viernes, 24 de octubre de 2014

APUNTES EN TORNO A LAS CASAS DE LOS COLONOS HOYO Y SOLÓRZANO



Chaurero n Eguerew



En principio, el apellido Solórzano no figura en las datas de repartimiento (Elías Serra Rafols, 1978), ello nos hace suponer que su establecimiento como colono fue posterior a la invasión y conquista. En la lista de conquistadores manejada por el poeta y medico lagunero Antonio de Viana, tampoco figura ningún Solórzano, ni entre los mercenarios de a caballo ni entre los de a pie, por lo menos en la edición facsímil que manejo (Ayto. La Laguna, 1996)

            Es sabido los ímprobos esfuerzos que realizan determinados genealogistas por sacar brillo a los apellidos de sus patrocinados, y naturalmente, cuanto mejor paga el investigado, más lustre luce en  sus apellidos, así no es de extrañar que en este país que fue – y es -refugio de piratas, ladrones y asesinos, huidos o expulsados de España y Portugal, a muchos de los apellidos que portaban (cuando no se los cambiaron o compraron), los citados genealogistas les han sacado escudos de armas hasta de debajo de las piedras. Naturalmente, existen algunos apellidos (muy pocos) de verdadero origen de casas que fueron notables en España y en algún otro país europeo, pero casi siempre se trataban de segundones aventureros, lejos en sus acciones y forma de vida, de la imagen que determinados cronistas se han empeñado en trasmitirnos, en un oculto intento de maquillar lo que ya estaba crónicamente enfermo.

Posiblemente uno de estos apellidos con verdadero raigambre en España, sea el cantabro Solórzano, originario de la comarca de Trasmiera,  tiene su solar en el actual municipio de Solórzano, donde existe una modesta casa de dos plantas con los escudos de esta familia. En el siglo XV, el autor cántabro García de Salazar, escribe que el origen del apellido Solórzano se remonta al siglo XII. Un escudero natural de Hoz, que llamaban Ferrero, casó en Ajo, con una dueña que descendía del linaje de los Camino, propietaria de extensas heredades, este matrimonio se trasladó a Solórzano fijando su residencia en dicho lugar y poblando la zona. Sus descendientes fueron llamados Solórzanos. Alcanzaron notoriedad en Trasmiera y fuera de ella, este apellido se encuentra en la actualidad extendido por toda América. Su escudo se compone de tres flores de lis y tres hoces.

            Estimamos oportuno señalar que en el artículo Breves biografías actualizadas de personajes Canarios, que forma parte de  la monumental obra Historia General de las Islas Canarias, ni D. Agustín Millares Torres ni D. Manuel Hernández Suárez, hacen referencia a ningún personaje destacado que obtente como primer apellido el de Solórzano.

            La primera referencia que hemos encontrado en Tenerife, es la de D. Francisco Solórzano del Hoyo, que nos la ofrece la investigadora española Isabel Álvarez de Toledo, Duquesa de Medinacidonia, quien en su interesante trabajo África versus América  nos dice: “ ...Nuevo en San Cristóbal de Tenerife Francisco Solórzano del Hoyo, arrendó una Carabela, para practicar la trata. A 8 de marzo de 1549, contrató ante escribano a Luís Perdomo, hermano de Pedro Rico, y probable pariente de Blasina, para “este presente viaje que vais de resgaste (rescate) a saltar (saltear) en tierras de Berbería...” ansí arriba como abaxo e donde quiera que lo oviéredes de hacer, salvo en las conquistas de Portugal...”. Como se puede deducir de tan interesante documento, uno de los primeros negocios de D. Francisco Solórzano, consistió en la razzia de esclavos en el continente.

            Quizás el mayor auge social adquirido por la casa Solórzano en Canarias, especialmente en la isla de Tenerife, lo adquiriese mediante el entronque con la casa de Hoyo, fundada en Tenerife por el cortesano   de Fernando I, de Aragón a  quien por cierto, el inefable Alonso Fernández de Lugo, capitán de las hordas castellanas que invadieron Tenerife y La Palma, dio a este personaje el tratamiento de conquistador, sin que este extremo esté debidamente documentado ni en las listas de Viana, ni en otros documentos, excepto en la data que el Adelantado otorgó al de Hoyo, en la Corte dándole la mitad del Treslatadere o Campo del Rey, data que a pesar de estar redactada con los máximos requisitos legales exigidos en la época, fue papel mojado en manos de Alonso Fernández de Lugo, cuando del Hoyo se presentó en Tenerife a exigir sus propiedades, pero como entre truhanes estaba el juego, del Hoyo tuvo que pleitear con el Adelantado sin que llegara a ver concluso el pleito, pues murió en el transcurso del mismo, su viuda e hijos tuvieron que luchar durante muchos años para poder sacar de las garras del Adelantado parte de lo que había ofrecido a del Hoyo, en pago de las influencias que éste había desplegado en la corte a favor de los chanchullos que mantenía Lugo.

