herrera. El Rey. Conchillos. Zapata. Carvajal. (E.Aznar;1981)

1515 Febrero 14. Arévalo. Presentación de Diego de Castañeda, racionero de Canaria y clérigo de dicho obispado, para el beneficio de Santiago de Taoro, isla de Tenerife. Este cargo ha estado vacante y servido por encomienda, con clérigos puestos por los obispos, hasta hace cuatro meses en que fue ocupado por bulas de Roma, no obstante pertenecer al patronato real. Se ordena al obispo de Canaria que erija la citada iglesia en beneficio simple servidero, según el arzobispado de Sevilla, del que es sufragáneo el de Canaria, y reciba en su cargo, con los derechos inherentes al mismo, a Diego de Castañeda. El Rey. Conchillos. Zapata. Carvajal. (E.Aznar;1981)

1515 Febrero 20. Dto. 1.185-14.-Pero Mexacar, gomero. 2 c. de ta. de s. e más que pudierdes aprovechar entre Texina y la Punta del Hidalgo, linderos Pedro del Obispo, de abajo la mar y un barranco y de arriba el risco. 20-11-1515.

1515 Febrero 24. Medina del Campo. Orden al adelantado don Alonso Fernández de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, para que no permitan a nos, juez de residencia de las islas de Gran Canaria, y al Ido. Tribaldos, maestrescuela de la Iglesia de dichas islas, para que vean el pleito que Catalina Guerra sigue con Luis de Armas y Cosme de Riberol, vecinos de dicha isla, por las aguas de Tenoya y Tasautejo, y lo sentencien dentro de veinte días, si está concluso para definitiva, o dentro de seis, si lo está para interlocutoria. Esta medida se toma a petición del Ido. Rui Díaz Cerón, yerno de Catalina Guerra, quien teme que Luis de Armas no presente la carta que obtuvo para que los citados jueces de comisión dictasen sentencia, no obstante la remisión del pleito al Consejo, lograda por el propio Luis de Armas. Arzobispo. Carvajal. Santiago. Agui-
rre. Coalla. Vitoria. (E.Aznar;1981)

1515 Marzo 20.
1.185-14.-Pero Mexacar, gomero. 2 c. de ta. de s. e más que pudierdes aprovechar entre Texina y la Punta del Hidalgo, linderos Pedro del Obispo, de abajo la mar y un barranco y de arriba el risco. 20-111-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Marzo 21. Medina del Campo. Merced al Ido. Francisco de Vargas, tesorero real y miembro del Consejo, del agua que sobra en el Palmitar y de seis caballerías de tierra que se puedan regar con ella. Se ordena al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria que le dé posesión de dichas aguas y tierras, y a Francisco de los Cobos, contino real, que tome razón de esta carta. El Rey. Quintana. Respaldada: Zapata. Cobos. (E.Aznar; 1981)

1515 Marzo 23.
1.583-43.-Juan Cabe9a vo. 50 f. de s. en el valle de Santiago, linderos tas. de Gonzalo Yanes, el charco del agua, donde está una cueva q. se entiende a la entrada del dho. valle, yendo de la fuente de Herjos en la primer llanada. Digo q. do 3 c., con tal q. vos
caseis dentro de un año y medio y no podais vender hasta cumplidos cinco años. 23-111-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Marzo 24. Medina del Campo. Comisión a los alcaldes de casa y corte, a los alcaldes de chancillería, y al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que entiendan en la petición de Diego de Betancor, vecino de dicha isla, que solicita licencia de armas, y pueda concedérsela por un año, para él y un acompañante, previa la entrega de fianzas de que las utilizarán en su defensa. Tal petición está basada en el temor de numerosas personas que ha tenido que castigar: primero, como capitán de la gente que el rey mandó pasar de la citada isla a Italia, donde permaneció más de seis meses, luego, teniendo cercados por orden del consejo a los hijos de Martín de Vera, que habían matado a Bartolomé de Riberol, y por último, al sacar de la iglesia de la mencionada isla a las personas que mataron .a traición a ciertos portugueses. El Arzobispo. Santiago.
Polanco. Aguirre. Sosa. Vitoria. (E.Aznar;1981)

