domingo, 17 de febrero de 2013

CAPITULO XIX (II)





EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

1511- 1520


CAPITULO XIX (II)




1518 Marzo 4.
82.- Juan Márquez, v.o e escribano público de la ysla de Tenerife. Un pedazo de ta. e solar para hacer casa de 100 pasos en quadra, que es término de esta villa, que ha por linderos de la una parte el camyno que va a Tegueste linde con la viña de Alonso de las Hijas, de la otra parte cercado de Alonso de las Hijas e de Juan de Armas e de Francisco Albornoz. 4-111-1518. E lo ponga al pie de lo que se mandó en Cabildo en razón de vuestro solar.

«Digo que vos do 60 pasos de frente e 80 de corral. Digo que vos do 60 pasos en ancho y otros 60 en cum do sin perjuicio de tercero». El Adelantado. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1518 Marzo 11.
1.824-33.-Juan de Vergara, vo. 4 cahices de s. término de este Realejo, linderos Juan Piñero, el camino que va a la montaña y barranco de los hornos de la cal y por abajo Francisco Ranero, las cuales fueron dadas a Pero Afonso, portugués y las perdió por
no haberlas edificado. Vos las do. El Adelantado. 11-111-1518.

1518 Marzo 11.
1.342-3.-Costantaza de Teyda, va, 100 f. de s. en las sobras de Juan Nuñes, carpentero, q. son en la fu[ente] del Adelantado. Digo q. vos do c ...(roto) de ta. en el dho. lugar en nombre de Sus Altezas. 11-III-1518.-30-VI-1565 pareció Juan de Mesa como marido e conjunta persona de Ana de Porras, su mujer, e presentó un título e data q. por el Adelantado e repartidor parece q. fue dado a Costanza de Teyda, e dijo que la dha. ...le había vendido a Francisco Ximenes, vo q. fue, e Juan Ximenes, como su hijo y he-redero, lo había traspasado a la dha. Ana de P. por escritura q. dello le había hecho 28 deste junio. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1518 Marzo 12. Dto. 1.233-6.-Juana de Tegueste. «Por esta firmada de mi nombre doy en vecindad a vos J. de T. un solar donde agora estáis con un corral, el cual solar linda con Francisco Guyllama y Francisco Tacoronta, con 10 f. de sembradura, están en el camino de Na Sra. de Candelaria y se llama Tamarde [interlineado decía antes Segenger, testado]. Digo q. os doy las 10 f. lindero con Hernando Tacoronte y se llama Tamarde. Digo q. vos do el dho. solar para la casa y en lo de la ta. nichil. 12-III-1518.

1518 Marzo 12.
1.233-6.-Juana de Tegueste. «Por esta firmada de mi nombre doy en vecindad a vos J. de T. un solar donde agora estáis con un corral, el cual solar linda con Francisco Guyllama y Francisco Tacoronta, con 10 f. de sembradura, están en el camino de Na Sra. de Candelaria y se llama Tamarde [interlineado decía antes Segenger, testado]. Digo q. os doy las 10 f. lindero con Hemando Tacoronte y se llama Tamarde. Digo q. vos do el dho. solar para la casa y en lo de la ta. nichil. 12-III-1518. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1518. Marzo, 15. Valladolid. Merced a los licenciados Toribio Gómez de Santiago, miembro del Consejo, y Juan de Prado, procurador fiscal, de 24 caballerías de regadío en el asiento de Tirahana y otras partes de Gran Canaria, que pertenecen a los reyes por no estar concedidas en los repartimientos y reformaciones que se han hecho hasta ahora. Se ordena al gobernador de Gran Canaria que les señale dichas tierras. El Rey. Villegas. Sauvage. Episcopus Pacensis. García. (E.Aznar et al. 1591)

