domingo, 31 de marzo de 2013

Maravilloso poema a los cinco fusilados de San Lorenzo. Eternos en la memoria y la lucha de los pueblos oprimidos






QuantcastPor Juan Francisco Santana Domínguez
En ocasiones escribes poemas que hacen que, al volver a leerlos, te estremezcas y hagan tambalear tu sensibilidad. Han estado soñando contigo y de repente despiertan para que les recordemos. Este poema surgió en recuerdo y por la admiración que supuso el conocer, a través de la fuerza de los documentos, a cinco hombres solidarios que pensaron que un mundo mejor era posible. Para aquellos inocentes que perdieron, de forma injusta, el poder seguir disfrutando de sus seres queridos.


Húmedas camisas blancas
de tunos indios manchadas
por su efecto carmesí.
Piedras que se levantan
para hacerme a mí presente
aquella tarde de marzo
cuando las luces se fueron.
Mensajes que me llegan,
de tristes tiempos revueltos,
desde la orilla dorada.
Confesiones vestidas de rojo
hacen que te estremezcas.
Todo cambia, de repente,
el grito de aquellas madres
al escuchar los silbidos
mezclados con los lamentos.
Cinco luceros brillaron
en las montañas manchadas
para estar siempre presentes
por la fuerza del destino.
Lloramos por un instante
los recuerdos que quisimos.
No es locura lo que abrazo,
es dignidad que galopa libre
por los descampados,
para siempre estar presente
cuándo los puños se alzan.
Lloran las secas aulagas,
vuelan por los arenales
gritando su abatimiento.
Estertores y fuego se abrazaron,
se dieron, muy fuerte, la mano.
Queda sólo un fogonazo
para que la noche aclare,
para apagar el lucero
que quiso ser rematado.

El agua y la noche



El agua y la noche. Cuantas personas conocen que dicen que no quieren tomar nada antes de acostarse, porque entonces tendrán  que levantarse durante la noche para ir al baño. Cuando le pregunte a mi cardiólogo el por qué la gente necesita orinar tanto de noche.
La Gravedad mantiene agua en la parte inferior del cuerpo cuando uno está parado. (Las piernas se hinchan).
Al acostarte, la parte inferior del cuerpo (piernas, etc.) quedan al mismo nivel que los riñones, en ese momento es cuando los riñones solicitan sacar el agua, porque es más fácil, Todos necesitamos una cantidad mínima de agua para limpiar las toxinas del cuerpo Momento correcto para tomar agua.
Muy importante, de acuerdo a los Cardiólogos.
El tomar agua en ciertos momentos maximizan su efectividad en el cuerpo.
 Dos vasos de agua al levantarse - ayuda a activar los órganos internos. Un vaso de agua 30 minutos antes de cada comida - ayuda a la digestión.  Un vaso de agua antes de bañarse, ayuda a reducir la presión sanguínea.
Un vaso de agua antes de acostarse evita los infartos y los derrames cerebrales.
Mi médico también me dijo que el agua antes de acostarse también ayudara a prevenir los calambres de piernas nocturnos.     
Los músculos de las piernas están buscando hidratarse cuando te dan esos calambres de pantorrilla y/o muslos.
Por favor pásales esta información a las personas que son importantes para ti.

Descolonización e independencia ¡Ya!



JAIME MORERA

26/mar/13 01:23
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Basta sólo una simple ojeada al mapa del continente africano, para claramente ver y distinguir que nuestro Archipiélago canario es una entidad geográfica propia y aparte, que resalta independiente en las costas atlánticas del noroeste de dicho continente. Como tal debería ser fundamentalmente reconocido y tratado, en bien de África, Europa y, principalmente, de la mima España, la cual desde hace casi seis largos y penosos siglos nos tiene políticamente cautivos e inmovilizados, impidiendo todo desarrollo y actividad económica productiva e independiente que pueda debilitar la subordinación y dependencia de su hegemonía colonial sobre nuestras islas.
España no nos deja producir nada propio, obligándonos a consumir productos de afuera -generalmente de peor calidad que los canarios- ventajistamente subvencionados en nuestra contra, desde su lugar de origen y por partida doble luego al llegar a Canarias, en gran perjuicio de la producción de nuestro país isleño, causando ruina y atraso en nuestro desarrollo y, como consecuencia, pobreza y miseria.
El persistente empecinamiento anacrónico, irracional y retrógrado del colonialismo español, de estar pegado a Canarias como una garrapata y parásita sanguijuela, que constantemente nos explota y debilita, trae como siniestra consecuencia que el voraz expansionismo del imperio marroquí tenga gratuitamente en su poder nuestra zona marítima y aérea, raptándonos e impidiendo que seamos una gran potencia oceánica que como Archipiélago nos corresponde, con todas las ventajas y enorme caudal de riqueza que para nuestras islas que ello supondría.
Nuestras islas necesitan con urgencia la legalidad de la independencia para que su población nativa tenga el título de propiedad y soberanía sobre su propio territorio isleño que, por elemental justicia, le corresponde y, lo que es muy importante, para ser reconocidos ante el mundo como país y como nación y tener la indispensable y fundamental capacidad de gobernarnos desde Canarias y para Canarias, lo que nos permitiría hacer tratados bilaterales con la misma España, la UE y el resto de la comunidad internacional de países, de igual a igual; sin inferioridad, sin vasallaje ni subordinación alguna, ni perjuicio para nuestro progreso económico y avance social.
La obstinada prolongación del estatus quo colonial, en la dinámica innovadora y de cambios profundos del siglo y la época en que vivimos, es simplemente insostenible y suicida; no importa de la forma o manera que el colonialismo pretenda disfrazar ni camuflar para engañar a la comunidad internacional, lo cierto es que inexorablemente nos está llevando día a día paulatinamente a nuestra destrucción, a la que estamos abocados si permanecemos impasibles y no llevamos nuestra lucha emancipadora hasta que seamos libres e independientes.
España no nos deja producir nada propio, obligándonos a consumir productos de afuera, generalmente de peor calidad.
Tomado del periódico El Dia, edición  26 de marzo de 2013.

CANARIAS LACERADA-V





ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA INVASIÓN Y OCUPACIÓN DEL ARCHIPIÉLAGO CANARIO POR LOS EJÉCITOS ESPAÑOLES A PARTIR DE 1402.



Guayre Adarguma Anez Ram n Yghasen.

1493 Febrero 28. Barcelona (f. 28). Incitativa al conde de Cifuentes don Juan de Silva, alférez mayor, miembro del Consejo y asistente de Sevilla, para que entienda en la petición de Alonso de Lugo sobre los quintos de esclavos y otras cosas de La Palma concedidos por el rey para la conquista de dicha isla, ya que teme que el Almirante mayor de la Mar le exija la mitad que le corresponde por merced real, cuando los envíe a vender a dicha ciudad y otros puertos de Andalucía, y para que informe si dicho almirante había percibido la mitad de los quintos obtenidos durante la conquista de Gran Canaria y con qué títulos, para poder resolver en justicia. Mientras dure dicha información, se ha de registrar ante el escribano que nombre dicho asistente, las presas hechas, por las que ha de dar fianzas Alonso de Lugo, a quien no podrá reclamarse la mitad de tales quintos hasta la resolución real. El Rey y la Reina. Parra. Don Alvaro. Don Juan de Castilla. Alcocer. Chanciller. Oropesa. (E.Aznar; 1981)