1515 Marzo 24. Medina del Campo. Prórroga de 150 días, a partir del día 31, mes y año de la data, para que el gobernador o juez de residencia de Gran Canaria reciba los testigos que Hernando del Hoyo, de la cámara del rey, y el adelantado don Alonso Fernández de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, han de presentar en el pleito que tratan ante el Consejo sobre la mitad de las tierras yaguas del Campo del Rey, llamado actualmente Realejo y Treslatedere, los edificios construidos en ellas por el Adelantado y la prohibición de éste a Hernando del Hoyo de traer leña de cierto monte para su ingenio. La anterior carta de receptoría era de 240 días y fue encomendada en primer lugar al Ido. Valcárcel, teniente de gobernador de Tenerife, quien fue recusado por don Alonso Fernández de Lugo. Archiepiscopus. Polanco. Aguirre. Cabrero. Ramí-
rez. (E.Aznar;1981)

1515 Marzo 30. Medina del Campo. Merced a Lope de Sosa de la gobernación de Gran Canaria, con jurisdicción civil y criminal, y con poder para disponer de los oficios de alcaldía y alguacilazgo, y expulsar de la isla a las personas que considere necesario, ordenando al concejo que le tomen juramento, reciba de él fianzas de que hará la residencia que marca la ley, y le pague el salario acostumbrado. Se exige a Lope de Sosa que visite los términos de la isla dos veces al año, cobre las penas de cámara, poniéndolas en manos de su receptor, dé al alcalde 20.000 maravedís de salario anual, aparte de sus derechos ordinarios, lleve los capítulos de corregidores, haga guardar las bulas sobre los clérigos de la corona e informe sobre las imposiciones de nueve creación. Al mismo tiempo, se le nombra juez de residencia del licenciado Bricianos y sus oficiales, conforme a la ley de las cortes de Toledo. El Rey. Conchillos. Arzobispo. Zapala. Polanco. Aguirre. (E.Aznar;1981)

1515 Marzo 30. Medina del Campo. lncitativa al corregidor o juez de residencia de Gran Canaria, para que entienda en la demanda presentada ante el Consejo por el adelantado don Alonso Fernández de Lugo, que acusa a Juan Ruiz de Requena de revocar con otros regidores el poder dado por el licenciado Lebrón, teniente de gobernador de Tenerife, y el cabildo en pleno al regidor Alonso de las Hijas, para que presentase ciertos capítulos en la corte; ofreciéndose él para ir a su costa y presentar otros capítulos, perjudiciales para el adelantado. El motivo de dicha revocación fue la petición contenida en los capítulos, de que no se concediese la escribanía del crimen a Fernando del Hoyo. Por todo esto y porque el licenciado Valcárcel le favorecía, el adelantado lo envió preso a la corte con la información que había hecho, dado que no podía conocer en la causa por ser Juan Ruiz de Requena procurador de Fernando del Hoyo, a pesar de ser regidor. A lo que Juan Ruiz de Requena replicó, que el adelantado
lo había tenido preso por enemistad, valiéndose de una denuncia de Juan de Badajoz, su criado y teniente de alguacil, quien lo acusó, con testimonios de personas desorejadas y azotadas por ladrones, de tener en su hato ciertos puercos contramarcados, y que lo envió preso en una carabela que hacía aguas, todo lo cual era parte de un plan para evitar la oposición de algunos regidores, a quienes tiene presos en sus casas sin poder acudir al cabildo. Arzobispo. Carvajal. Palacios. Rubios. Vargas. Coalla. Ramírez. (E.Aznar; 1981)

