domingo, 8 de marzo de 2015

EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA




UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERIODO COLONIAL 1501-1600

DECADA 1510-1520

CAPITULO II-VI

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Eduardo Pedro García Rodríguez

 No habiendo aparecido comprador ni tributario, Cabrera se decantó por Antonio Alfonso, vecino de Ico de los Vinos. Dispuesto a formar sociedad, le presentó como hombre “suficiente” y eficiente. Se comprometía a llevar el agua de los ríos por canales y acequias, hasta el lugar más conveniente para cultivar la tierra,`por “obra lo más firme y durable que sea posible”, haciendo tanque o tanques, limpiar, cercar y plantar la hacienda, todo a su costa, a condición de que el duque pagase la mitad del ingenio.

Terminado y dotado de herramientas y pertrechos, lo apreciarían por dos expertos, pagando el duque por plazos y en azúcar la parte que le correspondiese, a partir de la primera zafra, que se haría tres años después, de terminada la plantación.

Azúcares y espumas de la primera “cocha”, de todas las cañas, se partirían por mitad, retirado del “monto mayor” costos y diezmo, siendo tasada la  del duque, al precio que vendiese Pedro Ponte, propietario del ingenio más próximo, quedando las mieles y su procedido para obras de mantenimiento y mejoras de la propiedad y el ingenio.

Dotada la iglesia de capellán de “misa”, pues habría de decirla en los días de precepto, al personal y vecinos de la hacienda, el Guzmán habría de contribuir al gasto, con 10 @ de azúcar al año.

A cambio de las propiedad de la mitad de las aguas, tierras de labor, pastos y montes, que el Guzmán pudiese tener “en el Reino de Abona y sus comarcas”, Antonio Alonso plantaría seis suertes de cañas, entregándolas al Guzmán labradas, curadas, escardadas y criadas de 2 años, destinando las primeras 50 arrobas de azúcar “leal”, que saliesen del ingenio, al gasto de la casa de Sanlúcar, encajadas, empapeladas y puestas en puerto.

Antonio Alfonso podría de cañas todas las suertes que se pudiesen regar, teniéndolas labradas y escardadas, salvo la tierra  dedicada a cepas, que sería la necesaria para hacer 40 pipas de vino, con destino al personal. Caso de ampliar la viña,  pagaría  al duque 40 @ de azúcar, por el agua destinada a cada suerte, que dedicase a este cultivo.

Para el gasto de la hacienda, pondría frutales y hortalizas,  productos de los que participaría el Guzmán, en forma de 12 arrobas de conserva “muy buena”, de peras, membrillos, duraznos y otras frutas, hecho con azúcar del monto mayor, que debidamente embarriladas se podrían en puerto, embarcándolas con la parte que le tocase en la cosecha.

Siendo habitual que pendencias entre socios, “arruinasen” ingenios, el duque había de delegar el 50% de la administración, que le tocaba, en Antonio Alfonso, por poder irrevocable, “para siempre jamás”. No podría inmiscuirse en la elección del personal, ni en cuestiones de dirección, pero si nombrar mayordomo, con derecho a residencia y sustento en la hacienda, conforme a "su calidad" o posición social, de la persona, que vigilase la molienda, asistiendo al  “al peso del azúcar”.No se sacaría  de la Casa de Purgar, sin estar presente, en persona o por delegación.

 De surgir pleitos con terceros, que tocasen a la hacienda o entre los socios, se someterían a las audiencias de Tenerife y Gran Canaria, corriendo costas y gastos de abogado por cuenta del duque,  de llegar por apelación, a la Chancillería Granada.

Estando en vida el duque, cuando llegó la propuesta, tuvo tiempo de aceptarla, firmando Cabrera con Antonio Alfonso , compromiso firme ante escribano, el compromiso, ante escribano. Muerto Juan Alonso,  le heredó nieto con 9 años, huérfano de padre, que tenía por tutriz a su madre, Leonor de Sotomayor, de la casa de Bejar. Cuantiosas las deudas del difunto, aquella mujer,  enemiga de aventuras económicas y novedades, centro sus energías en enjugarlas. Valorada la propiedad canaria en 10.000 ducados, apenas partidos los bienes, se acordó su venta, en el consejo familiar.

