EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA
UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
1511- 1520
CAPITULO XIX (II)
1518 Marzo 4.
82.- Juan Márquez, v.o e
escribano público de la ysla de Tenerife. Un pedazo de ta. e solar para hacer
casa de 100 pasos en quadra, que es término de esta villa, que ha por linderos
de la una parte el camyno que va a Tegueste linde con la viña de Alonso de las
Hijas, de la otra parte cercado de Alonso de las Hijas e de Juan de Armas e de
Francisco Albornoz. 4-111-1518. E lo ponga al pie de lo que se mandó en Cabildo
en razón de vuestro solar.
«Digo que vos do 60 pasos de
frente e 80 de corral. Digo que vos do 60 pasos en ancho y otros 60 en cum do
sin perjuicio de tercero». El Adelantado. (Datas de Tenerife, libro V de datas
originales)
1518 Marzo 11.
1.824-33.-Juan de Vergara, vo. 4
cahices de s. término de este Realejo, linderos Juan Piñero, el camino que va a
la montaña y barranco de los hornos de la cal y por abajo Francisco Ranero, las
cuales fueron dadas a Pero Afonso, portugués y las perdió por
no haberlas edificado. Vos las
do. El Adelantado. 11-111-1518.
1518 Marzo 11.
1.342-3.-Costantaza de Teyda, va,
100 f.
de s. en las sobras de Juan Nuñes, carpentero, q. son en la fu[ente] del
Adelantado. Digo q. vos do c ...(roto) de ta. en el dho. lugar en nombre de Sus
Altezas. 11-III-1518.-30-VI-1565 pareció Juan de Mesa como marido e conjunta
persona de Ana de Porras, su mujer, e presentó un título e data q. por el
Adelantado e repartidor parece q. fue dado a Costanza de Teyda, e dijo que la dha.
...le había vendido a Francisco Ximenes, vo q. fue, e Juan Ximenes, como su
hijo y he-redero, lo había traspasado a la dha. Ana de P. por escritura q.
dello le había hecho 28 deste junio. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1518 Marzo 12. Dto. 1.233-6.-Juana
de Tegueste. «Por esta firmada de mi nombre doy en vecindad a vos J. de T.
un solar donde agora estáis con un corral, el cual solar linda con Francisco
Guyllama y Francisco Tacoronta, con 10 f. de sembradura, están en el camino de Na
Sra. de Candelaria y se llama Tamarde [interlineado decía antes Segenger,
testado]. Digo q. os doy las 10
f. lindero con Hernando Tacoronte y se llama Tamarde.
Digo q. vos do el dho. solar para la casa y en lo de la ta. nichil.
12-III-1518.
1518 Marzo 12.
1.233-6.-Juana de Tegueste. «Por
esta firmada de mi nombre doy en vecindad a vos J. de T. un solar donde agora
estáis con un corral, el cual solar linda con Francisco Guyllama y Francisco
Tacoronta, con 10 f.
de sembradura, están en el camino de Na Sra. de Candelaria y se llama Tamarde
[interlineado decía antes Segenger, testado]. Digo q. os doy las 10 f. lindero con Hemando
Tacoronte y se llama Tamarde. Digo q. vos do el dho. solar para la casa y en lo
de la ta. nichil. 12-III-1518. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1518. Marzo, 15. Valladolid. Merced a los licenciados Toribio Gómez
de Santiago, miembro del Consejo, y Juan de Prado, procurador fiscal, de 24
caballerías de regadío en el asiento de Tirahana y otras partes de Gran
Canaria, que pertenecen a los reyes por no estar concedidas en los
repartimientos y reformaciones que se han hecho hasta ahora. Se ordena al
gobernador de Gran Canaria que les señale dichas tierras. El Rey. Villegas.
Sauvage. Episcopus Pacensis. García. (E.Aznar et al. 1591)
1518. Marzo, 17. Valladolid. Orden a Lope de Sosa, antiguo
gobernador "de Gran Canaria, Tenerife y La Palma", ya Pedro Suárez
de Castilla, "gobernador de dichas islas", para que den cuenta ante
escribano de las razones que tuvieron para tomar 550 doblas de las rentas que tiene
encabezadas el concejo de Gran Canaria -especificando en qué fueron gastadas y
qué parte tomó o mandó tomar cada uno-, a fin de que la citada isla la presente
ante los Contadores Mayores. La medida tiene su origen en la demanda de Antonio
de Sangrelinda, procurador de Gran Canaria, que solicitó que dicha cantidad
fuese recibida en cuenta o fuese suspendida en los maravedís que están librados
en el cargo de las rentas, ya que fue tomada para el servicio real a Juan de
Herrera, que tiene en traspaso el mencionado encabezamiento. La Rúa. Tello. Salmerón.
