miércoles, 26 de diciembre de 2012

CAPITULO IX (I)





EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERÍODO COLONIAL 1501-1600

DÉCADA 1501-1510


CAPITULO IX (I)



Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen

 1509.

58.-Cabildo. f. 172 v.
En la iglesia de San Miguel, [no dice dia] Trugillo, Tte.; Castellano, Vargas, Br. P .
Fernandes, Regs.; Zorroza, Pers.; Perdomo, Jdo. ante Vallejo.

Parecio ende presente Pedro de Vergara, vecino y alguacil mayor, y presentó ante los dichos señores una carta de la Reina dirigida a Lope de Sosa, Gobernador y Justicia mayor que disponía en lo tocante a la restitución de su oficio de alguacilazgo. Otrosí presentó una escritura firmada del dicho Sr. Gobernador y de Diego de Espino, escrihano público de la isla de Gran Canaria, en la cual venía inserta la provisión de suso contenida por el tenor de la cual dicha escritura mandaba a la Justicia y Regimiento que juntos recibiesen en el dicho oficio de alguacil mayor al dicho Pedro de Vergara y fué recibido y le dan posesión de la vara. (Acuerdos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1509. En la isla de La Gomera, posiblemente en la Bahía Hipalán (San Sebastián), se produce el hundimiento de la carabela Santa María, la cual venía en viaje de retorno de Indias.

1509. Pedro Abtejo, vecino de Tenerife, se obliga en 1509 apagar a Diego Dorador, 6000 maravedís «por cierto pleito que ha de tratar por él en la Corte sobre un asunto que trató en Residencia con el Sr. Adelantado, de lo que éste apeló. Pagaderos cuando regrese de la Corte con la mejoría de la sentencia que en esta isla en su favor se dio».

1509. Pedro Guanche y Fernando Tacoronte, guanches, vecinos, se obligan apagar a Francisco López, mercader, 15.000 maravedís de la moneda de Canaria, por ropa que compraron.

1509. Pedro Abtejo y Pedro del Obispo, gomeros, se obligan a pagar a Antón de Ortega, 14 doblas de oro, porque ha de despachar cierto pleito que todos los gomeros tratan en Residencia contra el Adelantado Alonso de Lugo.


1509.
Momento de peligro para la expansión colonial española lo señala el año 1509, en que las laboriosas gestiones diplomáticas con Portugal para señalar zonas hegemónicas en distintas fronteras africanas llevó a Fernando el Católico a suscribir el tratado de Cintra, por el que renunciaba a las plazas de su dominio en la costa occidental, sin más excepción que "la torre de Santa Cruz, que está en la Mar Pequeña y es de Castilla y debe quedarle". (En: A. Rumeu de Armas, 1991)

1509.
Un Diego de Cabrera,  presentó ante los tribunales ejecutoria, en la que las tierras, aguas e ingenio de “Tirasona”, bienes adjudicados por el repartimiento de Pedro de Vera, habían sido vinculados a mayorazgo, que le pertenecían. Habiendo sido enajenados como “libres”, la venta se     “dio por ninguna”. Ordenada reversión al supuesto titular del mayorazgo, Dinarte pleiteó, en nombre del nuevo duque de Medina Sidonia. Conservado fragmento del pleito en el archivo de la casa, en el siglo XVIII,  se encontró la adjudicación definitiva de los bienes a Cabrera, en 1510.
Pudo ser este Diego Cabrera el factor de Inés de Peraza, residente en San Bartolomé, puerto "de la Mar Pequeña", en término de la isla de Lanzarote. Contratado por Alonso Fajardo, gobernado de Gran Canaria, paso, con su carabela,  a servicio de la corona. Ocupado en el transporte de materiales, a la obra de la Torre, que se hacía en Sta. Cruz, perdió el barco en aguas de la misma Lanzarote, en el marco de guerra con Francia, que omite la historia.
 Posteriormente, aquel Diego fue alcalde mayor en Gran Canaria, cesado en 1499, porque aprovechando juicio de residencia,  acreedor descontento le acusó de abuso de autoridad, al no haber pagado censo en azúcar, a cambio del cual adquirió tierras y cañaverales en Telde. (Luisa Álvarez de Toledo)
 1509 Enero 1.