Sobre 1482, tenemos una referencia de un D. Fernando del Hoyo posiblemente abuelo o padre del colono compadre de Lugo, proporcionada también por la autora citada, en ella, nos impone de algunas de las “aventuras” de D. Fernando del Hoyo: “...la practica del Corso fue costumbre. Jacome Doméstico, regidor y “protector” de genoveses en Puerto de Santamaría, denunció los atropellos sufridos por Nicolaso Despinola, Cósme Lomelin y otros compatriotas. Autorizado desde 1480, que naturales y residentes en Castilla, navegasen a las “escalas de mercadores” y demás puertos de Berbería, fueron robados al regreso, por dos Carabelas de Laredo, de Fernando de Hoyo, preboste de renteria, aplicando la ley antigua, que prohibía tratar con musulmanes.”

            Pero en fin, narremos algunas de las peripecias que tuvo que vivir nuestro personaje con quien otrora fuera su amigo, aliado y confidente Alonso Fernández de Lugo.

            En 1496, aún no estaba totalmente sometida la isla de Tenerife, pero al futuro adelantado se le agotaba el último de los plazos que le habían concedido los reyes de Castilla y Argón para la conclusión de la invasión y conquista, ello motivo que Alonso Fernández de Lugo ante la posibilidad de perder las prebendas pactada con los reyes en los “asientos” se trasladara con premura a la corte y presentara unos cautivos guanches, dando por sentado una conquista que realmente no había concluido. Fue en esta ocasión cuando conoció a Fernando del Hoyo, personaje cuya ambición y falta de escrúpulos sólo era comparable a la influencia de que gozaba en la corrompida  corte castellana-aragonesa. De este personaje y de su ascendencia con los monarcas castellano-aragonés debió valerse Alonso Fernández de Lugo para la consecución de sus fines, comprando la influencia de Fernando del Hoyo con la concesión de una gran extensión de tierras en la isla Chinech (Tenerife).

            Esta data extendida en Burgos, lugar donde a la sazón se encontraba la nómada corte de los reyes de Castilla y Aragón, sería motivo de  encarnizados enfrentamientos entre el futuro adelantado y Fernando del Hoyo, para que el lector pueda tener un mejor conocimiento del origen de la disputa, a continuación insertamos el contenido íntegro de la mencionada data, la cual a pesar de que es extensa y monótona, constituye un documento sumamente interesante por su contenido, y como elemento esclarecedor del talante moral del  Gobernador  colonial de Tenerife y La Palma.

            “Burgos, 3 de diciembre de 1496.

Manyfiesto sea a todos los que la presente vieren, como yo Alfonso de Lugo, governador de las yslas de Tenerife y La Palma, repartidor de las tierras, casas y heredades de la dicha ysla, segund se contiene en la carta de poder e facultad a mí dada por el Rey y la Reyna, nuestros señores, para fazer el dicho repartimiento en los conquistadores e otras personas que fueren a poblar las dichas yslas, su thenor del cual dicho poder e facultad, a mi dado por sus Altezas, hes este que sygue:

(Se inserta luego la Real cédula de 5 de noviembre de 1496, que autorizó al conquistador para hacer los repartimientos de tierras. Prosigue así:)