1518. Marzo, 17. Valladolid. Orden a Lope de Sosa, antiguo gobernador "de Gran Canaria, Tenerife y La Palma", ya Pedro Suárez de Castilla, "gobernador de dichas islas", para que den cuenta ante escribano de las razones que tuvieron para tomar 550 doblas de las rentas que tiene encabezadas el concejo de Gran Canaria -especificando en qué fueron gastadas y qué parte tomó o mandó tomar cada uno-, a fin de que la citada isla la presente ante los Contadores Mayores. La medida tiene su origen en la demanda de Antonio de Sangrelinda, procurador de Gran Canaria, que solicitó que dicha cantidad fuese recibida en cuenta o fuese suspendida en los maravedís que están librados en el cargo de las rentas, ya que fue tomada para el servicio real a Juan de Herrera, que tiene en traspaso el mencionado encabezamiento. La Rúa. Tello. Salmerón. Carvajal. (E.Aznar et al. 1591)

1518. Marzo, 20. Valladolid. Orden al licenciado Sebastián de Bricianos para que tome residencia al Adelantado Alonso Fernández de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, conforme a lo dispuesto en la ley de las Cortes de Toledo. El Rey. Castañeda. Arzobispo. Zapata. Santiago. Cabrero. (E.Aznar et al. 1591)

1518 Abril 9.
1.665-72.-EI Dr. Sancho de Lebrixa. Unas ts. en el Palmar, linderos de una parte el barranco que sale de la madre del agua de los pinos hacia la cumbre de Herjos, que parte el dicho barranco con el pomar que hizo Francisco de Baeça, todo aquel barranco arriba camino del corral que hizo Juan Picaço en la cumbre y de otra parte tierras de Martín Delgado de Johan Mendes derecho a la cumbre de Maxca y partiendo con un risco que va a media ladera contra el corral de Juan Picaço en la combre para abajo, que podrá haber hasta 100 f. de mala y buena. Digo que vos do la 100 f. 27-VII-1518. El Sr. Bachiller Diego de Funes lo presentó en 9-IV-1519. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1518 Abril 20.
1.355.23.-Da Juana de Masieres y la iglesia de San Miguel. En un sitio q. es la isla de Tenerife do son ese dicen Las Lagunetas, tas. del bach. Alonso de Las Casas, en lindero de las tas. q. en el título adelante se hace mención, a 20-IV-1518, ante A. de Vallejo, e. p. pareció Diego del Castillo, va, en nombre del bienaventurado Sr. San Miguel Arcángel e de la fábrica de su iglesia y de la Sra. Da Juana de Masieres, mujer del muy magnífico Sr. don Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado. e leer y notificar fizo por mí el escr. a Juan de Badajoz, teniente de alguacil mayor, un título de data de tas. dado e firmado por el dho. Sr. A. inserto en un mandamiento otrosí firmado del dho. Sr. E de mí cuyo tenor es este q. se sigue: [Sigue todo el expediente en copia de letra procesal, en 6 folios; y luego fol. 24, el original, de letra cortesana, q. solo ocupa 2 fols.] Mandamiento al alguacil.