1 de enero de 1509, por mandado del Sr. Ad. se pregonó lo siguiente: que ninguna persona sea osada de jugar naipes ni dados ni otros juegos vedados, so pena de las penas de derecho, demás de estar diez dias en la cárcel. Ts.: Las Hijas, Castellano, Regs., Juan Perdomo, jdo. Alonso Núñez y Juan Gonzales, portogués.

También se pregonó que ninguna persona sea osada de traer armas defensivas ni ofensivas. Ts. los mismos.

Que después de tañida la campana de la queda no ande ninguna persona por la villa, so pella de 200 mrs. para las obras de la cárcel, demás de estar preso 5 dias.


1509 Enero 4. Dto. 1.234-17.-Sevastián Fernandes. 4 c. de s. desde encima de las cuevas hasta el barranco del [roto] e de la otra parte el barranco de Benitomo e de la otra banda la cuesta de Centexo. Hoy «güeves». 4-1-1509.

1509 Enero 4.
42.-Cabildo. f.162 r.
4 de enero de 1509 en la iglesia de San Miguel, el Sr. Tte. Trujillo, Llerena, Alc. m., Castellano, Vargaas, Regs.

Nombran diputados a Castellano y Vargas, por estar vencidos.

1509 Enero 4.
1.234-17.-Sevastián Fernandes. 4 c. de s. desde encima de las cuevas hasta el barranco del [roto] e de la otra parte el barranco de Benitomo e de la otra banda la cuesta de Centexo. Hoy «güeves». 4-1-1509. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1509 Enero 5.
1.196-25.-Juan Buenviaje, conquistador. 4 c. de s. en el Reyno de Guymar, linde de la sauana hasta los pinos, las tas. q. vos el dho. J. B. sembráis este año donde están tres moranes y una culiva. Vos do 2 c. 5-1-1509 * [Al pie: 25-X-1546 la presentó Francisco
Delgado, vo. del Realejo, en nombre de Ana de León, mujer de J. B. «En el sexto renglón donde está sospechoso parece que dice savina y está con sus letras sauana» ] .
Este albalá está cosido a una hoja de refuerzo que contiene esta carta: «Mi Señor: =Recibí las cartas q. a V. M. embiaron de Canaria; en lo q. dizen de Alvaro Gonsales, sino fuera por amor de V. M., me holgara q. viniera pora q. les quemara la sangre y fueran servidos como merescen. V. M. me manda dezir q. vaya allá para hacer una petición; si a V. M. le paresce yo no querría q. esos señores dixesen q. yo les iba a rogar ni me viesen andar en ello; la petición lleva mi hermano hecha y me paresce q. va buena; V. M. la firme luego y otras cinco o seis q. basta, y también lleva papel y esto ba V. M. luego para Canaria porq. se parta mi hermano, y si todabía fuese yo menester allá, venga luego mi hermano, q. yo iré luego. Agora en esta ora recibí una carta de Diego García de la cibdad y entre otras cosas me dize q. vino Alvaro. Lectura del escribano


1509 Enero 5.
1.068-26.-Andrés de Lugo. Un pedazo de ta. q. es en la Chapa alta en las sierras de la cumbre de Tegueste, linderos Pedro Yanes, texedor, el camino q. va Tegueste, un barranco Bermejo q. llega hasta las tas. de Bartolomé Bermejo q. llega hasta tas de Bartolomé de Jaén. 5-1-1509. [Traslado]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1509 Enero 16.
46.-Cabildo.
16 de enero de 1509. El Sr. Tte. Trugillo, el Ldo. Herrera, asesor, con la justicia L. Fernandes, Vargas, Regs.; Las Hijas, Fiel, Vergara, Alg. m., el jdo. Perdomo, e Zo-rroza, Pers.

