jueves, 20 de agosto de 2015

EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA


UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1551-1560

CAPITULO IX-IX




Eduardo Pedro García Rodríguez

1554. Ordenanza que obliga a los vecinos colonos al derribo de las casas de paja por el peligro que entraña el fuego.

1554.
El descontento de las islas por el resultado de la campaña militar de 1553 iba a tener muy pronto reflejo en las determinaciones de la Corona con respecto al gobierno político-militar del Archipiélago.

Ya a fines de aquel año don Rodrigo Manrique escribía a Cerón y a varios regidores, sus amigos, que el Príncipe tenía el propósito de encomendarle otra vez .el gobierno de la isla y que esperaba estar en ella afines del mes de febrero de 1554 (17).

Ahora, con la embajada o comisión de Zambrano y las noticias de que eran portadores los mensajeros de Tenerife y La Palma, Felipe II, ante la gravedad del peligro, pensó en alterar el régimen politico-militar de las islas, aceptando en parte las soluciones que ellas mismas le brindaban.

A don Rodrigo Manrique le encomendó del gobierno superior militar del Archipiélago, con título de visitador de las islas en lo tocante a la guerra, y del mando particular en Gran Canaria como gobernador y justicia mayor; para el gobierno de Tenerife y La Palma escogió (quizá por propia recomendación de Manrique) al licenciado don Juan López de Cepeda, que, aunque hombre de letras, había dado pruebas de su pericia militar mandando la flota canaria en 1552; y para el gobierno castrense de algunas de las islas mayores pensó el Príncipe en designar sus respectivos capitanes generales, escogiéndolos entre los naturales del país o aquellos colonos que llevasen largo tiempo avecindados en el mismo.

Los rumores de estos cambios que en las alturas se fraguaban, debieron llegar muy pronto al Archipiélago, por cuanto el mismo gobernador, don Luís Serrano de Vigil, escribía el 19 de febrero de 1554 una larga carta al Príncipe haciéndose eco de ellos y queriendo justificar su actuación militar ("He hecho-decia- lo que soy obligado en las cosas de justicia y gobernación; mas en las cosas de guerra he hecho lo que un leal caballero práctico pudiera hacer en servicio de V. A., y si dijese que lo he hecho mejor que los que hasta aquí han venido a esta isla no me alargaria; que en un alío que tengo la vara he renovado toda la forteleza que estaba muy perdida y he hecho en ella dos cubos grandes muy fuertes y necesarios y otros reparos.") Ignorante, además, de que don Pedro Cerón había solicitado su relevo, se deshacía en elogios del mismo, y hasta procuró por medio de una pública información abierta en Las Palmas días antes (el 5 de febrero, a petición de los regidores don Alonso Pacheco y don Francisco de Quesada) que resaltasen  los méritos de aquel Jefe militar para decidir al Príncipe a nombrarlo capitán general de Gran Canaria.

Pero fueron, a la postre, inútiles cuantos esfuerzos hizo Serrano de Vigil por prorrogar su mando, porque ya en enero de 1554 estaba nombrado don Rodrigo Manrique gobernador y justicia mayor de Gran Canaria, como se deduce de la Real cédula de 11 de enero de 1554, dirigida a su nombre.

Dicha Real cédula, firmada por el Príncipe y suscrita por el secretario don Francisco de Ledesma, venía a ser como el programa de gobierno a que debía atender preferentemente el gobernador. Felipe II le hacía entrega de 300 arcabuces y 1.000 picas, de las fábricas de Málaga, para que con ellos procediese a su reparto entre las distintas "compañías y escuadras", que debían ser reformadas y mejoradas, señalando a sus componentes el punto de reunión y defensa, para que cada cual acudiese a la misma
sin pérdida de tiempo. Le encargaba a continuación que estudiase los lugares donde se debían construir las nuevas fortalezas y torres y la artillería necesaria para ellas. Por último, con objeto de resolver el problema de los moriscos (gravisimo en Fuerteventura y Lanzarote por las incursiones de sus señores a las costas de África, que había tenido como alarmante signo la emigración voluntaria y oculta de 35 personas), le indicaba la conveniencia de obligar a los moriscos y cristianos nuevos a emigrar a España.

