jueves, 22 de noviembre de 2012

CAPITULO V (II)







EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

ÉPOCA COLONIAL:  SIGLO XVI- DÉCADA 1501-1510



CAPITULO V (II)


Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen


 1504. […] Otro documento, también de grande interés, debemos a la vigilancia del mismo Tribunal (de la Inquisición). En su afán por averiguar el origen y descendencia de todas las familias de las monarquías autóctonas Canarias, ordenaba en 1504 al Licenciado Bartolomé López de Tribaldos, único Inquisidor entonces de las Canarias, la formación de un padrón general referente a estas islas que comprendiese, con la debida separación, los españoles, indígenas y moriscos y los esclavos de Guinea y Berbería. El padrón se levantó y fue dirigido a Sevilla, sin dejar desgraciadamente copia alguna en el archivo de Las Palmas


Generalmente se ha creído que la raza primitiva isleña desapareció poco después de la conquista, diezmada por las privaciones, los trabajos de una forzada servidumbre y la deportación, llegando tal vez sus escasos restos a fundirse con las últimas capas sociales de la población advenediza que vino a repoblar su suelo, perdiéndose de este modo el tipo característico de su origen.

Este error, en que han incurrido escritores eminentes nacionales y extranjeros por no haberse detenido a examinar con atención los datos que abundantemente proporcionan los archivos públicos y privados del Archipiélago, está hoy plenamente reconocido y se comprueba suficientemente a la luz de la investigación histórica, siendo numerosos y fehacientes los datos y noticias sobre los cuales puede establecerse la autenticidad de nuestra afirmación.

Desde luego, un observador atento e ilustrado distinguirá en la raza que hoy puebla las
Canarias el tipo español, más o menos mezclado con la sangre árabe-ibérica, y el indígena, adulterado con frecuencia como aquél con la sangre de las diversas razas bereber, judía y negra que, sucesivamente, han venido a cruzarse con ella sobre el suelo isleño. Mas a pesar de esta adulteración que ha ido siempre en progresión creciente, el tipo primitivo, siguiendo la ley de la herencia, descuella siempre como originario, apa- reciendo de generación en generación los rasgos típicos de su fisonomía, el color de su piel, el de sus ojos y el matiz especial de su cabello.

Muchos son los documentos que, a raíz de la conquista, vienen a demostrar la fusión de las dos razas, vencida y vencedora, sus alianzas, su influencia en la colonización del país y las ramificaciones que entre el pueblo y la nobleza se establecieron como producto de esa misma unión.

Los libros de datas o repartimientos conservan en sus páginas auténticos comprobantes
de estos procedimientos, y hasta en las primeras crónicas hallamos también numerosas indicaciones que nos autorizan a creer que, la nobleza indígena, no fue del todo relegada al olvido por aquellos a quienes se encargó la división del suelo. En efecto, desde la remota rendición de Lanzarote podemos observar que, el desgraciado rey Guadarfia, solicitó de Juan de Bethencourt la concesión del lugar donde había de fijar su residencia, con algunas tierras de labor necesarias al sustento de su familia. El barón normando, haciendo justicia a tan modesta pretensión, donó al despojado rey el castillo de Zonzamas con la condición de no poder nunca fortificarlo, añadiendo trescientos acres de tierra y bosque sujetos al impuesto del quinto que había señalado como contribución general a todos los nuevos propietarios, con reserva sólo de la orchilla.

Guadarfia quedó muy satisfecho con esta dádiva, añaden los capellanes de Bethencourt, porque nunca creyó obtener tanto ni tan bueno.

Los dos reyes de Fuerteventura recibieron a su instancia casas y hogar y un lote de 400 acres de terreno, con lo que ambos quedaron también al parecer indemnizados.

La historia no nos ha transmitido el reparto que se hiciera a los jefes subalternos de esas islas, únicas entonces conquistadas, pero debemos suponer que recibieron algunas tierras donde apacentar sus ganados y depositar sus semillas, porque siendo escaso el número de colonos europeos y considerando como hecho indubitado la tranquilidad que sucedió a la conquista, es casi evidente que no fue vulnerado el derecho de propiedad de que disfrutaban los isleños, pues de lo contrario se hubieran suscitado sublevaciones, quejas y conflictos cuyo recuerdo hubiera llegado de algún modo hasta nosotros.