Que no se saquen bestias sin licencia.
Que se traiga el agua de la blca a la plaza a costa de los propios y que si faltaren algunos dineros de loS que agora hay que se haga saber a la justicia para que se
provea de cualesquier penas. f. 163 r.

Sobre una petición que dió Salvador Lorenzo que pedía que se le diese licencia para traer doce vacas por que están paridas para vender leche e proveer la isla e que guardarán la laguna, se votó lo siguiente:

Trugillo dijo que sí y que venda la leche a 8 mrs. y la licencia dure hasta pascua florida. Herrera, que no se dé licencia. Las Hijas: por que hay necesidad de mantenimientos que se debe conceder por esta cuaresma. L. Fernandes que no. Gallinato, que no. Vargas, lo mismo que el Sr. Tte. Vergara, lo mismo que Trugillo. (Acuardos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1509 Enero 19.
43. -Cabildo.
19 enero de 1509 en la iglesia de San Miguel, Alc. m. Llerena, L. Fernandes, Castellano, Vargas, Regs. Perdomo, jdo. y Zorroza, Pers. (Acuardos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1509 Enero 19.
465-42.-Pedrianes, portogués, vD. 4 c. q. la Rambla de los Caballos y el otro barranco se entiende dende donde se juntan entramt arriba, lindes Diego de Mesa y Fernando de  yendo vuestra mujer y hijos dentro de un año mino de 5 años q. vos do 30 f. 19-1-1509 [Tra: Vallejo en 1510. Ts. Lope García, trabajador, estantes]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

468-45.-Juan Vasques Parrado. Un pedazo das del barranco de Araguygo q. linda con  ciende de las tas. q. fueron de Juan Rodrigue Tristán, e un barranco pequeño q. desciende par de Francisco Ximenes a dar derecho al corral d Espino tiene fecha, e por la cumbre de arriba del dho. Juan Rodrigues; hay un c. y más vos tiene Francisco Ximenes en las tas. q. le fuere son en el término de Araguygo e Abejero. V…
[En la rúbrica: Bachiller Núñez, pero no es texto]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1509 Enero 22.
623-23.-Juan Gonzales, portogués. Un c. de s. en Tacoronte al derredor de una huerta q. tenés fecha a par del camino q. va de Orotava a La Laguna. Fecha en el Realejo, 22-1-1509. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1509 Enero 25.
44.-Cabildo.
25 de enero de 1509 dentro de las casas del Sr. Ad. el Sr. Alc. m. Llerena, B. Benites, L. Fernandes, Castellano, Suares, Vargas, Las Hijas, Regs.; los jdos. Perdomo y Rodrígues, Zorroza, personero y J. Benites, Reg. y el Sr Ldo. Alonso de Herrera. Zorroza dijo que se dan licencias para sacar trigo de esta isla y que el Sr. Ad. No ha entendido en esto por haber poco tienpo que le fueron vueltas las varas de la justicia y no haber estado en los cabildos pasados, que requiere no se saque más de lo ordenado.

Dijeron que en la tierra, loado Dios, hay mucho pan, tanto que sobra. f. 162 v.

Que se tome cuenta a Antón de los Olivos, mayordomo del Concejo. Cometiéronlo a Gallinato y Las Hijas.

Que se debe poner en almoneda el agua de la plaza, con las condiciones que el Sr. Ldo. Herrera hiciere. La cual agua viene de la laguna a la plaza. Lo cometieron a L. Fernandes y Las Hijas.

45.-Cabildo.
En este día [?] Trugillo, Tte.; el Ldo. A. de Herrera, asesor; Vargas, Reg:; Las Hijas, Fiel, y Vergara, Alg. m., Gallinato, Perdomo, jdos.