Por ende, yo el dicho Alonso de Lugo, repartidor susodicho en nombre de Sus Altezas, e por virtud de su poder que de suso va incorporado digo que por cuanto Sus Altezas me dan poder e facultad para repartir e hacer repartimiento de las tierras, casas y heredades en la dicha ysla ay en las personas suso declaradas, o por cuanto vos Fernando del Hoyo, ayudante de la cámara de Sus Altezas, conquistador que aveys seydo de las dichas yslas, aveys fecho a Sus Altezas muchos serbicios, asy en lo que servistes con vuestra persona e con ciertos caballeros e peones en la dicha de las dichas yslas, a vuestra costa e misión, y en otros muchos e buenos e leales serbicios que a Sus Altezas aveys fecho, e se espera que areys de cada día, de que soys dignos de remuneración e galardón, e fasta agora en remuneración de lo susodicho nunca se vos ha dado ni fecho merced de ningunas tierras ni heredamientos de las dichas yslas, e la yntención e voluntad es de Sus Altezas asy de hacer gracias e mercedes a haquellos que bien e lealmente los sirben e aman su serbicio, especialmente a los asy ayudaron a la conquista las dichas yslas, porque siempre ellos e los que ellos sucedieren tengan mayor deseo al servicio de Sus Altezas; e asymismo, yo el dicho Alonso de Lugo, governador de las dichas yslas de Tenerife, he mucho servido a Sus Altezas, asy en la dicha conquista de las dichas yslas como en otras muchas cosas, de que asy mismo soy digno de remuneración e galardón; por ende, usando del dicho poder e facultad de Sus Altezas a mi dado, que de suso va encorporado, hago repartimiento de las tierras e aguas e otras cosas que yuso se dirán, en mi el dicho Alfonso de Lugo e en vos el dicho Fernando del Hoyo, que estades presentes presente, en amos a dos juntamente, en esta manera: de las tierras e aguas que son en la dicha ysla de Tenerife, que se disen Tahoro, que son junto con la sierra por do suben a Dabte fasta el Cabo de Tahoro, con dos arroyos de agua anexos a las dichas tierras, que van los dichos arroyos juntos con la sierra fasta la mar, las cuales dichas tierras se llaman los Traslataderes y el Campo del Rey; las cuales dichas tierras e aguas suso declaradas, con todos los montes e otras cosas anexas e pertenecientes a las dichas tierras e aguas, e con todas sus entradas e salidas e pertenencias e derechos e aciones que mas ha e aver pueda e deven en cualquier manera, sin dexar ni tener ni retener por Sus Altezas cosa alguna ni parte del todo, e ago gracia e donación  pura e no revocable, que es dicha entre vibos, a mi el dicho Alonso de Lugo e a vos el dicho Fernando del Hoyo, e amos juntamente para que de oy de la data desta carta en adelante para syenpre jamá las dichas tierras e aguas e montes e todo lo otro de suso declaradas sea de nosotros, amos a dos e de nuestros herederos e sucesores  después de nos, e de otra cualquier que de nos oviere causa, título e rasón ; conbiene a saber: que aya e tenga cada uno de nos, de lo que dicho es, su meytad por ygual parte, syn que uno aya ni tenga ni pueda aver más  que lo otro, ni el otro más quel otro; e cada uno de nos de la dicha su meytad, pueda haser   e faga como de cosa suya misma propia, syn contra alguna; e desde hoy dicho día en adelante desapodero a Sus Altezas de la posesión real corporal, abtual,  cebil e natural bel casy de las dichas tierras e aguas e con todo lo otro que susodicho es, e apodero e entrego e envisto en todo ello e en la posesyón de lo a mi dicho Alfonso de Lugo, governador, e a vos el dicho Frenando del Hoyo; e a vos doy poder e autoridad e facultad para tomar e prender la tenencia  e posesyon de todo ello por vuestra propia autoridad; e por esta carta o por su traslado, sygnado de escryvano público, de parte de Sus Altezas esorto e requiero a cualesquier justicias de cualesquier partes e lugares de los Reynos e señoríos de Sus Altezas, e de la mia mucho ruego:  que cada e cuando que por vos fuere requerydos, vos defiendan e annparen en la dicha posesyon, e sy necesario fuese vos la den e entregue de su mano e vos guarden e cumplan e agan guardar e cumplir esta dicha dación e donación, en nombre de Sus Altezas, en mi e en vos el dicho Fernando del Hoyo hago de lo que dicho es, e contra el tenor e forma dello ni non vayan e pasen ni  consyentan yr ni pasar, agora ni en tiempo alguno, cabsa ni rasón que sea ni ser pueda, por manera que en todo tiempo e syenpre jamás tengamos lo que dicho es libremente, syn ynpedimiento ni enbargo alguna; lo cual todo lo que dicho es, sea fecho conplido, no enbargante la ley que dize que ninguno puede hazer donación en mayor contía de quinientos sueldos ni otra cualesquier leyes e fueros e derechos e premáticas  sanciones destos Reynos que en contrario de lo susodicho son o serán o ser puedan, ca yo en nonbre de Sus Altezas los renucio; en testimonio de lo cual vos dí e ago la presente firmada en mi nombre, e rogué e roego al escrybano público de yuso escripto que la firme de su nonbre. Dada en la cibdad de Burgos a trece días del mes de disienbre año del nascimiento de Nuestro Jhesu Chisto de mill e quatrocientos e nobenta e seys años.

            Otrosy, por cuanto la yntención de Sus Altezas así es e yo e vos Hernando del Hoyo seamos e sea fecho repartimiento en nosotros de las mejores tierras e aguas que en las dichas islas oviere, e porque yo creo que cabe del Río Grande, que de dize Tahoro, a mejores tierras de las suso declaradas; por onde, si biene e fallare que ay mejores tierras de las suso declaradas, dexo e tengo e retengo en mi para haser repartimiento dellas en nosotros en lugar de las susodichas, para que las podamos aver e tener, segund las de suso en esta presente carta nonbradas; que en mi escogencia e de vos el dicho Fernando del Hoyo sea las  tomar en lugar de las contenidas. Fecho, día e mes e añosusodichos=Alonso de Lugo.”

            De todas maneras, este bello, firme y extenso documento, como otras tantas cosas, no pasó de ser papel mojado en manos del invasor conquistador, ya que éste defraudó siempre que pudo incluso a su  propio Dios.

            Por otra parte, no deja de ser intrigante el hecho de que el adelantado estando ya en posesión de plenos poderes para el repartimiento de los despojos resultantes de la invasión y Conquista de la isla de Tenerife, se auto donara (entre otros latifundios) con Fernando del Hoyo el Valle de la Orotava, amos a dos conjuntamente. La verdad es que esta data en cuestión se presta a una serie interrogantes, veamos: ¿por qué el adelantado no se limitó simplemente a extender una data como era habitual, concediendo la parte de tierras que fuesen a Fernando del Hoyo? ¿Acaso, fue una de las tantas tretas del adelantado para asignarse para sí sólo las mejores tierras de Tenerife, sin tener que enfrentarse directamente con la plana mayor de su camarilla, y en un concierto previo con Fernando del Hoyo para que éste en un determinado momento renunciara a su parte de las tierras contenidas  en cédula? ¿Por qué el adelantado repartió a otros colonos parte de las tierras y aguas contenidas en la data, sin contar con Fernando del Hoyo? ¿Acaso el auge que tomó el negocio del azúcar en Europa despertó más la codicia y ambición de Fernando del Hoyo y decidió hacer efectiva la donación contenida en el papel? ¿Por qué tan tenaz resistencia por parte del adelantado a entregar las tierras a Fernando del Hoyo a pesar de la firmeza del documento suscrito entre ambos? ¿Porqué los reyes concedieron a Fernando del Hoyo otras dilatadas extensiones de tierras en las islas de Gran Canaria, La Palma y Tenerife, mientras sostenía el pleito con Alonso Fernández de Lugo? ¿Es posible que el adelantado tuviese el firme convencimiento de que del Hoyo jamás se presentaría a reclamar la parte de las tierras que según el contrato le correspondía? En fin, son un cúmulo de preguntas para las que solamente la Historia tiene las repuestas.