[Data] Da Juana de Masieres, mi mujer, 400 f. de ta. de s. q. son cerca de esta villa de S. Cristóbal, linde de los corrales q. dicen de. ..y de la otra parte lindan con las cabezadas de las tas. de los chapineros y con la fuente q. dicen del Adelantado e de la otra parte con tas. del bach. A. de Las Casas, q. son Las Lagunetas q. están cerca de la fuente de los Berros, lindan asímismo con tas. de Rodrigo Dorantes e de Gaspar Rodrigues, yerno de la sevillana q. fue ...Digo q. sean de puño. 4-1I1-1517. [Da Juana pide la posesión y el Adelantado lo manda, 17-IV-1518. Pero prosigue el texto de la data: ] A. de Vallejo, escr. públ. et del C.: digo q. se entiende destas 400 f. las 200 para San Miguel y las
200 para Da Juana y no se tome posesión de lo uno q. no se tome de lo otro. El Adelantado. = Digo así mismo q. do poder a Diego del Castillo e a Bartolomé de Porcuna o a cualquier dellos para q. tomen la posesión de San Miguel de las dhas. 200 f. Fecha la data y este mandamiento de mi letra. 17-IV-1518. El Adelantado. [Acta de posesión] = 26-IV-1518, pareció Diego Sánchez ante Pedro de Vergara, alguacil mayor, y contradijo la posesión de sus tas. q. son a la fuente de Samorano ...= 27-IV-1518, parecen el bach. Nunes, Pedro de Párraga y Juan Martín de Calsadilla, vos., y dijeron q. a su noticia es venido q. el mayordomo del Concejo, en nombre de la Sra. Da Juana de Masías [sic] tomó posesión de unas tas. encima de la montaña q. es arriba del Rodeo de las vacas como toma a Taoro desde esta villa a la mano izquierda, en q. entra las cabezadas de unas tas. q. los susodhos. tienen, q. son abajo de la dha. montaña, q. ha más de 14 años q. les fueron repartidas, y protestan [Esta contradicción, solo en la copia procesal]. En el original de letra cortesana sólo es autógrafo: Digo q. sean de puño, y luego Digo así mismo hasta le finna El Adelantado. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1518. Marzo, 27. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Tenerife y La Palma, para que guarde la ley de cortes que va inserta, por la que se prohibe a los jueces llevar penas en provecho propio y ejecutarlas antes de condenarlas; reserva la mitad de la pena para la cámara real y la otra mitad para los lugares y personas que el juez designe; y para que realice las ejecuciones conforme a lo dispuesto por el rey don Juan. Se da a petición de Juan Ruíz de Berlanga, escribano público y del concejo de San Miguel de La Palma, quien informó que el citado gobernador aplicaba la totalidad de las penas para obras públicas y que condenaba en algunas brazas de pared y cosas semejan-
tes. Arzobispo. Santiago. Polanco. Coalla. Guevara. Vitoria. (E.Aznar et al. 1591)

1518. Marzo, 27. Valladolid. Carta de receptoría, para que el gobernador de Tenerife reciba, a petición del Hernando del Hoyo, las pruebas que éste y don Alonso de Lugo, Adelantado de Canaria, han de presentar ante el Consejo en el pleito que tratan sobre la mitad de los términos y aguas del Realejo, Traslatadere y Rambla de los Caballos, y sobre los edificios que Hernando del Hoyo hizo en el término del Traslatadere y que demanda al Adelantado. En dicho pleito, los del Consejo dieron diversas sentencias, entre las que se encontraba una, en grado de revista, que ordenaba a las partes nombrar una persona que viese con el bachiller Medina, relator de la causa, los daños sufridos por Hernando del Hoyo, al tomarle el Adelantado el agua de la "Cedilla " que iba al Traslatadere, más las aguas y tierras que repartió en dicho término a Pedro Mayor, canario vecino de Tenerife, y las aguas y tierras de la Rambla de los Caballos. En virtud de la citada sentencia el Adelantado designó al bachiller Baeza y Hernando del Hoyo al licenciado Soto, ambos abogados en la corte, quienes en unión del relator dieron pareceres, sobre los que las partes alegaron sus razones, hasta que los del Consejo dictaron sentencia interlocutoria. Esta, que se inserta, fue dada el 17 de marzo de 1518 en Valladolid y fue notificada al día siguiente por Juan Ramírez, escribano de cámara, ante quien pende el pleito. Para la realización de esta misión se le concede un plazo de 150 días y un salario de 150 maravedís por cada uno de ellos, más 50 para el escribano.
Arzobispo. Santiago. Polanco. Cabrero. Guevara. Se dió otra carta igual para el
Adelantado. (E.Aznar et al. 1591)

1518. Marzo, 28. Valladolid. Orden a las justicias del reino, especialmente a las de Tenerife, La Palma y Gran Canaria, para que concedan carta de seguro a Juan Ruíz de Berlanga, vecino de dichas islas, que recela de don Alonso Fernández de Lugo,  don Pedro de Lugo, su hijo, el licenciado Cristóbal de Valcárcel, Andrés Suárez Gallinato, Juan Benítez y Pedro de Lugo, sus hermanos e hijos. Arzobispo. Santiago. Polanco. Cabrero. Coalla. Beltrán. Castillo. (E.Aznar et al. 1591)

