viernes, 6 de marzo de 2015

ALGUNOS DE LOS ESCLAVOS GUANCHES VENDIDOS EN SEVILLA-II





Recopilados por Eduardo Pedro García Rodríguez

1497 noviembre 22.

Testamento de Juan de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y vecinos que fueron de Fuerteventura) estando enfermo de bubas y queriendo yr sobre las Yndias de Antilla.=Debe a la Sra. D." Ynés de Peraza, señora de las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día vale 575 maravedís, de préstamo que le prestó por le hacer merced y buena obra; manda que lo paguen sus albaceas, de sus bienes.=Débele Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa, de préstamo que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena obra; manda a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=lEancia SU ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepoltura que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. Y si falleciere en las Yndias, donde va que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en la villa o lugar de la isla donde fuere vecino.=Manda a Ntra. Sra. del Mal Paso, qu'es en las dichas Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda (Francisco Morales Padrón, 1961).

1497 mayo 14.
E1  Gobernador Alonso Fajardo,  en  la villa  del  Real de Las Palmas, de la YsIa de  la Gran Canaria, recibió por vecino  desta Ysla a Batista de Riberol, y le señaló por  su vecindad una cavallería de tierra  de  regadío  en  el  lugar  de Agáldar,  debaxo  de la  acequia, se  consta en el libro de repartimientos de la Ysla hecho por los Gober-  nadores. (V. copia en doc. de 1  de agosto  de 1509, en Apéndice V). (M.  Q.,  6509, fols. 695 y v.). Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 mayo 20.
Juana  de Morales (mujer de Andrés de Yévenes,  vecina  de Sevilla)  vende  a Alfonso Martínez  de Arroya   a María  Ruiz  (su mujer, ambos vecinos  de  esta  ciudad)  una  esclava  canaria,  de  nombre  ..   y edad    ., natural de Tenerife.  (G. B.  B.,  sin fol.). Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 mayo 27.
Gonzalo  de Ocaña (hijo de Gonzalo de  Ocaña, difunto, vecino de Sevilla en la collación de San Vicente)  debe a  Ruy García (mercader, vecino de Sevilla en la collación de Santa María)  dos mil  seiscientos veinte maravedís,  de préstamo  para fornecimiento, abastecimiento   despacho  del  navio  de Alonso Martín  de  la Gordia,
vecino de  la villa de Palos, en que  lleva sus mercadurias para el próximo  viaje que van a hacer a  las Yslas de Canaria; van a riesgo y ventura de  Ruy Garcia, sobre el dicho navio, y fletes y aparejos, desde el puerto en  que está a las dichas Yslas   cada una de ellas, y  tornaviaje  al puerto  de Las Muelas del río de Guadalquivir, hasta 24 horas de echar la primer  ancla, y  a pagar dentro de  los  ocho días primeros  de  la llegada  aquí  a salvamento.. .  (J. R. P.,  fol. 255). Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 julio 27.
Poder  de Ynés de Linpias (muger de Alfonso Jayme, difunto, vecina que fue de la Ysla de Gran Canaria, y que  ahora lo es de la villa de Niebla, villa del Sr. Duque de Medina Sydonia),  por  sí y  en nombre  de Marina, Diego y Francisco,  su hija  e hijos  legí- timos y herederos de su marido  (como  tutora y  curadora por  oficio de  Juez competente), a Juan Diaz (zapatero, vecino de la dicha Ysla de Gran  Canaria, en el  lugar de Las Palmas)  especialmente para que en nombre  de sus hijos pueda  cobrar de cualquier  personas, los  pedazos de tierras  cañaverales de azúcares, que ella y  el dicho  su marido han y  tienen  en  término del dicho Real de Las  Palmas, enfrente del ingenio de Constantino  [Cairasco],  vecino  de dicha Ysla;  que ha por  linderos,  de  la una  parte,  dicho  ingenio;  que  pueden  haber  en  los  dichos  dos  cañaverales  cuatro aranzadas, poco más o menos, los cuales están hoy rematados  en  el dicho Costantín por mandamiento de cierto Juez; y poder para pleitos  en razón de el10  ... (J. R. P.,  fol.
423).  (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 octubre 3.