1515 Marzo 31. Medina del Campo. Orden al Ido. Francisco de Valcárcel, o a quien fuere alcalde mayor de Tenerife y La Palma, para que sentencie el pleito que tratan Luis de Armas y sus consortes con los vecinos de Gran Canaria, sobre las aguas del barranco del Gamonal. Esta medida se toma a petición de los vecinos, que se quejan de su remisión al Consejo por parte del Ido. Bricianos, juez de residencia de Gran Canaria, ya que éste era juez de comisión para ello y porque la otra parte continúa cultivando sus cañaverales mientras ellos no pueden utilizar sus molinos de pan y pierden sus haciendas. Para la realización de esta misión, se le concede poder cumplido y 150 maravedís diarios de salario, más 40 para el escribano que le acompañe, derechos ordinarios aparte. Arzobispo. Santiago. Palacios Rubios. Aguirre. Cabrero. Tomás del Mármol. (E.Aznar;1981)

1515 Marzo 31. Medina del Campo. Comisión al gobernador o juez de residencia de las islas de Canaria, para que resuelva el pleito que tratan Francisco de Espíndola y Tomás Llamarte, mercaderes ingleses, con el adelantado de Canaria sobre cierta cantidad de maravedís. Para el pago de esta deuda el Adelantado les hipotecó un ingenio de azúcar, con sus tierras y aguas, en el río de los Sauces, isla de San Miguel de La Palma, a pesar de lo cual, les toma los azúcares cogidos, molidos a su costa. La causa fue encomendada en primer lugar al gobernador de Canaria, o a su lugarteniente en La Palma, siéndole prorrogada luego por 80 días, pero por haberse cumplido éstos, ser grandes las costas de dicho juez y porque el Adelantado es gobernador de Tenerife, los demandantes pidieron nueva comisión. Para la realización de ésta se señala plazo de 100 días y un salario de 200 maravedís por cada uno de ellos, más 100 al escribano, derechos ordinarios aparte. Arzobispo. Carvajal. Polanco. Francisco Licenciado. Cabrero. Ramírez. (E.Aznar;1981)

1515 Abril 16. Olmedo. Sobrecarta de la escribanía de sacas de las islas de Canaria, concedida al licenciado Hernán Gómez de Herrera, del Consejo Real y alcalde de casa y corte, el 10 de junio de 1514. Se ordena a las justicias de la ciudad real de Las Palmas, ya las demás de Canaria, Tenerife, La Palma, El Hierro y restantes islas de Canaria, que guarden dicha merced, a pesar de la súplica que hicieron contra ella, alegando que dicha isla era libre perpetuamente y sólo pagaba el 5 por ciento de carga y descarga, por lo que si se ponía escribano de aduana que llevase derechos sobre los anclajes se quebrantaría la franqueza, según consta en el testimonio que presentaron al Consejo, firmado por el escribano de dicha ciudad. El Rey. Conchillos. Zapata. Carvajal. (E.Aznar;1981)

1515 Abril 18. Medina del Campo. Comisión al Ido. Cristóbal de Valcárcel, teniente de gobernador de Tenerife y La Palma, para que entienda en la demanda presentada por Andrés de Güímar, natural y vecino de Tenerife, que se queja del adelantado de Canaria, gobernador de dichas islas, en nombre de los restantes guanches. Los motivos de agravio son los siguientes: expulsarles de la isla cada vez que lo desea, impedir el regreso de quienes se hallan fuera de ella, prohibirles llevar armas en el campo, los caminos y en sus casas, ordenar que se presenten en la villa de San Cristóbal y permanezcan en ella cuatro o cinco días descuidando sus haciendas y ganados, y obligarles a perseguir los malhechores sin pagarles por ello. Arzobispo. Muxica. Polanco. Aguirre. Cabrero. Ruiz de Castañeda. (E.Aznar;1981)

1515 Abril 19. Medina del Campo. Orden al  teniente de gobernador de Tenerife y La Palma, ldo. Valcárcel para que ejecute una sentencia del Ido. Lebrón, juez de residencia, que condenó al adelantado de Canaria, gobernador de dichas islas, a pagar cierta cantidad a Andrés de Güímar, guanche de Tenerife, de la que aún adeuda 5.000 maravedís y las costas. Arzobispo. Muxica. Santiago. Aguirre. Sosa. Cabrero. Vitoria. (E.Aznar;1981)

