viernes, 9 de noviembre de 2012

CAPITULO III (II)




EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

ÉPOCA COLONIAL: SIGLO XVI



CAPITULO III (II)



Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen

 1502 Enero 10.
418-74.-Pedro de Lugo. Un pedazo de ta. de s. en q. vos habéis sembrado de fasta 2 c. Las tas. se entiende dende Gonzalo Rodrigues, zapatero, abajo fasia Pedro Mayor. 10-1-1502. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1502 Enero 10. En la isla de Tenerife, después de esto, dentro de la heredad de Fernando de Castro, en diez días del mes de enero año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo de mil quinientos e dos, en presencia de mí, Antón de Vallejo, Escribano público del repartimiento de la dicha Isla de Tenerife, el dicho Sr: Adelantado Don Alonso Fernández de Lugo antes que fuese Adelantado, mandó facer e fizo una Nómina de Repartímiento de las tierras de riego del dicho Taoro de la Orotava en las personas de yuso escritas, señalando a cada una persona, en la dicha Nómina contenidas, suerte e suerte e media e dos suertes, según que por la dicha Nómina parece- firmada de su nombre que a nombre de cada una suerte tres fanegas e para lo medir, dar e entregar, dió su poder cumplido a Pedro de Vergara, su Alcalde mayor, e a Fernando de Trujillo, e Lopez Fernández e Guillen Castellano, vecinos e Regidores de la dicha Isla, el tenor de todo lo cual, es ,esto que sigue: .

Se citan, pues, a continuación los siguientes datarios, con distintas suertes, desde dos a una, a saber:

Pedro de Vergara, Guillén Castellano, Juan de Almanza, Fernando de Trujillo, Diego de Mesa, Forna, Ibone de Armas, Espino, Hernández Valdés, Juan de Oñate, Pedro Álvarez, Gonzalo Vaquero, Carras, Antón de Cáceres, Juan de Carmona, Padilla, Francisco de Talavera, Juan Navarro, Alonso Fernández Gallego, el Comendador Gallego, Fernando de Llarena, Francisco de Medina, Alonso González, Vallejo, escribano, y su mujer, Alonso de la Fuente, Escribano, Alcaraz, Dome a Dios, Luís Álvarez, Francisco Martín, Francisco de Sepúlveda, Rodrigo Yánez, Diego de Agreda, el Maestro Romo, Juan Fernández, Juan Sarmiento, Gamonales, Juan Guillén, el Bachiller, Azabrán, Diego Delgado, Albonoz, Juan Salmero, Diego de Torres, Jaime Joven, Pedro López de Villera, Gónzalo Rodríguez, Juan Méndez, Pedro Fernández y su hermano Fernando de Lugo Francisco Jiménez, Juan de Peralta, Guíllermo, Mata, alguacil, Francisco de Torres, Briseño, García Páez, Juan Rodríguez, Rodrigo Montano, San Vicente Leonis, Gorbalán, Herrera, Mesía el Viejo, Lope Gallego, Nicolás, Ferrer, Sancho de Vargas, Cristóbal de Lucena, (dudoso), Pedro -Benítez Gallegos, Vicario, Alonso Yánez, Juan de Ortega, Alonso de Alcázar, Diego Sardina, Párraga, Alonso Méndez, Rafel, barbero, Nicolás de Baella, Jerónimo de Pineda Bartolomé, herrero, Castillo, hijo de Antón Viejo, Alonso González, herrero Diego de San Vicente, Jerónimo Fernández, Álvaro Báez, hijo de Alcántara, hijo de Juan Delgado, hijos de Clavero, Benavente y Nicolás, herreros. Firma: Alonso de Lugo.

A continuación consta que al Capitán Bartolomé Estupiñán le fueron adjudicadas en las propias tierras del Gobernador, diez y ocho fanegas de terreno de riego, con la expresa condición de “montar un ingenio y venir a residir con sus casas e mujer” a esta Isla.

Asimismo el 11 de enero de 1502 el Gobernador dató al Regidor Lope Fernández con diez y ocho fanegas de tierras, que fueron tomadas por partes iguales de las de Alonso de las Hijas y de Mateo Viña, también con la condición de establecer un ingenio.

