1822 octubre.
Fallece en Cuba, José
Luís Gómez (1790-1822), Primer sacerdote católico fasniero, capellan de Arico i
emigrante en Cuba.
El personaje que nos ocupa,
nacido en La Zarza, fue el primer
fasniero que, de momento, hemos podido confirmar que se ordenó de presbítero,
lo que ocurrió en 1814. Tras ejercer durante dos años como capellán en la
parroquia de San Juan Bautista de Arico, colaborando con
el párroco, hacia
1816 embarcó para
Cuba, donde desarrolló
su labor pastoral durante seis
años, hasta su prematura muerte en los Baños de San Diego, cuando contaba tan
solo 32 años de edad. Como otros muchos sacerdotes de la época, también fue un
notable propietario agrícola.
Por un padrón vecinal de Arico de
1779, que se conserva en el archivo de la Real Sociedad
Económica de Amigos del País de Tenerife, conocemos la situación familiar de
nuestro biografiado, que aún no había nacido. Sus padres y hermanos vivían en
la casa nº 11 del pago de La
Zarza: “Casa de lorenso Gomes. Lorenso Gomes Casado. Su edad
35 as. su exercicio de canpo hi haser texa. pasa con cortedad. Maria esteves su
mugr. su edad 30 as. su exercicio hilar coser y texer. y atender a su familia,
es solicita. Cathalina esteves. hixa. su
edad 9 as. Maria Mersedes. hixa. su edad. 6 as. Franco. Gomes. hixo. su edad 4
as. Lorenso Gomes. hixo su edad. 8 meses”. En una nota posterior se
especificaba la situación económica de la familia: “Esta casa tiene algs.
Bienecillos Ras. y arvolitos son cortos”.
Capellán y previstero
Nuestro biografiado nació en el
“Pago de la Sarza”
el 25 de agosto de 1790, siendo hijo
de los ya
mencionados don Lorenzo
Gómez y de
doña María Estévez2.
El 1 de septiembre inmediato fue bautizado en la
iglesia de San Juan Bautista de Arico, a cuya jurisdicción pertenecía por
entonces dicho lugar, por su párroco don José Hernández de Ara; se le puso por
nombre “Luis Josef” y actuó como madrina doña María Gómez.
En esa época habían quedado
vacantes el patronato y la capellanía fundados muchos años atrás por el vecino
de Arico don Antonio Miguel Gómez, que habían sido poseídos en primer lugar por
su pariente el presbítero don José Lorenzo Gómez3 y luego por el clérigo tonsurado don José
Antonio de Acosta4, todos naturales y vecinos de Arico y miembros de la misma
familia. En vista de esta circunstancia y teniendo derecho por vínculo
familiar, don Lorenzo Gómez opositó a ellos en nombre de su hijo Luis, logrando
que se nombrara a éste capellán en 1794. A partir de ese momento, con el apoyo
de su esposa doña María, lo orientó para que siguiera la carrera religiosa,
pues ya tenía la congrua suficiente para ordenarse. Dicho patronato tenía una
pensión de 50 misas rezadas cada año, que entre 1794 y 1813 fueron aplicadas
por encargo de nuestro biografiado5.
Don Luis Gómez había aprendido
sus primeras letras con el párroco fundador de Fasnia, don Juan de Castro y
Baute, presbítero natural de El Escobonal, con quien luego continuaría los
estudios de Filosofía y Teología, terminándolos probablemente en el convento y
colegio de Santo Domingo de La
Laguna, como la mayoría de los clérigos de su época. Cuando
alcanzó la edad necesaria recibió la Prima Tonsura, lo que tuvo lugar en la mañana del
13 de abril de 1805, Sábado Santo, en la parroquia de los Remedios de la Ciudad de La Laguna, de manos del obispo
de Canarias don Manuel Verdugo.
