sábado, 21 de diciembre de 2013

ASALTO A UN BARCO FRANCÉS EN TITOREYGATRA EN MAYO DE 1825




Eduardo Pedro García Rodríguez

En el Puerto principal del Arrecife ysla de Lanzarote una de las Canarias a los veinte y cinco días del mes de mayo, año de mil ochocientos veinte y cinco: Ante mi el Escribano de S.M. del numero y marina de esta referida Ysla y testigos que se designaron, pareció Don Domingo Martinón de esta vecindad y comercio a quien doy fe conozco y dijo: Que la casa de los Sr. Barry Dervieu – y compañía vecinos y del comercio de Marsella en – de treinta de agosto del año próximo anterior de mil ochocientos veinte y cuatro dijeron que habiendo subido la Barrilla un poco pues se vendía de nueve a nueve y medio francos el qql. de aquella plaza y que siendo este un doce por ciento mas pequeño que el de estas yslas podía hacerse una expedición que dejase una buena utilidad, y que en caso de convención a dicho Martinón esta propuesta podrían dichos señores fletar por cuenta del compareciente un barco de ciento y veinte a ciento y treinta toneladas que traería un cargamento de mercaderías y retornaría con otro de dos mil y quinientos a tres mil qql. de barrilla insertándola en dicha carta una nota de los géneros de que podía componerse el expresado cargamento. Que habiendo recibido el tres de diciembre próximo pasado les contesto con fecha veinte y tres del mismo diciendo a dichos señores que siempre que pudiesen conseguir vender un cargamento de tres mil qq. de esta especie resultase libre de fletes derechos y demás gastos que le causaren a si en esta Ysla como en la plaza de Marsella a siete y medio francos, podían desde luego dichos señores hacer una venta por dicha cantidad y después que estuvieren celebradas solicitar los géneros que contenía la nota o factura que les incluyó en dicha carta y remitírselos con el propio barco previniéndoles últimamente que como solían cruzar en estos mares corsarios enemigos sería bueno que las facturas y conocimientos viniesen a nombre y como de cuenta de los mismos señores y a la consignación del otorgante, y por supuesto todo asegurado: Que no habiendo recibido hasta ahora ninguna contestación sobre el particular ha llegado hoy a este Puerto una Bombarda con Pabellón francés nombrada - honorines su capitán Blanchelli quien le ha manifestado de palabra – procedente de Marsella en cuyo Puerto le había despachado y cargado de varios géneros los supradichos señores Barry Denvieu – y compañía que venían a la consignación del compareciente y otros interesados en estas Yslas y que hallándose sobre Cabo Espartel fue tomado y robado el día cuatro del corriente por un corsario perteneciente a la republica de Colombia nombrado María Isabela su capitán Dotan, y que entre los géneros que le robaron fue comprendida la mayor parte de los que venían para el compareciente llevándose al mismo tiempo las cartas facturas y demás papeles pertenecientes al cargamento que conducían; en esta atención considerando el Don Domingo Martinón no debe ser responsable en manera alguna del valor de los géneros que venían a su consignación ni hallarse ya en la obligación de poner a bordo de dicho Buque el cargamento de barrilla que había ofrecido por no haber recibido los que se dirigían por dichos señores, en la vía y forma que mejor haya lugar en derecho y enterado del que en este caso le compete otorga que hace total y absoluto abandono del resto de los géneros a su consignación que pueden quedar a bordo de la expresada Bombarda , y en su consecuencia protesta una, dos , tres y las mas veces que sean necesarias contra propietarios, cargadores, fletadores, aseguradores, consignatarios, recibidores, pagadores y contra las mas personas que deba hacerlo, que todos los daños, perjuicios, perdidas, atrasos, intereses, fletamentos, detrimentos o menos cabos que se hayan ocasionados y ocasionen a los sobre dichos y a los dueños del indicado buque por falta de cargamento de retorno, no sean de mi cuenta y cargo sino de quienes por derecho haya lugar, a cuyo fin deja vivas --- para usar de ellas contra quien donde como y usándole convenga: y de que así lo protesta pide a mi el escribano se lo de por fe y testimonio su resguardo, y para hacerlo en cualquier tiempo que se me pida lo – en mi cuaderno corriente de escritura pública, y lo firma el expresado Don Domingo Martinón hallándose presentes como testigos Don Rafael Rancel, Don Eusebio de Cáceres y Don Casimiro Mc Kinstoh de esta vecindad.” (BieMesabe, 07 de Septiembre de 2007
Felipe Enrique Martín Santiago Publicado en el número 173 )





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