Con igual fecha el precitado Alonso de Lugo subrogó el poder que tenía de los Reyes Católicos en las personas de los Regidores Fernando de Trujillo, López Fernández y Guillén Castellano, así como a favor del Alcalde mayor Pedro de Vergara, ante los testigos Fernán García, Vicario de la Isla, Juan Ruiz de Requena y Alonso Mata <para que ellos repartan las tierras de riego de la Orotava de Taoro, conviene a saver que el repartimiento como antes se hizo e aquellas mesmas suertes salvo que al caballero (?) den dos suertes al peón una, según que en nuestra nómina se contiene e a las personas que son escritas a que se refierie a los cuales dió e traspaso su poder bastante.

En virtud de la anterior autorización, los apoderados de Lugo procedieron a medir las suertes de tierra a razón de seis fanegas cada una con una unida de luengo sesenta pasos e de frente cincuenta, comenzando de las" cabezada de las tierras de riego, desde un risco, desde la susodicha viniendo cara la mar de majano en majano, a la derecha de un barranco».

Terminada la medición, procede el Adelantado, o sus representantes, al entrega de las tierras, según vemos por el documento que a continuación copiamos:

En primero día del mes de junio año del Nacimiento de Nuestro Salvado Jesucristo de mil e quinientos e dos años, por el Sr. Gobernador Alonso de Lugo en solidum y juntamente por su mandado con Diego de Mesa e Guillén Castellano, e asi mesmo juntamente Diego de Mesa e Guillén Castellano y el dicho Diego de Mesa por si solo en las personas yuso escritas se repartieron en Taoro las tierras de riego en esta guisa: »

Según la expresada acta, que no seguimos copiando literalmente en obsequio a la brevedad, fueron agraciados por grupos los siguientes pobladores colonos y conquistadores: Rodrigo Yánez y Hernando de Torre; García Páz y el Maestro Romo; Juan Rodríguez y Juan Fernández el Viejo; Juan de Oñate y Juan de Peralta; Juan de Almodóvar y Sebastián del Hierro; Pedro Yánez y Gonzalo Baquero; Alonso González, herrero, y Antón de Cares; Pedro de Vera y Fernando de Jaén; Nicolás, herrero, y Alonso Mata, alguacil; Nicolás de Baena, sacristán, y Juan Ruiz de Requena; Juan de Talavera y Padilla; Francisco Melián y Ruiz Jiménez de Becerril; Cristóbal y juan Vizcaíno; Pedro Vizcaíno y Alonso de Aroche; Juan Navarro y Fernán Martín; Pedro Vázquez y Alonso Yánez; Gome, herrero, y Hurtado; Diego Sardína y Diego Párraga; Antón y Fernando de los Olivos; Alonso Méndez y su hijo Juan Delgado; Diego Martín y Luís Álvarez; Pedro García y Pedro de la Lengua; Alonso Márquez y Benavente; Fernando de León y Francisco Rodríguez; Pedro Fernández y Pedro de la Coruña, marinero; Guillermo Genovés y Lope de Vallejo, criado del Sr. Gobernador; Rajel Luís y su hijo el clavero; Diego de Torres y Lope Gallego; Alonso Sarmiento y Diego Delgado; Gaspar Dragón y Alonso el Chico; Pedro de Morales y Pedro Talavera; Juan Rodríguez Gamonales y Alonso de la Barrera; al heredero de Juan González y al sobrino de Fernando de Llarena; Antón Viejo y a Ortega; Briseño y Diego de Agreda; Juan Salinero e lbone de Armas; Pedro Gil y Juan López, marineros; Sebastián de Porras y Gonzalo de Alcántara; Juan Zapata y Pedro Álvarez; Manrique y Alonso Gutiérrez el Abad. Todos los anteriores nombrados recibieron salvo contadísimas excepciones, a razón de tres fanegas de tierra por cabeza, yá sea personalmente o en su nombre, según notas marginales. (Ver efemérides de 1501 Noviembre 6.)

1502 Enero 14.
286-13.-Diego de León. Un pedazo de ta. encima del río de Ycod y 2 c. de s. entre los dos caminos, el camino de los cavallos hasta el camino de la Palma, por cuanto fuistes conquistador; y más vos doy el anchon [sic] de la cebada junto con la dha. ta. q. digo q. se vos asiente con tal q. no sea en la vega de arriba. 14-1-1502.  (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1502 Enero 15. Sevilla. Citación a Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, para que en un plazo de cien días comparezca ante el Consejo, o envie a su procurador, para seguir los pleitos que trata con los canarios de Tenerife sobre la libertad de éstos. Don Alvaro. Obispo de Oviedo. Franciscus licenciatus. Joannes licenciatus. Tala vera. Zapata. Moxica. Mármol. Pérez. . (E. Aznae; 1981)