El vacío y la picaresca

La noticia de la muerte del duque, llegó a Tenerife. Fresco el recuerdo del abandono en que quedó la heredad de Abona, a la muerte del padre, los regidores de Tenerife aprovecharon la ocasión, para agregar el predio a los bienes comunes, mudando la linde de la montaña al llano.

Buscando causa que justificase el deslinde, la encontraron en concesión de Carlos V, otorgada en 1531. Un Diego Pérez, vecino de Oporto, habiendo pasado varios años en la isla, regreso a su ciudad de origen. Casado, no debieron rodarle las cosas como esperaba,  pues enterado de que el Emperador buscaba pobladores para las islas, se dirigió a la reina Juana, titular del trono, manifestando su pesar, porque al carecer de bienes, no podía mudarse a la isla. Respondió el monarca efectivo  concediéndole 300 fanegas de tierra cultivable, segregadas de los baldíos,  con el agua correspondiente.

Recibida la orden de buscarlas por Pedro de Lugo,  gobernador y justicia mayor perpetuo de Tenerife y de San Miguel de la Palma, como heredero del conquistador, traspasó el encargo al alcalde de Daute. Poblada y explotada la isla, las reunió sumando parcelas dispersas: 50 fanegas en la comarca de la Orotava,  “a los pies” del Teide, entre las tierras de  Francisco Pérez.  Y Cristóbal Aponte;  suerte de 130 a la otra parte de la propiedad, que se extendía hasta la  montaña real, lindando con diferentes propietarios: en termino de Icod de los Vinos, se 30 fanegas a un lado de la fuente,  que estaba “arriba” de la Fuente de la Vega y 20 al otro, completando 60 fanegas junto al Río Gordo y 30 fanegas en término de Ico de los Trigos. Expuesto el lote y pregonado, dando plazo de 9 días a los posibles perjudicados, para reclamar, el lote hubiese sido entregado a Diego Pérez, de haber comparecido, pero no había constancia de que hubiese tomado posesión.

Alegando que la concesión fallida, había mermado los propios, en 1559 el Concejo de San Cristóbal recabó asistencia del Cabildo de la Isla,  para restablecer las lindes, recuperando las 1.000 fanegadas de “propios”, concedidas por Fernando el Católico en 1511, en los montes de la isla,  a demanda del gobernador Lope de Sosa, cuyo deslinde autorizó el Emperador en 1520 para que “vecinos y moradores”  pudiesen disfrutar de los derechos de “vecindad”,  a petición del regidor  Andrés Suárez Gallinato.

Partía la linde del Roque, entre Anaga y Altico, siguiendo por las cumbres hasta la punta de Daute, “aguas vertientes a la mar, a la parte de barlovento”. Penetrando al interior, continuaban a sotavento, por los montes de Agache. Cortando el camino del Taoro, seguía derecha a la sierra. Continuando por  las cumbres, bajaba a la Fuente de los Berros, de donde subía  a la montaña de Abimarge, En dirección a San Cristóbal, daba en el final de la sierra, a la banda de Anaga. Por el   del Taodro arriba, terminaba en la punta del Hidalgo.

En los propios los vecinos metían ganado libremente, precisando licencia del Concejo, para cortar madera y acopiar leña, con destino a los ingenios. Gratuita, había zonas de las que estaba prohibido sacarla de la isla,  so pena de 1.000 maravedís por carretada del “blanco” y de 300 por cualquier otra madera, en rollo o tablazón, siendo multada la carretada se leña, destinada a la exportación, con 100 maravedís  y la carga con 30.

Circunscritos los propios a los montes, en 1560 los miembros del cabildo  insular  acodaron amojonar, corriendo la linde, para incluyendo en las 1.000 fanegadas el término de Granadilla, de la desembocadura del Abona a la hacienda de los Soleres, en Villaflor, extiendo a “Vanda de Adexe”, por su termino y el de Agache, tocando el mar en  el de Guymar.  Regresando al interior,  los “montes propios” alcanzaron el frontón de Arico, la Cruz de Mazas, Fuente Blanca y el Hornillo, agregando en  Garachico, del sitio de la Culata, a las tierras de los herederos de Cristóbal Ponte y en Icod de los Vinos, la Corte de la Nao y el Malpaís de Acoden, con la tierra que había entre el camino real y el barranco,  hasta la mar.