1515 Abri1 19. Medina del Campo. Orden al gobernador de Gran Canaria, para que administre justicia a los procuradores de causas de dicha isla, que acusan a los extranjeros de .ejercer su oficio sin estar casados en la isla y piden que éste sea reservado a los vecinos con casa poblada, o que el concejo examine públicamente a los candidatos, recibiendo fianzas de ellos y limite su número. Archiepiscopus. Muxica. Polanco. Aguirre. Sosa. Cabrero. Tomás del Mármol. (E.Aznar;1981)

1515 Abril 20.
1.437-21.-Martin Baes, Juan de Vega, Juan Dias y Alvaro de Fletes, vuestros hermanos. Para todos los cuatro 300 f. de s., que son una legua y media de esta villa, adelante de la fuente de los Berros, q. lindan de una parte dha. fuente, de otra un barranco, las cuales comienzan a se medir desde el cabezo q. está junto a dha. fuente para abajo Vos do 160 f. 20-IV-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Abri1 20. Medina del Campo. Poder al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que entienda en la petición del Ido. Nicolás Rodríguez, de Curiel, que solicita licencia de armas por temor al adelantado de Canaria, a quien tomó residencia como teniente de gobernador; y para que la pueda conceder por un año, previa la entrega de fianzas de que las utilizará en su defensa. Archiepiscopus. Muxica. Santiago. Polanco. Aguirre. Cabrero. Tomás del Mármol. (E.Aznar;1981)

1515 Abril 20. Medina del Campo. Incitativa al licenciado Cristóbal de Valcárcel, o al alcalde que le suceda en Tenerife y La Palma, para que conozca en las causas sobre aguas desaprovechadas o en demasía, que pertenecen por merced real a Luis de Armas, vecino de Gran Canaria, ya que éste no ha podido aprovecharlas por estar en manos de personas poderosas y no tener juez sobre ello. Se le concede poder cumplido y 200 maravedís por cada uno de los 200 días que ha de durar la comisión, más 40 maravedís para el escribano público que le acompañe, derechos ordinarios aparte. Art:hiepiscopus. Polanco. Aguirre. Cabrero. Tomás del Mármol. (E.Aznar;1981)

1515 Abril 21. Medina del Campo. Carta a las justicias del reino, en especial las de Tenerife y La Palma, para que den seguro a Andrés de Güímar, guanche, natural de Tenerife, que recela del adelantado don Alonso Fernández de Lugo. Arzobispo. Muxica. Polanco. Cabrero. Qualla. Vitoria. (E.Aznar;1981)

1515 Mayo 2.
57.- Pedrianes. Doy a vos Pedrianes 4 f. de ta. de s. en la primera lomada de Ycode, abaxo de las tierras de Catalina Gaspar, que alinda con el pino que está encima del agua de Jorgy (sic) Grimón e con los sauces del agua de Castro que está encima del ogillo. 2-V-1515.

«Digo que vos do las dichas 4 f. sin perjuicio de tercero.» El Adelantado.

En 26-11-1590 lo presentó Lucas de Remerando en nombre de Tomás Grimón, regidor. Testigos : Mateo Viña de Vergara e Simón de Valdés e Diego de Agreda, vecinos y estantes en esta isla. Simón de Açoca, escribano mayor del Concejo. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1515 Mayo 5.
1.823-32.-Juan de Bermado, natural de Gran Canaria y vo. Las sobras de las ts. de Juan de Mesa y las de Pedrianes, criado de Gonzalo Yanes, linderos con las mismas y por arriba la montaña. Vos do 3 cahices. 5-V-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1516 Abril 5.
1.834-1.-Juan Nuñez, carpintero, su mujer y cinco hijos. Un solar para hacer casa y atahona y pajar para vuestros bueyes, que haya una f. Digo que se vos dé según la calidad de vuestra persona. 5-IV-1516. Se lo reparten encima del solar del sobrino de Fernando de Llerena y Alonso López para casa, atahona, cocina y pajar. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Mayo 6. Madrid. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que entienda en la petición de doña Catalina Çambrana, vecina de dicha isla y mujer de Luis Cerón, regidor de la misma, que reclama al adelantado de Canaria los bienes de Rodrigo de la Fuente, su padre, y le acusa  de haber hecho matar a éste en Sanlúcar de Barrameda hace siete años, cuando se dirigía a la corte para quejarse de él. En virtud de una comisión anterior, el gobernador de Gran Canaria, obligó al Adelantado apagar a los acreedores de Rodrigo de la Fuente, pero quedaron en su poder gran cantidad de maravedís y arrobas de azúcar. Arzobispo. Carvajal. Polanco. Aguirre. Cabrero. Coalla. (E.Aznar;1981)