1502 Enero 18.
658-58.-Juan Páez. "yo Alo de Lugo, governador de las islas de Tenerife y la Palma e repartidor dellas, digo q. por quanto vos J. P. avéis senbrado de ortaliza en un sitio en La Laguna, lo qual yo tengo señalado donde se a de ha ser la iglesia de señor Sant Miguell, quiero y es mi voluntad q. fasta q. se haga la dha. iglesia gocéis del dho. sitio y os aprovachéis dél; la qual no se vos sea quitado fasta q. la iglesia se haga. ..y la dha. iglesia comenezada de nuevo q. sea, ge la doy al culto devino, e dexéis el dho. sitio para la dha. iglesia y ministros d ella. Alo de Lugo» 18-1-1502. (Datas de Tenerife, libros I al IV)


1502 Febrero 2. Sevilla (f. 15). Carta de naturaleza a Lorenzo Fernández del reino de Portugal, para que pueda poseer en Gran Canaria cuantas propiedades quisiere, librándole de las penas que pesen sobre él por incumplir la prohibición hecha a los extranjeros de no poseer propiedades por importe superior a los 200.000 maravedís, en recompensa de haber sido uno de los primeros en hacer azúcar en la isla, en la que ha residido durante quince años, y haber enseñado a muchos vecinos de la misma a hacerla. El Rey La Reina. Grizio. Don Alvaro. Episcopus ovetensis. Franciscus licenciatus. Johannes licenciatus. Zapata. Tello. Muxica. Pérez. . (E. Aznae; 1981)

1502 Febrero 2.
300-27.-Francisco de Oñate, criado del magnífico señor don Gutierre de Cárdenas, Comendador Mayor de León, vo. En el valle de las Ygueras q. es en el bando de Anaga f. de ta. cuántas pudierdes regar con el agua del dho. valle. E f. de s. donde vos quisierdes ...; por cuanto yo hobe dado el dho. valle e tas. e heredades dél a Matheo Viña, regidor, e porq. yo le he dado en otra parte otras tas. donde él fue más contento, digo q. esto vale. q. digo q. haciendo un ingenio de bestias q. vos doy toda la ta. y agua q. podierdes aprovechar ecepto lo q. he dado a Salasar. Alo de Lugo. Y vos doy ta. encima de dho. valle, de s. para q. sembréis con dos yuntas de bueyes año y vez. Alo de
Lugo.=Yo Matheo Viña digo q. me place. 26-11-1502. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1502 Febrero 2.
392-48.-Alo López, mi criado. Doy a ti 3 f. de r . en Guymad y mando al q, fuere a repartirla q. con los otros q. tengo dados q. le den una suerte de peón. 11-1-1502. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1502 Febrero 2.
8.-Gonzalo Anes. Do a vos G.A., vecino e morador de esta ysla de Tenerife, unas tierras que son en barranco de Garachico, de riego, lindando de la parte de levante desde risco a la palma derecho a la mar e ante que llegue a la mar vos do e dono duas fanegas para servicios de las vuestras casas «q va tenes na chaleta q fora de Xpoval de Aponty» e de la parte de poniente lindando por el dicho barranco de Garachico desde las montañas e riscos aguas vertientes a la mar con agua del dicho barranco de Garachico e con una fuente que está en dicho risco cuando van para Erjos e otra fuente que está a la dicha palma y con todas las otras aguas que en las dichas tierras e barranco sean halladas e por hallar e así vos do e dono cuatro «quayzadas» de sembradura de un llano que está allende del dicho barranco que linda con el barranco los almácigos aguas vertientes a la mar e así vos do e dono todas las cuevas e casas que están en el dicho barranco, las cuales tierras vos do con todas las bienhechorías e hacienda que tenés hecha e aprovechada ea vés de aprovechar .2- II-1502 .

«Que digo que yendo vos a la villa que asentaremos en arrendamiento dende la palma que es en cabo de vuestras tierras, encima de las casas que eran de Cristóbal de Aponte, dende la dicha palma por nivel hasta el risco y dende la dicha palma hacia la mar por nivel, asimismo ante que llegue a la mar vos do para entrada a la dicha casa que era de Cristóbal de Ponte, que agora es vuestra, vos daré dos hasta dos fanegas de sembradura para entrada y salida de la dicha casa y dende allí todo lo de vera del risco hacia la mar todo hasta el río grande de agua con todas las aguas que oviere dentro, en especial una poca de agua que viene de la sierra que va a Erjos hasta la madre del agua con toda la dicha agua y del otro cabo del río vos do de sequero hasta cuatro cahíces de sembradura para sembrar y para hacer de ello lo que quisieres y asimismo vos do dos o tres cuevas que están en el dicho barranco del Agua, digo de las cuevas si no son dadas». Alonso de Lugo.