Carvajal. (E.Aznar et al. 1591)
1518. Marzo, 20. Valladolid. Orden al licenciado Sebastián de
Bricianos para que tome residencia al Adelantado Alonso Fernández de Lugo,
gobernador de Tenerife y La
Palma, conforme a lo dispuesto en la ley de las Cortes de
Toledo. El Rey. Castañeda. Arzobispo. Zapata. Santiago. Cabrero. (E.Aznar et
al. 1591)
1518 Abril 9.
1.665-72.-EI Dr. Sancho de Lebrixa. Unas
ts. en el Palmar, linderos de una parte el barranco que sale de la madre del
agua de los pinos hacia la cumbre de Herjos, que parte el dicho barranco con el
pomar que hizo Francisco de Baeça, todo aquel barranco arriba camino del corral
que hizo Juan Picaço en la cumbre y de otra parte tierras de Martín Delgado de Johan
Mendes derecho a la cumbre de Maxca y partiendo con un risco que va a media
ladera contra el corral de Juan Picaço en la combre para abajo, que podrá haber
hasta 100 f.
de mala y buena. Digo que vos do la 100 f. 27-VII-1518. El Sr. Bachiller Diego de Funes
lo presentó en 9-IV-1519. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1518 Abril 20.
1.355.23.-Da Juana de Masieres y
la iglesia de San Miguel. En un sitio q. es la isla de Tenerife do son ese
dicen Las Lagunetas, tas. del bach. Alonso de Las Casas, en lindero de las tas.
q. en el título adelante se hace mención, a 20-IV-1518, ante A. de Vallejo, e.
p. pareció Diego del Castillo, va, en nombre del bienaventurado Sr. San Miguel
Arcángel e de la fábrica de su iglesia y de la Sra. Da Juana de Masieres,
mujer del muy magnífico Sr. don Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado. e leer y
notificar fizo por mí el escr. a Juan de Badajoz, teniente de alguacil mayor,
un título de data de tas. dado e firmado por el dho. Sr. A. inserto en un
mandamiento otrosí firmado del dho. Sr. E de mí cuyo tenor es este q. se sigue:
[Sigue todo el expediente en copia de letra procesal, en 6 folios; y luego fol.
24, el original, de letra cortesana, q. solo ocupa 2 fols.] Mandamiento al
alguacil.
[Data] Da Juana de Masieres, mi
mujer, 400 f.
de ta. de s. q. son cerca de esta villa de S. Cristóbal, linde de los corrales
q. dicen de. ..y de la otra parte lindan con las cabezadas de las tas. de los
chapineros y con la fuente q. dicen del Adelantado e de la otra parte con tas.
del bach. A. de Las Casas, q. son Las Lagunetas q. están cerca de la fuente de
los Berros, lindan asímismo con tas. de Rodrigo Dorantes e de Gaspar Rodrigues,
yerno de la sevillana q. fue ...Digo q. sean de puño. 4-1I1-1517. [Da Juana
pide la posesión y el Adelantado lo manda, 17-IV-1518. Pero prosigue el texto
de la data: ] A. de Vallejo, escr. públ. et del C.: digo q. se entiende destas 400 f. las 200 para San
Miguel y las
200 para Da Juana y no se tome
posesión de lo uno q. no se tome de lo otro. El Adelantado. = Digo así mismo q.
do poder a Diego del Castillo e a Bartolomé de Porcuna o a cualquier dellos
para q. tomen la posesión de San Miguel de las dhas. 200 f. Fecha la data y este
mandamiento de mi letra. 17-IV-1518. El Adelantado. [Acta de posesión] =
26-IV-1518, pareció Diego Sánchez ante Pedro de Vergara, alguacil mayor, y
contradijo la posesión de sus tas. q. son a la fuente de Samorano ...=
27-IV-1518, parecen el bach. Nunes, Pedro de Párraga y Juan Martín de
Calsadilla, vos., y dijeron q. a su noticia es venido q. el mayordomo del
Concejo, en nombre de la Sra.