Dispuesto, así, don Rodrigo Manrique de todos los elementos necesarios, emprendió el viaje a Gran Canaria, adonde debió llegar en el mes de marzo de 1554. "y su nombre fué de nuevo talismán para las islas, porque desde su arribo hasta que finalizó aquella sangrienta guerra (1556) se inauguró un período de paz, apenas interrumpido, de dos años de duración. Paz más digna de tenerse en cuenta estando sus aguas cuajadas de corsarios franceses que no ignoraban el poder de su brazo y sus terribles justicias.

Como complemento de la Real cédula de 11 de enero de 1554, expidió la Corona dos meses más tarde las correspondientes cédulas de nombramiento de capitanes generales, que recayeron en las islas de Gran Canaria y La Palma en los "muy magníficos señores" don Pedro Cerón y Ponce de León y don Juan de Monteverde y Pruss, respectivamente.

La Real cédula a favor de don Pedro Cerón no nos ha sido dable localizarla, aunque debió ser expedida en igual fecha que la de su compañero -20 de marzo de 1554-, por cuanto el 19 de mayo de dicho año el nuevo capitán general daba las gracias al príncipe don Felipe por tan elevada merced, que a su vez elogiaba don Rodrigo Manrique de Acuña al incluir con la suya propia la carta antecedente. Por su parte, la princesa gobernadora doña Juana, reconocida por los relevantes servicios de Cerón en Gran Canaria tuvo a bien proponerle al año siguiente al Emperador para que le agraciase con un hábito de la Orden de Santiago.

En cambio, la Real cédula a favor de don Juan de Monteverde y Pruss se conserva en el Archivo de Simancas. Tiene fecha de 20 de marzo de 1554 y está firmada por el Príncipe y refrendada por el secretario Francisco de Ledesma. Por ella, atendiendo a los ofrecimientos hechos por Juan de Monteverde, a raíz del ataque de los franceses, de dirigir a la gente de guerra, el Rey le nombraba su capitán general en la isla de La Palma "por el tiempo que fuere la voluntad de Su Magestad" y con la especial comisión de "que hordene, aperciba y prebenga la gente della para que esten armados y en orden y acudan donde y como les hordenare cuando conviniere para la defensa de dicha isla".

Además, el Príncipe, teniendo en cuenta las noticias comunicadas por el mensajero de La Palma de que Monteverde "a su costa hazia una fortaleza y que daba yndustria e ayudaba a [que] aquella isla hiciese otra", tuvo a bien beneficiarlo con el cargo anejo de alcaide, de las fortalezas de la isla, con la comisión también de dirigir las obras de las mismas.

Sin embargo, el excesivo encumbramiento de Monteverde, conseguido con inhábiles y torpes maniobras, había de ser recibido con desagrado en La Palma, provocando ruidosos y enconados litigios, en contraste con la aceptación casi general con que fué recibido en Gran Canaria Pedro Cerón.

En cuanto a la isla de Tenerife, el príncipe don Felipe no introdujo variaciones en su gobierno, por no haberse solicitado la reforma y acaso por la confianza que tenía en las dotes y la pericia militar de Cepeda. Lo único cierto es que a partir de 1554 éste, siguiendo la corriente del momento, tomó el título efectivo de capitán general de Tenerife, siendo, por tanto, la única isla en que las funciones gubernativas y castrenses quedaron vinculadas en una misma persona. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)

1554 Enero 1.
La metrópoli designa gobernador colonial en las islas de Chinech (Tenerife) y Benahuare (La Palma) a Juan Lopez de Cepeda por espacio de un año, aunque antes de expirar éste Felipe II expidió nuevo titulo a su favór el 28 de diciembre del mismo año. (Ambos títulos originales se conservan en el A. C. T.: Letra T, leg. 1, núm. 4, doc. 10 y 11.)

