viernes, 11 de julio de 2014

DOUMENTOS COLONIALES RELATIVOS AL ACTUAL MUNICIPIO DE INGENIO, GRAN CANARIA. DOCUMENTOS (1480-1599)-I






Tomados de: Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI.


1480 febrero 4.

LOS REYES CATÓLICOS MANDAN A PEDRO DE VERA EFECTUAR REPARTIMIENTOS EN   GRAN CANARIA.

Toledo.

“Don Fernando  e doña  Ysabel, por  la gracia de Dios, rey e reyna de Castilla, de León, de Aragón, de Sicilia, de Toledo, de Valencia, de Galizia, de Mallorcas, de Sevilla, de Cerdeña, de Cordova, de Corcega, de Murcia, de Jaen,  de  los  Algarves, de  Algezira,  de  Gibraltar,  conde   e  condessa   de Barcelona,  e  señores  de  Vizcaya e  de  Molina,  duques   de  Atenas  y  de Neopatria,  condes  de Rosellón y de Cerdania,  marqueses  de Oristan  y de Gociano, [...]. A vos Pedro de Vera, nuestro  governador e capitán e alcayde en la ysla de la Gran Canaria, salud e gracia, sepades, que nos avemos sido infor- mados que algunos cavalleros, escuderos e marineros,  e otras personas ansí de las que están en la dicha ysla mejor se pueda poblar e pueble e ayan más gana las tales personas de bivir en ella según dicho es y tengan  con que se puedan  substentar  e mantener.  Por ende nos vos mandamos  que repartades todos  los exidos y dehesas y heredamientos de la dicha ysla entre  los cavalleros e escuderos  e marineros,  e otras personas  que en la dicha   están y estuvieren  y en ella quisieren  bivir e morar, dando  a cada uno  aquello que vieredes que según su merescimiento  e estado ovieren de menester…”

DE DONDE  PEDRO DE VERA MANDA TRAER DE ESPAÑA Y DE MADEIRA CAÑA DE AZÚCAR,  LEGUMBRES Y GANADO;  DE CÓMO  SE PLANTAN MUCHOS CAÑAVERALES Y SE CONSTRUYEN LOS PRIMEROS INGENIOS;  Y DE CÓMO

“ EL CONQUISTADOR   ALONSO DE MATOS”  ES DUEÑO  DE UNO DE LOS TRES INGENIOS QUE HABÍA EN TELDE  Y QUE FUERON DE ALONSO RODRÍGUEZ DE PALENZUELA.

“…El gobernador Pedro de Bera ynbió a España y a la ysla de Madera por frutales y cañas de asúcar, legumbres  y todo jénero de ganados, y casa y se plantaron  por toda la ysla muchísimos cañaverales, que luego comensaron a dar ynfinito asúcar muy bueno…” (Crónica Ovetense).

“…El dicho Governador Vera, hiço el primer ingenio de agua cerca de la çiudad un quarto de legua, el río arriba que passa por ella que se llamaba el Geniguada, y el alféres Haimes de Sotomayor hiço otro  que molía con cavallos rones, Serpas y Padillas, Peñalosas, y Pelloses, y Vachicaos, y el dicho convento de señor San Francisco se comensó entonces los cimientos, y después crecien- do el número de las cañas por toda la isla creció el de los ingenios assí de agua como de caballos que se hicieron en muchas partes como se parece oy día, particularmente en Arucas, y Firgas, y Barranco de Guadalupe. Hiço quatro ingenios Thomás de Palensuela, y en Tirajana, y en los llanos de Sardina, y en Telde otros tres hiço Alonso Rodrígues de Palensuela su hermano a los quales y su padre, y otros hermanos que murieron  como cavalleros conquistadores se las dieron  en  repartimientos  en  las dichas partes y en  los ingenios de  Arucas sucedió después Juan Marcel   caballero francés casado con una  hija de un caballero conquistador Santa Gadea, y en el de Telde sucedió otro conquista- dor Alonso de Mattos (*), y Cristoval García del Castillo también conquistador, y en el Agaete otros caballeros Palomares, y en Guía los Cairascos, y Soberanis italianos también conquistadores, y casados con hijas de tales, y se les dieron grandes repartimientos, y hicieron grandes ingenios de moler cañas…” (Crónica Lacunense). (2)
(*) En la Crónica   Ovetense aparece con una sola “t”. (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1485.
ALONSO DE MATOS RECIBE TIERRAS.  (¿) “Repartimiento de tierras a Francisco y  Alonso de Matos en los Llanos de Telde.”

1485 agosto 25.
SOBRE  UN  REPARTIMIENTO  A DIEGO  JERES  DE  BADAJOS  EN AGUATONA DE LA COMARCA DE AGUIMES. … Yo Juan de Ariñez escribano  de camara de la Reyna nuestra  Señora e escribano mayor del cabildo desta isla de la Grancanaria  dó fé, e fago saber a los Señores, que la presenten  vieren, que en un libro de registro de asiento de pliego de repartimientos de tierras de riego e otras heredades  dadas e repartidas en esta dicha isla está un repartimiento que parece que fue hecho de las heredades  de la comarca de Agüimes en veinte, e cinco de Agosto de mil cuatrocientos,  e ochenta  e cinco  años, en el cual dicho  repartimiento está un asiento, que dice de esta guisa:
Diego de Jeres de Badajos.

Y luego otra  suerte  el Valle abajo como  va entre  unas albaradas  fasta venir a ojo del camino, que va a Aguatona, e donde  la dicha tierra abajo no ovo más tierra  de  labrar,  y todo  de  luengo  doscientas,  e cincuenta  i dos brazas por el Valle abajo e diose a Diego Jeres de Badajos.
E porque  de lo susodicho  seades ciertos di las presente  en testimonio de verdad; que es fecha, e sacado el dicho asiento del dicho libro en diez e siete dias del mes de Febrero de mil e quinientos  e siete años=testigos que fueron  presentes  a lo ver leer, e concertar  Rodrigo de Arcos vecino desta dicha isla e Pedro de Vargas estante  en ella. E yo el dicho  Juan de Arinez escribano  sobre dicho, en vivo con los dichos testigos presente  fui a leer e concertar  de este dicho asiento, e por ende  fir aquí este mio sino en testi- monio  de verdad=Juan de Arinez.” 
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1491 abril 10.

CARTA DE MERCED Y PRIVILEGIO DE LOS REYES CATÓLICOS POR LA QUE CONCEDEN  AL OBISPO DON  FRAY MIGUEL LÓPEZ DE LA SERNA EL SEÑORÍO DE AGÜIMES.
Carmona. 
“Don  Fernando  e Doña  Isabel […]  quanto  en  cierta  capitulación  por nuestro  mandado  alguno de los del nuestro  consejo fizieron sobre las cosas tocantes  a la isla de la gran Canaria ay un capítulo  en que se contiene  que pareció a los del nuestro  consejo que por la capitulación  por nuestro  man- dado  entendieron que a don  Fray Miguel López de la Serna obispo  de la dicha  gran canaria e Rubicón desviamos mandar  carta de merced y privile- gio del lugar e heredamiento de Agüimes que por el nuestro  gobernador de la dicha isla le fue señalado con todos sus términos  [...]   e que la jurisdicción civil de la población  del dicho lugar y heredamiento oviese e toviese dicho obispo e sus juezes y la jurisdicción de lo criminal quedase para nos [...]  faze- mos merced gracia donación  pura perfecta no revocable del lugar e heredamiento de  Agïimes que  por  vos fue  señalado  e amojonado  por  el dicho  nuestro  gobernador por  los limites e mojones  que vos fue limitado con todos los vasallos que en él han poblado  e poblasen  de aquí adelante e con sus puertos e pesquerías e con todas las dehesas, prados, exidos e cañav- erales e viñas e otros cualesquier heredamiento e prados e pastos e molinos e aguas corrientes  estantes y manantes  e con todas las otras cosas al dicho lugar e heredamiento anexas e pertenecientes para que de aquí adelante para siempre jamas [...]  e lo podades arrendar e arrendéis  e llevedes e vos sea acu- dido  con todos  los frutos e rentas  e pechos  y derechos  e otras cualesquier del  dicho  lugar  e heredamiento, ecepto  el dicho  cargo   e descargo  e las rentas reales e monedas  e pedido e moneda  forera e la jurisdicción criminal de la población  que agora ay en el dicho heredamiento e oviese de aquí ade- lante que queden  finca para nos e para nuestra…”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1499 noviembre 8.
ORDEN  DE LOS REYES CATÓLICOS AL JUEZ  PESQUISIDOR DE GRAN CANARIA PARA QUE LE INFORME SOBRE LA APARICIÓN DE PLATA EN EL CARRIZAL.   “Orden al licenciado  Diego Hernández de Varela, juez pesquisidor  de Gran Canaria, para que informe  sobre  la aparición  de plata en el Carrizal, que fue comunicada  al rey por Lope Sánchez de Valenzuela, gobernador de dicha  isla. El  rey  y la  Reina. Almazán. Respaldada: Episcopos  ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello, Moxica.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1500 marzo 6.
ORDEN  AL GOBERNADOR PARA QUE SE LE RESTITUYA A ALONSO DE MATOS UN INGENIO.  6 de Marzo de 1500.
“Orden al gobernador o juez de residencia  de Gran Canaria, para que guarde una declaración   del consejo, restituyendo  a Alonso de Matos, veci- no de la villa de Telde, la posesión de un ingenio, hasta que le sean abonadas las cantidades  que se le adeudan,  en el caso   de que Juan de Sanlúcar no asiente cuentas con él en un plazo de nueve días. Dicha medida  fue toma- da tras la apelación presentada  por Benito de Vitoria, procurador de Alonso de Matos, para que fuese revocada la ejecución hecha por Lope Sánchez de Valenzuela, gobernador de Gran Canaria, de una carta ejecutoria que obliga a Diego de Cabrera, vecino de dicha isla, a entregar un ingenio, que vendió siendo  alcalde de la isla, más los frutos y rentas  que hubiese  producido,  a Juan de Sanlúcar, también  vecino de Gran Canaria, haciendo  vecino de esta responsabilidad a Alonso de Matos.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1503 abril 6.
ORDEN  REAL AL GOBERNADOR DE GRAN CANARIA PARA QUE ACTÚE CONTRA LAS PERSONAS QUE SE REFUGIAN EN AGÜIMES PARA NO PAGAR DEUDAS. Alcalá de Henares.
“Orden al Gobernador de Gran Canaria, a petición de Bartolomé Ramírez Nieto, procurador del concejo y vecino de dicha isla, para que actúe contra las personas que se refugian en el lugar de Agüimes, jurisdicción del obispo de Canaria, para no pagar deudas que tienen contraidas con dicho concejo, autor- izándole para obligarlas a salir del dicho lugar, en caso necesario. Don Alvaro. Petrus. Zapata. Tello. Carvajal. Santiago.Ramírez. Polanco.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1507 diciembre 24.
PREGÓN EN LA PLAZA PÚBLICA DE LAS PALMAS ORDENADO POR EL REFORMADOR JUAN ORTIZ DE ZÁRATE,  SOBRE BIENES DEL HOSPITAL DE SEÑOR SAN MARTÍN Y FALLO SOBRE CON- FIRMACIÓN DE LOS MISMOS. 
“…sepan  todos  los  vecinos, e  moradores  de  esta  dicha  isla de  Gran Canaria  i de  fuera  de  ella que  antel  Señor  reformador  pareció  Pedro  de Santana  en nombre  del Hospital  de Sr. San Martín, e en el dicho  nombre presentó  ciertas escrituras, por la cuales pide que sean confirmadas  el dicho Hospital de Sr. San Martín [...].
Otra  suerte de tierra de riego ques en el sitio de Agüimes que há por linderos de una parte tierras de Perucho  de Bilbao, i de la otra parte tierras de García Orueña  e de la otra parte el barranco  del Rio, e de la otra parte la Vega mayor.

En  tres  dias del  mes  de  Enero  del  nacimiento  de  nuestros  Salvador Jesucristo de mil, e quinientos  e ocho años, el dicho Señor reformador   [...].

Fallo que debo  de confirmar  al dicho Hospital del Sr. San Martín [...] e otro  si le  confirmo  otra  suerte  de  tierra  de  riego  que  es en  el  sitio  de Agüimes que  há por  linderos  de la una  parte  tierras  de los herederos  de Perucho  de Bilbao, e de la otra parte tierras de García Orueña  e de la otra parte el barranco  del Rio, e de la otra parte la Vega mayor las cuales dichas clases de tierra se hayan de regar y rieguen por sus dulas según que les han usado en cada una de ellas en el sitio a do está, e le cupiere de aquí adelante por siempre jamás…” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1514 agosto 14.
ORDEN  REAL A RODRIGO  DE GUADIANA,  PARA QUE VIAJE  A GRAN CANARIA Y RECIBA A LOS TESTIGOS DEL OBISPO SOBRE EL PLEITO QUE SE SIGUE SOBRE LOS TÉRMINOS DE LA VILLA DE AGÜIMES.  Valladolid. 
“Orden a Rodrigo de Guadiana, escribano real, para que vaya a Gran Canaria  y  reciba  los  testigos  que  don  Fernando   de  Arce, obispo  de Canaria, ha de presentar  ante  el Consejo  Real en el pleito  que  se sigue con  el concejo  de dicha  isla sobre  los términos  de la villa de Agüimes. Para el cumplimiento de su misión se le concede poder cumplido y doscientos  maravedís, al día, aparte de los derechos  que le correspondan por las escrituras. Se ordena  a don Fernando  de Arce que notifique  carta a  la  otra   parte,  para  que   pueda   alegar  lo  que   estime   conveniente. Arzobispo. Palacios. Rubios. Santiago. Aguirre. Cabrero. Tomás de Mármol.”. (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1514 septiembre 23.
EL REY AL GOBERNADOR DE GRAN CANARIA PARA QUE ENTREGUE AL COMENDADOR  LUIS PINELO TIERRAS EN EL POZO  DE GUAYADEQUE.  Valladolid.  “Sobrecarta al gobernador o juez de residencia  de Gran Canaria, para que cumpla en el pozo de Guayadeque, cerca de Agüimes, las seis caballerías de regadío concedidas  al comendador Luis Pinelo, gentilhombre de la casa del  rey. La  fecha de la anterior  carta –que va inserta- es Salamanca 18 de Diciembre  1.506 y en ella se dispone que, en caso de no poderse cumplir en Gran Canaria, el  adelantado  don Alonso Fernández  de Lugo, gobernador de Tenerife y La  Palma, le hará entrega de dichas tierras en el río de los Sauces o  en  cualquier  lugar  de  las islas de  su  gobernación.  El  Rey. Conchillos. Zapata. Carvajal.”. (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1514 noviembre 30.

.NOTIFICACIÓN  REAL A RODRIGO  DE   GUADIANA DE CINCUENTA DÍAS DE PRÓRROGA PARA PRESENTAR PRUEBAS EN EL PLEITO ENTRE EL OBISPO Y EL REGIMIENTO  DE GRAN CANARIA SOBRE LOS TÉRMINOS DE LA VILLA DE AGÜIMES. Valladolid. 

“Notificación a Rodrigo de Guadiana, escribano  real, de la concesión de 50 días de prórroga  en la presentación de probanzas  en el pleito que ante  el   Consejo  siguen  don  Fernando  de Arce, obispo  de Canaria, y el Regimiento de Gran Canaria sobre los términos  de la villa de Agüimes. Se confirma el poder  cumplido  otorgado  a dicho escribano. Archiepiscopus. Santiago. Polanco. Aguirre. Cabrero. Qualla. Tomás de Mármol.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1516 agosto 5.
ALONSO DE MATOS OBTIENE  UN HERIDO  Y SEIS SUERTES DE TIERRA ENTRE EL HERIDO  DONDE  SE HACE EL INGENIO  Y EL BARRANCO DE AGUATONA POR DEJAMIENTO  DE OTRAS QUE FUERON DE CRISTÓBAL GARCÍA.  Agüimes.   “…Muy noble e muy generoso señor, Alonso de Matos vezino desta ysla besa las manos  de vuestra merçed  a la cual haze saber en como vuestra merçed le a fecho merçed de un herido de yngenio de moler cañas e de seys suertes de tierra en el termino  de Aguimez de la suerte e manera que la avia fecho a Cristobal Garçia se avian dado con el dicho herido que el dicho Alonso de Matos tomase otras seys adonde  bien lo estuviese con tanto  que fuesen sin perjuiziio de tercero. Dize el dicho Alonso de Matos que fue metido en pos- esyon por  mandado  de vuestra merçed  de las dichas  suertes  que  al dicho Cristobal  Garçia avian sydo dadas e que halla que las dichas suertes son e tienen dueños e son de herederos de Agüimes e que su voluntad es no tomar lo ageno ni hazer mala obra a ninguno. E que a mirado otras tierras que son en una lombada  que esta sobre el barranco  de Aguatona las quales son bal- dias e syn perjuizio de nadi e puesto que le sea trabajo aprovecharlas que las quiere  antes  aprovechar  que  otras  algunas  por  no  enojar  a los vezinos  e suplica  a vuestra  merçed  le mande  hazer  merçed  del  dicho  lomo  que  es entre el herido de donde  se haze el yngenio e el barranco  de Aguatona para que en el se a entregue  e satisfecho de las dichas seis suertes  que vuestra merçed  hara  serviçio  a  sus  altezas  e  al  dicho  Alonso  de  Matos  mucha merçed.

E despues desto en la çibdad de Telde que es en esta dicha ysla en el cabil- do que se hizo por el dicho señor governador e señores regidores deputados en vysitaçion en syete de Agosto e del dicho año se le dieron al dicho Alonso de Matos las dichas tierras que pide syn perjuizio  de terçero con tanto  que las otras  que  le fueron  dadas  e se avyen dado  al dicho  Cristobal  Garcia quede por Realengas e se pueda proveer dellas como de tierras Realengas e que el dicho Alonso de Matos haga dexamiento  de las dichas tierras ante mi. E  despues  desto  en  el  cabilldo  quinze  de  Junio  de  mil  e  quinientos   e quarenta  e tres años estando en el dicho cabildo el maginifico señor Alonso del Corral gobernador e justiçia mayor desta dicha ysla por sus magestades e los señores Regidores que en el dicho cabildo  se hallaron  y en presencia de mi Pedro Ximenez escrivano de sus magestades e teniente  del dicho Juan de  Ariniz escrivano  mayor  del cabildo  se presento  un  petiçion  del dicho Alonso de Matos por la cual en efeto dixo que el dicho Juan de Ariniz no le queria dar el titulo  de las dichas tierras de suso porque  no hallava el dex- amiento  que el dicho Alonso de Matos avia fecho e que le mandasen  dar el titulo  por  que  si necesario  hera  agora de nuevo  hazia  dexamiento  de las dichas  tierras  que  fueron  dadas  al dicho  cristobal  Garcia para que  fuesen Realengas  e  los  dichos  señores  pudiesen  disponer  dellas  como  de  cosa propia de la çibdad segund más largo en la dicha petiçion se contenia. E por los dichos señores gobernador y Regidores fue Respondido  que se açeta el dexamiento  que  hazia  de  las dichas  tierras  que  fueron  dadas  primero  al dicho  Cristobal  Garçia que de suso se haze minçion  e le mandaron dar el titulo de las dichas tierras que el dicho Alonso de Matos pidio e mandaron que se asentase este dexamiento  al pie del dicho titulo como de suso se contiene.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1517 enero 29.

ORDEN  DE LA CORONA A LAS JUSTICIAS  DE GRAN CANARIA PARA QUE SE CUMPLA LAS SENTENCIA  EN EL PLEITO ENTRE EL CONSEJO Y EL OBISPO SOBRE LOS TÉRMINOS DEL LUGAR DE AGÜIMES.  “Orden a las justicias de las islas de Gran Canaria, para que guarden  la sentencia   dada  por  el Consejo en el pleito  entre  Don  Fernando  de Arce, obispo de dichas islas, y el Consejo de Gran Canaria sobre los términos  del lugar  de  Agüimes. Este  pleito  pendió  en  primer  lugar  ante  el  continuo Antonio de Torres, gobernador de la dicha isla  y veedor de Berbería, a con- secuencia de la demanda  presentada  por el bachiller  Ramírez  Nieto, procu- rador de la isla, contra el obispo don Diego de Muros, al que acusó de ocu- par pastos, abrevaderos, pesquerías, puertos y abras desde la villa de Telde al lugar de Agüimes y al otro lado de éste, dados por el gobernador Pedro de Vera para  uso  común,  por  lo que  pidió  300.000  maravedís  de  daños. Le acusó, a sí mismo, de labrar una casa y ciertos edificios en el Carrizal, toman- do en este lugar 20  vacas, que podrían  valer 60.000  maravedís y 10  o 12 asnos, valorados en 20.000  maravedís que mandó  a Tenerife. Todo  lo cual fue comunicado  a Fernán Pérez de Herrera, procurador del obispo, asignán- dose  plazo  para las probanzas  conforme  a la ley de Toledo,  terminado  el cual fue dictada sentencia, por la que se declaró que todos los términos eran comunes  y que  Agüimes no  tenía  límites, condenando al obispo  a pagar 24.000 maravedís por 12 vacas y a devolver 2 asnos guaniles, mas las costas y dando  posesión a la isla en el barranco  de Aguatona y Carrizal. Contra  la ejecutoria  de esta sentencia, apeló el obispo  don  Pedro de Ayala, alegando que hacía 35 años el obispo  don Juan de Fría había recibido  en la villa de Agüimes con  sus términos,  tercias y diezmos,  por  sus servicios en la con- quista, poseyéndola después don Miguel de la Serna, don Diego de Muros y él mismo, y que hacía 13 años Antonio de Torres había sentenciado  ilegal- mente  la causa, pues no escuchó  al obispo  que residía en Castilla. Indicó, además que el gobernador López Sosa, aparte de lo contenido en la senten- cia repartió  ciertas tierras y un ingenio que está más cerca de Agüimes que la casa y huerta  edificada por don Diego de Muros en el Carrizal, reedifica- da por  orden  real a costa  del  gobernador Sánchez  de  Valenzuela, que  la había derribado,  lo que prueba  que aquellas también  están fuera de realen- go y que  Agüimes tiene  términos,  los cuales existían ya en tiempo  de los canarios, aunque  no hubiese  memoria  de ellos por ser la villa más antigua que  la ciudad  de Las Palmas, y que  Antonio  de Torres  los había  hallado, aunque  algunos  testigos pensaron  que eran atalayas de pescadores  y otros sepulturas de canarios. Todo lo cual fue notificado a Diego de Rojas, procu- rador de la isla. A raíz de la apelación se nombró  receptor  en dicha causa a Rodrigo de Guadiana, escribano  público, ante quien Enrique  Yañes afirmó, en nombre  de la isla que  no  existían tales límites, ya que  los mojones  se trataban  de una santidad donde  los canarios se acogían en tiempos de guer- ra, como las había en muchos  lugares de la isla, y dado que dicho lugar era una aldea de la ciudad de Telde, donde  residía el rey de la isla. La sentencia definitiva fue dada en Madrid el 23 de diciembre  de 1516  y revocó la dada por  Antonio  de Torres  sin condena  de costas para  ninguna  de las partes. Arhiepiscopus. Polanco. Aguirre. Cabrero. Coalla. Tomás de Mármol”.  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1517 agosto 29.