1515 Mayo 6. Dto. l.589-49.-Pedro Gonzales, canario. 4 c. en Acentejo, linderos de arriba la montaña, de la parte de Taoro, la cuesta con un barranco donde está un pino; de la banda de abajo el risco e de la banda de La Laguna tierras del Rey. Digo que vos do 2 c. 6-V-l5l5.

1515 Mayo 6.
1.589-49.-Pedro Gonzales, canario. 4 c. en Acentejo, linderos de arriba la montaña, de la parte de Taoro, la cuesta con un barranco donde está un pino; de la banda de abajo el risco e de la banda de La Laguna tierras del Rey. Digo que vos do 2 c. 6-V-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Mayo 7.
1.587-47.-Alonso Diaz, maestro de azúcar. 2 c. que son ala montaña Hygan, linde con un camino que va de tiempo de los guanches y de esta parte las cabezadas de las tas. de Juan Fernández de Barcelos y de la otra debajo linda con un cabezo sobre el colmenar de Hernando de Castro y de la otra banda el barranco de Hygan. En cuanto el dicho camino en redondo por las cabezadas de las ts. de Juan F. de Barcelos y hacia el Realejo
linda con los balbusanos. Digo que vos los do. 7-V-1515. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1515 Mayo 20.
61.-Fernando del Castillo y Francisco de Baeça, vos de esta isla. Do a vos F. del C. y F. de B. dos asientos para colmenas, el uno de ellos adelante del lomo de Guerge, lindero del dicho lomo e por arriba a la cabezada el camino viejo de los guanches del otro cabo la montañeta de los pinos que está más acá de las colmenas de Martín Yanes, e el otro asiento en la montaña de Tamaymo más baxo un poco del camino que va para Adexe, los cuales dichos asientos vos doy para colmenas coltrimiento que deben tener. Otrosy vos doy una cueva que está más arriba de las colmenas de Juan Delgado hazia el lomo de Guergue. 20- V -1515.

«Digo que vos do los dichos asientos, en nombre de su alteza, sin perjuicio de tercero.» El Adelantado.

