UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL
1501-1600
DECADA 1510-1520
CAPITULO II-II
Eduardo
Pedro García Rodríguez
1503 Enero 14.
1.289-13.-Pero Machado,
carpentero. 5 c. de s. q. son en el término del lugar de Ycode, linderos de
abajo Alonso Borges e Pero Mendes e por encima del cerrado [ilegible]
acordelando aun pino y dende el pino a unos charcos de agua y de los charcos
barranco abajo. Digo q. vos do 40
f . [verso: Dado este título por bueno. El Adelantado]
14-I-1503.-10-VII-1553 Pedro Angel, etc. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Enero 14.
La Casa de
Contratación de Sevilla fue creada por los Reyes Catolicos el
14 de enero de 1503, para administrar y controlar
todo el tráfico con las Indias al declararlas mercado reservado de Castilla.
Nadie podía ir a América ni fletar ninguna mercancía para las Indias sin pasar
por la Casa de
Contratación de Sevilla; y toda mercancía procedente de las Indias debía pasar
por el control de esa institución y pagar allí el impuesto del 20 % a la Corona.
1503 enero 24.
María Canaria
(esclava que fue de Alfonso de
Sevilla, alias "Miverga", que
Dios aya, vesina de Sevilla en la collación de Santa María) otorga que ha recibido de Jerónimo Fernández de Corcuera e de Gonzalo
Martinez López (vecinos desta dicha cibdad, albaceas del testamento
del dicho Alfonso de
Sevilla, presentes) los bienes
syguientes: dos colchones llenos de lana, e un par de sávanas, e una
manta, e
dos almohadas llenas de lana, e
una c..., que
le] mandá en su
testamento; e más ha recibido d'ellos
unos manteles de lino de tres varas, e más tres paramentos de cama, y
un destajo de seda de ladrillejos, e un
cofre, e
una caldera, e una azada,
e una paleta e
un tajador de palo; de dicho difunto ...
(F. SE., 2." fol. 222 v.).
1503 Enero 26.
480-57.-Fernando Gallegos,
conquistador. Un c. de r. en el Araotava de Taoro para q. se riegue por sus
dulas con el agua de la dha. ...las cuales dhas. 12 f . son de las personas q.
se fueron e dexaron las tas. las cuales yo señalé. Las condiciones por mi
puestas q. son q. habeis de venir con vuestra casa, mujer e fijos e familia a
ser vs. y q. no la podais vender fasta pasados cinco años. y digo q. no
viniendo q. toda cualquier bienfechoría hayais perdido y de s. vos do 20 c. y
después de venido vos daré de s. para vuestros hijos lo q. fuera justo.
26-1-1503. [Reverso, una cuenta de una bota de vino, casi ilegible]. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1503 Enero 30.
Por Real cédula se dictaron las primeras Ordenanzas de la Casa de Contratación, la Corona aparece preocupada
por regular el comercio de las Canarias, pues por esta im-portante disposición
ordenábase a los oficiales de la
Casa que procurasen saber "con
mucha astucia e diligencia las cosas que hay en las dichas islas de Canaria de
que se puede facer provecho", en particular los azúcares) para tratar
de establecer un comercio activo "con
nuestros Reinos" y para conocer qué derechos podrían establecerse
sobre las exportaciones, sin mengua de la prosperidad y desarrollo de aquellas
comarcas recién conquistadas.
Encargaba esta disposición a los
oficiales de la Casa
seguir con respecto a las Canarias una política comercial análoga a la que se
empezaba a practicar con las Indias Occidentales; es decir, monopolio y
centralización mercantil, pues ordenaba "que
en la forma del comprar las dichas mercaderias e mantenimientos e cargar e
llevar a las dichas islas y en lo que de ellas se trujiere a la dicha Casa se
tenga e guarde la misma forma e orden que por estas ordenanzas mandamos",
o sea las relativas al comercio hispano americano.
Sin embargo, la resistencia de
las islas a tan vejatoria imposición dejó sin efecto el monopolio y centralismo
intentado, siguiendo en el disfrute de una libertad omnímoda comercial, como si
se tratase el Archipiélago de una ampliación territorial de la metrópoli. (En:
A. Rumeu de Armas, 1991)
1503 Febrero
411-67.-Diego Martín, carretero. 6 c. en Tacoronte. 11-1503.
(Datas de Tenerife, libros I al IV).
1503 febrero 4.