Terminada la posesión a 9 de julio, desencadenó cascada de protesta. Un Gonzalo Bernardo se dijo desposeído en Abona y la Granadilla, Guillen Castro, hijo de Jorge Castellanos,  del Barranco de Chasna a la montaña de Narayde, aguas vertientes a la mar, por la parte de Candelaria, tierra que también se pretendió  poseedor un tal Gonzalo García. Juana de Padilla, viuda de Pedro Soler, con su hijo Gaspar Soler, reclamaron, escrituras en mano, el Barranco a la Granadilla, con “otra cualquier parte que les toque”.

Lorenzo Suárez exigió restitución del Río Abona, hasta el Barranco de Chasna, en nombre propio y de su madre, Isabel de Lugo, declarándose despojados el escribano Juan del Castillo, Juan Guerra, Esteban de León. Los herederos Cristóbal de Aponte, Pedro Nicoloso de Ponte y Bartolomé da Ponte,  se dijeron propietarios de las Vegas de Isoren, en Garachico, pidiendo Inés Benítez de las Cuevas devolución de Malpaís.

Juan Benítez exigió devolución de tierras en la Orotava, compareciendo Hernando de Soto  a  23 de julio, en Realejo, como propietario de la Rambla y de Abona.  Alonso Jaymes, por sí y en nombre de Felipe Jácome, se personó como propietario de heredamiento, que partiendo de Cerro Gordo, terminaba en Icod, pidiendo Jácome, en solitario, devolución del río de los Abades, que disputaba al Duque de Medina Sidonia en la Audiencia de Gran Canaria.

La ausencia de Bartolomé Cabrera, obligado a defender los intereses del duque, como administrador, es clamorosa. Cabe que enterado de que en Sanlúcar se preparaba la venta de la heredad, se desinteresase,  barruntando despido. O que se mantuviese al margen, por no enfrentarse a la autoridad en presencia, limitándose a rendir cuentas espontáneamente y ante escribano, en la “muy noble ciudad de San Cristóbal”, preparándose a lo que había de venir.

Terminada la testamentaría del duque en 1560, partidos los bienes libres del difunto entre María Andrea Coronel, acreedora  a la dote, que habría de entregarle el titular de la casa, al tiempo de su matrimonio o entrada en religión, las deudas  y la problemática heredad canaria, quedaron en depósito. Ratificada la tutela en la Condesa viuda de Niebla, otorgó poder el 28 de agosto de 1561 para vender lo bienes, que el duque tuviese en las Islas Canarias, en especial la heredad de Abona, a .  Diego de la Rosa.

Sometida la Sotomayor a la ley,  como cualquier tutor, el apoderado  hubo de solicitar licencia para enajenar bienes de menor, ubicados en la Isla de Tenerife, “en los ríos Abona y Abades”, con vegas, aguas corrientes, estante y manantes, al corregidor de Sanlúcar, alegando que pese a invertir en instalaciones y edificios importantes cantidades, jamás produjeron una maravedí a los duques un maravedí, ni era probable  que  lo produjesen, como pudo comprobar habiendo visitado el heredamiento en compañía de otros criados, por orden del duque difunto.

Obligadas las probanzas,  De la Rosa presento los testigos. Coincidieron en que destinar los 10.000 ducados, en que fue tasada la propiedad, a enjugar parte de las cuantiosas deudas, que dejó Juan Alonso, beneficiaría a su heredero.

Juan de Santa Maria, “el Viejo”, carpintero que trabajó con Cabrera, sacando el agua del  Río Abona, opinó que habiendo mucha “mar que pasar”, para llegar a la heredad de Abona, el propietario nunca podría ocuparse de labrarla y beneficiarla, según convenía. Pedro Díaz, que estuvo en Abona con otros criados del duque,  compartió esta opinión, “porque demás de estar tan lejos como está”, al “no haber persona que se lo defienda”, ” gentes de las Islas de Canaria” cortaban pinos, acopiaban leña para los ingenios de  Gran Canaria, haciendo hornos de pez,  habiendo visto “por sus ojos” cargar un navío de tablones, procedentes de árboles talados y serrados en la finca.