En 1555 le habia propuesto don Rodrigo Manrique de Acuña, admirado de sus ser-vicios, para ocupar una de las plazas de oidores de la Audiencia de Canarias (A. S.: Mar y Tierra, leg. 59, doc. 45). El Rey no accedió entonces a la petición; pero, en cambio, en los primeros meses de 1557 ya corrieron por las islas rumores de ascenso y traslado. El Cabildo acordó entonces, en sesión de 19 de febrero de dicho año, solicitar la prorrogación de Cepeda, teniendo en cuenta que él había sido el alma de las reformas militares y el iniciador de las nuevas fortificaciones, que debían ser concluidas bajo su experta dirección. El mensajero Juan Bautista de Arguijo quedó encargado de cumplir los deseos del Cabildo. (Libros de Acuerdos, sesión citada.)

No obstante, por Real Orden dada en Valladolid el 19 de mayo de 1558, Cepeda fue designado para pasar desde Tenerife a la isla de Santo Domingo, tomar la residencia al licenciado Alonso Maldonado, presidente de aquella Real Audiencia, y presidirla a su vez como oidor decano durante el tiempo de su comisión. (Libro de Reales Cédulas del Cabildo de Tenerife. Oficio V, fol. 281.)

Don Juan López de Cepeda desempeñó, más adelante, en las Indias los siguientes cargos: oidor de la Audiencia, de Santa Fe, alcalde de crimen de la Audiencia de Lima y presidente de las de Panamá, Tierra Firme (1584) y Charcas (1588).

Juan López de Cepeda había casado en La Laguna con doña Isabel de Rivera y Lugo, hija natural del tercer Adelantado de Canarias don Alonso Luís Fernández de
Lugo. Sin embargo, su descendencia volvería a enlazar con la familia de los Adelanta-
dos por la línea legitima, pues su única hija, doña Ana de Cepeda y Rivera, casó en Lima con don Diego Vázquez de Arce y Lugo (hijo de doña Jacoba de Cabrera y Lugo.

Por último, una nieta de López de Cepeda, doña Luisa de Arce, volvería a las Canarias en compañía de su esposo, don Luís Fernández de Córdoba, señor de la villa de El Carpio, caballero de 1a Orden de Santiago y capitán general de las Islas Canarias (1638-1643). (En: A. Rumeu de Armas, 1991, nota a pié de página)

1554 enero 11.
ARRENDAMIENTO DE  TIERRAS Y AGUA DEL HOSPITAL DE SAN MARTÍN EN LA VEGA DE  AGUATONA,  LINDANTES CON TIERRAS DEL DEÁN.  Las Palmas. 
“Hernando  de  Aguilar,    vecino  de  la  isla,  como   cesionario   del Hospital de San Martín de esta ciudad, arrienda  a Diego Xara, vecino  de la ciudad  de Telde, una  suerte  de tierras que el hospital  tiene  en el tér- mino  de Agüimes en la Vega de Gatona  [¿Aguatona?] con el agua que le pertenece  para su riego (una suerte), que linda de un parte con tierras del Deán y de otra con tierras de Valdevieso, por tiempo  de cuatro  años que corren  desde   del presente  y por precio  de 10 doblas  cada año; a cuen- ta ha recibido  las 10 doblas de la renta  del primer  año.”