1518. Marzo, 28. Valladolid. Orden al gobernador o juez de residencia de Tenerife y San Miguel de La Palma, para que haga justicia a Juan Ruíz de Berlanga, vecino de Tenerife, que se queja de Vasco de Bahamonde, sobrino del Adelantado de Canaria, y Pedro Gallego, vecinos de esta isla, quienes prometieron dos pares de novillos y otras cosas a Juan García para que le matase. Este, a pesar de tener carta de seguro, le dió dos cuchilladas a traición y estuvo a punto de morir. Después, Pedro Gallego se refugió en casa de Vasco de Bahamonde, donde Gómez Arias y otros sobrinos de éste le encubrieron. (E.Aznar et al. 1591)

1518 Abril 17. Dto. 52.-Constança Mexía, va. de esta isla. Doy a vos C. M. un asiento de casa de cien pies con una fanega de ta. de s. que es en el valle de Abicor, linde del cabo de abaxo de la cueva del Rey que fue de Anaga, y dos cuevas para tener vuestro trigo, lo cual avéys tenido e poseído más a de ocho años, que es en el Reino de Anaga, e de la parte de abaxo está Juan González por lindero. 17- IV -1518.

«Digo que os do las dichas cuevas y fanega de tierra y solar , en nombre de sus altezas, sin perjuicio de tercero.» El Adelantado.

En 12-XII-1578 10 presentó Juan González Mexía. Testigos:Lope de Açoca e Luis Fiesco, regidores.

1518 Abril 17.
52.-Constanza Mexía, v.a de esta isla. Doy a vos C. M. un asiento de casa de cien pies con una fanega de ta. de s. que es en el valle de Abicor, linde del cabo de abaxo de la cueva del Rey que fue de Anaga, y dos cuevas para tener vuestro trigo, lo cual avéys tenido e poseído más a de ocho años, que es en el Reino de Anaga, e de la parte de abaxo está Juan González por lindero. 17-IV -1518.

«Digo que os do las dichas cuevas y fanega de tierra y solar, en nombre de sus altezas, sin perjuicio de tercero.» El Adelantado.

En 12-XII-1578 lo presentó Juan González Mexía. Testigos: Lope de Azoca e Luis Fiesco, regidores. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1518. Abril, 19. Medina del Campo. Orden al provisor de Gran Canaria para que no conozca en la posesión del lugar de Agüimes, por tratarse de una merced real, y para que levante el entredicho que dictó en dicha causa. Se da a petición del regimiento de la isla, que trata pleito con el Obispo por los términos del citado lugar. Según informó, el Obispo sacó carta ejecutoria de una sentencia dada en su favor y el alcalde y el escribano, que tiene puestos en el lugar, le dieron posesión. Contra la misma, el concejo requirió al gobernador Lope de Sosa para que amparase a la isla y procediese contra el alcalde y el escribano por usar oficios para los que no tenían poder. Al prender el gobernador a éstos, pues actuaban en perjuicio de la jurisdicción real, el provisor excomulgó al gobernador y personero de la isla, aunque luego los absorvió por cuatro meses, hasta que el rey resolviese. En este plazo, el Obispo ganó, con falsa relación, una carta para que el gobernador Pedro Súarez de Castilla eje- cutase la sentencia, lo que suponía que no se daba por buena la primera y que no se había incurrido en las censuras. A pesar de ello, el provisor mantuvo la excomunión hasta que se diese fianzas de 8 mil ducados. Zapata. Polanco. Obispo de Almería. Qualla. Beltrán. Guevara. Mármol. (E.Aznar et al. 1591)

1518. Abril, 22. Medina del Campo. Carta al gobernador de Tenerife y La Palma, y al concejo de esta isla, comunicándoles la confirmación de una escribanía del número a favor de Juan Ruíz de Berlanga. Se da a petición del interesado quien alegó ser escribano real y notario público, además de escribano del concejo, por merced real. Ello le permitía no examinarse ante el Consejo en los dos años siguientes a la presentación del título en el cabildo; sin embargo, tal obligación se planteó cuando el concejo de La Palma obtuvo que dicha isla tuviese tres escribanos del número, tanto para lo civil como para lo criminal, y que éstos fuesen Bartolomé Sánchez, Luis de Belmonte y el propio Juan Ruíz de Berlanga, quien desde hacía varios años era escribano del concejo por va-
cante en el cargo .de Diego de Villacorta. Arzobispo Santiago. Obispo de Alme-
ría. Coalla. Guevara. Castillo. (E.Aznar et al. 1591)