ORDEN  REAL AL GOBERNADOR DE GRAN CANARIA PARA QUE HAGA CUMPLIR LA SENTENCIA A FAVOR DEL OBISPO,  EN EL PLEITO LA VILLA DE AGÜIMES.  “Orden a Pedro Suárez de Castilla, gobernador de Gran Canaria, para que haga cumplir la sentencia dada por el consejo en favor de don Fernando de Arce, obispo de las islas de Canaria, en el pleito sobre la villa de Agüimes, por la que fue revocada otra de Antonio de Torres, gobernador que fue de dicha  isla, a favor de  la misma.  Se le ordena,  asímismo,  entender   en  la denuncia  presentada  por  Juan  de  Cerain,  procurador del  Obispo,  contra Lope  de  Sosa, también  gobernador de  dicha  isla, a quien  acusa  de  sus- pender  la ejecución  que de la sentencia  del Consejo realizó  el alcalde de Agüimes, a quien  tuvo preso junto  con el escribano  de la villa, ante quien pasó la ejecución. El Arzobispo. Carvajal. Santiago. Aguirre. Cabrero. Coalla. Tomás del Mármol. “ (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1517 septiembre 23.

ALONSO DE MATOS,  DUEÑO  DE UNAS CASAS EN LA CALLE DE LOS PORTUGUESES.  “Martín de Montiel, mercader, vecino de la ciudad  de…toma posesión de unas casas en la calle de los Portugueses  como apoderado  de Alonso de Matos, portugués, ante Cristóbal de San Clemente, escribano público.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1517 noviembre 6.
ORDEN  REAL AL OBISPO DE GRAN CANARIA PARA QUE DESISTA DE SU DEMANDA CONTRA EL CONCEJO  EN EL LITIGIO POR LA POSESIÓN DE AGUAS Y TIERRAS PRÓXIMAS AL LUGAR DE AGÜIMES.  Roa. 
“Orden  a don  Fernando  de Arce, obispo  de Gran  Canaria, para  que desista  de  su  demanda  contra  el consejo  de  dicha  isla, y obligue  a don Bartolomé  López de Tribaldos, su provisor en ella, a levantar las censuras que  dictó  contra  el  consejo  y contra  el  gobernador  Lope  de  Sosa, por amparar éste a la isla en la posesión de  las aguas y tierras próximas al lugar de Agüimes, perteneciente a la mesa obispal, que  se utilizan  como  pasto común  y oponerse     a la posesión que Martín Ibáñez, alcalde de Agüimes, dio al provisor en Junio pasado, ante Juan Berriel, escribano de dicho lugar,
so color de una sentencia  y carta ejecutoria  del Consejo. Se da a petición de Fernando  de Espino, personero  de la isla, quien alega que la causa sigue pendiente ante  el   Consejo  y que  sólo  éste  debe  entender   en  ella, por tratarse de una cuestión  de términos  y ser merced  de los Reyes Católicos. Santiago.  Polaco.  Aguirre. Cabrero.  Coalla. Beltrán.  Tomás  de  Mármol”. (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1571 noviembre 6.
ORDEN  REAL AL PROVISOR DE  GRAN CANARIA PARA QUE LEVANTE LAS CENSURAS DICTADAS CONTRA EL GOBERNADOR Y CONSEJO  A CAUSA DEL PLEITO POR LOS TÉRMINOS CERCANOS AL LUGAR DE  AGÜIMES.

Roa.  “Orden al licenciado Bartolomé López de Tribaldos, provisor de Gran Canaria   para que levante las censuras  que dictó   contra  el gobernador y consejo  de  dicha  isla, a causa  del  pleito  que  tratan  con  el obispo  don Fernando  de  Arce por  los  términos  cercanos  al lugar  de  Agüimes, que pertenecen a la mesa obispal; y para que les otorgue la apelación que tiene solicitada para su superior. El motivo de estas censuras es la oposición  del gobernador Lope  de  Sosa a   la posesión  que  Martín  Ibáñez,  alcalde  de Agüimes, dio al provisor en Junio pasado, ante el escribano de dicho lugar, so color de una  sentencia  y carta ejecutoria  del Consejo, y la prisión  de éstos por  actuar  fuera de su jurisdicción.  Se da la petición  de Fernando Espino, personero  de la isla, quien  alega que el pleito debe  verse  ante el Consejo, por la cuestión  de términos   y merçed  de los Reyes Católicos, y defiende  el derecho  de la isla a defender  los términos  de ella como pasto común.  Santiago.  Polanco.  Aguirre. Cabrero.  Coalla. Beltrán.  Tomás  del Mármol.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1517 noviembre 7.

CITACIÓN  AL OBISPO DE CANARIA  PARA QUE SE PRESENTE EN EL CONSEJO  DE GRAN  CANARIA POR  APELACIÓN DE LA SEN- TENCIA SOBRE LOS TÉRMINOS PRÓXIMOS  A LA  VILLA DE AGUIMES.
Roa. 
“Citación a don Fernando  de Arce, obispo de Canaria, para que antes de treinta  días se presente  en el Consejo, en   seguimiento  del pleito que trata en el consejo de Gran Canaria, por apelación de éste a una sentencia sobre  los  términos  próximos  a  la  villa de  Agüimes.  Santiago.  Polanco. Aguirre. Cabrero. Coalla. Beltrán. Tomás de Mármol.”    (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1517 noviembre 7.
ORDEN REAL AL OBISPADO  DE SEVILLA   PARA QUE OBLIGUE AL PROVISOR DE GRAN  CANARIA A LEVANTAR  LAS CENSURAS  CONTRA EL COBERNADOR Y EL CONCEJO. Roa. “Orden al licenciado Flores,  provisor del obispado  de Sevilla, para que obligue al provisor de Gran Canaria a levantar las censuras que dictó contra el gobernador y el consejo de dicha isla, a causa de   la disputa  por   los tér- minos cercanos al lugar de Agüimes, que pertenece  a la mesa obispal; y para que remita al  Consejo el pleito que sobre los mismos se sigue ante él, ya que se trata de una cuestión de términos y merced de los Reyes Católicos. El cita- do pleito es fruto de la apelación  de Fernando  de Espino procurador de la isla, contra  dichas  censuras  y contra  la demanda  de  8.000  ducados  inter- puesta por el obispo, y en el que fue sentenciado  que la isla debía dar fian- zas por la citada cantidad  como condición  para levantar las penas eclesiásti- cas. Santiago. Polanco. Aguirre. Coalla. Beltrán. Tomás del Mármol.”      (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1518 enero 5.
ANTÓN PÉREZ CABEZA VENDE A ALONSO DE MATOS UN INGENIO,  TIERRAS,  AGUAS,  BESTIAS Y OTRAS COSAS.
.
“Antón  Pérez  Cabeza,  celebra  Escritura  Pública  ante  el  Escribano Público  de Gran  Canaria, Pero Ortiz,  mediante  la cual vende a Alonso de Matos en la vega de Aguatona, cerca del lugar de Agüimes, un ingenio, tier- ras, aguas, bestias, esclavos y otras  cosas por  el precio  de trescientas  diez doblas de oro. En carta de Pago otorgada, según protocolo  Notarial cele- brado  el 22  de  Septiembre  de  1522  ante  el Escribano  Público  de  Las Palmas, Cristóbal  de San Clemente  y celebrada  en el “Ingenio de Alonso de Matos” de Agüimes, el comprador,  Alonso de Matos, reconoce deber al vendedor,  Antón  Pérez Cabeza  un  resto  de doscientas  cincuenta  doblas de oro que se las paga dándole  cuatro suertes de tierra de regadío, donde él quisiera en la vega de Aguatona, en un cercado nuevo que hizo y que linda  por arriba  con la acequia, por otra parte  el barranco  de Aguatona, por  otra  parte  la tierra  y un  cañaveral  de  su  propiedad  que  fueron  de Martín Alemán y por otra parte con tierra también  suya que fue de Pedro de  Talavera. Tendrá  para  su  riego  veinticuatro   horas  de  agua  por  sus dulas, o sea a cada día un día y una noche, regadas por la acequia nueva que él había  hecho  y con una  azada de las que se usan dar en Agüimes. Se asegura dar el pago de las doscientas cincuenta  doblas con dos suertes de tierras de regadío   con dos suertes de agua anejas que tiene  cerca de su ingenio en el término  de Agüimes. Este contrato  de pago está firmado como  testigo y como  apoderado  por Pedro Moreno, que dos días antes, el 20 de Septiembre  de 1522, había obtenido Poder de Alonso de Matos ante el mismo  escribano  Cristóbal  de San Clemente  ya que no sabe firmar.

En el mismo  lugar y fecha y ante el mismo  escribano  se celebra un pacto retroventa  en el que Antón Pérez cabeza se compromete a volver a vender a las cuatro  suertes de tierra por el mismo precio en un plazo de cuarenta  días, si Alonso de Matos por  ella le diese doscientas  cincuenta doblas de oro.”     (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1518 enero 15.
COMISIÓN REAL AL GOBERNADOR DE GRAN CANARIA PARA QUE INSTE AL CONSEJO  Y AL OBISPO A QUE SEÑALEN UN ESCRIBANO PÚBLICO EN EL PLEITO SOBRE LOS TÉRMINOS DEL LUGAR DE AGÜIMES.  Valladolid,  “Comisión al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que inste al consejo de Gran  Canaria  y a don  Fernando  de Arce, obispo de dicha isla, a que señale cada uno un escribano público y notario de los reinos que reciba los testigos que han de presentar, ante el Consejo, en el pleito  que  tratan  sobre  los términos  del lugar de Agüimes, facultándole para nombrarlos personalmente, en caso de que no lo hagan las partes. El nombramiento de dos escribanos  se hace a petición  del consejo de dicha isla. Arzobispo.  Polanco.  Alonso de  Castilla. Cabrero.  Beltrán. Mármol.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1518 febrero 6.
ORDEN  REAL AL GOBERNADOR DE GRAN CANARIA PARA QUE PONGA EN LIBERTAD AL ALCALDE Y AL ESCRIBANO DE LA VILLA DE AGÜIMES.  Valladolid.
“Orden al gobernador de Gran canaria, para que ponga en libertad  al alcalde y al escribano  de la villa de Agüimes, a quienes tiene presos por eje- cutar una carta de Su Majestad a favor de Don Fernando  de Arce, obispo de Canaria. Se da a petición  del prelado, quien  adujo que antes fueron  encar- celados por Lope de Sosa, gobernador a la sazón, y que por dicha causa su provisor excomulgó  a éste y dictó  entredicho  en la isla, penas  que fueron recurridas  ante el Consejo, obteniendo de la reina una orden  para que fue- sen levantadas, por lo que sus oficiales fueron puestos en libertad bajo fianza.  Arzobispo.   Alonso   de   Castilla.  Cabrero.   Coalla.  Beltrán.  Guevara. Mármol.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1518 febrero 16.
COMISIÓN REAL AL GOBERNADOR DE GRAN CANARIA PARA QUE EL CONSEJO Y EL OBISPO NOMBREN UN ESCRIBANO EN EL PLEITO SOBRE LOS TÉRMINOS DEL LUGAR DE AGÜIMES. Valladolid.

.
“Comisión al gobernador o juez de residencia  de Gran  Canaria, para que inste al consejo de dicha isla y a don  Fernando  de Arce, obispo  de la misma, a que nombren cada uno a un escribano  con título del reino, no de los números  de la isla, que reciba los testigos que han de presentar  ante el Consejo en el pleito que tratan sobre los términos  del lugar de Agüimes. En caso de que no lo hagan en un plazo de tres días, la recepción de testigos se hará ante el escribano  que nombre  el obispo. Se da a petición  de éste, que solicitó una persona de la corte para hacer la probanza.  Arzobispo. Polanco. Coalla. Beltrán. Guevara. Mármol.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1518 agosto 31.

RECONOCIMIENTO  DE DEUDA  DE ALONSO DE MATOS  POR COMPRA DE AZÚCAR. “Reconocimiento de deuda que Alonso de Matos, vecino, principal pagador, y Francisco Sánchez de los Palacios, mercader, y Antonio  Paz, sus fiadores, hacen a Jorge Imperial, mercader, genovés, de ciento cincuenta arrobas de azúcar blan- co que les compró, prometen  entregarlas por fin de Abril próximo.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1519 enero 3.
ALONSO DE MATOS Y JUAN DÁVILA VENDEN UN PEDAZO DE TIERRA.
Telde..
“Venta que Juan Dávila y Alonso de Matos hacen a Alonso López de un pedazo de tierra.”
1519 enero 5.
ALONSO LÓPEZ TOMA POSESIÓN DE LAS TIERRAS QUE LE VENDIERON ALONSO DE MATOS Y JUAN DÁVILA.
“Posesión que Alonso López toma de las tierras que le vendieron  a Juan Dávila y Alonso de Matos, vecinos, las tierras tienen    por  linderos  tierras de Alonso Coronado,  tierras de Juan de Burguillos, tierras de Bartolomé Martínez de Zurita y tierras de Alonso López.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1519 enero 15.
RECONOCIMIENTO DE DEUDA DE AZÚCAR DE ALONSO DE MATOS POR COMPRA DE UNA YUNTA DE BUEYES Y MEDIA CAR- RETA.
“Reconocimiento de deuda que Alonso de Matos, vecino, hace a Francisco Sánchez de los Palacios, mercader, estante, de ciento setenta arrobas de azúcar de espumas, de las que se hicieren en su  ingenio de Agüimes este año, por la compra de dos yuntas de bueyes y media carreta; promete  entregarlas a fin de Julio.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1519 marzo 15.
TRUEQUE DE TIERRAS ENTRE ALONSO DE MATOS Y CRISTÓBAL GARCÍA. 
“Posesión que Cristóbal García de Moguer, vecino, tome de un pedazo de tierra de sequero  en Telde, bajo el camino  que va a Las Palmas, linde con el parral de Domingo  Márquez, con parral de Alonso Lozano, con tier- ras de  Antonio  Dávila y con  el barranco  del  agua, la tierra  pertenecía  a Alonso de Matos que se la vendió y trocó por una suerte de tierras, tal como consta en las escrituras que ello hizo ante Luis Páez, escribano  público  de Telde.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1519 marzo 18.
SOBRE EL INGENIO  DE ALONSO DE MATOS EN TELDE.
Telde.  “…tierras de sequero en la Vega Mayor de Telde, encima del ingenio de Alonso de Matos.”

1519 marzo 20.

ALONSO DE MATOS COMPRA CUATRO SUERTES DE ÁRBOLES FRUTALES.  Telde. 
“Venta  de  Juan  de  Tarifa  a  Alonso  de  Matos  de  cuatro  suertes  de árboles frutales.”

1519.
DEUDA DE ALONSO DE MATOS A JUAN DE TARIFA.  Telde.  .
“Deuda de Alonso de Matos a Juan de Tarifa de 5.000  maravedises a pagar el inicio de 1.521”.
1519 mayo 10.
FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS PALACIOS Y ANTÓN PÉREZ CABEZA,  RECONOCEN  EL PAGO DE UNA DEUDA QUE DEBÍA ALONSO DE MATOS POR SENTENCIA.
 “Francisco Sánchez de los Palacios y Antón Pérez Cabeza, mercaderes, vecinos, reconocen  deber a Gaspar de Si... clérigo y a su apoderado  Diego de Aguilar, procurador de causas, vecino, ciento veinte ducados de oro, resto de una deuda de ciento cincuenta  razonadas  a trescientos  setenta y cinco mar- avedíes de  moneda  castellana  que  salieron  a pagar por  Alonso de  Matos quien los debía por sentencia. Se obligan apagar con plazo hasta el día y del mes de Septiembre  del mismo año.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1519 septiembre 26.

ALONSO DE MATOS RECONOCE  UNA DEUDA DE AZÚCAR.
Telde.  “Reconocimiento  de deuda de Alonso de Matos, vecino, a García (roto), vecino, de cincuenta  y tres arrobas  de azúcar  por habérselas comprado  en dineros de contado; promete  pagar a fin de Abril próximo.”

1519 octubre 3.

CONTRATO  DE ALONSO DE MATOS POR TRES MIL CARGAS DE LEÑA.  Telde. .
“Concierto que realizan Alonso de Matos, vecino,… moreno, estante, por el que el segundo se obliga a cargar tres mil cargas de leña del Lentiscal para la zafra de  este año, recibiendo  del primero  veinte  maravedises  por  cada carga.”
1519 octubre 20.

DEUDA   POR UN PRÉSTAMO A PAGAR EN AZÚCAR EN EL INGE- NIO DE ALONSO DE MATOS EN TELDE. “Rodrigo Luis, portugués,  reconoce  deber  a  Juan  de……,   mercader, nueve doblas de oro castellanas que recibió   en préstamo, se obliga a pagar
en espumas de azúcares en el Ingenio de Telde de Alonso de Matos”

1519 noviembre 4.
RECONOCIMIENTO DE DEUDA   POR COMPRA DE AZÚCAR, PAGADERAS EN EL INGENIO  DE AGUIMES.
Las Palmas..
“Marcos Pérez, vecino de Gran Canaria, reconoce  deber  a Cristóbal de Cerpa, regidor y vecino, treinta arrobas de azúcar blanco que  le había com- prado  y se obliga a pagarla, puestas y pesadas en el  ingenio de Agüimes a fines del mes de Abril del año siguiente.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1520 enero 22.

ORDEN  REAL  AL OBISPO DE CANARIA  PARA QUE NO PROCEDA CONTRA LOS QUE TIENEN HACIENDA Y HEREDADES   CERCA DE AGUIMES. Valladolid.

“Orden al obispo de Canaria o a su provisor en la isla de Gran Canaria para que no proceda  contra  los que tienen  haciendas  y heredades  cerca de Agüimes, so pena de perder sus temporalidades, ya que ellos tienen sus aguas y tierras por merced  real, y confirmadas  por sentencia  dada por el Consejo. El obispo  se opone  a dicha sentencia  alegando que esos términos  le corresponden. Por  lo que los propietarios temen que el obispo le ponga impedimentos en su posesión. Polanco. Cabrero. Qualla. Beltrán. Arcuña. Mármol.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1522 marzo 14.
TIERRAS DE ALONSO DE MATOS EN EL LUGAR LLAMADO SARDINA DE TELDE. 
“Francisco de Porras, vecino de Tenerife, hijo  legítimo de Fernando  de Porras y de Maria Martínez  de Porras, su mujer, difuntos,  que fueron  veci- nos de Gran Canaria, vende a Simón Luzardo, su cuñado, vecinos, de Gran Canaria, la parte que le pertenece  en una suerte y cuarta de tierra de regadío con una suerte de agua  en la vega Mayor de Telde a la que llaman la suerte de  los  Granados  que  lindan    por  una  parte  con  tierras  que  fueron  del trompeta  y que son del hospital, de  la otra parte con tierras que llaman la Sardina que son de Alonso de Matos y por otra parte con tierras del (hornillo)…” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1522 mayo 6.
EL FIADOR DE ALONSO DE MATOS PAGA UNA DEUDA DE AZÚCAR.  Las Palmas.  “Luis…, vecino de Gran Canaria, reconoce haber recibido  de…, mercad- er, genovés, estante  en  la misma  isla, como  fiador  de  Alonso  de  Matos, doscientas arrobas de azúcar que éste le debía por contrato  público que paso ante el presente  escribano.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1522 junio 17.

ALONSO DE MATOS,  FIADOR DE GARCIA DIAZ PAGA UNA DEUDA DE AZÚCAR.  Las Palmas. 
“Diego de León, escribano  público   y vecino de la ciudad de Telde, en nombre  y voz, de García de Osorio, su cuñado, por virtud de poder  que de él tiene otorgado ante Cristóbal de San Clemente,a veintidós de Mayo de mil quinientos  veintiuno,  reconoce  haber  recibido  de   Alonso de Matos,vecino de Telde, como fiador de García Díaz, difunto, cien arrobas de azúcar blanco y otorga finiquito de la déuda.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1522 julio 17.
DEUDA  DE  AZÚCAR QUE  SE DEBE  PONER  EN  EL INGENIO  DE ALONSO DE MATOS EN AGUIMES. Las Palmas. “Juan Barrial, vecino  de  la  villa de  Agüimes, reconoce  que  debe  a Damián  de Azuache (Azuaje ¿),  estante  en Gran  Canaria, doce  arrobas  de azúcar blanco que éste le compró  y que pondrá  en el ingenio de Alonso de Matos en Agüimes en Mayo de 1523.”

1922 agosto 25.

JUAN MARTÍNEZ DE BILBAO SE COMPROMETE   A PAGAR UNA DEUDA DE AZÚCAR EN EL INGENIO  DE AGUIMES.
Las Palmas.
“Juan Martínez  de Bilbao, vecino de la isla, reconoce  que debe  a Juan Garbino,  genovés, estante,  veinte  arrobas  de azúcar  blanco,  leal dado  por razón  de que se las ha comprado  y pagado y se compromete a pagarlas en el  ingenio de Agüimes  a fin de Mayo próximo.” 

1522 septiembre 20.
DEUDA DE ALONSO DE MATOS A JUAN CARREGA POR AZÚCAR A PAGAR EN SU INGENIO  DE AGUIMES.
Las Palmas.  “Alonso  de  Matos,  vecino  de  Gran  Canaria,  como  deudor   y Pedro Moreno,  de  la misma  vecindad    como  fiador, reconoce  que  debe  a Juan Carrega, mecader, genovés, estante  en la isla setencientas  arrobas de azúcar de espuma que Juan Carrega le había comprado  y pagado. Se comprometen a pagarlas puestas y pesadas en el ingenio de Alonso de Matos en Agüimes, a fines de Julio de 1.523. El azúcar de espuma ha de ser a contentamiento de Juan Carrega y por las que no le gustare han de darle una arroba de azú- car blanco por dos de espumas.
Alonso de Matos, obliga a la deuda  todo  el azúcar  de espuma  que se hicieren en su ingenio de Agüimes por todo el año 1523.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1522 septiembre 20.