Da Juana de Masías [sic] tomó posesión de unas tas. encima de
la montaña q. es arriba del Rodeo de las vacas como toma a Taoro desde esta
villa a la mano izquierda, en q. entra las cabezadas de unas tas. q. los
susodhos. tienen, q. son abajo de la dha. montaña, q. ha más de 14 años q. les
fueron repartidas, y protestan [Esta contradicción, solo en la copia procesal].
En el original de letra cortesana sólo es autógrafo: Digo q. sean de puño, y
luego Digo así mismo hasta le finna El Adelantado. (Datas de Tenerife, libros I
al IV)
1518. Marzo, 27. Valladolid. Orden al gobernador o juez de
residencia de Tenerife y La
Palma, para que guarde la ley de cortes que va inserta, por
la que se prohibe a los jueces llevar penas en provecho propio y ejecutarlas
antes de condenarlas; reserva la mitad de la pena para la cámara real y la otra
mitad para los lugares y personas que el juez designe; y para que realice las
ejecuciones conforme a lo dispuesto por el rey don Juan. Se da a petición de
Juan Ruíz de Berlanga, escribano público y del concejo de San Miguel de La Palma, quien informó que el
citado gobernador aplicaba la totalidad de las penas para obras públicas y que
condenaba en algunas brazas de pared y cosas semejan-
tes. Arzobispo. Santiago.
Polanco. Coalla. Guevara. Vitoria. (E.Aznar et al. 1591)
1518. Marzo, 27. Valladolid. Carta de receptoría, para que el
gobernador de Tenerife reciba, a petición del Hernando del Hoyo, las pruebas
que éste y don Alonso de Lugo, Adelantado de Canaria, han de presentar ante el
Consejo en el pleito que tratan sobre la mitad de los términos y aguas del
Realejo, Traslatadere y Rambla de los Caballos, y sobre los edificios que
Hernando del Hoyo hizo en el término del Traslatadere y que demanda al
Adelantado. En dicho pleito, los del Consejo dieron diversas sentencias, entre
las que se encontraba una, en grado de revista, que ordenaba a las partes
nombrar una persona que viese con el bachiller Medina, relator de la causa, los
daños sufridos por Hernando del Hoyo, al tomarle el Adelantado el agua de la
"Cedilla " que iba al Traslatadere, más las aguas y tierras que
repartió en dicho término a Pedro Mayor, canario vecino de Tenerife, y las
aguas y tierras de la Rambla
de los Caballos. En virtud de la citada sentencia el Adelantado designó al
bachiller Baeza y Hernando del Hoyo al licenciado Soto, ambos abogados en la
corte, quienes en unión del relator dieron pareceres, sobre los que las partes
alegaron sus razones, hasta que los del Consejo dictaron sentencia
interlocutoria. Esta, que se inserta, fue dada el 17 de marzo de 1518 en
Valladolid y fue notificada al día siguiente por Juan Ramírez, escribano de
cámara, ante quien pende el pleito. Para la realización de esta misión se le
concede un plazo de 150 días y un salario de 150 maravedís por cada uno de
ellos, más 50 para el escribano.
Arzobispo. Santiago. Polanco.
Cabrero. Guevara. Se dió otra carta igual para el
Adelantado. (E.Aznar et al. 1591)
1518. Marzo, 28. Valladolid. Orden a las justicias del reino,
especialmente a las de Tenerife, La
Palma y Gran Canaria, para que concedan carta de seguro a
Juan Ruíz de Berlanga, vecino de dichas islas, que recela de don Alonso
Fernández de Lugo, don Pedro de Lugo, su
hijo, el licenciado Cristóbal de Valcárcel, Andrés Suárez Gallinato, Juan
Benítez y Pedro de Lugo, sus hermanos e hijos. Arzobispo. Santiago. Polanco.