Compañía que otorgan Juan López (mercader, marido de
Ynés Lopez, vecino de Sevilia en la collación de San Vicente), por sí, de una
parte, y Diego Núñez (pintor, vecino de Sevilla en la collación de San Pedro), de
otra, de esta manera: Diego Núíñez da
a Juan López cuatro mil maravedís en ciertas
mercaderias, que dicho Juan López ha de llevar a la Ysla de Gran Canaria y
venderlas a los mejores precios que por
ellas pudiera haber, y emplear los
precios en otras mercaderias que
bien viese, para las traer
a Sevilla; y la
ganancia se partirá por medio, y lo mismo la pérdida, y
de igual manera el
riesgo; y Juan López, al
llegar de tornaviaje,
se obliga a dar
a Diego Xúñez cuenta y razón en
tres días, y a pagarle su mitad en cinco días. (Ir. SE., 2.: fol. 287). (Francisco
Morales Padrón, 1961)
1503 febrero 6.
E1 Adelantado Alonso de Lugo, Capitán general de
Berbería, da poder a Andrés Garcia
Cansino, vecino de la Villa de Palos, para que en
su nombre y en el de Sus Altezas, a quienes pertenecen, arriende las pesquerias
de San Bartolomé e el Cabo Bojador, por tiempo de 4 años y el precio de 800
maravedis. (L. G. C., l.", sin fol., al principio). (Francisco
Morales Padrón, 1961)
1503 Febrero 11. Alcalá de Henares. Orden al gobernadoro juez de
residencia de las islas de Gran Canaria, para que deje abogar en dicha isla a
todo aquél que tenga título de graduado, ante la petición presentada por Martín
de Luque, en nombre del bachiller Alonso de Belmonte, estante en dicha isla,
contra la disposición de Antonio de Torres, antiguo gobernador de la misma,
prohibiendo el ejercicio de la abogacía en dicha isla a los que no tuvieran
mujer en ella después del mes de marzo. Don Alvaro. Episcopus cartaginensis. Petrus. Martinus. Zapata. Carvajal.
Santiago. Refrendada: Mármol. Polanco. (E. Aznar; 1981)
1503 Febrero 16. 648-48.-Juan d Armas. Un c. y medio en la comarca
de Taganana de s. en la lomada arriba de vuestras tas. de r., linde Pedro de
Vera. Más en la cabezada de vuestras tas. de Tacoronte, porque habéis partido
con Andrés Sanches, vuestro cuñado.
16-II-1503.
1503 Febrero 17. Alcalá de Henares. Orden al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria, para que determine en la petición presentada por
Gregorio de Trujillo, procurador de Fernando del Castillo, vecino de dicha
isla, sobre el agravio que éste recibió del difunto Antonio de Torres, antiguo
gobernador de la misma, que lo tuvo preso, por ciertas palabras que sostuvo con
otro vecino hace un año, sin determinar en su causa por enemistad hacia él. Don
Alvaro. Johannes licenciatus. Tello. la Fuente. Carvajal.
Santiago. Castillo. (E. Aznar; 1981)
1503 Febrero 22. Alcalá de Henares. Orden al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria para que informe al Consejo sobre la petición
"presentada por Jerónimo de Trujillo, en nombre propio y en el de Juan de
Sanlúcar, Diego de San Martín, Diego de Betancor, Juan Martín de Bilbao Juan
Melián, Fernando del Castillo, Gonzalo Jaraquemada, Pedro de Trujillo y otros
vecinos, para que se les permita ejercer los oficios para los que fueron
elegidos y de los que tienen confirmación real ya que el difunto Antonio de
Torres, gobernador que fue de Gran Canaria, no les permitió usar de ellos por
enemistad que les tenía. Don Alvaro. Petrus. Johannes. Polanco. (E. Aznar;
1981)
1503 Marzo 3.
279-6.-Martín Ponce. «Alo de
Lugo, Adelantado. ..governador de las islas de Tenerife e La Palma e la de Gomera y El
Hierro, capitán en las partes de Bervería, doy a vos M. P. vo. De la dha. isla
de Thenerife, 10 c. para pan, do dicen Acentejo pasando el barranco del agua
linde con tas. de Rodrigo Yanes, del camino para arriba, de la otra parte de
las tas. del dho. R. Y. las cuales vos doy en vecindad como aministrador de la
dha. isla. q. digo q. vos do 50
f . 3-III-1503. . (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Marzo 8. En reunión del Cabildo de los invasores castellanos:
“Platicaron los dichos señores cerca del pregón que ayer día se dió de los
guanches horros desta ysla, que mandavan e mandaron que los guanches horros que
han quebrantado las hordenanças fechas por el Cabildo desta tocantes a los
dichos guanches, que sean executados en sus personas e bienes las penas
contenidas en las dichas hordenanças.”.
