UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL
1491-1500
CAPITULO I-XLIV
Eduardo
Pedro García Rodríguez
1498 Mayo 15.
Martes, xv de mayo de xcvlll
años.
42.-Cabildo.-Este dicho día
entraron en Cabildo el señor Governador e el teniente e Francisco de Albornoz,
alcalde, e Guillén e Juan de Badajós e Cristóval d'Espyno e Mexía, e ordenaron
lo syguiente en presencia de mí, Alonso de la Fuente , escrivano público.
43.-Esclavo que tuviese a otro
(buena, salvo echalle de la ysla).
Ordenaron e mandaron que
qualquier esclavo que tuviere a otro escondido e se le provare que le diere de
comer, que le den cientaçotes y le echen fuera de la ysla.
44.-Ganado (nichil que ay otra).
Ordenaron e mandaron que ninguna
persona sea osado de entrar con en ningund restrojo syn licencia de su dueño,
so pena que pagarán por cabra e oveja 111 mrs., e sy fuere prado que paguen v,
e vacas d otra bestia qualquier x mrs., para las personas cuyos heran [Ios
resltrojos.
45.-[Peron]a que se entraren
(buena).
Otrosy ordenaron e mandaron que
ninguna persona sea osado de entrar. ..,agena a azer ninguna cosa, asy en lo
cercado como en lo , de su dueño, so pena de IX mrs. cada vez que se entrare,
más e sy fuere esclavo que le den cientaçotes o que pague el dueño ….por el
daño o la pena. Es escripto entre renglones, diz cer e diz cercar.
46.-Vyña (buena). fol.7 v.
Otrosy que qualquier que se le
provare que comió algund pánpano, que pague medio real por cada uno para el
dueño cuyo fuere.
47.-Dapño de guanches.
Otrosy ordenaron e mandaron que
por quanto la ysla ha estado rebuelta con los esclavos alçados e haz en muchos
dapños en todos los vecinos, de los quales han sydo tomados muchos e son y dos
fuera de la tierra, de lo qual no se podría averyguar el mal que haz en e que
han fecho ni se podría pagar por ende, ordenaron e mandaron que de lo de hasta
aquí non se le pyda ni demande nada por lo susodicho, pero que dende aquí
adelante, sy hezieren algund dapño, que lo paguen e por via de justicia serán echados
de las tierras; entiéndese que por los muchos dapños que ha rescybido el señor
Governador e non son a personas con otros señores de esclavos que ay
pedimiento, se acordó que ninguna persona non demandase nada de todo lo dicho,
dixo porque nunca se podría averiguar,
salvo que de aquí adelante lo hezieren que 1o paguen: perdiese e será echado
fuera de la ysla.
48.-Atahonas.
Otrosy ordenaron e mandaron que todos los que
tovieren atahonas muelan la hanega a XI mrs. e que resciban los dichos XI en dineros
o en cevada o en otra cosa que lo vala, so pena de seyscientos mrs.
49 de merca[dores].
Otrosy ordenaron e mandaron que
todos los mercadadores que a esta ysla venyeren a vender sus mercaderías sean
obligados a thomar en pago de lo que fiaren o dieren, de las mercaderías que
ovieren en la tierra como valiere en la tierra.
50 que no Ordenaron e mandaron
que todos los que tienen ganados non pasen de la rehoya e límites donde está
mandado hasta que les sea dado licencia, so la misma pena establecida.
51.-Ordenaron e mandaron que
qualquiera que tuvyere puerco suelto en la vylla que ge lo puedan matar syn
pena los vecinos.
52 ….para tasar. fol.8 r.
Ordenaron e mandaron que, para
apreciar las mercaderías que dieren a
los mercadores e para ver el precio e medidas, tovieren por bien de diputar al
alcalde Francisco de Albornoz. y a Cristóval despino, regidor, para que vayan a
ellos para que las aprecien las dichas mercaderías segund que valen en la ysla,
para que asy apreciadas las tomen en los mrs. que les devyeren de las
mercaderías que asy ovieren vendido. Esto se mande apregonar porque venga a
noticia de todos e ninguno no pretenda ynorancia.