Cabrero. Coalla. Beltrán. Castillo. (E.Aznar et al. 1591)
1518. Marzo, 28. Valladolid. Orden al gobernador o juez de
residencia de Tenerife y San Miguel de La Palma, para que haga justicia a Juan Ruíz de
Berlanga, vecino de Tenerife, que se queja de Vasco de Bahamonde, sobrino del
Adelantado de Canaria, y Pedro Gallego, vecinos de esta isla, quienes
prometieron dos pares de novillos y otras cosas a Juan García para que le
matase. Este, a pesar de tener carta de seguro, le dió dos cuchilladas a
traición y estuvo a punto de morir. Después, Pedro Gallego se refugió en casa
de Vasco de Bahamonde, donde Gómez Arias y otros sobrinos de éste le encubrieron.
(E.Aznar et al. 1591)
1518 Abril 17. Dto. 52.-Constança Mexía, va. de esta isla. Doy a
vos C. M. un asiento de casa de cien pies con una fanega de ta. de s. que es en
el valle de Abicor, linde del cabo de abaxo de la cueva del Rey que fue de Anaga, y dos cuevas para tener vuestro
trigo, lo cual avéys tenido e poseído más a de ocho años, que es en el Reino de
Anaga, e de la parte de abaxo está Juan González por lindero. 17- IV -1518.
«Digo que os do las dichas cuevas
y fanega de tierra y solar , en nombre de sus altezas, sin perjuicio de
tercero.» El Adelantado.
En 12-XII-1578 10 presentó Juan
González Mexía. Testigos:Lope de Açoca e Luis Fiesco, regidores.
1518 Abril 17.
52.-Constanza Mexía, v.a de esta
isla. Doy a vos C. M. un asiento de casa de cien pies con una fanega de ta. de
s. que es en el valle de Abicor, linde del cabo de abaxo de la cueva del Rey
que fue de Anaga, y dos cuevas para tener vuestro trigo, lo cual avéys tenido e
poseído más a de ocho años, que es en el Reino de Anaga, e de la parte de abaxo
está Juan González por lindero. 17-IV -1518.
«Digo que os do las dichas cuevas
y fanega de tierra y solar, en nombre de sus altezas, sin perjuicio de
tercero.» El Adelantado.
En 12-XII-1578 lo presentó Juan
González Mexía. Testigos: Lope de Azoca e Luis Fiesco, regidores. (Datas de
Tenerife, libro V de datas originales)
1518. Abril, 19. Medina del Campo. Orden al provisor de Gran
Canaria para que no conozca en la posesión del lugar de Agüimes, por tratarse
de una merced real, y para que levante el entredicho que dictó en dicha causa.
Se da a petición del regimiento de la isla, que trata pleito con el Obispo por
los términos del citado lugar. Según informó, el Obispo sacó carta ejecutoria
de una sentencia dada en su favor y el alcalde y el escribano, que tiene
puestos en el lugar, le dieron posesión. Contra la misma, el concejo requirió
al gobernador Lope de Sosa para que amparase a la isla y procediese contra el
alcalde y el escribano por usar oficios para los que no tenían poder. Al prender
el gobernador a éstos, pues actuaban en perjuicio de la jurisdicción real, el
provisor excomulgó al gobernador y personero de la isla, aunque luego los
absorvió por cuatro meses, hasta que el rey resolviese. En este plazo, el
Obispo ganó, con falsa relación, una carta para que el gobernador Pedro Súarez
de Castilla eje- cutase la sentencia, lo que suponía que no se daba por buena
la primera y que no se había incurrido en las censuras. A pesar de ello, el
provisor mantuvo la excomunión hasta que se diese fianzas de 8 mil ducados.
Zapata. Polanco. Obispo de Almería. Qualla. Beltrán. Guevara. Mármol. (E.Aznar
et al. 1591)
1518. Abril, 22. Medina del Campo. Carta al gobernador de Tenerife
y La Palma, y
al concejo de esta isla, comunicándoles la confirmación de una escribanía del
número a favor de Juan Ruíz de Berlanga. Se da a petición del interesado quien
alegó ser escribano real y notario público, además de escribano del concejo,
por merced real. Ello le permitía no examinarse ante el Consejo en los dos años
siguientes a la presentación del título en el cabildo; sin embargo, tal
obligación se planteó cuando el concejo de La Palma obtuvo que dicha isla tuviese tres
escribanos del número, tanto para lo civil como para lo criminal, y que éstos
fuesen Bartolomé Sánchez, Luis de Belmonte y el propio Juan Ruíz de Berlanga,
quien desde hacía varios años era escribano del concejo por va-
cante en el cargo .de Diego de
Villacorta. Arzobispo Santiago. Obispo de Alme-
ría. Coalla. Guevara. Castillo.