El Ldo. Herrera presentó un poder de asesoria firmado del Sr. Ad. y de Fernand Guerra, escribano público.

1509 Febrero 2.
774-15.-Juan de Regla. Una fuente de agua q. sale a este puerto e caleta de Guarachico q. es entre la casa q. hicieron los zapateros y el solar de Juan Cabeza para en q. fagáis un molino para pan por cuanto es pro de los vecinos de dho. puerto. 2-11-1509. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1509 Febrero 22. Castroverde. Nombramiento de Juan Ruiz de Berlanga para el oficio de escribano público de la isla de San Miguel de La Palma, en vacante producida por el fallecimiento de Diego de Villacorta. El Rey. Conchillos. Acordada: Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Febrero 23.
47 -Cabildo. f. 163 v.
23 de febrero de 1509. En las casas del Sr. Ad. El Tte. Trugillo, Llerena, Alc. m., el Ldo. Herrera, asesor de la justicia; B. Benites, L. Fernandes, Gallinato, Mesa, Vargas, I. Benites, Regs.; Las Hijas, Fiel; Zorroza, personero.

Que se le paguen a Rui Ximenes de Bezerril los cinco reales e medio por las siete arrobas de açúcar que trajo, pertenecientes a los propios.

Que se envíe mandamiento al escribano del Araotava para que envíe los arrlen-
.dos de la montaracía y penas de cámara y obras públicas. Que vaya el mandamiento di-
rigido al alcalde.

Sobre el hacer de la cárcel fué acordado que se debía hacer en un solar que es entre la casa de Bartolomé Benites y la casa que era de Gonzalo que es ahora del bachiller Alonso de Belmonte.

Petición de Alonso de Morales arrendador de la montaracia sobre que no le daban mandamientos para ejecutar. Dijeron que requiriese a la justicia. f. 164 r.