1563 mayo 10.
Juan de Godoy (vecino de
Sevilla en la colación de San Julián) otorga poder a
Fernando de Gálvez (vecino de Sevilla en la collación de Omnium Sanctorurn)
para que cobre de D. Alonso Fernández de Lugo todos los maravedís, heredades y
otras cosas que el dicho Adelantado le
debe, y pueda dar
cartas de pago
de ello. (L. G. C.,
1."
sin fol.). (Francisco Morales Padrón, 1961)
1503 Marzo 11.
En xi de março de Mdiii anos.
299.-Cabildo.
En este dicho día entraron en
Cabildo el señor Pedro de Vergara, alcalde mayor de la ysla de Tenerife, e los
señores regidores della Lope Fernández, Mateo Vyña, Gerónimo de Valdés,
Fernando de Llerena, Ouillén Castellano, Cristóval de Valdespyno e el jurado
francisco de Albornoz.
300.-Plática de Vacas.
E luego platicaron los dichos
señores en la guarda de las vacas y en todo lo que cunplía cerca del caso.
301.-Respuesta a un escripto.
fol. 39 r.
E luego, al pie de un escripto
que fué presentado, respondieron los dichos señores etc.
302.-Colmenas.
Ordenaron e mandaron los dichos
señores que ninguna persona del estado ni condición que sea non sea osado de
castrar colmena salvaje, cera ni miel ni enxanbre, so pena de cientaçotes, e
que ninguna persona sea osada de conprar cera ninguna syn licencia de los
deputados, para que sepa dónde pendió la dicha cera; e qualquier persona que lo
conprare syn la dicha licencia yncurra en pena, por la primera vez seyscientos
mrs. para los propios e por la segunda MCC mrs. e por la tercera cientaçotes.
303.-Pregón.
14-111-1503 fué pregonada esta
dicha ordenança de las colmenas en xiiii de março de Mdiii años.
304.-Razonamiento de Gerónlmo de
Valdés.
Gerónimo de Valdés, regidor, hizo
un razonamiento a los señores del Cabyldo, en que dixo que por su mandado de
los dichos señores, por hanbre que avya en la ysla, fué a Taoro e repartió LXIV
fanegas de trigo de Gonçalo Rodríguez en XXXVII personas. Que vyesen los dichos
señores sy estava bien fecho e repartido, e que ésta hera la cuenta que les
dava.
305.-Respuesta del Cabildo a
Valdés.
E luego todos los dichos señores
dixeron que era verdad que por su mandado e ruego fué a fazer repartimiento del
dicho trigo; que ellos lo davan por byen fecho (e que ellos le sacarían a paz
ya salvo de qualquier cargo que por esta razón le pueda venir al dicho Valdés)
306.-Ruego del Cabildo a Valdés.
fo1. 39 v.
E luego todos los dichos señores
dixeron que mandavan e rogavan al dicho
Valdés que, porque ay hanbre en la tierra, que donde se fallare
qualquier trigo que lo tome e reparta segund que lo de Gonçalo Rodríguez y como
lo de los cordoveses e Soriano, e que sobrello haga toda diligencia ca para
todo le davan poder .
307.-Requerimiento de Valdés a
los Señores.
E luego el dicho Gerónimo de
Valdés dixo que a su noticia hera venido que Gonçalo Rodríguez avya dado una
quexa dél, la qual pertenesce a los dichos señores como a él; que les requería
a los dichos señores requiriesen al dicho señor alcalde le mandasen mostrar; e
vysta, todos le requeriesen feziese justicia como a quien es el dicho Valdés y
en todo lo que toca a los dichos señores pues que a todos toca, y que desde
agora pone su onra en dos mill ducados e que fuese satisfecho como quien él es.
307 bis.-E luego los dichos
señores dixeron que requerían al dicho alcalde les mostrase la dicha querella,
que ellos estavan prestos de mirar toda justicia e remediar sus honras.
308. -Mostramiento de querella
por mandado del alcalde.
E luego el dicho alcalde mandó a
mí, el dicho escrivano, le mostrase la querella.
309.-Respuesta de 1os Señores
sobre la quexa de Valdéz. fol.40 r.