(E.Aznar et al. 1591)
1518 Abril 27.
1.323-21.-Alonso Uelasco. Un
solar en Taoro en esta facienda mía, que linda con la carnecería vieja y con la
calle y por las espaldas el cercado q. está sembrado de trigo. Digo q. vos den
solar en lugar q. no sea dado. 27-IV-1518.-12-V-1561 lo presentó Catalina
Xuárez, hija y heredera q. dijo ser del dho. A. Belasco. (Datas de Tenerife,
libros I al IV)
1518 Marzo 30.
1.821-30.-Juan de Fresnada, Juan
de Vergara y Juan Francés. Un solar de 50 por 100 pasos. Vos do 100 pies de ancho y 150 de
cumplido. 30-III-1518. Medición, a Juan de Fresneda, su paje, adelante del
solar de Alonso Gonzales pariente de Diego Frutos, yendo a Tacoronte, y otro a
Juan de Vergara y otro a Juan Francés, sus criados.
1518 Abril 30.
1.259-7.-Juan Francés, va. Un pedazo
de ta. de s. en el lomo de los pinos, q. podrá haber hasta 100 f., linderos el barranco
de La Guancha,
el barranco del Malpaís y por abajo la ta. de los Canarios y de Juan Suares, y
por arriba la montaña. Digo 3 c. 30-IV-1518.
1518 Mayo 2.
9.-Luis Sardina, v.o de Tenerife.
Do a vos Luys Sardyna, un pedazo de ta. de s. en que puede aver 20 f. de sembradura, poco más
o menos, que es en Tegueste, que ha por linderos de la una parte tierras de
Pedro Negrón e de la otra parte tierras que fueron de Francisco Corvalán e de
la otra parte tierras que fueron de Jorge Grimón e de la otra parte un lomo que
sube a dar a una montaña que está pegada a las tierras del tejedor aguas
vertientes a Tegueste, las cuales dichas tierras vos do con todas sus entradas
e salidas e servyntyas. 2-V-I5I8.
«Digo que os do las dichas
tierras de suso contenidas según de suso se declara, en nombre de sus altezas,
con tal condición que no sea en tierras mías ni que me pertenecían y con
condición que no sean de otra persona alguna e sin perjuicio de cualquier
posesión o propiedad. Hecho a 4-V-1518. El Adelantado.
En 25- VI -1569 lo presentó Juan
Guerra, vo e regidor de esta isla, e pidió se le asiente en el registro y yo de
su pedimento lo asenté. Testigos: Juan de Azoca, regidor, e Gaspar de Rojas.
(Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1518 Mayo 4.
1.258-6.-Juan Francés, va. Un
solar en esta villa, a la Villa
de Arriba, q. sea 150 pasos de cumplido y 100 de frente, linderos solar de Juan
de Vergara y camino de Tacoronte. 4-V-1518.
1518 Mayo 9.
1.440-24.-Juan Bermudo,
conquistador. 40 f.
de t. de s. en Daute, lindan con el barranco de Balos y los riscos q. están
sobre el barranco del Agua de Gonzalianes y de abajo riscos y de arriba
montaña. Vos do 30 f. 9-V-1518. (Datas de Tenerife,
libros I al IV)
1518 Mayo 10.
1.407-45.-Fernand Alvares,
canónigo y tesorero de la catedral
iglesia de Gran Canaria. En 10-V-1518, presenta ante Vallejo, Fermando
de la Fuente,
vo, en nombre de F. A. con mandamiento compulsorio firmado de P. de Vergara,
alcalde mayor, q. manda busque la data a favor de F. A. y saque testimonio.