Petición de los vecinos sobre la ordenanza de las vacas, presentó la Antón de los Olivos y Juan de Almansa, Juan Vanis, Gonzalo Muñoz y sus consortes. El personero dijo a la petición de los criadores que la dicha ordenanza era muy bien hecha y que la cumpliesen en todo.  Los Sres dijeron que responderán al primer cabildo. (Acuardos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1509 Marzo 3. Valladolid. Ejecutoria en el pleito que siguieron Juan Canario, espadero, y Diego de Vargas, vecino de Sevilla, procurador de sus hijos Diego, Marina, Francisca y Mencía, y de su mujer Inés de Medina, ya difunta, y en el que Juan Canario fue declarado libre por los alcaldes de Sevilla, en virtud de la concesión que le hizo Alonso de Medina, su dueño, de la mitad de su libertad y de tres años de servicio a Marina Hernández, su dueña, ya Inés de Medina, hija de ésta, ordenando a Juan de Valladolid, alcalde de la prisión de Sevilla, que lo recibiese en ella y comunicase la sentencia a Diego de Vargas. Petrus. Berrera. Cornejo. González de Avila. Gómez. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 3. Valladolid. Receptoría para que las justicias de Sevilla y Gran Canaria, reciban los testigos que el bachiller Diego Salmerón, procurador fiscal, y el tesorero Alonso Gutiérrez de Madrid, regidor de T oledo, han de presentar en un plazo de ciento ochenta días en el pleito que siguen ante el Consejo con Francisco Riberol, mercader genovés estante en Sevilla, que reclama a la cámara real doscientas arrobas de azúcar y cierto número de arrobas de confites y conservas, que le corresponden del censo que tenía sobre un ingenio de Francisco Palomar, genovés, que fue confiscado. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Polanco. Aguirre. Ruiz de Castañeda. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 3. Valladolid. Ejecutoria en el pleito que siguieron Juan Canario, espadero, y Diego de Vargas, vecino de Sevilla, procurador de sus hijos Diego, Marina, Francisca y Mencía, y de su mujer Inés de Medina, ya difunta, y en el que Juan Canario fue declarado libre por los alcaldes de Sevilla, en virtud de la concesión que le hizo Alonso de Medina, su dueño, de la mitad de su libertad y de tres años de servicio a Marina Hernández, su dueña, ya Inés de Medina, hija de ésta, ordenando a Juan de Valladolid, alcalde de la prisión de Sevilla, que lo recibiese en ella y comunicase la sentencia a Diego de Vargas. Petrus. Berrera. Cornejo. González de Avila. Gómez. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 3. Valladolid. Receptoría para que las justicias de Sevilla y Gran Canaria, reciban los testigos que el bachiller Diego Salmerón, procurador fiscal, y el tesorero Alonso Gutiérrez de Madrid, regidor de T oledo, han de presentar en un plazo de ciento ochenta días en el pleito que siguen ante el Consejo con Francisco Riberol, mercader genovés estante en Sevilla, que reclama a la cámara real doscientas arrobas de azúcar y cierto número de arrobas de confites y conservas, que le corresponden del censo que tenía sobre un ingenio de Francisco Palomar, genovés, que fue confiscado. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Polanco. Aguirre. Ruiz de Castañeda. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 3. Valladolid. Ejecutoria en el pleito que siguieron Juan Canario, espadero, y Diego de Vargas, vecino de Sevilla, procurador de sus hijos Diego, Marina, Francisca y Mencía, y de su mujer Inés de Medina, ya difunta, y en el que Juan Canario fue declarado libre por los alcaldes de Sevilla, en virtud de la concesión que le hizo Alonso de Medina, su dueño, de la mitad de su libertad y de tres años de servicio a Marina Hernández, su dueña, ya Inés de Medina, hija de ésta, ordenando a Juan de Valladolid, alcalde de la prisión de Sevilla, que lo recibiese en ella y comunicase la sentencia a Diego de Vargas. Petrus. Berrera. Cornejo. González de Avila. Gómez. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 3. Valladolid. Receptoría para que las justicias de Sevilla y Gran Canaria, reciban los testigos que el bachiller Diego Salmerón, procurador fiscal, y el tesorero Alonso Gutiérrez de Madrid, regidor de T oledo, han de presentar en un plazo de ciento ochenta días en el pleito que siguen ante el Consejo con Francisco Riberol, mercader genovés estante en Sevilla, que reclama a la cámara real doscientas arrobas de azúcar y cierto número de arrobas de confites y conservas, que le corresponden del censo que tenía sobre un ingenio de Francisco Palomar, genovés, que fue confiscado. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Polanco. Aguirre. Ruiz de Castañeda. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Emplazamiento contra Juan de Tarifa y Juan Alemán, francés, mercaderes estantes en Gran Canaria, para que en un plazo de 120 días comparezcan ante los contadores mayores para declarar en el pleito que tienen pendiente con Pedro de Alcázar, arrendador de los derechos del dos por ciento en dicha isla, por apelación de Francisco de Buitrago, procurador de dicho arrendador, a la sentencia del bachiller de la Coba, alcalde de la citada isla, que eximió a Juan de Tarifa y Juan Alemán de las cantidades que adeudaban de dichos derechos desde el I de enero al 26 de mayo de 1508. Mayordomo. Velasco. La Rua. Corrales. Salmerón. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, a petición de Pedro de Alcázar, arrendador y recaudador mayor de las rentas del cinco por ciento de dicha isla, para que el concejo y vecinos de la misma paguen los derechos que deben de dichas rentas. M ayordomo. Velasco. La Rua. Sálmerón. Corrales. Licenciatus Jiménez.