Tomás  de Palencuela  (mercader  burgalés,  estante en esta cibdad de Sevilla) otorga que da su poder conplido a  Rodrigo  . de Castro  (mercader burgalés,  estante  en  la cibdad  de  Sevilla, mostrador desta presente carta de poder)  especialmente para que por  él  o en su nombre pueda  protestar  e proteste a  Pedro Martines  (clérigo e  vezino  de .la villa  de Almonte)  qualquier cantidades de  axeyte  que me  deve.  (J. R. P.,  fol.
594).  (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 octubre 14.
Carta  de quito de Teresa Fernández  {mujer de Diego Fernández,  difunto, vecina  de Sevilla en la collación de Santiago)  a Gómez de Córdoba (vecino de Sevilla en  la collación de San Estevan)  en  razón  de una  esclava  canaria,  que della ovo comprado por seis mil maravedís.  (J. R. P.,  fol. 623 v.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 noviembre 4.
Gonzalo  de  Segura  (zapatero, marido  de
Leonor  González,  vecino  de  Sevilla  en  la  collación  de  San  Ysidro)  debe  a Martín
Alimán  y a Juan Alimán,  trapero,  su hermano  (vecinos de Sevilla en la collación de San Bartolomé), tres mil seiscientos veinte maravedís de la moneda que corre en las Yslas Canarias, de préstamo, que va a riesgo de  las mercaderías que lleva Gonzalo de Segura en  el navío de Alfonso García el Viejo, que va a las dichas Yslas de Canaria,   se obliga a pagar en la Ysla de Gran Canaria, a  los veinte días de la  llegada en salvo a dicha Ysla  ... (J. R.  P.,  fol. 695 v.).
(Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 noviembre 22.
Poder  de  Juan  de Guarzanaro  (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, su mujer, difuntos),  natural de la Ysla de fuerteventura, que ahora está en la Ciudad de Se-
vilia, a Lope de Salazar, vecino de la Ysla de Gran Canaria, para cobrar,  en juicio   fuera de él de cualesquier personas,  todos los bienes suyos,  y como heredero de  su padre y de su madre  y de Francisco de Guarzanaro,  su hermano, vecino de la Ysla de Lanzarote, difunto; y  todos  los frutos  y rentas. (J- R.  p-,  f~l-  '714.). (J. R.  P.,  fol. 695 v.).  (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 noviembre 22.
Testamento  de Juan  de  Guarzanaro  (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y  vecinos  que fueron  de  Fuerteventura)  estando  enfermo  de  bubas y queriendo yr  sobre  las Yndias de Antilla.=Debe  a la  Sra. D." Ynés  de Peraza, señora de  las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día  vale  575 maravedís,  de préstamo  que  le prestó  por  le hacer merced   buena obra; manda  que  lo paguen  sus albaceas, de sus bienes.=Débele  Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa,  de préstamo que  le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena  obra; manda  a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=Envia su   ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepultura  que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de  requiem:  una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas  quieran.=A  las mandas forzosas,  cinco maravedís. H  si falleciere en las  Yndias, donde va. que Lope de Salazar y  su mujer Beatriz de Párraga,  su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en  la villa o lugar de la isla  donde fuere  vecino.=Manda  a Ntra. Sra. del Mal Paso, ques  en las  dichas  Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda a Santa Catalina, de  la Ysla de Gran Canaria, dos libras de cera. Y manda  a sus albaceas compren, de sus bienes,  cinco mil mravedís de ropas de  axuar y atavíos de casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana  que más lo haya menester  para que ruegue a Dios por  su ánima; y  con  otros cinco mil mrs. saquen un cautivo de  los de  tierra de moros, enemigos  de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su ánima.=Y  manda  a sus albaceas que le paguen  a toda persona que jure que le debe hasta  cien maravedís abaxo, para descargo de su ánima e conciencia; y que le  digan desde que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su  vigilia, cumpliendo según se  suele  hacer a un hombre llano 11).