1493 Diciembre 28. Zaragoza (f. 51). Orden a Iñigo de Artieta, capitán general de la armada, para que lleve a Tenerife, antes de mediados del mes de marzo de 1494, 1.500 peones y 100 jinetes de estos reinos y 400 peones y 60 jinetes de las islas de Canarias que ya están pobladas por cristianos, así como 1.000 cahices de trigo y harina, 300 cahices de cebada, 2.000 quintales de bizcocho, artillería, herramientas, bestias y demas mantenimientos, de acuerdo con el asiento hecho con Alonso de Lugo, gobernador de La Palma, sobre la conquista de Tenerife, ordenándole que no lleve derecho alguno por dicho transporte e impidiéndole sacar parte de las tropas, una vez desembarcadas éstas en Tenerife. El Rey y la Reina. Alvarez de Toledo. Señalada: Comendador Mayor. Chacón. Ulloa. Conforme a lo capitulado, Rodeericus.  (E.Aznar; 1981)
. Valladolid (f. 18). Merced a Alonso Fernández de Lugo, vecino de Sevilla, en concepto de pago para la conquista de la isla de La Palma, de los quintos que a la Corona pertenecen de cautivos, ganados y bienes de los canarios. El Rey y la Reina. Alvarez de Toledo. Acordada. Don Alvaro. Johannes. Antón. Franciscus licenciatus. Castillo. (E.Aznar; 1981)
1494. Benahuare (La Palma) Francisca de Gazmira (Francisca palmense, S. XV y XVI). Las promesas realizadas por el futuro Adelantado Alonso  de Lugo a los hawaras (palmeros) que hubiesen ayudado en la conquista, asegurándoles vida y haciendas, son rotas sistemáticamente por la parte invasora, que llevada de su codicia requisa ganados y esclaviza, empleando como excusa falsas rebeldías, a numerosas personas de los bandos de paces. La actividad de Francisca de Gazmira está documentada a partir de 1494, denunciando ante la Corte los abusos de que era objeto la población hawara. Entre los hechos denunciados destaca la selección entre los distintos bandos de 25 muchachos de ambos sexos para enviar como rehenes a los Reyes católicos y más tarde vendidos como esclavos; grupo al que seguiría, cinco meses más tarde, otro compuesto por más de cien personas que sigue idéntico fin, sin mencionar los constantes robos de ganados de que son objeto estos bandos. Los Reyes castellano-Aragonés se hacen eco de las denuncias planteadas por Francisca de Gazmira e inician una serie de pesquisas que conducen en 1500 a la localización y liberación de un grupo de esclavos en Jerez de la Frontera, compuesto por canarios, gomeros, guanches y, entre ellos, algunos palmeros del bando de Gazmira.
1494. Antes del primer desembarco en regla de  las tropas invasoras en Añazu, Lugo costeó la isla Chinech con el propósito de hacer una nueva razzia, la que efectivamente llevó a cabo por la parte norte, (posiblemente por el mismo lugar de Icoden (Icod) donde había desembarcado en 1479) consiguiendo un botín de 300 esclavos y 20.000 cabezas de ganado; los esclavos fueron inmediatamente enviados a la Gomera y desde allí a los mercados esclavistas de Sevilla y Valencia. En cuanto al ganado lo destinaron para el consumo del ejército invasor. El historiador don Antonio Rumeu de Armas pone en duda el numero de cabezas de ganado capturado por parecerle excesivo, nosotros creemos que la cifra mencionada, puede adaptarse a la realidad, teniendo en cuenta que en una isla más pequeña que Chinech (Tenerife) como es la Gomera la señora de la misma doña Inés Peraza, es demandada por el obispo de Canaria y Rubicón, fray Miguel López de la Serna, quien en 24 de marzo de 1490 reclama a doña Inés 40.000 cabezas de ganado cabrío, alegando que los compró de los expolios del anterior obispo don Juan de Frías.

1494. Francisco Palomar mercader genovés y “vecino de la ciudad de Valencia”, que se encontraba en Gran Canaria, amigo y socio del mercenario Alonso Fernández de Lugo, al que compró 87 esclavos guanches capturados en Güimar, y que serían vendidos luego en la referida ciudad del levante español. Este Francisco Palomar o Palomares, se hizo con propiedades en la Isla. En ese mismo año 1494 compraría al señalado Fernández de Lugo, en unas condiciones muy ventajosas, el ingenio azucarero y tierras aledañas que éste poseía en Agaete, propiedades de las que tuvo que desprenderse para hacer frente a los gastos de la inavasión y conquista de Tenerife.

1494 Mayo. Una flota al mando del invasor y esclavista  Alonso  de Lugo zarpa desde Tamaránt (Gran Canaria) con destino a Chinech (Tenerife). Quince embarcaciones transportaban a un gran ejército al que acompañaba un grupo de guerreros de Tamaránt, capitaneados por Maninidra.

1494 Mayo 2. El invasor esclavista,  Alonso Fernández de Lugo, al desembarcar por Añazu (Santa Cruz), hizo una torre para defensa de sus tropas mercenarias. Si bien los cronistas callan dónde se levantó, no por eso es difícil fijar su emplazamiento, ya que es conocido el paraje por donde entraron las fuerzas de Lugo; y siendo el objeto del torreón amparar a los mercenarios, hemos de sospechar que estaba junto al campamento, o sea en los alrededores de la plaza de San Telmo, pues allí acampó el ejército castellano. El torreón de Añazu persistió hasta que la población europea de Añazu (Santa Cruz) comenzó a formarse en la orilla izquierda del barranco de Araguigo (Santos,) después de la erección de la iglesia del templo de la secta católica de la Concepción.

1494 Mayo. Encuentro en La Jardina (Gracia) entre el gran Kebehi Benchomo y el capitán de los mercenarios  Alonso de Lugo. Las tropas españolas invasoras acamparon en las proximidades de Gracia, que fue así escenario del singular encuentro. El fraile Espinosa recoge con puntualidad las incidencias del mismo.

El monarca de Taoro compareció puntual a la cita convenida con un nutrido séquito de trescientos guanches vasallos. Llegados frente afrente, Alonso de Lugo y Benitomo entablaron diálogo, valiéndose como intérprete de Guillén Castellano, quien conocía el habla indígena por haber estado  antaño cautivo. Lo que el capitán gallego-andaluz demandó, con sibilinas palabras  el régulo taorino es fácil de adivinar. En primer lugar, la amistad con los reyes de Castilla y la sumisión política a este reino, circunstancia la segunda que invalidaba virtualmente la primera. En segundo término, la conversión al cristianismo. A cambio de un vejamen y una claudicación les prometía, como recompensa, que el «rey de España...”Los tomaría y recibiría debajo de su amparo y protección y les haría muchas mercedes».

La repuesta del altivo Kebehi Benchomo fue de una mesura y dignidad sorprendentes, digna del gran caudillo que era. E lo relativo a la prometida amistad puntualizó “Que ningún hombre que no fuese provocado de otro e irritado, la había de rehusar”

En punto a religión “Que ellos que cosa era cristiandad, ni entendían esta religión, que se verían en ello y se informarían, y así con más acuerdo darían repuesta”.

Especial énfasis puso el monarca guanche en replica a  la tercera demanda, que le humillaba y hería. Rechazó de plano someterse al rey de España, no era de ese parecer porque nunca había reconocido sujeción a otro hombre, pues libre había nacido y así pensaba morir.