E luego, vysta la querella por
los dichos señores, dixeron que la dicha querella es del trigo que por su
mandado repartió de Gonzalo Rodríguez, el qual dicho Gonzalo Rodríguez se quexó
contra razón e injurió al dicho Gerónimo de Valdés por la dicha querella; que
el señor alcalde le faga justicia; e que sy otras palabras fuera del dicho
repartimiento, dixo el dicho Valdés, que en esto y en todo II faga mucha
justicia, e que asy se lo piden e requieren porque quando ellos enbiaren a
fazer otro repartimiento ninguno sea osado de dar la tal quexa.
310.-Respuesta del alcalde.
E luego el dicho señor alcalde
dixo que en todo faría justicia, segund que adelante verían. (Acuerdos Cabildo
colonial de Chinech (Tenerife) v. I:53)
1503 marzo 14.
Testimonio de escritura (que falta, de 10 de febrero
1503) por la cual
el Adelantado Alonso Fernández
de Lugo se obliga a
pagar a su criado
Fernando de Gálvez, que va a
Tenerife, las cantidades que éste
le prestó a él y a su mujer
D." Beatriz de Bobadilla en los años de 1500,1501 y 1502, cuyas cantidades le ha de pagar del
primer tercio de las rentas de la
Cámara (í, G.
C!-J 1." sin fol.) (Francisco Morales Padrón, 1961)
1503 Marzo 16.
648-48.-Juan d Armas. Un c. y
medio en la comarca de Taganana de s. en la lomada arriba de vuestras tas. de
r., linde Pedro de Vera. Más en la cabezada de vuestras tas. de Tacoronte,
porque habéis partido con Andrés Sanches, vuestro cuñado. 16-III-1503. (Datas
de Tenerife, libros I al IV)
1503 Marzo 17.
608-9.-Bartolomé de León. En La Laguna lindando con el
Adelantado. 17-III-1503. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Marzo 18.
253-13.-Ana Rodrigues. Una suerte
de ta. q. está con la de Juan d Armas, por lo mucho q. servistes al tiempo de
la conquista en curar los enfermos y heridos. 18-111-1503. [Fuera de su lugar
numérico]. (Datas de Tenerife, libros I
al IV)
1503 Marzo 22.
6l2-13.-Juan Franco. 2 f . hasta 3 de ta. de s. q.
alinda con la viña de Benavente en q. está una arboleda de frutales e de la
otra parte tas. de Gonzalo Rodrigues e tas. de Albornoz, para viñas más vos do 50 f . de tas de s. o las q.
hoviere q. es encima de las tas de G. R. q. alinda con la montaña de Taoro.
22-111-1503. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Marzo 23.
855-34.-Francisco de Sepúlveda.
Tas. en Tajoro, lindan con Guillén Castellano, q. es el camino como van al
Realejo hasta la otra montañeta, a la man derecha, y Mendes q. es allegar ala
dha. montañeta, q. se entiende todo lo q. está las partes de arriba. 23- III-1503.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Marzo 24. Alcalá de Henares. Orden al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria, para que entienda en las demandas puestas por el
recaudador mayor de los derechos del tres por ciento y tercias reales en las
islas de Gran Canaria, La Palma
y Tenerife contra ciertos concejos y personas de dichas islas, y para que
ejecute aquellas obligaciones cuyos plazos hayan expirado, siendo inapelables
sus setencias, salvo ante los contadores mayores, como dispone la ley de las
cortes de Toledo para las apelaciones superiores a 3.000 maravedís. Guevara.
Franiscus licencia tus. M oxica. Refrendada: Suárez. Polanco. (E. Aznar; 1981)
1503 Marzo 26.
460-37.-Juan de Çamora, por vo. e
conquistador. 3 f .
de r. en el Arautava en que han de entrar ciertos sarmientos q. tenéis pues
tos, e más 50 f .
de s. en el lomo q. linda con Guillén Castellano derecho de un pinar del camino q. traviesa
arriba. q. se vos asienten las 50
f . de s. y en lo de las 3 f . de r. q. sea en las
cabezadas fuera de los cañaverales. 26-111-1503. (Datas de Tenerife, libros I
al IV)
503 Marzo 27.
818-60.-Rodrigo Yanes. Tas. para
q. son en Acentejo abajo de la
Matanza pasando el charco del agua aliende de un barranco
seco, en el mismo lomo donde ya vos he dado otro pedazo de tas., demás de lo
dado os hago merced de otras 5 c. Le da 3 c. 27-1II-1503. (Datas de Tenerife, libros I al IV) (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1503 Marzo 28.
654-54.-Juan Ruis de Requena y
Benito Gonzales de Buenrostro. 500
f . pasadas las tres montañas viniendo de Taoro en el
segundo barranco cabe Francisco. No más de 350 f . 28-III-1503. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1503 abril 1.