1509 Marzo 4. Valladolid. Orden a Lope de Sosa, gobernador de Canaria, para que determine en la petición de Pedro de Vergara, alguacil mayor. de Tenerife por el adelantado don Alonso Fernández de Lugo, que reclama le sea devuelta la vara de la justicia, ya que resultó inocente en la residencia que dicho gobernador le tomó. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Polanco. Aguirre. Juan. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Emplazamiento contra Juan de Tarifa y Juan Alemán, francés, mercaderes estantes en Gran Canaria, para que en un plazo de 120 días comparezcan ante los contadores mayores para declarar en el pleito que tienen pendiente con Pedro de Alcázar, arrendador de los derechos del dos por ciento en dicha isla, por apelación de Francisco de Buitrago, procurador de dicho arrendador, a \Hla sentencia del bachiller de la Coba, alcalde de la citada isla, que eximió a Juan de Tarifa y Juan Alemán de las cantidades que adeudaban de dichos derechos desde el I de enero al 26 de mayo de 1508. Mayordomo. Velasco. La Rua. Corrales. Salmerón. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, a petición de Pedro de Alcázar, arrendador y recaudador mayor de las rentas del cinco por ciento de dicha isla, para que el concejo y vecinos de la misma paguen los derechos que deben de dichas rentas. M ayordomo. Velasco. La Rua. Sálmerón. Corrales. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Orden a Lope de Sosa, gobernador de Canaria, para que determine en la petición de Pedro de Vergara, alguacil mayor. de Tenerife por el adelantado don Alonso Fernández de Lugo, que reclama le sea de- vuelta la vara de la justicia, ya que resultó inocente en la residencia que dicho gobernador le tomó. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Polanco. Aguirre. Juan. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Emplazamiento contra Juan de Tarifa y Juan Alemán, francés, mercaderes estantes en Gran Canaria, para que en un plazo de 120 días comparezcan ante los contadores mayores para declarar en el pleito que tienen pendiente con Pedro de Alcázar, arrendador de los derechos del dos por ciento en dicha isla, por apelación de Francisco de Buitrago, procurador de dicho arrendador, a la sentencia del bachiller de la Coba, alcalde de la citada isla, que eximió a Juan de Tarifa y Juan Alemán de las cantidades que adeudaban de dichos derechos desde el 1 de enero al 26 de mayo de 1508. Mayordomo. Velasco. La Rua. Corrales. Salmerón. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, a petición de Pedro de Alcázar, arrendador y recaudador mayor de las rentas del cinco por ciento de dicha isla, para que el concejo y vecinos de la misma paguen los derechos que deben de dichas rentas. M ayordomo. Velasco. La Rua. Sálmerón. Corrales. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Orden a Lope de Sosa, gobernador de Canaria, para que determine en la petición de Pedro de Vergara, alguacil mayor. de Tenerife por el adelantado don Alonso Fernández de Lugo, que reclama le sea devuelta la vara de la justicia, ya que resultó inocente en la residencia que dicho gobernador le tomó. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Polanco. Aguirre. Juan. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 4. Valladolid. Receptoría para que Lope de Sosa, gobernador de Canaria, reciba los testigos que don Alonso Fernández de Lugo, adelantado de las islas de Canaria, ha de presentar en el pleito que sigue con Guillén Peraza, señor de La Gomera y El Hierro, sobre la administración que hizo de los bienes de éste durante el tiempo que desempeñó su tutoría. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Polanco. Aguirre. Sosa. Ramírez. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 7. Valladolid. Orden al gobernador de Gran Canaria, a petición de Pedro de Alcázar, arrendador y recaudador mayor de las rentas del dos por ciento de dicha isla, para que el concejo y mercaderes de la misma paguen los derechos que deben de la carga y descarga de mercancías. Mayordomo. Velasco. La Rua. Salmerón. Corrales. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 8. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que dé cumplimiento a Cristóbal Cainargo, vecino de Alcolea, de la Orden de Calatrava, que reclama a Alonso Gutiérrez, vecino del Real de Las Palmas, 56.500 maravedís, de una cédula de cambio de 200 escudos de oro que le dió para Alonso de Lerma, vecino de Sevilla, y que éste no cumplió. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Palacios Rubios. Polanco. Aguirre. Licenciatus Jiménez. Vitoria. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 9.
48.--Cabildo.
Viernes 9 de marzo de 1509. En las casas del Sr. Ad., el Sr. Ad., Lleretla, Alc. m., Ldo. Herrera, asesor; Lo fernandes, Vargas, Regso, Perdomo, jdo. Zorroza, Pers., Trugillo, Tte. Castellano, Reg. y Las Hijas, fiel.