No habiendo posibilidad de avenencia, el caudillo guanche y el capitán de los invasores  se separaron, dedicándose durante varias jornadas a adiestrar sus fuerzas el castellano y a movilizar sus hombres el Caudillo guanche.
1493. Las Bulas alejandrinas de Partición, constituyen una de las últimas aplicaciones de una vieja y extraña teoría jurídica, elaborada explícitamente en la corte pontificia a fines del siglo XI, enunciada por primera vez en el año 1091 por el papa Urbano II (pero que quizá traza su paternidad a Gregorio VIII) y conforme a la cual todas las islas pertenecen a la especial jurisdicción de San Pedro y de sus sucesores, los pontífices romanos, quienes pueden libremente disponer de ellas”. (Weckmann, Luís. Constantino el grande y Cristóbal Colón. FCE, México, 1992. p. 24.)
1494 mayo 29. Tuvo lugar uno de los acontecimientos históricos más importantes desarrollados durante el expansionismo del entonces naciente imperio colonial castellano-aragonés (antecesores del actual reino de España), tuvo lugar en la comarca de Acentejo o Sentehun en el sitio que a partir de entonces tomó el nombre de La Matanza de Acentejo, en Chinech. (Tenerife). El lugar del Barranco de Fanfan formó parte del frente de batalla -el cual se extendía unos seis kilómetros-, las tropas invasoras mercenarias dirigidas por el destacado mercenario y traficante de esclavos al servicio de las coronas de Castilla y Aragón Alonso Fernández de Lugo vio doblada su altiva e insolente cerviz, ante el pueblo guanche al frente del cual estaba el más grande caudillo que ha tenido la Matria (patria) Canaria, el grande entre los grandes de su tiempo, Kebehi Benchomo.
La batalla de Acentejo supuso la mayor derrota sufrida por las tropas españolas en sus conquistas imperialistas, no sólo en Canarias (cuya conquista les costó casi un siglo), sino que, en las innumerables batallas sostenidas por la conquista del continente americano, las tropas españolas jamás tuvieron una pérdida de hombres como la que sufrieron en la batalla de La Matanza de Acentejo, donde los tabores guanches dirigidos por el Sigoñe (Capitán) y Achimencey de Acentejo, Chimenchia/Tinguaro, (hermano de Kebehi Benchomo), infligió al ejército invasor la mayor derrota que jamás sufrieran los ejércitos españoles en sus aventuras coloniales durante la baja Edad Media.
De las tropas invasoras españolas compuestas de más de dos mil quinientos mercenarios, solamente logró sobrevivir un grupo de unos trescientos de los que la mayoría eran isleños de las islas ya sometidas y algunos portugueses que a nado se refugiaron en una baja de la costa, y otro de unos treinta que lo hizo en una cueva. Entre los hechos recogidos por los cronistas destacan tres que merecen ser narrados, el primero, la vergonzosa huida a uñas de caballo ayudados por algunos auxiliares güimareros del capitán Alonso Fernández de Lugo y, parte de su plana mayor, quienes abandonando a su suerte lo que restaba de sus tropas y atravesando Chicayca ( La Esperanza ), ganaron la seguridad del torreón de Añazu (Santa Cruz).
El segundo, es que, llegado Benchomo al campo de batalla -quien se había quedado en los campos de La Orotava en previsión de un ataque por parte de los bandos confederados con los españoles, según algunos autores, o para cortar la retirada de los invasores si estos hubiesen decido replegarse a Tahoro según otros-, en las postrimerías de la batalla encontrando a su hermano Chimenchia sentado en una piedra, le recriminó de la siguiente manera: -¿cómo es esto hermano, mientras tus hombres se baten con el enemigo, tú estas holgando?.- A lo que respondió Chimenchia, -hermano, yo he hecho mi oficio de capitán que es conducirlos a la victoria, ahora los carniceros hagan el suyo, - dando a entender con ello que un caudillo guanche no tiene que mancharse las manos con la sangre de los vencidos si no es en defensa de su vida.
El tercero, es el que un grupo de unos 30 de soldados posiblemente informados por los isleños aliados buscaron refugio en una cueva, los cuales concluida la batalla obtuvieron la misericordia y ayuda de Benchomo quien los hizo conducir sanos y salvos al campamento español de Añazu.
Esta aptitud generosa y noble por parte del régulo tahorino se explica si, como creemos, los mercenarios se refugiaron en la Cueva Santa del Sauzal o en la necrópolis de la montaña de los guanches. Es bien conocido el respeto del pueblo guanche por los lugares Santos y el derecho de refugio que adquirían los asesino que se acogían en los lugares sacros. Hechos similares se habían registrado durante la conquista de Tamaránt (Gran Canaria), y posteriormente se repetiría en transcurso de la batalla de Eguerew ( La Laguna ).
Además está ampliamente documentado, que nuestros ancestros en sus tácticas de guerra al contrario que los invasores, no figuraba la persecución y extermino del enemigo vencido y mucho menos si huye en desbandada, por esta razón Alonso Fernández de Lugo y algunos de sus capitanes pudieron alcanzar el fuerte de Añazu, y reembarcar al día siguiente los supervivientes rumbo a Tamarant (Gran Canaria, ) transportando con ellos mediante engaños a trescientos guanches auxiliares del bando de Güímar, los cuales fueron enviados a España para ser vendidos como esclavos, manera que tuvo Lugo de agradecerles el que le salvaran la vida en la rota de Acentejo.
Las potencias imperialistas desde siempre han empleado en sus invasiones y políticas de sometimiento de los pueblos dominados un método que a pesar de los siglos continúa siendo efectivo, es el método de: DIVIDES Y VENCERÁS, método artera y efectivamente empleado por los invasores y que lamentablemente continúan empleándose aunque muchos de nosotros no sepamos o no queramos verlo.
Los invasores empleando como punta de lanza a una determinada confesión religiosa, y con sibilinas promesas que como es propio en ellos jamás cumplieron procuraron fomentar las disensiones entre menceyatos, y la de los achicaxnay contra los achimenceyes alimentado arteramente el odio entre los diferentes estamentos sociales guanches, consiguiendo con ello el apoyo para sus fines como valiosos colaboradores en ciertos sectores dominantes quienes antepusieron sus intereses de clase y mantenimiento de sus situaciones de privilegios antes que la defensa de la Matria, entregándose cobardemente ante el inmisericorde invasor.
Muchos de estos traidores fueron posteriormente desapreciados, ninguneados y humillados por los invasores, otros, consiguieron medrar en la nueva sociedad colonial impuesta y, cuyos descendientes e hederos ideológicos continúan sirviendo fielmente y con total entreguismo a los intereses españoles a cambio de que les permitan usar una corbata y les dejen caer unos cuantos euros en el bolsillo.
Estos pusilamines renegados autoerigidos mediante patrañas y engaños en supuestos defensores de los intereses de los canarios, continúan adormilando a nuestro pueblo con cantos de Sirenas y supuestos bailes de Magos.
Contento están estos leguleyos de que hayamos olvidado las justas medidas preventivas que supo aplicar en su momento el sabio Padre de la Matria Quevehi Benchomo con los traidores, ejemplarizado en los vende matrias como fue el Guadameñe de Güímar, hermano del mencey Añaterve, el cual fue apercibido por Benchomo para que cesara en sus intrigas a favor de los invasores, pero éste, confiado en la supuesta protección que los castellanos le habían prometido, continuó fomentando las luchas internas entre los sectores sociales de los menceyatos de las bandas del norte, razón por la cual Benchomo ordenó que el Guadameñe fuese ahorcado en la montaña de Tafuriaste, (donde al presente se encuentra el hotel las Águilas).
Conmatriotas, no permitamos que continúen engañándonos con espejitos y cuentas de vidrio, mientras los españoles y sus secuaces isleños saquean impunemente nuestras riquezas, mientras nos hunden cada vez más en la miseria, mientras somos desplazados de nuestros puestos de trabajo para que estos sean ocupados por españoles y otros extranjeros, no permitamos que estos vampiros continúen adormilándonos con telenovelas, Reality Show, fútbol desmesurado, carnavales y supuestos bailes de magos, mientras somos sangrados hasta la última gota. Estudios económicos científicos demuestran que en relación con el número de habitantes de nuestro país, con la riqueza generada podríamos ser la cuarta potencia económica mundial, pero el saqueo colonial nos obliga a vivir en el umbral de la pobreza, exceptuando a esa Pléyada de españolistas estómagos agradecidos que conforman la clase tapón que obstruyen las justas reivindicaciones del pueblo canario y colaboran con el colonialismo hundiéndonos cada vez más en la miseria.
1494. Noviembre 8.  Madrid. El Rey e la Reyna. Por quanto en el asiento que por nuestro mandado se tomó con Alonso de Lugo sobre la conquista de la ysla de Tenerife, que es una de las Canarias, se asentó que dentro de diez meses contados desde el día que desenbarcase en la dicha ysla la diese ganada; lo qual, por algunos justos ynpedimentos, dis que lo no a podido haser, e nuestra merced e voluntad es que la dicha conquista se continúe. Por la presente prorrogamos el dicho término de los dichos diez meses para lo susodicho por otros dies meses conplidos, contados desde el día que se fenecieren los otros dies meses primeros. De lo qual mandamos dar la presente, firmada de nuestros nombres e fecha a VIII de noviembre de XCIIII años. =Yo el Rey. =Yo la Reyna. (A. Rumeu 1975:432).