            En 1508 a 9 de marzo el Consejo de Castilla envía Iniciativa al gobernador o juez de residencia de Tenerife, para que determine en la petición presentada por Pedro Fernández, regidor de la isla de Tenerife, en nombre de Fernando del Hoyo, criado del rey, sobre unas tierras que el gobernador Alonso de Lugo repartió para sí y para Fernando del Hoyo en el Campo del Rey, que ahora se llama el Realejo y el Traslatadere, y de las que tomó la mejor parte, aprovechando la deuda de 6.000 ducados que Fernando del Hoyo tenía con Rafael Mercader.

1511 junio 25. Sevilla. Receptoría para que el Ldo. Lebrón, lugarteniente de Tenerife y La Palma reciba los testigos que don Alonso Fernández de Lugo, adelantado de Canaria, ha de presentar en el pleito que sigue con Fernando del Hoyo, de la cámara del rey, sobre un heredamiento perteneciente a éste en el término de Taoro, en el que el adelantado dio tierras a otras personas e hizo construir ciertos caminos.

            En igual fecha y lugar se emite otra receptoria al mismo licenciado para que reciba el testimonio de los testigos de Fernando del Hoyo en la misma causa sobre la propiedad de los Campos del Rey.

            1511 junio 26. Sevilla. Receptoría para que el licenciado Lebrón, lugarteniente de Tenerife y La Palma, reciba los testigos que Fernando del Hoyo, de la cámara del rey ha de presentar en el pleito que sigue con Alonso Fernández de Lugo, adelantado de Canaria, por 150.000 naravedis que tuvo de pérdida a causa de la prohibición de dicho adelantado a que llevase leña del monte para su ingenio.

            1512 junio 10. Burgos. Citación a  Sebastián  Páez, escribano público de Tenerife, para que entregue a Juan Márquez, procurador del adelantado don Alonso Fernández de Lugo, la información que hizo el ldo. Cristóbal de Lebrón, teniente de gobernador en dicha isla, acerca de la presiones de Hernando del Hoyo, de la cámara del rey, sobre los testigos presentados por el adelantado en el pleito entre ambos, a quienes atemorizaba y decía <<que el dicho adelantado no era gobernador e que si traía vara era porque de todo no se quejase pero no por que hubiese otro gobernador salvo el dicho licenciado Lebrón>>. Dicho pleito versa sobre parte del heredamiento del Realejo y se trata ante los Consejos, quienes dieron carta de receptoría para el Ldo. Lebrón.

            1512 junio 30. Burgos. Citación a Antón Vallejo, escribano del número y del consejo de Tenerife, Fernán Guerra, escribano del número de dicha isla, y Sebastián Páez, también escribano del número, para que antes de ocho días entreguen a Juan Márquez, procurador del adelantado don Alonso Fernández de Lugo, las escrituras que éste ha de presentar ante el Consejo en el pleito que trata Fernando del Hoyo de la Cámara del rey, sobre una parte del heredamiento del Realejo y sobre ciertos caminos y leña.

            1513 Mayo 22. Valladolid. Merced a Fernando del Hoyo, de la cámara del rey, de ocho caballerías de regadío en la isla de Canaria, y orden a Lope de Sosa, gobernador de la misma, para que le señale dichas tierras le dé posesión de ellas, El Rey.

            1513 Junio 12. Valladolid. Merced a Fernando del Hoyo, de la cámara del rey, de la escribanía del crimen de Tenerife y San Miguel de La Palma, que hasta el presente no había sido provista y desempeñaban los escribanos del número, con perjuicio de la justicia. Se ordena a los concejos de dichas islas que lo reciban en su cargo y le guarden las honras inherentes al mismo.

1513. Julio 3. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Tenerife y La Palma, para que dé cumplimiento de justicia a Fernando del Hoyo, de la cámara del rey, quien hizo relación de que le fueron repartidas ciertas fanegadas de sequero en Tenerife y después de tomar posesión de ellas muchas personas entran en las mismas, alegando que el adelantado de Canaria se las ha repartido, y le ponen pleitos.

1513 Octubre 21. Valladolid. Orden al adelantado don Alonso Fernández de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, para que no conozca en los pleitos de Fernando del Hoyo, de la cámara del rey, ni en los de su procurador en dichas islas, a causa del pleito que siguen entre ellos en el Consejo, sino que los remita al Ldo. Valcárcel, su lugar teniente en dicho oficio.

