martes, 7 de abril de 2015

EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA



UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS


PERIODO COLONIAL 1501-1600

DECADA 1501-1510

CAPITULO IV-III



Eduardo Pedro García Rodríguez


1506 Marzo 18.
1.194-23.-Pero Martín de Monteagando [el índice dice Juan Monteagudo]. 6 f. de r. en Guymar. 18-III-1505. [Nota de otra letra: "Di dos anegas de trigo a la de Villana, de trigo mojado». [Verso: en 17-IV-1506 el Sr. Reformador la otorgó a Inés Martín]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1506 Marzo 27.
1.275-23.-Antonio Martínez. Pliego de 10 fols. Titulo posterior: «Reforma de Datas hecha por el Ldo. Sarate». Contiene: Poder a Çarate, Segovia, 31-VIII-1505, fol. 1; Un capítulo de Instrucciones, fol. 2 v.; Presentación, Yo el Ldo. Juan Ortiz de Çarate, fol. 3; Pregón, fol. 4; Reforma: por cuanto vos A. M., portigués, vo en Garachico, vos venistes a vivir e morar con vuestra mujer y fijos, criados y esclavos con toda vuestra familia e ovistes de vender vuestros bienes e raíces e los frutos e renta dellos lo cual ficistes por razón q. Gonzalo Díaz, carpintero, vuestro cuñado, vo de la isla de Tenerife, puede haber cuatro años q. por deudo y amistad q. entre vosotros hay vos hizo donación pura de la mitad de unas tas. yaguas q. son en esta dha. isla y la dha. Agua nace en las mismas tas. en 4 nos caíces encima de los solares q. habedes señalado las cuales aguas nacen encima del camino q. va al engeño de Gonzalyanes q. alindan de una parte el barranco Hondo e de la otra parte un barranco do está una sabina y de la otra parte tas. calmas y con la mar y la montaña del Malpaís, las cuales el dho. G. hubo por compra de un conquistador q. ha nombre Moratalla y del las le hice repartimiento. E Agora vos el dho. A. M. pedístesme hubiese por bien la dha. donación de la mitad de las dhas tas. e aguas vos hizo e otorgó el dho. G. D. el tenor de la cual con el dho. poder de sus Altezas uno en pos de outro es este q. se sigue [Poder de repartimiento del Adelantado, fo.l. 4 v.; donación a A. M.: Yo G. D. q. soy de la isla de la Madera estante doy, etc. a vos A. M. mi cuñado, vo de la dha. isla de la Madera. San Cristóbal de la Laguna, 14-II-1501 fo.l. 5]. Confirmación del Adelantado, Realejo de Taoro, 27-XI-1503 y fe de Vallejo, fol. 7. Fol. 7 v. Testimonio de Vallejo de registro de Alonso de la Fuente, data a G. D.: Tas. en Davte viniendo de la casa de Cristóbal de Aponte de la parte del barranco desde [sic] está una sabina grande en el camino fasta el abajada de la cuesta donde está un molino con una fuente q. está allí q. fueron de Moratalla y él se las traspasó porque le pagó la bienfechoría q. en ella bien había fecho y más le dio al dho. G. D. 4 c. de tas. de sembradura de s. q. son encima del Realejo con una cueva q. ende está. 1-111-1499.

El Adelantado declara: puede haber 5 años di como a vo y conquistador q. fue a Alonso de Moratalla, unas tas. yaguas en Davte, q. eran tas. calmas y montes salvajes y Moratalla las vende a G. D., a quien las reparte el Adelantado. 27-111-1506.
A. M. presenta la escritura y pide confirmación de todo.

Después en la villa de S. Cristóbal, 15-X-1506. Çarate da sentencia de confirmación, fol. Sr: fallo q. vos dé confirmación al dho. A. M. y 16-X-1506 da carta al interesado: 30 f. de tas. con la mitad del agua q. hoy día tiene y con el molino de pan q. en ella tenéis hecho y fabricado y con la viña y parrales, fol. 9 Firmas de Çarate y del notario, fol. 10.