Nombra heredera en el remanente de sus bienes a Beatriz de Párraga,  su tía, mujer de
Lope  de Salazar, vecinos de  la Ysla  de Gran Canaria,  con cargo de cubrir la sepultura de sus padres y hermano todos los días de su vida, según es  uso y costumbre. Nombra alsbaceas  a Lope de Salazar  y Beatriz de Párraga, a los que da el poder necesario.  .. (J. R.  P.,  folios  715 v.-716  V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1498 enero 8.
Batista  de Riberol  (mercader ginovés, vecino de  la Gran Canaria face su personero, para pleitos,   Juan Ortega, vecino  de Sevilla.  (F.  SE., fol. 267 v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 noviembre 22.
Testamento  de Juan  de  Guarzanaro  (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y  vecinos  que fueron  de  Fuerteventura)  estando  enfermo  de  bubas y queriendo yr  sobre  las Yndias de Antilla.=Debe  a la  Sra. D." Ynés  de Peraza, señora de  las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día  vale  575 maravedís,  de préstamo  que  le prestó  por  le hacer merced   buena obra; manda  que  lo paguen  sus albaceas, de sus bienes.=Débele  Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa,  de préstamo que  le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena  obra; manda  a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=Envia su   ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepultura  que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de  requiem:  una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas  quieran.=A  las mandas forzosas,  cinco maravedís. H  si falleciere en las  Yndias, donde va. que Lope de Salazar y  su mujer Beatriz de Párraga,  su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en  la villa o lugar de la isla  donde fuere  vecino.=Manda  a Ntra. Sra. del Mal Paso, ques  en las  dichas  Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda a Santa Catalina, de  la Ysla de Gran Canaria, dos libras de cera. Y manda  a sus albaceas compren, de sus bienes,  cinco mil mravedís de ropas de  axuar y atavíos de casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana  que más lo haya menester  para que ruegue a Dios por  su ánima; y  con  otros cinco mil mrs. saquen un cautivo de  los de  tierra de moros, enemigos  de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su ánima.=Y  manda  a sus albaceas que le paguen  a toda persona que jure que le debe hasta  cien maravedís abaxo, para descargo de su ánima e conciencia; y que le  digan desde que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su  vigilia, cumpliendo según se  suele  hacer a un hombre llano 11).

Nombra heredera en el remanente de sus bienes a Beatriz de Párraga,  su tía, mujer de
Lope  de Salazar, vecinos de  la Ysla  de Gran Canaria,  con cargo de cubrir la sepultura de sus padres y hermano todos los días de su vida, según es  uso y costumbre. Nombra alsbaceas  a Lope de Salazar  y Beatriz de Párraga, a los que da el poder necesario.  .. (J. R.  P.,  folios  715 v.-716  V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1498 julio 26.
En  Triana, Ysabel  de las Casas  (mujer  del Jurado Pedro de  Lugo,  difunto, vecino de Triana, guarda y collación  de Sevilla) hace su personero  a Garcia de Castilla  (procurador, vecino  de Sevilla) para  todos  los pleitos movidos  y por mover. (L. G. C., fol. 85  v.).  (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 noviembre 22.
Testamento  de Juan  de  Guarzanaro  (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y  vecinos  que fueron  de  Fuerteventura)  estando  enfermo  de  bubas y queriendo yr  sobre  las Yndias de Antilla.=Debe  a la  Sra. D." Ynés  de Peraza, señora de  las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día  vale  575 maravedís,  de préstamo  que  le prestó  por  le hacer merced   buena obra; manda  que  lo paguen  sus albaceas, de sus bienes.=Débele  Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa,  de préstamo que  le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena  obra; manda  a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=Envia su   ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepultura  que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de  requiem:  una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas  quieran.=A  las mandas forzosas,  cinco maravedís. H  si falleciere en las  Yndias, donde va. que Lope de Salazar y  su mujer Beatriz de Párraga,  su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en  la villa o lugar de la isla  donde fuere  vecino.=Manda  a Ntra. Sra. del Mal Paso, ques  en las  dichas  Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda a Santa Catalina, de  la Ysla de Gran Canaria, dos libras de cera. Y manda  a sus albaceas compren, de sus bienes,  cinco mil mravedís de ropas de  axuar y atavíos de casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana  que más lo haya menester  para que ruegue a Dios por  su ánima; y  con  otros cinco mil mrs. saquen un cautivo de  los de  tierra de moros, enemigos  de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su ánima.=Y  manda  a sus albaceas que le paguen  a toda persona que jure que le debe hasta  cien maravedís abaxo, para descargo de su ánima e conciencia; y que le  digan desde que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su  vigilia, cumpliendo según se  suele  hacer a un hombre llano 11).