1514 Julio 17. Segovia. Merced a Fernando del Hoyo, de la cámara del rey, de 500 fanegadas de secano en las tierras ocupadas ilegalmente en Tenerife y La Palma. Se ordena al Ldo. Valcárcel teniente de gobernador de dichas islas, que averigüe qué personas poseen mayor cantidad de tierra de la que le fue repartida por don Alonso Fernández de Lugo, adelantado de Canaria, y dé posesión de ellas a Fernando del Hoyo.

Así mismo, se ordena a Francisco de los Cobos que tome razón de esta carta.

1515 Marzo 30. Medina del Campo. Iniciativa al corregidor o juez de residencia de Gran Canaria, para que entienda en la demanda presentada ante el Consejo por el adelantado Alonso Fernández de Lugo, que acusa a Juan Ruiz de Requena de revocar con otros regidores el poder dado por el licenciado Alonso de las Hijas, para que presentase ciertos capítulos en la corte; ofreciendo él para ir a su costa y presentar otros capítulos, perjudiciales para el adelantado. El motivo de dicha revocación  fue la petición contenida en los capítulos, de que no se concediese la escribanía del crimen a Fernando del Hoyo. Por todo esto y porque el licenciado Valcárcel le favorecía, el adelantado lo envió preso a la corte con la información que había hecho, dado que no podía conocer en la causa por ser Juan Ruiz de Requena procurador de Fernando del Hoyo, a pesar de ser regidor. A lo que Juan Ruiz de Requena replicó, que el adelantado lo había tenido preso por enemistad, valiéndose de una denuncia de Juan de Badajoz, su criado y teniente de alguacil, quien lo acusó, con testimonio de persona desorejada y azotadas por ladrones, de tener en su hato ciertos puercos contramarcados , y que lo envió preso en una carabela que hacía aguas, todo lo cual era parte de un plan para evitar la oposición de algunos regidores, a quienes tiene presos en sus casas sin poder acudir al cabildo.  
             
1516 Agosto 30. Madrid. Carta al gobernador o juez de residencia de Tenerife y La Palma, confirmando la licencia que los vecinos de dichas isla tienen para exportar a tirra de cristianos la tercera parte del pan producido, una ves abastecidas las islas, no obstante la merced hacha a Fernando del Hoyo, de la cámara del rey, para sacar 200 cahíces anuales durante diez años con prohibición a los vecinos de hacerlo, y de la sobre cédula que este obtuvo para sacarlo en 1516 y años sucesivos, hasta completar los diez años establecidos. Contra esta sobre cédula recurrieron las islas, aduciendo que la había obtenido so color de haber tan solo 16 cahíces de trigo cuando la relación verdadera es esta: en 1513, 2.750 fanegas de trigo y 83 ½ de cebada; en 1514 16 cahíces y 2 fanegas de trigo 87 y ½  de cebada; y en 1515, 993 fanegas de trigo y 925 de cebada según constaba en una fe de Alonso de Llerena, escribano público. A lo que replicó Fernando del Hoyo, diciendo que había sacado pan en 1514 y 1515 en virtud de la merced que tenía y que en 1516 no había podido hacerlo por la enemistad del adelantado don Alonso Fernández de Lugo, que habiendo aprovechado el perjuicio que recibía los vecinos, cosa que él no deseaba, para pedir revocación de merced. La carta de confirmación se da a petición de Diego de Mendieta, procurador de los consejos de las islas, quien alega que el pan es la principal producción y riqueza de los vecinos, y que no conservarse más de 7 u 8 meses sin perderse.

            1517 Febrero 26 Madrid. Citación a los escribanos del número de La Palma, para que antes de 200 días presenten en el Consejo certificación de haber sido examinado de sus cargos, como lo dispone la real cédula de 20 de junio de 1511, que va inserta. Esta orden está motivada por la denuncia presentada por el difunto Fernando del Hoyo, de la cámara del rey, en el pleito que sigue con dichos escribanos por la escribanía del crimen de La Palma, en la que les acusó de no estar examinados en el plazo 2 años que señala dicha cédula.

            1517 Mayo 14. Madrid. Orden al presidente y oidores de la Chancillería de Granada, para que envíen al Consejo el pleito que enfrenta a Fernando del Hoyo con Juan Ruiz de Berlanga y otros escribanos, sobre la escribanía del crimen que el rey concedió al primero. La causa pendió en primera instancia ante el licenciado Valcárcel, teniente de gobernador de Tenerife, quien dio sentencia favorable a Fernando del Hoyo, que fue apelada ante el Consejo por los citados escribanos.

            1517 Mayo 18. Madrid. Ejecutoria, para que las justicias de Gran Canaria, Tenerife y La Palma, guarden la sentencia que va inserta (Madrid 9 de Diciembre de 1516), dada por el Consejo en el pleito que enfrentó a don Alonso Fernández de Lugo, adelantado de Canaria, y Fernando del Hoyo, de la cámara del rey don Fernando, sobre la mitad del Campo del Rey, que ahora se llama Realejo y Traslatadere. Se nombra juez ejecutor de la misma, con poder cumplido, al Ldo. Valcárcel, al que se le concede 70 días de plazo y 250 maravedís de salario por cada uno de ellos, debiéndole acompañar un escribano público, que llevará 40 maravedís más los derechos habituales. Dicha sentencia establece que el adelantado debe entregar a Fernando del Hoyo la mitad de las tierras y aguas de la Rambla de los caballos, con el agua de la azadilla; las tierras que repartió en el Treslatadere a Pedro Mayor, canario, y las que fueron adjudicadas a Fernando de Castro por el ejecutor, además de las que les pertenecían por ejecutoria de su Alteza; y las tierras de sequero que repartió en el Treslatedere a Gonzálo Pérez y Fernando de Castro,  donde dicen el cuchillo de Castro. Para evaluar los daños recibidos por Fernando del Hoyo por la ocupación de sus tierras, cada parte debe nombrar una persona que se reúna con el relator  de la causa. En el pleito van incorporados los siguientes documentos: poder al adelantado para hacer repartimientos, datas de tierra a Fernando de Castro, Pedro Mayor y Francisco Lorencia, repartimiento del Campo del Rey al adelantado y a Fernando del Hoyo, y arbitraje de Rafael Fonte.