1506 Marzo 31. Valladolid (f. 230). Carta a las justicias del arzobispado de Sevilla y obispado de Cádiz, y  a las islas de Gran Canaria, comunicándoles la concesión de una prórroga de noventa días a Pedro de Lugo ya su mujer, doña Inés de Herrera, para que puedan presentar sus probanzas en el pleito que siguen con Guillén Peraza, hermano de doña Inés, por la posesión de una parte de las islas de El Hierro y Fuerteventura. Episcopus cordubensis. Petrus. Muxica. Polanco. Franciscus licenciatus. Ramírez. (E.Aznar; 1981)

1506 Marzo 31.
1305-3.-Francisco de Mercado, conquistador. 12 f. de r. de la medida de G. Canaria, en Taganana de cualquier tas. de r. q. hayan de quitar a algunas personas por qualquier razón q. sea; e si en la dhao Taganana non cupieren, dóigelas o la parte q. non cupieren en el Arautava en cualquier tas. de r. q. hay o se hovieren de quitar a algunas personas ...y si allí no hoviere q. sea en otra parte de la isla q. sea en buen lugar, donde el dho. F. de Mesea contento. Así mismo 200 f. de tas de s. en Tagoronte, donde el Peñol de Maldonado en adelante, en cualquier lugar q. quepa o de lo q. se hoviere de quitar ...Así mesmo le doy un solar donde la casa de Párraga abajo, con un pedazo de ta. para huerta
en q. haya una f. de sembradura. [sólo firma del Adelantado]. 31- 1I1-1506.-8-II-1556 presentolo Maynen (?), nieto de dho. F. de M. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1506 Abril 2.
736-16.-Hernando de Horna, conquistador e vo. Una suerte de ta. de s. en Tacoronte, la ta. q. fue de Juan Cansado y después fue dada a Ortega de Vega, los cuales son idos de esta isla. Digo q. vos do la dha. ta. si Hortega no viniese de hoy en 6 meses. 2-1V-1506. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1506 Abril 3.
876-55.-Fernando del Hoyo, criado de Sus Altezas, conquistador. Un solar linde del corral donde se encierran las bestias q. prendan y por otra parte el camino, q. es una isleta cercada toda de caminos. 3-IV-1506. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
877-56.-lnés Martín. Un solar en esta Villa de Abajo en la plaza de frente de la casa de Jaime Joben segund q. el Alcalde vos lo señaló. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1506 Abril 5. La reforma que se esperaba y para la cual estaba especialmente autorizado el licenciado Juan Ortiz de Zárate, dio principio por la isla de Tenerife,  donde se encontraba este funcionario de la metrópoli confirmando las donaciones y repartimientos hechos por el Adelantado Alonso de Lugoy dándoles, así, un sello de perpetuidad de que al parecer, carecían.


1506 abril 5.
Bartolomé  Fontana  (vecino y  Regidor de la Ysla  de Gran Canaria)  debe a Gonzalo Suárez (trapero, vecino de Sevilla en la collación de Santa María) e a vos Luys Alvares su hermano, estantes en dicha Ysla, nueve mil ciento cincuenta maravedís,  por  razón de cierto paño que de vos Gonzalo Suárez  recibí comprado, y se obliga a pagarlo en la Ysla de Gran Canaria a Luis Alvarez a fin de junio  primero  venidero  ... (J. R.  P.,  fol.  314).  (Francisco  Morales Padrón, 1961).

1506 Abril 13.
874-53.-Cristóbal de Ponte. 10 c. en Garachico encima de vuestra heredad junto a Lope de Fuentes, camino de Ycode. 13-IV-1506. (Datas de Tenerife, libros I al IV)


1506 Abril 15.
853.-Cablldo. rol. 70 v.

En quinze días del mes de abril de Mdvi años se juntaron en Cabildo en las casas del señor Adelantado, el dicho señor Adelantado e su teniente el bachiller Juan Guerra e Fernando de Trugillo e Lope Fernandes e Alonso de las Hijas e Fernando de Lerena e el bachiller Pero Fernandes de Valdés e Sancho de Vargas y Batysta Ascaño, alguazil mayor.

854.- E luego platycaron sobre los ayuntamientos e Cabildos que se deven de faser a sus tienpos, segund está hordenado, y porque los regidores ayan más cuydado de se juntar crecieron la pena en cuantía cient mrs. para la cámara e fisco de sus Altesas, para que cada un regidor tenga cuydado de venir; el qual tienpo es cada lunes de cada semana desde la mañana hasta medio día; y no veniendo al dicho Cabildo a estar en él en el ayuntamiento al dicho tienpo, yncurra en la pena y la pague, la qual yncurra el teniente o alcalde mayor que es o fuere; que vengan y espere para entrar desde la mañana fasta medio día.

855.-Aiguazil mayor.

E luego el señor Adelantado dixo que él en nonbre de sus Altesas e por virtud de su poder dava facultad a su alguazil mayor para que entre como a entrado en los Cabildos e ayuntamientos y tenga voto en ellos para votar, e para lo usar e exercer le dió poder bastante e fizo la solenydad del juramento que en tal caso se requyere para guarda del servicio de Dios y el de sus Altesas y bien e pro e utylidad de la dicha ysIa de Tenerife.