1494 Noviembre 14. Se enfrentan defensores guanches e  invasores españoles en Eguerew (La Laguna).

Creemos que la ciudad de La Laguna, la cual asienta sus cimientos en unos terrenos que fueron generosamente regados con ríos de sangre de cientos de nuestros antecesores, debe rendir  justo y merecido homenaje a quienes ofertaron el bien más preciado como es la vida, en aras de sus ideales de una Patria Libre, y que hasta la fecha han sido injustamente ninguneados por una sociedad que como la lagunera, presume de sus antecedentes presuntamente fundacionales.

Un frío y lluvioso amanecer del día catorce de noviembre del año 1494, en las inmediaciones de las faldas de la Sierra de Sejeita (San Roque), en los terrenos conocidos posteriormente como Finca del Obispado y hasta la altura de la entrada del actual Barrio Nuevo, en La Jardina, Chinech unos tabores de guerreros guanches compuestos por hombres enfermos que apenas podían sostenerse en pie debido a los estragos que en ellos -y en la población en general- estaba causando el envenenamiento de las aguas nacientes, Eres, fuentes y riachuelos,  llevado a cabo por las tropas invasoras y, que éstas denominaron como "modorra".

Estas tropas invasores, enviadas  a Alonso  de Lugo como participación en la invasión y conquista de la isla a cambio de parte de los despojos del botín de guerra por el duque de Medina Sidonia, como participación de este noble español y  mercader de esclavos.

La tropa invasora estaba compuesta por mercenarios de la Hermandad de Andalucía, conocidos como los "pardillos" debido al capote corto de color pardo con que estaban uniformados, eran hombres cuyo oficio era la guerra, gentes carentes de ningún tipo de escrúpulos, sin más Dios que la muerte y la paga que por matar recibían, a éstos se unía las fuerzas de los asesinos y ladrones convictos indultados por los reyes católicos a condición de que sirviesen en la invasión y conquista de Tenerife a su costa durante seis meses, más los auxiliares isleños de otras islas reclutados casi todos ellos a cambio de ser liberados de la esclavitud. Como se puede ver, no eran simples aventureros bisoños los que vinieron a la conquista tras el señuelo de unos repartos de tierras, como nos lo han venido presentando la historiografía oficial por el contrario, eran tropas aguerridas y veteranas de las luchas sostenidas en las españas y en Italia.

Ello explica la enorme cantidad de crímenes, violaciones y cruentas tropelías sin cuento cometidas por estos mercenarios, aun después de dada por sometidas las isla, hasta que éstas fueron reembarcadas para España en 1497, según consta  documentalmente de los archivos notariales de Sevilla de la liquidación  de los sueldos de ese grupo expedicionario.

A esta caterva de mercenarios fue  a la que tuvieron que enfrentarse las tropas de Benchomo y sus aliados, tropas enfermas, presa de las fiebres producidas por el  envenenamiento de las aguas de fuentes, nacientes y eres, por parte de los "pardillos", quienes ya habían practicado con éxito este sistema de “guerra química" en las luchas de Granada. Curiosamente, esta epidemia de "modorra' no afectó a los denominados bandos de paces, sirviendo éstos incluso  de refugio a los soldados españoles con Lugo al frente quienes huían de la pestilencia como fue el caso del Menceyato de Güímar. Los cronistas recogen que los muertos guanches en la batalla de Aguere fueron miles; no es verdad, los guanche no cayeron bajo las armas de los temibles invasores, caían muertos antes de trabar combate víctimas de la "epidemia", y aún así, estuvieron a punto en varias ocasiones de obtener la victoria, esto nos demuestra el indomable espíritu que animaba a nuestros antepasados al preferir autoinmolarse en un suicidio ritual colectivo ante el enemigo que perder la patria y la libertad sin prestar batalla al invasor, no en vano los tabores acudieron a la lucha vestidos con sus vestidos mortuorios. Algún cronista dejo recogido que, “los guanches se presentaron a la batalla con las ropas de mortaja puestas”

Son los propios cronistas españoles quienes afirman que los guanches caían en la lucha a montones sin darles resuello.

Los hechos acaecidos en las laderas de Sejeita corresponden a las grandes epopeyas protagonizadas por los pueblos en lucha por su libertad e independencia. Sucesos menos significados que los que tuvieron lugar durante el desarrollo de la batalla de Eguerew han sido magnificados por historiadores, poetas y políticos, en cambio, los de esta y otras heroicas luchas sostenidas en nuestro país, han merecido siempre el silencio del mundillo intelectual dependiente canario, como si este ignorar los grandes acontecimientos protagonizados por nuestro pueblo obedeciese a consignas emanadas de determinados poderes fácticos, soslayando o ninguneando  acontecimientos que, para bien o para mal, han conformado la historia de nuestro pueblo. Gestas heroicas que a no dudar de haber sucedido en tiempos de Homeero, hoy serían cantadas y celebradas por toda la humanidad.

1495 Febrero 28. Madrid (f. 49). Orden al bachiller Fajardo, gobernador de Gran Canaria, para que informe al Consejo sobre la demanda presentada por la canaria Francisca de La Palma, vecina de la isla de igual nombre, que por mandato de Francisco Maldonado, pesquisidor de Gran Canaria, asentó paces con dos bandos de La Palma, que se sometieron y colaboraron en la conquista de dicha isla con Alonso de Lugo, quien acabada ésta vendió sus rehenes y obtuvo, alegando una ficticia sublevación, merced real para esclavizarlos, apoderándose además de sus ganados y prendiendo ala dicha Francisca de La Palma, para evitar que fuera a quejarse al rey. Don Alvaro. Alcocer. Chanciller. Malpartida. Oropesa. Mármol. (E. Aznar; 1981)

1496 Noviembre 21. Burgos. Carta de comisión para que se resolviese por arbitraje las diferencias surgidas entre Alonso de Lugo y los socios armadores el reparto del botín de la invasión y conquista de Chinech (Tenerife.) Eran designados árbitros Andres de  Odón y Francisco Riberol.

 [Al margen:] Alonso de Lugo y Francisco Palomar y otros.

Comisión sobre las diferencias de invasión y conquista de Tenerife.