53.-Pregón.
Lo que se apregonó, en presencia
de todos los que quisyeron oyr, domingo en saliendo de Misa a la puerta de la
yglesia, en presencia de mí, Alonso de la Fuente , escrivano público, por Juan el Negro,
pregonero. Alonso de la Fuente ,
escrivano público.
54.-Pregón sobre los onbres de
soldada.
1498 Mayo 25.
15.-Gonçalo Páez. Una cueva en el
barranco de Guayon[ge]. 25-V-98. Entiéndese si no es dado q. sea suyo. Alo de
Lugo.
En ...a xxiij de ...este dicho día la presentó antel alcalde
Francisco Corvalán ...e dixo q. ésta le dio el señor Governador por boluntas e
por suya para q. hiziese della como suya. E luego el dicho alcalde dixo q. la
cueva quel dicho señor ...mandó darla a García (sic) Páez, se la dio por la
provanza q. él hizo q. la avía aprovechado q. era suya. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)
1498 Mayo 27
Domingo xxvii de mayo. Este día,
por mandado del señor Governador, se dió este pregón: que ninguno non sea osado
de dezir al vezino ningund onbre que arase para que le sirviese asy a soldada
como en otra manera, so pena de DC por la primera vez e por la segunda MCC…..
la tercera MCCCC, y esto para el reparo
de las obras públicas desta y[ sla. ]
1498 Junio 19. Llegaron a la isla de La Gomera los seis navíos al
mando de Cristóbal Colón en su tercer viaje; esta vez sin contratiempo que los
obligara a dirigirse a Gran Canaria. Allí, en Gomera, Colón, al mando de sus
hombres, puso en fuga a un corsario francés que rondaba la isla, capturando a
seis españoles y seis franceses que los expedicionarios indianos pudieron
liberar, y capturar algunas naves. En Gomera decide el Almirante dividir su
flota, tres navíos se dirigen a la
Española y otros tres los llevará Colón hacia Cabo Verde para
ensayar la ruta del Sur. Los navíos partirán juntos el 21 de junio; a la altura
de Hierro se separarán tomando diferentes rutas según lo convenido.
En Gomera habían recogido agua,
leña, queso y otras provisiones.
El declive del
Almirante se aproxima, sus nuevos viajes no le van a dar el prestigio de que
está tan necesitado, ni sus nuevos descubrimientos van a servirle para alcanzar
el apoyo y la confianza reales ya perdidas. (Analola Borges en: Millares
Torres, 1977,t. II:248)
1498 Junio 25
En miércoles xxv de junio de
xcvlll años.
56.-Cabildo.
Este dicho día entraron en
Cabildo el señor teniente Hernando de Trosillo. alcalde Francisco de Albornoz e
Cristóval de Valdespynó e Pero Mexía, regidor, e Guillén Castellano, regidor, e
ordenaron las cosas siguientes:
57.-[Ordena]ron e mandaron que
todos los vecinos e moradores ganados se junten e fagan mesta desta 58.-[Dondel
han de yr 1os ganados mesta. fol. 8 v.
Están de la Punta haza en todos los
términos de Taoro y hirán a hazer mesta al avchón del Rey al Ryo quando se
apregonare que será el lunes primero que vyene, so pena de DC mrs. para el
reparo de los caminos desta ysla; e los que están de la Matança a este cabo, hasta
el arroyo de Guavonje, que se entiende donde mataron a Sordillán, quando los
llamaren vayan todos a fazer su mesta a la cruz que es camino de Taoro; e los
que están desde el arroyo hasta todo el término de Tegueste vayan con sus
ganados a hazer mesta al arroyo del agua de Tegueste, al Paso Baxo; e los otros
que están en todo el término de Anaga. se junten para quando los Ilamaren en el
arroyo que está a la cabezada de todo el arroyo de Tegueste; e los que están en
Heneto se junten en Taco, en la montaña, para hazer mesta; e todos los otros
ganados que sean en todo el término de Guymar con la montaña se junten todos a
las Syete Huentes del señor Governador, e que ninguna persona non sea osado de
dexar de mesta ninguna res, so pena que el que se le provare ge lo demandarán
por de hurto e sy fuere guanche que le serán dados cientaçotes. (Acuerdos
Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)
v. I: 8)
59.-0rdenaron e mandaron que
todos los que tienen puercos non sean osados de entrar en ningund restrojo ni
en era porque harán grand dapño e desharán las heras que tienen fechas, so pena
que pagarán por cada un puerco la pena que está pregonada por los Regidores e
que la hera que deshezieren la tornará el tal dueño a hazer a su costa e
contentamiento de cuyo fuere.