856.-
E luego platycaron sobre enbiar persona a la corte de sus Altesas para librar las cosas conplideras a servicio de sus Altesas e bien e pro de la ysla.

Acordaron que fuese el bachiller Juan Guerra, al qual dieron otorgaron el poder
syguiente:

Sepan quantos esta carta de poder vieren como nos el Concejo, Justicia, regidores de la ysla de Tenerife, estando ayuntados en nuestro Cabildo, que somos yo, don Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado de las yslas de Canaria e Governador de las yslas de Tenerife e de Sant Miguell de la Palma por sus Altezas, e yo, Batysta Ascaño, su alguazil mayor de la dicha ysla de Tenerife, e los regidores  Fernando de Trugillo, Lope Fernandes, Alonso de las Hijas e Fernando de Lerena, el bachiller Pero de Valdés, y Sancho de Vargas, otorgamos e conoscemos que damos e otorgamos todo nuestro poder conplido, libre, e llenero y bastante segund que lo nosotros avemos e tenemos e segund
que mejor e más conplidamente puede ser e de derecho más deva valer, a vos el bachiller Juan Guerra que soys e estays presente en la dicha ysla, especialmente para que por nosotros y en nuestro nonbre e como nosotros mesmos, podays parescer e parescades ante sus Altezas e ante los señores del su muy alto consejo, presydente e oydores de las sus muy reales abdiencias, ante los alcaldes e jueces de la su real casa e corte e ante qualquier dellos. ante todas e qualesquier jus[ticias] e juezes, eclesyásticas e seglares, de todas las cibdades, villas e lugares de todos los reynos e señoríos de sus Altezas e en todas aquellas… (Sigue en el número 465, año 1505 abril 29)

1506 Abril 17. Valladolid (f. 12). Merced al licenciado Gonzalo Fernández Gallego, alcalde de casa y corte, de ocho caballerías de tierra de riego en las islas de Tenerife y La Palma, que serán medidas con arreglo a la medida de Gran Canaria. Se ordena al Ido. de Zárate, juez de residencia y reformador de dichas islas, y al adelantado don Alonso Fernández de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, que le den posesión de dichas tierras. El Rey. Grizio. Respaldada: Zapata. Polanco. (E.Aznar; 1981).

  1506 abril 20
Yo Pedro Fernández  de Sahavedra (Veynte y  quatro e vesino  desta  cibdad  de  Sevilla en  la collación de  Sant Andrés) otorgo e conosco a vos Alvaro de Valladolid (mercader, vesino deda dicha cibdad de Seviila en  la collación de Santa María)  e a vos Ysabel Núñez  (muger de Domingo Hernández, herrador, difunto  ..., vesino desta dicha cibdad de Sevilla en la collación de Santa Ana, por vos e en nombre e en boz de vuestros fijos e fijos del dicho Domingo Fernández, qu'estades presentes)  que por quanto Cristóval Mascareño  (vesino desta dicha cibdad de Sevilla)  devia e avia de dar e pagar a vos  el dichn Alvaro  de Valladolid  31.125 maravedís  por  un  recabdo  público  de  debdo  que  vos debo.

Eso para vos lo dar e pagar, de los sueldos que su nao ganase por  razón del viaje que hiso con Juan de la Cosa a Urabá; e asy mismo devia e avia de dar e pagar al dicho Domingo Fernández, difunto  ... 19.800 maravedis por otro recabdo público, para se los dar e pagar asimismo de los dichos sueldos que la dicha nao ganase en el dicho viaje  ..., a  los quales  ... 19.800 maravedís de  ... Domingo Fernández, yo el dicho Alonso (sic, por Pedro) Pérez   Fernández)  de  Sahavedra  fuy por  su fiador  e  obligado  en el dicho contrato; e por  ende, por  razón  de ser la mytad de la nao del dicho Cristóbal Mascareño de mi  el dicho Pedro Fernández,  e non  aver ganado tanto sueldo:  entre vosotros e mi nos ovimos concertado  e concertamos e fuymos de un acuerdo, que por vos pagar (e partyr e apartar de pleitos  e debates e diferencias que entre nosotros podría  aver, e por nos  escusar  de  costas  e gastos)  que vos  el  dicho Alvaro de Valladolid  hisiéredes  quiebra en la dicha vuestra debda de 13.120 maravedís,  e vos la dicha Ysabel Núñez  (muger del dicho Domingo Fernández)  asimismo hisiésecies quiebra de 4.235 rnaravedis, porque en  los  fletes de la dicha nao no  obo más  fletes,  lo qual vosotros hesisteis;  e  la dicha  debda de vos  el  dicho Alvaro  de Valladolid  fue primera  en  tiempo;  por manera que otorgo  e me obligo  a vos  los  suso dichos  e  a  cada  uno  de vos,  en la dicha  contía  de  suso  declarada  ... (firrmzdo) :  P."ernández  Sahavedra.  (J. R.P.,  s.fol.) (Francisco  Morales Padrón, 1961) 

1506 Abril 21.
En xxi de abril de Mdvi años.

468.-E fué acordado e ordenado que la carnecería sea la casa del platero o la  casa de la guarda. fol.72 r.