Nombra heredera en el remanente de sus bienes a Beatriz de Párraga,  su tía, mujer de
Lope  de Salazar, vecinos de  la Ysla  de Gran Canaria,  con cargo de cubrir la sepultura de sus padres y hermano todos los días de su vida, según es  uso y costumbre. Nombra alsbaceas  a Lope de Salazar  y Beatriz de Párraga, a los que da el poder necesario.  .. (J. R.  P.,  folios  715 v.-716  V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1499 diciembre 28.
Poder  de Fernando Portocarrero  (vecino de Sevilla en la collación de San Miguel)  a Juan de Arévalo (barbero, vecino de Sevilla en la collación de San Andres)  especialmente para demandar de Juan de Melo, ferrero, e de Diego Amarillo, su suegro, vecino de la Gran Canaria, cinco mil1 maravedis  (que le deve por  recabdo  público que pasó ante Diego de San Clemente, escrivano público de Gran  Canaria),   asimismo  de Gonzalo  de Córdova  (estante  en dicha Ysla)  dos albalaes de quinientos  maravedís que le debe; y para cobrar, y para  hacer  toda  clase de diligencias, y pleitos,  en  razón  de tales  cobranzas:  (F.  SE.,  1500, l.,  fol. 11).
(Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 noviembre 22.
Testamento  de Juan  de  Guarzanaro  (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y  vecinos  que fueron  de  Fuerteventura)  estando  enfermo  de  bubas y queriendo yr  sobre  las Yndias de Antilla.=Debe  a la  Sra. D." Ynés  de Peraza, señora de  las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día  vale  575 maravedís,  de préstamo  que  le prestó  por  le hacer merced   buena obra; manda  que  lo paguen  sus albaceas, de sus bienes.=Débele  Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa,  de préstamo que  le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena  obra; manda  a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=Envia su   ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepultura  que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de  requiem:  una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas  quieran.=A  las mandas forzosas,  cinco maravedís. H  si falleciere en las  Yndias, donde va. que Lope de Salazar y  su mujer Beatriz de Párraga,  su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en  la villa o lugar de la isla  donde fuere  vecino.=Manda  a Ntra. Sra. del Mal Paso, ques  en las  dichas  Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda a Santa Catalina, de  la Ysla de Gran Canaria, dos libras de cera. Y manda  a sus albaceas compren, de sus bienes,  cinco mil mravedís de ropas de  axuar y atavíos de casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana  que más lo haya menester  para que ruegue a Dios por  su ánima; y  con  otros cinco mil mrs. saquen un cautivo de  los de  tierra de moros, enemigos  de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su ánima.=Y  manda  a sus albaceas que le paguen  a toda persona que jure que le debe hasta  cien maravedís abaxo, para descargo de su ánima e conciencia; y que le  digan desde que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su  vigilia, cumpliendo según se  suele  hacer a un hombre llano 1).

Nombra heredera en el remanente de sus bienes a Beatriz de Párraga,  su tía, mujer de
Lope  de Salazar, vecinos de  la Ysla  de Gran Canaria,  con cargo de cubrir la sepultura de sus padres y hermano todos los días de su vida, según es  uso y costumbre. Nombra alsbaceas  a Lope de Salazar  y Beatriz de Párraga, a los que da el poder necesario. (J. R.  P.,  folios  715 v.-716  V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc) (1)  Es extraño  que sus padres  sean naturales  de Tenerife ;Proceden  de  los  cautivados por Diego de Herrera ?  El es natural  de Fuerteventura y rico.
 
1531 noviembre 27.
Rodrigo de Aroche (vecino de la villa de Zafra) vende al Reverendísimo y magnífico Señor Don Luys, Obispo de la Ciudad de… y Administrador perpetuo del priorazgo de Canaria, una esclava de color blanca, nombrada Blanca, de diez y acho años, con una niña, su hija, llamada Polonia, de año y medio de edad, por precio de cuarenta y cinco ducados de oro de justo peso, de a 375 maravedís cada uno, que ha recibido de Su Señoría. (D. T., fo-lio 184.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1492 agosto 20.

