sábado, 31 de enero de 2015

EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA





UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERIODO COLONIAL 1491-1500

CAPITULO I-XLIV



Eduardo Pedro García Rodríguez



1498 Mayo 15.

Martes, xv de mayo de xcvlll años.

42.-Cabildo.-Este dicho día entraron en Cabildo el señor Governador e el teniente e Francisco de Albornoz, alcalde, e Guillén e Juan de Badajós e Cristóval d'Espyno e Mexía, e ordenaron lo syguiente en presencia de mí, Alonso de la Fuente, escrivano público.

43.-Esclavo que tuviese a otro (buena, salvo echalle de la ysla).

Ordenaron e mandaron que qualquier esclavo que tuviere a otro escondido e se le provare que le diere de comer, que le den cientaçotes y le echen fuera de la ysla.

44.-Ganado (nichil que ay otra).

Ordenaron e mandaron que ninguna persona sea osado de entrar con en ningund restrojo syn licencia de su dueño, so pena que pagarán por cabra e oveja 111 mrs., e sy fuere prado que paguen v, e vacas d otra bestia qualquier x mrs., para las personas cuyos heran [Ios resltrojos.

45.-[Peron]a que se entraren (buena).

Otrosy ordenaron e mandaron que ninguna persona sea osado de entrar. ..,agena a azer ninguna cosa, asy en lo cercado como en lo , de su dueño, so pena de IX mrs. cada vez que se entrare, más e sy fuere esclavo que le den cientaçotes o que pague el dueño ….por el daño o la pena. Es escripto entre renglones, diz cer e diz cercar.

46.-Vyña (buena). fol.7 v.

Otrosy que qualquier que se le provare que comió algund pánpano, que pague medio real por cada uno para el dueño cuyo fuere.

47.-Dapño de guanches.

Otrosy ordenaron e mandaron que por quanto la ysla ha estado rebuelta con los esclavos alçados e haz en muchos dapños en todos los vecinos, de los quales han sydo tomados muchos e son y dos fuera de la tierra, de lo qual no se podría averyguar el mal que haz en e que han fecho ni se podría pagar por ende, ordenaron e mandaron que de lo de hasta aquí non se le pyda ni demande nada por lo susodicho, pero que dende aquí adelante, sy hezieren algund dapño, que lo paguen e por via de justicia serán echados de las tierras; entiéndese que por los muchos dapños que ha rescybido el señor Governador e non son a personas con otros señores de esclavos que ay pedimiento, se acordó que ninguna persona non demandase nada de todo lo dicho, dixo  porque nunca se podría averiguar, salvo que de aquí adelante lo hezieren que 1o paguen: perdiese  e será echado
fuera de la ysla.

48.-Atahonas.

 Otrosy ordenaron e mandaron que todos los que tovieren atahonas muelan la hanega a XI mrs. e que resciban los dichos XI en dineros o en cevada o en otra cosa que lo vala, so pena de seyscientos mrs.

49 de merca[dores].

Otrosy ordenaron e mandaron que todos los mercadadores que a esta ysla venyeren a vender sus mercaderías sean obligados a thomar en pago de lo que fiaren o dieren, de las mercaderías que ovieren en la tierra como valiere en la tierra.

50 que no Ordenaron e mandaron que todos los que tienen ganados non pasen de la rehoya e límites donde está mandado hasta que les sea dado licencia, so la misma pena establecida.

51.-Ordenaron e mandaron que qualquiera que tuvyere puerco suelto en la vylla que ge lo puedan matar syn pena los vecinos.

52 ….para tasar. fol.8 r.

Ordenaron e mandaron que, para apreciar las mercaderías que dieren  a los mercadores e para ver el precio e medidas, tovieren por bien de diputar al alcalde Francisco de Albornoz. y a Cristóval despino, regidor, para que vayan a ellos para que las aprecien las dichas mercaderías segund que valen en la ysla, para que asy apreciadas las tomen en los mrs. que les devyeren de las mercaderías que asy ovieren vendido. Esto se mande apregonar porque venga a noticia de todos e ninguno no pretenda ynorancia.