En este día se juntaron en Cabildo en casa del señor Adelantado que es en la villa de San Cristóval, el dicho señor Adelantado, su teniente Sancho de Vargas, su alguazil mayor Batysta Ascaño, Lope Fernandes, Pedro de Vergara, el bachiller Pedro de Valdés regidor, e Jayme Joven mayordomo y jurado de la ysla, e Fernando de Llerena regidor, e Alonso de las Hijas regidores y Diego de Mesa regidor .

470.-E luego paresció presente Jayme Joven, Jurado e mayordomo de la ysla, e presentó un escripto de razones en defensiones de su oficio; y visto por el señor Adelantado e platycado con ellos, cometyó lo susodicho a su alcalde mayor Sancho de Vargas, e que Jayme Joven use de su oficio de jurado syn enbargo, como más largamente se contiene en la respuesta.

471.- Fué capitulado e hordenado que se conpllen las hordenanças deste libro  e que para ello asy fazer su Señoría como los regidores lo cometen al bachiller Pedro de Valdés letrado Sancho de Vargas, Lope Fernandes e Pedro de Vergara.

472.-Que por vía judicial sean acusados los guanches alçados e se proceda contra ellos segund forma de derecho.

473.-E hordenaron e mandaron que la hordenança del trigo fecha antes desta esté en su fuerça e vigor e que declaran que todas aquellas personas que vendieren trígo contra la hordenanç;a pierda tal trígo tantas quantas vezes lo vendieren, e tantas quantas vezes lo vendieren yncurran en la pena y la paguen.

474.-0trosy hordenaron e mandaron que todas las penas sean acusadas por los juezes e otras qualesquier personas e que estos tales acusadores ayan la tercia parte de la pena.

475.-En este día no paresció en el Cabildo Fernando de Trug1lo; su Señoría del señor Adelantado e Regimiento mandó que sea en él esecutada la pena. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife)  v. I:88 )

1506 Abri1 24. Valladolid. (f. 15). Merced a Pedro Suárez de la Parra, vecino de Toledo, de tres caballerías de tierra de regadío en la isla de Gran Canaria, que serán medidas con arreglo a .la medida de dicha isla. Se ordena al gobernador Lope de Sosa, que le dé posesión de dichas tierras. El Rey. Grizio. Señalada: Vargas. Polanco. (E.Aznar; 1981)

1506 Abril 24. Valladolid (f. 58). Incitativa al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que determine en la petición presentada por Martín de Vera, en nombre propio y en el de los herederos de Pedro de Vera, que reclama a Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, seis esclavos blancos tomados en Tenerife antes de su conquista, que su padre, Pedro de Vera, gobernador que fue de Gran Canaria, le prestó cuando era vecino de dicha isla. Episcopus cordubensis. Moxica. Santiago. Juanes. Polanco. Castillo. (E.Aznar; 1981)

1506 Abril 25.
En xxv de abril de Mdvi años.

476.-Reformador.

En sábado día de su merced San Marcos Evangelista, fueron juntos en Cabildo en las casas [del] señor Adelantado el dicho señor Adelantado su teniente el bachiller Alonso de Belmonte e fernando de Trugillo e Batysta Ascaño, al guazil mayor e Alonso de las Hijas e fernando de Llerena e Pedro de Vergara e jayme joven, jurado e mayordomo y Sancho de Vargas, regidor y teniente y Lope fernandes.

477.-E luego fué platycado en Cabildo, asy por el señor Adelantado como por el dicho teniente e regidores, diziendo que el señor Reformador licenciado Cirate se entremetía en algunas cosas de que no tenía poder ni les fué por él mostrado; y se platycaron otras cosas, que fuesen algunos de los regidores a rogalle que se juntase esta tarde en Cabildo para que vea e determine.

478.- Flo.72 v. Hordenaron que se pregonase la hordenança del fuego y del azeyte o
jarretas de vino.