Después de la rendición de Gran Canaria, el rey D. Fernando Guanarteme obtuvo el tér-
mino de Guayedra, laderas áridas y desoladas que se extienden más allá de Agaete, y cuando llegó el momento de la rendición de Tenerife, los reyes de aquella isla recibieron de Alonso de Lugo numerosas datas de que también participó el rey de Canaria y los guerreros que le acompañaban, prestando relevantes servicios a aquel
general.

La costumbre establecida de recibir los indígenas en el bautismo el nombre de sus padri-
nos y protectores y la de castellanizar, traduciéndolos, los sobrenombres con que se distinguían entre los suyos; dio lugar posteriormente a que fuese de una dificultad casi insuperable la investigación de sus filiaciones y la correlación exacta de sus complicadas y numerosas alianzas. Sin embargo, el estudio más detenido de esas mismas antigüedades ha principiado a ilustrar esta parte tan oscura de la historia isleña, porque conocidos algunos de aquellos enlaces ha sido menos difícil deducir la veracidad de otros y asentar sobre bases más sólidas la afirmación antes enunciada de que, la raza autóctona, constituyó el fondo de la población del Archipiélago después de conquistado, sin que hubiese desaparecido total ni parcialmente como antes había llegado a supo-nerse.

Ejemplos nos ofrece, desde los albores de la conquista, el primer y despótico señor de las islas menores, Maciot de Bethencourt, cuando se unió legítimamente con Teguise, hija de Guadarfia, demostrando con este enlace a normandos y españoles el aprecio que le merecía la raza subyugada. Otro pariente suyo, que llevaba el nombre de Maciot Perdomo de Betancor -hijo de Arriete Perdomo y de Margarita de Bethencourt, naturales de Normandía-, hallándose en Lanzarote y siguiendo tan notable ejemplo, obtuvo por esposa a la infanta canaria Thenesoya Vidina, que se llamó Luisa en el bautismo católico, célebre por su rapto en los Bañaderos y de cuyo enlace pretenden descender muchas hidalgas familias del Archipiélago.

En Gran Canaria casó la hija de Guayasen el Bueno, de quien fue tutor el Guánarteme D. Fernando, con Bernando de Guzmán uno de los conquistadores, hijo de Alonso Pérez de Guzmán-, natural de Toledo, señor de Batres y Alenvillet, habiendo trocado en el bautismo católico su nombre de Arminda por el de Catalina; y la hija legítima del Guanarteme, la infanta Guayarmina, que llevó luego el nombre de Margarita, casó con Miguel de Trexo Carvajal, hijo de Alonso Pérez Carvajal, señor de Grimaldo y la Corchuela y de Elvira Fernández Trexo.

Otra isleña de Gran Canaria, hija hermosísima del guaire Utindana o Autindara -her-
mano éste de Thenesoya--, que recibió en el bautismo católico el nombre de doña Catalina Fernández Guanarteme, casó con el capitán Francisco de Cabrejas, que obtuvo como conquistador extensos repartimientos de tierras y aguas en Gáldar y de cuyo enlace hay numerosa descendencia.

Sancho de Berrera, llamado «el viejo», hijo de Diego de Berrera y de doña Inés Perazá:
señor que fue de las islas de Lanzarote y Fuerteventura, había casado por el mismo tiempo en primeras nupcias con doña Violante de Sosa, hija del señor de la villa de Fernán Núñez, de quien no tuvo sucesión, heredando su estado y señorío una hija natural que hubo en doña catalina de Fía, hija de Guillén de Fía, nieto éste del rey de Lanzarote, Luís Guarfia. Esta niña, que tal vez legitimó -según las costumbres de aquellos tiempos y aún cuando hubiera nacido viviendo su legítima esposa-, se llamó doña Constanza Sarmiento, que casó con su primo Pedro Femández de Saavedra, tronco de los marqueses de Lanzarote y de los señores de Fuerteventura. Enlazados luego con la primera nobleza de España, son hoy sus últimos representantes los marqueses de Bélgica y los condes de Santa Coloma.