Pedro de Cales e Johan de Medina e Andrés Sánchez e Pedro de la Gomera e Juan de Sevilla e Marcos e Pedro de Moguer e Diego López e Rodrigo Alvarez e Juan Garrido e Diego Cherino e Juan de Jerez e Pedro de Frías e Martín de Rota e Diego Navarrete e 
Pedro de Baeca e Fernando de Córdova e Miguel de Córdova e Francisco de Sevilla e Francisco de Flandes e Pedro de Gibraltar e Pedro de Narchena e Pedro del Alhóndiga e Pedro Fernández e Juan de Castilla e Pedro Escudero e Bartolomé de Triana e Francisco de Palos, canarios de la Gomera; e Cristóval Delgado e Pedro García, canarios de la Grand Canaria: otorgan que fasen pleito e postura ... con el Capitán Alonso de Lugo que está presente, en tal manera qu'ellos se an obligado  de yr a servir por peones lanceros, con sus dardos c espadas, en la conquista que el Rey e la Reyna.. han mandado faser a los canarios de las yslas de La Palma e Tenerife; e que están prestos a faser el dicho servicio ... quando .., por el dicho Capitán fueren llamados, e estén en el dicho servicio un año; e se á obligado el dicho Capitán a les dar mantenimiento desde el día que partyeren al dicho servicio del Puerto de Sauta María; e que no se puedan partir del servicio fasta que sea el dicho tiempo conplido, salvo si la dicha conquista se acabare antes ...

E por razón del dicho servicio cada uno d'ellos tendrá una parte según . . . se diere a los otros peones lanceros castellanos e canarios que estovieren fasyendo el dicho servicio; e que el dicho Capitán se á obligado a poner los dichos canarios, en navios qu e se uvieren para acabado e1 dicho sservicio en el dicho tiempo o syendo acabada la dicha conquista, en tierra del Rey Nuestro Señor; e otorgan e prometen de se no partir 


E el dicho Capitán, seyendo presente, otorgó e rescibió en sí la estipulación deste contrabto. Otro tal pleito e postura otorgó por .ballestero Pedro de Toledo, criado de Pedro Coronado, estante en Sevilla, con el dicho Capitán Alonso de Lugo, por el dicho tiempo e prescio e ccndiciones e penas e posturas... (J. C., Sol. 454). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1496 marzo 26.

Marco de la Palma (vesyno del lirgar de Trigueros, lugar del Duque de Medina), por sy e en nombre e en voz de todos los peones que con él quedaron e murieron en la conquista de Tenerife (fasta ser ganada la Ysla, por los quales fase bos e cabción ...), otorga que ha resibido, e rescibió en su poder, de Alonso de Lugo (Governador 
de la dicha ysla de Tenerife, que estava ausente.. .), 15.000 maravedís d'esta moneda que se agora usa, los quales son de todo el servicio que él e los dichos peones que llevó a la dicha Ysla fizieron en la dicha conquista, desde todos 1os tiempos que estovieron en la dicha Ysla fasta que de ella vinieron e la ganaron ; los dichos 1.5.000 maravedir . . . son en su poder. Por ende, otorga que da por libre e por quito al Gobernador e al señor Duque de Medina Sydonya, e les fase fin e quitamiento e libramiento, agora e para siempre jamás, de guisa e de manera que contra el dicho Duque ni contra el dicho Governador . .. ni contra sus bienes ni herederos les non quedó debda ni demanda ni derecho ni bos ni rasón ni abción ni otra cosa alguna que se aya de dar . ni complir sobre rasón de lo que se aya de dar ni complir sobre rasón de lo que dicho es; e otorga e promete qu'él ni los dichos peones qu'él asy llevó a la dicha conquista farán demanda . . . sobre esta dicha razón, e sy  la fizieren o a pleyto o a contienda de justicia los troxeren, que les non valan en esta razón; sobre lo qual dio poder complido n la Justicia. (J. M., fol. 64 v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1496 noviembre 9.

Constanza Espinosa (vecina de Sevilla en la collación de Santa María) vende al Bachiller Luis de Herrera, vecino de Sevilla, una esclava canaria de color lora, de nombre Beatriz, de edad de veynte años y natural de la Ysla de La Palma, por precio de tres mil maravedís, que declara haber recibido. (L. G. C., fol. 542 v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)


1497 mayo 20.