Años más
tarde, a comienzos
de 1814, don Luis
José Gómez había
deliberado ascender a las Órdenes menores y mayores, en las que se
habían de celebrar próximamente. Por este motivo, siendo clérigo tonsurado y
vecino de Arico, se dirigió al obispo para solicitar su ordenación,
manifestando para ello que “se halla en la quieta y pacifica pocesion del
Patronato qe. fundo Antonio Miguel Gomez, cuyos rendimientos exeden á la
congrua que se halla señalada en este
Obispado pa. ascender a las ordenes mayores”. El provisor y vicario general del
Obispado de Canarias respondió favorablemente el
26 de mayo
de dicho año,
manifestando que el aspirante tenía “congrua para ascender a las Ordenes mayores” con el
rendimiento de los bienes del citado patrimonio.6
En la mañana del viernes 3 de
junio de dicho año 1814, nuestro biografiado obtuvo las Órdenes Menores, pues
ya poseía los conocimientos requeridos para ello y, al día siguiente, fue
ordenado de Subdiácono a título de Patrimonio; ambos acontecimientos tuvieron
lugar en el Palacio Episcopal de Las Palmas de Gran Canaria. Poco después, el
25 de julio de ese mismo año, recibió el Diaconado y, seis días más tarde, en
la mañana del domingo 31 de julio de 1814, fue ordenado de Presbítero por el
mencionado obispo Verdugo, como en todas las ocasiones anteriores, en el
Oratorio de su Palacio Episcopal, con dispensa de intersticios y de 26 días de
edad.7
Labor pastoral y
fallecimiento en Cuba
En esa época sus padres ya habían
trasladado su residencia a Arico, por lo que fue en la iglesia de San Juan
Bautista de esta localidad, en la que además había recibido el bautismo, donde
celebró su primera misa. Don Luís José Gómez permaneció los siguientes dos años
en dicho lugar, donde además de colaborar con el párroco aplicaba las 50 misas
rezadas anuales a que estaba obligado por su patronato y capellanía, lo que
hizo personalmente en los años1814 y 1815, pues antes de ordenarse se lo había
encargado a otros sacerdotes8. La última intervención suya registrada en esta
parroquia de Arico corresponde al 17 de marzo de 1816, en que celebró un
bautismo en dicha iglesia con licencia de don Zoylo Pablo Herrera y Cruz,
párroco de la misma.
Decidido a hacer la aventura
americana, obtuvo licencia del Rey de España para embarcar hacia Cuba, con el
fin de “recibir la herencia de un tío”9, y así lo hizo en ese mismo año 1816.
En la Perla del
Caribe permaneció durante seis años desarrollando su labor pastoral en varias
parroquias, que de momento no hemos podido concretar, aunque es muy probable
que ejerciese también como capellán de los Condes de San Esteban, en cuya
propiedad le sorprendió la muerte.
Pero cuando su carrera le ofrecía
un futuro prometedor, una rápida enfermedad acabó prematuramente con su vida hacia
el mes de octubre de 1822, cuando sólo contaba 32 años de edad; residía por
entonces en los Baños de San Diego. Según el certificado del Padre Fray Lorenzo
Aguado de la Orden
del Sr. San Francisco, que asistió a dicho fallecimiento, sólo se le administró
el Sacramento de la
Penitencia, porque la enfermedad no dio más tiempo a
dispensarle los demás auxilios espirituales. Dicha certificación fue dirigida
al párroco interino de Arico, don Felipe José Díaz y Gómez, por el teniente
coronel don Joseph Monteverde, vecino de la Villa de
Santa Cruz, junto con una carta del administrador de la “Señora Condesa de San Esteban” de la misma
isla, que acreditaba la muerte de nuestro clérigo. El 18 de noviembre de ese
mismo año se celebró en la iglesia de Arico un oficio solemne por su alma, a
petición de su apenada madre, que ofició su pariente el citado párroco
interino10.