ALONSO DE MATOS SE COMPROMETE  A SACAR A PEDRO MORENO  DE TODA LA FIANZA O CÁRCEL.
Las Palmas. “Alonso de Matos, vecino de Gran Canaria, se compromete a sacar con bien a Pedro de Moreno de todas las fianzas que por él ha hecho y si por culpa de ellas fuese a la cárcel se obliga a pagarle todo el tiempo  que estuviese preso sesenta ducados  de oro al año, que es el sueldo que tiene como mayordomo suyo, y además un real de plata cada día para su mantenimiento.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1522 septiembre 22,

ALONSO DE MATOS PAGA UNA PARTE DE LA DEUDA QUE TENÍA CON ANTON PEREZ CABEZA POR LA VENTA DE UN INGENIO,  TIERRAS,BESTIAS,  ESCLAVOS Y OTRAS COSAS EN LA VEGA DE AGUATONA.  COMPROMISO DE   ANTON PEREZ CABEZA  DE VOLVER A VENDER A ALONSO DE MATOS CUA- TRO SUERTES DE TIERRA.

Las  Palmas,  22 de Septiembre  de 1522.

 “Antón Pérez Cabeza, vecino de Gran Canaria, reconoce, que Alonso de Matos, de la misma vecindad, le ha dado  en pago de doscientas  cincuenta doblas  de oro  de trescientas  que  debía, de resto  del precio  por  el cual le vendió el ingenio, tierras cañas, bestias, esclavos, y otras cosas en la Vega de Aguatona, cerca del lugar de Agüimes, cuatro  suertes  de tierra  de regadío, que  están  en la Vega de Aguatona, en un  cercado  nuevo  que   Alonso de Matos, hizo que linda por una parte, de con el barranco  de Aguatona, por otra parte con tierras y cañaverales de Alonso de Matos, que fueron de Pedro Talavera: para que Antón Pérez,   las tenga en el mejor  lugar cercado, con venticuatro  horas  de agua, para  regarlas por  sus dulas   según  se riega en Agüimes. Ha de regarlas por la acequia, nueva de Alonso de Matos, hizo con una azada de agua de las que usaban  en Agüimes.

Antón Pérez Cabeza, se compromete a volverle a vender a Alonso de Matos,  las  cuatro  suertes  de  tierra  por  el  mismo  precio  dentro   de  los cuarenta  días, siguientes, si por ellas le diese doscientas cincuenta  doblas de oro.”  .”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1522 septiembre 22,
ALONSO DE MATOS DA A ANTÓN PÉREZ CABEZA,  TIERRAS Y AGUA EN PAGO DE UNA DEUDA.
Las Palmas. “Alonso  de  Matos,  vecino   de  Gran   Canaria,   da  a  Antón   Pérez Cabeza,  de la misma  vecindad,  cuatro  suertes   de tierra,  de regadío,  que están  en la vega de Aguatona,  en un  cercado  nuevo  que  hizo  Alonso  de Matos  y que  linda  por  arriba  con  la acequia,  por  otra  parte  el barranco de Aguatona,  por  otra  parte  la tierra  y el cañaveral  suyo que  fueron de Martín   Alemán,  y  por  otra  parte   otra  tierra   suya  que   fue  de  Pedro Talavera.   Escogerá   las  cuatro   suertes   de  tierra   donde,   Antón   Pérez, quisiere  y tendrá veinticuatro horas  de agua  para  regarlas  por  sus dulas según  se riega en el término de Agüimes, o sea a cada  día un  día y una noche. Ha de regar por la acequia  nueva que él ha hecho  y con una azada de agua de la que  usan  dar en Agüimes. Las cuatro  suertes  de tierra  son para pagar doscientas cincuenta doblas  de oro de las trescientas diez que le debe  de resto  de la compra del  ingenio,  tierras,  aguas, cañas, bestias, esclavos  y otras  cosas que  Antón  Pérez  cabeza,  le vendió  en  la vega de Aguatona   cerca,  del  lugar  de  Agüimes  según  se  contiene en  escritura pública otorgada ante  Pero Ortiz,  escribano público de Gran  Canaria,  el 5 de enero  de 1518.
Para asegurarle,  el pago de las doscientas cincuenta doblas  le obliga, un  cercado  de  tierras  de  regadío,  que  tiene  en  el término de  Agüimes, cerca de su ingenio en que hay dos suertes de tierra con dos suertes de agua a ellas anejas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1522 septiembre 24.

DEUDA DE ALONSO DE MATOS POR AZÚCARES, REMIELES, ESPUMAS Y OTRAS COSAS. Las Palmas.
“Juan Carrega,  mercader genovés,  estante en  Gran  canaria,  reconoce que  por  cuanto Pedro  Moreno,  vecino  de la isla salió fiador  de Alonso  de Matos  de  la misma  vecindad de  varias  deudas de  maravedíes,   azúcares, remieles,  espumas y otras  cosas  que    Alonso  de  Matos,  le debe  si Pedro Moreno tarabajase con él desde  el día de la fecha de la carta, hasta  Agosto de 1523,  le dará 50 doblas  de oro a mediados del mes de Septiembre, sigu- iente, pero si para  es(a) fecha Alonso (¿) Carrega, no estará obligado a pagar a Pedro  Moreno.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1523 enero 9.
RECONOCIMIENTO DE  DEUDA  DE  ALONSO  DE  MATOS  POR COMPRA DE  AZÚCAR. Las Palmas.
“Alonso de  Matos,  vecino  de  Telde,  reconoce deber  a Bartolomé de Medina,  trescientas arrobas  de azúcar  blanco  que le compró y pagó. Pagará en el  ingenio  de Agüimes   en Abril.”

1523 enero 11.

DEUDA DE ALONSO DE MATOS A ANTÓN PEREZ CABEZA POR AZUCAR. Las Palmas. 
“Alonso de Matos, vecino y Pedro Moreno, vecino, fiador, reconocen deber a Antón Pérez Cabeza, ciento treinta arrobas de azúcar blanco que le compró. Pagará a mitad de  Marzo.”
1523 enero 11.

ALONSO  DE   MATOS  VENDE  A  ANTÓN   PEREZ     CABEZA DOS SUERTES DE CAÑA DE AZUCAR. Las Palmas. 
“Alonso de Matos, vecino, vende a Antón Pérez Cabeza, siendo el primero vecino de Telde, dos suertes de planta de  caña de azúcar por ochenta arrobas de azúcar blanco que le pagó, ya que Alonso se las debía de resto de un contrato  de doscientas  cincuenta  arrobas  de azúcar  que  pasó ante   Rodrigo de Vergara, escribano  público  en 24/IX/1.521.  Pagará la plata  que  tiene  en los cañaverales que tiene en la  Vega de Aguatona, en su ingenio de Agüimes a fin de mes de Enero.”

1523 enero 13.
DEUDA DE AZÚCAR DE ALONSO DE MATOS.
Las Palmas. “Alonso de Matos y Pedro Moreno, vecinos, y Antonio de Mayolo, mer cader, genovés,  estante y  fiador, reconocen   deber a Esteban Pascua, mercader, genovés, estante, cien arrobas  de azúcar  blanco  que el pagó a Alonso de Matos. Pagará en uno de los ingenios de Gáldar en fin de Mayo.”

1523 enero 23.
DEUDA DE ALONSO DE MATOS A GABRIEL BOX.
Las Palmas. “Alonso de Matos, vecino, deudor,  y Pedro Moreno, vecino, en unión  de Juan Carrega, mercader, genovés, estante, como fiadores, deben  a Gabriel Box, mercader, genovés, estante, cien arrobas de azúcar blanco. Pagará en su propio ingenio por Abril.”

1523 enero 14.
COMPROMISO DE ALONSO DE MATOS DE PAGAR UNA DEUDA EN TRES PLAZOS. Las Palmas.
“Alonso de Matos debe pagar a Juan Carrega, mercader, genovés, estante, deudas que tenía por contratos públicos. El genovés se aviene a que sean paga- dos los tres plazos en uno. La primera deuda pagadera en Junio, luego en Julio, era de setenta  pipas de remiel, la segunda  cuyo plazo no varía de ciento cincuenta arrobas de azúcar blanco. La tercera pagadera en Agosto (luego en Julio) de  cincuenta  y ocho  mil maravedises, pago  ante  el escribano  público  Pero Ortiz.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1523 enero 15.

RECONOCIMIENTO DE DEUDA DE ALONSO DE MATOS.
Las Palmas. . “Alonso de  Matos, vecino de  Telde  y Juan Carrega, mercader  genovés, estante,  fiador,  reconocen   deber  a  Alonso  de  Sánchez,  mercader,  estante, ausente cincuenta  arrobas de azúcar blanco.”

1523 enero 18.
ALONSO DE MATOS CONTRATA CON CAMELLEROS EL ACARREO DE CAÑA Y TABAIBA PARA SU INGENIO  DE AGUIMES. Las Palmas.
 “Alonso de Matos, vecino, contrata con Antón de Baena y Lazarín Ginovés, camelleros,  estantes,  el  acarreo  de  la  caña  y  tabáiba  para  su  ingenio  de Agüimes en toda la zafra de 1523: con seis camellos que cada uno traiga la carga de dos acémilas.
Alonso de Matos se obliga a pagar a cada uno  de los camelleros, una fanega de trigo y media dobla de oro por cada mes de tarea, y una fanega de trigo para cada uno de los dos mozos que trabajen  con ellos.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1523 enero 19.
COMPRA DE DOS CAMELLOS PARA TRABAJAR EN EL INGENIO DE ALONSO DE MATOS.  Las Palmas.  “Beatriz Estévez, vecina de esta isla da a partida a Antón de Baena dos
camellos, uno  de  nombre… y otro  Meleque, que  compró  a Francisco  del Castillo, alcáide de la fortaleza del puerto  de las Isletas, por diez meses para que trabaje con ellos en el ingenio de Alonso de Matos y en cualquier  otra parte sin que tenga que pagar nada por ello, recibiendo  la mitad  de lo que ganare.”

1523 enero 31.
DEUDA DE ALONSO DE MATOS A PAGAR EN SU INGENIO.
Las Palmas.  Ingenio de Alonso de Matos. “Alonso de Matos, deudor  y Pedro Moreno, fiador, deben  a Miguel de Monserrate, catalán, mercader, estante, cincuenta  arrobas de azúcar blanco. Pagará en su ingenio en el mes de Mayo”.

1523 enero31.

COMPROMISO DE PAGO DE ALONSO DE MATOS A PEDRO MORENO  POR UN VIAJE DE NEGOCIOS  A CASTILLA.
Las Palmas. “Alonso de Matos, vecino, se obliga a pagar a Pedro Moreno, su servidor las setenta doblas de su salario anual, más un real de plata por cada día que estuviese en Castilla negociando por él, y se terminare bien el negocio para que él lo envía se obliga a pagar cuarenta doblas de oro en el ingenio”.

1523 enero 31.

ALONSO DE MATOS DA PODER A PEDRO MORENO  EN SU INGENIO.  Las Palmas. .
“Alonso de Matos, vecino, da su poder  a Pedro Moreno  en su ingenio que está cerca de Agüimes.” 

1523 febrero 11.
OBLIGACION   DE  ENTREGAR A PERUCHO  DE  FUENTERRABÍA TÍTULOS DE  PROPIEDAD   DE  UNAS TIERRAS EN LA VEGA CASTAÑA. “Diego Fernández  Alfaqui, vecino, se obliga a entregar en el plazo de dos meses a Perucho de Fuenterrabía, vecino, vizcaíno, los títulos de propiedad  en la  Vega Castaña de   dos suertes de tierras de sequero, que le había  vendido  por  trece   doblas  de oro. También  le debe  932   mar- avedises por: Bartolomé      Fernández  había  sido  preso  a pedimento de Perucho,  por falta de pago de una deuda  de 3.750  maravedises, que sale a pagar por su hermano  Diego; pero  cuando  Perucho,  restaba  dinero  de la compra  2.818  maravedises, acuerdan  enjugar  parte  de una  deuda  con otra.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1524 febrero 4.
ALONSO  DE  MATOS  ARRIENDA A   FRANCISCO SÁNCHEZ  DE LOS PALACIOS TIERRAS EN  TELDE.  Las Palmas.
“Alonso  de  Matos,  vecino,  arrienda   a  Francisco  Sánchez   de  los Palacios, mercader, estante, dos suertes de tierra de regadío en Telde, una en la espalda de la iglesia de San Juan junto con otras dos, la una de ellas de las dos acequias para arriba  camino  de Melenara, en un  pedazo  o en dos. Y la otra suerte  tiene por linderos, de una parte tierras de Cristóbal García y de la otra  el camino  que  va al mar, además  le arrienda  cuatro suertes de agua de la que tiene en la Vega Mayor de Telde por cuatro años que son a partir  del primero  de marzo  de este año y la suerte  por cinco años.
El arriendo  será  al precio  de  doce  doblas  de  oro,  en  total  suman doscientas  veinticinco  doblas de oro.
A Francisco Sánchez  se obliga a pagar la dicha cantidad  en nombre de Diego Suárez de Jerez en parte de pago de ciento  setenta  mil cuatro- cientos  quince  maravedises  y cuarenta  y siete arrobas  de azúcar  blanco que le debe  a ambos  por contratos  y albalaes.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1524 febrero 8.
ALONSO DE  MATOS FIADOR EN LA COMPRA DE  UN ESCLAVO MORISCO.  Las Palmas. “Diego González, cortador de leña de Alonso de Matos, estante, deudor, y Alonso de Matos, vecino, fiador, debe A Pedro de Padilla, Canónigo de la Catedral  de Canarias, treinta  y ocho  doblas  de oro  castellanas por un esclavo morisco; Amete que le compró. Pagará en San Juan de Junio.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1524 febrero 15.
ALONSO DE  MATOS ARRIENDA A GARCÍA DE  GIBRALEÓN UN INGENIO  EN LA VEGA DE  AGUATONA.
Las Palmas. “arrienda a García de Gibraleón,  mercader, estante, un ingenio para moler  caña de azúcar  en la Vega de Aguatona, con su rueda, ejes, prensa, cobre, formas, fornos, tinglados, casas Alonso de Matos, del ingenio de  purgar,  de  aposento,  de  calderas,  mieles  y demás  y con  todos  los esclavos.
García de Gibraleón  se obliga a pagar tres arrobas  de azúcar  blanco de ocho calderas cada una por cada tarea.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1524 febrero 25.
PODER   PARA PODER  COBRAR UNA DEUDA  A ALONSO DE MATOS.  Las Palmas.“Francisco de Sobranís, mercader, genovés, estante, da poder a Francisco de Salucio, mercader, genovés, estante. Para que pueda  cobrar de…. Alonso de Matos, setenta  y cuatro  mil maravedises…, que deben  por contratos  públicos  de moneda  isleña.”

1524 marzo 9.

CARTA DE  FINIQUITO  A  ALONSO DE  MATOS.
 “Esteban Pascua,mercader,estante,  da carta de finiquito  a Alonso de Matos, Pedro Moreno  y Antonio de Mayolo, sus fiadores, de cien arrobas de azúcar blanco, que debían  por contrato  público.”
1524 junio 15.
ALONSO DE MATOS ARRIENDA A FRANCISCO DÍAZ DOS SUERTES  DE TIERRA  Y SE OBLIGA A MOLERLE TODAS LAS CAÑAS EN EL INGENIO  DE   AGUATONA.

 “Alonso de Matos, vecino, arrienda  a Francisco Díaz, vecino de Telde, dos suertes de tierra de regadío que tiene en  Agüimes en tierras que fueron de Juan Berriel y Pedro Talavera, más ciertos cañaverales que curó Pedro de Porras, que ahora  se muelen  en sus tierras de las  cabezadas.Por otro  lado tierras que fueron de Martín Alemán, por abajo el camino de Telde, que pasa por el ingenio y las tierras de Cristóbal García de Moguer,por otra parte, el dicho Francisco Díaz ha de escoger sus suertes dentro  de estos linderos, si no  que  deslinde  de los pedazos  de Pedro  de Porras y Juan Berriel, mas el arrendamiento de cuatro  suertes d e agua para regar  por sus dulas de tres días y tres noches   de la heredad  de Agüimes, el arrendamiento de agua y tierras será de cuatro  años, con dos esquilmos que empezará  el primero  de Marzo,por   noventa  y seis mil maravedises, más el compromiso  de venderle las cañas de ciertos cañaverales, de soca que tiene en tierras que fueron  de García de Gibraleón  y de otras que fueron  de Juan Tarifa, o si le agradase más una   parte del heredamiento de Agüimes, al precio de treinta  y cinco mil maravedises, con la obligación de entregarle las cañas durante  el mes de Enero del próximo, y se obliga a molerle  todas  las cañas que plantará en el ingenio de Aguatona. Con todo  esto paga su deuda  con el dicho Francisco Díaz, y el resto que le queda por pagar con la maquila de los azúcares, que le pertenecen según la media de las ordenanzas  de la molienda de la isla, que desde el presente  se hipoteca”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1524 junio 21.

ANTÓN PÉREZ CABEZA RECONOCE  UNA DEUDA DE AZÚCAR A PAGAR EN EL INGENIO  DE AGÜIMES “Antón Pérez Cabeza, mercader, vecino, debe a Cipriano  Box, mercader, genovés, estante, setenta arrobas de azúcar blanco, que le compró. Pagará el 31 de Abril, del año próximo en el ingenio de Agüimes.”

1524 junio 28.

COMPROMISO DE PAGO DE AZÚCAR POR UN DEPÓSITO,  POR SERVICIOS PRESTADOS A ALONSO DE MATOS.

 “Pedro de Torres, estante, se obliga a pagar los treinta días de esta fecha, a Antonio de Jaén, tesorero  de la Santa Cruzada, cuarenta  y cuatro  arrobas de azúcar blanca, que le había dejado en depósito  Pedro Afonso, portugués y vecino  de  Tenerife  por  servicios prestados  a Alonso  de    Matos,vecino, depósito  que traspasa al dicho Antonio Jaén,puesta y pesada la azúcar en el ingenio de Alonso de Matos.”

1525 enero 18.
VENTA DE UN PEDAZO DE TIERRA EN LA COMARCA DE AGUIMES LINDANTE CON LOS CAMINOS QUE VAN AL “INGE- NIO DE AGUIMES”. “Martianez de  Ariste, vecino de Agüimes, vende a Martín Alemán, veci- no de la isla,un pedazo  de tierra de sequero, en el que puede  haber  cuatro fanegadas de sembradura,  está en la comarca de Agüimes y linda con tierras de los herederos  de Juan Martínez  de Bilbao y con los caminos que van al ingenio  de  Agüimes.Vende el pedazo  de  tierra  por  dos   mil maravedises, moneda  de Canarias .”

1525 febrero 7.
PODER   PARA COBRAR UNA DEUDA A ALONSO DE MATOS.
 “Pedro Afonso, portuguès,  vecino de la isla, otorga  poder  a Antón de Jaén, tesorero de la Santa Cruzada  y vecino de Medina de Rioseco, especial- mente para que cobre a Alonso de Matos, vecino de la isla cuatro arrobas de azúcar que le debe.” 

15525 febrero 9.
ALONSO DE MATOS ARRIENDA A FERNANDO DE BERLANGA (ALMOJARIFE), TIERRAS  Y  AGUA EN LOS LOMOS Y EFECTÚA UN   PAGO CON CAÑAS DE LA TARIFA.  

“Alonso de Matos, vecino de la isla, arrienda  a Fernando  de Berlanga, una suerte de tierra de regadío, en el término  de la villa de Agüimes, en Los Lomos, que linda con tierras del propio  otorgante, en las cuales tiene pues- tas cañas Antón Pérez Cabeza, y dos  suertes de agua del heredamiento  de Agüimes que el mismo Alonso de Matos vendió a Fernando  de Berlanga, en pago de cierta déuda. Arrienda las dichas tierras y agua por cuatro años y dos esquilones  de  caña  cogidos  y alzados  con  tiempo  y razón  a  partir  del primero  de Marzo próximo, mediante  cuarenta  mil maravedises de  mone- da isleña por todo el tiempo, los cuales desde ahora entrega a cuenta  de lo que debe a Fernando  de Berlanga. Se obliga a que los alcaldes y repartidores del heredamiento le entreguen  el agua en el centro de distribución y a darle, mientras  el ingenio  no moliere, una   azada de agua de donde  tomen   sus dulas.

También  declara que pone cuanto ha vendido a Fernando  de Berlanga como parte de los maravedises que le debe, las cañas de soca de La Tarifa,

apreciadas en  veinte doblas de oro, según escritura que pasa ante el presente Escribano, siendo  así que estas cañas no  sirven para moler  con el consentimiento  de Fernando de Berlanga, tome estas cañas de Tarifa, las que necesite para plantar las tierras que ahora arrienda, por precio de veinte mil maravedises que también  entrega a cuenta  de su déuda  y si hubiera  más de la necesaria la ceda a cuenta de los gastos que Berlanga ha hecho en los cañav- erales. También  declara Alonso de Matos que las suertes que ahora arrienda, que las había dado a Fernando de Berlanga con las tierras de La Tarifa y que averiguadas las cuentas  que hay entre  ambos  y deducidos  los cuarenta  mil maravedises del arrendamiento  y los  veinte mil de la planta, quede debiendo ciento sesenta mil trescientos, los cuales debe pagar Pedro Moreno, el cual los debía, porque Fernando de Berlanga los pagó por él, a Antön  Carmona. Por último dice, que reconoce en toda su fuerza y vigor los contratos  entre él y contra el dicho Pedro Moreno tiene Fernando de Berlanga”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 febrero 13.

ALONSO DE MATOS COMERCIA CON UN ESCLAVO.
 “Alonso  de Matos celebra Escritura Pública ante el escribano   publico de Las Palmas Cristóbal  de San Clemente,  a   Teodoro  Calderín  sobre  un esclavo.”