1518 Abril 27.
1.323-21.-Alonso Uelasco. Un solar en Taoro en esta facienda mía, que linda con la carnecería vieja y con la calle y por las espaldas el cercado q. está sembrado de trigo. Digo q. vos den solar en lugar q. no sea dado. 27-IV-1518.-12-V-1561 lo presentó Catalina Xuárez, hija y heredera q. dijo ser del dho. A. Belasco. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1518 Marzo 30.
1.821-30.-Juan de Fresnada, Juan de Vergara y Juan Francés. Un solar de 50 por 100 pasos. Vos do 100 pies de ancho y 150 de cumplido. 30-III-1518. Medición, a Juan de Fresneda, su paje, adelante del solar de Alonso Gonzales pariente de Diego Frutos, yendo a Tacoronte, y otro a Juan de Vergara y otro a Juan Francés, sus criados.

1518 Abril 30.
1.259-7.-Juan Francés, va. Un pedazo de ta. de s. en el lomo de los pinos, q. podrá haber hasta 100 f., linderos el barranco de La Guancha, el barranco del Malpaís y por abajo la ta. de los Canarios y de Juan Suares, y por arriba la montaña. Digo 3 c. 30-IV-1518.

1518 Mayo 2.
9.-Luis Sardina, v.o de Tenerife. Do a vos Luys Sardyna, un pedazo de ta. de s. en que puede aver 20 f. de sembradura, poco más o menos, que es en Tegueste, que ha por linderos de la una parte tierras de Pedro Negrón e de la otra parte tierras que fueron de Francisco Corvalán e de la otra parte tierras que fueron de Jorge Grimón e de la otra parte un lomo que sube a dar a una montaña que está pegada a las tierras del tejedor aguas vertientes a Tegueste, las cuales dichas tierras vos do con todas sus entradas e salidas e servyntyas. 2-V-I5I8.
«Digo que os do las dichas tierras de suso contenidas según de suso se declara, en nombre de sus altezas, con tal condición que no sea en tierras mías ni que me pertenecían y con condición que no sean de otra persona alguna e sin perjuicio de cualquier posesión o propiedad. Hecho a 4-V-1518. El Adelantado.

En 25- VI -1569 lo presentó Juan Guerra, vo e regidor de esta isla, e pidió se le asiente en el registro y yo de su pedimento lo asenté. Testigos: Juan de Azoca, regidor, e Gaspar de Rojas. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1518 Mayo 4.
1.258-6.-Juan Francés, va. Un solar en esta villa, a la Villa de Arriba, q. sea 150 pasos de cumplido y 100 de frente, linderos solar de Juan de Vergara y camino de Tacoronte. 4-V-1518.

1518 Mayo 9.
1.440-24.-Juan Bermudo, conquistador. 40 f. de t. de s. en Daute, lindan con el barranco de Balos y los riscos q. están sobre el barranco del Agua de Gonzalianes y de abajo riscos y de arriba montaña. Vos do 30 f. 9-V-1518. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1518 Mayo 10.
1.407-45.-Fernand Alvares, canónigo y tesorero de la catedral  iglesia de Gran Canaria. En 10-V-1518, presenta ante Vallejo, Fermando de la Fuente, vo, en nombre de F. A. con mandamiento compulsorio firmado de P. de Vergara, alcalde mayor, q. manda busque la data a favor de F. A. y saque testimonio. Ts.: Fernando del Castillo y Gil de Almonte, estantes. Vallejo dice: «en su cumplimiento busqué en los registros, procesos y escrituras sueltas y cosidas, do hallé en un papel suelto escrito el título de tierras que parece que son las contenidas en el mandamiento y lo saqué, cuyo tenor es el que sigue: [Cosido el original, dice: ] Alonso de la Fuente, asentareis en vuestro registro las tierras que el teniente y el alcalde señalaron y amojonaron a Fernand Alvarez, canónigo de Canaria y cura de esta isla, que son en término de La Laguna, donde antaño sembró y agora tiene senbrado y sienbra, por quanto yo ge las do, segund están señaladas por virtud del poder y comisión que tengo de sus Altezas. Fecho a veintiuno de dicienbre de XCVII años; en que abrá hasta quarenta fgs. poco mas o menos. Alonso de Lugo».(Datas de Tenerife, libros I al IV)