Don Fernando e doña Ysabel por la gracia de Dios, etc. A vos Andrea de Hodón, arcediano de Reyna, e Francisco de Ryberol, mercader genobés, amos a dos juntamente, e no al uno syn el otro, salud e gracia. Sepades que Alonso de Lugo, nuestro goyernador de las yslas de Tenerife e La Palma, e Francisco Palomar e Mateo Viña e Guillermo de Blanco e Nicolao Angelate, mercaderes, nos hizieron relación que los dichos mercaderes hizieron ciertos asyentos e capitulaciones sobre la conquista de la dicha ysla de Tenerife, de quel dicho Alonso de Lugo tova cargo, e cierta forma e conciertas condiciones contenydas en los dichos asyentos e capitulaciones; e que as y sobre las cosas que se hizieron en la dicha conquista como en los esclabos e ganados e otras cosas que en ella se adquirieron e tomaron, ay e se esperan aver muchas dyferencias e de- bates entre ellos para la aberyguación de lo sobre dicho, e que para averiguar e terminar entre ellos todas las dichas dyferencias e debates e quentas, por víade justcia e de concordya, ellos heran concertados de tomar por juezes a vos los dichos Andrea de Hodón, arcedyano de Reyna, e Francisco de Ryberol; e que en cosa de vosotros fuésedes discordes, e que podyésedes tomar por tercero a la persona que bosotros nonbrásedes, para que lo que uno de vosotros junta con el dicho tercero determinásedes a lo que pasase por determinación, e que de la sentencia o sentencias que por vosotros, o, seyendo dyscordes, por el uno de vosotros juntamente con el dicho tercero, fuesen dadas e pronunciadas en las dichas diferencias e debates, heran concertados e que no pudiesen aver ni hobiesen apelación ni suplicación ni otro remedio alguno hordinario ni estrahordinario; e que para que oviese más conplido hefeto lo que vos los dichos juezes determynásedes, o el uno de vosotros con el dicho tercero, e que los mandásemos dar nuestra carta de comysyón, por virtud de la qual pudiésedes concer e determinar lo sobre dicho, según dicho es, o corno la nuestra merced fuese. E nos, de consentymiento de las dichas partes e a suplicación, tovímoslo por [bien] , e confyando de vosotros que soys tales que guardaréysel derecho de las partes e acordamos de vos cometer lo sobre dicho: por que vos mandamos que fagáys parescer ante vosotros los dichos Alonso de Lugo e Francisco Palomares e Mateo Viña e Guillermo de Blanco e Nicolao Angelate,e veáys las escrituras de conciertos e asyentos que entre ellos pasaron sobre lo que toca a la dicha conquista de la dicha ysla de Tenerife, e en las otras escrituras e provanças e otras escrituras ante vosotros por ellos serán allegadas, evistas, averigüéys e determinéys por vía de justicia o de concordia, como a vosotros vien visto fuere, las dichas diferencias, debates e cuentas que entre los sobre dichos ay, por vuestra sentencia o sentencias asy ynterlocutorias como difinitibas, las qua!es podades llegar a devida execución con efetto, quanto e como con derecho debades; e mandamos a las dichas partes e a las otras personas de quien entendemos ser ynformados cerca de lo sobre dicho, que vengan e parescan ante vosotros a vuestros llamamientos e enplazamientos, en los plazos e so las penas que les pusiéredes o enbiardes poner de nuestra parte, las quales nos por la presente les ponemos e avemos por puestas e vos damospoder conplido para lo esecutar en las personas e vienes dellos que en ellas yncurrieran. Para lo qual todo vos damos poder conplido con sus yncidencias e dependencias, anexidades e conexidades; e s y vos los dichos Andrea de Hodón, arcediano, e Francisco de Ryberol no fuéredes concordes, en la ss determinacion de lo sobre dicho, mandamos a la persona que bosotros nonbráredes e separedes, que se junte con vosotros para ello por tercero, e que lo que el unode vosotros determinare en lo sobre dicho juntamente, aquello pase e goardepor las dichas partes; e queremos e mandamos que de lo que por vosotros losdichos Andrea de Hodón, arcediano, e Francisco de Riberol fuere determinado cerca de lo que dicho es, o por el uno de vosotros juntamente con el dicho tercero, non aya apelación ni suplicac;ión ni otro remedio alguno hordinario niestrahordinario; para lo qual vos damos poder conplido con sus yncidencias e dependencias, anexidades e conexidades. E non fagades ende al, etc. Dada en la cibdad de Burgos, a veynte un días del mes de noviembre de XCVI años. =Don Alvaro. = Iohanes, episcopus asturicensis. = Iohanes, dottor. = Andrea,dottor.=Filipus, dottor.=Petrus, dottor.=Yo Alonso del Mármol, etc. (En: A. Rumeu 1975:455)









CAPITULO XXI (II)



EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

ÉPOCA COLONIAL: SIGLO XVI




CAPITULO XXI (II)



Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen
Viene de la entrega anterior
4.3. Comercialización y dificultades.
La comercialización se diferencia poco de lo expuesto para Adeje, sólo que en Garachico no parece que existiese nunca el envío directo y la situación fue siempre más agobiante, sobre todo para Alonso de P. Se valen para la venta de mercaderes flamencos establecidos en la isla: Pascual Leardin y Nicolás But son los más importantes, los mismos que comercian con los ingenios de Daute y Adeje. Otros flamencos son: Michael Estorban, Pedro Van Morbeque y Justo Bubar. Tampoco hay que exagerar la importancia de estos mercaderes, pues aparece de nuevo —también igual que en Adeje o Daute— un personaje de alta relevancia política y social: Pedro Jaymes del Monte, Alcalde Mayor de Daute y regidor perpetuo de La Palma, a quien va a parar gran parte de la modesta producción como pago a sus préstamos. Nicoloso de P. destina 100 a. de azúcar para pagarle en 1579 (38), pero el endeudamiento es mayor en el caso de Alonso de P., tanto con Jaymes como con Domingo de Emparán, de quien ya se ha hablado. Esto hace que arriende con frecuencia sus propiedades como medio de pago: en 1580 cede su molino, viñas, morales, etc. a Emparán por 5 años por una deuda de 773.492 mrs. En 1585 está en dificultades con Jaymes, a quien paga con el fruto de sus cañas. Dos años más tarde éste pide el embargo de sus azúcares por deuda de 1.285.121 mii., de modo que tiene que cederle durante los cinco años siguientes el disfrute de sus rentas.
Esto nos explica el continuo interés de Alonso de P. por librarse de la pesada carga de su mayorazgo y su compromiso respecto al ingenio. Ve una ocasión propicia para ello en el matrimonio de su hija Catalina con el portugués Ventura de Salazar, traspasándoles a ambos el usufructo de su mayorazgo a cambio de una asignación anual de 264.000 mii. y con la condición de que Ventura y su padre hicieran frente a una serie de compromisos: pago de la mitad de costos del ingenio y saldar las deudas de Alonso. La pronta muerte de su hija impide que se cumplan sus deseos, por lo que el mayorazgo vuelve a sus manos, con el agravante de tener que abonar a Ventura 1.763.136 mii. que éste había gastado en mejoras . Por otro lado, hay pleito entre los copropietarios del ingenio, lo que hace que se introduzca alguna pequeña modificación al concierto pactado con motivo de su edificación .
Hacia 1608 deja de moler el ingenio tras la muerte de Carrasco, que lo que hace en realidad es acelerar la desaparición del ingenio, tras una corta y tambaleante existencia. Se nos plantea aquí de nuevo el margen de beneficio real de la industria azucarera en manos de propietarios ennoblecidos ávidos de rentas fáciles y permanentemente endeudados.
5. El ingenio de La Orotava.
Son escasas las noticias que tenemos de este ingenio, el más antiguo de los tres. Fue construido por Alonso de Lugo a principios de siglo y pronto pasó a los Ponte. Ya se aludió en otra parte al frustrado arrendamiento que éstos hacen a Pedro de P., pero poco más tarde —en 1567— éste compra a Gapar Ponte —que actúa en nombre de su familia— el ingenio por 6.000.000 de mii., incluidas tierras, cañaverales y 16012 fa. de agua. Pero el objetivo de esta compra de Pedro de P. era hacerse con la totalidad de la hacienda de Adeje, pues días después hace un trueque: cede lo que había comprado a su hijo Nicoloso y su esposa (Ana de Vergara), a cambio de que éstos le dieran los 4/15 de Adeje, con lo que consigue ser dueño único de ésta. El mismo trueque es ilustrativo respecto a la importancia de ambas haciendas.
Desconocemos detalles sobre comercialización. Sólo tenemos una escritura de transporte de azúcar a Cádiz. En alguna otra ocasión se trabaja en forma combinada con Adeje, completando la carga de aquel ingenio. Parece que Nicoloso tenía proyectos ambiciosos, pues aparte de las tierras de la hacienda había tomado a renta 27 fa. de cañaverales en La Orotava a Isabel Cabrera, viuda del regidor Francisco Benítez de Lugo, pero su temprana muerte (1570) debió suponer una paralización, pasando la administración a su esposa. Debió desaparecer el ingenio en la última década del siglo XVI. Se encuentra abandonado en los inventarios de la centuria siguiente.
En definitiva, los Ponte —enlazando con una tradición familiar interrumpida durante algunos años —eran poseedores en la década de los 80 de ingenios en cada una de las tres zonas azucareras más importantes de Tenerife: Adeje, valle de La Orotava y Daute, si bien con desigual importancia y diferente trayectoria. (José Miguel Rodríguez Yanez. En:Gaceta de Daute I (1984)
1540 Junio 18.
Llamaba la atención el emperador Carlos V a las autoridades coloniales de Canarias sobre los manejos de los portugueses y otros pilotos extranjeros que, fingiendo que cargaban sus navíos para las Canarias, se dirigían desde ellas a la Española, clandestinamente, para comerciar, convirtiéndose además en "corsarios" declarados.