Fué platicado sobre razón de la falta de vino y de todas las otras mercadurías e otras cosas de comer, que es en esta isla sobrevenida, las quales por razón de las tasas han cesado de venir e por lo que lo susodicho redunda en daño de la isla acordaron que todo el vino y cosas que están en la isla lo vendan a los precios que les es impuesto y todo lo que hoy demás valliere lo puedan vender a los precios que quisieren, con condición que ningún navio que las trujere no descargue en otra parte cosa alguna, sino primeramente en esta isla y aquí en esta isla haga la primera escala, guardando la ordenanza del peso y medida. Ordenaron que todo el vino que se cogiere en la isla lo puedan vender al precio que quisieren. [testado todo el acuerdo y al margen «no paso.]

Y luego el Ldo. Alonso de Herrera dijo que se desistía y deslstió del poder de asesor que de su señoría tiene para en las cosas de la justicia y por que al presente no puede entender en ello y quiere ir a la isla de Gran Canaria y que cada que necesario fuere consejo que él lo dará y hará lo que pudiere, pero no podía de asesor. (Acuardos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1509 Marzo 12. Valladolid. Orden al gobernador de Gran Canaria, para que informe al Consejo sobre una petición de Francisco Riberol, mercader genovés, vecino de Sevilla, que reclama el pago de 50.000 maravedís que prestó para la conquista de la isla, y del agua que entregó para riego. Conde Alférez. Moxica. Carvajal. Palacios Rubios. Aguirre. Ruiz de Castañeda. Licenciatus Jiménez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 12.
49.-Cabildo. f. 164 v.
12 de marzo de 1509, lunes, en las casas del Sr. Ado El Sr. Ad.; Trujillo, Tteo; B. Be- nites, Gallinato, Vargas, Castellano, L. Fernandes,  J. Perdomo, G. Rodrigues,
J. Benites, Regs. y jdo. Las Hijas, fiel, y Llerena, Reg.

Y luego yo Fernán Guerra, escribano público, juré en forma de derecho, durante el tiempo que yo entrare en él por Antón de Vallejo, mi compañero.

Platicaron que en esta isla estaban diferentes las medidas y en el vino con las de Gran Canaria, y pareció a los dichos señores que la tierra es realenga que fuese todo igual, mandóse al fiel esecutor que desde luego las mande conforme a las medidas de Canaria, y se entiende solamente en las medidas y que se pregone. Decían del peso y medidas, luego testado «el peso y según nota de 16 de marzo.] fue acordado, por quanto los mercaderes que en esta isla tratan que... traen aceites e vinos, los aceites en jarras e botijas e pipas e los vinos asimismo se agraviaban por que se lo ponía el regimiento e paresció que la isla se viese mejor provehida, que era bien darles libertad que cada uno ponga el precio con condición que no lo pueda baxar ni alzar  fasta que sea vendido. f. 165 r.

Que sea obligado el tal mercader denunciar al regimiento la tal mercadería para que se sepa el precio que así pone en ella, para que si esediere pague la pena... y entiendese que porque algunos mercaderes dicen que no pueden vender el aceite por menudo... que lo vendan tomando media arrova e quarta por manera que sin medida no lo puedan vender y en quanto a 1o del vino si en botas o jarras lo quisieren vender que en alojándolo le ponga precio ante los diputados y lo venda así con tal que los recatones no gozen desta libertad ecepto los dichos mercaderes que lo traxeren de fuera.