1518. Mayo, 13. Zaragoza. Merced a la infanta doña Leonor, hermana del rey, de las tierras y aguas que en Gran Canaria, Tenerife y La Palma carecen de dueño; de las que tienen en demasía los beneficiarios de los repartimientos iniciados por los Reyes Católicos; y de los ganados mostrencos que se encuentran en los términos y montes de dichas islas, pues todo ello pertenece al patrimonio real. El Rey. Villegas. Joannes. Episcopus Pacensis. García. (E.Aznar et al. 1591)

1518 Mayo 17.
58.-Pedryanes, vo de esta isla. Doya vos Pedryanes medio cahíz de ta. de s. que: es en ycode en un barranco lindando de parte de abaxo el camino que va a las fuentes de Jorge Grimón e de la parte de Ycode parte con tierras de Jordán Bays (sic) aguas vertientes por el barranco e de la parte deste Realejo con tierras de vos Pedryanes. 17-V-15l8.

«Digo que vos do las dichas seis f. si no son dadas u otro perjuicio». El Adelantado.

En 26-11-1590 presentó este título Lucas de Remerando en nombre de Tomás Grimón, regidor. Testigos: Mateo Viña de Vergara, Simón de Valdés, e Diego de Agreda, vecinos y estantes en esta isla. Simónde Açoca, escribano mayor del Concejo. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1518 Junio 1.
1.257-5.-Juan Francés, yo .Un pedazo de s. en q. podrá haber 100 f., linderos por abajo las cabezadas de las tas. de Juan Clauyjo, por arriba la montaña hacia los pinos y por otra parte la montaña del Cerro Gordo, y las dhas. tas. son en los Llanos de Picar. Digo 3 c. 1-VI-1518. [En 10-1-1544 la presentó Pedro Martín, hijo de J. F., y Ximón Lopes, yerno].

1518. Junio, 19. Medina del Campo. lncitativa. Al concejo y justicia de Gran Canaria para que se pague al bachiller Mata, médico, el salario acordado cuando vino a vivir a esta isla desde la villa de Sanlúcar, a petición del gobernador Lope de Sosa. Desde su llegada se le asentó un salario de 50 doblas anuales que cobró regularmente. Ahora, sin embargo, el alcalde y un regidor se niegana pagar el salario convenido, en contra del voto del resto del concejo. Archiepicopos. Doctor Carvajal. Polanco. Cabrero. Qualla. Goevara. Mármol. (E.Aznar et al. 1591)

1518. Junio, 23. Medina del Campo. Orden al concejo de Gran Canaria, a Juan de Herrera ya Hernando de Santa Gadea para que no reclamen a Lope de Sosa las 400 doblas que tomó de las rentas reales, durante su mandato, para reparar la torre de Santa Cruz de la Mar Pequeña; mientras los Contadores Mayores no informen al respecto. La Rúa. Tello. Salmerón. Carvajal. (E.Aznar et al. 1591)

1518. Junio, 23. Medina del Campo. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria para que se informe del uso y costumbre de la isla en relación a ejecutar las deudas por el asiento de los aforamientos, y resuelva lo que sea mejor para las rentas reales. El regimiento de dicha isla y Juan de Herrera, encargado de cobrar los derechos del 5% y tercias de dicha isla y de las tercias de Tenerife y La Palma, informaron que se acostumbraba aforar las mercancías que van a la isla y, si los que las traen, no tienen con que pagar se les ha fiado por 3 ó 4 meses; pasados los cuales, las justicias daban mandamientos para ejecutar en los deudores según lo asentado en el libro de afora-
miento. Este procedimiento permitía acrecentar las rentas reales, pues facilitaba la llegada de estas mercancías y más. En cambio, si sólo se dan los mandamientos que se piden por demanda y respuesta, los derechos no se fiarían y disminuirían las rentas

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