Deuda por la compra
de una yunta de vacas y suseción en el patronato
Como curiosidad,
don Luís José
y su cuñado
don Juan Antonio
Gómez habían comprado una
yunta de vacas
a don José
Amaral, vecino de
Güímar, otorgando una obligación mancomunada para la seguridad
de ésta. Pero nuestro sacerdote se había ausentado para América cuando ya había
satisfecho 15 pesos de la parte que le correspondía, por lo que el 13 de junio
de 1821 se celebró un juicio ante el alcalde constitucional de Arico don
Florentín Patricio Acosta y del fiel de fechos don Andrés Rodríguez del
Castillo, a demanda del citado don Juan Antonio Gómez:
[…] compareció personalmente Juan
Antonio Gomez el menor en virtud de facultad que para este efecto tiene de Maria Esteves, su Madre Politica,
quien a presensia de su merced
y hombres buenos, verbalmente
le dio, quanto
por derecho tiene
nesesaria; Demandando a Marcos Hernández, vecinos todos de este
expresado Lugar, para que le precente
una lista que Dn. Luis Gomes Presbítero crio, de unas suelas que dio a
distintas personas de este
Pueblo, la que
judicialmente presento por
haverle intimado el Ve.
Parroco de este Pueblo en virtud de
comicion, a Lorenso Gomes, Difunto Padre
de el expresado Presbitero, a
instancia de el Demandante, por haver
este, y el repetido Dn. Luis, otorgado una obligacion mancomunada, para la
seguridad de una yunta de Bacas que compraron
a Josef Amaral de Guimar, cuya comicion traxo Marcos
Hernández, fundado solamente en que el Presbítero Dn. Luis Gomes se
aucento para la America,
sin atender a que este ya tenia satisfechos en cuenta de su mitad quince pesos
a el expresado Amaral, y aun
sin que este
le huviese hecho
ningun requerimiento judicial,
ni extrajudicial; Pide mas el Demandante, que ademas de que se le
presente la memoria que pide, que por sertificasion del dicho Ve. Parroco Dn.
Zoylo Herrera y Cruz, traxeron de su poder Marcos Hernández y Amaral, le
satisfaga cuatro pesos un real de plata
y ocho cuartos corrientes que
Hernández a cobrado
para si, sin
corresponderle, de Josef Cabrera
y Juan Garcia, pues cuando lo
huviera cobrado seria para el
acreedor a esta deuda, Josef Amaral, y
no para el, por lo que su merced mando, hoydo el Dictamen de los hombres buenos
que lo fueron Juan Delgado Marrero y Diego Antonio Morales, satisfaga Marcos
Hernández los cuatro pesos un real de plata ocho cuartos corrientes que consta
tomo y que sin perjuicio del derecho que tenga a repetir contra Josef Amaral, o
quien le represente, presente dentro el termino de ocho dias la espresada
memoria de que queda hecha referencia, apersebido de que de no cumplir, se hara
acreedor a que rebasando de treinta pesos que dice el Demandante, constava dies
y seis pesos que era lo que Dn. Luis restava, por su parte pague el tocante que
va, Pierda las costas del Despacho, por
no haver havido motivo por que traerlo, y satisfaga las costas cauzadas por
este Jicio, y que se causen hasta su conclusión, y siendo este uno de los
asuntos en que la Ley
de nueve de octubre de mil ochocientos dose manda que no se admita recurso ni
apelación, sino que queden ejecutoriado con la determinación de su merced el
Sôr. Alcalde este lo mando sentar por Diligencia para que conste y firmo con uno de los hombres
buenos, de que
certifico.11
Después de la muerte del sacerdote
Gómez en 1822, la deuda que aún tenía se vino a satisfacer con los bienes que
habían sido de su pertenencia, según la cuenta presentada por el apoderado don
Josef Monteverde, tal como se resolvió en el juicio celebrado en Arico ante el
alcalde don José Antonio González y los acompañados don Diego Antonio García de
Vera y don Andrés Rodríguez del Castillo:
[…] vistas las cartas documentales que acreditan ser deudor el expresado Presbítero, aunque no
hay obligación que indique numero fixo de deuda, solo la cuenta de que queda
hecho mencion, hoy da la contestación de las partes, y Dictamen de los hombres
buenos, que lo fueron por el Demandante el Presbitero Dn. Felipe Dias Gomes,
Ve. Cura interino de la
Parroquia de este
Lugar y por la Demandada
Dn. Josef Antonio Morales, Manda su merced que mediante a que
Maria Esteves se niega intotum a el Pagamento sobre que se le demanda,
satisfagan la deuda los bienes quedados por el fallecimiento del Presbitero Dn.