Los mercaderes dicen que reciben agravio de los vecinos que les pagan sus mercaderías en señaladas cosas y al tiempo de la paga les pagan en cebada o en lo que quieren. Mandan que de aqui adelante paguen según se obligaron en el contrato, entendiendo que el azúcar vale por dinero y en lo pasado en frutos de la tierra, y en las deudas que el año pasado fueron sobreseídas por la esterilidad que se pague en dineros o en azúcar. (Acuardos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1509 Marzo 13. Valladolid. Sobrecarta a Lope de Sosa, gobernador de Gran Canaria y juez de residencia de Tenerife y La Palma, para que remita al Consejo la residencia del adelantado don Alonso Fernández de Lugo, y devuelva a éste las varas de la justicia, conforme a la carta de 3 de octubre de 1508, que se inserta. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Palacios Rubios. Aguirre. Sosa. Licenciatus Jiménez. Ramírez. (E. Aznar; 1981)

1509 Marzo 16.
50.-Cabildo. f. 165 v.
Viernes, 16 de marzo de 1509, en las casas del Sr. Ad. El Ad., Alc. m. Llerena, Vergara, Alg. m, Trujillo Tte.; B. Benites, L. fernández, Gallinato, Vargas, el Br. P. fer-nández, Regs; Las Hijas, fiel; Pers. Zorroza, el Ldo. Alonso de Herrera, que por mandado del dicho Sr. Ad. entró al dicho cabildo para aconsejar.

Mandaron y aprobaron las ordenanzas del cabildo pasado.

El mismo día se pregonaron. Ts.: Gerónimo Fernández, Gonzalo Vaez, Fernán Xuares, Diego de Catres, Francisco Dias, zapatero; Alfón Yanis, Rodrigo Alonso, Diego Maldonado. Escribano Vallejo. (Acuardos del Cabildo colonial de Chinet=Tenerife, t.II)

1509 Marzo 16.
97-12.-Perianes e María Borjes, vuestra mojer. Terras de sequeiro q. sam en Daute a los almáceguos q. sam a las covas y vchani del Rey q. an por linderos de una parte de abaxo el camino q. va pa Teno y de la outra terras q. oje tene Johan Méndez sembradas e terras de Gonçalo Anes y de la outra el pee de los risquos q. podria aver 50 f. de senbradura. Outro si vos don outro pedaço de terra de sequeiro en el dicho Daute acima de la montanheta dos Silos q. ha por linderos el camino de los Silos y de lo outra terras de Gonçalo Anes q. tene junto del barranquo de Bras e q. podría aver 3 quayzes ...Digo q. vos do en los dhos. Almácigos 30 h. de senbradura, y en las dhas. tas. otras del barranco de BIas q. desís, vos do dos c. q. son por todas 54 h. 16-111-1509. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)

1509 Marzo 16.
98-13.-Pedrianes y Maria Borges. Un pedaço de ta. de s. en el Palmar q. es en Dabte linderos las albarradas q. salen de casa de Salvador Lorenço derecho a las canales y acequias por donde viene el agua del dho. Palmar ...el camino viejo de los guanches q. sale de la dha. casa q. va a la casa de los porqueros e de arriba a los manaderos de agua en q. podrá aver 4 c. más otro .pedaço en Daote q. es encima y detrás de las tas. de Gonçalianes q. es arriba de los riscos de la Palma q. a por linderos el barranco de los Tiles y unas montañetas q. están junto de las tas. de Gonçalianes e los riscos donde están unas çarças, puede aver 4 c. Digo q. vos do 30 h. en qualquiera de los dhos. lugares. 16-III-1509. (Datas de Tenerife, libros I AL IV).

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