Antón González
el Moso (marido de Ana Benítez, vecino de la villa
del Puerto de Santa María) por sí,
de una parte, y Juan de Moya (canario, natural de la
Ysla de Tenerife),
por sí, de la otra, otorgan que tienen pleito entre ellos por decir Antón González que Juan de Moya era su esclavo; y
han acordado que Juan de Moya sirva
a Antón González, en su
casa, un año y
medio, y
si se fugare vuelva
a servir perdiendo el tiempo que hubiere servido, volviendo a contar el
año y medio, dándole Antón González de
comer, beber, vestir y medicinas; y que al cabo del año y
medio sea Juan de Moya libre
y quito de cautiverio, y sus
hijos y bienes horros, y volverlo al Licenciado Pedro de Maluenda, o a otro
Juez, so pena de ocho mil maravedis; y para seguridad da por sus
fiadores a Francisco
Núñez y Pedro
Alvarez, carpinteros, vecinos de Sevilla en la collación de San Salvador, los que a la firmeza de esta escritura obligan todos sus
bienes... (F. SE., 1.5 fol. entre hoja 79).
1503 Abril 2. Alcalá de Henares. Sobrecarta a las justicias de
Tenerife, La Palma ,
La Gomera , El
Hierro, Lanzarote y Fuerteventura, de una carta de 23 de diciembre de 1502, que
se inserta, para que cumplan la ley dada por Juan I en las Cortes de Alcalá de
Henares del año 1391, autorizando a trasladar pan y otros mantenimientos de
unos lugares a otros.Esta medida se toma a petición de Bartolomé Ramírez Nieto,
procurador del concejo y justicias de aran Canaria, isla que padece la falta de
dichos mantenimientos. La
Reina. Conchillos. Respaldada: Don Alvaro. Zapata. Moxica. la Fuente. Santiago.
Rubricada: Polanco. (E. Aznar; 1981)
1503 Abril 3. Alcalá de Henares. Presentación de Diego de Troya,
racionero de la iglesia catedral de aran Canaria, para canónigo de la misma,
por resignacion que de dicho cargo hizo Pedro Lope, y presentación de Francisco
de Troya, presbitero del arzobispado de Sevilla, para la ración que Diego de
Troya dejará vacante, ordenando al obispo de Canaria que les dé posesión y haga
que le sean entregados las renta y derechos que les coresponden. La Reina. Grizio.
Martinus. Polanco. (E. Aznar; 1981)
1503 Abril 5.
248-5.-Pedro de Vergara, mi
alcalde mayor. Dos suertes de 100 pasos en Tacoronte, las cuales vos tenéis
agora sembradas e vos metistes e sembrastes por virtud del plegón q. yo mandé
dar q. todos los q. tenían tas. e non las habían deficado q. las perdiesen,
porq. agora de nuevo vos confirmo a vos el dho. P. de V. las dhas. tas. por
virtud del dho. plegón; alindan Alfonso Mendes. Juan Martines de Utrera.
5-IV-1503. . (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Abril 6. Alcalá de Henares. Orden al gobernador o juez de
residencia de aran Canaria para que informe al Consejo acerca de la relación
presentada por Bartolomé Ramírez Nieto, en nombre del concejo y vecinos de
dicha isla, sobre la compra hecha por algunos vecinos de tierras y aguas
pertenecientes a personas que no han residido en la islas los seis años que se
exigen para poseerlas cn propiedad y poder venderlas, y sobre los repártos
hechos por los distintos gobernadores a favor de personas amigas, especialmente
por Lope Sánchez de Valenzuela, que entregó a ciertas personas las tierras y
aguas de Tirajana, Tunte y Taytia, en perjuicio de los vecinos de la isla. Don
Alvaro. Petrus. Zapata. Moxica. la Fuente. Santiago. Ramírez. Polanco. (E. Aznar;
1981)
1503 Abril 6. Alcalá de Henares. Orden al gobernador de aran
Canaria, para que se aplique a todos los extranjeros uno de los capítulos
firmados por don Juan de Castilla y Diego de la Muela sobre el regimiento y
gobernación de dicha isla, por el que se obliga a los genoveses que tienen
ingenios en la isla a traer de fuera tanto trigo como el que compren en ella
para su aprovisionamiento ya venderlo al mismo precio que lo hubieren comprado.
Don Alvaro. Zapata. Tello. Carvajal. Santiago. Ramírez. Polanco. (E. Aznar;
1981)
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