Luis, que sean de su pertenencia con la cual determinación no quedaron
conciliadas las partes y el Sôr. Alcalde Mando se les de a la
parte que lo pida el atestado,
o certificaciones que pidan, y firmo, con una de las partes que lo supo
hacer y los hombres buenos, de que los Acompañados certificamos.12
Tras el fallecimiento de don Luis
Joseph Gómez [sic], el patronato y la capellanía que éste poseía fue disfrutada
por el ya mencionado presbítero don Felipe José Díaz y Gómez (1784-1858)13,
desde el 1 de abril de 1824 hasta el mes de julio de 1831. En esta última fecha
los reclamó y obtuvo don José Hernández14, cuñado de don Luis José, para su
hijo el clérigo tonsurado don Simón Hernández Gómez (1811-1894), natural de
Sabina Alta (Fasnia) y sobrino de
nuestro biografiado, quien
enseguida comenzaría los estudios religiosos para ordenarse, pero
pocos años después abandonó la carrera eclesiástica para contraer matrimonio en
Arico, donde se estableció15.
(Octavio Rodríguez Delgado) [blog.octaviordelgado.es]
Notas:
1 Sobre este personaje puede
verse también otro artículo de este mismo autor: “Personajes del Sur (La Zarza-Fasnia): El
presbítero don Luis José Gómez”. El Día, 1 de mayo de 1988. Con posterioridad,
la reseña biográfica se ha visto enriquecida con nuevos datos.
2 Fueron sus abuelos paternos don Miguel Gómez y doña María
Delgado; y los maternos don Bartolomé Chico y doña María Estévez.
3
El sacerdote don José Lorenzo Gómez (1689-1757) fue notario público,
mayordomo de fábrica y cura servidor de Arico.
4
Don José Antonio de Acosta (1754-1830), tras renunciar a la carrera
eclesiástica siendo clérigo tonsurado, desempeñó en Arico los cargos de
sacristán mayor, sochantre-organista, notario público eclesiástico, cogedor de
la “silla de granos”, regidor del Ayuntamiento y juez de paz.
5
Archivo Parroquial de San Juan Bautista de Arico. Libro de patronatos y
capellanías. Actualmente depositado en el Archivo Diocesano de Tenerife.
6 Archivo Diocesano de Tenerife.
Expediente de congrua de don Luís José Gómez.
7 Archivo Diocesano de Las Palmas
de Gran Canaria. Libro de órdenes, 1814.
8 Archivo Parroquial de San Juan
Bautista de Arico. Libro de patronatos y capellanías.
9 Manuel Hernandez Gonzalez
(1996). La emigración canaria a América (1765-1824). Pág. 265.
10 Archivo Parroquial de San Juan
Bautista de Arico. Libro de entierros, 1822. Actualmente depositado en el
Archivo Diocesano de Tenerife.
11 Archivo de la familia Peraza
de Ayala, de Arico el Nuevo. Libro de juicios ante la Alcaldía de Arico.
Actualmente depositado en el Archivo Histórico Provincial.
12 Ibidem.
13 Don Felipe José Díaz y Gómez,
nacido y fallecido en Arico, fue párroco propio de Fasnia, servidor de Arico,
notario público eclesiástico y mayordomo de la ermita de Abona.
14 Archivo Parroquial de San Juan
Bautista de Arico. Libro de patronatos y capellanías.
15 En el pueblo de Arico, donde falleció, don
Simón Hernández Gómez fue mayordomo del Rosario, propietario, alcalde
constitucional, secretario del Juzgado, juez de paz y municipal, regidor
síndico e interventor electoral.
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