Al rendirse la isla de Tenerife, el rey Bencomo de Taoro dejaba también dos hijas. Dácil, cantada por Viana en su poema heroico, eligió el nombre de Mencia y casó con Gaspar Hemández (Adxoña), rey que había sido de Abona, y María, que era el nombre de la segunda, se enlazó con Juan Doramas, hijo del célebre guerrero de este nombre. La princesa Dácil, o sea doña Mencia, hubo de su citado matrimonio una hija llamada Catalina que fue la casada con el capitán de caballos Hernán García del Castillo, dando lugar con este enlace a la ficción poética de Viana.

Después de la rendición de los reyezuelos de Tenerife, cada uno tomó un nombre especial, habiéndonos conservado la historia algunos de estos nombres. El rey Bencomo se llamó Cristóbal; el de Anaga, Pedro de los Santos; el de Güímar, Juan de Candelaria; el de Tacoronte, Fernando; el de Abona, Gaspar Hernández; el de Icod, Blas Martín; el de Tegueste, Antonio; el de Daute, Gonzalo; el de Adeje, Diego. Este último casó con una señora de la familia del Adelantado, llamada doña Catalina de Lugo, de cuyo consorcio hubo varios hijos. Entre éstos se cita a doña María de Adexe y Lugo, que se unió con el príncipe guanche Pedro de Adexe y, en segundas nupcias, con el isleño Andrés de Llerena.

El ilustre guerrero Maninidra –hermano del guanarteme D. Fernando, conocido des-
pués de su bautismo católico con el nombre de Pedro, que tanto cooperó a la conquista de Tenerife donde obtuvo un buen repartimiento, dejó a su muerte, ocurrida en las vecinas playas del continente, dos hijos llamados Pedro e Inés. Pedro casó con María de León, natural de Canaria, e Inés con Miguel González, de la misma procedencia, siendo de notar que de este último enlace nació Agustín Delgado, héroe famoso en América a quien tantas veces cantó Castellanos en sus «Elegías de varones ilustres de Indias» y Herrera en sus «Décadas».

Ibone de Armas, hijo del rey de armas Juan Negrín, indígena de La Gomera, representó también un brillante papel en las guerras de la conquista, obteniendo como otros canarios mercedes de hidalguía y repartimiento de tierras con
escudo de armas.

Guillén. Castellano, casado con María Perdomo, intérprete de Lugo en la conquista de Tenerife y conquistador de Gran Canaria y La Palma, era también isleño y fue progenitor por la línea materna del maestre de campo Gonzalo de Jaraquemada, que obtuvo el título de Regidor de La Laguna en 20 de octubre de 1497.

Entre los guerreros naturales de la Gran Canaria que acompañaron a Alonso de Lugo a
Tenerife, son de notar los cuatro hermanos Pedro García, Juan Prieto (Moreno), Alonso Pérez y Rodrigo Alvarez, inscritos en los libros de datas de aquella isla con cuantiosos donativos inmuebles que revelan la importancia de sus servicios. Pedro García era llamado el Comendador, y estaba casado con otra isleña de Canaria, Isabel García, ennoblecidos ambos y su numerosa descendencia con diplomas de hidalguía y brillantes escudos de armas.

También entre los apellidos españoles adoptados por los bautizados isleños, encontramos los de Mena, León, Vera, Lugo, Alcubilla, Cabrera, Beltrán, Magdaleno, Ramos, Camacho, Armas y otros mil que sería prolijo enumerar. Algunos, sin embargo, eran traducción de sus sobrenombres, como las casas de Dara o Tara –dialecto de la Gran Canaria- o la Sierra de Bentagaire, eligiendo otros el de la localidad donde habían
nacido o el título de nobleza o apodo que llevaban antes, como Guanarteme, Bencomo, Doramas, Tahodio, Tegueste, Daute, Maninidra y Bendidagua.

Es pues indudable, que los naturales de estas islas, cuyo valor, rango y condiciones personales les hizo distinguir del resto de la raza conquistada, después de haber sido poderosos auxiliares de los conquistadores formaron parte de la población isleña, obteniendo valiosas extensiones de terreno, empleos honoríficos y cartas de hidalguía, tan codiciadas en el siglo XVI por el fuero, distinción y respeto que producía a los agraciados.

Hubo, no obstante, muchos indígenas que, desconociendo el valor de la propiedad inmueble o dedicados desde su infancia a apacentar sus ganados -empleo que para ellos nada tenía de innoble, cayeron luego en el descrédito y se confundieron con las últimas capas sociales por haber ignorado los elementos de que se componía la nueva sociedad en que ingresaban.