Por Real cédula expedida en Madrid en dicho año prohibía el César a los isleños cargar sus mercaderías en navíos portugueses o de otra "nación extranjera" para llevarlas a las Indias.

1540 Junio 19. En la sesión celebrada por el Cabildo eclesiástico en Winiwuada (Las Palmas) , se acordaba: «Que por cuanto en las personas del canónigo Francisco Espino y del canónigo Juan Carrillo y del racionero Marcos Espino, que por su poca edad y ejercicio que en el estudio han tenido hay el defecto de no saber leer, para cumplir con aquello a que están obligados al servicio de la Iglesia, para que más dignamente lleven la renta de sus prebendas, se mandó que fuesen obligados a aprender gramática, leer y contar". También se tomó el mismo acuerdo con el canónigo y racionero Trujillo.

1540 Agosto 20.
116.-Sepan quantos esta carta vieren como yo Bastián Rodríguez Blanco e yo Catalina González, su muger, vos que somos en esta ciudad de San Cristóbal de esta ysla de Then.e, e yo C. a. con licencia e consentimiento de B. R. B., etc., por ende nos, los dichos B.R.B. e C. a., ambos a dos de mancomún, etc., otorgamos e conocemos que de nuestro grado e buena voluntad syn ser para ello apremiados ni ynduzidos por alguna ni algunas personas antes leyendo como somos ciertos e sabedores de nuestro derecho otorgamos e conocemos por esta presente carta que vendemos agora e para siempre jamás a vos Hernando de Llerena, hijo de Hernando de Llerena, vo e regidor que fue de esta ysla de Then.e, difunto que es en gloria, e a Alonso de Llerena, vuestro tutor, en vuestro nombre, es a saber, mil maravedís de esta moneda de Then.c de tributo en cada un año para syempre jamás, los quales dichos mil maravedís de tributo nosotros agora nuevamente ynponemos e cetuamos e señalamos sobre unas casas e solar que avemos e tenemos en esta ciudad de San Cristóbal, que alinda  por linderos de la una parte solar e cercado de Tomás Mañanas e de la otra parte corrales de la de Montarroyo e corrales de Bartolomé Sanches e por detrás corrales de la casa que fue de Juan Peres de Virués e por delante la calle real, e sobre sus rentas e vendemos vos avemos de dar e pagar en cada un año por en fin del mes de agosto de cada uno, que será la primera paga por en fin del mes de agosto del año 1541 , e ansy dende en adelante en cada un año, etc., los quales maravedís de tributo que vos ansy vendemos sobre los dichos bienes declaramos que no están los dichos bienes obligados a otro tributo alguno ni están ypotecados ni enajenados por ninguna ni alguna vía, véndida buena sana justa derecha leal e verda- dera con todas sus entradas e salidas e derechos e pertenencias usos e costumbres e servidumbres quantas las dichas casa e solar an e aver deven e les pertenece ansy de hecho como de derecho, por justo e derecho precio nombrado por precio e contía de 10.000 mrs. de esta moneda de Then.e que por compra de los mil maravedís nos dyo e pagó Niculás Álvares, vo de esta ysla, en nombre de Alonso de Llerena, regidor de ella, vuestro tutor e curador de que somos contentos, etc. vos vendemos con las condiciones siguientes :

Primeramente con condición que sy cada e quando vos B.B. e C.G., su muger, o nuestros herederos e sucesores e avientes cabsa, diéremos e pagáremos a vos H. de LI. o a vuestros herederos e subcesores e avientes cabsa que dandos en una paga juntas las dichas veynte doblas que estáys obligados a lo recibir e darnos por libres e quitos del tributo e que dende en adelante sean los dichos bienes libres e quitos con que paguemos la corrido del tributo hasta la redención del dicho tributo que ansy redemiéremos.

Otrosy con condición que sy nos B.B. e C.G., su muger, estuviéremos nos e después de nos nuestros herederos e suscesores e avientes causa que no dyéremos e pagáremos a vos H. de L., menor, e después de vos a vuestros herederos e suscesores e avientes causa dos años, uno en pos de otro, el tributo que por el mismo hecho ayamos caydo e caygamos en pena de comisos e ayamos perdydo e perdamos las dichas casas con la en
ellas hecho e edyficado e que no las podáys llevar so la pena del doblo qual más quisiéredes e por bien tuviéredes. Otrosy con condición que todas las rentas e alogueres de la dicha casa e solar estén e sean obligados y especialmente ypotecados a la paga e seguridad del tributo. Otros y con condición que seamos obligados nos B.B. e su muger
e después de nos nuestros herederos e suscesores en tener enhiesta e reparada la dicha casa según que oy día está e mejor en tal manera que en sus rentas e alogueres esté seguro e bien parado el dicho tributo e no venga ni pueda venir en menoscabo alguno.

Otrosy con condición que nos B.R.B. e C.G., su muger, no podamos nos ni después de nos nuestros herederos e suscesores vender, ni donar , ni traspasar la dicha casa e solar ni parte dél a yglesia, ni a monasterio, ni a ospital, ni cofradía, ni a persona poderosa, ni de fuera de los Reynos e señoríos de Castilla, salvo a personas legas, llanas e abonadas e contiosas tales de quien buenamente vos H. de LI. e después de vos vuestros herederos e suscesores podáys aver e cobrar el tributo en cada un año e que quando lo tal oviéremos de hazer que primero e ante todas cosas vos lo hagamos saber para que si lo quisiéredes por el tanto que otro nos diere que lo podáys aver antes que otra persona alguna e que queriendo vos lo demos la décima parte menos e que no la queriendo seamos obligados e nos obligamos a vos dar la décima parte del precio que ansy nos dieren de traspaso del dicho solar e casa e que vos daremos reconocimiento de la tal persona que lo oviere que se obligue a pagar los mil maravedís de tributo en cada un año según e de la forma que esta carta es e será contenido a nuestra quenta o mención, etc. Por ende desde oy día que esta carta es hecha en adelante para syempre jamás nos desapoderamos, partimos e quitamos del señorío dyreto del solar e casa e apoderamos y entregamos en él a vos H. de LI. e retenemos en nos el dominio útil de la dicha casa e solar para que sobre ello tengáys los mil maravedís de tributo en cada un año e vos damos poder cumplido según de derecho se requiere para que vos o quien vuestro poder oviere pueda entrar e tomar la posesión del solar e casa sin licencia de la justicia e syn por ello caer en pena alguna, etc. Hecha la carta en la noble ciudad de San Cristóbal, que es en la ysla de Then.e, a 20- V111-1540, e porque dixeron que no sabían escrevir a su ruego lo firmó Gaspar Justiniano. Testigos: Alvaro Hernandes, Pablo Gallego e Gaspar Justiniano,vos de esta dicha ysla.-Por testigo, Gaspar Justiniano.-Pasó ante mí, Juan del Castillo escribano público.