            1517 Mayo (s.d.) Madrid. Sobre carta de una merced de 500 fanegadas (tierra) de sequero, en las ocupadas ilegalmente o sin repartir de Tenerife y La Palma. Va dirigida a las justicias de Gran Canaria, Tenerife y La Palma, para que las hagan guardar conforme a la original que se inserta –17 de Julio [1514]-, dado que el adelantado don Alonso Fernández de Lugo impide su cumplimiento al ldo. Valcárcel, teniente de gobernador de Tenerife y La Palma.

No cabe duda que en Fernando del Hoyo, el adelantado encontró a un rival digno de su calaña, tan ávido de rapiñas como él mismo, y con las suficientes influencias en la corte española como para poner dique a los desenfrenos del adelantado. En el trasfondo de estos enfrentamientos lo que realmente se cuestionaba era la supremacía social y económica en la isla, entre dos aventureros de “altos vuelos”, basados por una parte en la total falta de conceptos morales y la insaciable sed de rapiña  del genocida Alonso Fernández de Lugo, y la no menos despiadada ambición mostrada por el del Hoyo, quien no dejó de aprovechar en todo momento y en beneficio propio la ascendencia que tenía sobre el rey Fernando I, de Aragón, al que según parece le salvo la vida en una de las múltiples batallas en que se vio inmerso este monarca durante  la construcción del naciente imperio colonial español. En todo caso, del Hoyo continuó ganando batallas al adelantado aún después de muerto, como si de un Rodrigo Díaz de Vivar se tratara. Por otra parte, no deja de ser significativo que en los documentos públicos, no se antepusiera a Fernando del Hoyo, el tratamiento de “Don”, del que tan celosos eran en la época, al contrario que al adelantado. (Estos apuntes han sido tomados de la obra de Eduardo Aznar Vallejo, Documentos Canarios en el Registro del Sello, 1476-1517)

            Veamos ahora unos cortos pasajes de la visión que de algunos de los descendientes en las islas, de nuestro protagonista nos da la genealogía oficial: “Don Juan del Hoyo  Solórzano y Abarca, capitán de los reales Ejércitos por nombramiento de 1673, castellano perpetuo del castillo de San Miguel de Garachico, como su padre y su abuelo, desde 1679 hasta su fallecimiento, nació en el mismo lugar de Garachico y fue bautizado el 15 de mayo de 1651. En 1697 probó la antigua nobleza de su Casa para vestir el hábito de Calatrava, en cuya gloriosa Orden Militar ingresó por real título dado en Madrid a 13 de noviembre del mismo año. Levantó a su costa una compañía para el Tercio de Canarias que servía en las de Flandes, siendo capitán general de estas islas D. Juan de Balboa Mogrovejo, en atención a lo cual se le dio patente capitán de los Reales Ejércitos.”

En el expresado castillo de Garachico reedificó dicha fortaleza que la había maltratado un incendio: fabricó una plataforma: costeó cuatro cañones de fierro, fundió de nuevo otros de bronce: previno dicho fuerte de pólvora, balas y mecha, gastando en estos y otros reparos crecidas cantidades, según consta de documentos y reales cédulas; todo lo cual hizo el Muy Ilustre Cabildo de la isla de Tenerife en el citado informe que elevó a S.M. a favor del tercer Conde de Siete Fuentes. Gastó en la reedificación del castillo de Garachico 75.000 pesetas. Los capitanes generales de Canarias D. Felix Nieto de Silva y D. Jerónimo de Velazco, en Informe que en 1681 elevaron a S.M., recomendaron los buenos servicios de nuestro ilustre biografiado y de sus ascendientes, la Nobleza de su Casa y lo merecedor de las honras que S.M. le quisiere hacer.

Estos señalados servicios prestados a su patria y a su Rey, fueron premiados por la Magestad de D. Carlos II, creándole el primer Conde de Siete Fuentes el 15 de septiembre de 1698, cuyo título disfrutaría él y sus sucesores.

La afición a los pleitos fue una constante durante algunas generaciones en la familia del Hoyo, así como la acumulación de prebendas. Para la obtención del título de Conde D. Juan del Hoyo y Solórzano, no dudó en emplear cuantos medios estuvieron a su alcance para forzar la voluntad de Carlos II, posiblemente a cambio de un sin numero de injusticias, así adquirieron o compraron los títulos de “Nobleza” muchas familias de colonos, comerciante y terratenientes afincados en las islas. No sin tener que hacer a la oposición de las otras familias que por envidias y afán de protagonismo luchaban entre sí para disputarse los despojos que la metrópolis les permitía disfrutar. Así, no le fue fácil a D. Juan del Hoyo Solórzano conseguir su título, aunque entre otros adversario debió enfrentarse a su pariente D. Cristóbal Lázaro Salazar y Frías, Conde del Valle de Salazar, descendiente del tratante de esclavos Lope de Salazar y sus hermanos.