Ts.: Fernando del Castillo y Gil de Almonte, estantes. Vallejo dice: «en su
cumplimiento busqué en los registros, procesos y escrituras sueltas y cosidas,
do hallé en un papel suelto escrito el título de tierras que parece que son las
contenidas en el mandamiento y lo saqué, cuyo tenor es el que sigue: [Cosido el
original, dice: ] Alonso de la
Fuente, asentareis en vuestro registro las tierras que el
teniente y el alcalde señalaron y amojonaron a Fernand Alvarez, canónigo de
Canaria y cura de esta isla, que son en término de La Laguna, donde antaño sembró
y agora tiene senbrado y sienbra, por quanto yo ge las do, segund están
señaladas por virtud del poder y comisión que tengo de sus Altezas. Fecho a
veintiuno de dicienbre de XCVII años; en que abrá hasta quarenta fgs. poco mas
o menos. Alonso de Lugo».(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1518. Mayo, 13. Zaragoza. Merced a la infanta doña Leonor, hermana
del rey, de las tierras y aguas que en Gran Canaria, Tenerife y La Palma carecen de dueño; de
las que tienen en demasía los beneficiarios de los repartimientos iniciados por
los Reyes Católicos; y de los ganados mostrencos que se encuentran en los
términos y montes de dichas islas, pues todo ello pertenece al patrimonio real.
El Rey. Villegas. Joannes. Episcopus Pacensis. García. (E.Aznar et al. 1591)
1518 Mayo 17.
58.-Pedryanes, vo de esta isla.
Doya vos Pedryanes medio cahíz de ta. de s. que: es en ycode en un barranco
lindando de parte de abaxo el camino que va a las fuentes de Jorge Grimón e de
la parte de Ycode parte con tierras de Jordán Bays (sic) aguas vertientes por
el barranco e de la parte deste Realejo con tierras de vos Pedryanes.
17-V-15l8.
«Digo que vos do las dichas seis
f. si no son dadas u otro perjuicio». El Adelantado.
En 26-11-1590 presentó este
título Lucas de Remerando en nombre de Tomás Grimón, regidor. Testigos: Mateo
Viña de Vergara, Simón de Valdés, e Diego de Agreda, vecinos y estantes en esta
isla. Simónde Açoca, escribano mayor del Concejo. (Datas de Tenerife, libro V
de datas originales)
1518 Junio 1.
1.257-5.-Juan Francés, yo .Un
pedazo de s. en q. podrá haber 100
f., linderos por abajo las cabezadas de las tas. de Juan
Clauyjo, por arriba la montaña hacia los pinos y por otra parte la montaña del
Cerro Gordo, y las dhas. tas. son en los Llanos de Picar. Digo 3 c. 1-VI-1518.
[En 10-1-1544 la presentó Pedro Martín, hijo de J. F., y Ximón Lopes, yerno].
1518. Junio, 19. Medina del Campo. lncitativa. Al concejo y
justicia de Gran Canaria para que se pague al bachiller Mata, médico, el
salario acordado cuando vino a vivir a esta isla desde la villa de Sanlúcar, a
petición del gobernador Lope de Sosa. Desde su llegada se le asentó un salario
de 50 doblas anuales que cobró regularmente. Ahora, sin embargo, el alcalde y
un regidor se niegana pagar el salario convenido, en contra del voto del resto
del concejo. Archiepicopos. Doctor Carvajal. Polanco. Cabrero. Qualla. Goevara.
Mármol. (E.Aznar et al. 1591)
1518. Junio, 23. Medina del Campo. Orden al concejo de Gran
Canaria, a Juan de Herrera ya Hernando de Santa Gadea para que no reclamen a
Lope de Sosa las 400 doblas que tomó de las rentas reales, durante su mandato,
para reparar la torre de Santa Cruz de la Mar Pequeña; mientras
los Contadores Mayores no informen al respecto. La Rúa. Tello. Salmerón.
Carvajal. (E.Aznar et al. 1591)
1518. Junio, 23. Medina del Campo. Orden al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria para que se informe del uso y costumbre de la isla
en relación a ejecutar las deudas por el asiento de los aforamientos, y
resuelva lo que sea mejor para las rentas reales. El regimiento de dicha isla y
Juan de Herrera, encargado de cobrar los derechos del 5% y tercias de dicha
isla y de las tercias de Tenerife y La
Palma, informaron que se acostumbraba aforar las mercancías
que van a la isla y, si los que las traen, no tienen con que pagar se les ha
fiado por 3 ó 4 meses; pasados los cuales, las justicias daban mandamientos
para ejecutar en los deudores según lo asentado en el libro de afora-
miento. Este procedimiento
permitía acrecentar las rentas reales, pues facilitaba la llegada de estas
mercancías y más. En cambio, si sólo se dan los mandamientos que se piden por
demanda y respuesta, los derechos no se fiarían y disminuirían las rentas
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