Habiendo intento expulsar a los que sacaban madera y otros aprovechamientos de la finca, le respondieron que lo hacían por ser la tierra propios, sin que la justicia, a la que acudió,  hiciese intención de intervenir. Teniendo los heredamientos  “perdidos, como los tiene”, la única solución razonable que se podría adoptar, era la de vender.

 El mercader Leo de Bounomo no conocía la propiedad, pero sí las Canarias e Indias, donde muchos le pidieron que fuese “tercero” con el duque, deseando comprar la finca.

Habiendo recibido ofertas, incluso en Sanlúcar, aún siendo particularmente rentable la producción de azúcar aconsejaba vender,   porque la explotación de cañaverales e ingenios, exigía la presencia del propietario a pie de obra.

A 5 de septiembre Francisco Álvarez  de Mesa, corregidor de Sanlúcar,  aprobó la venta en pública del heredamiento. Sacada de la partición partida la partida de 10.000 ducados de oro, con destino al pago de deudas, el corregidor mandó  hacer pregones y bandos, anunciado la subasta. En carta fechada a 6,  dirigida al Gobernador y justicias de Tenerife, certificó la legitimidad del poder, que llevaba Diego de la Rosa, ordenando que en las islas se hiciesen pregones, para que los canarios concurriesen a la almoneda.

Llegado San Cristóbal, Diego presentó el poder, sentencia y cartas al alcalde mayor, recibiendo respuesta sorprendente: el Duque de Medina Sidonia no tenía propiedades en la isla, pues la indicada en el Reino de Abona, perteneciendo a los propios del Concejo.

Sin saber que hacer el apoderado regresó a Sanlúcar, siendo reemplazado por Juan Bautista de Bastidas, letrado y contador del duque.

Desembarcó en Tenerife por abril de 1562. Con fecha del 6 requirió al Cabildo de San Cristóbal, pidiendo la posesión de los bienes, propios del duque de Medina Sidonia. Al no recibir respuesta insistió, consiguiendo ser recibido en la casas del Ayuntamiento, por el pleno, a 25 de mayo. Reiteró verbalmente la petición de que le diesen posesión de la heredad de Abona, con montes de pinares y otros árboles, las aguas de los ríos Abona y Abades, manantiales y fuentes, que tenía por lindes el barranco del Charco del Pino y el Barranco de Tazad, de una parte y la otra, con la montaña a la espalda y al frente el mar, con el puerto de Xuarra, recordando a la justicia que entre sus obligaciones, figuraba la de proteger la propiedad privada, expulsando a los “particulares de esta isla”,  a los que sorprendió  “haciendo” pesquerías y hornos de pez, cortando madera y leña a más de meter ganado en la heredad,  que fue concedida al duque en calidad de “cerrada”, sin que hubiese posibilidad de que un bien inmueble cambiase de propietario, si mediar venta, cesión o secuestro, debidamente documentado.

Intuyendo que podría procurarse pruebas, pidió a los regidores, sin perjuicio de los derechos de propiedad del Guzmán, que le informasen sobre los usos y costumbres imperantes en la isla, en lo tocante a la  propiedad, procurándole copia de las escritura, en que el Cabildo fundamentaba su derecho. A 29 de mayo reiteraron los ediles  que el duque no era parte para  presentar reclamación,  por no tener bienes en la isla, formando parte la propiedad de Abona de los baldíos, concedidos al Concejo en calidad de propios.

A la afirmación acompañaron copias autorizadas de tres reales cédula. Fechadas en Sevilla y dirigidas al gobernador Lope de Sosa las dos primeras, en la de 2 de junio del 1511, la reina Juana ordenaba hacer juicio de residencia en la Isla; en la del 20  mismo mes, Fernando el Católico, en nombre de la reina Juana, concedían a los vecinos de Tenerife 1.000 fanegas de monte en los  baldíos, en concepto de bienes  propios. La tercera,  otorgada por el Emperador en Medina de Rió seco, el 20 de noviembre de 1520,  permitía al Concejo de San Cristóbal deslindar los propios y subir los arriendos.