Esta alternativa de buena y mala fortuna produjo múltiples alianzas que levantaron o hi-
cieron descénder a los representantes de la raza canaria, según la extensión e importancia de las datas que les habían caído en suerte.

Todavía un siglo después de la rendición de Tenerife, el P. Fr. Alonso de Espinosa decía hablando de los guanches: «Los naturales desta Isla, no exceptuando a los de las otras pues todos creo tuvieron un principio y origen, fueron gentiles hallólos el Evangelio desembarazados y produjo varones aprobadísimos y de gran celo de tanto religión y cristiandad, varones de ingenios delicadísimos y caudalosos, así en las humanas como
en las divinas letras esmerados, varones que no sólo con la toga, no sólo con el bonete, más también con la espada han mostrado su valor y la virtud de sus antepasados.

A pesar de la autorizada opinión de Espinosa, creemos que los canarios convertidos no disfrutaban en general de los beneficios y garantías de la raza conquistadora. Es tristemente cierto que, en las pruebas de nobleza exigidas para ingresar en los colegios mayores, era necesario acreditar no ser descendiente de canario, morisco ni judío, cuya disposición debió influir poderosamente en las poblaciones isleñas para ocultar su verdadera filiación, excepción hecha de esas familias antes citadas y otras que pudiéramos recordar, descendientes de los guanartemes y menceyes, las cuales habían sido desde luego ennoblecidas, ocupando ya por sus alianzas una posición excepcional.

La Inquisición contribuyó también por su parte a producir aquel triste resultado, pues se apresuró a inscribir en sus secretos registros a los conversos canarios, mirándolos con suspicaz desconfianza. El temor de aparecer en esas odiosas listas y sufrir las amargas decepciones que eran su inevitable consecuencia, contribuyó lastimosamente a la ocultación de los apellidos «notados», a la suplantación de padres y abuelos ya la invención de árboles genealógicos tan fantásticos como ridículos.

No era, sin embargo, empresa fácil sorprender la vigilancia de los ministros del Santo Oficio ni alterar las ocultas fuentes donde aquellos recogían tan importantes noticias, ya esta incansable persecución debemos hoy los datos más auténticos sobre la existencia, alianzas y filiaciones de la raza convertida.

El registro donde se daba asiento a los que aquel tribunal marcaba con su sello de reprobación, salvado milagrosamente de las injurias del tiempo, nos suministra un nuevo y curioso «Nobiliario» cruzado de numerosas líneas «canarias», producto de la unión de ambas razas y extraño a todas las relaciones oficiales de los libros genea-lógicos, nobiliario que hace desviar con frecuencia y enturbia el sereno río de noble sangre que corre por las venas de algunas familias del Archipiélago, que debieron considerar esto como más honroso para ellas.( Agustín Millares Torres; 1977 t. I:186-91)

1504.
942-56.-Gonzalo Martín de Utrera. Hove dado 50 f. dende el camino de Taoro antes de las tas. d Espino en la parte de la montanuela e vos fueron tomadas para dehesa; vos do a vos el dho. G. M. 50 f. de ta. en Heneto en refaición de las q. así vos fueron tomadas, lindero Alonso de las Hijas de una parte y de la otra el camino q. va a la cueva del mocán. S. f. [registrada 1504]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1504 Enero 2.
357-15.-Juan Pérez de Çorroça el moço. 28 f. a donde quiera q. al dho. vuestro padre fueren dadas las suyas q. por mí le son dadas so la condición de los cinco años. q. vos den cumplimiento a 100 f; de sembradura con lo de vuestro padre. 11-1-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

359-17.-Gomes García Gallego, cantero. Una suerte de r. en el agua grande de Taoro más 4 f. para hacer una viña más 10 f. en Acentejo junto con una ta. de Juan Delgado. Ts. Juan Camacho y Diego Delgado [sin firma]. 22-VI-1502. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1504 Enero 4.
389-45.-Juan Benites. 6 f. de r. en el río de Goyma. 4-1-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1504 Enero 6.

368.-Bestias, mandamiento.