Hoy en día el apellido Solórzano es poco frecuente en las islas, en cambio está ampliamente difundido en América, especialmente en Venezuela, Mexico, Perú, Colombia y Costa Rica.

            La saga de los del Hoyo es bastante extensa, por tanto dejaremos para otra oportunidad  el continuar con y sus vicisitudes, pues es un trabajo bastante arduo ya que en general todas las familias de la burguesía Canaria estaban estrechamente entrelazadas entre sí por pactos económicos, de poder o políticos, siendo bastante considerable el grado de endogamia entre ellas.

            Como datos curiosos, insertamos algunas referencias tomadas del Diccionario Biográfico de Canarios Americanos, en el que solamente figuran cuatro portadores del apellido Solórzano:

Solórzano Juan de. Vecino de Gran Canaria, mareante. Como maestre del navío Espíritu Santo, viajó a las Indias en 1571 con vinos de Juan de Quevedo; se obligó a venderlos en Nueva España, para comprar allí las mercancías que le pareciere y venderlas en Sevilla, con la cuarta parte ganancias para él. Hubo finiquito en 1572. En este año, como maestre de San Simón, contrató con Alonso Rodríguez, barbero sevillano estante en Tenerife, llevarle a San Juan de Ulúa, con su mujer y dos hijos y con dos cajas de vestidos y matolaje, por 50 ducados pagaderos en 12 días después de llegados. El era hijo de Amador de Solórzano y de Leonor Rodríguez, de Gran Canaria. Regresó a su isla y en 8/3. 1582 pasó a tierra Firme y Perú, con licencia de embarco como mercader.


Solórzano Juan de. Residente en La Palma, maestre de un navío con el que había viajado a América en 1571. (Es posible que sea el mismo)

Solórzano Zoilo de. Conquistador de Indias, natural de Canarias. Probablemente había desplazado a La Plata con Diego de Mendoza. Junto con el capitán Irala y el adelantado Álvarez Núñez Cabeza de Vaca exploró el norte del río de La Plata hasta donde decían Los Reyes. Asistió a la elección de teniente gobernador del capitán Irala, en 1549. En una india soltera tuvo dos hijos: Diego de Leyva y Juana de Solórzano, legitimados por real cédula del 26/8. 1579.

Solórzano del Hoyo Francisco. Natural del Realejo Bajo, bautizado el 11 de agosto de 1560, hijo de Antón Solórzano del Hoyo y de Sancha de Aguirre y Meneses. Hizo viaje a América en 1597.

El  apellido del Hoyo, al estar más extendido en nuestras islas, ha aportado más miembros en los viajes a América, vemos algunos de los que tenemos constancia:

Hoyo Solórzano del. Vecino de Garachico, nacido el 11 de noviembre de 1667, hijo de Pedro del Hoyo Solórzano y de Francisca de Alzola. Fue Caballero de Calatrava, tesorero general de la Santa Cruzada en Canarias. Dueño del navío Nuestra Señora de Guía y Los Remedios, hizo en 1701, un viaje con registro a la Haban. Tubo comiso en la Habana y el Juez de Indias en Canarias le impuso una multa. Falleció el 20 de septiembre de 1712.

 Hoyo Solórzano Cristóbal del. Natural de la Habana, hijo de Juan del Hoyo Solórzano y Ana Sánchez. Vecinos de Maracaibo,  donde fue capitán de milicias. En 1771 dio poder (protocolizado por Santiago Penedo), para tratar sus asuntos en Tenerife; finalmente pasó él mismo a Canarias, y residió en La Palma donde consta su presencia en 1773.

Hoyo Solórzano Francisco del. Natural de Tenerife, hijo de Fernando del Hoyo y de María de Abarca. Nació en la primera década de 1500. Fue apoderado del adelantado Diego de Sanabria, capitán del Río de La Plata, de Lope de Orozco, capitán de su armada, por escritura del 22 de mayo de 1551 (ante Luis Méndez). En 1553 pidió licencia a la Inquisición, para ir con tres naves a comerciar en berbería; y en efecto formó compañía e mandó como jefe en una expedición de rescate, en 1553-1554. Falleció en 1556. Había casado con Isabel de los Ríos, que falleció 1580, sin sucesión.