Bastidas no perdió el tiempo en disquisiciones. Cotejando la mojonera indicada en el documento, con la realidad material,   probó, sin dificultad, que en 1560 los ediles mudaron la mojonera, bajándola  de la montaña al llano. Contundentes las pruebas,  las presentó a los regidores, advirtiendo que de no comportarse “como cristianos”, restituyendo sus bines al duque, acudiría a los tribunales, reclamando a más de la posesión de la heredad, lo que hubiese perdido el propietario en los últimos 50 años y medio, a consecuencia de las licencias que el Concejo dio a los vecinos, para cortar madera y disfrutar de otros aprovechamientos.

No habiendo en aquel tiempo prescripción por usucapión, mediando escritura o pruebas de propiedad, tras somero examen del escrito de Bastidas,  los letrados del Cabildo aconsejaron a los ediles entrar en razón. Eludiendo apropiación enrevesada, que complicaba pleito pendiente en la Audiencia de Gran Canaria, interpuesto por Felipe Jácome, jurado y regidor alternativamente, que  disputaba al Guzmán la propiedad del  Río de los Abades, amen de causa, que podría acabar en sentencia desagradable, optaron por dar la posesión a Bastidas.

Solventado el problema, Bastidas puso los pagos al día. El 22 de junio liquidó al abogado, que había llevado los asuntos del duque, en tiempo de Cabrera; entrando en contacto con los que trabajaron en el Río Abona,  en el curso de 1563, completó los finiquitos,  dando el maestro de hacer ingenios,  Antonio Blas,  lección de elegancia, renunciando a cobrar el tercer plazo,  porque “yo no asenté las dichas cient canales, que había de poner”. A 8 de marzo de 1563,  Cabrera rindió cuentas ante la justicia, de lo gastado en sacar el agua de los ríos, del barranco al llano, sin aludir a  la causa de la interrupción de obra ni al incendió.

La intervención de Bastidas

Tomada posesión de la heredad, Bastidas se enfrentó al pleito con Felipe Jácome. Sin caer en la afinidad del apellido, con el nombre del último administrador en Canarias del duque Juan, ni en la disparidad de apellidos con sus presuntos padres, por ser común entonces elegir apellido, sin relación con el de los progenitores, al haberse evaporado el “Libro del Repartimiento”, único registro disponible, continuó insistiendo en la posesión continuada, argumento inconsistente, dado el abandono en que permaneció la finca, de 1513 cuando menos, hasta 1554.

La persistencia de los guanches, en no reconocer la expropiación general, decretada tras la  última conquista de la isla, Jácome presentar pruebas de haber comprado 300 fanegas de tierra, entre el Río Abona y al Barranco de Mocan, que se extendía de la "cumbre" al mar, a Juan Alonso el de Las Vegas, que teniendo el solar familiar en el Río de los Abades, se decía de Gran Canaria, fiel a la tradición; de María Vizcaína, viuda de Juan Martín de Sta. Olaya,  “señores de la tierra”,  el resto del Valle y Los Llanos, justificando su derecho al resto de la propiedad, en virtud a la donación de Belmonte y su esposa Inés Benítez.

Pero el hecho es que el documento adolecía de grave defecto: el río mencionado era el Tamadate, que corría de la montaña al mar, como cuantos había en la comarca, suerte en Cerro Gordo, en término de “esta ciudad” de Daute, que abarcaba del   cerro de San Cristóbal, al de  Adexe y Abona, por la Rambla del Ahorcado y  el límite de las tierras de Dña. Juana Mansierres, mujer que fue del Adelantado, D Alonso Hernández de Lugo, propiedad ubicada en  Icod de los Vinos, habiendo sido extendida la escritura de donación, fechada ,  a 25 de enero de 1545, en San Pedro de Daute, no en Granadilla, Villaflor o San Cristóbal,  lo que hubiese sido más razonable.

Consciente Jácome de la debilidad del documento, se ocupó de reforzarlo, cuando aún no era previsible la aparición de Cabrera, haciéndolo reconocer por autoridades diversas, esgrimiendo diferentes pretextos. Exhibido ante Antonio Martín, escribano de San Pedro de Dante, este no tuvo inconveniente en legalizarlo, permitiendo que fuese utilizado por Felipe,  para conseguir que el gobernador ordenase darle posesión de las tierras de Cerro Gordo, con los términos y aguas del Tamadate, “que está en un barranco grande, que viene de la cumbre y va a dar a la mar”. Celebrado el acto en “un agua que corre por un barranco”, “donde al presente tiene su morada Juan Alonso”, “natural de la Gran Canaria, que es en esta dicha isla”,  el acto no ofreció más anomalía que la de haberse celebraron en el  río el de los Abades, distinto y alejado del Tamadate.