Mil doblas castellanas. Diose por contento Gonzalo Yanes.

El tributo es perpetuo para siempre jamás de 730 arrobas de azúcar blanco e purgado que se a recibir entre mercaderes las pagas en todo el mes de março de quinientos dos comienza. Otorgáronla a vista de letrados. (Testigos) Cristóbal de Espino, v.o e regidor de Tenerife, Pero López (de Vill) era, v.o de Tenerife, e Juan de Siverio, regidor de Canaria e (Diego) Vernal, maestre, nescían y con condición que no sean de otra persona alguna e sin perjuicio de cualquier posesión o propiedad.
Hecho a 4- V -1518.» El Adelantado. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1502 Febrero 4. Cédula del Consejo de Castilla, en la que, dirigiéndose al lugarteniente que hubiese en colonia Canaria, le decían: «Sépades que Pedro de Santa Ana, en nombre de los que nos sirvieron en la conquista de la dicha isla, nos fizo relación por su petición diciendo que Nos ovimos mandado por una nuestra carta a Lope Sánchez de Valenzuela, nuestro gobernador de la dicha isla, que a los que nos habían servido en la conquista Della les pagase en tierras y heredades, apreciadas a precios razonables, lo que justamente le es fazer debido por razón del dicho servicio, e que hiciésemos merced al dicho Lope Sánchez de tierras de regadío para cien fanegas de sembradura, e diz que el dicho gobernador tomó las dichas tierras en otras partes e logares de las que por Nos le fue mandado, e porque algunas personas que lo contradecían, diz que les dio muchas tierras y heredades porque lo oviesen por bien, e los que nos habían servido en la dicha conquista diz que no le fueron pagados de lo que se les debía, ni les dio tierras ni agua, en lo cual diz que habían recibido mucho agravio e daño, e en dicho nombre nos suplicó e pidió por merced mandásemos quitar e tomar al dicho gobernador las tierras e heredades que había tomado en otros logares de los que por Nos le había sido mandado, e mandásemos tomar todas las tierras que había dado el dicho gobernador a los que no habían servido en la dicha conquista, e de las dichas tierras e heredades mandásemos pagar a los que nos habían servido e Nos tuvímoslo por bien; por lo que vos mandamos que luego veades lo susodicho e llamades e oídas las partes a quien atañe, breve e somariamente, sin dar lugar alargas ni dilaciones de malicia fagades e administrades cumplimiento de justicia. ..».
I

1502 Febrero 4. Sevilla. Incitativa al gobernador de Gran Canaria para que falle en la demanda presentada por los participantes en la conquista de dicha isla, que acusan a Lope Sánchez de Valenzuela, antiguo gobernador de la isla, de tomar las cien fanegas de regadío que le fueron concedidas por los Reyes en un lugar distinto al señalado para ello y de conceder tierras a las personas que intentaron oponerse, para que le permitiesen hacerlo, privándoles de las tierras que les correspondían por su participación en. dicha conquista. Don Alvaro. Episcopus ovetensis. Petrus. Zapata. Tello. Muxlca. Ramlrez. Perez. . (E. Aznae; 1981)

1502 Febrero 9. Sevilla. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria para que determine en la petición presentada por Pedro de Vera, antiguo gobernador de dicha isla, para que se obligue a Bartolomé Paez ya un compañero de éste a cumplir el contrato que tiene con él por el arriendo de unas  tierras, con sus aparejos y esclavos, por seis años, que finaliza el próximo mes de mayo, pues teme que no le serán devueltas las tierras y aparejos, y que no será bien pagado, como ha sucedido en los cinco años precedentes. Don Alvaro. Obispo, de Oviedo. Malpartida. Oropesa. Pedrosa. Angulo. Tello. Moxica. Mármol. Perez. . (E. Aznae; 1981)