En vi de henero de Mdiiii años su Señoría del señor Adelantado don  Alonso Fernández. de Lugo dixo que mandava e mandó, que todas las bestias que non son de servycio ansy yeguas como burras y burros, que las yeguas que todas entre manadas conforme ala ordenança so la pena que está puesta; y que las burras y burros salvajes que todos de oyen tercero día los lleven sus dueños a la Punta del Hidalgo, con cargo que dende en adelante qualquier persona que los fallare en heredad, conviene a saber viñas o panes, que las pueda matar su dueño del tal pan o vyña, sy quisiere o que la aya perdido, que sea a su escoger del dueño, y tómela el dueño por suya y sy estovieren en la dehesa que está puesta para los bueyes e bestias de servycio que pague medio real por cada vez que fuere tomada.

369.-Vacas de los de fuera.

Otrosy que mandava e mandó que de oy en tercero día que todas las vacas que son de fuera de la ysla, que se entiende de los vecinos de fuera, que dende mañana domingo en tercero día, que salgan de La Laguna y se vayan para Abona, en tal manera que salgan de la dicha Laguna y dehesa con todo su término segund está ordenado todo en Cabildo y que en este medio tienpo todos marquen y hierren e cada uno vaya por su cabo, las vacas de los vecinos estrangeros Abona y las de los vecinos a Acentejo y que de alli non salgan fasta que por el Cabildo les sea mandado adonde an de salir lo qual manda a todos los vaqueros que asy lo fagan y cunplan, que el término pasado yncurran cada uno dellos en pena de dos milI mrs. Por cada un día que las dichas vacas non sacare, e las dichas vacas non pasen del término de Abona porque Adexe queda para los ganados menudos de los vecinos, y su Señoría lo manda asy todo pregonar porque venga a su
noticia; testigos Fernando de Trosillo e Mateo Vyña e Gerónimo de Valdés e Pero Mexía, regidores, y otros muchos.

1504 Enero 7.
294-21.-Pedro de Vergara, Gerónimo de Valdés y Cristóbal de Aponte. Digo q. por cuanto yo he hecho e fice repartimiento y donación en mí y en Cristóval de Aponte y Gerónimo de Valdés de un herido de agua para una sierra q. es en las tas. y aguas de C. de A. con las montañas q. pudiere aprovechar para tablazón, para lo cual así facer habíamos de contribuir como nos copiese por tercios; por ende agora es mi voluntad en nombre de Sus Altezas y por mí de vos traspasar en este dho. repartimiento mi tercia parte q. me pertenece a vos P. de V., mi alcalde mayor. 7-1-1504. . (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1504 Mayo 6.
402-58.-Pero Muñoz, bachiller, 8 f. de r. en Taoro más para viñas más 6 c. de s. 6-V-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1504 Enero 7.
370.-Pregón. .fol.49 r.
Pregonóse públicamenie esta ordenança en sábado e domingo, por tres pregones públicamente, por Bartolomé pregonero público en este día en vii de enero de Mdiiii años a que fueron testigos Fernando del Espinar e Juan Pícar e Pedro de Córdova e Juan Gonzales y otros muchos.

1504 Enero 8.
399-55.-Pero de Vergara mi alcalde mayor. 3 f. de r. en Taoro abajo del camino las cuales vos doy con su agua. 8-1-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1504 Enero 9. “Otrosy ordenaron e mandaron que por quanto fué apregonado públicamente por mandado de su Señoría e Regimiento en el año de mili y quinientos años e agora non se halla el dicho pregón, al qual se refieren sy se falla, es y non que valga en su lugar e sea avydo por ley  dende el dicho año de quinientos, que todos los guanches y guanchas cativos non pudiesen ser horros syn servyr primero diez e seys años a su señor, por los muchos dapños e robos que fazian los dichos gual1ches pastores de los ganados, por que se ahorravan con los dichos robos los unos a los otros con los ganados de sus señores; por tanto se ovo esta ley  por buena e agora de nuevo se confirma e que se entiende e sea entendido dende el dicho año de quinientos acá. De lo qual se afirma que pasó, su Señoría e su alcalde mayor, e Mateo Vyña e Fernando de Llerena e Gerónimo de Valdés, regidores.