1554 febrero 15.
PETICIÓN  DE  JUAN GONZÁLEZ  ,CAÑAVERERO,  VECINO EN EL  “YNGENIO  QUE   DICEN  DEL AGUIMES”,  DE  DOS   TROZOS DE  TIERRA  EN   “AGUAMARHUZ”  CON  DOS  CUEVAS Y UN MANANTIAL,SEPARADOS  POR EL CAMINO QUE  VIENE DE TELDE  PARA EL CARRIZAL.Las  Palmas. “…Mui magnificos  señores  Juan  Gonçalez  cañaverero  vezino  en  el yngenio  que   dizen  del  Agüimes beso   las manos  de  vuestras  señorias eles pido e subplico que en vezindad  me hagan merçed de un pedaço de tierra de sequero montuosa  que nunca  fue aprobechada que es  a donde dizen    Aguamarhuz    que  se entiende  el….barranco de  agua Marhuz  de una  parte   e de la otra  aguas vertientes  para dentro  del dicho  barranco desde  las albarradas  de las tierras  de sembrar  pan  en Aguatona  el bar- ranco  abaxo hasta el camino  que  viene de Telde  para el Carrizal  e por baxo del dicho  camino  otro  pedaço  de tierras que esta linde  con este e que puede  aver el uno  u el otro  hasta en cantidad  de diez e seys hane- gadas  de   tierras   de   probecho   lo  que   en   este   termino   se  pudiere aprobechar   hasta  en  cantidad   de  diez  e  seys hanegadas  de  tierra  de probecho  lo  que en este termino  se pudiere  aprobechar  hasta en canti- dad de las  dichas dieze seys hanegadas  de tierra con más dos   quevas e un  manantial  que  estan  en el dicho  barranco  para  las aprobechar  y en hazerlo asi vuestras señorias haran  serviçio a Dios Nuestro  Señor e a mi muy grang merçed,cuyo  mui  magnifico ayuntamiento y estado  Nuestro Señor en su serviçio prospere  amen.”
E por los dichos  señores  governador  e Regidores vista dixeron  que le davan e dieron  las dichas tierras que pide e donde  las pide debaxo de los dichos linderos sin perjuizio  de terçero  e con las condicçiones  de las tierras de sequero  e las quevas   le davan e dieron  conforme  a la horde- nança  que  en  la dicha  rrazon  habla  e dello  le mandaron se asiente  en este libro de los Repartimientos  e se le de titulo.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)



1554 Febrero 19.
Carta de Serrano del gobernador colonial de Gran Canaria Serrano Vigil al Príncipe: "Y yo siempre fui amigo-declarado dar noticia a V. A., y ansi le he dicho en las pasadas que un caballero que se dize D. Pedro Ceron, el cual esta is1a le eligio por general de la gente de guerra y yo lo he tenido por bien: el cual en lo de arriba a servido muy bien a V. A. con su persona y hacienda y aunque don Rodrigo venga a esta isla conviene al servicio de V. A. que este caballero tenga la mano en las cosas de la guerra como hasta ahorra ha tenido; que es muy rico y tiene muchos campos, y esta bienquisto, que toda la gente de la is1a le seguira y afrontara a do el arrastrare..." A. S.: Diversos de Castilla. Tomo 13-51. (En: A. Rumeu de Armas, 1991, nota a pie de página)

1554 febrero 26.
PETICIÓN  DE  FRANCISCO DÍAZ,  VECINO DE  AGUIMES DE UNAS TIERRAS CON  UNAS CUEVAS Y LICENCIA PARA UN ASIENTO DE  COLMENAS,  ENTRE EL BARRANCO DE  AGUA- TONA Y EL BARRANCO QUE  PARTE EL TÉRMINO  DE AGUIMES.

Las Palmas.  “…Muy magnificos señores, Françisco Diaz vezino desta ysla en Aguymes  besa  las  manos  de  vuestras  señorias  y les  suplica  le  hagan merçed  de un  pedaço  de tierra  en que  podra  aver una  suerte  de tierra poco  más  o  menos   con  otros  pedaçuelos   que  estan  alrrededor   que podran  tener  otra suerte  poco más o menos  que es en el dicho  termino de  Aguymes que  linda  de  la  una  parte  la  cordillera  del  barranco   de Aguatona y por la otra banda  de abaxo las cordilleras de los dichos bar- rancos que bienen  a juntar uno con otro e por la banda  de arriba tierras realengas. Y ansi  mismo  suplica  le hagan  merçed  de  unas  cuebas  que estan dentro  del dicho  pedaço  de tierra  con que ansymysmo se le haga merçed  de liçençia para un  asyento  de colmenas  en la dicha  tierra  por que en ello le haran vuestras señorias muy gran bien e merçed, cuyo muy magnifico ayuntamiento nuestro  señor aumente  por su santo serviçio.

E por los dichos señores gobernador e regidores vista dixeron que se le dan syn perjuizio  de terçero  las tierras que pide y donde  las pide sin per- juizio  de  terçero  e con  las condiçiones  de  las tierras  de  sequero  e man- daronselas  asentar en el libro de repartimientos e que se le de titulo  dellas e que las cuevas las tenga conforme  a la hordenança.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)


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