1498 Julio. Se desplaza a Chinech (Tenerife) el
gobernador castellano en Tamaránt (Gran Canaria,) López Sánchez de Valenzuela,
con comisión de secuestrar (poner bajo amparo) a todos los guanches
indebidamente esclavizados – según la terminología de la época – siendo
recibido por el teniente Trujillo ya que, -casualmente-, Lugo se había
trasladado a La Gomera ,
pregonándose por toda la isla la cédula real de que era portador y sacando de
las casas de los aprehensores a los guanches esclavizados. Esta actuación del
Gobernador alarmó a los secuaces de Alonso de Lugo, quienes protestaron la
justa medida aduciendo además que con la puesta en libertad de los esclavos, la
isla habría de ser conquistada de nuevo, tratando de ocultar con este
planteamiento el verdadero motivo que impulsaba a los mercenarios a privar de
libertad a los guanches, que no era otro que el desmedido afán de enriquecerse
comerciando con seres humanos.
1498 Julio 18. Valladolid. Orden al asistente de Sevilla para que
informe al duque de Alba y a los miembros del Consejo que residen con el en
Castilla, sobre la demanda presentada por Francisco de Riberol, genovés estante
en Sevilla que reclama 43.000 maravedís, importe de cinco esclavos que su
hermano Guillermo de Riberol compró hace quince años a Fernando de Vera, hijo
de Pedro de Vera, gobernador que fue de Gran Canaria, y que fueron puestos en
libertad por mandato real al tener seguro de dicho gobernador. Duque marqués.
Ruiz de Castañeda. Respaldada: Joannes. Franciscus licenciatus. Petrus. Johannes
licenclatus.
1498 Julio 29. Ante la actuación en Chinech (Tenerife)
del gobernador colonial en Tamaránt (Gran Canaria) López Sánchez de Valenzuela,
siguiendo órdenes del Consejo de Castilla, el esclavista Alonso Fernández de
Lugo se vuelve más cauto en sus razzias sobre los naturales, tal como expone en
una carta dirigida al Cabildo el 29 de Julio de 1498, y que sirvió de base para
una nueva ordenanza persecutoria contra los guanches, «De acá fueron ciertos
esclavos. Estos y los que se apregonaren serán de quien los tomase; y llamad
todos los vecinos y facer vuestras cuadrillas de todos los ombres sueltos, y
fáganse cinco o seys que bayan a buscar todos. Y yo los do byen tomados, salvo
los de Adexe y Abona y Anaga y Guymar; que todos se dé por cada uno mill
maravedís. Y esto tomad por máxima y por byen, para que por esto haced vuestros
pregones; y por ésta lo prometo y asy lo prometer, y con toda diligencia. Que
mucho vos ama = Alonso de Lugo.
Una
de las cuadrillas de guancheros, cuya formación fue forzada por la genocida y
ninfómana Beatriz de Bobadilla, (por esas fechas ya casada con Alonso Fernández
de Lugo, no cabe duda que eran tal para cual) y por el teniente de gobernador
Jerónimo Valdés, fue la constituida por varios guanches de la familia real de
Tacoronte, menceyato que habiendo sido de los bandos de guerra, en estas fechas
colaboraban con los invasores, posiblemente debido a algún pacto secreto
llevado a cabo antes de la batalla de La Jardina , (Aguere).
1498 Julio 30
En domingo xxx de julio de xcviil
años.
60.-Este dicho día se pregonó lo
susodicho por Juan, pregonero, en saliendo de Misa ante todos los que ay
estavan; lo qual hize yo, el dicho Alonso de la fuente, escrivano, pregonar.
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