Otrosy se apregonó que todos los guanches horros se posyesen a soldada dentro de cierto término, que es pasado en el año de quinientos como dicho es, que todos los guanches horros se pusyesen a soldada y que saliesen de donde andavan alçados y fuera de poblado, con cargo que non lo cunpliendo que serían cativos por cierto tienpo, la mitad para quien los tomare y la otra mitad para los propios, lo qual afirman todos los sobredichos que pasó en verdad y mandan que por non lo ayer cunplido que venga a devida esecución los que non lo han conplido.”

1504 Enero 9.
 En ix de enero ne Mdiiii años.

371.-Cabildo.

Este dicho día fueron juntos en Cabildo su Señoría del señor Adelantado, e el Teniente, el bachiller Pero Fernández de Valdés, e su alcalde mayor Pedro de Vergara, e los regidores Fernando de Trosillo, Gerónimo de Valdés e Mateo Vyña y Lope Fernández y Fernando de Llerena y Pero Mexía; e asy su Señoría como los dichos señores regidores mandaron e ordenaron que todas las personas nonbradas en una su nómina, maten los cuervos que cada uno dellos se echó y asentó, so pena por cada uno que no matare cinco mrs. por cabeça, e para la esecución e cargo asy para el rescibir como para todo lo demás a de tener cargo Pero Mexía, regidor, que le ha de dar cada uno del cuervo que matare la cabeça, para lo qual dan de término de un año que comiença desde año nuevo; el qual término pasado que faga esecutar en los que non ovieren cunplido por los dichos cinco mrs. por cabeça, por la Justicia e que lo notifique el dicho Pero Mexía; asentáronle de salario por. cada cabeça una blanquita al dicho Pero Mexía desta moneda que faz en tres blanquitas un maravedí.

372.-Nómina de los cuervos que le echaron a las personas en ella contenidos. fol. 49 v.

El señor don Pedro c cuervos
El bachiller Valdés L y den
frdo. de Trosillo CL y den
El Alcalde Vergara CL y den
Mateo Vyña CL y den
Frdo. Llerena CL y den
Pero Mexía L y den
Gerónymo de Valdés CL y den
Lope Fernández CL y den
Guillén CL y den
Pero López de Villera CL y den
Diego de Mesa L y den
Lope de Mesa L y den
Alonso de las Hijas c y den
Gonzalo Rodríguez CL y den
Xuares de Quemada c y den
Albornós L cuervos
Ortega de Vega L y den
Juan franco LXXX yd.
Juan Ruys de Requena C L y den

E todos los castellanos que son labradores a cinquenta y los que no son
labradores a treynta.

Cristóval de Aponte CC L
A Blasyno C L
Gonzalo Yanez de Dabte cc
A Frdo. de Castro cc
A Juan fernándes porto-
gués el de Taoro XL
Alfonsyanes arrendador de
su Señoría LXXX
Alfonso Vello LXXX
Salvador Lorenço LXXX
Gonzalo Díaz LXXX LXXX
Antón Martines LXXX

E todos los portogueses labradores a cinquenta y los otros a treynta.
A Bartolomé Herrero C L
A Juan Perdomo c
A todos los otros labradores naturales de las yslas a -L y a los otros
a xxx..

A todos los canarios a treynta cuervos cada uno.
A todos los gomeros a treynta.
A todos los guanches a treynta.

373.-Ganado, mesta. fol.50 r.


Ordenaron e mandaron que todas e qualesquier personas vecinos e moradores desta ysla, e los otros que ganados tienen en esta ysla de Terierife, que fasta en fin del mes de junio, vengan con sus ganados marcados e herrados a la mesta, para que todo se asiente ante escrivano e que todos sean tenudos a marcar ya herrar sus ganados e que non tengan ninguno más de una marca e hierro, puesto que tenga muchos fijos; y el hierro de las vacas y yeguas y cabras e ovejas y en todo ganado, que sea un hierro; e asy mesmo el que no veniere en el dicho fin del mes de junio como dicho es: lo de Anaga e sus términos y Tegueste y Tacoronte fasta el paso de la Candelaria que todos sean obligados a venir encima de La Laguna fasta el cerro del Viento Viejo; y los de Taoro y Guymar que se juntan a las dos montañuelas de Taoro; y los de Ycode y Dabte y Adexe se junten en el palmar de Dabte; e que el que ansy no veniere que pierda el dicho ganado para los propios con tal que sy el ganado que qualquier persona toviere fuera arrendado y non lo cunpliere  que le sean dados cientaçotes  públicamente, entiéndese sy fuere gomero o guanche e sy fuere de otra condición que pague dos mill mrs. para los propios. E la pena pagada o non que todavía sea tenudo de cunplir lo susodicho.