1502 Febrero 12. Sevilla. Orden a Antonio Torres, gobernador de Gran Canaria, a petición de Marina Enríquez, viuda de Fernando Muñoz, para que investigue en La Gomera acerca de la muerte de éste, de la que su viuda acusa a doña Beatriz de Bobadilla, mujer de Alonso de Lugo, y envíe a los culpables ante los alcaldes de corte, secuestrando los bienes de los que no pueda prender y  poniéndoles ciento sesenta días de plazo para comparecer ante el Consejo. Dicha pesquisa debe ser concluida en un plazo de sesenta dias, durante los cuales Antonio Torres recibirá ciento cincuenta maravedís diarios y su escribano sesenta, aparte de los derechos de escritura y presentación de testigos, salarios que les serán pagados por los culpables. El Rey y la Reina. Almazán. Johannes licenciatus. Zapata. Tello. Muxica. Pérez. . (E. Aznae; 1981)

1502 Febrero 15. Sevilla. Incitativa a Antonio de Torres, gobernador de Gran Canaria, para que determine en la petición de Francisco de Riberol, vecino de dicha isla, que se queja de Lope Sánchez de Valenzuela, antiguo gobernador de la isla, que en un repartimiento adjudicó con las tierras cierta cantidad de agua propiedad suya y de sus consortes, que la necesitan para un ingenio de azúcar. Don Alvaro. Obispo de Oviedo. Malpartida. Oropesa. Pedrosa. Zapata. Tello. Muxica. Fernández de Madrid.  (E. Aznae; 1981)

1502 Febrero 17.
347-5.-Fernando de Castro. Un pedazo encima de la ta. de Jorge Grimón, linda con la acequia del dho. Jorge, con el barranco de Gomendio, mi criado, un barranco hacia Ycode y la dha. ta. está llena «berguxanos e de salzes». 17-11-1502. Se ha asentado en
el libro viejo a 35 hojas. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1502 Febrero 19.
451-28.-Baltazar de Morales. Un pedazo de ta. en el Valle de las Figeras linde con Sancho de Salazar y el arroyo del agua, en el cual ha'brá fasta 3 f. de r. y más vos do en el dho. Valle de Ibaute tas. para sembrar en un pedazo q. está más allá del barranquillo del Paso Malo linde Loys de Salazar en q. habrá 20 f. q. digo q. vos do 20 f. de s. Alo de Lugo. 19-11-1502. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1502 Febrero 20.
32.-Pregón.
Yo Juan López de Azoca, escrivano mayor del Concejo e público desta ysla de Thenerife por su Magestad, doy fee como en uno de los libros de títulos, datas y repartimientos de tierras yaguas y otros heredamientos, que por el Adelantado don Alonso Hernández de Lugo, governador y repartidor desta ysla, parece que fueron dados y repartidos que están en mi poder a que me refiero, está un asiento oreginal que dize esta guisa :

En 20-II-l5O2. En este día el señor Governador en presencia de mí el escrivano público y de los testigos de yuso escriptos mandó e pidió a mí, el dicho escrivano, asentase ansí que su merced avía mandado pregonar e que se pregonó públicamente por Juan, prego nero público, por ante Alonso Sarmiento, escrivano que fue desta ysla, que por quanto estavan en esta ysla suspensas y enpedidas muchas tierras de sequero y solares por romper entre personas que no las an aprovechado ni aprovechan ni los dichos solares que alquier persona que quisiese se entrase en las dichas tierras y solares y lo rompiese y edeficase y lo gozase como cosa suya, lo cual resumió en sí para hazer de él nuevos repartimientos en la forma que dicha es, lo qual a que pasó el pregón podrá aver un año y porque Alonso Sarmiento se fue desta ysla no quedó memoria del dicho pregón, por ende que confirmava todo lo que dicho es e así lo confirmó ante mí el dicho escrivano que dixo que quería e quiere que todas las tierras que estovieren por romper y solares por hedeficar que qualquier persona se pueda entrar en ellos y edeficar y romper porque así cumple a el servicio de sus altezas y ennoblesymiento de la ysla, con tal que no sean de defuntos, y esto quiere que balga como pregón público porque pasó asy ante el dicho escrivano. Testigos: Lope Hernandes, regidor, el alcalde Pedro de Vergara, Gonzalo Mexía, Jaime Joven e otros. El Adelantado. Antón de Vallejo, escrivano público y del
Concejo.

En 14-X-1503 lo firmó su señoría.

El qual dicho traslado fue sacado de la data oreginal en la noble ciudad de San Cristóbal, que es en la ysla de Thenerife a 8-XI-1569.