Que tuviese lugar el 25 de agosto de 1552, tiene para nosotros el valor añadido,  de probar que hubo una Isla de Tenerife, debidamente documentada, en la que los ríos corrían, en pleno verano, pues el alguacil, llevando a Jácome de la mano, le arrastró corriente arriba, hasta el nacimiento de las aguas, donde Felipe, en señal de posesión, tomó agua “con sus manos y la vertió y derramó de una parte a otra” y bebió,  antes de empuñar una azada, para marcar el tomadero, que continuaron  sus mozos, trazando acequia, hasta sacarla del barranco. “Puesta” en tierra llana, plantaron cañas, que regaron con el agua del río.

Pertrechado del precedente de la posesión, en 1553 Felipe Jácome, identificando el Abades, a la “parte” de Adexe, con el Tamadate, solicitó licencia del alcalde Francisco de Mercado, para contar madera, con destino a los canales que había de hacer, para regar la tierra que desmontada y rozada, poniéndola de cañas. Al no figurar en la donación original, el  topónimo Río de los Abades, el alcalde exigió pruebas, que permitiesen asimilarlo con el Tamadate.

El Río Tamadate estaba en Adexe, a 6 leguas del Abona y el Abades.

Al no haberlas escritas, Jácome recurrió a testimonios de canarios. Juan Alonso el de Las Vegas,  Pedro Vizcaíno, de 70 años, hijo de  Guanino Oon, ambos nacidos y criados en el  barranco del río, Juan Galxar y Hernán Pérez, afirmaron unánimes que el Río Abades, se llamó Agua de Tamadate, en tiempo de los guanches.

Hacía tres años que Jácome se había lanzado a desbrozar la propiedad, la temía regada y plantada de viña, iniciando   “heredamiento de mucho valor”, cuando apareció Bartolomé Cabrera. Apoderado de unos duques, que Jácome suponía definitivamente esfumados, aquel hombre expeditivo destrozó acequias, arrancó sarmientos, derribando cercas, para terminar presentando la debida demanda ante los tribunales.

A 21 de agosto de 1554, exhibiendo pruebas de que las aguas y tierras del Abona y el Abades, pertenecían al duque, el cual estaba facultado para plantar cañas, viñas y árboles, “fabricando las aguas”, intento en el que  los Guzmanes más de 1.000 ducados, construyendo edificios “de mucho valor”,  cuyos restos podían apreciarse, en el marco de proyectó “muy importante para la dicha isla, e que redundaba en aumento de las rentas reales y de las décimas y en gran beneficio e provecho de la dicha isla”, cuya culminación  interfirió Jácome, apropiándose del río de lo Abades. 

Jurado por entonces, Felipe no se cortó. A 16 de octubre de 1554, aprovechando la presencia del gobernador Juan López de Cepeda, en Garachico, le pidió licencia para desmontar de “tabayba o zarguazo y escobón”, la mitad de la tierra que se pudiese regar, con el agua, que “en tiempo de los antiguos, se decía Tamadate, y ahora se dice de los Abades”, a más de 10 cahizes de sequero, para majuelo, con licencia adjunta para cortar la madera, destinada a canales, esteos y edificios. Le fue concedida por un año, a condición de no rebasar las lindes, indicadas en el documento,  “por cuanto mostrastes
el título que fue dado de la dicha tierra y agua al bachiller Alonso de Belmonte, vuestro padre”.

No sabemos si impresionado por manifestación inusual, de sentido de lo público, o por la categoría social del representado, el caso es que a 3 de marzo de 1555, el alcalde dictó sentencia, prohibiendo a Jácome molestar al duque, en el ejercicio de sus derechos como propietario, so pena de multa de 1.000 ducados, a repartir por mitad, entre  la real cámara y el perjudicado. Apeló Jácome, consiguiendo que el auto fuese ratificado a 27 de marzo, con mandato de prisión adjunto.