1525 marzo 12.
COMPROMISO DE ANTÓN PÉREZ CABEZA DE VOLVER A VENDER A ALONSO DE MATOS CUATRO SUERTES DE TIERRA EN LA VEGA DE AGUATONA.  “Antón  Pérez  Cabeza,  vecino  de  Gran  Canaria,  se  compromete  a volver a vender a los dos años, a Alonso de Matos, cuatro  suertes de tier- ra, en la vega de Aguatona, término  de Agüimes, apreciadas en doscientas ochenta  arrobas  de azúcar blanco, situadas en un cercado que Alonso de Matos ha hecho,  que  linda  con  la cerca, con  el barranco,  con  tierras  de Alonso de Matos que fueron de Martín Alemán y con tierras de Alonso de Matos que fueron  de Pedro  de Talavera, con cuatro  suertes  de agua que Alonso  de  Matos  le  ha  dado  en  pago  de  cierta  deuda,  según  escritura pública,  hecha  ante  el escribano  “yuso escripto”, en  la misma  fecha  del documento.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 marzo 12.
ALONSO DE MATOS VENDE A ANTÓN PÉREZ CABEZ TRES CASAS EN TELDE.  “Alonso de Matos, vecino de la ciudad  de Telde, vende a Antón Pérez Cabeza, de igual vecindad, tres casas que tiene en Telde, una dentro del sitio y solar del ingenio de caballos que Alonso de Matos tiene en Telde, que está a la mano izquierda, según se entra por la puerta  mayor y en la que vive él, las otras dos están junto  a ella y salen a la calle real, frontera  de la casa de Diego de León, que linda con la casa de purgar, y sobrado, que está dentro del  cercado  de  Bartolomé  de  Medina,  y con  la casa de  los herederos  de Diego de Cabrera. Vende, también,  todo  el cercamiento,  y sitio del ingenio y casas con todas las paredes y edificios que él están, con la servidumbre  de la acequia que por allí pasa y con todas las parras en él puestas, todo lo cual linda con la casa y sobrado  de Bartolomé  de Medina, que están dentro  del cercado,  con  la casa y huerto  de  los herederos  de  Diego  de  Cabrera.  Le vende, además, un solar de casa que está en Telde y que linda con la casa que es de Pedro López, y con la casa de Santa Lucía. Lo vende todo por cien arrobas de azúcar blanco, que le han de descontar  de lo que debe.”    (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 marzo 12.
ACLARACIÓN DE ALONSO DE MATOS SOBRE UNAS TIERRAS Y AGUAS.  “Alonso de Matos, vecino de la ciudad  de Telde, reconoce  que las dos suertes de agua, con suerte  y media de tierra, que arrendó  a Alonso Pérez, en escritura  pública, hecha  ante Francisco Espino, escribano  público  de la isla, a veintiseis de agosto de 1524,  son dos suertes de agua pertenecientes al cercado  de  tierras  de  regadío  que  están  junto  a su  ingenio  las cuales hipotecadas  a Antón  Pérez, en  escritura  pública  ante  el escribano  “yuso escripto”, a veintidos de septiembre  de 1522.” 

1525 marzo 12.
RECONOCIMIENTO DE DEUDA DE ALONSO DE MATOS A ANTÓN PÉREZ CABEZA.
“Alonso de Matos, vecino de Gran Canaria, reconoce que debe a Antón Pérez Cabeza, y a Antonio de Mayolo, mercader, genovés, de igual vecindad, cien arrobas de azúcar blanco, que le compraron, cada uno la mitad. Se com- promete  a pagarlas, puestas y pesadas, en su ingenio de Agüimes, a fines de noviembre  del presente  año.”

1525 marzo 12.

COMPROMISO DE PAGO DE ALONSO DE MATOS POR COMPRA DE TIERRAS Y AGUA.  “Alonso de Matos, vecino de Gran  Canaria, reconoce  que Antón Pérez Cabeza, le vendió, cuatro suertes de tierra de regadío, puestas de caña de azú- car, con cuatro suertes de agua para regarlas que están en la Vega de Aguatona en un cercado nuevo hecho por él, que linda, por arriba, con la cerca, por la otra parte con el barranco  de la dicha vega, por las otras partes, con tierras y cañaverales que fueron de Martín Alemán, y tierras de Pedro de Talavera, y que ahora son de Alonso de Matos. Le vendió las cuatro suertes de tierra por pre- cio, de mil trescientas  sesenta y cinco arrobas de azúcar, y se compromete a pagar doscientas quince en febrero de 1523, cuatrocientas  en marzo de 1524, y las setecientas cincuenta  restantes, en marzo de 1525, según se contiene  en un contrato  hecho ante el escribano  público  y suscrito en viernes catorce de noviembre  de 1522; y como no ha pagado los dos primeros  plazos, pasados ya, da a Antón Pérez, las cuatro  suertes de agua que había comprado  y que, primeramente,  él le había dado para pagar parte de cierta deuda por la venta que  Antón  Pérez  le había  hecho  del  ingenio,  tierras, aguas, cañas, bestias, esclavos, y otras cosas que tenía en la Vega de Aguatona,  según contiene  en escritura pública, otorgada ante el escribano en lunes veintidos de septiembre de 1522, y el contrato  del precio de la venta se hizo ante Pedro Ortiz escrib- ano público de la isla en 5 de enero de 1518. Las cuatro suertes de tierra con el agua fueron apreciadas en doscientas ochenta arrobas de azúcar blanco que ahora le da en pago de las setecientas quince que le debe, y le da permiso para pasar el agua por la acequia, que va por encima del ingenio de la vega de Aguatona, o por otra acequia cualquiera  propiedad  de Alonso de Matos. Ha  de  gozar,  durante   dos  esquilmos  de  suerte  y media  que  le  había arrendado,  en escritura pública, ante Fernando  Espino, escribano  públi- co de la isla, el 26 de Agosto de 1524,  y otra suerte  de tierra en el cercado donde  tomare  posesión, de las dichas cuatro  suertes de tierra.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 marzo 20.
HIPOTECA DE  TRES CASAS  EN EL INGENIO  DE   CABALLOS, DOS  CASAS EN LA CALLE REAL Y UN SOLAR,  EN TELDE,QUE FUERON DE  ALONSO DE  MATOS POR UNA DEUDA  DE AZÙCAR A PAGAR EN EL INGENIO  DE  AGÜIMES.
 “Antonio Mayolo, mercader,  genovés, y Antón  Pérez  Cabeza,  mercader .vecinos de la isla, reconocen  que  deben  a Jarcome Corona,  mercader, genovés, estante  en la isla ciento  cinco arrobas  de azúcar  blanco, cincuenta  y cinco  debe  Antón  Pérez  y Antonio  Mayolo, cincuenta.  Se comprometen a pagarlas en el   ingenio  de Agüimes a fines de Enero  de1526.
Hipotecan  a las déudas  tres  casas que  están  en  Telde, dentro  del sitio del ingenio  de caballos, de Alonso de Matos, y otras dos casas juntas   que  salen a la calle Real, enfrente  de la casa de Diego  León   y un solar que linda con la casa de Pedro Lobo y la casa de Santa Lucía, todo lo que compraron a Alonso de Matos” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1515 agosto 11.
COMPROMISO DE ENTREGA DE AZÚCAR EN EL INGENIO  DE AGÜIMES.  “Juan  Berriel, vecino  del  lugar  de  Agüimes, reconoce     que  debe  a Hernando de Berlanga, almojarife y vecino de la isla veinte arrobas de azúcar blanco  por razòn  de que se las ha comprado  y pagado y se compromete  a entregarlas en el  ingenio de Agüimes, a fin de Marzo del año próximo.”

1525 octubre 17.
ALONSO DE MATOS DECLARA QUE PAGÓ UNA DEUDA.
 “Alonso de Matos, vecino de la isla, dice que por cuanto  debía a Juan Carrega y a García de Gibraleón, cierta cuantía de maravedises y azùcar por escritura pública, en las que fue su fiador Pedro Moreno,vecino  de Telde y después de otorgar dichas  escrituras,las ha pagado con  cierto maravedises, cañaverales,tierras  y aguas,mieles  y remieles, espumas  y otras  cosas.Ahora declara que se las pagó precisamente  en pago de las deudas  en que Pedro Moreno  le prestó su fianza.”.
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 octubre 19.

DEUDA DE JUAN MARTÍNEZ DE BILBAO AL OBISPO DE CANARIA.
 “Juan Martínez de Bilbao, hijo de Martín Báñez de Ariste, vecino de la villa de Agüimes, reconoce  que  debe  al señor  obispo  de Canaria  y en  su nombre   a  Jerónimo  de  Orduña,  su  mayordomo,  sesenta  reales  de  plata nuevos  razonados  a cuarenta  y ocho  maravedises  de  moneda  isleña, los cuales ochocientos  por  razón  de un  cahíz  de trigo  de los diezmos  de su señoría que recibió comprado y se compromete a pagarlos el día de San Juan del año próximo.”

1525 octubre 19.
DEUDA DE JUAN MARTÍNEZ DE BILBAO A GARCÍA DE GIBRALEÓN.  “Juan Martínez de Bilbao, hijo de Martín Báñez de Ariste, vecino de la villa de  Agüimes, reconoce  que  debe  a  García  de  Gibraleón,  mercader, estante, quince arrobas de azúcar blanco, como resto de mayor cantidad que estaba obligado a darle por contrato  público y se compromete a entregarlas a fin de mayo próximo.”

1525 octubre 19.
JUAN  MARTÍNEZ  DE  BILBAO OTORGA  PODER   A  GARCÍA DE GIBRALEÓN PARA QUE     PUEDA RECIBIR AZÚCAR DE  UN CAÑAVERAL  SUYO QUE  MOLIÓ    EN  EL   INGENIO  DE  ALONSO DE MATOS EN LA VEGA DE AGUATONA.
“Juan Martínez de Bilbao,hijo de Martín Bañez de Ariste, vecino de la villa de Agüimes, otorga  poder  a García de Gibraleón,  mercader  estante,para  que pueda  demandar  y recibir de Juan Carrega y de Pantaleón  Palomo, su mayor- domo, todo el azúcar refinado que saliere de  un cañaveral suyo que molió este presente  año en el ingenio   de Alonso de Matos en la  vega de Aguatona y lo tome a cuenta de las quince arrobas de azúcar blanco que le debe por contrato Público.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 noviembre 16.
MARTÍN ALEMÁN ARRIENDA A ALONSO DE MATOS LA MITAD DE UN INGENIO CON TODOS  SUS ACCESORIOS, MOLINO DE PAN, PARRAS, LA MITAD DE UN ALBERCÓN Y UNA SUERTE DE TIERRA CON   AGUA EN LA VEGA DE AGUATONA.

Martín Alemán, vecino de Gran Canaria, arrienda  a Alonso de Matos, de igual vecindad, la mitad de un ingenio de moler caña de azúcar, que él tiene en la Vega de Aguatona, en la comarca  de Agüimes, y que compró  a Alonso de Matos;con la mitad de la rueda, ejes, prensas, canales, esteos, herido, cobres, casas de molienda, casas de purgar, de aposentamiento, de espumas, molino  de pan moler y del majuelo, y parras que están junto al ingenio; la mitad de un albercón, donde se recoge el agua para la molienda del ingenio. Le arrienda también, una suerte de tierra de regadío. Llamada La Hoya, con una suerte de agua para regarla por sus dulas según se riegan las otras heredades en la vega de Aguatona. La suerte de tierra se la compró Martín Alemán a Alonso de Matos, y había sido de  Pedro  de  Talavera, linda  con  la tierra  de  Alonso  de  Matos, llamada  de Pastrana, con la tierra del mismo Alonso de Matos, que fue de Juan Berriel.
El arrendamiento, se hace por tres años que se empiezan a contar desde el primero de junio de 1526, por precio de sesenta y cinco arrobas de azúcar blanco, y tres mil novecientos trece maravedises cada año. Si un año dejare de pagar no podrá seguir gozando del arrendamiento.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 octubre 26.
DONACIÓN  DE TIERRAS Y AGUA EN EL CARRIZAL DE LA VILLA DE   AGUIMES. “Polo  de  Morteo, genovés, vecino  de  la  isla, hace  donación   a  Juan  de Morteo, su hijo legítimo,y de Isabel Ortiz,que tiene cuatro años de edad, de cuatro suertes de tierra de regadío con el agua que le pertenece  en el  Carrizal, de la villa de Agüimes, las cuales hubo  de Honorado  Peloz,vecino de la isla, que linda con tierras de Bartolomé Peloz y con la huerta  del dicho Carrizal y de la otra parte con el barranco.”

1525 noviembre 16.

MARTÍN ALEMÁN DA A MOLER A ALONSO DE MATOS TRES PEDAZOS DE CAÑAVERALES QUE TIENE EN LA VEGA DE AGUA- TONA. “Martín Alemán, vecino de Gran Canaria, da a moler a Alonso de Matos, de igual vecindad, tres pedazos de cañaverales de azúcar que tiene en la Vega de Aguatona, en la comarca de Agüimes. Las están de hoja de la postura  del pre- sente año, un pedazo de una tierra de Juan Berriel, otro pedazo en la tierra del molino, y otro pedazo en el llano que se han de cortar de la hoja que tienen en
1527  y se han  de moler  en 1529.  Ha de molérselo  a medias por ser Martín Alemán, dueño de la mitad del ingenio que tiene arrendado  a Alonso de Matos, y conforme a las ordenanzas. Tendrá que empezar a moler a los quince días de haberlo requerido, y entregar el ingenio bien preparado.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 noviembre 16.
COMPROMISO DE MARTÍN ALEMÁN DE VOLVER A VENDER LA MITAD DEL INGENIO CON SUS ACCESORIOS, UN MOLINO DE PAN Y UNA SUERTE DE TIERRA CON AGUA EN LA VEGA DE AGUATONA,

“Martín Alemán, vecino de Gran Canaria, se compromete a volver a vender, al cabo de tres años, la mitad del ingenio de moler caña de azúcar, que está en la Vega de Aguatona, en la comarca de Agüimes, con la mitad, del herido, canales, esteos, rueda, ejes, prensas, cobres, aparejos, casas de molienda, de purgar, de refinar, de espumas, y de aposentamiento, con la mitad del suelo, y el sitio del ingenio y el molino de pan moler y una suerte de tierra de regadío con el agua que le pertenece para regarla, que fue de Pedro de Talavera, en la Vega de Aguatona, llamada La Hoya. Todo lo cual compró por setecientas cincuenta arrobas de azúcar blanco y treinta y nueve mil setecientos treinta y ocho maravedises, Y se lo ha de volver a vender por el mismo precio, teniendo en cuenta el cambio de precio del azúcar.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 noviembre 16.
ALONSO DE MATOS VENDE A MARTÍN ALEMÁN LA MITAD DEL INGENIO  CON SUS ACCESORIOS,  LA MITAD DE UN MOLINO DE  PAN Y MITAD DE UN MAJUELO  Y PARRAS QUE TIENE EN LA  VEGA DE AGUATONA. 

Alonso de Matos, vecino de Gran Canaria, vende a Martín Alemán, de igual vecindad, la mitad del ingenio de moler cañas de azúcar, que tiene en la Vega de Aguatona, en la comarca  de Agüimes. La mitad  del ingenio  la vende con la mitad de la rueda, ejes, prensa, canales, esteos, y la mitad de los cobres del ingenio, que son los siguientes: cuatro calderas grandes, dos per- olas, tres calderos, estañadas, de templar,  dos palas, dos espumaderas,  dos batidoras, dos reminolas, dos cubas, y una caldera, y la mitad del otro cobre, menudo  y de las herramientas, de las casas de la molienda y casa de calderas, casas de purgar, cubiertas,  y por  cubrir,  con  sus andamios,  y la mitad  del tanque  de remieles, con los signos y tinajas, la mitad de las casas de aposentamiento, que están donde dicen La Torre, con las casas de purgar, que están debajo de La Torre, con la mitad de todos los andamios  y tinglados que en la dicha casa están, la mitad  de la casa de espumas con la mitad  de la otra casa que está encima  de ella, la mitad  del molino  de pan, la mitad  de un majuelo y parras que están junto al dicho ingenio.

Le  vende  también,  una  suerte  de  tierra  de  regadío  en  la  vega  de Aguatona, con una suerte de agua para regarla por sus dulas. La tierra fue de Pedro de Talavera, y le dicen La Hoya, y linda con una tierra de Alonso de Matos, que  le dicen  La Pastrana,  y con  tierras  de  Alonso de  Matos, que fueron de Juan Berriel. Lo vende todo por setecientas cincuenta  mil arrobas de  azúcar  blanco  y treinta  y nueve  mil  setecientos  treinta  y ocho  maravedises. Las setecientas cincuenta  arrobas de azúcar, y diecinueve mil setecientos treinta y ocho maravedises los debía a Martín Alemán, por contrato público de mayor cuantía, a los que tenía hipotecada  la mitad del ingenio y la suerte  de tierra y agua. De los restantes  maravedises, le debía, doce mil, renta de cierta agua que tenía arrendada  en la vega de Aguatona, y ocho mil maravedises le paga por Pedro Moreno, vecino de Telde.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 diciembre 2.
MARTIN  ALEMAN  SE COMPROMETE  A VENDER DE NUEVO A ALONSO DE MATOS SUERTE  Y MEDIA DE AGUA EN LA VEGA DE AGUATONA POR EL MISMO PRECIO QUE LA COMPRÓ.

 “Martín Alemán, vecino de la isla,dice a Alonso de Matos,vecino de la isla,que por cuanto  éste le ha vendido, en el día de la fecha, ante el presente escribano  suerte  y media de agua en la  vega de Aguatona,   por ésta presente, se obliga a restituir  estos bienes, si antes de tres años, contados  a partir del primero  de Junio de 1526 le entrega los  setenta y cinco mil maravedises que fueron el precio de la venta.”

1525 diciembre 12.
ALONSO DE MATOS VENDE A MARTÍN ALEMÁN SUERTE Y MEDIA DE TIERRAS DE REGADÍO Y AGUA.

 “Alonso de Matos, vecino de la isla, vende a Martín  Alemán, suerte  y media de tierras de regadío, en dos pedazos, uno que tiene puesto de cañas, el dicho Martín Alemán, tendrá como media suerte y linda de una parte  con el camino que va la Vega Castaña y por la parte de arriba con la acequia alta y otros, en que habrá una suerte, junto al Ingenio de Aguatona, lindando  con tierras que fueron de Juan Berriel y ahora son del mismo Alonso de Matos y con la acequia de arriba, más suerte y media de agua que son nueve días por sus dulas, según se riegan en las otras heredades en la Vega de Aguatona por precio de setenta  y cinco mil maravedises de moneda  isleña, las cuales Martín  Alemán, que tenía arrendadas  estas tierras y aguas por cuatro  años pasando  ya uno recibe a cuenta de las deudas que con él tiene el vendedor, este se constituye en tenedor  e inquilino  de los bienes que vende y se compromete  a entregarlos cuando  el comprador quisiere.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1525 diciembre 29.

ALONSO DE MATOS  RECONOCE   QUE NO PUDO  PAGAR UNA DEUDA DE AZÚCAR  EN EL PLAZO ESTABLECIDO Y SE COM- PROMETE A PAGARLA AL MISMO PRECIO.

 “Alonso de Matos, vecino de Gran  Canaria, reconoce,  que hechas sus cuentas con Antonio de Mayolo, mercader, genovés, estante en la isla, hasta junio de 1526 le debe seiscientos setenta arrobas de azúcar, sin ser otras trescientas que le debía y que Antonio de Mayolo pagó a Ambrosio Colombo. El plazo de pagar la deuda  ha pasado y como Alonso de Matos no tenía la posibilidad  de pagarla se compromete a pagar el azúcar a ochocientos  mar- avedises cada arroba que es el precio que están cuando  debió pagar.”

1526 abril 26.

ALONSO DE MATOS RECONOCE  UNA DEUDA A PEDRO CARMONA.
 “Alonso de Matos, vecino de Gran Canaria, reconoce a Pedro Carmona de igual vecindad, que por cuanto   le debe ciento treinta y una arrobas de azúcar blanco  y once mil ciento  trece maravedises, por contratos, obliga- ciones y escrituras públicas, que tiene contra él a plazos pasados, le dá para pagar esta deuda todos los azúcares y otras cosas que le pertenecieron   de la maquila, de una suerte y media de los cañaverales que se molieren en su ingenio de la vega de Aguatona  en el año 1.527 de cualquier labrador que quisiere  moler  en  su  ingenio  y  especialmente  de  los  cañaverales  de Fernando de Berlanga,difunto.Se cobrará de esta manera,sacado el coste de la molienda de la suerte y media.Pedro  Carmona se llevará toda la ganan- cia que quedare, le da también las cañas de soca que quedaren  de suerte y media de cañaverales que tiene en la  vega de Aguatona, en las tierras que fueron  de  Juan  Berriel, que  lindan  por  arriba  con  el camino  que  va al Ingenio,por  otra  parte  la tierra  de  Diego  de  Leòn, escribano  público  de Telde y por otra parte  con la tierra del mismo Alonso de Matos,tierra que está plantada  con caña de hoja que se ha de cortar en 1.527. Da poder a Pedro de Carmona, para que una vez cortadas, se adueñe de   la soca y de tres suerte de agua para que las riegue, hasta que esté en sazón para moler y entonces   se quede con lo que le dieren por   pagar. Alonso de  Matos se obliga a pagarlo en seguridad y si algo sobrase que se lo dé a él”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1526 noviembre 2.

RECONOCIMIENTO DE UNA DEUDA   DE AZÚCAR,  A PAGAR EN UNO DE LOS INGENIOS DE AGÜIMES O ARUCAS.

Las Palmas “Juan Carrega, mercader  genovés, estante  en Gran  Canaria, reconoce deber treinta arrobas de azúcar que le compró. Se compromete a pagar pues- tas y pesadas en uno de los ingenios de Agüimes o Arucas a fin de Abril de
1527.”

1526 noviembre 24.
RECONOCIMIENTO DE   DEUDA DE AZÚCAR A PAGAR EN EL INGENIO  DE AGUATONA. 
“Juan Carrega, mercader,  genovés, estante  en  Gran  Canaria  reconoce deber a Gabriel Boxo, mercader genovés, vecino de la isla, veinte arrobas de azúcar blanco que le compró. Se obliga a pagarlas en el ingenio de Aguatona en Abril de 1.527” .

1526 noviembre 26.
ALONSO DE MATOS VENDE A MARTÍN ALEMÁN UNA ESCLAVA.
 “Alonso de  Matos, vecino de Gran Canaria, vende a Martín Alemán, de la misma vecindad una esclava de color negro de edad de cincuenta  años, llama- da Catalina, por precio de  veinticinco doblas de oro. Se constituye  en inquili- no y tenedor de la esclava mientras Martín Alemán no le pida la posesión.”

1526 diciembre 11.
ARRENDAMIENTO DE AGUA EN “EL  HEREDAMIENTO  DE AGUIMES DE LA ACEQUIA  DEL INGENIO  DE LA VEGA DE AGUATONA”. 
“María de Bilbao, vecina de Gran Canaria, arrienda a Juan Carrega, mercader, genovés, estante  en  la isla, suerte  y media  de  agua que  tiene  en  el heredamiento  de Agüimes de la acequia del ingenio de la Vega de Aguatona, por sus dulas, según se la da a las otras heredades; arrendamiento  hecho por seis meses que se empiezan a contar el día que se cumpla el arrendamiento que de la misma agua le había hecho el trece de septiembre del año del documento por precio de siete y media por los seis meses de arrendamiento.” 1527 enero 8.
ARRENDAMIENTO DE TIERRAS Y AGUA EN LA HUERTA DEL CARRIZAL.  “Juan de Pastrana, estante, arrienda  a Jerónimo de Ocaña, unas tierras, parte sembrada  y parte sin sembrar, con toda  el agua que tiene  el barran- quillo que está en las tierras, con la del “albarco” (¿)y la de los sábados, de la huerta  del Carrizal. Linda por una parte con la huerta  del Carrizal, por otra con tabaibales y por encima con un albercón, por veinticuatro  doblas de oro anuales, por cinco años. Empieza a correr el primero  de mayo de 1527  y la primera paga será el primero de mayo de 1528, Juan de Pastrana gozará este año de la parte que tenga sembrada  hasta que recoja el pan.”
 (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1527 enero 2.
PODER PARA TOMAR POSESIÓN DEL INGENIO  DE AZÚCAR EN LA VEGA DE AGUATONA Y DE   TODAS LAS  CASAS ANEJAS, POR  UN MANDAMIENTO JUDICIAL.
Las Palmas.
“ Juan Carrega, mercader, genovés, estante en Gran Canaria, da poder a Diego   Suárez,  su  mayordomo,   a  Perucho   de  Fuenterrabía  y  a  Pedro Rodríguez,  su cañaverero,  para  que  tomen  posesión  del ingenio  de moler caña de azúcar, en la vega de Aguatona, en Agüimes, y de todas las casas anejas a él conforme  a un mandamiento judicial, que para ello tiene.” 