Testigos que fueron presentes a el ver sacar, corregir y consertar con el oreginal Gaspar de Rojas e Hernando de Meza. Por ende fiz aquí este mío signo en testimonio de verdad. Juan López de Azoca. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1502 Febrero 21.
Antonio de Torres había reemplazado a López Sánchez de Valenzuela como "gobernador de las Islas de Canaria". Entre las instrucciones recibidas, figuraba la de deshacerse de la molesta Beatriz de Bobadilla, sacándola de las islas. Ocupado el marido en la guerra, por la parte del Cabo de Aguer, Torres urdió treta, con ayuda del poder judicial. Enterado de que Inés de Peraza pleiteaba por la tutela de los nietos, para recuperar Hierro y Gomera, aprovechó la coyuntura familiar y arribada de malhechor conocido, a Gran Canaria, para correr de que lo mandaba la Peraza, para raptar al pequeño Guillén. Con autoridad de señor, la Bobadilla, cayó en la trampa, haciéndole ahorcar por delitos pasados. No movieron un dedo los jueces, para impedir la ejecución, pero consumada abrieron causa a Beatriz, acusándola de asesinato, por haberla ordenado sin pruebas. De mayor cuantía y peligrosa la causa, Beatriz se trasladó a la corte en compañía de los hijos, para seguirla de cerca.
El escribano Gonzalo de Burgos, ausente en Tagaoz, al servicio de Alonso de  Lugo, fue considerado igualmente peligroso, por saber más de la cuenta. Decretada su retirada de la circulación, Torres mandó al Cabo de Aguer a Juan de Arines, escribano “de las cosas de Berbería” y agente de elite, con el fin de recabar testimonios de "moros y judíos", que involucrasen a Burgos en delito, susceptible de ponerle en manos de la Inquisición. Ultimado expediente, elaborado para justificar la condena, Arines lo confió a un tal Ximón, "mancebo" genovés, que regresaba a Gran Canaria, para que lo entregase a Torres, que preparaba viaje a Castilla, para velarse con su mujer. Embarcó por septiembre de 1502, llevando el proceso de Burgos y las cuentas de la jornada de Lugo, en Berbería. Los oficiales de la recién creada Casa de la Contratación, le aguardaban como agua de mayo, pues estando bajo su control las “Islas de Indias”, Berbería, las Islas Canarias, Santa Cruz y la Mar Pequeña, no sabían nada de la Torre y su término, pues apenas lograban situarlo en el espacio. (Luisa Álvarez de Toledo)
1502 Febrero 22. Sevilla. El rey de Anaga don Fernando denuncia los atentadas cometidos contra su persona por el capitán conquistador Alonso de Lugo. Incitativa del Consejo real para que el gobernador de Gran Canaria administre justicia en el caso.

Don Fernando, rey canario. Ynçitativa.

Don Fernando y doña Ysabel por la graçia de Dios rey y reyna de Castilla, de León, de Aragón, de Siciilia, de Granada, de Toledo, de Valenlçia, de Gallisya, de Mallorcas, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdova, de Córcega, de Murcia, de Jahén, de los Algarbes, de Algezira, de Gibraltar, de las islas de Canaria, condes de Barcelona e señores de Vyscaya e de Molina, duques de Athenas e de Neopatria, condes de Ruysellón e de Gerdania, marqueses de Oristán e de Goeano. A vos el que es o fue  nuestro governador de la ysla de la Gran Canaria, o a vuestro lugar theniente en el dicho oficio, e a cada uno de vos a quien esta nuestra carta fuere mostrada, salud e gracia. Sepades que don Fernando, rey que fue de Naga, canario de la isla de Thenerife, nos fizo relalçión por su petición diziendo: que al tiempo que, por nuestro mandado, se pasó de la dicha ysla de Thenerife a esa dicha ysla de la Gran Canaria, dis que Alonso de Lugo, nuestro governador de la dicha isla de Tenerife, no le dexó pasar su hazienda segund que por nos le avía sido mandado; y que demás desto le tomó dos esesclavos que compró dél, porque heran sus parientes, e que asimismo le tomó la mitad de sus ganados e otros muchos agravios, que dis que le fizo ynjustamente; en lo qual él dis que a recibido mucho agravio e daño, e nos suplicó e pidió por merced acerca dello le mandásemos proveer de remedio con justicia, mandándole dar nuestra carta para vos, para que oviésedes ynformación acerca de lo susodicho, e sobre todo le fizyerdes brevemente complimiento de justicia e como la nuestra merced fuese. Lo qual visto por los del nuestro Consejo fue acordado que devyamos mandar dar esta nuestra carta en la dicha rasón. E nos tovímoslo por bien: por que vos mandamos que luego veades lo susodicho. E llamadas e oydas las partes a quien atañe; lo más brevemente e sin dilación que ser pueda, fagades e administredes a las dichas partes breve complimiento de justic;ia. por manera que la aya e alcanc;en. e por defecto de ella no tengan razon de se. quexar más sobre ello ante nos. E otrosí. por esta nuestra carta vos mandamos que fasyendo ante vos el dicho don Fernando. rey que fue de Anaga. el juramento e solemnidad de pobre. que la ley en tal caso dispone. fagáys que un letrado e procurador de esa dicha ysla le ayude en lo susodicho al dicho don Fernando. e los escrivanos públicos de esa dicha ysla non le lleven derechos algunos de las escripturas que ante ellos pasaren sobre el dicho caso; a los quales mandamos que así lo guarden e cumplan. so las penas que les vos pusierdes o mandardes poner de nuestra parte. las quales nos por la presente les ponemos e avemos por puestas. E no fagades ende al por alguna manera. so pena de la nuestra merced e de diez mil maravedís para la nuestra cámara a cada uno que lo contrario fiziere. Dada en la muy noble cibdad de Sevilla. a veynte e dos días del mes de febrero. año del naçimiento del nuestro salvador Jhesu Christo, de mill e quinientos e dos años. =Don Alvaro.=Obispo de Oviedo.= Fernandus. licenciatus. = Joanes. licenciatus. =Licenciatus Zapata. =Licenciatus Moxica.=Yo Bartolomé Ruyz de Castañeda, escrivano de cámara del reye de la reyna nuestros señores. la fize escrevir por su mandado, con acuerdo de los de su Consejo.