53.-Pregón.

Lo que se apregonó, en presencia de todos los que quisyeron oyr, domingo en saliendo de Misa a la puerta de la yglesia, en presencia de mí, Alonso de la Fuente, escrivano público, por Juan el Negro, pregonero. Alonso de la Fuente, escrivano público.

54.-Pregón sobre los onbres de soldada.



1498 Mayo 25.
15.-Gonçalo Páez. Una cueva en el barranco de Guayon[ge]. 25-V-98. Entiéndese si no es dado q. sea suyo. Alo de Lugo.
En ...a xxiij de ...este dicho día la presentó antel alcalde Francisco Corvalán ...e dixo q. ésta le dio el señor Governador por boluntas e por suya para q. hiziese della como suya. E luego el dicho alcalde dixo q. la cueva quel dicho señor ...mandó darla a García (sic) Páez, se la dio por la provanza q. él hizo q. la avía aprovechado q. era suya. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)

1498 Mayo 27

Domingo xxvii de mayo. Este día, por mandado del señor Governador, se dió este pregón: que ninguno non sea osado de dezir al vezino ningund onbre que arase para que le sirviese asy a soldada como en otra manera, so pena de DC por la primera vez e por la segunda MCC….. la tercera  MCCCC, y esto para el reparo de las obras públicas desta y[ sla. ]

1498 Junio 19. Llegaron a la isla de La Gomera los seis navíos al mando de Cristóbal Colón en su tercer viaje; esta vez sin contratiempo que los obligara a dirigirse a Gran Canaria. Allí, en Gomera, Colón, al mando de sus hombres, puso en fuga a un corsario francés que rondaba la isla, capturando a seis españoles y seis franceses que los expedicionarios indianos pudieron liberar, y capturar algunas naves. En Gomera decide el Almirante dividir su flota, tres navíos se dirigen a la Española y otros tres los llevará Colón hacia Cabo Verde para ensayar la ruta del Sur. Los navíos partirán juntos el 21 de junio; a la altura de Hierro se separarán tomando diferentes rutas según lo convenido.

En Gomera habían recogido agua, leña, queso y otras provisiones.

El declive del Almirante se aproxima, sus nuevos viajes no le van a dar el prestigio de que está tan necesitado, ni sus nuevos descubrimientos van a servirle para alcanzar el apoyo y la confianza reales ya perdidas. (Analola Borges en: Millares Torres, 1977,t. II:248)

1498 Junio 25

En miércoles xxv de junio de xcvlll años.

56.-Cabildo.
Este dicho día entraron en Cabildo el señor teniente Hernando de Trosillo. alcalde Francisco de Albornoz e Cristóval de Valdespynó e Pero Mexía, regidor, e Guillén Castellano, regidor, e ordenaron las cosas siguientes:

57.-[Ordena]ron e mandaron que todos los vecinos e moradores ganados se junten e fagan mesta desta 58.-[Dondel han de yr 1os ganados  mesta. fol. 8 v.

Están de la Punta haza en todos los términos de Taoro y hirán a hazer mesta al avchón del Rey al Ryo quando se apregonare que será el lunes primero que vyene, so pena de DC mrs. para el reparo de los caminos desta ysla; e los que están de la Matança a este cabo, hasta el arroyo de Guavonje, que se entiende donde mataron a Sordillán, quando los llamaren vayan todos a fazer su mesta a la cruz que es camino de Taoro; e los que están desde el arroyo hasta todo el término de Tegueste vayan con sus ganados a hazer mesta al arroyo del agua de Tegueste, al Paso Baxo; e los otros que están en todo el término de Anaga. se junten para quando los Ilamaren en el arroyo que está a la cabezada de todo el arroyo de Tegueste; e los que están en Heneto se junten en Taco, en la montaña, para hazer mesta; e todos los otros ganados que sean en todo el término de Guymar con la montaña se junten todos a las Syete Huentes del señor Governador, e que ninguna persona non sea osado de dexar de mesta ninguna res, so pena que el que se le provare ge lo demandarán por de hurto e sy fuere guanche que le serán dados cientaçotes. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)  v. I: 8)