En 12- VI11-1592 lo presentó Bartolomé de Baeç, v.o de Buenavista, que dijo pertenecerle. Testigos: Lope de Açoca Recalde, regidor, e Mateo Álvarez de Sepúlveda, vos de esta ysla. Simón de Açoca, escribano mayor del Concejo. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1515 Mayo 19.
El Mayorazgo del invasor y colonizador Alonso Fernández de Lugo.
 Alonso Fernández de Lugo llegó a “comprar” en La Orotava 6 caballerías de tierras al Lic. Mújica, 6 al Lic. Santiago y otras 6 al Lic. Carvajal, todas ellas terrenos de riego, así como en Icod, aguas, tierras, ingenios y un molino de pan, valle añejo y 8 caballerías de tierras, con el fin de aumentar sus propiedades. Desde el 18 de febrero de 1512, había obtenido el Adelantado en Burgos, facultad de la reina doña Juana para fundar un mayorazgo de sus bienes y dignidades. Se celebró esta vinculación en carta de otorgamiento el 31 de marzo de 1512 en Medina del Campo, con preferencia de varones y con condición de los poseedores de apellidarse Alonso Fernández de Lugo y las mujeres al menos llevar el apellido Lugo.
Andrés Suárez Gallinato, por poderes del Adelantado, instituye el mayorazgo el 19 de mayo de 1515 en La Laguna a favor de don Pedro Fernández de Lugo, excepto el ingenio y heredamiento de Daute y un majuelo en Tegueste.
            Este mayorazgo comprendía:
  1. Título y dignidad del Adelantamiento de Canarias y las casas principales del  Adelantado.
  2. El heredamiento y lugar del Realejo con sus aguas, tierras e ingenios, sierra de aguas y molino de pan. Tributos de viñas, casas y huertas.
  3. El señorío y valle de Icod; con sus aguas, tierras, ingenio, molino de pan y seis caballerías de tierras de riego.
  4. 12 caballerías de tierra de riego en La Orotava
  5. Las tierras de Tacoronte que son de secano.
  6. 130 fanegadas de secano entre el Realejo y La Orotava.
  7. 200 fanegadas de secano encima del ingenio de Icod.
  8. Ingenio en el valle de Los Sauces, La Palma.
  9. Tierras de secano en Tenagua y Mirca y el Helechar y otras tierras que el Adelantado poseía en La Palma.
  10. Derecho de patronazgo de la iglesia del Señor San Miguel de Tenerife.
Dentro del amplio Mayorazgo de los Adelantados, es de destacar la llamada Hacienda de los Príncipes en Los Realejos. Quién primero se preocupó por la explotación de esta hacienda, fue Dña. Porcia Magdalena Fernández de Lugo y Marín, V Adelantada de Canarias, quien el 17 de julio de 1579 nombra administrador a Martín Ruiz de Chavarri, sucediéndole en 1600, Melchor de Olivares y el 29 de abril de 1605, a Juan de Bustamante. Su hijo y heredero D. Antonio Alonso Luís de Leiva Fernández de Lugo arrienda el 19 de febrero de 1635 la Hacienda a los hermanos Baltazar de Vergara y a Cristóbal López. De 1636 a 1641 la administración corre a cargo del capitán Diego Sotelo de la Mota y luego a don Celedón Aguado de Nájera, el cual introdujo una novedad en el régimen de aguas de la finca: del caudal que venía repartiéndose gratuitamente cierta porción de agua a los vecinos pobres de aquellos lugares, subastó unos 127 días de agua en invierno y 60 en verano al precio de 15 y 16 reales antiguos respectivamente, el remate se adjudicó a don Baltasar de Vergara y Grimón, sobre lo cual recayó la aprobación en Real Cédula de Felipe IV expedido en Nápoles el 17 de julio de 1642. Este mismo don Celedón cedió en escritura pública otorgada en Los Realejos el 25 de mayo de 1648 al convento Agustino del lugar, un real de agua a cambio de que los frailes hicieran limpiar las acequias de la “lora” y celebraran aniversarios por los difuntos del Sr. Adelantado. Esta cesión se conoció en el pueblo con el nombre de “dado al fraile”.
Al principio existió un ingenio de azúcar, pero fracasando el mismo, se dieron las tierras en aparcerías, percibiendo los medianeros en dinero, la mitad adjudicada a su cargo.
A principio del siglo XVIII los Condes de Torralba cambian el régimen de aparcerías, por el cual se venían beneficiándose casi todo el vecindario de Los Realejos y adoptaron la explotación directa, si bien en 1772 se acudió al sistema de medianeros.
En sus terrenos se cultivaba la viña en tres cercados: el de los “lagares”, el de “enmedio” y el de los “majuelos” y de “tampote” con una extensión de más de 117 fanegadas.
D. Juan Bautista de Cabrera y Bermoy Lugo y Pérez de Saavedra, XV Adelantado, en escritura celebrada en Madrid el 14 de mayo de 1867, ante el notario don Mariano García Sánchez, vende la hacienda a don Celedonio Camacho y Pino, si bien este traspasó luego parte de estos bienes al no poder pagar toda la cantidad estipulada a don Pedro de Melo Hernández, natural de La Orotava, por la cantidad de 50 mil duros, adquiriendo éste en consecuencia, parte de la Hacienda de los Príncipes. (Raúl Melo Dait)

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