479.-Hordenaron e mandaron que porque se agravian los mercadores que venden a[zeyte] e que les viene daño por vendello barato y por esto non lo quieren medir como está hordenado; mandan que el quartyllo de azeyte lo vendan a quinze mrs. que le crece más un maravedí por quartyllo. Con cargo que lo midan e non lo vendan por botyjas e el que lo contrario feziere e non lo midiere yncurra en [pago] de la pena contenida en la hordenança antes desta. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife)  v. I:88 )

1506 Abril 29.
En xxix de abril de Mdvi años.

480.-En este día entraron en Cabildo los señores el Adelantado e Sancho de Vargas su [teniente] e Batysta Ascaño, alguazil mayor, fernando de Trugillo, Lope Fernandes, Alonso de las Hijas e Sancho de Vargas, el bachiller Valdés, Jayme Joven, jurado. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)  v. I:89 )

1506 Abril 29. Alonso Díaz, hijo de Don Diego, mencey de Adeje después de años de lucha, consigue  que el Adelantado Alonso Fernández de Luego le devuelva 200 cabras que le había arrebatado, por lo que se quejó a los Reyes Católicos, los cuales dieron su solicitud.

1506 Abril 30. Torquemada (f. 21). Nombramiento de Juan Ruiz de Berlanga para el oficio de escribano público del número de la isla de Tenerife, en lugar de Lope de Arceo, destituido de dicho cargo por haber dado muerte a Juan Franco. El Rey. Grizio. Acordada: Zapata. Polanco. (E.Aznar; 1981)

1506 Mayo 2.
481.-En dos días del mes de mayo del dicho año se pregonaron las dichas  hordenanças del fuego y azeyte e jarretas e dehesas, Testigos.

1506 Mayo 5.
914-28.-Diego de León. «Por ésta mando q. ninguna persona sea osada de pasar por una viña q. tiene D. de L., hombre de Gran Canaria, so pena de 600 mrs., y si algún ganado tomaren dentro, lo mayor pague de día 1/2 real y de noche un real, ganado menor de 10 cabezas arriba un real de día, de noche dos reales, y si alguna persona se sentiere agrabiada paresca ante mí, q. yo le oiré y guardaré su justicia. Fecho a 5-V-1506. Conforme a las ordenanzas q. están fechas. El Adelantado».(Datas de Tenerife, libros I al IV)

1506 Mayo 6. Dto. 743-[sin núm., será 24].-Rodrigo Hernandes. 2 c. en Taoro en el Arabtaba, linde de arriba el camino q. viene de casa del Rey Grande, e de la parte de abajo Juan Ferrandes, e de la una parte el Barranco Grande e de la otra parte el paso grande q. será obra de 4 c. Q. se vos asiente 2 c. en el dho. lugar. 6-V-1506.

1506 Mayo 6.
743-[sin núm., será 24].-Rodrigo Hermandes. 2 c. en Taoro en el Arabtaba, linde de arriba el camino q. viene de casa del Rey Grande, e de la parte de abajo Juan Ferrandes, e de la una parte el Barranco Grande e de la otra parte el paso grande q. será obra de 4 c. q. se vos asiente 2 c. en el dho. lugar. 6-V-1506. (Datas de Tenerife, libros I al IV)


1506 Mayo 11.
482.-En este día entraron en Cabildo en la villa de San Cristóval dentro casas del señor Adelantado, el dicho señor Adelantado, su teniente Alonso de Belmonte, su teniente e Batysta Ascaño, alguazil mayor e los regidores fernando de Trugillo, Lope  Fernandes e Alonso de las Hijas e el bachiller Pedro de Valdés e Pedro de Vergara e Sancho de Vargas.

483.-E luego el señor Adelantado platycó con todos los dichos señores e razonó e dixo que ya sabían como él e más de los que estavan presentes [por] mandado de sus Altezas conquystó la ysla de Tenerife e ovieron por bien de dalle la governación con la facultad de [repartir] las tierras y heredades segund en el poder del dicho repartimiento se contiene largamente; que por virtud del dicho poder el dicho señor Adelantado dió e repartió las dichas tierras e aguas e las más deltas en vezinos e personas que a ella vinieron e [po]blaron, los quales saben con quantos trabajos y ruegos y ha[lagos] truxo de sus tierras a unos con sus mugeres e fijos e a otros [per]sonas para que las truxesen
sus mugeres y a otros por esta m[ anera ], de lo qual a redundado e procedido que, loores a Nuestro Señor, la ysla [está en] principio y aún en medio de ennoblecimiento e poblazón  e fecho sabían los dichos señores regidores que y va para se fenescer e se vía que enteramente la ysla fuese ennoblecida e poblada. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)  v. I:89)


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