Redención de tributo.
Para quantos esta carta vieren como yo Niculás Alvares el Mozo, vo de esta ysla de Then.e, en esta ciudad, en nombre y en boz de Alonso de Llerena curador de Hernando de Llerena, hijo y heredero de Hernando de Llerena, v .o e regidor que fue de esta ysla de Then.e, e por virtud del poder que de él tengo para lo de yuso contenido que es su tenor del dicho poder de verbo al berbum el siguiente:

Sepan quantos esta carta de poder e sustitución vieren como yo Alonso de Llerena, v.o e regidor de esta ysla de Then.e, ...bos y en nombre e ansy como curador que soy de la persona e bienes de Hernando de Llerena, menor, y heredero de Hernando de Llerena, vo e regidor que fue de esta ysla; e Ana Sanches de Liria, su legítima muger, e por virtud de la carta de curadoría que dél tengo por autoridad de jues competente, otorgo e conosco por esta presente carta que en mi lugar y en el dicho nombre hago procurador sustituto a Nicolás Álvarez el Moso, vo de esta ysla, especialmente para que en el dicho
nombre pueda recibir y reciba de Marina Hernandes, muger que fue de Juan de Almança, vo de esta ysla, difunto, que aya gloria, 50 doblas de oro, que la susodicha deve a H. de LI., menor, para redemir cinco doblas de tributo que ella le deve al dicho menor sobre ciertos bienes suyos y en la escritura del dicho contiene cláusula para que
las pueda redemir conforme a la cláusula de la escritura de tributo que M. N. hizo a H. de LI. e syendo asy que las pueda redemir le dé carta de pago de ellas e de todo la que recibiere e asymismo conforme a la escritura aviendo recibido los dichos maravedís le puede dar e dé por libre e quita del dicho tributo conforme a la escritura e carta de ello pueda otorgar la escritura que convenga. etc. En el lugar del Arota va, que es en la ysla de Then.e, en 17- IX -1540 e firmélo de mi nombre. Testigos: Diego Sanches, Jácome de Belanda e Francisco González, vos y estantes en esta dicha ysla. E yo Miguel Ruiz de Estrada, escribano público del lugar del Arotava, a todo la que dicho es presente fui en uno con los dichos testigos e por ende fis aquí este mío signo en fe e testimonio de verdad.- Miguel Ruiz de Estrada, esc. públ.

Por ende en el dicho nombre y por virtud del dicho poder otorgo e conosco a vos Marina Hernandes, muger de Juan de Almança, difunto que es en gloria, e digo que por quanto vos M. H. vendistes a Hernando de Llerena, menor, cinco doblas de tributo en cada un año, pagadas por en fin de julio, sobre unas tierras e casas de piedra e teja, que tenéys en el término de Tegueste, las quales casas e tierras alindan e an por linderos de la una parte y de la otra tierras de los menores vuestros hijos e hijos de Juan de Almança, e por abajo un barranco que va a la hazienda de San Sebastián e por arriba la
montaña e cerro, e la casa está en las dichas tierras con ciertas condiciones, penas e posturas e obligaciones, entre las quales está una condición que cada e quando que vos M. H. o vuestros herederos e suscesores dyéredes o pagáredes a H. de LI., menor, o a sus herederos e suscesores o avientes cavsa, 50 doblas de oro, que son 25.000 mrs. de esta moneda de Then.e, que en tal caso sea obligado H. de LI. o quien de él oviese causa a las recibir e dar por libre e quita a vos M. H. e a vuestros herederos y suscesores del tributo e que dende en adelante los dichos bienes no sean obligados a tributo alguno antes quede redemido el tributo con las 50 doblas, que fue el precio con que se compraron las cinco doblas del tributo, según consta e parece por la escritura de tributo que de ello pasó ante Bernardino Justiniano, esc. públ. de esta ysla de Then.e, difunto, en 22-VII-1530. Por ende otorgo e conosco en el dicho nombre e por virtud del poder que de suso va incorporado que redimo el tributo a vos M. H. en tal manera que de oy, día de la fecha, en adelante vos M. H. ni vuestros bienes ni herederos no seáys obligados a dar ni pagar a H. de LI. ni a sus herederos ni sucesores las cinco doblas de tributo ni parte alguna de ellas por quanto conforme a la escritura yo (h)e recibido y recibí las 50 doblas de oro por la redención del tributo en dineros de contado ante el escribano público e testigos yuso escritos e yo Juan del Castillo, esc. públ. de esta ysla de Then.e, doy fe que en mi presencia M. H. dio a Nicolás Alvares 50 doblas en doblas e reales y él las recibió en mi presencia e de los testigos e se dio por contento e pagado y entregado e otrosy yo, Nicolás Alvares, digo e declaro que soy contento e pagado de todos los maravedís corridos del dicho tributo hasta oy día de la fecha de esta carta por quanto los recibí realmente con efeto e son en mi poder de que soy contento sobre lo qual renuncio la querella y esebción de los dos años, etc., so pena de 50.000 mrs. para M. H. por pena e por postura, etc. En la noble Ciudad de San Cristóval, que es en la ysla de Then.e, en 20-IX-1540, e firmélo. Testigos: Pablo Gallego, Bastián de Mella e Gaspar Justiniano, v.os de esta ysla.-Nicolás Alvares.-Pasó ante mí, Juan del Castillo, esc. públ. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1540 Septiembre 3.
122.-Sepan quantos esta carta de prometimiento de alhorro vieren como yo Rodrigo Borrero, vo de esta ysla de Then.e, digo que por quanto vos Catalina, de color prieta, mi esclava, de edad de sesenta años poco más o menos, me days por vuestro alhorro e libertad 12 doblas de oro, las tres doblas luego en dineros de contado por presenciadel escribano público yuso escrito e las nueve doblas restantes de oy día de la fecha en un año cumplido primero siguiente, las quales me avéys de dar en cada semana real y medio, el qual dicho año avéys de tener de término para buscar las nueve doblas por los lugares de esta ysla donde quysiéredes, las quales 12 doblas aviéndolas recibido yo R.B. prometo e me obligo de os hazer carta de al horro en forma con las fuerças e firmezas que para su validación se requieran e no me pagando las dichas nueve doblas o qualquier cosa o parte de ellas dentro del dicho año que vos, Catalina, volváys a mi poder e servicio e me sirváys dende en adelante hasta que me ayáys pagado las nueve doblas o qualquier parte que de ellas me restardes deviendo y en todo tiempo que me oviéredes acabado de cumplir e pagar sea obligado e me obligo de vos hacer la dicha carta de alhorro según dicho es. Para lo qual ansy cumplir doy poder cumplido a las justicias de qualquier fuero e juredición etc. e obligo mi persona e bienes rayzes e muebles avidos e por aver. E yo, J. del C., esc. públ. del número de esta ysla, doy fe que por mi presencia R.B. recibió tres doblas de Catalina, prieta, y ella se las pagó. Hecha la carta en la noble ciudad de San Cristóval que es en la ysla de Then.e en 23-IX-1540.