374.-Alcalde de la mesta.

Nonbraron por alcaldes de la mesta a Bartolomé Herrero para La Laguna e para Taoro Juan Franco e para Dabte Antón Martínez e que tomen los aconpañantes que quisyeren.

375.--Ganado del Adelantado.

Otrosy ordenaron e mandaron que el ganado que esté arrendado de marca del señor Adelantado que non pueda legar a su ganado que tiene Navarro ni lo de Navarro a lo de los otros con media legua, ecebto los que tovieren otras marcas, que puedan andar donde quisieren, so pena de seyscientos mrs, por cada vez e por la segunda doble; e por la tercera mill DCCC; y sy fuere guanche o gomero cientaçotes.

376.-Guanches.

Otrosy ordenaron e mandaron que por quanto fué apregonado públicamente por mandado de su Señoría e Regimiento en el año de mill y quinientos años e agora non se halla el dicho pregón, al qual se refieren sy se falla, e sy non que valga en su lugar e sea avydo por ley  dende el dicho año de quinientos, que todos los guanches y guanchas cativos  non pudiesen ser horros syn servyr primero diez e seys años a su señor, por los muchos dapños e robos que fazian los dichos guanches pastores  de los ganados, por que se ahorravan con los dichos robos los unos a los  otros con los ganados de sus señores; por tanto se ovo esta ley  por buena e agora de nuevo se confirma e que se entiende e sea entendido dende el dicho año de quinientos acá. De lo qual se afirma que pasó, su  Señoría e su alcalde mayor, e Mateo Vyña e fernando de Llerena e Oeró-
nimo de Valdés, regidores.

377.-Guanches. fol. 50 v.

Otrosy se apregonó que todos los guanches horros se posyesen a soldada dentro de cierto término, que es pasado en el año de quinientos como dicho es, que todos los guanches horros se pusyesen a soldada y que saliesen de donde andavan alçados y fuera de poblado, con cargo que non lo cunpliendo que serían catívos por cierto tíenpo, la mitad para quien los tomare y la otra mitad para los propios, lo qual afirman todos los sobredichos que pasó en verdad y mandan que por non lo aver cunplido que venga a devida esecución los que non lo han conplido.

318.-Çapatos.

Ordenaron e mandaron que todos los çapatos de cordován zayenes e enforrados, valgan a dos reales y los otros a real y medio de dos puntós que en la ordenança pasada se contiene, e dende abaxo; a los çapatos vacunos a dos reales y medio de los dichos puntos, e dende abaxo; so las penas puestas.

E de solar unos çapatos de trabajo de correa a cincuenta, e dende abaxo al  respeto so las dichas penas; e que los enforros sean fechos como los haze Jorge Váez enforrados, puertas e todo lo que se requiere como se faz en en la ysla de la Madera.

319.-Acequia. fol. 33 r.

Ordenaron e mandaron que para sacar el acequia de Taoro, todos los que tienen tierras den e paguen para sacar la dicha agua por hanegas, a cincuenta mrs. la qual den y paguen luego. E que non queriendo pagar que les sea sacada prenda, e dentro al tercero día se venda e sy non quisyeren, la tierra que se resuma para lo que su Señoría mandare; el qual cargo ha de tener Lope Fernández para la recabdança de los dichos mrs., e por quanto en el  partimiento de la paga quedaron algunos que non pagaron ny an pagado el acequia que se filo, hordenaron y mandaron que después de cogida la paga deste nuevo repartimiento que se dé luego copia para que se cobre lo del repartimiento primero, en manera que paguen todos ygualmente.

380;-Fueron apregonadas estas hordenanças por mandado de su Señoría y regidores susodichos, éstas que se fizieron e hordenaron en nueve días de enero deste año de Diiii, en domingo xvi del dicho mes del dicho año en la  plaça pública desta villa en faz de mucha parte del pueblo, que ende estava que lo vieron e oyeron; a que fueron testigos Pero Mexía, Guillén Castellano, Fernando de Lerena, Alonso Sánchez, Pero Fernández de y Antón de Vallejo, escrivano público.

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