1502 Febrero 22. Sevilla. Carta al concejo, de Canaria, confirmando la elección de Juan de Sanlúcar, labrador, Diego de San Martín y Diego de Betancor para el oficio de alcaldes ordinarios, de Juan Martínez de Bilbao, Juan Melián, Gregorio de Trujillo, Fernando del Castillo, Gonzalo Jaraquemada y Pedro de Argüello para el de regidores, de Juan Prieto para el de alguacil, de Francisco de Cabrejas para el de personero, y de Gonzalo de Se-
gura para el de mayordomo, para que puedan ejercer dichos oficios durante tres años, conforme al fuero de la isla. El Rey y la Reina. Almazan. Don Alvaro. Episcopus ovetensis. Petrus. Johannes licenciatus. Licenciatus Zapata. Tello. Moxica. Pérez. (E. Aznar; 1981)
.
1502 Febrero 22. Sevilla. Orden al gobernador de Gran Canaria para que haga justicia en la petición de don Fernando, canario, antiguo rey de Anaga, a quien Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife, prohibió pasar su hacienda desde esta isla ala de Gran Canaria, a donde se trasladó por mandato real, y le tomó la mitad de su ganado y dos esclavos, que había comprado a Alonso de Lugo por ser sus parientes. Se ordena, así mismo, que dicho gobernador, previo juramento de pobre de don Fernando, haga que un letrado y procurador le ayude en dicha causa y que los escribanos públicos de dicha isla no le lleven derecho alguno por las escrituras que pasen ante ellos. Don Alvaro. Obispo de Oviedo. Fernandus licenciatus. Joannes licenciatus. Zapata. Moxica. Ruiz de Castañeda. (E. Aznar; 1981)

1502 Febrero 24. Sevilla. Orden a Antonio de Torres, gobernador de Gran Canaria, para qie informe al Consejo sobre la petición presentada por Pedro de Santana, en nombre de los que sirvieron en la conquista de dicha isla, en la que acusa a Lope Sánchez de Valenzuela, antiguo gobernador de la misma, de tomar en tierras adjudicadas a otros conquistadores y vecinos, las cien fanegadas que le fueron concedidas por los Reyes. Don Alvaro. Episcopus ovetensis. Franciscus licenciatus. Johannes licenciatus. Zapata. Moxica. Mármol. Pérez. (E. Aznar; 1981)

1502 Febrero 24. Sevilla. Orden a Antonio de Torres, gobernador de Gran Canaria, para que informe al Consejo sobre el cumplimiento de las provisiones dadas para el reparto de tierras a los nuevos vecinos, especificando las tierras que han sido dadas y las que quedan por repartir, la porción de secano y la de regadío, el número de vecinos que puede recibir la isla y la cantidad de tierra que debe darse a cada uno. Dicha orden está motivada por la información de Pedro de Santana, en nombre de los que sirvieron en la conquista de dicha isla, según la cual el incumplimiento de las citadas provisiones hace desistir a los nuevos vecinos de vivir en ella. Don Alvaro. Obispo de Oviedo. Malpartida. Pedro. Tello. Muxica. (E. Aznar; 1981)