1527 enero 8.
ARRENDAMIENTO DE TIERRAS Y AGUA EN LA HUERTA DEL CARRIZAL.  “Juan de Pastrana, estante, arrienda  a Jerónimo de Ocaña, unas tierras, parte sembrada  y parte sin sembrar, con toda  el agua que tiene  el barranquillo que está en las tierras, con la del “albarco” (¿)y la de los sábados, de la huerta  del Carrizal. Linda por una parte con la huerta  del Carrizal, por otra con tabaibales y por encima con un albercón, por veinticuatro  doblas de oro anuales, por cinco años. Empieza a correr el primero  de mayo de 1527  y la primera paga será el primero de mayo de 1528, Juan de Pastrana gozará este año de la parte que tenga sembrada  hasta que recoja el pan.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

“Sepan cuantos  esta carta vieren como yo Bartolomé Pelós, vecino que soy de esta isla de la Gran  Canaria, otorgo  e conozco  que de moler  a vos Diego Díaz, vecino de esta dicha isla, que estades presente, todas las cañas de soca que yo he y tengo en El Carrizal de Agüimes, que se han de moler este presente  año en que estamos de la fecha de esta carta, para que vos el dicho  Diego Díaz las moláis e hagáis moler  e el ingenio  que vos el dicho Diego Díaz tenéis en Telde a renta  de María Calva, las cuales dichas cañas veis de  moler  a maquila  conforme  a las ordenanzas  de  esta  isla, que  se entiende  que vos el dicho Diego Díaz habéis de llevar por razón de la dicha maquila  la mitad  de todo  el azúcar blanco  e escumas e rescumas, e por el dicho Bartolomé  Pelós la otra mitad  como labrador, de la cual yo el dicho Bartolomé  Pelós, conforme  a las ordenanzas  de esta isla, asimismo, e según que en ella se contiene, e que lo que así  me perteneciere  del dicho refina- do   que vos el dicho Diego Díaz seáis obligado  a me lo [pa]gar a postrero peso que se haga en el dicho ingenio  de los azúcares de los dichos cañav- erales, so pena del doblo  e la dicha pena pagada o no pagada, que todavía seáis tenido  e obligado a moler las dichas cañas en el dicho vuestro ingenio según dicho es, e la dicha pena pagada o no, que todavía me deis e  paguéis el dicho principal, e es condición  que yo el dicho Bartolomé Pelós sea obligado, como  por  la presente  me obligo, de desburgar  las dichas  cañas a mi costo e misión, sin que por ello vos el dicho Diego Díaz paguéis cosa alguna, e asimismo es condición  que vos  el dicho Diego Díaz seáis obligado de me dar e pagar a mi el dicho Bartolomé Pelós con cada tarea una arroba de cañas de las dichas  cañas, buenas,  las cuales me habéis  de dar e pagar en saliendo que salgan e estén en perficio [sic], e otro sí con condición  que yo el dicho Bartolomé Pelós pueda sacar de los dichos cañaverales toda la plan- ta que hubiere  menester  para plantar en mis tierras, e otro sí con condición que  vos el dicho  Diego  Díaz  seáis obligado  seáis obligado  de  moler  las dichas cañas en el dicho ingenio según e de la  manera que dicho es bien e fielmente, e de me dar buena  cuenta  con pago leal e verdadero  de los azúcares que en el dicho  ingenio  se hicieren  e a mi el dicho  Bartolomé  Pelós me pertenecieren,  e que habéis  de ser obligado  de las comenzara  moler  a ocho días del mes de febrero primero  que viene y adelante, e de no alzar la mano de ellas hasta las haber acabado de moler, e de no moler durante  este tiempo que las dichas cañas se molieren  otras algunas de ningunas  personas salvo las de mi el dicho Bartolomé Pelós, so pena del doblo… nombre  de interés, que en uno  hacemos  e ponemos,  e en esta manera  e con estas condiciones  que dichas son, me prometo  e me obligo de vos no quitar  las dichas cañas a vos así [roto] en esta dicha molienda  por más ni por menos, ni por el tanto  que, otra persona  alguna me de ni prometa  en otra molienda, o en otra cualquier razón que sea, e vos el dicho Diego Díaz que no las podades  dejar por otras que halléis, ni en otra cualquier manera, so pena de cien mil maravedís para la parte de nos o la _ que por ello estu- viere e lo hubiere   por firme, e la dicha pena pagada o no pagada, que todavía vala, e sea firme todo cuanto en esta se dice e cada una cosa e parte de ello, e yo el dicho Diego Díaz, que a todo lo que dicho es e a cada una cosa e parte para mi caso, otorgo e conozco  que recibo en mi esta dicha escritura de vos el dicho  Bartolomé  Pelós con  todas  las condiciones  e penas  e posturas  e obligaciones  que por vos son dichas e declaradas, así las que hacen  por mí como contra mí. E prometo e me obligo de las tener e guardar e cumplir según e de la manera que dicho es, so la dicha pena en esta carta contenida, […], fecha la carta en la noble  ciudad  real de Las Palmas, que es en la isla de la Gran Canaria,  quince  días  del  mes  de  enero,  año  del  nacimiento   de  Nuestro Salvador Jesucristo de mil e quinientos  e veinte e siete años, e los dichos otorgantes lo firmaron de sus nombres, testigos que fueron presentes a todo lo que dicho es, Gaspar Vier[a] e Francisco de Coronado, vecinos de esta dicha isla. // Bartolomé Pelós // Hernando de Padilla.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1527 febrero 4.
EL MAYORDOMO DEL INGENIO  DE AGUATONA RECONOCE UNA DEUDA POR UNOS GASTOS EN EL “INGENIO  DE AGUATONA”  DURANTE LA ZAFRA.  Las Palmas. 

“Pedro de Castro, vecino de Gran Canaria, mayordomo del   ingenio  de Aguatona, por  mandato   de  gobernador  Juan  Fernández   Cerón,  reconoce deber  a Diego Franquis, mercader,  estante  en la isla, cincuenta  arrobas  de azúcar que fueron rematadas para pagar los gastos del ingenio de Aguatona, durante  la presente  zafra. Se obliga a pagarlas en dicho ingenio con 50 días de plazo.”

1527 febrero 5.
DIEGO  DE AGUILAR, EN REPRESENTACIÓN DE LOS HIJOS MENORES DEL DIFUNTO  HERNANDO DE BERLANGA, CONTRATA CON DIEGO  DÍAZ, LA MOLIENDA EN SU INGENIO  DE UN CAÑAVERAL QUE TIENE EN “LOS LOMOS DE AGUATONA”.

 “Sepan cuantos esta carta vieren como yo Diego de Aguilar, vecino que soy de esta isla de la Gran  Canaria, como  tutor  e curador  que  soy de los menores  hijos de Hernando de Berlanga, difunto,  que Dios haya, otorgo  e conozco  que doy a moler  a vos Diego Díaz, vecino de esta dicha isla, que estades [sic] presente, un cañaveral que es en los Lomos de Aguatona, en que podrá  haber  una suerte e cuarta de tierra poco más o menos, para que vos el dicho Diego Díaz las moláis en vuestro ingenio de Telde a maquila con- forme las ordenanzas  de esta isla, con las condiciones  siguientes: primera- mente, con la condición  que vos el dicho Diego Díaz me habéis de dar en cada  tarea  de  ocho  calderas  una  arroba  de  azúcar  blanco;  e otro  sí con condición  que vos el dicho  Diego Díaz seáis obligado  dentro  de seis días, siendo requerido  el dicho Diego de Aguilar o por otra persona  en mi nom- bre, que echéis a moler las dichas cañas en el dicho vuestro ingenio, e si en el dicho término  de los dichos seis días no las echardes [sic] a moler en el dicho ingenio, e siendo requerido  como dicho es las dichas cañas que yo el dicho Diego de Aguilar las pueda moler adonde  quisiere e por bien tuviere; e otro sí, con condición  de que vos el dicho Diego Díaz traigáis un hombre que por el camino por donde se acarrearen las dichas cañas las ande cogien- do por el dicho camino  por manera  que no se pierda ninguna  caña; e otro sí, con condición  de que vos el dicho Diego Díaz seáis a obligado  a moler las dichas cañas en tiempo e suso e según os fuere requerido  como dicho es, e si por culpa de vos el dicho Diego Díaz por no moler las dichas cañas en tiempo como dicho es se perdiere la soca, que vos el dicho Diego Díaz seáis obligado a la pagar, e yo el dicho Diego de Aguilar confieso haber  recibido de vos el dicho Diego Díaz veinte e cinco arrobas de azúcar bueno,  de las cuales me doy por contento  a mi voluntad, las cuales recibí para en cuenta de lo que he de haber e me perteneciere  por razón de esta dicha molienda, de las cuales doy poder  a vos el dicho Diego Díaz para que al tiempo  de la molienda os entreguéis en ellas de lo primero azúcar que se hiciere e labrare en el dicho  ingenio, so pena  del doblo  por pena  e por nombre  de interés, que en uno hacemos e ponemos  en esta manera; e con estas condiciones que dichas son prometo  e me obligo de vos no quitar  las dichas cañas que vos han sido en esta dicha molienda, ni que vos el dicho Diego Díaz las podáis dejar de moler por otras que halléis, ni en otra cualquiera  manera, so pena de veinte mil maravedís para la parte de nos obediente que por ello estu- viere e lo hubiere  por firme, e la dicha pena pagada o no pagada, que todo cuanto  en esta carta dice, e cada una  cosa e parte  de ello, que valga e sea firme según dicho es; e yo el dicho Diego Díaz estando  presente  a todo  lo que  dicho  es, otorgo  e conozco  que  recibo  en mi esta dicha  escritura  de molienda  con todas las condiciones  e penas que dichas son de vos el dicho Diego de Aguilar, e prometo  de moler las dichas cañas en el dicho mi inge- nio a maquila, como dicho es e según que por vos es dicho, e prometo  e me obligo de tener e guardar e cumplir esta dicha escritura como en ella se con- tiene, so la dicha pena que está contenida, […], fecha la carta en la noble ciu- dad real de Las Palmas, que es en la isla de la Gran Canaria, cinco días del mes de febrero, año del nacimiento  de Nuestro Salvador Jesucristo de mil e quinientos  e veinte e siete años; e los dichos otorgantes  lo firmaron  de sus nombres  en  el registro; testigos que  fueron  presentes,  Álvaro de Sevilla e Alonso Espino, vecinos de esta dicha isla. // Diego Díaz // Diego de Aguilar.”

1527 febrero 6.

LOPE DE LEÓN SE COMPROMETE  A ENTREGAR A JERÓNIMO DE CAÇANA (¿CASAÑAS?)  Y A PERO JUAN LEANDO QUINCE ARROBAS DE AZÚCAR QUE LE HABÍAN SIDO PAGADAS, PUESTAS Y PESADAS EN EL INGENIO  DE AGUIMES.
Las Palmas.  “Sepan cuantos esta carta vieren como yo Lope de León, vecino que soy de esta isla de la Gran Canaria, otorgo e conozco que debo dar e pagar a vos Jerónimo de Caçana [= ¿Casañas?] e a vos Pero Juan Leando, genoveses, mer- caderes, e a cada uno e cualquiera  de vos, sin poder  el uno del otro, quince arrobas de azúcar blanco, nuevo e lealdado, tal que sea de dar e de recibir entre   mercaderes,  las  cuales  son  por  razón   que  me  las  comprasteis   e pagasteis en dineros  de contado,  los cuales son en mi poder, de que soy e me otorgo e tengo de vos por bien contento  e pagado e entregado  a toda mi voluntad, e renuncio  que no pueda decir ni alegar que los no recibí de vos como dicho es, e si lo dijere o alegare que me no valga en esta razonen  juicio ni fuere de él, y en esto en especial renuncio  la querella y ejecución de los dos años que ponen las leyes en derecho en razón de la pecunia, e de la cosa no vista ni contada, ni recibida  ni pagada, las cuales dichas quince  arrobas de azúcar de este dicho deudo  prometo  e me obligo de vos las dar e pagar aquí en esta dicha isla bien e cumplidamente en paz e en salvo, sin pleito e sin contienda  alguna, puestas e pesadas en el ingenio de Agüimes en fin del mes de marzo primero  que viene de este presente año en que estamos de la fecha de esta carta, o antes si antes le aldaren en el dicho ingenio, so pena del doblo  e la dicha pena, pagada o no pagada que todavía vos de e pague el dicho  deudo  principal, […]  fecha la carta en la noble  ciudad  real de Las Palmas que es en la isla de la Gran Canaria a seis días del mes de febrero, año  de  nacimiento  de  nuestro  Salvador  Jesucristo  de  mil  e quinientos   e veinte e siete años; e porque  dijo que no sabía escribir, a su ruego e por tes- tigo lo firmó por él Alonso Espino; testigos que fueron  presentes, el dicho Alonso Espino, e Francisco de Mesa, e Enaldo de F      es, confitero [¿], e Luis Fernández,   vecinos  e  estantes  en  esta  dicha  isla. //  Por  testigo  Alonso Espino. (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)
1527 febrero 15.
DEUDA   SOBRE UNA COMPRA DE  AZÚCAR BLANCO,  A PAGAR EN EL INGENIO  DE AGUIMES.Las  Palmas.  “Jerónimo de Ocaña  ,estante en Gran  Canaria  y Lope de León,vecino de la isla,reconocen deber a Pedro, Juan, Leardo y  Jerónimo de Ocaña,mercaderes  genoveses, doce  arrobas  de  azúcar  blanco  que  le compraron.  Se obliga a pagar durante  el mes de Marzo, en el  ingenio de Agüimes.”

1527 agosto.

DEUDA POR UNA  COMPAÑÍA DE MERCADERÍA.
Las Palmas. 
“ Pedro Yánez, cortador  de leña, estante  en la isla, reconoce  que debe pagar al licenciado Cristóbal de la Coba de la misma vecindad 86.000  mar- avedíes de moneda  isleña las cuales son por  razón  de cierta compañía  de mercadería que ambos hicieron y queda como propiedad  del otorgante toda la mercadería  que están por vender y se compromete la cantidad menciona- da, una mitad a fin de Febrero próximo o antes, si antes lealdare azúcares en el ingenio de Agüimes, la otra mitad a fin de Marzo.”

1527 agosto 8.
RECONOCIMIENTO  DE DEUDA DE ANTÓN PÉREZ CABEZA AL LICENCIADO CRISTÓBAL DE LA COBA.
Las Palmas.  “Antón  Pérez  Cabeza,  mercader,  vecino  de  Gran  Canaria,  reconoce deber  al licenciado  Cristóbal  de  la Coba  de  la misma  vecindad  186.500 maravedíes, remate de las cuentas de cierta cía de mercancías que tuvo con él. Se obliga a pagar la mitad  de la deuda  a fines de Enero  o antes si antes moliere los azúcares de su  ingenio de Agüimes.”

1527 agosto 13.
EL ALMOCREBE FRANCISCO RODRIGUEZ, TRABAJADOR DEL “INGENIO DE  AGUIMES” RECONOCE  UNA DEUDA AL MERCAD- ER RODRIGO DE SEVILLA POR LA COMPRA DE UN CABALLO. Las Palmas.  “Sepan  cuantos   esta   carta   vieren   como   yo  Francisco   Rodríguez, almocrebe, vecino de esta isla de la Gran Canaria, que trabaja en el ingenio de Agüimes, otorgo  e conozco  que debo  dar e pagar a vos Rodrigo de Sevilla, mercader, vecino de esta dicha isla, e a quien vuestro poder hubiere, conviene a saber, diez doblas de oro, las cuales son por razón  de un caballo de color ruano que de vos recibí comprado, de que soy e me otorgo e tengo de vos por bien  contento  e pagado, entregado  a toda  mi voluntad,  e renuncio  que  no pueda  decir ni alegar que no lo recibí de vos como dicho es, e si lo dijere e alegare que no me valga en esta razón en juicio ni fuera de él, en esto en especial renuncio  a la ejerción (sic) querella de los dos años que ponen las leyes en derecho  en razón de la pecunia  e de la cosa no vista, ni contada, ni recibida, ni pagada, las cuales dichas diez doblas de oro me obligo de os las dar e pagar en esta dicha isla de la Gran Canarias en paz y en salvo, y sin pleito y sin con- tienda alguna, de hoy día de la fecha de esta carta en un año cumplido primero siguiente, so pena del doblo e por postura e por pura promisión firme de dere- cho, estipulación, conveniencia  valedera pagada que todavía os de e pague el dicho principal (…) fecha la carta en la noble ciudad real de Las Palmas, que es en la isla de la Gran Canaria, trece días del mes de agosto, año del Nacimiento de Nuestro  Salvador Jesucristo de mil e quinientos  e veinte e siete años, e porque  dijo que no sabía firmar, a su ruego lo firmó por él aquí Alonso del Castillo, testigos que fueron presentes a lo dicho, Alonso del Castillo e Juan de Cevallos, estantes en esta dicha isla. // Por testigo, Alonso del Castillo.” 

1527 agosto 28.

ALONSO DE MATOS VENDE A MARTÍN ALEMAN LA MITAD DEL INGENIO  DE AGUATONA.  Las Palmas. 
“ Alonso de Matos, vecino de Gran Canaria, vende a Martín Alemán, por escritura  ante  escribano  la de  su ingenio  de  Aguatona  en  la comarca  de Agüimes por  precio  de  750  arrobas  de  azúcar  y 49.700  maravedíes  con condición  de que si al cabo de cierto tiempo  lo quisiera volver a comprar por el mismo precioMartín  Alemán se lo ha de vender.

Todo  el año 1528  le deja a Martín Alemán la mitad vendida para que goce de ella y de la renta  y maquila. En 1529  Martín Alemán molerá en el ingenio  toda  la caña de sus cañaverales y otros  si los hubiere  quedado  la maquila  y gastos para el precio, el cual tiene que vender la mitad  del ingenio. Se perdona  a Alonso de Matos cien arrobas de azúcar del precio que ha de pagar por él. Medio ingenio  quedará  en poder  de Martín  Alemán hasta que Alonso de  Matos haya satisfecho el total del precio. Podrá pagar cuan- to quisiera y no en tiempo  en el contrato  de retroventa. Martín Alemán ha de plantar  en 1529  de la caña que tiene  para moler  dos suertes de cañaverales en la comarca de Agüimes o ha de venderlas a personas que la ponga y plante en dicho heredamiento.  Se obliga a moler en el dicho ingenio tres suertes de cañaverales de soca. Martín Alemán, después de moler sus cañas podrá poner una persona que lleve cuenta de los gastos de la molienda  y de los azúcares que se hicieren. Alonso de Matos tendrá  el mando  de la gente del  ingenio  y no  podrá  tomar  azúcares  ni  mieles  etc. Hasta  que  Martín Alemán haya cobrado  el precio del medio ingenio. El despensero  se pondrá de acuerdo  con ambas partes.”    (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1527 agosto 28.
ANULACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE LA MITAD DEL INGENIO  DE AGUATONA.  Las Palmas.   “Alonso de Matos y Martín Alemán se conciertan, para dejar sin efecto el arrendamiento de la mitad del  ingenio de Aguatona, mitad   que Alonso de Matos vendió a Martín Alemán y éste lo  arrendó  por tres años, el final del primer año se cumplió en Mayo de 1.527, por el cual tenía que pagar 75 arrobas  de azúcar y 4.900 o tantos  maravedíes. Ahora ambos  declaran  que dejan el dicho arrendamiento como si no se hubiese  hecho.”

1527 agosto 31.
MARTÍN ALEMÁN ARRIENDA LA MITAD DEL INGENIO  DE LA VEGA DE AGUATONA CON LA MITAD DE LOS ACCESORIOS A ANTÓN PEREZ CABEZA.  

“Martín Alemán arrienda a Antón Pérez Cabeza la mitad del ingenio de moler  cañas en la   Vega de Aguatona  de Agüimes,   con  la mitad    de los cobres, aparejos, casas de purgar, de refinar, de aposentos  y espumas, según se contiene  en la Escritura de  venta que ese mismo día efectuó a Alonso de Matos. Dicho arrendamiento se efectúa para que Antón Pérez pueda aprovechar  la molienda  de sus cañaverales  el que vendrá de 1.530 y siguiente si quisiera ampliar el contrato  actual. Comenzará  el arrendamiento el primero  de Enero de 1.530, ya que en  la escritura de compra a  Alonso de Matos  hay una cláusula en la que puede recuperar  lo vendido por el mismo precio   hasta 1.529. El precio estipulado  por el arrendamiento es el  de 80 arrobas  de  azúcar  blanco,  puestas  en  el    ingenio  de  Aguatona,  en  esta forma:50 arrobas en el año 1.529 y las   30 restantes  al terminar  el mes de Agosto del año 1.530.Martín   Alemán se obliga a su vez la misma paga de 50 arrobas, si Alonso de Matos quisiera comprar de nuevo su parte antes de terminar  el  plazo concertado.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1527 agosto 31.
DONACIÓN  DE MARTÍN ALEMÁN A SU HIJO  JUAN DE AYALA DEL DINERO  QUE HA DE COBRAR DE UNOS CAÑAVERALES EN LA VEGA DE AGUATONA.  Las Palmas. 

“Martín  Alemán,vecino de la isla, dona  a   Juan de Ayala, su hijo, 100 doblas que ha de cobrar del fruto y esquilmos que hubiere de los cañaverales que tiene en el heredamiento de Agüimes en la Vega de Aguatona que se ha de moler en 1529. La donación  la hace por ser su hijo, por el mucho  amor y buena voluntad que le tiene, y por las muchas y buenas obras que de él ha recibido  dignas de remuneración.” 