Testigos: Francisco de Porras, Bastián de Mena e García de Balcárcel, vecinos y estantes en esta ysla. E porque Rodrigo Borrero dixo que no sabía escribir a su ruego lo firmó Bastián de Mena.- Por testigo, Bastián de Mena.-Pasó ante mí, Juan del Catillo, esc. públ. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1540 Septiembre 18.
111.-Sepan quantos esta carta de venta etc. Juan Lorenzo y su muger María Hernandez, con su licencia, vos de Tfe. en el Sauzal, etc., que vendemos etc. a Diego Pérez vezino ...una viña con su casa e quarta parte del lagar vendo porque las ...son de mi her ...viña e
casa e quarta parte que ansy vos vendo alinda e ...por linderos de la una parte el camino que va para el Arotava e de la otra parte linde con viña de María Lorenzo e de la otra parte por abaxo viña que tiene al presente Gomes Rodrigues e por otra parte un barranco que está por ...o lo entre la dicha viña e tierras de los herederos de Sancho d'Emerando, etc. por precio e contía de sesenta doblas ...que suman e montan treinta mil... moneda de Thenerife los quales recibimos realmente etc. Por ende desde oy día que esta carta es hecha en adelante para syempre jamás nos desapoderamos, partimos, e quitamos e dexamos e desestimos de la (tene)n~ia e posesyón, propiedad e señorío ...boz razón e ación que y nos emos e (ten)emos a la dicha viña a casa e quarta parte de lagar e apoderamos e entregamos a vos el d. Diego Peres etc. E nos obligamos de vos dar la posesión cada que por vos nos fuere pedido e demandado y entretanto que de hecho entráredes e tomáredes la dicha posesyón nos costituimos e tenemos por vuestros tenedores e verdaderos poseedores ynquilinos e por esta presente carta nos obligamos e prometemos por nos e por nuestros herederos e suscesores de vos hazer cierta e sana e de paz la dicha viña e casa e quarta parte de lagar que ansy vos vendemos etc. E yo la dicha María Hernández para más firmeza juro ante Dios ea Santa María e a las palabras de los santos quatro evangelios e a la señal de la cruz que haze con los dedos de mis manos de no yr ni venir contra esta dicha escritura ni parte de ella diziendo ni alegando que la dicha viña e casas me pertenece por mi dote ni mitad de multiplicado, ni que son bienes parafernales, ni que tengo mejor de derecho a ellos que vos, Diego Peres, ni que me pertenecen por otra vía en razón alguna, etc. Hecha en la noble ciudad de San Cristóval, que es en la ysla de Then.e, a 18-IX-1540, e Juan Lorenzo lo firmó y porque María Hernandes dixo que no sabía escrevir a su ruego lo firmó Gaspar Justiniano. Testigos : Andrea Peri, Bastián de Mena e Gaspar Justiniano, vos de esta ysla.-Juan Lorenzo-Por testigo, Gaspar ustiniano.-Pasó ante mí, Juan del Castillo, esc. público. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1540 Septiembre 18.
112.-Sepan quantos esta carta vieren como yo, Andrea Peri, em ombre yen boz de doña Ana Mallarte, vo8de la ciudad de Sevilla, igo que por quanto yo en nombre de doña A. M. di poder a Lorenzode Palençela, vo e regidor de esta ysla de Then. e para que por la
dicha doña Ana pudiese demandar, recabdar, recibir, aver e cobrar e Hernán Gonzles, tutor de doña Ynés, hija y heredera de Juan arrasco, 42.500 maravedís de esta moneda de esta ysla, e de Juan eres d'Emerando como testamentario de Hernando de Córdova, 2.500 maravedís, los quales dichos maravedís de Hernán González  de Juan Peres d'Emerando por virtud del dicho poder cobró e dio iniquito de ellos. Por ende otorgo e conosco por esta presente carta ue e recibido e recibí de Lorenz de Palenzela yo, en nombre de oña A. M., las dos deudas que ansy recibió por la susodicha de H. . e J. P. d'E., por quanto yo los recibí realmente e con efeto de L. . en dinero e de contado realmente e con efeto de que soy contento  mi voluntad, etc. Hecha la carta en la noble ciudad de San Cristóbal a 18-IX-1540 e firmólo. Testigos: Francisco de Coronado, Alonso Ruyz, Bastián de Mena e Gaspar Justiniano, vos de esta ysla. ndrea Peri.-Pasó ante mí, Juan del Castillo, escribano púb. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales).

sábado, 30 de marzo de 2013

¡LIBERTAD!



 
Josefa Falcón Abreu
Hoy me gustaría hablar de la libertad ¡LIBERTAD! hermosa palabra que a mí me inspira mucho respeto. Libertad, esa cosa tan necesaria en la vida de todos, libertad para vivir, para amar a quien se quiera amar, para creer en lo que se quiera creer, para hacer o no hacer, para estar o no estar, para expresar… ¡LIBERTAD! Siempre que hablamos de libertad me vienen a la mente esas personas que no han podido disfrutar de ella porque otras personas se han creído con derecho a arrebatársela acabando con su vida, quitándoles esa libertad a vivir, o esas otras que viven esclavizadas por el miedo ante seres tiranos y despreciables y que no son dueñas ni de su persona, sí, porque todavía siguen habiendo demasiados casos de esos en este mundo. Odio aquellas épocas lejanas, cuando existía la esclavitud y los “señores” abusaban de su posición ante sus “siervos”, cuando su desobediencia era castigada con azotes, con dejarles sin comer, cuando les vendían como si fueran mercancía… Odio el abuso de los que se creen superiores y denigran a los que califican de categoría inferior. Odio el machismo cruel que maltrata a la mujer y la amenaza y la asesina, odio todo lo que signifique atentar contra la libertad, todo lo que vaya en contra de ella, porque quiero que los que habitamos este mundo tengamos y disfrutemos de esa libertad por igual, a ella, a la LIBERTAD dedico este poema:

CANTO A LA LIBERTAD
Siempre enfrentando obstáculos,

así paso la vida,
huyendo del peligro, buscando una salida,
porque hay gente empeñada
en que no sobreviva,
y me quieren matar las manos asesinas.
Ahogando mi garganta para hacerme callar,
cortándome las alas sin reparar que soy
una pobre gaviota ansiosa de volar.
Y escapo presurosa de esa mano asesina,
abro mis alas blancas que aún puedo conservar,
y vuelo…vuelo…vuelo…atravesando valles,
buscando nuevos mundos
donde pueda habitar.
Hay gente que me quiere,
y gente que no me quiere,
deshojo margaritas tratando de encontrar
respuestas que me digan:
aquí si, aquí no, se bienvenida o no,
te quedas o te vas.
¿Y tú? ¿Tú que me dices hombre, mujer, amigo,
tú me vas a aceptar?
Mi país: es el tuyo y por ti lucho.
Mi bandera: la Paz.
Mi hogar: el mundo entero.

Mi nombre: LIBERTAD.(Josefa Falcón)… Buen día amigos…

INVASION Y EXPOLIO-POEMA



Juan Francisco Santana Domínguez

El día 21 de junio del año 1995 escribía este poema. En aquel entonces, de forma evidente, según se puede apreciar, me dediqué a escribir poemas de corte histórico-amoroso. Hice muchos de ellos pero la inmensa mayoría no los conservé, debido a que me los pedían y los regalaba. El canto de rechazo a la invasión y expolio europeo, de aquel alejado siglo XV, fue una constante por aquellos años y venían a mí imágenes atroces, y desgarradoras, de una invasión que no aceptaba.

Los muros de aquel poblado
saltaron en mil pedazos.
Gritamos desesperados,
alzamos todas la piedras
rompiendo las pintaderas
que caían por los suelos.
Se desnudó tu mirada
con tacto de terciopelo
y manaron riachuelos
de fuentes que me atrapaban.
La lanza se hizo pañuelo
más no contuvo el manantial
que aquel día me ofreciste.
De repente comprendí
la sinrazón del pensar
que tú, hielo contenías.
Corrimos desesperados
pisando nuestras tuneras
de lágrimas rojas cubiertas.
Llegamos a nuestro riscón,
volamos por sus laderas
sobre los cuerpos inertes
de los tranquilos lagartos.
Por los huecos de aquel muro,
del pedregal protector,
lloramos el desaliento
tapado por la humareda.
De repente la quietud.
Tierras ensangrentadas,
cuerpos desmembrados
por truenos de fuego.
Nos cogimos de la mano
acercando nuestros labios
para apagar el dolor
que tanto daño nos produjo.
La cabras lloraron ausencias,
los niños quedaron al sol,
los viejos murieron de pena,
sólo quedamos los dos.