59.-0rdenaron e mandaron que todos los que tienen puercos non sean osados de entrar en ningund restrojo ni en era porque harán grand dapño e desharán las heras que tienen fechas, so pena que pagarán por cada un puerco la pena que está pregonada por los Regidores e que la hera que deshezieren la tornará el tal dueño a hazer a su costa e contentamiento de cuyo fuere.
1498 Julio. Se desplaza a Chinech (Tenerife) el gobernador castellano en Tamaránt (Gran Canaria,) López Sánchez de Valenzuela, con comisión de secuestrar (poner bajo amparo) a todos los guanches indebidamente esclavizados – según la terminología de la época – siendo recibido por el teniente Trujillo ya que, -casualmente-, Lugo se había trasladado a La Gomera, pregonándose por toda la isla la cédula real de que era portador y sacando de las casas de los aprehensores a los guanches esclavizados. Esta actuación del Gobernador alarmó a los secuaces de Alonso de Lugo, quienes protestaron la justa medida aduciendo además que con la puesta en libertad de los esclavos, la isla habría de ser conquistada de nuevo, tratando de ocultar con este planteamiento el verdadero motivo que impulsaba a los mercenarios a privar de libertad a los guanches, que no era otro que el desmedido afán de enriquecerse comerciando con seres humanos.
1498 Julio 18. Valladolid. Orden al asistente de Sevilla para que informe al duque de Alba y a los miembros del Consejo que residen con el en Castilla, sobre la demanda presentada por Francisco de Riberol, genovés estante en Sevilla que reclama 43.000 maravedís, importe de cinco esclavos que su hermano Guillermo de Riberol compró hace quince años a Fernando de Vera, hijo de Pedro de Vera, gobernador que fue de Gran Canaria, y que fueron puestos en libertad por mandato real al tener seguro de dicho gobernador. Duque marqués. Ruiz de Castañeda. Respaldada: Joannes. Franciscus licenciatus. Petrus. Johannes licenclatus.

1498 Julio 29. Ante la actuación en Chinech (Tenerife) del gobernador colonial en Tamaránt (Gran Canaria) López Sánchez de Valenzuela, siguiendo órdenes del Consejo de Castilla, el esclavista Alonso Fernández de Lugo se vuelve más cauto en sus razzias sobre los naturales, tal como expone en una carta dirigida al Cabildo el 29 de Julio de 1498, y que sirvió de base para una nueva ordenanza persecutoria contra los guanches, «De acá fueron ciertos esclavos. Estos y los que se apregonaren serán de quien los tomase; y llamad todos los vecinos y facer vuestras cuadrillas de todos los ombres sueltos, y fáganse cinco o seys que bayan a buscar todos. Y yo los do byen tomados, salvo los de Adexe y Abona y Anaga y Guymar; que todos se dé por cada uno mill maravedís. Y esto tomad por máxima y por byen, para que por esto haced vuestros pregones; y por ésta lo prometo y asy lo prometer, y con toda diligencia. Que mucho vos ama = Alonso de Lugo.
Una de las cuadrillas de guancheros, cuya formación fue forzada por la genocida y ninfómana Beatriz de Bobadilla, (por esas fechas ya casada con Alonso Fernández de Lugo, no cabe duda que eran tal para cual) y por el teniente de gobernador Jerónimo Valdés, fue la constituida por varios guanches de la familia real de Tacoronte, menceyato que habiendo sido de los bandos de guerra, en estas fechas colaboraban con los invasores, posiblemente debido a algún pacto secreto llevado a cabo antes de la batalla de La Jardina, (Aguere).
1498 Julio 30

En domingo xxx de julio de xcviil años.

60.-Este dicho día se pregonó lo susodicho por Juan, pregonero, en saliendo de Misa ante todos los que ay estavan; lo qual hize yo, el dicho Alonso de la fuente, escrivano, pregonar.


No hay comentarios:

Publicar un comentario