Juana de Morales (mujer de Andrés de Yévenes, vecina de Sevilla) vende a Alfonso Martínez de Arroya y a María Ruiz (su mujer, ambos vecinos de esta ciudad) una esclava canaria, de nombre .. . y edad . . ., natural de Tenerife. (G. B. B., sin fol.). Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 octubre 14.

Carta de quito de Teresa Fernández {mujer de Diego Fernández, difunto, vecina de Sevilla en la collación de Santiago) a Gómez de Córdoba (vecino de Sevilla en la collación de San Estevan) en razón de una esclava canaria, que della ovo comprado por seis mil maravedís. (J. R. P., fol. 623 v.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 noviembre 22.

:Poder de Juan de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, su mujer, difuntos), natural de la Ysla de fuerteventura, que ahora está en la Ciudad de Se- 
vilia, a Lope de Salazar, vecino de la Ysla de Gran Canaria, para cobrar, en juicio y fuera de él de cualesquier personas, todos los bienes suyos, y como heredero de su padre y de su madre y de Francisco de Guarzanaro, su hermano, vecino de la Ysla de Lanzarote, difunto; y todos los frutos y rentas. (J- R. p-, fol- '714.). (J. R. P., fol. 695 v.). 
(Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

1497 noviembre 22.

Testamento de Juan de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y vecinos que fueron de Fuerteventura) estando enfermo de bubas y queriendo yr sobre las Yndias de Antilla.=Debe a la Sra. D." Ynés de Peraza, señora de las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día vale 575 maravedís, de préstamo que le prestó por le hacer merced y buena obra; manda que lo paguen sus albaceas, de sus bienes.=Débele Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa, de préstamo que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena obra; manda a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=Envia su ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepultura que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem: una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. H si falleciere en las Yndias, donde va. que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en la villa o lugar de la isla donde fuere vecino.=Manda a Ntra. Sra. del Mal Paso, ques en las dichas Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda a Santa Catalina, de la Ysla de Gran Canaria, dos libras de cera. Y manda a sus albaceas compren, de sus bienes, cinco mil mravedís de ropas de axuar y atavíos de casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana que más lo haya menester para que ruegue a Dios por su ánima; y con otros cinco mil mrs. saquen un cautivo de los de tierra de moros, enemigos de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su ánima.=Y manda a sus albaceas que le paguen a toda persona que jure que le debe hasta cien maravedís abaxo, para descargo de su ánima e conciencia; y que le digan desde que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su vigilia, cumpliendo según se suele hacer a un hombre llano 11).

Nombra heredera en el remanente de sus bienes a Beatriz de Párraga, su tía, mujer de 
Lope de Salazar, vecinos de la Ysla de Gran Canaria, con cargo de cubrir la sepultura de sus padres y hermano todos los días de su vida, según es uso y costumbre. Nombra alsbaceas a Lope de Salazar y Beatriz de Párraga, a los que da el poder necesario. .. (J. R. P., folios 715 v.-716 V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)

(1) Es extraño que sus padres sean naturales de Tenerife. ¿Proceden de los cautivados por Diego de Herrera? El es natural de Fuerteventura y rico.


1502 febrero 11.

Viernes.-Contrato de soldada de Juan Canario, natural de la Ysla de Thenerife, estante en Sevilla, con Alfonso de Alcázar, escudero, vecino de Sevilla en la collación de San Alfonso, para servirle por seis años cumplidos. (Hoja muy maltratada y rota). (J. R. P., hoja suelta). (Francisco Morales Padrón, 1961)

1524.
Contraen matrimonio por el rito católico los guanches don Juan Gaspar y doña Juana Pérez, ésta era hija de don Pedro Miguel (fallecido antes de 1574) y de doña María Hernández (que testó ante Urtarte el 3 de marzo de 1574), y nieta paterna de don Miguel de Güímar, guanche principal de dicho bando, y de doña Isabel, hija del mencey de Abona. Doña Juana murió antes de 1574.

Fuente:
(Francisco Morales Padrón
Canarias en el Archivo de Protocolos de Sevilla
En: Anuario de Estudios Atlánticos, nº 8, año 1962, pags. 355-492)


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