Desde la cárcel presentó la cesión de 1545, con la posesión de 1552, reforzadas con las licencias de 1553 y 1554, consiguiendo ser puesto en libertad, al achacar el juez su delito, a confusión de buena fe. Pero Jácome no se contentó. Apeló a 9 de octubre de 1560,  muerto el duque Juan Alonso, consiguiendo que  el Río de los Abades, fuese identificado definitivamente el Tamadate. A consecuencia el Guzmán de turno fue amenazado con multa de 100.000 maravedís, de insistir en molestar a Felipe. Apeló Cabrera, encontrando Bastidas el pleito en tal estado. 

A, 23 de junio de 1562 compareció en la Audiencia Real de Gran Canaria,  esgrimiendo en nombre del duque el argumento, discutible a causa de olvido prolongado, de más de 50 años de posesión quieta y pacifica, probada por los restos de cañaverales e ingenio, del tiempo del 3º duque, cuyas huellas podían apreciarse..

Al darse la circunstancia de ser el perjudicado menor,  se le consintió subsanar errores, cometidos por  letrados precedentes, permitiéndole solicitar del juez que pasase a la heredad, contemplado “por vista de ojos” los vestigios que probaban  el derecho de los Guzmanes. No viajó el magistrado, pero consintió en admitir plano por prueba, levantado por pintor contratado, que recorriendo la linde con dos personas  enteradas, hiciese “pinta” de la propiedad. Encontró otros ocupantes, destacando el lindero Gonzalo González de Granadilla, que corriendo mojones,  penetró por la parte de Abona.

Entregada  por Cabrera la documentación que tocaba a la finca, Bastidas encontró  la cesión de 1545 y otras escrituras esgrimidas por Jácome, descubriendo que el río de los Abades, en tiempo de los “guanches antiguos”, se llamó  Aguas del Valle de Tahodio, no Río Tamadate, el cual partía de “la balsa de Adexe, donde hay muchas aguas”, discurriendo por término “distinto, e apartado más de 6 leguas de Abona, donde están los ríos de Abona y de los Abades”, siendo ésta la razón de que Jácome  “escondiese” los títulos originales, exponiéndose al presentar copias de escaso valor jurídico,  por permitir libertad de interpretación, que facilitaban los testigos, en un tiempo en la prestación de falso testimonio, era profesión.

A 22 de septiembre de.1565, siendo Felipe Jácome regidor, Bastida intento que el pleito fuese trasladado  a la Chancillería de  Granada, dando a la parte del Duque cuatro meses para comparecer. Pero la Audiencia de Gran Canaria retuvo la causa. A 10 de agosto de 1566, confirmó la sentencia condenando al duque, con cargo de las costas. Rechazando la consabida apelación, los oidores mandaron dar posesión a Jácome del Río de los Abades, con las tierras anejas.

A 23 de agosto el Alcalde Mayor, Juan de Venero, teniente del gobernador Juan Vélez de Guevara, que lo era “esta isla y la de la Palma”, perdido por la isla el aditamento de “San Miguel”, declaró firme la sentencia, celebrándose el acto de   posesión a 16 de septiembre, con asistencia de alguacil y escribano.

Estando “junto al agua que corre por el barranco abajo”,  el alguacil  hizo cruzar el “arroyo que corría” a Jácome, llevándole de la mano. Bajando  el curso hasta el Agua del Hato, salieron al camino que cruzaba la finca. Seguido de un criado, Jácome,  multiplicó los gestos de posesión, cortando ramas de pinos y otros árboles, cuidando de marcar pino venerable,  que estuvo en el barranco de Chalna.

Terminada la formalidad en Abona, Gonzalo González, de Granadilla “hizo contradicción”, presentando títulos de haber poseído su padre, el barranco de Chivi, con la tierra delimitada por linde que pasaba por  la  montaña de Yaco, las  moradas de Hayene,  Isaso,  la fuente del Almastigo y la del Pinar, de donde regresaba a los pinos de partida, conjunto incluido en el predio  adjudicado a Felipe.

Presentada nueva apelación por Bastidas, al no ser admitida, regresó a Sanlúcar, quedando arrumbada la conflictiva propiedad, por segunda vez. (Luisa Álvarez de Toledo)


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