1502 Febrero 24. Sevilla. Orden a Antonio de Torres, gobernador de Gran Canaria, para que obligue a Lope Sánchez de Valenzuela, antiguo gobernador de dicha isla, ya sus oficiales a estar presentes en la misma para la residencia que se les ha de tomar, debiendo hacerse ésta en un plazo inferior a sesenta días, a partir de la presentación de la carta de corregimiento, y publicarse antes de treinta. Dicha medida se toma a petición de Pedro de Santana, en nombre de los que sirvieron en la conquista de dicha isla, que temen no alcanzar cumplimiento de justicia en caso contrario. Don Alvaro. Petrus licenciatus. Johannes licenciatus. Zapata. Moxica. Mármol. Pérez. (E. Aznar; 1981)

1502 Febrero 26. Sevilla. Incitativa a Antonio de Torres, gobernador de las islas de Gran Canaria, para que determine en la petición presentado por Bautista de Riberol, vecino de Gran Canaria, sobre ciertas tierras de caña de azúcar, con el agua para su riego y un ingenio, que poseía en la villa de Santiago de Gáldar por vecindad y por trueque con otros propietarios, en las que ha gastado 500.000 maravedís; y que en su ausencia Lope Sánchez de Valenzuela, antiguo gobernador de dicha isla, hizo poner en el registro del repartimiento, alegando que las había tomado injustamente, y pagó con ellas a los herederos de Juan Mayor, alguacil mayor que fue de la isla, y de Pedro de Aday, su suegro, habiéndole negado el escribano de la causa la vista de dicho auto, por temor al citado gobernador. Don Alvaro. Episcopus ovetensis. Franciscus licenciatus. Johannes licenciatus. Zapata. Tello. Fernández de Madrid. Pérez. (E. Aznar; 1981)

1502 Febrero 28. Sevilla. Orden al gobernador de Gran Canaria para que informe al Consejo sobre la petición presentada por Andrés de Betancor, vecino de dicha isla, para que se le conceda cierta cantidad de agua que se pierde en el mar en la ribera de El Ayraga y una torre que está en Gáldar, o se le den dos azadas de agua en cualquier lugar de la isla, en recompensa de sus méritos y de los de sus familiares en la conquista de la isla. Don Alvaro. Episcopus ovetensis. Franciscus licenciatus. Joannes licenciatus. Tello. Moxica. Vitoria. Pérez. (E. Aznar; 1981)

1502 Febrero 26. Sevilla. Incitativa a Antonio de Torres, gobernador de las islas de Gran Canaria, para que determine en la petición presentado por Bautista de Riberol, vecino de Gran Canaria, sobre ciertas tierras de caña de azúcar, con el agua para su riego y un ingenio, que poseía en la villa de Santiago de Gáldar por vecindad y por trueque con otros propietarios, en las que ha gastado 500.000 maravedís; y que en su ausencia Lope Sánchez de Valenzuela, antiguo gobernador de dicha isla, hizo poner en el registro del repartimiento, alegando que las había tomado injustamente, y pagó con ellas a los herederos de Juan Mayor, alguacil mayor que fue de la isla, y de Pedro de Aday, su suegro, habiéndole negado el escribano de la causa la vista de dicho auto, por temor al citado gobernador. Don Alvaro. Episcopus ovetensis. Franciscus licenciatus. Johannes licenciatus. Zapata. Te/lo. Fernández de Madrid. Pérez. (E. Aznar; 1981)

1502 Febrero 28. Sevilla. Orden al gobernador de Gran Canaria para que informe al Consejo sobre la petición presentada por Andrés de Betancor, vecino de dicha isla, para que se le conceda cierta cantidad de agua que se pierde en el mar en la ribera de El Ayraga y una torre que está en Gáldar, o se le den dos azadas de agua en cualquier lugar de la isla, en recompensa de sus méritos y de los de sus familiares en la conquista de la isla. Don Alvaro. Episcopus ovetensis. Franciscus licenciatus. Joannes licenciatus. Tello. Moxica. Vitoria. Pérez. (E. Aznar; 1981).

Imagen: La primera data de la reina de Castilla para que Fernández de Lugo le dé tierras a Gonzalo del Castillo, foto Jonay Rodríguez.

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