1527 septiembre 2.
CONTRATO  PARA “CURAR”   OCHO  SUERTES DE CAÑAVERALES EN LA VEGA DE AGUATONA.  “Juan Carrega, genovés, estante  en  Gran  Canaria, reconoce  que  da  a curar a Pedro Rodríguez ocho suertes de cañaverales de azúcar que tiene en la vega de Aguatona, en la comarca de Agüimes, de cinco suertes y tres cuar- tos de hoja, en esta manera: Juan Carrega se obliga a poner un hombre  y un esclavo suyo llamado Juan Valiente, para ayudar a la cura de los cañaverales y Pedro Rodríguez hacen todas las faenas necesarias para dicha cura y pagar- le cinco  doblas  de  oro  hasta  que  la caña  se moliere.  Secada el azúcar  el primero  se compromete a entregarle cinco arrobas de azúcar por cada cien- to que se molieren  según las ordenanzas  de la isla. Además ciertos compromisos de pagar el diezmo  o la mitad  cada uno, que la soldada  y mantenimiento del hombre  a cargo de Juan Carrega, además del mantenimiento del esclavo y sustitución  por otro, si aquel muriera  en el tiempo  de dicha cura y da el agua necesaria para regar las cañas.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1527 septiembre 3.
AHORRAMIENTO DE UNA ESCLAVA QUE FUE DE ALONSO DE MATOS.  de “Fernandianes, portugués  y vecino de Gran Canaria, da carta de ahorramiento  a una  esclava suya llamada  Catalina  de Matos de color negro de cincuenta  años de edad poco  más o menos, esclava que fue de Alonso de Matos y vendida a Martín que la traspasó a Fernandianes.”

1527 septiembre 9.
ALONSO DE MATOS ARRIENDA SU INGENIO  CON TODOS  SUS ACCESORIOS EN LA VEGA DE AGUATONA EN TÉRMINO DE AGUIMES A ANTÓN PEREZ CABEZA.
 “Alonso de Matos arrienda  a Antón Pérez Cabeza su ingenio que tiene y le pertenece  en  la  Vega de Aguatona en término  de Agüimes, con todas sus  casas de purgar, refinar, de aposento,  molino, cobres, prensas, aparejos con  las tinajas, tanques    de  las remieles; en  los meses  de  enero,  febrero, Marzo y abril del que vendrá de 1530, para que en todos estos cuatro meses puedan  moler  sus  cañaverales  y una  suerte  de  cañaveral  a  su  hermano Alonso Martínez; en caso de   no acabar de moler en abril, puede  terminar después  del mes  de   julio del mismo  año  pero  con  la condición  que  no puede  moler  otras cañas que las suyas y las de sus hermanos;  la renta  será de  80  arrobas  de  azúcar  blanco,  que  Antón  Pérez  ha  de  pagar a Martín Alemán, vecino de  la isla, por el arrendamiento que le hizo de la mitad del ingenio  por 140  arrobas  de azúcar  que ahora  le ha de entregar  Alonso de Matos, puestas y pesadas en su ingenio, más de 40 doblas de oro pagadas de esta manera:20  que ya le pagó, las otras 20 restantes  y las 140  arrobas  de azúcar el día último de  Junio del  año 1.530. Alonso de Matos  se obliga  a entregarle el ingenio al terminar el año 1.529 y pagarle los gastos que tuviera que hacer en reparaciones.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1527 octubre 30.
ALONSO DE MATOS SE OBLIGA A DEVOLVER A LOPE DE LEÓN  EL DINERO  CORRESPONDIENTE  A TRES AÑOS DE ARRENDAMIENTO DE UNAS TIERRAS CON SUS AGUAS LINDANTES CON LAS DEL SEÑOR SAN MARTÍN (HOSPITAL)  Y CON EL BARRANCO DE GUAYADEQUE,  POR HABER DISFRUTADO SÓLO UN AÑO DE LOS CUATRO QUE LE HABÍA PAGADO Y HABER ARRENDADO AL REGIDOR LUIS CERÓN LOS TRES AÑOS RESTANTES.  Las Palmas,  “Sepan cuantos  esta carta vieren [roto], vecino de esta isla de la Gran Canaria, otorgo  [roto] a vos Lope de León [roto] isla, que estades presente, setenta  e [roto] moneda  de Canaria, las cuales son  por  razón  [roto] hube arrendado  por  cierto  tiempo  e [roto] Lope  de  León  unas  tierras  que  son sobre  [roto] que  ha por  lindero  de la una  parte  [roto] tierras  de riego de Señor San Martín, e por la [roto] barranco  de Aguayadeque, con sus aguas, que son [roto] cuatro años cumplidos por [roto] cien doblas de oro, las cuales me distéis e pagasteis [roto] Lope de León a mi el dicho Alonso de Matos e por virtud [roto] arrendamiento gozasteis vos el dicho Alonso de León [roto] dichas tierras un año e de las dichas aguas así [roto] yo el dicho Alonso de Matos hice concierto  e [roto] Luis Cerón, vecino e regidor de esta dicha isla [roto]  tierras  e aguas, a cuya causa vos el dicho  [roto]  obligasteis de dar e pagar al dicho  Luis Cerón  por los tres años restantes  que quedaban [roto] del  dicho  arrendamiento sesenta  doblas  de  oro,  estando  yo  pagado  del arrendamiento susodicho  de todo  el tiempo  porque  estaban  arrendadas,  e porque vos el dicho Lope de León de las dichas sesenta doblas que os oblig- asteis a pagar al di[…]cho Luis Cerón por razón de la contratación  que sobre las dichas tierras e aguas hice yo el dicho Alonso de Matos con el dicho Luis Cerón, e asimismo porque  vos el dicho  Lope de León hicisteis y pagasteis ciertas costas que los plazos que en razón  de lo susodicho  trajisteis con el dicho Luis Cerón, las cuales fueron tasadas e moderadas  en once doblas de oro, de manera  que por todas las dichas doblas son sesenta e un doblas de oro, las cuales yo el dicho Alonso de Matos prometo  e me obligo de vos las dar e pagar a quien en esta dicha isla bien e cumplidamente e paz e en salvo sin pleito e sin contienda  alguna, en todo  el mes de mayo de primero  que viene del año  del Señor de mil e quinientos  e veinte e ocho, so pena  del doblo  e la dicha pena pagada e no pagada que todavía os e pague el dicho principal, y demás de esto que lo así no tuviere e guardare e cumpliere como dicho es por esta carta, doy poder  […]  fecha en la noble  ciudad  real de Las Palmas, que es en la isla de la Gran Canaria, treinta días del mes de octubre, año  del Nacimiento  de Nuestro  Salvador Jesucristo de mil e quinientos  e veinte e siete años, e poruqe  los dichos  Alonso de Matos e Lope de León dijeron que no sabían escribir, a su ruego lo firmó por ellos e por testigo el Bachiller  de  Frías  e  Fernando   Ortiz,  testigos  que  fueron   presentes   el Licenciado Pero Hernández de Valera e el dicho Bachiller Fernando  Ortiz e el dicho  Bachiller [roto]  de Frías, vecinos de esta dicha  isla. // Por testigo, de Frías // Por testigo, Hernando Ortiz.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1527 noviembre 2.
CONCIERTO  PARA EL ACARREO DE LEÑA Y CAÑA  AL INGENIO DE AGUATONA.  Las Palmas.  “Francisco Rodríguez, almocrebe, vecino, concierta  con Antón Pérez Cabeza, vecino de la isla, el acarreo de leña necesaria para el ingenio  de Aguatona durante  la zafra del año 1530  con tres bestias, así como  acarrear la caña que durante  dicho  año se moliere  en el ingenio  citado  y se cortare  en las comarcas de Agüimes y del Carrizal. Se obliga...el primero de  Junio  de  1528.  Precio: 3.539  maravedíes  y medio  pagadas  al dicho Francisco  Rodríguez,  más 31  doblas  y media  de oro  que  ha de pagar a Francisco Sánchez  de los Palacios y a Rodrigo de Sevilla diez doblas  de oro  pagaderas  en  1528   además  de  cierta  cantidad   de  remieles  y  las espumas  y media  docena  de  tocinetas  el  día  que  comience  su  labor.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1527 noviembre 7.
CONTRATO  DE APARCERÍA  PARA CORTAR,  DESBURGAR Y ATAR LAS CAÑAS QUE SE HAN DE MOLER EN EL INGENIO  DE AGUATONA.  Las Palmas.  “Luis González, moledor, Bartolomé Viera y Gonzalo  de Prego, enca- jador, estantes en Gran Canaria convienen  con Antón Pérez Cabeza, veci- no de la isla, el corte de cuatro  suertes de caña para planta en la comarca de Agüimes y en los cañaverales que señalare Antón Pérez durante  el año 1528, mediado  el mes de Enero  ocho días antes u ocho días después con la obligación de cortar hasta suerte y media de planta de las cuatro suertes que ha de cortar, así como se obligan a desburgar  para facilitar la labor de los almocrebes. Por ello Antón Pérez Cabeza se obliga a pagarles 22 doblas de oro  y hacerle  los mantenimientos que  se descontarán  de dicha  canti- dad, y el resto, la mitad  al terminar  el trabajo y la otra mitad  en San Juan de Junio de 1528,  así mismo  se compromete a cortar, a desburgar  y atar las cañas que  moliere  en  el ingenio  de Aguatona  de tal manera  que  los almocrebes  no  tengan  que  esperar  por  ella para hacer  diariamente  ocho calderas de caldo cada día de servicio, por  cada una  de las cuales Antón Pérez Cabeza ha de darles 84 maravedíes por cada calderada de la caldera de cocer que el día  está esentada  en dicho ingenio, así como ponerles  en el ingenio  todos  los mantenimientos que necesitaren  para sí y las demás personas que llevaren consigo a los precios que corrieren  en Las Palmas y dé el dinero  necesario  para  pagar los desburgadores  que  necesitaren.  El resto del dinero  ha de pagarse de esta manera: 20 doblas  de oro cuando acabare de moler el ingenio y el resto durante  el mes de Agosto de 1528. Luis González  se obliga así mismo a servirle de moledor  durante  la dicha zafra por el precio de tres doblas de oro mensuales y Gonzalo  de Prega se obliga  así mismo  a servirle de  encajador  en  la zafra por  precio  de  tres doblas  de oro  mensuales,  teniendo  en cuenta  que  no  cobrará  cuando  el ingenio estuviere parado.” 
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1528 febrero 14.
EL ESPUMERO DEL INGENIO  DE AGUIMES RECONOCE  UNA DEUDA POR COMPRA DE ROPA. “Pedro Váez, espumero en el ingenio de Agüimes, estante, reconoce que debe  a   Diego Franquis, mercader, vecino de la isla, o al Lope de Portillo, estante en la ciudad de Cádiz, 1.370 maravedíes de moneda isleña, las cuales son por razón de tanta ropa que les ha comprado  y se compromete a pagar- los a fin de Abril próximo.” 

1528 abril 28.

ALONSO DE MATOS,  MENOR,  RECONOCE  A JUAN BARRIAL PARA QUE LE REPRESENTE EN UN PLEITO.
Las Palmas. “Pedro…, vecino   de la ciudad  de Telde, como  curador  de Alonso de Matos, menor, hijo legítimo de Juan de  Avila y Francisca de Matos, su mujer, difuntos,  por  carta  de  curaduría,  otorgada    ante  el escribano  Rodrigo  de Ocaña el 28 de Enero del año 1.523,reconoce  que Juan Barrial, procurador y vecino de la isla, está nombrado por el dicho menor, para que le represente en pleito con Bartolomé de Madina, difunto, y con su mujer. Y por esta carta nombra  a Juan Barrial defensor  de todos  los pleitos  de Alonso de Matos, menor.” (126)

1528 junio 12.

TIRSO ROMERO RECONOCE  UNA DEUDA A RUY DÍAZ QUE LE PAGÓ POR ALONSO DE MATOS.  “Tirso Romero, vecino de Gran Canaria, reconoce que debe a Ruy Díaz, vecino de Sevilla,mercader,9.000 mrs. Que le pagó por Alonso de Matos que se los debía  por un  contrato  de mayor cuantía  en el que era fiador Pedro Moreno, procurador y vecino de Telde, se obliga a pagar el día de San Juan de Junio de 1.529.”

1528 julio 20.
CONCIERTO   DE   “DESBURGUE”  Y ATADO DE CAÑAS CON EL INGENIO  DE AGUATONA.
“Alonso Martín Fuentedecantos concierta con el  ingenio de Aguatona el desburgue  y atado en  haces de las cañas con el compromiso  de trabajar lo bastante deprisa para que los almocrebes puedan  cargar sin mucha espera y dar abasto a la tarea diaria de  ocho calderas, que es la norma  del ingenio, lleva ochenta  y cuatro  maravedíes diarios por cada hombre  y comida   para toda la cuadrilla.”

1928 julio 24.
CONTRATO  DE TRABAJO EN LOS CAÑAVERALES QUE SE MUE- LEN EN EL MOLINO  DE AGUATONA.
Las Palmas. 
“Alonso  Martín   de  Fuente   de  Cantos,  vecino  de  Gran   Canaria, concierta  contrato  con  Alonso de Illescas y el bachiller  Fernando  Ortiz, de la misma vecindad, la corta, desburgado  y atado de las cañas de cañaverales  que  se molieron  en  el molino  de  Aguatona  durante   la zafra  de 1529  comenzando  desde  que  lo  requieran  en  un  plazo  no  inferior  a quince días a partir de la fecha, Alonso Martín se compromete a dar abasto a los almocrebes  hasta el punto  de que se puedan  cocer 8 calderas de la caldera  asentada  en  dicho  ingenio.  Alonso  de  Illescas y el  bachiller Fernando   Ortiz  se  comprometen  a  pagarle  84  mrs.  por  cada  caldera, pagadas así: 10  doblas  de oro  el día que  lo requieran  para  el trabajo  y, acabadas de desquitar  las 10 doblas, el resto a medida  que fuere servido, de tal manera  que  estuviere  totalmente  pagado  el día de la terminación de la zafra. Asimismo se compromete a dar de comer  a él y a las gentes que trajere al trabajo y a pagarle el trabajo que no hiciere por falta de ali- mentos.  Ambas partes  se comprometen al pago de 20.000  mrs. de ind emnización  si se apartaren  de lo pactado.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1528 julio 24.

CONTRATO  DE “ACARRETO”  DE LEÑA Y CAÑA PARA
EL INGENIO  DE AGUATONA.  Las Palmas.  . “Ante el escribano público de Las Palmas se celebra contrato  de acarreto mediante  el cual se establece lo siguiente:
Alonso  López,  labrador,   vecino  de  Gran   Canaria,  concierta   con Alonso de Illescas y el bachiller  Hernando Ortiz, sus convecinos, la corta y acarreto  de  la leña  que  fuere  necesaria  para  el ingenio  de  Aguatona durante la zafra de 1529,  tanto  para cocer los azúcares  blancos, los refi- nados,  las espumas  y las reespumas,  cuanto  para  las necesidades  de  la cocina, el horno  y la despensa. También se obliga a acarrear toda la caña que se hubiera  de moler  en el ingenio  y que se cortare  en la comarca  y heredamiento de Agüimes; caña y leña en cantidad  bastante  para cocer diariamente  8  calderas   de  las  del  ingenio.   Alonso  de  Illescas  y  el bachiller  Ortiz  se obligan:  1º,  a entregar  cortada  y desburgada y atada la caña que hubiere  de acarrear. 2º,  a pagarle 3.523  mrs. de moneda  de Canarias  por  cada  tarea  de  8 calderas  de  la medida  de  una  caldera  de cocer  que  Juan  Larrega  tuvo  asentada  en  el dicho  ingenio  durante la zafra de 1527; y a pagarle asimismo la diferencia que hubiere  entre cada caldera y la que al presente  esté asentada  en el mismo  lugar. 3º, a darle una hanega de trigo y 4 reales viejos mensualmente por cada almocrebe que  llevare  4  bestias,  comenzando a contar  desde  que  principiaren  a acarrear  leña o caña. 4º,  a dar de comer  a los almocrebes  de la despensa cuando  acarreen  leña o caña. 5º, a dar dos batideras  de remieles cada día para cada recua de 4 bestias desde  que se comience  el acarreo  de la leña hasta  que  el ingenio  empiece  a moler,  y desde  esta fecha todas  las espumas,  según  el uso  de  los ingenios.  6º,  a dar  los mismos  manten- imientos   para  almocrebes   y bestias  cuando   acarreen  la  miel  para  los refinados. 7º, a entregar  estos mantenimientos para almocrebes  y bestias en  el  ingenio,  cuando   el  ingenio  moliere,  y en  la  ciudad  cuando   no moliere.  8º,  a dar  cortada  la leña  necesaria  para  los refinados.  Alonso López, confiesa  180  doblas  de oro; 150  de manos  de Martín  Alemán y las 30  restantes  en  un  libramiento contra  Martín  Alemán,  hecho  por Illescas y Ortiz. El resto se ha de pagar cuando  servidos por valor de 180 doblas, lo fueren  pidiendo Alonso López  y de tal manera  que  al termi- nar  el servicio  se hagan  las cuentas  y se paguen  cuanto  se le debiese. Alonso López, se obliga  a comenzar el acarreo  el primer  día de Agosto de  1528  y se compromete a pagar  bestias  y personas  que  tomaren los otros, para servirse si algún día le faltare algo. Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1529 febrero 11.
TIERRAS DE ALONSO DE MATOS EN LA VEGA MAYOR DE TELDE.
Las Palmas.  “Dote  que  Cristóbal  de  Aríñez  recibe  de  Ana Martín  de  Zorita,  su mujer, [...] suerte de tierras con agua que está en la vega mayor de Telde, que linda con tierras de María Fernández  Galván, con tierras de Cristóbal García, con tierras de Alonso de Matos y otras de Antonio Bernao.” 

1529 febrero 23.
ALONSO DE MATOS VENDE A PEDRO LOBO LA MITAD DE UN SOLAR EN TELDE.  Las Palmas.  “Alonso de Matos, vecino de la isla, vende a Pedro Lobo, vecino de la ciudad de Telde, la mitad de un solar que tiene en dicha ciudad y linda con casas del mismo Pedro Lobo, con la suerte  que dicen La Palma, que es de Cristóbal García de Moguer, con el albercón  de los herederos  de la Fuente, y por delante con la calle real ( y se entiende  la mitad que cae hacia la casa de Pedro  Lobo), por  el precio  de 3.000  maravedíes  en  moneda  isleña. El vendedor  se constituye  en inquilino  hasta que el comprador pueda  tomar posesión.”

1530.
LOS VECINOS QUE VIVEN EN TORNO  AL INGENIO AZUCARERO,  A SU SERVICIO,  Y EN EL CULTIVO DE LA CAÑA DE AZÚCAR,  SOLICITAN DEL OBISPO D.  LUIS CABEZA DE VACA, QUE LA NUEVA IGLESIA DE SAN SEBASTIÁN SE CONSTRUYA “CERCA  DEL INGENIO  DE AGUATONA”.  Y DE CÓMO  EL OBISPO ORDENA QUE SE CONSTRUYA EN   DICHO  LUGAR.
“...  El lugar e sitio donde  se había  mandado  edificar la iglesia de San Sebastián era muy ventoso y muy seco y desierto, y cerca del yngenio de  agua- tona, que es de la dicha Villa de Agüimes, ay lugares  e sitios más oportunos e abrigados para edificar la  dicha iglesia e se pasen los vecinos que agora biben en la dicha Villa de Agüimes (...) y que la mayor parte de los vecinos de Agüimes viven en  torno  al ingenio  de  azúcar  y que  solamente  pueden  oponerse  al traslado de la iglesia los vecinos que al presente son de la dicha villa.
...  La iglesia que  agora está igualada  e trazada  y comenzada  a edificar, abiertas las zanjas, se edifique en el lugar e sitio que ay más e mayor parte de los dichos vecinos (...) donde  aya comarca para pasarse el dicho pueblo, y que allí se aga la dicha obra de la dicha yglesia y se edifiique según e conforme la traza e condiciones  con que está obligado a labrar el dicho maestro de ella, y que en lugar que agora está comenzada  a hacer la dicha iglesia se haga una ermita pequeña  de San Sebastián a donde  de presente se celebren los divinos cultos  hasta  tanto  quede  fecha la dicha  iglesia que  al presente  mandamos hacer. Y queremos  y es nuestra  voluntad  que después de fecha y edificada la dicha iglesia se pase a ella la pila baptismal y se celebre en ella como en igle- sia  parroquial e  que en la ermita que mandamos  se faga en el sitio de la igle- sia que fue de San Sebastián no se se celebre después de fecha la dicha igle- sia.”
El nombramiento de un nuevo obispo  hizo que este proyecto se abandonara y la nueva iglesia se construyó en el solar de la antigua.
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1530 noviembre 26.

DEUDA   POR VENTA DE AZÚCAR   CON OBLIGACIÓN DE PAGAR EN EL INGENIO  DE   AGUIMES.  “Alonso López y Francisco Sánchez, vecinos de la isla, reconocen  que deben  a Francisco de Sopranis, mercader,  genovés, de la misma  vecindad, ochenta  arrobas de azúcar blanco que le compró. Se obliga a pagar a fin de junio en el ingenio de Agüimes. Alonso López obliga a traerlas a Las Palmas pagándole la carreta.”

1531 junio 27.
JUAN DE PASTRANA RECONOCE  UNA DEUDA DE AZÚCAR , A PAGAR EN EL INGENIO   DE AGUATONA. Las Palmas.  “ Juan de Pastrana, vecino, reconoce  que debe  a Juan Alemán, vecino, ausente, catorce arrobas de azúcar, que éste le compró. Se lo dará en el ingenio de Aguatona, el mes de Mayo de 1532.” 

1531 julio 5.
RECONOCIMIENTO DE DEUDA   POR COMPRA DE AZÚCAR,  A PAGAR EN EL INGENIO  DE AGUATONA.  “El bachiller  Fernando  Ortiz, vecino, reconoce  que debe  pagar a Juan Alemán, vecino de Sevilla, y a Martín  Alemán, vecino de la isla, hermanos, ausentes, cincuenta arrobas de azúcar blanco que Martín Alemán le compró. Se obliga a pagarlas en el ingenio  de la vega Aguatona desde hoy hasta el mes de Mayo, del próximo año .”

1531 julio 14.

RECONOCIMIENTO DE DEUDA POR AZÚCAR   A PAGAR EN EL INGENIO  DE AGUIMES.  Las Palmas.   “ Juan Martínez  de Bilbao, vecino de Gran Canaria, reconoce  deber  a Juan Alemán, vecino de la ciudad de Sevilla, y a Martín Alemán , vecino de la isla, seis arrobas de azúcar blanco que compró. Se obliga a pagarlas en el ingenio de Aguatona el año siguiente”

1531 julio 28.
CONTRATO  DE ACARREO DE LEÑA Y CAÑAS PARA MOLIENDA EN EL INGENIO  DE AGUIMES.   “Alonso López,  labrador   y  vecino  de  Gran  Canaria,  concierta   con Francisco Sánchez de los Palacios, de la misma vecindad, para acarrear con sus bestias toda la leña y cañas para la molienda  que ha de hacer en el ingenio de Agüimes, en el año próximo de 1532  con las condiciones  siguientes: Alonso López se compromete a acarrear con sus bestias toda la leña necesaria y recoger todos los cañaverales que molieran en la zafra, así de primera cocha, como de espumas y reespumas, de las cañas que estén en la comarca de Agüimes y del carrizal, haciéndose  cada día ocho calderas por lo que se cobrará cuatro  mil quinientos  maravedises; él y ninguno  de los almocrebes que se emplearon  en el acarreto  que sería a costa y misión  del otorgante, pide además una caldera de remiel para el mantenimiento de cada recua de cuatro bestias más el anticipo de lo que necesite para los cortadores de leña, más toda la cebada para mantener  las bestias que comprará el mismo al precio que tuviera en marzo o abril del año próximo. Además del herraje que gastará en todo el tiempo  que esté a su servicio con las bestias.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1531 diciembre 15.

FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS PALACIOS RECONOCE  UNA DEUDA POR AZÚCAR,  PAGADERA  EN EL INGENIO  DE AGUIMES.   Las Palmas.  “Francisco Sánchez  de los Palacios, vecino de Gran Canaria, reconoce que debe a Lorenzo Pérez, mercader, genovés treinta arrobas de azúcar que le compró.  Se obliga a pagarlas en el ingenio  de Agüimes a fines de Julio próximo.”

1532 enero 16.
OBLIGACIÓN DE ENTREGAR  AZÚCAR EN EL INGENIO DE AGUIMES.
 “Francisco Sánchez  de los Palacios, vecino de Gran Canaria, reconoce deber  a  Nicoloso  Rajo, mercader,  genovés,  estante  en  la  isla, cincuenta arrobas  de azúcar, que le compró  y pagó, se obliga a entregarlas en el inge- nio de Agüimes, en el mes de abril del mismo año.”

1532 enero 22.

COMPROMISO DE ENTREGA DE AZÚCAR EN EL INGENIO  DE AGUIMES.  “Alonso López, labrador, y Francisco Sánchez de los Palacios como su fiador,  reconocen   deber  a  Nicoloso  de  Fiesco  Rajo, mercader,  genovés, quince  arrobas de azúcar blanco, que compró  y pagó. Se obliga a pagar en el ingenio de Agüimes el fin del mes de mayo del mismo año.”)

1532 abril 18.
ALONSO LÓPEZ CONCIERTA CON FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS PALACIOS EL ACARREO DE LEÑA PARA COCER LOS AZÚCARES EN EL “INGENIO DE LA VEGA DE AGUATONA”.
“En el nombre  de Dios, amén. Sepan cuantos esta carta vieren como yo Francisco Sánchez de los Palacios, vecino de esta isla de la Gran Canaria, de la una parte, e yo Alonso López, labrador, vecino de esta dicha isla, de la otra, otorgamos  e conocemos  que somos concertados,  convenidos  e igualados en esta manera: que yo el dicho Alonso López sea obligado, e por esta escritura me obligo a vos el dicho Francisco Sánchez, de vos echar e acarrear con mis bestias toda la leña que hubieres menester  para cocer todos los azúcares que vos el dicho Francisco Sánchez habéis de haber  en el ingenio de la Vega de Aguatona el año primero  venidero  de mil e quinientos  e treinta  e tres años, así para  azúcares  blancos  como  para  refinados,  y espumas  y rescumas,  e despensa, e cocina y horno, dándome  vos el dicho Francisco Sánchez la dicha leña cogida en la comarca de Agüimes a un camino o a dos, donde se pudiere haber. E que si para la traer e acarrear fuere menester de se hacer camino, que yo el dicho  Alonso Francisco sea obligado  e me obligo  de lo hacer  a mis costas e misión. La cual dicha leña primero  e me obligo de comenzar  a alzar y a acarrear desde luego con cuatro  o cinco recuaas, e no alzar la mano  del dicho acarreto hasta ser cumplida  y acabada la dicha zafra, so la pena que en esta carta será contenida. E otro sí, me obligo e prometo  yo el dicho Alonso López de vos coger y acarrear con mis bestias al dicho ingenio toda la caña que hubieres  de moler e molieres en el dicho ingenio en toda la dicha zafra, así del dicho término  de Agüimes, como del Carrizal, dándome  vos el dicho Francisco Sánchez  cortadas, e desburgadas  e atadas las dichas cañas en los cañaverales a hora que los almocrebes las puedan llevar al ingenio, e vos daré tantas  cañas acarreadas  e puestas  en  el dicho  ingenio  cada  día de  que  se puedan  hacer ocho calderas de caldo de la caldera de cocer que hoy día está asentada en el dicho ingenio, para lo cual pondré  todas las bestias que fueren menester  para el dicho acarreto de la dicha leña e caña, por manera que por falta de las dichas bestias no se deje de acarrear la dicha leña e caña, e que si así no  lo hiciere  y cumpliere,  que  vos el dicho  Francisco  Sánchez  podáis poner  a mi costa a los mayores plazos que los halláreis, e que yo sea obliga- do e me obligo de vos pagar todo el daño e incoriese [sic] que se vos recreare [sic]. Por el cual dicho acarreto de la dicha leña e caña vos el dicho Francisco Sánchez me habéis de dar e pagar a mi el dicho Alonso López diez doblas de oro por cada tarea de que las dichas ocho calderas de las dichas calderas de cocer  que  hoy día están  asimismo  en  el dicho  ingenio,  así para  cocer  las dichas ocho calderas como para los dichos refinados, e espumas e respumas, e despensa, e cocina e horno, como dejo dichas, con que lo que _ en el dicho servicio al dicho respecto seáis obligado de pagar, así como fuere ser viendo que así me vayáis pagando, por manera que acabada la dicha zafra sea acaba- do de pagar de todo lo que  en el dicho servicio, tomando  e recibiendo  en cuenta yo el dicho Alonso López lo que pareciere que vos el dicho Francisco Sánchez hayáis pagado e pagares por mí e por lo que alcanzáreis por otros que tengo de lo pasado con _ que vos el Francisco Sánchez seáis obligado de me  dar  para  las  bestias  remiel  desde  ahora  hasta  que  el  dicho  ingenio comience a moler, todos los días que las dichas bestias trabajaren para servi- cio de dicho  ingenio, así días de cotidiano  como  de fiestas, es a saber, una basidera [sic] de remiel para cada recua de cuatro  bestias o dos _ de _ e vos el dicho Francisco Sánchez más que siendo con que no seáis obligado de dar de comer a los almocrebes  ni a otras personas algunas que anduviere  en el dicho acarreto, e que yo el dicho Alonso López sea obligado e me obligo de los mantener  a mi costa con en esta manera  e según dicho es, me obligo e prometo  yo el dicho Alonso López de hacer e cumplir  todo  lo susodicho  e de la manera  que dicho es e de no vos dejar ni ir ni ausentar  del dicho ser- vicio ni sacar las dichas bestias del dicho acarreto e todos las dichas zafras e fiestas haber  hecho e cumplido  todo lo susodicho  por más ni por menos ni por el trato  que otra persona  alguna me de ni prometa,  ni a otra cualquier manera  sea, ni que  vos el dicho  Francisco Sánchez  me dijéreis en manera alguna, e nos habemos  las dichas partes de tener  e guardar e hacer cumplir todo lo susodicho, e cada uno a sus partes de ello suplirá que la parte de nos que así no lo hiociese e cumpliere o contra ello fuere o viniere de e por el  e pague a la otra parte demás _ que para ello estuviere e lo hubiere  por firme cien mil maravedís de esta moneda  de Canaria, con más todos  los lastos y mi[roto], daños  e menoscabos  que  vos la parte  de nos obediente hiciere  e recibiere e si el _ sobre esta dicha razón, todo esto por pena e por postura  e por pura permisión  firma, e dicha estipulación  e condenación valedera, e así sea lo que por nombre  de interés y uno  hacemos e ponemos  en la dicha _ pagado o no que todavía valga e sea firme todo cuanto  en _ e cada una cosa o parte de ello. E yo el dicho Francisco Sánchez, estando  presente, otorgo e conozco  que soy concertado,  convenido  e ajustado con vos el dicho Alonso López en razón del dicho acarreto de la dicha leña , que me soy obligado de hacer el dicho ingenio por el dicho tiempo, e precio, e condiciones, e penas, e posturas, e obligaciones  que de estas dichas son, e con cada una  de ellas como por esta presente escritura me obligo e prometo  de vos de pagar todos los maravedís  que  se _ en el dicho  ingenio  e acarreto  al dicho  respecto  e tomándome e recibiéndome las cuentas en lo que pareciere haberos  pagado a vos el dicho Alonso López e a otras personas por vos o lo que vos _ por mis cuentas de lo pagado como de esos dichos al dicho plazo [roto] bien e cumpl- idamente  sin pleito e sin contienda  alguna so pena de vos lo dar al plazo de pagar con  el doblo,  e las dichas  penas  pagaré como  en todo  sea vos de e pagaré el dicho principal con _ me obligo e prometo  de tener e _ e cumplir todo lo susodicho cosas así contenido e cada cosa e parte de ello so las dichas penas costas así contenidas  _ las dichas partes e cada uno  de nos así no lo tomaremos  e guardaremos  e cumpliremos  e pagaremos según dicho es […] En la noble ciudad real de Las Palmas, que es en la isla de la Gran Canaria, diez y ocho días del mes de abril, año del nacimiento  de Nuestro Señor Jesucristo de mil e quinientos  e treita e dos años. Testigos que fueron presentes a lo que dicho es, Alonso Velásques, y Alonso de _, e Antón de Asla, e Juan Vizcaíno, vecinos y estantes en esta dicha isla […].”     (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1532 mayo 4.
TRASPASO DE CUATRO SUERTES DE TIERRA CON SU AGUA EN LA VEGA Y HEREDAMIENTO  DE AGUIMES  Y TIERRAS DE SEQUERO EN LA VEGA CASTAÑA. 

“Francisco Gutiérrez, carpintero y vecino de Gran Canaria, reconoce que otorga escritura  de traspaso a Antonio de Soleto, de la misma vecindad, de cuatro suertes de tierra con su agua, en un cercado en la Vega y heredamien- to de Agüimes; por la parte  de abajo, tierras de los herederos  de Pedro  de Castellanos y por la otra parte el lugar de Agüimes.
… Y de otras tierras de sequero en la Vega Castaña, que linda con tierras de Antón Castil, bienes que fueron en él rematados con las rentas de ellos por bienes  de  los herederos  de    Martín  Yañez, difunto,  por  deuda  que  tenía Martín Yañez con Juana de Hervas, mujer de Antonio de Soleto, hija y hered- era de Juan Martínez de Bilbao, cuyo tutor fue Martín Yañez, por lo que hace sesión de todos estos bienes con sus rentas al dicho Antonio de Soleto. “   […].”     (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1532 julio 27.
OBLIGACIÓN DE PAGO DE ALONSO DE MATOS  POR UNA VENTA DE VINOS.  “Obligaciones de pago que Alonso de Matos, vecino de Telde, de dos botas de vino de nueve barriles de marca, cada una por ocho doblas de oro que ha recibido. Pagaderas por San Martín, primero del vino que tiene en su bodega de Telde escogidos entre una docena. Hipoteca todo el esquilmo de uva y vino que Dios quiere y procediere de los parrales  que tiene en Telde.”

1532 agosto 8.

CONTRATO  DE ARRENDAMIENTO DE “PAN  SEMBRAR”  EN EL LOMO  DE LOS CABALLOS.  Las Palmas,   “Contrato de arrendamiento entre  Catalina de Valera, mujer de pedro Fernández  de Peñalosa, con Guillermo  Francés, labrador, que toma a rentaochenta  fanegadas de pan  sembrar  en el Lomo  de los Caballos, diecisiete hechas y el resto por hacer, por nueve años y con el compromiso  de desmontar treinta fanegadas en todo el tiempo. “

1532 noviembre 12.

BARTOLOMÉ DE TOBILLEJA  SE OBLIGA A PAGAR CIEN ARROBAS DE AZÚCAR EN EL INGENIO  DE AGUATONA.
 “Bartolomé de Tovilleja, cañaverero, estante en Gran Canaria, vecino de la isla, reconoce que debe a Álvaro de Herrera, vecino de la isla cien arrobas de azúcar que le compró. Se obliga a pagarlas puestas y pesadas en el inge- nio de Aguatona a fines de mayo. Hipoteca  a la deuda  de los cañaverales que tiene a curar de Francisco
Sánchez de los Palacios. “

1532 diciembre 23.
PLEITO ENTRE FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS PALACIOS Y JUAN COBO POR  EL “DESBURGUE”  DE CAÑAVERALES.
 “Francisco  Sánchez  de  los  Palacios, vecino  de  Gran  canaria  y Juan Cobo, estante  en la isla de Gran  canaria, transan  cierto  pleito  referente  al desburgar   de  los  cañaverales  que  el  primero   molió  en  el  ingenio   de Aguatona en 1532  y que fueron desburgados  por el segundo. “

1532 diciembre 24.

ARRENDAMIENTO DE UN INGENIO  DE MOLER CAÑA DE AZÚCAR CON SUS ACCESORIOS EN LA VEGA DE AGUATONA.
 “Alonso de Illescas y el bachiller Fernando  Ortiz arriendan  a Francisco Sánchez de los Palacios, vecino de la isla, un ingenio de moler caña de azú- car en la comarca de Agüimes, en la vega de Aguatona, con las casas de pur- gar y de refinar y de calderas y de aposentamientos y con los ejes, ruedas, prensa, cobre y formas, por tiempo de un año a partir del primero  de enero de 1533  y por el precio de cuatro  arrobas de azúcar blanco  por cada tarea de ocho  calderas de la caldera  que  estuvo asentada  en la pasada zafra en dicho ingenio.

Se estipula que el pago de la renta se paga cada dos meses comenzan- do en el mes de marzo.

Los arrendadores se obligan a dar al ingenio corriente y moliente y para ello Francisco  Sánchez  podrá  tomar  de  la renta  lo que  fuese necesario  y podrá vender de ella hasta ochenta  arrobas de azúcar blanco. Si fuera necesario  reparar  las ruedas,  ejes, prensa,  husillo,  o carenas, el arrendamiento podrá tomarse de la venta lo preciso para ello. Si hubiere  otros gastos nece- sarios, Francisco Sánchez deberá pagar dos terceras partes y los propietarios, el resto. Y todo  ello  se haga  conforme  al arrendamiento que  Alonso  de Matos hizo del dicho ingenio a Antón Pérez Cabeza en presencia del licenciado Cristóbal de la Coba, según el ejemplar que de ella entregó Francisco Sánchez a los arrendadores.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1533 abril 8.

OBLIGACIÓN DE ALONSO DE MATOS DE PAGAR A MARTÍN ALEMÁN  POR UN PAGO QUE ÉSTE HIZO A PEDRO TALAVERA EN UN CONTRATO  QUE SE REDACTÓ EN EL INGENIO  DE LA VEGA DE AGUATONA.  “Alonso de Matos, vecino, es concertado  con  Martín  Alemán, vecino, presente, porque  Alonso de Matos debe  pagar a Martín Alemán trescientas arrobas  de azúcar  blanco  y doce mil setecientos  cuarenta  maravedises; los cuales pagó Martín Alemán por Alonso de Matos a Pedro de Talavera, veci- no. Alonso de Matos tiene dos suertes de tierra en la Vega de Aguatona, que linda con tierras del acebuche, con el albercón  que está junto a ella y otras tierras que se llaman El Pedregal que Martín Alemán plantó de cañas hacia el barranco  y que linda por otro  lado con tierras de Francisco Sánchez  de los Palacios, así como con tierras de (ORIGARICO).
Por la parte de arriba con la acequia que va a la vega de Aguatona y otro pedazo de tierra…Barranco del Algodonal.

Alonso de Matos se obliga dar a Martín Alemán dos suertes de planta con cañas de azúcar para poner y plantar en dichas tierras de los cañaverales que este tiene en los Lomos de la Vega de Aguatona que lindan de la parte de  arriba  con  el Barranco  de  Aguatona  y por  el otro  lado  con  tierras  de Francisco Sánchez. Martín Alemán podrá  cortar  las cañas desde el primer  día del mes de enero de 1534. Y si con ello no quedara saldada la deuda que de los esquil- mos que se cogieren de la primera  hoja: se han de sacar primero  todos  los costos  y gastos de  la renta  de  las (aguas) que  para  regarla  debe  arrendar Martín  Alemán. Y así con  lo que  restara  no  quedara  pagada  la deuda,  el dicho Martín Alemán tomará posesión de todas las cañas, que quedaran. Se fían ciertas condiciones  sobre el concierto.

Alonso de Matos se obliga a pagar a Martín  Alemán como  fiador de
Diego de León, difunto.

En  el momento en  que  la deuda  sea pagada, Martín  Alemán deber dejar  las tierras  para  que  Alonso de  Matos pueda  hacer  con  ellas lo que quisiese.
El contrato  se firmó en el ingenio  de Aguatona que está en Agüimes (Gran Canaria).” TS: Pedro  Hernández,   Francisco  Rodríguez  y  Alonso  de  Matos,  el mozo.- Por no saber, Alonso de Matos, el mozo.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1533 mayo 23.
SOBRE UN PLEITO DE ALONSO DE MATOS POR LA COMPRA DE TIERRAS Y AGUA EN EL VALLE DE AGUATONA.
Las Palmas.  “Alonso de Matos, vecino de Gran Canaria, otorga escritura al bachiller Pedro  de  Góngora  y a Francisco  de  Sobranis  ,  de  la misma  vecindad  y ausentes. Por ella  reconoce que está conforme  con cierta compra de tierras y agua en el valle de Aguatona que les  hizo algún tiempo  antes, y sobre la que siguió y ganó pleito ante la justicia ordinaria y así mismo en la apelación ante la cancillería de Granada. Promete no seguir el pleito si pasa de 100.000 maravedíes y declara que no es válida la cesión que de su derecho  hizo  a Jerónimo de Ocaña.” Testigos: Se cita  entre otros a Alonso de Matos el Mozo. 

1533 junio 6.
DEUDA DE ALONSO DE MATOS A BARTOLOMÉ DE   TOBILLEJA.
Las Palmas.   “Alonso  de  Matos  reconoce  deber  a  Bartolomé  de  Tobilleja  cinco doblas de oro”.

1533 junio 19.
ALONSO DE MATOS CELEBRA ESCRITURA DE   “AHORRAMIEN- TO”.  Las Palmas.  “ El bachiller Pedro de Góngora celebra escritura con Alonso de Matos sobre ahorramiento de Francisca.”

1533 julio 14.

COMPRA DE TIERRAS Y AGUA EN LA VEGA QUE VA AL CARRIZAL DEL HEREDAMIENTO  DE AGUIMES.Las Palmas. “ Manuel Lima y Catalina Alonso, vecinos de Gran Canaria, reconocen que venden a Álvaro Herrera, de la misma vecindad, una suerte de tierras de regadío  en el heredamiento de Agüimes, en la vega que  va al Carrizal, de unas  seis hanegas  con  seis horas  de  agua  con  sus  dulas,  adquiridas  por herencia de sus padres, Abrano y María Alonso, también  difuntos por el precio de 25.000  maravedíes, moneda  de Canarias, reconocen  por [roto] de la propiedad  una hipoteca  sobre ciento sesenta cabras y otras cien adquiridas últimamente de  García  de  la Coruña,  vecino  de  Gáldar,  más  un  esclavo negro llamado Antón, de treinta años de edad y doce hanegas de tierra que poseen en Tamaraceite  que linda con terreno  de Rodrigo Gallejo.” (155)
.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1533 octubre 11.
CARTA DE FINIQUITO  DE UNA COMPAÑÍA  ENTRE   ÁLVARO DE HERRERA Y BARTOLOMÉ DE TOBILLEJA   DE   DOS PEDAZOS DE CAÑAVERALES:  UNO LINDANDO  CON EL CAMINO REAL Y CON EL CAMINO QUE VA AL CARRIZAL,  Y EL OTRO  EN TIERRAS DE LA IGLESIA DE AGUIMES.
Las Palmas. 

“Alvaro de Herrera, vecino de Gran Canaria, y Bartolomé  de Tobilleja, cañaverero, estante, se dan carta de finiquito  de las cuentas de la compañía que habían  hecho  para poner  dos suertes y  ochocientas  y tantas brazas de cañaverales  en  Agüimes.  Alvaro  de  Herrera   tiene  tres  cuartas  partes  y Bartolomé de Tobilleja la cuarta parte restante. Los cañaverales son un peda- zo en que hay 1.500 brazas en tierras  de Juan Vélez lindando  con el camino real y con el camino del Carrizal y otro pedazo de 1360  brazas en tierras de la iglesia de Agüimes. Alvaro de Herrera está obligado a poner las tres cuar- tas partes del gasto de la postura  y Bartolomé  de Tobilleja el resto. Al ter- minar  la compañía  Bartolomé  de Tobilleja  quedó  a deber  cinco  doblas  a Alvaro de Herrera que pagará cuando  este quiera.”    (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 enero.
ACUERDO ENTRE FRANCISCO SANCHEZ DE LOS PALACIOS Y EL CAÑAVERERO BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  PARA “CURAR” TRES SUERTES DE CAÑA EN EL HEREDAMIENTO  DE AGUIMES EN TIERRAS DEL HOSPITAL DEL SEÑOR SAN MARTÍN.
Las Palmas. “Sepan cuantos  esta carta vieren como  yo Francisco Sánchez de los Palacios, vecino que soy de esta isla de la Gran Canaria, otorgo e conozco que doy a curar a vos Bartolomé de Tovileja, cañaverero y vecino de esta isla, es a saber tres suertes de cañaverales que yo tengo en el heredamien- to de tierras de Agüimes, las dos de soca y la una de hoja que son en tier ras que dicen  la viña suerte  del hospital  de señor  san Martin  e las otras dos  en  tierras  de  mi  el dicho  Francisco  Sánchez  que  servirá junto  del albercón  con que muele el ingenio e la otra donde  dicen los lomos dentro  del tado grande  para  que  vos el dicho  Bartolomé  de  Tovileja las podais curar a cura entera hasta que esten de sazón para se moler y vos el dicho  Francisco Sánchez de los Palacios por razón  de vuestro trabajo  os tengo de dar diez arrobas de amarbico (sic) de todos los azúcares blancos de primera cosecha y de las escumas y recumas e mazcabados  (sic) eras e coguchos (sic) que procedieren  de los dichos cañaverales con las condi- ciones   siguientes:   primeramente   con   condición   que   vos  el   dicho Bartolomé de Tovileja habeis de pagar la mitad de diezmo de azúcar que (roto) otrosí con condición  que yo el dicho Francisco Sánchez (roto) e me obligue  de os pagar a vos el dicho  (roto) co doblas  de oro (roto) e hacer todas las bienhechurías  que buen  cañaverero debeis  hacer e yo el dicho Francisco Sánchez me obligo de vos pagar todo lo que de las cañas escu- piere en estando los azúcares para salir e de esta manera e con estas condi- ciones yo el dicho Francisco Sánchez de los Palacios prometo  e me obli- go de no os quitar  este dicho  partido  por más precio  ni por menos  que otro halle para las curas ni en otra cualquier manera so la pena que en esta carta será dicho; y más me obligo e prometo  de os pagar todo  lo que os cupiere  de los dichos  azúcares  de vuestra parte  estando  los dichos  azú- cares so pena del doblo; e yo el dicho Bartolomé de Tovileja que presente soy otorgo  e conozco  que tomo  en mi este dicho  partido  con las condiciones y posturas e obligaciones en él dichas e de no dejas por más precio ni por menos  ni por el tanto  que otras halle […]  (rota la fecha y firmas).”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 enero.
PEDRO ROMERO RECONOCE UNA DEUDA  A LORENZO DE RIBEROL DE CINCUENTA  ARROBAS DE AZÚCAR BLANCO PUESTAS Y PESADAS EN EL “INGENIO DE AGUIMES”. Las Palmas. “Sepan cuantos  esta  carta  vieren  como  yo Pedro  Romero,  mercader vecino que soy de esta isla de la Gran Canaria, otorgo  e conozco  por esta presente  que debo dar e pagar a vos Lorenzo de Riberol, mercader genovés otrosí vecino de esta isla, o a quien  su poder  para ello hubiere  y mostrare, conviene a saber cincuenta  arrobas de azúcar blanco bueno  e leal  dado tal que sea de dar o de recibir prestas e pesadas en el ingenio  de Agüimes las cuales son por razón de tantos dineros de contado que de vos recibí que son en mi poder  de que soy e me otorgo  e tengo  de vos por bien  contento  e pagado e entregado  de mi voluntad  (…)  las cuales dichas cincuenta  arrobas de azúcar prometo  e me obligo de os las dar e pagar por el mes de junio del año  en que  estamos  bien  e cumplidamente so pena  del doblo  (…)  rota  la fecha y firma.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 enero 7.

FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS PALACIOS,  DUEÑO  DEL INGENIO  DE AGUIMES,  TRASPASA A PEDRO RODRIGUEZ MARTÍN UN ACUERDO QUE TENÍA CON EL ALMOCREBE FRANCISCO RODRÍGUEZ PARA TRANSPORTAR CAÑA Y LEÑA, POR HABERLE ARRENDADO SU INGENIO.

Las Palmas.  “Sepan cuantos  esta  carta  vieren  como  yo Francisco  Sánchez  de  los Palacios, vecino que soy de la isla de Gran Canaria, digo que por cuanto  yo hice cierto partido  e conveniencia  con Francisco Rodríguez, almocrebe, en que  en efecto el dicho  Francisco Rodríguez  se me obligó  de me echar  la tarea de más de toda la caña que hubiese de moler este presente  año en mi ingenio  de Agüimes e asimismo toda la leña que hubiese  menester  para la zafra de este presente  año en cierta forma e manera e por cierto precio con otras ciertas condiciones,  penas e posturas  e obligaciones  contenidas  en la escritura  que de ello me hizo e otorgó  ante Juan Beriel, escribano  público de Agüimes, en nueve dias del mes de julio de mil quinientos  e treinta e tres e porque  yo no  puedo  ejercer  ni  entender  en  la zafra del  dicho  ingenio porque  yo arrendé  a Pedro  Rodríguez  Martín  el dicho  ingenio  y es a su cargo; por ende yo el dicho Francisco Sánchez otorgo e conozco que cedo e traspaso  e hago cesión  e traspasamiento  en vos el dicho  Pedro  Rodríguez Martín  para  que  por  virtud  de  ella  podais  seguir  e  conseguir  el  dicho concierto  y partido  que  tenía  hecho  con  el dicho  Francisco  Rodríguez; y otrosi vos cedo y traspaso  todo  el derecho  y acción y razón  que contra  el dicho Francisco Rodríguez tengo para que le podais pedir y tomar cuenta y razón  de setenta  y seis mil y setecientas ochenta  y ocho maravedíes que el dicho  Francisco Rodríguez  me debe  a mi el dicho  Francisco Sánchez  por razón  de la postura  e por cuenta  (roto) […]  en la isla de la Gran Canaria  a siete días del mes de enero  de (roto, 1534?) que fueron  presentes  a lo que dicho  es Cristobal  de        pa e Diego  de  Rojas e Diego  López, candelero, vecinos de esta dicha isla, y el dicho Francisco Sánchez lo firmó de su nombre en este registro. Firmas rotas.”    (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 enero 19.
ACUERDO ENTRE PEDRO ROMERO Y DIEGO  GARCÍA, GONZALO DE  CASTRO Y DOMINGOS   ALONSO  PARA DESBURGAR CAÑAS PARA EL “INGENIO DE AGUIMES”. Las Palmas. “Sepan cuantos  esta carta vieren como  yo Pedro  Romero, vecino que soy de esta isla de la Gran Canaria, otorgo e conozco que doy a desburgar a vos Diego García de Nogales e a vos Gonzalo  de Castro e a vos Domingos Alonso, todos tres vecinos de esta isla, conviene a saber todas las cañas que tengo de molienda  esta zafra que viene de este presente año que estamos en el ingenio de Agüimes para que vos los sobredichos  los hayais de desburgar e desburgueis  a vuestra costa e minción  y por razón  de lo cual (roto) de os dar e pagar por cada caldera de las que tiene el dicho ingenio que se entiende la caldera de cocer de la que el año pasado estaba en el dicho ingenio y está y se siguió las tareas que se molieron  por ella y yo el dicho Pedro Romero os tengo de dar por caldera ciento cuarenta  maravedíes de moneda  de Canaria y más os doy la dicha desburgada  con las condiciones  siguientes: primera- mente con condición  que vos los sobredichos  todos tres de mancomún seais obligados  e os obligueis  de echar  a desburgar  luego que  por  mi el dicho Pedro Romero seais requeridos  de desburgar  la dicha tarea e dar recibido  al ingenio  de caña que teneis que por vuestra causa no pinze  (sic) el ingenio, todo  él derecho, si por vuestra culpa pinzare  que seais obligados  todos  tres de mancomún como dicho es a pagar las costas de aquel dia (roto) el ingenio; e otrosí con condición  que el dicho Pedro Romero sea obligado e me obligo de vos dar a los sobredichos  (roto) dicho Pedro Romero me prometo  de os pagar vuestros salarios como vayais sirviendo así en mantenimiento como en otra cualquier  cosa que hallais menester  por manera  que (roto) os habré  de pagar yo el dicho  Pedro  Romero  lo que  os restare  debiendo  so pena  del doblo; e yo el dicho  Pedro Romero  prometo  e me obligo de vos no quitar este dicho  partido  de la dicha  desburgada  por  más precio  que  hallare  […] fecha en la noble ciudad de Las Palmas que es en esta isla de la Gran Canaria a diecinueve  días del mes de enero año del nacimiento  de nuestro  salvador Jesucristo de mil quinientos  treinta y cuatro (roto). Sin firma.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 enero 30.
FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS PALACIOS RECONOCE  UNA DEUDA A ANTÓN PÉREZ CABEZA DE CINCUENTA ARROBAS DE AZÚCAR POR SESENTA DOBLAS QUE LE DEBE ALONSO DE MATOS POR LA VENTA DEL “INGENIO  DE AGUIMES”  A PAGAR EN CUATRO AÑOS.  Las Palmas.  “Sepan cuantos  esta  carta  vieren  como  yo Francisco  Sánchez  de  los Palacios, vecino que soy en esta isla de la Gran Canaria, otorgo  e conozco que debo de dar e pagar a vos Antón Pérez Cabeza, mercader  otrosí vecino de esta dicha isla que estais presente, es a saber cincuenta  arrobas de azúcar bueno  blanco  leal dado  tal que sea de recibir  entre  mercaderes,  las cuales son por razón  que por ella me disteis en contrato  público  de cantidad  de sesenta doblas de oro que Alonso de Matos, vecino de esta isla, os debe de razón de la venta que le hicisteis del ingenio de Agüimes; y más me disteis e pagasteis luego de once doblas de oro de las cuales dichas once doblas de oro que así me disteis de contado  y así del dicho contrato  que así me disteis para cobrar del dicho Alonso de Matos las dichas sesenta doblas de oro me doy por contento  e pagado  y entregado  a toda  mi voluntad  e renuncio  la querella y acción de los dos años que ponen  las leyes en derecho y razón de las       e de la cosa no contada  ni vista e recibida y pagada y todas las otras e las que    halleis por  cuanto  el dicho  contrato  que así me disteis para cobrar  del dicho Alonso de Matos las dichas sesenta doblas las tomo  a mi riesgo e ventura  en tal manera e con tal cargo que en caso que yo no (roto) cobrar ni cobre las dichas sesenta doblas ni (roto) ni alguna cosa de las del dicho  Alonso de Matos ni (roto) de que  me las pague vos el dicho  Antón Pérez no (roto) debe dicho a personas de esta isla por no tener de que pagar yo el dicho Francisco Sánchez sea obligado a vos dar e pagar las dichas cincuenta  arrobas  del  dicho  azúcar  de  manera  que  dicho  es las cuales  me prometo  e me obligo de vos la dar e pagar de hoy dia de la fecha de esta carta en cuatro  años cumplidos  primeros  siguientes puesto  y pesado  en el ingenio de Agüimes bien e cumplidamente sin pleito y contienda  alguna […] fecha en  la ciudad  real de  Las Palmas que  es en  esta dicha  isla de  Gran Canaria en (roto) de enero año (roto). Sin firma.”)  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 marzo 20.
ALONSO   DE MATOS VENDE   SUS DERECHOS  A  DOS SUERTES DE TIERRAS CON AGUA EN AGUIMES. “Alonso de  Matos,vecino  de  Gran  Canaria,vende  a Alonso  de  León, escribano  público  de igual vecindad, como  representante de los herederos de Diego de León, escribano público de Telde,difunto, sus derechos    a  dos suertes de tierras en Agüimes, con el agua para regarlas.Tierras  que a pedi- mento  de Diego de León,por una cantidad  que le debía,fueron  subastadas y rematadas  a Diego  Jara que  las vendió  a Diego  de León.Este en su testa- mento  deja a  Alonso de Matos el derecho de compra por ciento veintiocho doblas de oro.Derecho  que él vende por ciento treinta y ocho doblas.”

1534 abril 23.
FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS PALACIOS SE OBLIGA A DEVOLVER LAS TIERRAS  QUE TENÍA PLANTADAS DE CAÑA DE SOCA EN LA PASTRANA POR INCUMPLIMIENTO   DE PAGO.
Las  Palmas.   “Francisco Sánchez de los Palacios, vecino de Gran Canaria, reconoce que  debe  a Alonso Piasco el pago del arrendamiento de unas  suertes  de tierra  con  su  agua  en  Agüimes.  Tierra  que  Alonso  Piasco  compró   a Bartolomé  Pelos y le arrendó  a él por  precio  de  110  doblas  de  oro. La mitad  tenía  que pagarla a los dos años y como  ya se han  cumplido  y no puede  hacerlo se obliga a devolver las tierras arrendadas  y dejar la soca de cañas que tiene  plantadas  en las tierras de la Pastrana; una  de las suertes aumentadas.” 

1534 junio 13.
RECONOCIMIENTO DE DEUDA DE ALONSO DE MATOS A ANTÓN PÉREZ CABEZA POR AZÚCAR,  PUESTAS Y PESADAS EN EL INGENIO  DE AGUIMES.  Las Palmas.  “Sepan cuantos  esta carta vieren como  yo Alonso de Matos, vecino que soy de esta isla de la Gran Canria, otorgo y conozco  que debo de dar e pagar a  vos Antón Pérez Cabrera (Cabeza ¿), mercader  y vecino de esta dicha isla que estais presente, o a quien  vuestro poder  hubiere,  conviene a saber cien arrobas  de azúcar  bueno  blanco  leal dado  que sea de dar e de recibir que son por razón y de resto de mil trescientos  sesenta y cinco arrobas de azúcar blanco que yo os debía y era obligado a dar e pagar por virtud  de un contrato  público  ejecutorio  que pasó ante Cristóbal  de San Clemente, escribano  público  y vecino de esta dicha isla, en viernes doce días del mes de noviembre  del año que pasó de mil quinientos  veinte y dos años de la cual dicha deuda  fue fiador Juan Rodríguez de la Higuera, difunto  que Dios haya, y renuncio  que no pueda  decir y alegar que esto que dicho es no fue ni pasó e si dijere o alegare no valga en juicio ni fuera de él, las cuales dichas cien arrobas de azúcar blanco me obligo e prome- to de os dar e pagar puestas  e pesadas en el ingenio  de Agüimes por  el día de San Juan de junio del año que viene de quinientos  treinta  y cinco años bien y cumplidamente sin pleito y sin contienda  alguna so pena del doblo  (...)  y por  cuanto  en razón  de la dicha  deuda  yo os he hecho  otro contrato  a vos el dicho  Antón  Pérez  de  ciento  cuarenta  doblas  de  oro (roto) e de  otras  sesenta  doblas  por  este  digo  que  el dicho  (roto) y sin ningún  e ningún  valor y efecto en (roto) las ciento cuarenta  doblas de oro porque  de estas dichas ciento  cuarenta  doblas  son y se (roto) arrobas  de azúcar que yo os (roto) por virtud del dicho contrato  (...)  en la noble  ciu- dad real de Las Palmas que es en la isla de Gran Canaria a trece días del mes de junio  año  del nacimiento  de nuestro  salvador Jesucristo de mil quinientos  treinta  y cuatro  años y por el dicho  Alonso de Matos dijo no sabía  escribir  a  su  ruego  lo  firmó  por  él  en  este  registro  Francisco Rodríguez,  testigos  que  fueron  presentes   a  lo  que  dicho  es  el  dicho

Francisco Rodríguez, e Pero Mon(roto) e Francisco Rodríguez, vecinos y estantes en esta dicha isla // Francisco Rodríguez.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 julio0 21.
CONCIERTO  PARA EL  ACARREO DE  LEÑA Y CAÑA DESDE  LA VEGA DE AGUATONA AL INGENIO. Las Palmas. “Juan Rodríguez queda concertado  para cortar y acarrear desde la Vega de Aguatona al ingenio  de Francisco Sánchez y Origo Rizo, genovés toda la
leña que el dicho ingenio  necesite durante  la próxima zafra para las tareas de cada día y para  las espumas  y reespumas  horno  y despensa. Y para  el acarreo de la caña que ha de recibir ya cortada desburgada  y atada, desde la vega de Aguatona al ingenio. Empezará el corte y transporte  de la leña desde el primero  de Agosto, con cinco recuas y el de la caña cuando  sea requerido, con las bestias y almocrebes que sean necesarios, de tal manera que cada día puede alimentarse una tarea de ocho calderas. Cobrarán  a fin de la zafra, a razón  de nueve doblas  y media por cada tarea. Sánchez  y Origo Rizo se obligan  a facilitar trigo, cebada  y otros mantenimientos para almocrebes  y bestias, así como aparejos y herrajes, una cuenta   a Juan Rodríguez, al precio que la compraren  en la ciudad o en Agüimes y dos contándolos  en la liquidación  final. También  deben  pagar por cuenta  de Juan Rodríguez la soldada de los almocrebes. Queda  a cargo de los    señores del ingenio el contribuir  con  un  almuno  (almud¿)  de cebada  por  día al mantenimiento de cada bestia y el facilitar esclavos para apertura  de caminos durante  diez días sin contar  cosa alguna ni por el trabajo  de ellos ni por la alimentación.  Si necesita leña el ingenio  para los refinados, Rodríguez  la traerá  a razón  de cincuenta  maravedíes por bestia y día más la comida del almocrebe. Como Juan Rodríguez quiere  comprar  una pareja de mulas fiada a plazos   de un año o diez meses, Sánchez y Rizo se obligan a servirle de fiadores. Si en la liquidación  de zafra pasada Rodríguez  resulta  deudor,  se le descontará  su deuda  en la liquidación  de la zafra venidera  cuyos servicios se conciertan ahora.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 julio 22.
HIPOTECA DE CAÑAVERALES EN LA VEGA DE AGUATONA POR UNA DEUDA DE AZÚCAR.Las  Palmas.  “Juan de Aguiar y  (roto) González  reconocen  que deben  a Alvaro de Herrera, vecino de la isla, veinte arrobas  de azúcar  blanco. Juan de Aguiar promete  entregarlas  en la ciudad  a fines del próximo  Abril e hipoteca  los frutos  de los cañaverales que  tiene  en la vega de Aguatona con  Francisco Sánchez de los Palacios”
1534 julio 31.

RECONOCIMIENTO DE DEUDA DE DIEGO  MARTÍNEZ DE TALAVERA A GABRIEL VOS,  MERCADER GENOVÉS,  POR AZÚCAR,  PUESTAS Y PESADAS EN EL INGENIO  DE AGÜIMES. Las Palmas.  “Sepan cuantos  esta carta vieren como yo Diego Martínez de Talavera, vecino que  soy en Agüimes que  es en esta isla de la Gran  Canaria, como principal deudor, y yo Pedro Romero y Domingo Fernández, labrador, otrosí vecinos de la dicha isla, como sus fiadores y principales  pagadores, y todos tres de mancomún a voz de uno y cada uno de nos por si y por el todo [...] otorgamos y conocemos que debemos de dar y pagar a vos Gabriel Vos, mer- cader  genovés estante  que  sois en  esta dicha  isla, que  estáis presente  o a quien  vuestro  poder  hubiere,  es a saber  sesenta  arrobas  de azúcar  bueno blanco leal dado tal que sea de dar e de recibir las cuales son por razón de ciertos  dineros  de  contado  que  yo el dicho  Diego  Martínez  de  Talavera recibí de vos el dicho Gabriel Vos de que los valió e montó  de que soy e me otorgo  en tengo de vos por bien contento  y pagado y entregado  a toda mi voluntad en razón de lo cual renuncio  la querella excepción de los dos años que los derechos  ponen  en razón  de la pecunia  e de la cosa no contada  ni vista  ni  recibida  ni  pagada  las  cuales  dichas  sesenta  arrobas  de  azúcar prometo  e me obligo de os la dar y pagar mediado  el mes de mayo primero venidero del año mil quinientos  treinta y cinco puestas y pesadas en el inge- nio de Agüimes so pena del doblo  y de esta pena por nombre  de interés y que con vos hago [roto] y la dicha pena pagada [...] fecha la carta en la noble ciudad de Las Palmas que es en la isla de la Gran Canaria a treinta y un días del mes de julio año del nacimiento  de nuestro  salvador Jesucristo de mil quinientos  treinta y cinco años testigos que fueron presentes a lo que dicho es Alonso Baez [roto] y Bartolomé de Tovilleja y Francisco Rodriguez, veci- nos y estantes  [roto] el dicho  Pedro Romero  lo firmó de su nombre  [roto] dichos  Domingo  Fernández  y Diego  Martínez  de Talavera [roto] // Pedro Romero.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1534 noviembre 4.
PODER PARA TOMAR POSESIÓN DE   TIERRA CON CAÑAS  Y AGUA,  LINDANTE CON EL ALBERCÓN DEL INGENIO.
Las Palmas.  “Polo de  Morteo, vecino de la isla, otorga poder a Origo Rizo, genovés, y a Juan de Pastrana, estante, para que tomen  posesión de una suerte de tier- ra con cañas y con el agua que le pertenece, en el herredamiento de Agüimes, que fue de Juan Martínez de Bilbao y linda con el albercón del ingenio, sobreel cual Francisco Sánchez  de los Palacios ha situado  un tributo  a favor del otorgante  por escritura que pasó ante el presente  escribano.”

1535 enero 21.
FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS PALACIOS  VENDE DOS SUERTES DE TIERRA  DONDE  DICEN LA CAPELLANÍA DE ALONSO DE MATOS EN TELDE  ,  LINDANTES CON LA IGLESIA DE SAN JUAN.  Las Palmas.  “Francisco Sánchez  de los Palacios, vecino de Gran  Canaria, vende al magnífico señor protonotario don Zoilo Ramírez, maestrescuela y canónigo de Canarias dos suertes de tierra en la Vega Mayor de Telde que se dicen de la capellanía  de Alonso de Matos, las cuales tienen  por tiempo  de siete   a partir del mes y medio antes, en que tomó  la posesión de ellas ante Fernán Gutiérrez,  escribano  público  de  Telde,  al  cabo  de  siete  años  habrá  de devolverlas a Alonso de Matos o a  quien  hubiere  de poseerlas. Están situ- adas a la espalda de la iglesia de San Juan de Telde, linda con un parral de Gonzalo  Pérez  y de  María  Fernández   Calva y por  la parte  de  arriba  el camino de Melenara. Precio de la venta 180 doblas de oro castellanas.
Ts. Bartolomé de Tovilleja,Juan Ramírez, Alonso Sánchez y Bernardino de Vesga, vecinos y estantes. Francisco Sánchez.”  .(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1536 enero 11.
FRANCISCO SÁNCHEZ OTORGA PODER PARA COBRAR UNA DEUDA POR EL REMATE DE “COBRES,  FORMAS Y APAREJOS “ DEL INGENIO  DE AGUIMES “Francisco Sánchez, vecino de Gran Canaria, otorga poder  a Álvaro de Herrera  para que  cobre, para sí, de Francisco Rodríguez, almocrebe,  de la misma vecindad, setenta y cuatro maravedises que le debe por dos contratos públicos de Alonso de Illescas y del bachiller Hernando Ortiz, noventa y dos mil maravedises  que  le debe  de cierto  remate  de ciertos  cobres, formas y aparejos del ingenio de Agüimes por bienes de los susodichos a pedimiento de Martín  Alemán, difunto,  por  las deudas  que  les debía  para  que  pueda tomar en su nombre  ciento treinta signos para hacer azúcar que tiene en el ingenio de Agüimes al precio que valieren. Todo lo ha de recibir para pagar parte de lo que debe. “.(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1536 enero 12.

COMPROMISO DE JUAN DE ÁVILA SOBRE UNA DEUDA.
Las Palmas. “Juan de Ávila, cañaverero, vecino de Agüimes, se compromete a entre- gar en la cárcel a Gregorio Rodríguez, cañaverero, si este no pagara las cuatro arrobas que le debe a Hernán  Pérez. Si no cumpliese pagará él.”

1536 junio 11.

ALONSO DE MATOS VENDE UNAS TIERRAS EN TELDE  A DIEGO   XARA.  Telde.  “Magníficos señores, Diego Xara vezino desta çibdad de Telde beso las manos  de vuestras señorias y les suplico les plega saber como yo obe conprado  de Alonso de Matos çient fanegadas de tierra en senbradura en termino desta çibdad.” 

No hay comentarios:

Publicar un comentario