Hoyo Solórzano Francis del. Natural y vecino del Realejo, capitán, hijo de Antonio del Hoyo Solórzano y de Sancha de Aguirre. Pasó a Indias en 1597. Falleció allí antes del 1 de enero de 1611, que es la fecha del testamento de su madre (ante Juan Alonso Romero)

Hoyo Solórzano Gaspar del. Natural de Garachico, bautizado el 15 de julio de 1652, hijo de Cristóbal del Hoyo Alzola y de Isabel de Alzola Fuentes. El 10 de octubre de 1680 celebra escritura (ante Matías Oramas Villareal) mediante la cual se obliga a pagar mil pesos cada año para ayuda a los gastos de levantar los mil infantes que el Rey ha mandado levantar al general Jerónimo de Velázco, si se le concede el hábito de una orden militar. En su consecuencia fue creado caballero de la orden de Calatrava con fecha 30 de julio de 1693. Ya antes, el 25 de enero de 1690, avisaba a su mujer, por remitida desde Sevilla, que que había sido nombrado al gobierno de Cumaná, y para su avío necesitaba tomar dinero a riesgo; ella le autorizó, por escritura de fecha 1 de marzo de 1690 (ante Pedro de Mendoza y Alvarado) a emplear el dinero de ella. Su nombramiento llegó en 1692, como gobernador y capitán general de mar y tierra de las provincias de Nueva Andalucía, Cumaná y Cumanagota. Su gobierno duró hasta 1696. Fue creado marqués de la Villa de San Andrés, con el título de Vizconde de Buen Paso para su primogénito, por real decreto del 2 de enero de 1708. Pasó a vivir en París, donde perdió  casi la totalidad de sus ahorros y en la quiebra del célebre John Law, en 1720. Volvió a Canarias, muy empobrecido y falleció en Granadilla en1722. Había casado en Tazacorte (isla de La Palma), el 25 de agosto de 1657, con Ana Jacinta de Sotomayor Topete, que falleció en La Palma, el 4 de octubre de 1713. Fueron sus hijos Cristóbal, el célebre segundo marqués de San Andrés; Juan del Hoyo Solórzano; Isabel Josefa, casada con Juan José del Hoyo Solórzano; María Teresa y Mencia casadas en La Palma con Felipe Vélez y Esteban Vélez respectivamente.

Hoyo Solórzano Juan del. Natural de Tenerife, hijo de Antonio del Hoyo Solórzano y de Sancha de Aguirre. Pasó a Guatemala, donde casó con Lucrecia Navarro, hija de Francisco de Castro Navarro, que falleció en San Lúcar de Guatemala. Juan también falleció en Guatemala. Su hija Francisca del Hoyo Solórzano, casada con el alféres Gonzalo Baez de Quintana, vecino del Realejo Bajo, era viuda en 1654. Había heredado un vínculo fundado por su abuelo materno, que después perteneció a su padre.

Hoyo Solórzano Juan del. Nacido en La Palma el 27 de febrero de 1681, hijo de Gaspar del Hoyo Solórsano, primer marqués de San Andrés. Marino, fue gobernador del castillo del Morro  en la Habana y capitán de fragata, destinada a navegar, entre las islas de Barlovento y Tierra firme, para combatir a los piratas y el contrabando. El 14 de noviembre de 1716 solicitó sin éxito el gobierno de Maracaibo. Al principio de  1719 se hallaba con una escuadra a su mando en Cartagena de Indias, cuando la tripulación se amotinó y el gobernador de la plaza, Carlos Sucre, lo mandó prender. Victima del motín, de las maquinaciones de los oficiales a su mando, de la debilidad del gobernador y quizás también de su dureza en el mando, de que se le acusa. Fue remitido preso a la Habana publicó en su defensa un Manifiesto y representación al Rey Nuestro Señor por el capitán de fragata don Juan del Hoyo Solórzano y Sotomayor, sobre haverle despojado en el puerto de cartagena de las indias sus oficiales subalternos de el comando (1719). Al no hallársele culpable en su conducta fue nombrado gobernador de Cuba; pero el 22 de noviembre de 1722. En 1727 el Consejo de Indias opina “que no conviniendo que pase a servir, del rey empleo por vacante”. Fue otra vez gobernador de Santiago de Cuba, pero una sublevación producida en Puerto Príncipe en 1729 exigió su deposición del mando. Una real orden mandó que no se le suelte porque “se dará orden para que se le traiga preso a estos reinos”. En 13 de mayo de 1733 se avisó que se había fugado; preso el 14 de 11 de agosto de 1736, conducido a Cádiz, donde dio sastifacción a sus cargos y se le puso en libertad provisional 19 de agosto de 1738. Se discutía su liberación, cuando él falleció, por marzo de 1739. Había casado con una mujer de baja alcurnia, con escándalo de su familia, y sobre todo de su hermano el marqués. Había tenido varios hijos, nacidos en América: Juan  Manuel, en la Habana, fallecido allí el 23 de julio 1764; Ana, mujer de Pedro Nicolás de Ponte Válcarcel, muerta en La Habana, 17 de de julio de 1773; Gaspar fallecido sin sucesión en Puerto Rico, en 1753? Mencia Tomasa del Hoyo, murió soltera en la Habana; y Cristóbal del Hoyo Solórzano.

Guaire Adarguma  Anez’ ram  n  Yghasen
Chinech, febrero de 2003.                                                                                                     

Bibliografía consultada:
Alejandro Ciuranecu
Diccionario Biográfico de Canarios-Americanos.
Manuel de Ossuna Benítez de Lugo
La Casa de Hoyo- Solórzano
Revista de Historia. Julio-Septiembre 1925
Págs. 194 ss.
Datas de Tenerife
Elías Serra Rafols
Libros I al IV de Datas originales.


           

           





 








































No hay comentarios:

Publicar un comentario